Dado que la ley obliga a TODA la demanda eléctrica argentina, es conveniente repasar como está compuesta. Para ello vamos a utilizar un gráfico que agrupa a la demanda en tres conjuntos: residencial, comercial e Industrial/Comercial grande. Dentro de este último grupo encontraremos a los usuarios obligados individualmente:

 

 

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Como podemos ver, el 72% está compuesto por usuarios no obligados y sólo el 28% representa el potencial de obligados (recordemos que la condición no es ser un industrial/comercial grande sino cumplir con el registro de la potencia). Ahora bien, dentro de este último grupo, se encuentran: 400 GUMA (Gran Usuario Mayor), 2800 GUME (Gran Usuario Menor), 5800 GUDI (Gran Usuario Distribuidor), de los cuales son usuarios obligados: 399 GUMA (99%), 586 GUME (20%) y 1078 GUDI (18%). Esta información es pública y está disponible en la web de CAMMESA como el listado de Grandes Usuarios Habilitados[1]. En él cada gran usuario podrá chequear si se encuentra obligada individualmente o no.

[1] GUH: Gran Usuario Habilitado hace referencia a que estos usuarios tienen la opción (o están habilitados) a elegir como abastecerse.

 

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