La Comisión Nacional de Energía (CNE) oficializó un nuevo modelo de contrato para la interconexión y conexión al Sistema Eléctrico Nacional, aplicable a centrales eléctricas, sistemas de almacenamiento de energía y centros de carga. La medida fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 17 de marzo de 2026 y busca actualizar el marco regulatorio del sector eléctrico mexicano.

El documento establece las condiciones contractuales que regirán la conexión de instalaciones a la Red Nacional de Transmisión y a las Redes Generales de Distribución, así como las responsabilidades de las partes involucradas en el proceso de interconexión. En este esquema participan la Comisión Federal de Electricidad (CFE), en su carácter de transportista o distribuidora, y los solicitantes que desarrollen proyectos de generación, almacenamiento o consumo eléctrico.

El acuerdo también precisa que las centrales bajo la modalidad de generación distribuida con capacidad menor a 0,7 megawatts no deberán suscribir este contrato, sino ajustarse al modelo establecido en las Disposiciones Administrativas de Carácter General en materia de Generación Distribuida. Con ello, la CNE busca aportar mayor claridad y orden regulatorio al funcionamiento del sector eléctrico.

En términos prácticos, el nuevo modelo estandariza jurídicamente el instrumento base para acceder al Sistema Eléctrico Nacional. En la práctica, se trata del contrato habilitante para la operación de un proyecto eléctrico, ya que sin su formalización no puede concretarse la sincronización con la red ni iniciar la operación comercial. Al mismo tiempo, el contrato se consolida como un instrumento clave de cumplimiento regulatorio dentro del sistema eléctrico.

Entre los aspectos centrales del nuevo esquema se destaca la estandarización obligatoria del instrumento contractual, que establece un modelo único aplicable a centrales eléctricas, sistemas de almacenamiento y centros de carga. Esta uniformidad busca fortalecer la certeza jurídica para los desarrolladores, aunque también reduce los márgenes de negociación estructural en los proyectos.

El modelo también refuerza el rol operativo del Centro Nacional de Control de Energía (CENACE), ya que la celebración del contrato queda condicionada a la instrucción de este organismo. De esta manera se consolida el carácter vinculante de la planeación eléctrica y la coordinación técnica del sistema.

Otro de los puntos relevantes es la integración formal de los sistemas de almacenamiento eléctrico dentro del esquema contractual. El modelo reconoce a estas instalaciones como sujetos contractuales plenos, lo que abre nuevas oportunidades para el desarrollo de proyectos híbridos y soluciones de flexibilidad operativa, incluyendo esquemas que combinan generación solar con almacenamiento en baterías y servicios complementarios al sistema.

Asimismo, la regulación establece mayores responsabilidades para los desarrolladores en materia de infraestructura y cumplimiento de plazos, particularmente en lo relativo a obras específicas, garantías y fechas estimadas de operación. Este enfoque incrementa el peso del riesgo de desarrollo y puede influir en la bancabilidad de los proyectos.

En paralelo, el acuerdo fortalece el concepto del punto de interconexión como un elemento estratégico dentro de la estructuración técnica y financiera de los proyectos eléctricos, en un contexto donde la planeación del sistema adquiere un rol cada vez más determinante.

Desde una perspectiva de política pública, la actualización del modelo contractual confirma una tendencia hacia un esquema de planeación energética más centralizado, en el que la participación privada se articula bajo criterios técnicos definidos por la planificación del sistema eléctrico nacional.

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