Desde este año, la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) está trabajando en una normativa que permita la incorporación masiva de medidores inteligentes (AMI, por sus siglas en inglés) en comercios, industrias y hogares de los y las colombianas.

Concretamente, el objetivo que se estableció es que, al finalizar esta década, para el 2030, el 75% de los usuarios del Sistema Interconectado Nacional (SIN) cuente con sistemas de medición inteligente.

Este tipo de medición supone una mejor gestión de los operadores de red en el sistema, además de una mayor integración y control en la generación de energías renovables que puedan inyectar los usuarios a la red eléctrica, proceso conocido como Generación Distribuida.

En junio pasado, la CREG lanzó una primera consulta pública para ir avanzando en aspectos técnicos integrando comentarios de actores del sector público y privado.

En total se recibieron 1.125 observaciones remitidos por 71 actores. Los principales comentarios recibidos fueron entorno a las generalidades del despliegue de AMI, los derechos y deberes de los usuarios, las responsabilidades del prestador, los requisitos técnicos generales y los planes de implementación.

En octubre se lanzó una segunda consulta pública. Esta vez se solicitó información adicional de costos y gastos en la lectura de medidores en los mercados de comercialización, información operativa y técnica de los diferentes sistemas, y datos asociados con las experiencias de los pilotos de AMI que algunos agentes han desarrollado.

Ahora la CREG lanza una nueva consulta para establecer las condiciones para la implementación de la infraestructura de medición avanzada en el SIN –ver proyecto de resolución y su Anexo-. La misma recibirá comentarios hasta el próximo viernes 8 de enero.

Objetivos

Los objetivos que debe cumplir la regulación emitida mediante la implementación de la medición avanzada, son:

  • Facilitar esquemas de eficiencia energética, respuesta de la demanda y modelos de tarificación horaria o canastas de tarifas.
  • Permitir la incorporación en los sistemas eléctricos, entre otros, de tecnologías de autogeneración, almacenamiento, generación distribuida y vehículos eléctricos.
  • Mejorar la calidad del servicio a través del monitoreo y el control de los sistemas de distribución.
  • Dinamizar la competencia en la comercialización minorista de energía eléctrica y generar nuevos modelos de negocios y servicios.
  • Gestionar la reducción de las pérdidas y no técnicas.
  • Reducir los costos de la prestación del servicio de energía eléctrica.

En concordancia, el objetivo de la regulación es establecer las condiciones para que dicha implementación se lleve a cabo de manera que permita lograr la meta de cobertura en el tiempo establecido (75% de los usuarios del SIN a 2030) asignando de manera adecuada los costos a los beneficiarios y de forma que permita mejorar las condiciones de prestación del servicio.

Concretamente, desde la regulación, AMI debe habilitar la bidireccionalidad usuario-prestador y debe generar información relevante (al menos con resolución horaria), de forma que esa información esté disponible a prestadores, usuarios, autoridades y terceros en condiciones que permitan su aprovechamiento para la mejora de la prestación del servicio.