
El gobierno nacional oficializó este miércoles el resultado de las revisiones quinquenales tarifarias de electricidad y gas natural e informó que las facturas aumentarán en mayo 2,4% en promedio en el caso de la luz y 2,52% en el gas.
A Edenor se le otorgó un aumento real de 14,35% en sus márgenes de distribución y a Edesur de 15,69% para el período que va del 1ro. de mayo hasta el 30 de abril de 2030, pero en mayo solo podrán aplicar un 3% y el resto deberán prorratearlo en 30 cuotas mensuales de 0,36% para minimizar el impacto sobre la inflación. Eso se combinó con la actualización del precio mayorista de la energía y el impacto en la factura final de mayo es solo de 2,4%.
Una lógica similar se implementó en el caso del gas natural donde el porcentaje de aumento varía en cada distribuidora y se aplicará en 31 cuotas mensuales.
El incremento que les otorgan a distribuidoras y transportistas de electricidad y gas natural es en términos reales. A esas cifras habrá que sumarle todos los meses un ajuste adicional que dé cuenta de la evolución de los precios. Las resoluciones prevén la incorporación de una fórmula automática de actualización, que contempla al Índice de Precios Internos al por Mayor (IPIM) y al Índice de Precios al Consumidor (IPC), para preservar así el valor real de las tarifas.

Estas decisiones que se aguardaban para el 1 de abril pero por la complejidad técnica de la revisión el Ministerio de Economí a través de la Secretaría de Energía postergó un mes, fueron publicadas mediante las Resoluciones 303 y 304 del ENRE aplicables a las distribuidoras eléctricas Edenor y Edesur -las únicas que quedan bajo regulación nacional- y las resoluciones 255 a 267 del Enargas para cada una de las compañías del sistema de transporte y distribución de gas natural por redes. El Gobierno destacó que estas medidas “otorgan un marco de previsión tanto para consumidores, como para las empresas, sobre la trayectoria que seguirán las tarifas en los próximos 5 años”.
Fundamentos
En ese mismo sentido, fundamento que la revisión “devuelve certidumbre y estabilidad a un sector clave para el crecimiento del país y establece un esquema tarifario basado en costos reales, exige inversiones obligatorias y fija estándares de calidad verificables, fortaleciendo el compromiso con la transparencia y la eficiencia”.
La publicación de hoy del proceso de normalización tarifaria da cierre a lo dispuesto en el Decreto 55, del 16 de diciembre de 2023 -en el cual se declaró la emergencia del Sector Energético Nacional hasta el 31 de diciembre de 2024-, que determinaba el inicio de la revisión tarifaria conforme al artículo 43 de la Ley 24.065. La entrada en vigencia de los cuadros tarifarios resultantes no podría exceder del 31 de diciembre de 2024, pero al prorrogarse la emergencia se estableció como nueva fecha límite el 9 de julio de 2025.
En el caso del segmento eléctrico, el Ministerio de Economía a cargo de Luis Caputo, instruyó a la Secretaría de Energía a comuncarle al ENRE que no contemple en el proceso de RQT correspondiente a los segmentos de transporte y distribución, los diferimientos oportunamente determinados y que abarcaron el período mayo 2024 a abril 2025. En ese sentido se señaló que la decisión se adopta con el objetivo de “consolidar el proceso de desinflación verificado a la fecha, sin desconocer la imperiosa necesidad de sincerar los reales costos de los servicios públicos energéticos”, por lo que remitió “al Poder Concedente a resolver tales diferimientos por tratarse de cuestiones vinculadas al ámbito de dicha relación jurídica, sin que ello importe reconocimiento alguno respecto de la pertinencia de los derechos que pudieran invocar las empresas licenciatarias y concesionarios”.
El Gobierno también argumentó que “la recomposición tarifaria gradual debe aplicar criterios de gradualidad en la fijación de las tarifas que deberán abonar los usuarios, como aplicación del criterio de razonabilidad en el diseño de tarifas, respetando la proporcionalidad y permitiendo que éstas puedan ser afrontadas por los usuarios de manera previsible y en condiciones de regularidad; como así también aplicar criterios de transparencia que otorguen certeza a la determinación tarifaria regulada”. Otro aspecto abordado fue el “adecuado control de las inversiones, entendiendo que constituye un incentivo a las distribuidoras para ejecutar las obras que permitan una mejora en la calidad de la prestación del servicio público”.
, Ignacio Ortiz
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