El Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS) publicó la versión 2025 de la Norma NAG-402, que establece los requisitos técnicos y administrativos para la habilitación, operación y control de los Módulos Contenedores de Gas Natural Comprimido (GNC) utilizados en el transporte por carretera. La medida, que actualiza integralmente la normativa vigente, busca elevar los estándares de seguridad, trazabilidad y eficiencia del transporte de gas natural en todo el país.

Los Módulos Contenedores —estructuras autoportantes que alojan recipientes de alta capacidad para traslado de gas— son una pieza esencial para abastecer zonas sin acceso directo a gasoductos o como complemento en situaciones de demanda estacional. La nueva normativa incorpora lineamientos de diseño, construcción, operación y mantenimiento, además de fijar obligaciones explícitas para operadores, organismos certificadores y responsables técnicos.

Requisitos técnicos reforzados

La norma establece que todos los componentes sometidos a presión deberán cumplir normas internacionales reconocidas, contemplando condiciones de carga, vibraciones, temperaturas extremas y riesgos asociados a accidentes durante el transporte. Del mismo modo, se detallan las especificaciones para colectores, válvulas de bloqueo y alivio, manómetros, cañerías, soldaduras y dispositivos de seguridad.

Uno de los puntos más relevantes es la exigencia de válvulas de alivio por sobrepresión calibradas anualmente, diseñadas para evacuar como mínimo el 50 % de la capacidad total del módulo por hora, con descarga obligatoria hacia la atmósfera en forma vertical. También se fortalecen las condiciones de anclaje al semirremolque y los requisitos estructurales que deben soportar hasta dos veces el peso total del módulo cargado.

Nuevas obligaciones para operadores y responsables técnicos

La NAG-402 impone un esquema estricto de responsabilidades: los operadores deberán contar con un Responsable Técnico (RT) habilitado y con experiencia en recipientes sometidos a presión, quien será el encargado del diseño, certificación, inspección y mantenimiento del módulo.

Además, cada Módulo Contenedor deberá disponer de:

  • Placa identificatoria con datos críticos como capacidad, presión de trabajo, peso total, fechas de habilitación y vencimiento.
  • Libro de Novedades para registrar recorridos, inspecciones, calibraciones y antecedentes de incidentes.
  • Manuales de operación, seguridad y plan de emergencias firmados por el RT.

El transporte también deberá cumplir con la señalización obligatoria para mercancías peligrosas: leyendas visibles de “PELIGRO EXPLOSIVO — GAS NATURAL COMPRIMIDO — GAS INFLAMABLE” y la identificación ONU 1971 en los cuatro lados de la unidad.

Capacitación obligatoria: el Anexo II como guía clave

El Anexo II de la resolución incluye una guía de contenidos mínimos para la capacitación del personal involucrado en la operación de los VTGN (Vehículos de Transporte de Gas Natural). Allí se desarrollan temas como propiedades del gas natural, riesgos asociados, procedimientos de operación segura y actuación en emergencias. La capacitación es obligatoria y debe ser certificada y registrada por el operador.

Inspecciones periódicas y renovaciones cada cinco años

La norma dispone un cronograma de revisiones mensuales, semestrales, anuales y quinquenales. Esta última implica desmontaje, pruebas de resistencia, verificación integral del sistema y revisión individual de los recipientes según normas ISO. Solo tras superar satisfactoriamente estas etapas se renueva la habilitación por otro período de cinco años.

Un marco regulatorio más robusto

Con la actualización de la NAG-402, ENARGAS apunta a fortalecer la seguridad del transporte de GNC, armonizando normas locales con estándares internacionales y promoviendo una mayor profesionalización del sector. La medida impactará de manera directa en distribuidores, operadores logísticos, fabricantes de módulos y empresas que utilizan gas natural como insumo en zonas alejadas de gasoductos.