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Chaco adhiere a la Ley nacional de Generación Distribuida a través del Decreto 872

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Finalmente Chaco se transformó en una de las provincias que adhiere formalmente al régimen federal de Generación Distribuida mediante fuentes de energías renovables, contemplada en la Ley 27.424.

Si bien la jurisdicción fue unas de las primeras en sancionar su adhesión, a través de la Ley provincial 3001-r, faltaba la autorización del Gobernador, Jorge Capitanich. La firma llegó a principio de mes, por medio del Decreto 872.

A través de este hito, ahora los usuarios residenciales, comerciales e industriales que residan en Chaco podrán interactuar con la red eléctrica por medio de fuentes de energías renovables, generando ahorros en sus tarifas eléctricas.

No obstante, aún faltan resoluciones complementarias que se irán publicando con el correr de los días, comentó una fuente conocedora de este proceso a Energía Estratégica.

Una de estas resoluciones comprende la implementación de un cuadro tarifario que indicará a los usuarios el ahorro de energía por kWh inyectado a la red a través de fuentes renovables.

Asimismo, se lanzará un padrón de instaladores para que los usuarios particulares interesado en autogenerar su propia energía puedan tomar contacto y dar inicio a sus conexiones.

Beneficios promocionales

Con el objetivo de fomentar el régimen de Generación Distribuida de Energías Renovables, la ley nacional Nº 27.424 establece una serie de beneficios promocionales para los usuarios, a los cuales pueden acceder las provincias adheridas.

El primero de ellos es un Certificado de Crédito Fiscal (CCF), que se otorga en forma de bono electrónico a favor del usuario y se verá reflejado en su cuenta de AFIP, pudiendo ser utilizado para el pago de impuestos nacionales como el impuesto a las ganancias y el impuesto al valor agregado (IVA), entre otros, en el momento que lo desee, durante los 5 años posteriores a la obtención.

El monto del Certificado es de $ 30.000 por kW instalado, hasta un máximo de $2.000.000 por instalación.

El segundo incentivo tiene que ver con el Fondo para la Generación Distribuida de Energías Renovables (FODIS), conformado como un fideicomiso de administración y financiero que tiene por objeto el otorgamiento de préstamos, incentivos, garantías, aportes de capital y la adquisición de otros instrumentos financieros para la implementación de sistemas de generación distribuida de origen renovable en la Argentina.

No obstante, el FODIS, a diferencia del Certificado de Crédito Fiscal, no fue implementado aún.

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