Acerca de la recomposicion tarifaria en curso para las compañías distribuidoras de electricidad, (también de gas) producto de la Revisión Quinquenal (RQT) y de la actualización periódica del Valor Agregado de Distribución (VAD), el Gerente de regulación de Edesur, Jorge Lemos, opinó que “El valor final de la RQT es el correcto”, aunque consideró que “la cantidad de cuotas establecidas para completarla (treinta mensuales y consecutivas) resulta un condicionante para la ejecución de las inversiones” (comprometidas en el mismo proceso de revisión) .
“La cantidad de cuotas para la recomposición condiciona los tiempos de ejecución de las inversiones”, refirió en alusión al tiempo que demanda el reequipamiento para la prestación del servicio, cuyos resultados “se ven en algunos años”, comentó el directivo.
No especificó que implicaría dicho condicionamiento en la calidad del servicio a cargo de la empresa concesionaria, Enel, que estuvo a punto de irse del país en 2023.
Lemos integró un panel de expositores en el marco del “Seminario anual de la Energía” organizado por el Instituto Argentino de la Energía (IAE) General Mosconi, oportunidad en la cual también hizo hincapié en “la incidencia de la coyuntura macroeconómica y de la política tarifaria en la planificación de redes para el abastecimiento a una demanda creciente, en tanto (las distribuidoras) somos un actor regulado”, del sector.
El Ente Nacional Regulador de la Electricidad y el Ente Nacional Regulador del Gas publicaron en mayo en el Boletín Oficial los nuevos cuadros tarifarios resultantes, por un lado, del proceso de Revisión Quinquenal dispuesta por el actual gobierno para los segmentos regulados, y de la actualización de los precios mayoristas PEST (Estacional de la electricidad) y PIST (del gas en el punto de ingreso al sistema de transporte), por otro.
En relación a la RQT se definieron las nuevas tarifas para las licenciatarias de transporte y de distribución de ambos servicios, que rigen desde dicho mes de 2025 hasta el 30 de abril de 2030. “Esta recomposición se hace en forma gradual, con un aumento inicial (del 3 % en mayo). A partir de junio, se aplica un esquema de aumentos en 30 cuotas mensuales y consecutivas”, se describió.
“El Gobierno devuelve certidumbre y estabilidad a un sector clave para el crecimiento del país. La nueva RQT establece un esquema tarifario basado en costos reales, exige inversiones obligatorias y fija estándares de calidad verificables”, argumentó Economía. Se verá el resultado de tal verificación.
A través de las resoluciones 303 (para Edesur) y 304/2025 (para Edenor), el ENRE aprobó el incremento de los valores por categoría/subcategoría del Costo Propio de Distribución (CPD) de ambas distribuidoras, resultante de la RQT.
Entonces, la suba inicial para el CPD desde mayo fue de 3 % respecto a los valores vigentes en abril. Y se aprobó un incremento mensual del 0,36 % del CPD para Edesur, y del 0,42 % para Edenor con respecto a los vigentes a mayo 2025, que las empresas aplican a partir del 1 de junio de 2025 y en los meses sucesivos hasta el 1 de noviembre de 2027 inclusive.
A su vez, esas resoluciones del ENRE aprobaron también “el mecanismo de actualización a aplicar mensualmente al Costo Propio de Distribución” reconociendo así “el costo (financiero) de este diferimiento durante el período transcurrido”.
En los considerandos de las resoluciones mencionadas se hace referencia al análisis técnico-económico realizado en la RQT “por el ENRE, con la asistencia de la consultora privada Quantum S.A.”, referido a la remuneración anual que se les reconoce a las distribuidoras: En el caso de Edesur el monto se actualizó a mayo 2025 en $ 872.920 MM (ochocientos setenta y dos mil novecientos veinte millones), lo cual significa un incremento de 15,69 % con relación a la remuneración vigente a abril de 2025.
En el caso de Edenor el CPD se actualizó a mayo 2025 en $ 1.209.303 MM (un billón doscientos nueve mil trescientos tres millones) lo que significa un incremento de 14,35 % respecto de la remuneración de abril de 2025.
Por otra parte, las R-303 y R-304 del ENRE previeron incorporar una fórmula automática de actualización mensual de las tarifas, que contempla una fórmula que combina al IPIM y al IPC, “para preservar el valor real” de las mismas, remarcó Economía en mayo, y se está aplicando en las facturas.




