Por Santiago Magrone
El gobierno nacional decidió la creación de la Secretaría de Asuntos Nucleares, en la órbita del ministerio de Economía, de manera que ésta área específica, que tendrá dos Subsecretarías, una de Aplicaciones de Tecnología Nuclear, y otra de Políticas Nucleares.
No estará bajo la órbita de la Secretaría de Energía, ni de la Secretaría de Coordinación de Energía y Mineria. Ambas también forman parte del organigrama de Economía. Tampoco dependerá de la Jefatura de Gabinete.
La nueva Secretaría estaría a cargo de Federico Ramos Nápoli, ex presidente de Dioxitek S.A. empresa encargada de la conversión de uranio para la centrales nucleares y la producción de fuentes de Cobalto-60 (isótopo radiactivo que se usa en medicina para radioterapia y esterilización, y en industria).
La modificación implica una mayor autonomía del sector nuclear, que viene a ocurrir en momentos en que el gobierno quiere avanzar con la privatización parcial de Nucleoeléctrica Argentina (44 %), operadora de las tres usinas nucleares del país, y de fuerte experiencia en términos de desarrollo tecnológico y económico del Area.
La investigación y desarrollo de la actividad nuclear en la Argentina fue impulsada por el Estado Nacional en el arranque de la década del 50 (gobierno de J.D. Perón).
Argentina es productora de energía nuclear a través de las centrales Atucha I (inaugurada en 1974), Atucha II (2013) , y Embalse (1983).
El país alcanzó un fuerte desarrollo propio, con la Comisión Nacional de Energía Atómica (CNEA) liderando la investigación y el desarrollo de reactores.
Se está construyendo un prototipo de reactor modular de baja potencia, CAREM25, diseñado y desarrollado en el país. La Administración Milei casi paralizó su avance desde mediados de 2024, en momentos en que los Estados Unidos aceleró el desarrollo de su prototipo.
Asimismo, Argentina cuenta con plantas de enriquecimiento de uranio para producir combustible para sus reactores. También desarrolla la Planta Industrial de Agua Pesada, cuyo financiamiento ha sido interrumpido.
El gobierno dispuso, a través del decreto 866/2025, una serie de modificaciones a la estructura de la Administración Pública Nacional, sustituyendo aspectos del organigrama que hasta el nivel de Subsecretarías estuvo contenido en el decreto 50/2019.
El artículo 15 del Decreto 866 ya oficializado incorpora en el Apartado IX, Ministerio de Economía, los Objetivos de la flamante Secretaría de Asuntos Nucleares y de las dos Subsecretarías mencionadas.
SECRETARÍA DE ASUNTOS NUCLEARES
OBJETIVOS
- Entender en la definición de la política nuclear en todo lo relacionado con los usos pacíficos de la energía nuclear o fuentes radiactivas, el ciclo de combustibles, la gestión de residuos radiactivos, el desarrollo e investigación de la actividad nuclear, en coordinación con la Comisión Nacional de Energía Atómica (CNEA).
- Entender en el monitoreo del funcionamiento del complejo industrial nuclear, promoviendo acciones que tiendan a mejorar la eficiencia del sistema, incluyendo reformas institucionales, optimización de procesos y participación del capital privado.
- Evaluar la factibilidad y sustentabilidad económico-financiera de los proyectos estratégicos en materia nuclear.
- Evaluar y monitorear los componentes científicos y tecnológicos de los proyectos en materia nuclear, fiscalizando el cumplimiento de las metas planteadas.
- Intervenir en la coordinación del accionar de los diferentes actores políticos y empresarios involucrados con la actividad estratégica nuclear, tanto a nivel nacional, local o de la sociedad civil.
- Identificar y determinar, en el ámbito de su competencia, los asuntos prioritarios, estratégicos y de relevancia para el desarrollo nacional en materia nuclear.
- Asesorar, en el ámbito de su competencia, en lo relativo a la participación de la República Argentina en los foros, organizaciones o cualquier ámbito a nivel internacional en materia nuclear y otros asuntos estratégicos relacionados.
- Asistir al Ministro, en el ámbito de su competencia, en las acciones que propendan al cumplimiento de los compromisos internacionales de la República Argentina en materia nuclear y otros asuntos estratégicos relacionados.
- Coordinar, en el ámbito de su competencia, las acciones orientadas al cumplimiento de las funciones y objetivos establecidos por la Ley 24.804 (Ley Nacional de la Actividad Nuclear) y sus normas modificatorias y reglamentarias, con la excepción de las que establecen las funciones regulatorias.
- Intervenir en todo lo relacionado con la generación nucleoeléctrica, como así también en el funcionamiento de la infraestructura nucleoeléctrica.
- Ejercer el control tutelar de la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA (CNEA).
- Participar en la elaboración de políticas en materia de investigación, diseño, y construcción de reactores nucleares, en coordinación con la CNEA.
- Participar en el diseño e implementación de la política de desarrollo, fomento y cooperación para la explotación de “tierras raras” y minerales nucleares, en coordinación con las áreas competentes de la Administración Pública Nacional.
- Participar, en el ámbito de su competencia, en la interacción entre los distintos actores del sector minero y las provincias para aumentar sostenidamente la producción de “tierras raras” y de minerales nucleares, como así también la inversión de capital privado para su explotación, en coordinación con la Secretaría de Minería.
- Promover políticas públicas y acciones de colaboración y articulación con los actores públicos y privados y de la sociedad civil involucrados en la materia, que permitan viabilizar los proyectos relativos a la minería de materiales nucleares, su procesamiento y aplicación de tecnologías nucleares.
- Participar, en el ámbito de su competencia, en el diseño y establecimiento de tecnologías asociadas a la refinación de “tierras raras”, como así también a su desarrollo nacional.
- Dictar, en el marco de las políticas establecidas por el Ministerio y en coordinación con las áreas competentes de la Administración Pública Nacional, medidas relativas a los proyectos estratégicos en materia nuclear y otros asuntos estratégicos relacionados.
- Dirigir el planeamiento, seguimiento y evaluación de los asuntos vinculados a los proyectos en materia nuclear y otras cuestiones estratégicas relacionadas, en coordinación con las empresas y sociedades con participación estatal mayoritaria del sector nuclear y la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA (CNEA).
- Asesorar al Ministro, en coordinación con las áreas competentes de la Administración Pública Nacional, en los proyectos estratégicos en materia nuclear, como así también en la identificación de información estratégica relevante en dicha materia y en aquellos asuntos de su competencia.
- Intervenir, en coordinación con la CNEA, en las distintas etapas correspondientes al desarrollo del ciclo del combustible nuclear.
- Dirigir la representación en las empresas donde la Secretaría posea participación accionaria y ejerza la tenencia accionaria.
- Coordinar la gestión de los directores que representan al Estado Nacional en aquellas empresas donde la Secretaría posea participación accionaria y ejerza la tenencia accionaria.
- Asistir al Ministro en la aplicación del RÉGIMEN DE INCENTIVO PARA GRANDES INVERSIONES (RIGI)- de la Ley 27.742 (Ley Bases), en el ámbito de su competencia, y en coordinación con la Secretaría de Coordinación de Energía y Minería.




