El nuevo marco regulatorio energético publicado por el Gobierno mexicano hace algunos días establece criterios que abren ventanas de oportunidad para inversión privada en infraestructura de recarga con generación distribuida.
Estos documentos, que reemplazan el marco heredado de la reforma energética de 2013, introducen conceptos como la planeación vinculante del sector energético y la justicia energética, con implicaciones directas para el desarrollo de la electromovilidad en el país.
«Es positivo que estas nuevas leyes sean analizadas por los empresarios, especialmente por los socios de AMPES, dada su participación directa como proveedores de estaciones de servicio y la posible integración al suministro de carga eléctrica para automóviles y otras modalidades de transporte eléctrico», señala David Hernández Martínez, Coordinador de Normatividad de la Asociación Mexicana de Proveedores de Estaciones de Servicio (AMPES).
El contexto es favorable: México cerró el tercer trimestre de 2025 con ventas de 24,498 vehículos eléctricos e híbridos enchufables, un crecimiento del 50% respecto al mismo período del año anterior, según la Electro Movilidad Asociación (EMA).
Sin embargo, la infraestructura de carga pública apenas alcanza las 3,514 estaciones, evidenciando una brecha crítica que representa tanto un desafío como una oportunidad para el sector privado.
El Reglamento de la Ley de Planeación y Transición Energética establece que la Secretaría de Energía (SENER) debe elaborar cinco instrumentos de planeación obligatoria, entre ellos el Plan de Desarrollo del Sector Eléctrico (PLADESE) con horizonte de 15 años.
Lo relevante es que la Comisión Nacional de Energía (CNE) deberá considerar estos planes al otorgar permisos para proyectos de infraestructura de carga, lo que podría limitar geográficamente el desarrollo de electrolineras privadas en zonas no prioritarias.
«El documento relaciona directamente estos reglamentos con la electromovilidad y sus implicaciones para favorecer o limitar las inversiones en esta materia», advierte Hernández Martínez en diálogo con Mobility Portal Latinoamérica.
«Los empresarios que deseen invertir deben considerar los retos y oportunidades que esto representa».
Sin embargo, el mismo reglamento abre una ventana de oportunidad: establece que la infraestructura de recarga debe priorizarse para transporte público masivo, lo que podría acelerar proyectos de electrificación de autobuses urbanos y taxis.
Generación distribuida: la clave para estaciones de servicio
Uno de los aspectos más favorables del nuevo marco regulatorio es la flexibilización de los umbrales para generación distribuida.
El reglamento eleva de 0.5 MW a 0.7 MW la capacidad instalada que no requiere permiso, y crea la figura de autoconsumo interconectado para proyectos de hasta 20 MW con trámite simplificado.
Esto significa que una estación de servicio que desee integrar cargadores eléctricos puede instalar paneles solares hasta 0.7 MW sin permiso de generación, o hasta 20 MW bajo la nueva figura de autoconsumo con procedimiento administrativo ágil.
- Esta capacidad es suficiente para alimentar entre 15 y 30 cargadores rápidos de 50 kW, dependiendo de la configuración del sistema.
«Para posibles desarrolladores o inversionistas, sería de interés que se dispusiera el análisis de posibles fuentes de financiamiento para iniciativas del sector privado», comenta el Coordinador de Normatividad de AMPES.
Si bien los reglamentos energéticos no contemplan fuentes de financiamiento específicas para electromovilidad, existen instrumentos complementarios.
El Decreto Plan México, publicado en enero de 2025, otorga deducción inmediata del 86% al 83% de la inversión en «vehículos cuya propulsión sea a través de batería eléctrica» y equipamiento relacionado.
Adicionalmente, el Decreto de Polos de Desarrollo Económico, vigente desde mayo de 2025, permite deducción inmediata del 100% de inversiones en activos fijos para proyectos en zonas prioritarias, aplicable hasta septiembre de 2030.
El desafío de la claridad regulatoria
La pregunta crítica que plantea Hernández Martínez es si «con la publicación del reglamento existe claridad total para invertir en proyectos de infraestructura de electromovilidad por parte de la iniciativa privada».
Según el especialista, el sector espera este tipo de claridad «respecto a solicitudes y autorizaciones, sobre todo si se trata de proyectos de infraestructura de expendio al público de carga eléctrica«.
La respuesta es matizada. El Acuerdo A/108/2024, publicado en septiembre de 2024 por la entonces Comisión Reguladora de Energía (CRE), mantiene vigencia operativa y establece requisitos técnicos de conexión para electrolineras, estándares de conectores y obligaciones de transparencia en precios.
Sin embargo, el nuevo reglamento introduce elementos de incertidumbre.
El artículo 197 del Reglamento del Sector Eléctrico establece que los centros de carga para electromovilidad «pueden registrarse como Demanda Controlable«, una figura que permitiría a operadores de cargadores ofrecer reducción de demanda a cambio de tarifas preferenciales.
El problema: la CNE tiene un plazo de 120 días hábiles (aproximadamente hasta febrero de 2026) para publicar las disposiciones específicas que regulen esta figura.
Adicionalmente, el reglamento introduce el requisito de Manifestación de Impacto Social (MIS) para proyectos de infraestructura eléctrica.
Aunque el alcance de esta obligación para electrolineras privadas aún no está completamente definido, podría implicar la elaboración de un Plan de Gestión Social con «Beneficios Sociales Compartidos» para comunidades del área de influencia, incrementando costos y plazos de desarrollo.
Una ventana de oportunidad para estaciones de servicio
A pesar de las incertidumbres, el sector de estaciones de servicio se encuentra en posición privilegiada para capitalizar la transición eléctrica.
Con aproximadamente 13,000 estaciones de servicio en México -según datos de la Comisión Reguladora de Energía-, la integración de cargadores eléctricos representa una estrategia de diversificación ante la eventual reducción del consumo de combustibles fósiles.
La EMA ha hecho un llamado específico a las estaciones de servicio tradicionales «para que se sumen a la tendencia global de incorporar cargadores rápidos como una fuente alternativa de ingresos».
La entidad además destacó que «pueden prepararse para el futuro, desempeñando un papel clave en la atención de las necesidades de movilidad de todo tipo de usuarios, especialmente en recorridos de larga distancia».
- El modelo de negocio es atractivo: empresas como VEMO, Evergo y FAZT han anunciado inversiones millonarias en infraestructura de carga pública.
- Soriana y FAZT planean instalar 1,000 estaciones para 2030, mientras que Evergo comprometió 200 millones de dólares para desplegar 15,000 puertos de carga en cinco años.
Para las estaciones de servicio que ya cuentan con terrenos estratégicos en carreteras y zonas urbanas, la combinación de cargadores eléctricos con generación solar distribuida y el potencial futuro de la figura de Demanda Controlable podría resultar en un modelo de negocio resiliente y alineado con las tendencias globales de descarbonización del transporte.
Fuente: Mobility Portal Latinoamérica
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