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Golpe a las renovables en México: Suprema Corte avaló la reforma de la Ley de la Industria Eléctrica

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La Suprema Corte de Justicia de la Nación validó la reforma a Ley de la Industria Eléctrica (LIE) de México, la cual fue impulsada por el Ejecutivo Federal y aprobada por el Poder Legislativo en marzo del año pasado, aunque posteriormente fue suspendida provisionalmente al poco tiempo debido a la cantidad de amparos en contra y recursos de inconstitucionalidad. 

El Pleno de la Corte se dividió con ministros jueces a favor del proyecto y siete se pronunciaron por la inconstitucionalidad, pero como eran necesarios ocho votos para ese efecto, se avaló la ley, dado que se manifestó que no se viola la competencia debido a que las empresas privadas seguirán participando en la generación de energía. 

Justamente, Arturo Zaldívar, presidente de la Suprema Corte y uno de los más apuntados durante la jornada, fue uno de los ministros que dio su voto a favor de la validación bajo el argumento de que “la Constitución no habla del orden de despacho, costos marginales, contratos legados ni subastas” y que “los cambios no implican excluir a los generadores de energía limpia”.

Los otros ministros que legitimaron la reforma a la LIE fueron Loretta Ortiz, quien presentó el proyecto, Yasmín Esquivel y Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena; mientras que Jorge Pardo, Norma Piña Hernández, Luis María Aguilar, Margarita Ríos Farjat, Alberto Pérez Dayán, Javier Laynez Potisek y Juan Luis González Alcántara se mostraron en contra de la iniciativa. 

Como consecuencia, la decisión de la SCJN favorecerá a la Comisión Federal de Electricidad (CFE) ya que la modificación a la LIE prevé darle prioridad de despacho eléctrico a las centrales hidroeléctricas y termoeléctricas, nucleares, geotérmicas y de ciclo combinado de CFE por sobre las centrales de plantas eólicas y solares de privados, lo que complicará el panorama a futuro de estas tecnologías. 

Asimismo, también seguirán vigentes los artículos transitorios 4to y 5to, relacionados a la revocación de permisos de autoabastecimiento y la revisión de Contratos de Compromiso de Capacidad de Generación de Energía Eléctrica y Compraventa de Energía Eléctrica porque no se alcanzó la mayoría para darle carácter de inconstitucional. 

Aunque es preciso destacar que como tampoco hubo mayoría calificada a favor de validación de la  reforma a Ley de la Industria Eléctrica, los juicios de amparo en curso, y aquellos futuros, seguirán su curso normal, como también podría darse la defensa en las cortes internacionales.

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