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Actualizaron el precio del bioetanol de caña de azúcar a $ 80,56 (L)

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La Secretaría de Energía fijó en $ 80,561 por litro el precio de adquisición del bioetanol elaborado a base de caña de azúcar destinado a su mezcla obligatoria con nafta en el marco de lo dispuesto por la Ley 27.640, el cual regirá para las operaciones llevadas a cabo a partir del 9 de mayo último y tendrá vigencia hasta la publicación de un nuevo precio que lo reemplace.

La actualización de este precio fue dispuesta mediante la Resolución 373/2022 publicada en el Boletín Oficial, que establece además un plazo de pago del bioetanol elaborado a base de caña de azúcar y maíz que no podrá exceder, en ningún caso, los 30 (treinta) días corridos a contar desde la fecha de la factura correspondiente.

Cabe referir que a través de la Ley 27.640 se aprobó el Marco Regulatorio de Biocombustibles, el que comprende todas las actividades de elaboración, almacenaje, comercialización y mezcla de biocombustibles, y establece como Autoridad de Aplicación de la ley a Energía.

Con ello, se dejaron sin efecto todas las disposiciones establecidas en las Leyes 23.287, 26.093 y 26.334, y la normativa reglamentaria respectiva, entre las cuales se encontraban las vinculadas con los precios de adquisición de los biocombustibles destinados a la mezcla obligatoria con combustibles fósiles.

Entonces, la Secretaría de Energía dispuso mediante la Resolución 852/2021 el precio a regir a partir de septiembre de 2021 para el bioetanol destinado al mercado interno en su mezcla obligatoria con las naftas, como así también los parámetros en base a los cuales se llevará a cabo transitoriamente su actualización hasta tanto se concluya el análisis de la metodología de cálculo correspondiente, lo cual fue ratificado por el Decreto 717/2021.

A través de la Resolución 279/2022 Energía fijó los precios del bioetanol elaborado a base de maíz hasta el mes de agosto de 2022 al advertir desfasajes entre los precios derivados de la implementación del procedimiento establecido por la Resolución 852/21 y los costos de elaboración de aquel.

Pero la nueva resolución señala además en sus considerandos que “de acuerdo a la información suministrada por YPF S.A. respecto de la variación de los precios implementada con fecha 9 de mayo de 2022 para las naftas grado 2 (DOS) y grado 3 (TRES) comercializadas a través de sus estaciones de servicio en la CABA, resulta necesario determinar los precios de adquisición del bioetanol elaborado a base de caña de azúcar destinado a la mezcla obligatoria con las naftas, que regirán hasta que un nuevo precio los reemplace”, lo que ahora dispuso.

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