RenovAr: vía libre para pasar al MATER. Res. SE 257/2026, Latin Energy Group

El 25 de septiembre se publicó en el Boletín Oficial la Resolución SE 257/2026, que habilita a los proyectos del programa RenovAr a rescindir anticipadamente sus contratos con CAMMESA y pasar al MATER (Mercado a Término de Energías Renovables), donde pueden vender su energía mediante contratos privados con Grandes Usuarios.

Es un régimen voluntario que reemplaza a la Resolución 883/2023 (que queda sin efecto) y apunta a tres objetivos: cerrar contratos que venían con incumplimientos o reclamos, reducir la litigiosidad y trasladar la contratación de energía renovable del Estado a los privados.

¿A quién alcanza?

A los titulares de proyectos adjudicados en las Rondas 1, 1.5, 2 y 3 del RenovAr y en el régimen de la Resolución 202/2016. Además, la norma prevé un tratamiento específico para los proyectos del programa RenMDI.

Las opciones

Opciones de la Res. SE 257/2026: rescindir con el 14% de la garantía, pasar al MATER pagando USD 500/MW por trimestre y reconducir reduciendo 2 años el contrato

1. Rescindir el contrato

  • Pago, por única vez, del 14% del monto total de la Garantía de Cumplimiento de Contrato.
  • Renuncia a todo reclamo contra el Estado Nacional, la Secretaría de Energía y CAMMESA.
  • Rescisión de los acuerdos de adhesión al FODER y declaración jurada de los beneficios fiscales no utilizados.
  • Los proyectos con penalidades pendientes pueden rescindir sin pagarlas (abonando el 14%), pero no se devuelven las ya pagadas.

Lo recaudado por las rescisiones va al FODER. La resolución también instruye a CAMMESA a encauzar los juicios en curso vinculados a las garantías.

2. Pasar al MATER

Los proyectos que rescindan y tengan habilitación comercial pueden incorporarse al MATER desde el mes siguiente a la rescisión. Los de las Rondas 1, 1.5 y 2 y los de la Res. 202/2016 conservan la prioridad de despacho, pagando un cargo de USD 500 por MW por trimestre durante 2 años.

3. Reconducir el contrato

Quien prefiera seguir con CAMMESA tiene alternativas de reconducción:

  • Por energía comprometida (proyectos en operación de las Rondas 1, 1.5 y 2): se eliminan las obligaciones de energía mínima comprometida desde el 1° de junio de 2026, a cambio de reducir 2 años el período de abastecimiento.
  • Por deficiencias de producción: un período de recupero de 4 años para compensar la energía faltante, o una reducción proporcional del plazo según la magnitud del déficit.

Estos mecanismos son complementarios entre sí y todos requieren renunciar a reclamos previos.

Proyectos RenMDI

Pueden pedir una prórroga adicional de 365 días para alcanzar la habilitación comercial, pagando USD 5.000/MW por trimestre (USD 7.000/MW en una segunda prórroga), con una reducción del plazo contractual de 2 días por cada día de prórroga utilizado.

Del contrato con CAMMESA al contrato con la industria

Camino de un proyecto RenovAr: contrato con CAMMESA, rescisión, ingreso al MATER y contratos privados con Grandes Usuarios

Hasta ahora, la energía de los parques RenovAr tenía un único comprador: CAMMESA. Con esta resolución, parte de esa capacidad puede salir al mercado y competir por contratos privados con Grandes Usuarios, ya con los parques construidos, en operación y con prioridad de despacho.

Qué significa para los Grandes Usuarios

Para la industria es una oportunidad concreta: más oferta renovable disponible para contratar en el MATER, de proyectos con historial de producción conocido. Esto puede traducirse en más alternativas y mejores condiciones a la hora de cerrar contratos de energía renovable, sea para cumplir con la Ley 27.191 o para bajar el costo de la energía.

Junto con la Res. SE 264/2026, que obliga a los nuevos grandes consumos a traer su propia oferta, la medida confirma la dirección del mercado: cada vez más energía se va a contratar entre privados dentro del MEM.

Si querés evaluar un contrato en el MATER o comparar alternativas, escribinos por WhatsApp: en Latin Energy Group acompañamos a Grandes Usuarios en la contratación de energía dentro del MEM.

Fuente: Resolución SE 257/2026, Boletín Oficial, 25/09/2026.