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SER Colombia se posiciona frente a dos temas prioritarios del Plan Nacional de Desarrollo

La entidad gremial que reune a las principales empresas de energías renovables de Colombia, SER Colombia, se expidió sobre la presentación del Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2022-2026 -DESCARGAR- y le envió una carta (que lleva la firma de la flamante directora ejecutiva Alexandra Hernández) dirigida a la ministra de Minas y Energía, Irene Velez (ver al pie), para posicionarse sobre este tema.

Allí se posiciona sobre dos temas «de mayor relevancia» para el sector:

1. Transferencias 6% (artículo 207 del PND)

• Como informamos en su momento, pese a las propuestas de archivo y por insistencia del Gobierno Nacional, se aprobó aumentar al 6% la transferencia por generación de energías renovables en algunas regiones.

• El artículo aprobado en primer debate introdujo una gradualidad y precisa las regiones donde aplica.

• Además de insistir en su archivo, desde SER se plantearon propuestas de ajuste bajo lineamientos establecidos por la Junta Directiva. Se adjunta carta a la Ministra Vélez con análisis de impacto y propuestas.

• Así mismo, gestionamos dos proposiciones que quedaron radicadas para ser debatidas en segundo debate:
i. Bajar tarifa e implementación gradual (tema que se había hablado con la Ministra de Minas y Energía),

ii. Las propuestas de la carta relacionadas con base de liquidación y transición para proyectos que ya tengan contratos firmados bajo otras condiciones de transferencia.

• La Ministra Vélez está estudiando las propuestas de la carta adjunta. Rechazó la posibilidad de descontar de la transferencia, los costos de los acuerdos pactados en las consultas previas. Los congresistas que radicaron la proposición de ajuste tampoco aceptaron esta propuesta.

• Estamos coordinando con otros gremios del sector comunicaciones conjuntas.

2. Integración vertical en generación y transmisión para energías renovables

• Presentamos a la Ministra las preocupaciones, en conjunto con los demás gremios del sector.

• La Ministra con firmeza mencionó que la posición del Gobierno Nacional es incentivar que empresas estatales, como Ecopetrol, aceleren la transición energética y de ahí la importancia de aprobar esta medida en el PND.

• Solicitó a los gremios una contrapropuesta. Citaremos la Junta Directiva para recibir lineamientos frente al tema

Carta a la ministra

Estimada Ministra,

Reciba usted y su equipo de trabajo un cordial saludo por tarde de SER Colombia y sus empresas asociadas. Como gremio de las energías renovables y de la transición energética seguimos manifestando nuestro compromiso y disposición en aras de acelerar una Transición Energética Justa.

La transición energética parte de una efectiva transición tecnológica de las fuentes de generación de energía, solo una entrada masiva de proyectos de energías renovables garantizaría lo anunciado por el gobierno Petro en su plan de gobierno: “Hacia una sociedad movida por el sol, el viento y el agua”.

Como es de su conocimiento, el marco de política energética y los acertados incentivos en materia tributaria han despertado un gran interés en el desarrollo de este tipo de proyectos, prueba de ello es que a hoy, el sistema cuenta con más de 13.3 GW en proyectos FNCER (Fuentes No Convencionales de Energías Renovables) con punto de conexión aprobado, de los cuales, cerca de 3 GW tienen compromisos con el sistema; así mismo, se cuenta con nuevas asignaciones de conexión por el orden de 7.5 GW.

Cifras con especial importancia si se tiene en cuenta que la capacidad instalada en Colombia hoy es de cerca de los 18 GW; aún más, si se considera que representan una potencial inversión de entre 14 mil a 21 mil millones de dólares.

Sin embargo, los anunciados nuevos costos (tributos) a la industria de las energías renovables y los ya conocidos impactos de la pasada reforma tributaria generan incertidumbre por el cambio en las reglas de juego en el desarrollo de estos proyectos. Incertidumbre que pone en riesgo no solo las inversiones mismas sino la diversificación de la matriz eléctrica, la reducción de las tarifas y la efectiva transición energética.

Somos conscientes de que el proceso de transición energética se debe hacer con respeto a las comunidades y a los derechos humanos, de lo contrario los proyectos no son sostenibles.

Así mismo, conocemos de primera mano las necesidades sociales de las comunidades y compartimos la visión de diversificar la matriz productiva de nuestro país.

Sin embargo, la asignación de cargas debe ser balanceada de tal manera que no se afecte a una industria que apenas está naciendo y que es el pilar fundamental para la Transición Energética.

Las Transferencias del sector eléctrico aplicables hoy a las FNCER ya cumplen con las necesidades descritas; como se diseñaron mediante la Ley 1955 de 2019, estas implican una participación del 57% entre comunidades y gobierno sobre el flujo de caja libre, mientras las empresas cuentan con una participación no superior al 43% mientras asume el 100% del riesgo.

En contexto, la rentabilidad promedio de los proyectos FNCER en el mundo no es mayor al 9% y en mercados emergentes como el colombiano dicha rentabilidad ronda el 9.3%1 . Por lo tanto, mantener la competitividad de las inversiones de estos proyectos frente a otros países y compensar cargas adicionales solo podrán hacerse vía incremento del precio de venta de la energía. En consecuencia, ponemos a su disposición algunos elementos adicionales para aportar a la discusión del artículo 188 del proyecto de Ley del asunto.

Impacto en el costo de la electricidad

Incrementar de golpe la transferencia del 1 al 6% de las ventas brutas de energía como se propone en el Proyecto de Ley, representa un alza media de 9 $/kWh en el precio de venta de los contratos de venta de energía a largo plazo que ofrecen los proyectos a partir de FNCER, en un escenario de transición en el cual la cobertura de la demanda debe ser a partir de contratos a largo plazo FNCER, el alza en las tarifas vista por el usuario debiera ser en esa misma magnitud en el mediano y largo plazo.

Guardando las proporciones, un incremento de 9 $/kWh equivale en eliminar en un 30% los logros del Pacto por la Justicia Tarifaria, este impacto se calcula como la relación entre el incremento en el costo de venta de energía para mantener la viabilidad financiera de los proyectos y la reducción lograda por el Pacto por la Justicia Tarifaria.

Si bien los nuevos proyectos puedan asumir este costo adicional mediante un aumento en el precio de venta de la energía; como fue planteado el artículo en primera ponencia, los proyectos que ya tienen acuerdos de venta de energía se ven altamente perjudicados y ponen en riesgo su viabilidad al asumir esta carga. Muchos de estos proyectos ya han sufrido las consecuencias de las condiciones macroeconómicas adversas, así como del aumento en los costos de la deuda y de las materias primas.

Propuestas

En consecuencia, si bien lo deseable para la industria es no adicionar más cargas e introducir cambios en las reglas de juego, manteniendo lo previsto en el artículo 289 de la Ley 1955 de 2019; en caso de que el Congreso de La República decida avanzar con la propuesta planteada para primer debate, adjunto nos permitimos presentar una contrapropuesta que busca incrementar las transferencias para las comunidades y alcaldías, sin poner en riesgo los proyectos.

Esta propuesta se resume en:

Busca que proyectos que han adquirido compromisos de venta de energía antes de la entrada en vigor de la Ley, puedan recuperar los costos adicionales que se derivan de estas transferencias, en aplicación al principio de recuperación de costos establecido en el artículo 367 de la Constitución Política y los principios de eficiencia y suficiencia financiera establecidos en el artículo 87 de la Ley 142 de 1994, tal como lo ha reafirmado la honorable Corte Constitucional en Sentencia C-186/22

(…) resulta evidentemente desproporcionado y contrario al principio de recuperación de costos previsto en el artículo 367 de la Constitución, impedirle de manera absoluta a las empresas prestadoras del servicio de energía, recuperar los costos en los que incurren para garantizar el servicio. (…)

La gradualidad debería buscar mitigar algo del impacto de triplicar la transferencia, por lo tanto, se propone que dicha gradualidad empiece una vez los proyectos entren en operación y por ende a generar ingresos, no con la promulgación de la Ley. Lo anterior, como un incentivo real a la pronta entrada en operación de los proyectos. Como se planteó puede generarse un incentivo perverso a retrasar la entrada de los proyectos hasta tanto no se alcance el 6%.
Sugerimos que en el articulado se establezca una institucionalidad clara sobre la vigilancia, control, destinación y uso de estos recursos; solo en la medida que se asegure un adecuado uso de estos recursos se cumpliría el objetivo de habilitador social, que es garantizar recursos en beneficio de las comunidades.
Finalmente, ponemos a consideración que dado que el aumento en esta transferencia parte de ser un habilitador social, se sugiere que los acuerdos resultantes de las consultas previas (que buscan el mismo objetivo de habilitación social) sean deducibles de la liquidación y el pago de las plantas afectadas por el nuevo párrafo.

Agradecemos tener en cuenta esta propuesta y los elementos aquí planteados, quedamos atentos a profundizar, de requerirse, cualquier particular. Cordialmente,

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SER Colombia se posiciona frente a dos temas prioritarios del Plan Nacional de Desarrollo

La entidad gremial que reune a las principales empresas de energías renovables de Colombia, SER Colombia, se expidió sobre la presentación del Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2022-2026 -DESCARGAR- y le envió una carta (que lleva la firma de la flamante directora ejecutiva Alexandra Hernández) dirigida a la ministra de Minas y Energía, Irene Velez (ver al pie), para posicionarse sobre este tema.

Allí se posiciona sobre dos temas «de mayor relevancia» para el sector:

1. Transferencias 6% (artículo 207 del PND)

• Como informamos en su momento, pese a las propuestas de archivo y por insistencia del Gobierno Nacional, se aprobó aumentar al 6% la transferencia por generación de energías renovables en algunas regiones.

• El artículo aprobado en primer debate introdujo una gradualidad y precisa las regiones donde aplica.

• Además de insistir en su archivo, desde SER se plantearon propuestas de ajuste bajo lineamientos establecidos por la Junta Directiva. Se adjunta carta a la Ministra Vélez con análisis de impacto y propuestas.

• Así mismo, gestionamos dos proposiciones que quedaron radicadas para ser debatidas en segundo debate:
i. Bajar tarifa e implementación gradual (tema que se había hablado con la Ministra de Minas y Energía),

ii. Las propuestas de la carta relacionadas con base de liquidación y transición para proyectos que ya tengan contratos firmados bajo otras condiciones de transferencia.

• La Ministra Vélez está estudiando las propuestas de la carta adjunta. Rechazó la posibilidad de descontar de la transferencia, los costos de los acuerdos pactados en las consultas previas. Los congresistas que radicaron la proposición de ajuste tampoco aceptaron esta propuesta.

• Estamos coordinando con otros gremios del sector comunicaciones conjuntas.

2. Integración vertical en generación y transmisión para energías renovables

• Presentamos a la Ministra las preocupaciones, en conjunto con los demás gremios del sector.

• La Ministra con firmeza mencionó que la posición del Gobierno Nacional es incentivar que empresas estatales, como Ecopetrol, aceleren la transición energética y de ahí la importancia de aprobar esta medida en el PND.

• Solicitó a los gremios una contrapropuesta. Citaremos la Junta Directiva para recibir lineamientos frente al tema

Carta a la ministra

Estimada Ministra,

Reciba usted y su equipo de trabajo un cordial saludo por tarde de SER Colombia y sus empresas asociadas. Como gremio de las energías renovables y de la transición energética seguimos manifestando nuestro compromiso y disposición en aras de acelerar una Transición Energética Justa.

La transición energética parte de una efectiva transición tecnológica de las fuentes de generación de energía, solo una entrada masiva de proyectos de energías renovables garantizaría lo anunciado por el gobierno Petro en su plan de gobierno: “Hacia una sociedad movida por el sol, el viento y el agua”.

Como es de su conocimiento, el marco de política energética y los acertados incentivos en materia tributaria han despertado un gran interés en el desarrollo de este tipo de proyectos, prueba de ello es que a hoy, el sistema cuenta con más de 13.3 GW en proyectos FNCER (Fuentes No Convencionales de Energías Renovables) con punto de conexión aprobado, de los cuales, cerca de 3 GW tienen compromisos con el sistema; así mismo, se cuenta con nuevas asignaciones de conexión por el orden de 7.5 GW.

Cifras con especial importancia si se tiene en cuenta que la capacidad instalada en Colombia hoy es de cerca de los 18 GW; aún más, si se considera que representan una potencial inversión de entre 14 mil a 21 mil millones de dólares.

Sin embargo, los anunciados nuevos costos (tributos) a la industria de las energías renovables y los ya conocidos impactos de la pasada reforma tributaria generan incertidumbre por el cambio en las reglas de juego en el desarrollo de estos proyectos. Incertidumbre que pone en riesgo no solo las inversiones mismas sino la diversificación de la matriz eléctrica, la reducción de las tarifas y la efectiva transición energética.

Somos conscientes de que el proceso de transición energética se debe hacer con respeto a las comunidades y a los derechos humanos, de lo contrario los proyectos no son sostenibles.

Así mismo, conocemos de primera mano las necesidades sociales de las comunidades y compartimos la visión de diversificar la matriz productiva de nuestro país.

Sin embargo, la asignación de cargas debe ser balanceada de tal manera que no se afecte a una industria que apenas está naciendo y que es el pilar fundamental para la Transición Energética.

Las Transferencias del sector eléctrico aplicables hoy a las FNCER ya cumplen con las necesidades descritas; como se diseñaron mediante la Ley 1955 de 2019, estas implican una participación del 57% entre comunidades y gobierno sobre el flujo de caja libre, mientras las empresas cuentan con una participación no superior al 43% mientras asume el 100% del riesgo.

En contexto, la rentabilidad promedio de los proyectos FNCER en el mundo no es mayor al 9% y en mercados emergentes como el colombiano dicha rentabilidad ronda el 9.3%1 . Por lo tanto, mantener la competitividad de las inversiones de estos proyectos frente a otros países y compensar cargas adicionales solo podrán hacerse vía incremento del precio de venta de la energía. En consecuencia, ponemos a su disposición algunos elementos adicionales para aportar a la discusión del artículo 188 del proyecto de Ley del asunto.

Impacto en el costo de la electricidad

Incrementar de golpe la transferencia del 1 al 6% de las ventas brutas de energía como se propone en el Proyecto de Ley, representa un alza media de 9 $/kWh en el precio de venta de los contratos de venta de energía a largo plazo que ofrecen los proyectos a partir de FNCER, en un escenario de transición en el cual la cobertura de la demanda debe ser a partir de contratos a largo plazo FNCER, el alza en las tarifas vista por el usuario debiera ser en esa misma magnitud en el mediano y largo plazo.

Guardando las proporciones, un incremento de 9 $/kWh equivale en eliminar en un 30% los logros del Pacto por la Justicia Tarifaria, este impacto se calcula como la relación entre el incremento en el costo de venta de energía para mantener la viabilidad financiera de los proyectos y la reducción lograda por el Pacto por la Justicia Tarifaria.

Si bien los nuevos proyectos puedan asumir este costo adicional mediante un aumento en el precio de venta de la energía; como fue planteado el artículo en primera ponencia, los proyectos que ya tienen acuerdos de venta de energía se ven altamente perjudicados y ponen en riesgo su viabilidad al asumir esta carga. Muchos de estos proyectos ya han sufrido las consecuencias de las condiciones macroeconómicas adversas, así como del aumento en los costos de la deuda y de las materias primas.

Propuestas

En consecuencia, si bien lo deseable para la industria es no adicionar más cargas e introducir cambios en las reglas de juego, manteniendo lo previsto en el artículo 289 de la Ley 1955 de 2019; en caso de que el Congreso de La República decida avanzar con la propuesta planteada para primer debate, adjunto nos permitimos presentar una contrapropuesta que busca incrementar las transferencias para las comunidades y alcaldías, sin poner en riesgo los proyectos.

Esta propuesta se resume en:

Busca que proyectos que han adquirido compromisos de venta de energía antes de la entrada en vigor de la Ley, puedan recuperar los costos adicionales que se derivan de estas transferencias, en aplicación al principio de recuperación de costos establecido en el artículo 367 de la Constitución Política y los principios de eficiencia y suficiencia financiera establecidos en el artículo 87 de la Ley 142 de 1994, tal como lo ha reafirmado la honorable Corte Constitucional en Sentencia C-186/22

(…) resulta evidentemente desproporcionado y contrario al principio de recuperación de costos previsto en el artículo 367 de la Constitución, impedirle de manera absoluta a las empresas prestadoras del servicio de energía, recuperar los costos en los que incurren para garantizar el servicio. (…)

La gradualidad debería buscar mitigar algo del impacto de triplicar la transferencia, por lo tanto, se propone que dicha gradualidad empiece una vez los proyectos entren en operación y por ende a generar ingresos, no con la promulgación de la Ley. Lo anterior, como un incentivo real a la pronta entrada en operación de los proyectos. Como se planteó puede generarse un incentivo perverso a retrasar la entrada de los proyectos hasta tanto no se alcance el 6%.
Sugerimos que en el articulado se establezca una institucionalidad clara sobre la vigilancia, control, destinación y uso de estos recursos; solo en la medida que se asegure un adecuado uso de estos recursos se cumpliría el objetivo de habilitador social, que es garantizar recursos en beneficio de las comunidades.
Finalmente, ponemos a consideración que dado que el aumento en esta transferencia parte de ser un habilitador social, se sugiere que los acuerdos resultantes de las consultas previas (que buscan el mismo objetivo de habilitación social) sean deducibles de la liquidación y el pago de las plantas afectadas por el nuevo párrafo.

Agradecemos tener en cuenta esta propuesta y los elementos aquí planteados, quedamos atentos a profundizar, de requerirse, cualquier particular. Cordialmente,

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SER Colombia se posiciona frente a dos temas prioritarios del Plan Nacional de Desarrollo

La entidad gremial que reune a las principales empresas de energías renovables de Colombia, SER Colombia, se expidió sobre la presentación del Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2022-2026 -DESCARGAR- y le envió una carta (que lleva la firma de la flamante directora ejecutiva Alexandra Hernández) dirigida a la ministra de Minas y Energía, Irene Velez (ver al pie), para posicionarse sobre este tema.

Allí se posiciona sobre dos temas «de mayor relevancia» para el sector:

1. Transferencias 6% (artículo 207 del PND)

• Como informamos en su momento, pese a las propuestas de archivo y por insistencia del Gobierno Nacional, se aprobó aumentar al 6% la transferencia por generación de energías renovables en algunas regiones.

• El artículo aprobado en primer debate introdujo una gradualidad y precisa las regiones donde aplica.

• Además de insistir en su archivo, desde SER se plantearon propuestas de ajuste bajo lineamientos establecidos por la Junta Directiva. Se adjunta carta a la Ministra Vélez con análisis de impacto y propuestas.

• Así mismo, gestionamos dos proposiciones que quedaron radicadas para ser debatidas en segundo debate:
i. Bajar tarifa e implementación gradual (tema que se había hablado con la Ministra de Minas y Energía),

ii. Las propuestas de la carta relacionadas con base de liquidación y transición para proyectos que ya tengan contratos firmados bajo otras condiciones de transferencia.

• La Ministra Vélez está estudiando las propuestas de la carta adjunta. Rechazó la posibilidad de descontar de la transferencia, los costos de los acuerdos pactados en las consultas previas. Los congresistas que radicaron la proposición de ajuste tampoco aceptaron esta propuesta.

• Estamos coordinando con otros gremios del sector comunicaciones conjuntas.

2. Integración vertical en generación y transmisión para energías renovables

• Presentamos a la Ministra las preocupaciones, en conjunto con los demás gremios del sector.

• La Ministra con firmeza mencionó que la posición del Gobierno Nacional es incentivar que empresas estatales, como Ecopetrol, aceleren la transición energética y de ahí la importancia de aprobar esta medida en el PND.

• Solicitó a los gremios una contrapropuesta. Citaremos la Junta Directiva para recibir lineamientos frente al tema

Carta a la ministra

Estimada Ministra,

Reciba usted y su equipo de trabajo un cordial saludo por tarde de SER Colombia y sus empresas asociadas. Como gremio de las energías renovables y de la transición energética seguimos manifestando nuestro compromiso y disposición en aras de acelerar una Transición Energética Justa.

La transición energética parte de una efectiva transición tecnológica de las fuentes de generación de energía, solo una entrada masiva de proyectos de energías renovables garantizaría lo anunciado por el gobierno Petro en su plan de gobierno: “Hacia una sociedad movida por el sol, el viento y el agua”.

Como es de su conocimiento, el marco de política energética y los acertados incentivos en materia tributaria han despertado un gran interés en el desarrollo de este tipo de proyectos, prueba de ello es que a hoy, el sistema cuenta con más de 13.3 GW en proyectos FNCER (Fuentes No Convencionales de Energías Renovables) con punto de conexión aprobado, de los cuales, cerca de 3 GW tienen compromisos con el sistema; así mismo, se cuenta con nuevas asignaciones de conexión por el orden de 7.5 GW.

Cifras con especial importancia si se tiene en cuenta que la capacidad instalada en Colombia hoy es de cerca de los 18 GW; aún más, si se considera que representan una potencial inversión de entre 14 mil a 21 mil millones de dólares.

Sin embargo, los anunciados nuevos costos (tributos) a la industria de las energías renovables y los ya conocidos impactos de la pasada reforma tributaria generan incertidumbre por el cambio en las reglas de juego en el desarrollo de estos proyectos. Incertidumbre que pone en riesgo no solo las inversiones mismas sino la diversificación de la matriz eléctrica, la reducción de las tarifas y la efectiva transición energética.

Somos conscientes de que el proceso de transición energética se debe hacer con respeto a las comunidades y a los derechos humanos, de lo contrario los proyectos no son sostenibles.

Así mismo, conocemos de primera mano las necesidades sociales de las comunidades y compartimos la visión de diversificar la matriz productiva de nuestro país.

Sin embargo, la asignación de cargas debe ser balanceada de tal manera que no se afecte a una industria que apenas está naciendo y que es el pilar fundamental para la Transición Energética.

Las Transferencias del sector eléctrico aplicables hoy a las FNCER ya cumplen con las necesidades descritas; como se diseñaron mediante la Ley 1955 de 2019, estas implican una participación del 57% entre comunidades y gobierno sobre el flujo de caja libre, mientras las empresas cuentan con una participación no superior al 43% mientras asume el 100% del riesgo.

En contexto, la rentabilidad promedio de los proyectos FNCER en el mundo no es mayor al 9% y en mercados emergentes como el colombiano dicha rentabilidad ronda el 9.3%1 . Por lo tanto, mantener la competitividad de las inversiones de estos proyectos frente a otros países y compensar cargas adicionales solo podrán hacerse vía incremento del precio de venta de la energía. En consecuencia, ponemos a su disposición algunos elementos adicionales para aportar a la discusión del artículo 188 del proyecto de Ley del asunto.

Impacto en el costo de la electricidad

Incrementar de golpe la transferencia del 1 al 6% de las ventas brutas de energía como se propone en el Proyecto de Ley, representa un alza media de 9 $/kWh en el precio de venta de los contratos de venta de energía a largo plazo que ofrecen los proyectos a partir de FNCER, en un escenario de transición en el cual la cobertura de la demanda debe ser a partir de contratos a largo plazo FNCER, el alza en las tarifas vista por el usuario debiera ser en esa misma magnitud en el mediano y largo plazo.

Guardando las proporciones, un incremento de 9 $/kWh equivale en eliminar en un 30% los logros del Pacto por la Justicia Tarifaria, este impacto se calcula como la relación entre el incremento en el costo de venta de energía para mantener la viabilidad financiera de los proyectos y la reducción lograda por el Pacto por la Justicia Tarifaria.

Si bien los nuevos proyectos puedan asumir este costo adicional mediante un aumento en el precio de venta de la energía; como fue planteado el artículo en primera ponencia, los proyectos que ya tienen acuerdos de venta de energía se ven altamente perjudicados y ponen en riesgo su viabilidad al asumir esta carga. Muchos de estos proyectos ya han sufrido las consecuencias de las condiciones macroeconómicas adversas, así como del aumento en los costos de la deuda y de las materias primas.

Propuestas

En consecuencia, si bien lo deseable para la industria es no adicionar más cargas e introducir cambios en las reglas de juego, manteniendo lo previsto en el artículo 289 de la Ley 1955 de 2019; en caso de que el Congreso de La República decida avanzar con la propuesta planteada para primer debate, adjunto nos permitimos presentar una contrapropuesta que busca incrementar las transferencias para las comunidades y alcaldías, sin poner en riesgo los proyectos.

Esta propuesta se resume en:

Busca que proyectos que han adquirido compromisos de venta de energía antes de la entrada en vigor de la Ley, puedan recuperar los costos adicionales que se derivan de estas transferencias, en aplicación al principio de recuperación de costos establecido en el artículo 367 de la Constitución Política y los principios de eficiencia y suficiencia financiera establecidos en el artículo 87 de la Ley 142 de 1994, tal como lo ha reafirmado la honorable Corte Constitucional en Sentencia C-186/22

(…) resulta evidentemente desproporcionado y contrario al principio de recuperación de costos previsto en el artículo 367 de la Constitución, impedirle de manera absoluta a las empresas prestadoras del servicio de energía, recuperar los costos en los que incurren para garantizar el servicio. (…)

La gradualidad debería buscar mitigar algo del impacto de triplicar la transferencia, por lo tanto, se propone que dicha gradualidad empiece una vez los proyectos entren en operación y por ende a generar ingresos, no con la promulgación de la Ley. Lo anterior, como un incentivo real a la pronta entrada en operación de los proyectos. Como se planteó puede generarse un incentivo perverso a retrasar la entrada de los proyectos hasta tanto no se alcance el 6%.
Sugerimos que en el articulado se establezca una institucionalidad clara sobre la vigilancia, control, destinación y uso de estos recursos; solo en la medida que se asegure un adecuado uso de estos recursos se cumpliría el objetivo de habilitador social, que es garantizar recursos en beneficio de las comunidades.
Finalmente, ponemos a consideración que dado que el aumento en esta transferencia parte de ser un habilitador social, se sugiere que los acuerdos resultantes de las consultas previas (que buscan el mismo objetivo de habilitación social) sean deducibles de la liquidación y el pago de las plantas afectadas por el nuevo párrafo.

Agradecemos tener en cuenta esta propuesta y los elementos aquí planteados, quedamos atentos a profundizar, de requerirse, cualquier particular. Cordialmente,

La entrada SER Colombia se posiciona frente a dos temas prioritarios del Plan Nacional de Desarrollo se publicó primero en Energía Estratégica.

energiaestrategica.com, Informacion, Información de Mercado

SER Colombia se posiciona frente a dos temas prioritarios del Plan Nacional de Desarrollo

La entidad gremial que reune a las principales empresas de energías renovables de Colombia, SER Colombia, se expidió sobre la presentación del Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2022-2026 -DESCARGAR- y le envió una carta (que lleva la firma de la flamante directora ejecutiva Alexandra Hernández) dirigida a la ministra de Minas y Energía, Irene Velez (ver al pie), para posicionarse sobre este tema.

Allí se posiciona sobre dos temas «de mayor relevancia» para el sector:

1. Transferencias 6% (artículo 207 del PND)

• Como informamos en su momento, pese a las propuestas de archivo y por insistencia del Gobierno Nacional, se aprobó aumentar al 6% la transferencia por generación de energías renovables en algunas regiones.

• El artículo aprobado en primer debate introdujo una gradualidad y precisa las regiones donde aplica.

• Además de insistir en su archivo, desde SER se plantearon propuestas de ajuste bajo lineamientos establecidos por la Junta Directiva. Se adjunta carta a la Ministra Vélez con análisis de impacto y propuestas.

• Así mismo, gestionamos dos proposiciones que quedaron radicadas para ser debatidas en segundo debate:
i. Bajar tarifa e implementación gradual (tema que se había hablado con la Ministra de Minas y Energía),

ii. Las propuestas de la carta relacionadas con base de liquidación y transición para proyectos que ya tengan contratos firmados bajo otras condiciones de transferencia.

• La Ministra Vélez está estudiando las propuestas de la carta adjunta. Rechazó la posibilidad de descontar de la transferencia, los costos de los acuerdos pactados en las consultas previas. Los congresistas que radicaron la proposición de ajuste tampoco aceptaron esta propuesta.

• Estamos coordinando con otros gremios del sector comunicaciones conjuntas.

2. Integración vertical en generación y transmisión para energías renovables

• Presentamos a la Ministra las preocupaciones, en conjunto con los demás gremios del sector.

• La Ministra con firmeza mencionó que la posición del Gobierno Nacional es incentivar que empresas estatales, como Ecopetrol, aceleren la transición energética y de ahí la importancia de aprobar esta medida en el PND.

• Solicitó a los gremios una contrapropuesta. Citaremos la Junta Directiva para recibir lineamientos frente al tema

Carta a la ministra

Estimada Ministra,

Reciba usted y su equipo de trabajo un cordial saludo por tarde de SER Colombia y sus empresas asociadas. Como gremio de las energías renovables y de la transición energética seguimos manifestando nuestro compromiso y disposición en aras de acelerar una Transición Energética Justa.

La transición energética parte de una efectiva transición tecnológica de las fuentes de generación de energía, solo una entrada masiva de proyectos de energías renovables garantizaría lo anunciado por el gobierno Petro en su plan de gobierno: “Hacia una sociedad movida por el sol, el viento y el agua”.

Como es de su conocimiento, el marco de política energética y los acertados incentivos en materia tributaria han despertado un gran interés en el desarrollo de este tipo de proyectos, prueba de ello es que a hoy, el sistema cuenta con más de 13.3 GW en proyectos FNCER (Fuentes No Convencionales de Energías Renovables) con punto de conexión aprobado, de los cuales, cerca de 3 GW tienen compromisos con el sistema; así mismo, se cuenta con nuevas asignaciones de conexión por el orden de 7.5 GW.

Cifras con especial importancia si se tiene en cuenta que la capacidad instalada en Colombia hoy es de cerca de los 18 GW; aún más, si se considera que representan una potencial inversión de entre 14 mil a 21 mil millones de dólares.

Sin embargo, los anunciados nuevos costos (tributos) a la industria de las energías renovables y los ya conocidos impactos de la pasada reforma tributaria generan incertidumbre por el cambio en las reglas de juego en el desarrollo de estos proyectos. Incertidumbre que pone en riesgo no solo las inversiones mismas sino la diversificación de la matriz eléctrica, la reducción de las tarifas y la efectiva transición energética.

Somos conscientes de que el proceso de transición energética se debe hacer con respeto a las comunidades y a los derechos humanos, de lo contrario los proyectos no son sostenibles.

Así mismo, conocemos de primera mano las necesidades sociales de las comunidades y compartimos la visión de diversificar la matriz productiva de nuestro país.

Sin embargo, la asignación de cargas debe ser balanceada de tal manera que no se afecte a una industria que apenas está naciendo y que es el pilar fundamental para la Transición Energética.

Las Transferencias del sector eléctrico aplicables hoy a las FNCER ya cumplen con las necesidades descritas; como se diseñaron mediante la Ley 1955 de 2019, estas implican una participación del 57% entre comunidades y gobierno sobre el flujo de caja libre, mientras las empresas cuentan con una participación no superior al 43% mientras asume el 100% del riesgo.

En contexto, la rentabilidad promedio de los proyectos FNCER en el mundo no es mayor al 9% y en mercados emergentes como el colombiano dicha rentabilidad ronda el 9.3%1 . Por lo tanto, mantener la competitividad de las inversiones de estos proyectos frente a otros países y compensar cargas adicionales solo podrán hacerse vía incremento del precio de venta de la energía. En consecuencia, ponemos a su disposición algunos elementos adicionales para aportar a la discusión del artículo 188 del proyecto de Ley del asunto.

Impacto en el costo de la electricidad

Incrementar de golpe la transferencia del 1 al 6% de las ventas brutas de energía como se propone en el Proyecto de Ley, representa un alza media de 9 $/kWh en el precio de venta de los contratos de venta de energía a largo plazo que ofrecen los proyectos a partir de FNCER, en un escenario de transición en el cual la cobertura de la demanda debe ser a partir de contratos a largo plazo FNCER, el alza en las tarifas vista por el usuario debiera ser en esa misma magnitud en el mediano y largo plazo.

Guardando las proporciones, un incremento de 9 $/kWh equivale en eliminar en un 30% los logros del Pacto por la Justicia Tarifaria, este impacto se calcula como la relación entre el incremento en el costo de venta de energía para mantener la viabilidad financiera de los proyectos y la reducción lograda por el Pacto por la Justicia Tarifaria.

Si bien los nuevos proyectos puedan asumir este costo adicional mediante un aumento en el precio de venta de la energía; como fue planteado el artículo en primera ponencia, los proyectos que ya tienen acuerdos de venta de energía se ven altamente perjudicados y ponen en riesgo su viabilidad al asumir esta carga. Muchos de estos proyectos ya han sufrido las consecuencias de las condiciones macroeconómicas adversas, así como del aumento en los costos de la deuda y de las materias primas.

Propuestas

En consecuencia, si bien lo deseable para la industria es no adicionar más cargas e introducir cambios en las reglas de juego, manteniendo lo previsto en el artículo 289 de la Ley 1955 de 2019; en caso de que el Congreso de La República decida avanzar con la propuesta planteada para primer debate, adjunto nos permitimos presentar una contrapropuesta que busca incrementar las transferencias para las comunidades y alcaldías, sin poner en riesgo los proyectos.

Esta propuesta se resume en:

Busca que proyectos que han adquirido compromisos de venta de energía antes de la entrada en vigor de la Ley, puedan recuperar los costos adicionales que se derivan de estas transferencias, en aplicación al principio de recuperación de costos establecido en el artículo 367 de la Constitución Política y los principios de eficiencia y suficiencia financiera establecidos en el artículo 87 de la Ley 142 de 1994, tal como lo ha reafirmado la honorable Corte Constitucional en Sentencia C-186/22

(…) resulta evidentemente desproporcionado y contrario al principio de recuperación de costos previsto en el artículo 367 de la Constitución, impedirle de manera absoluta a las empresas prestadoras del servicio de energía, recuperar los costos en los que incurren para garantizar el servicio. (…)

La gradualidad debería buscar mitigar algo del impacto de triplicar la transferencia, por lo tanto, se propone que dicha gradualidad empiece una vez los proyectos entren en operación y por ende a generar ingresos, no con la promulgación de la Ley. Lo anterior, como un incentivo real a la pronta entrada en operación de los proyectos. Como se planteó puede generarse un incentivo perverso a retrasar la entrada de los proyectos hasta tanto no se alcance el 6%.
Sugerimos que en el articulado se establezca una institucionalidad clara sobre la vigilancia, control, destinación y uso de estos recursos; solo en la medida que se asegure un adecuado uso de estos recursos se cumpliría el objetivo de habilitador social, que es garantizar recursos en beneficio de las comunidades.
Finalmente, ponemos a consideración que dado que el aumento en esta transferencia parte de ser un habilitador social, se sugiere que los acuerdos resultantes de las consultas previas (que buscan el mismo objetivo de habilitación social) sean deducibles de la liquidación y el pago de las plantas afectadas por el nuevo párrafo.

Agradecemos tener en cuenta esta propuesta y los elementos aquí planteados, quedamos atentos a profundizar, de requerirse, cualquier particular. Cordialmente,

La entrada SER Colombia se posiciona frente a dos temas prioritarios del Plan Nacional de Desarrollo se publicó primero en Energía Estratégica.

energiaestrategica.com, Informacion, Información de Mercado

SER Colombia se posiciona frente a dos temas prioritarios del Plan Nacional de Desarrollo

La entidad gremial que reune a las principales empresas de energías renovables de Colombia, SER Colombia, se expidió sobre la presentación del Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2022-2026 -DESCARGAR- y le envió una carta (que lleva la firma de la flamante directora ejecutiva Alexandra Hernández) dirigida a la ministra de Minas y Energía, Irene Velez (ver al pie), para posicionarse sobre este tema.

Allí se posiciona sobre dos temas «de mayor relevancia» para el sector:

1. Transferencias 6% (artículo 207 del PND)

• Como informamos en su momento, pese a las propuestas de archivo y por insistencia del Gobierno Nacional, se aprobó aumentar al 6% la transferencia por generación de energías renovables en algunas regiones.

• El artículo aprobado en primer debate introdujo una gradualidad y precisa las regiones donde aplica.

• Además de insistir en su archivo, desde SER se plantearon propuestas de ajuste bajo lineamientos establecidos por la Junta Directiva. Se adjunta carta a la Ministra Vélez con análisis de impacto y propuestas.

• Así mismo, gestionamos dos proposiciones que quedaron radicadas para ser debatidas en segundo debate:
i. Bajar tarifa e implementación gradual (tema que se había hablado con la Ministra de Minas y Energía),

ii. Las propuestas de la carta relacionadas con base de liquidación y transición para proyectos que ya tengan contratos firmados bajo otras condiciones de transferencia.

• La Ministra Vélez está estudiando las propuestas de la carta adjunta. Rechazó la posibilidad de descontar de la transferencia, los costos de los acuerdos pactados en las consultas previas. Los congresistas que radicaron la proposición de ajuste tampoco aceptaron esta propuesta.

• Estamos coordinando con otros gremios del sector comunicaciones conjuntas.

2. Integración vertical en generación y transmisión para energías renovables

• Presentamos a la Ministra las preocupaciones, en conjunto con los demás gremios del sector.

• La Ministra con firmeza mencionó que la posición del Gobierno Nacional es incentivar que empresas estatales, como Ecopetrol, aceleren la transición energética y de ahí la importancia de aprobar esta medida en el PND.

• Solicitó a los gremios una contrapropuesta. Citaremos la Junta Directiva para recibir lineamientos frente al tema

Carta a la ministra

Estimada Ministra,

Reciba usted y su equipo de trabajo un cordial saludo por tarde de SER Colombia y sus empresas asociadas. Como gremio de las energías renovables y de la transición energética seguimos manifestando nuestro compromiso y disposición en aras de acelerar una Transición Energética Justa.

La transición energética parte de una efectiva transición tecnológica de las fuentes de generación de energía, solo una entrada masiva de proyectos de energías renovables garantizaría lo anunciado por el gobierno Petro en su plan de gobierno: “Hacia una sociedad movida por el sol, el viento y el agua”.

Como es de su conocimiento, el marco de política energética y los acertados incentivos en materia tributaria han despertado un gran interés en el desarrollo de este tipo de proyectos, prueba de ello es que a hoy, el sistema cuenta con más de 13.3 GW en proyectos FNCER (Fuentes No Convencionales de Energías Renovables) con punto de conexión aprobado, de los cuales, cerca de 3 GW tienen compromisos con el sistema; así mismo, se cuenta con nuevas asignaciones de conexión por el orden de 7.5 GW.

Cifras con especial importancia si se tiene en cuenta que la capacidad instalada en Colombia hoy es de cerca de los 18 GW; aún más, si se considera que representan una potencial inversión de entre 14 mil a 21 mil millones de dólares.

Sin embargo, los anunciados nuevos costos (tributos) a la industria de las energías renovables y los ya conocidos impactos de la pasada reforma tributaria generan incertidumbre por el cambio en las reglas de juego en el desarrollo de estos proyectos. Incertidumbre que pone en riesgo no solo las inversiones mismas sino la diversificación de la matriz eléctrica, la reducción de las tarifas y la efectiva transición energética.

Somos conscientes de que el proceso de transición energética se debe hacer con respeto a las comunidades y a los derechos humanos, de lo contrario los proyectos no son sostenibles.

Así mismo, conocemos de primera mano las necesidades sociales de las comunidades y compartimos la visión de diversificar la matriz productiva de nuestro país.

Sin embargo, la asignación de cargas debe ser balanceada de tal manera que no se afecte a una industria que apenas está naciendo y que es el pilar fundamental para la Transición Energética.

Las Transferencias del sector eléctrico aplicables hoy a las FNCER ya cumplen con las necesidades descritas; como se diseñaron mediante la Ley 1955 de 2019, estas implican una participación del 57% entre comunidades y gobierno sobre el flujo de caja libre, mientras las empresas cuentan con una participación no superior al 43% mientras asume el 100% del riesgo.

En contexto, la rentabilidad promedio de los proyectos FNCER en el mundo no es mayor al 9% y en mercados emergentes como el colombiano dicha rentabilidad ronda el 9.3%1 . Por lo tanto, mantener la competitividad de las inversiones de estos proyectos frente a otros países y compensar cargas adicionales solo podrán hacerse vía incremento del precio de venta de la energía. En consecuencia, ponemos a su disposición algunos elementos adicionales para aportar a la discusión del artículo 188 del proyecto de Ley del asunto.

Impacto en el costo de la electricidad

Incrementar de golpe la transferencia del 1 al 6% de las ventas brutas de energía como se propone en el Proyecto de Ley, representa un alza media de 9 $/kWh en el precio de venta de los contratos de venta de energía a largo plazo que ofrecen los proyectos a partir de FNCER, en un escenario de transición en el cual la cobertura de la demanda debe ser a partir de contratos a largo plazo FNCER, el alza en las tarifas vista por el usuario debiera ser en esa misma magnitud en el mediano y largo plazo.

Guardando las proporciones, un incremento de 9 $/kWh equivale en eliminar en un 30% los logros del Pacto por la Justicia Tarifaria, este impacto se calcula como la relación entre el incremento en el costo de venta de energía para mantener la viabilidad financiera de los proyectos y la reducción lograda por el Pacto por la Justicia Tarifaria.

Si bien los nuevos proyectos puedan asumir este costo adicional mediante un aumento en el precio de venta de la energía; como fue planteado el artículo en primera ponencia, los proyectos que ya tienen acuerdos de venta de energía se ven altamente perjudicados y ponen en riesgo su viabilidad al asumir esta carga. Muchos de estos proyectos ya han sufrido las consecuencias de las condiciones macroeconómicas adversas, así como del aumento en los costos de la deuda y de las materias primas.

Propuestas

En consecuencia, si bien lo deseable para la industria es no adicionar más cargas e introducir cambios en las reglas de juego, manteniendo lo previsto en el artículo 289 de la Ley 1955 de 2019; en caso de que el Congreso de La República decida avanzar con la propuesta planteada para primer debate, adjunto nos permitimos presentar una contrapropuesta que busca incrementar las transferencias para las comunidades y alcaldías, sin poner en riesgo los proyectos.

Esta propuesta se resume en:

Busca que proyectos que han adquirido compromisos de venta de energía antes de la entrada en vigor de la Ley, puedan recuperar los costos adicionales que se derivan de estas transferencias, en aplicación al principio de recuperación de costos establecido en el artículo 367 de la Constitución Política y los principios de eficiencia y suficiencia financiera establecidos en el artículo 87 de la Ley 142 de 1994, tal como lo ha reafirmado la honorable Corte Constitucional en Sentencia C-186/22

(…) resulta evidentemente desproporcionado y contrario al principio de recuperación de costos previsto en el artículo 367 de la Constitución, impedirle de manera absoluta a las empresas prestadoras del servicio de energía, recuperar los costos en los que incurren para garantizar el servicio. (…)

La gradualidad debería buscar mitigar algo del impacto de triplicar la transferencia, por lo tanto, se propone que dicha gradualidad empiece una vez los proyectos entren en operación y por ende a generar ingresos, no con la promulgación de la Ley. Lo anterior, como un incentivo real a la pronta entrada en operación de los proyectos. Como se planteó puede generarse un incentivo perverso a retrasar la entrada de los proyectos hasta tanto no se alcance el 6%.
Sugerimos que en el articulado se establezca una institucionalidad clara sobre la vigilancia, control, destinación y uso de estos recursos; solo en la medida que se asegure un adecuado uso de estos recursos se cumpliría el objetivo de habilitador social, que es garantizar recursos en beneficio de las comunidades.
Finalmente, ponemos a consideración que dado que el aumento en esta transferencia parte de ser un habilitador social, se sugiere que los acuerdos resultantes de las consultas previas (que buscan el mismo objetivo de habilitación social) sean deducibles de la liquidación y el pago de las plantas afectadas por el nuevo párrafo.

Agradecemos tener en cuenta esta propuesta y los elementos aquí planteados, quedamos atentos a profundizar, de requerirse, cualquier particular. Cordialmente,

La entrada SER Colombia se posiciona frente a dos temas prioritarios del Plan Nacional de Desarrollo se publicó primero en Energía Estratégica.

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SER Colombia se posiciona frente a dos temas prioritarios del Plan Nacional de Desarrollo

La entidad gremial que reune a las principales empresas de energías renovables de Colombia, SER Colombia, se expidió sobre la presentación del Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2022-2026 -DESCARGAR- y le envió una carta (que lleva la firma de la flamante directora ejecutiva Alexandra Hernández) dirigida a la ministra de Minas y Energía, Irene Velez (ver al pie), para posicionarse sobre este tema.

Allí se posiciona sobre dos temas «de mayor relevancia» para el sector:

1. Transferencias 6% (artículo 207 del PND)

• Como informamos en su momento, pese a las propuestas de archivo y por insistencia del Gobierno Nacional, se aprobó aumentar al 6% la transferencia por generación de energías renovables en algunas regiones.

• El artículo aprobado en primer debate introdujo una gradualidad y precisa las regiones donde aplica.

• Además de insistir en su archivo, desde SER se plantearon propuestas de ajuste bajo lineamientos establecidos por la Junta Directiva. Se adjunta carta a la Ministra Vélez con análisis de impacto y propuestas.

• Así mismo, gestionamos dos proposiciones que quedaron radicadas para ser debatidas en segundo debate:
i. Bajar tarifa e implementación gradual (tema que se había hablado con la Ministra de Minas y Energía),

ii. Las propuestas de la carta relacionadas con base de liquidación y transición para proyectos que ya tengan contratos firmados bajo otras condiciones de transferencia.

• La Ministra Vélez está estudiando las propuestas de la carta adjunta. Rechazó la posibilidad de descontar de la transferencia, los costos de los acuerdos pactados en las consultas previas. Los congresistas que radicaron la proposición de ajuste tampoco aceptaron esta propuesta.

• Estamos coordinando con otros gremios del sector comunicaciones conjuntas.

2. Integración vertical en generación y transmisión para energías renovables

• Presentamos a la Ministra las preocupaciones, en conjunto con los demás gremios del sector.

• La Ministra con firmeza mencionó que la posición del Gobierno Nacional es incentivar que empresas estatales, como Ecopetrol, aceleren la transición energética y de ahí la importancia de aprobar esta medida en el PND.

• Solicitó a los gremios una contrapropuesta. Citaremos la Junta Directiva para recibir lineamientos frente al tema

Carta a la ministra

Estimada Ministra,

Reciba usted y su equipo de trabajo un cordial saludo por tarde de SER Colombia y sus empresas asociadas. Como gremio de las energías renovables y de la transición energética seguimos manifestando nuestro compromiso y disposición en aras de acelerar una Transición Energética Justa.

La transición energética parte de una efectiva transición tecnológica de las fuentes de generación de energía, solo una entrada masiva de proyectos de energías renovables garantizaría lo anunciado por el gobierno Petro en su plan de gobierno: “Hacia una sociedad movida por el sol, el viento y el agua”.

Como es de su conocimiento, el marco de política energética y los acertados incentivos en materia tributaria han despertado un gran interés en el desarrollo de este tipo de proyectos, prueba de ello es que a hoy, el sistema cuenta con más de 13.3 GW en proyectos FNCER (Fuentes No Convencionales de Energías Renovables) con punto de conexión aprobado, de los cuales, cerca de 3 GW tienen compromisos con el sistema; así mismo, se cuenta con nuevas asignaciones de conexión por el orden de 7.5 GW.

Cifras con especial importancia si se tiene en cuenta que la capacidad instalada en Colombia hoy es de cerca de los 18 GW; aún más, si se considera que representan una potencial inversión de entre 14 mil a 21 mil millones de dólares.

Sin embargo, los anunciados nuevos costos (tributos) a la industria de las energías renovables y los ya conocidos impactos de la pasada reforma tributaria generan incertidumbre por el cambio en las reglas de juego en el desarrollo de estos proyectos. Incertidumbre que pone en riesgo no solo las inversiones mismas sino la diversificación de la matriz eléctrica, la reducción de las tarifas y la efectiva transición energética.

Somos conscientes de que el proceso de transición energética se debe hacer con respeto a las comunidades y a los derechos humanos, de lo contrario los proyectos no son sostenibles.

Así mismo, conocemos de primera mano las necesidades sociales de las comunidades y compartimos la visión de diversificar la matriz productiva de nuestro país.

Sin embargo, la asignación de cargas debe ser balanceada de tal manera que no se afecte a una industria que apenas está naciendo y que es el pilar fundamental para la Transición Energética.

Las Transferencias del sector eléctrico aplicables hoy a las FNCER ya cumplen con las necesidades descritas; como se diseñaron mediante la Ley 1955 de 2019, estas implican una participación del 57% entre comunidades y gobierno sobre el flujo de caja libre, mientras las empresas cuentan con una participación no superior al 43% mientras asume el 100% del riesgo.

En contexto, la rentabilidad promedio de los proyectos FNCER en el mundo no es mayor al 9% y en mercados emergentes como el colombiano dicha rentabilidad ronda el 9.3%1 . Por lo tanto, mantener la competitividad de las inversiones de estos proyectos frente a otros países y compensar cargas adicionales solo podrán hacerse vía incremento del precio de venta de la energía. En consecuencia, ponemos a su disposición algunos elementos adicionales para aportar a la discusión del artículo 188 del proyecto de Ley del asunto.

Impacto en el costo de la electricidad

Incrementar de golpe la transferencia del 1 al 6% de las ventas brutas de energía como se propone en el Proyecto de Ley, representa un alza media de 9 $/kWh en el precio de venta de los contratos de venta de energía a largo plazo que ofrecen los proyectos a partir de FNCER, en un escenario de transición en el cual la cobertura de la demanda debe ser a partir de contratos a largo plazo FNCER, el alza en las tarifas vista por el usuario debiera ser en esa misma magnitud en el mediano y largo plazo.

Guardando las proporciones, un incremento de 9 $/kWh equivale en eliminar en un 30% los logros del Pacto por la Justicia Tarifaria, este impacto se calcula como la relación entre el incremento en el costo de venta de energía para mantener la viabilidad financiera de los proyectos y la reducción lograda por el Pacto por la Justicia Tarifaria.

Si bien los nuevos proyectos puedan asumir este costo adicional mediante un aumento en el precio de venta de la energía; como fue planteado el artículo en primera ponencia, los proyectos que ya tienen acuerdos de venta de energía se ven altamente perjudicados y ponen en riesgo su viabilidad al asumir esta carga. Muchos de estos proyectos ya han sufrido las consecuencias de las condiciones macroeconómicas adversas, así como del aumento en los costos de la deuda y de las materias primas.

Propuestas

En consecuencia, si bien lo deseable para la industria es no adicionar más cargas e introducir cambios en las reglas de juego, manteniendo lo previsto en el artículo 289 de la Ley 1955 de 2019; en caso de que el Congreso de La República decida avanzar con la propuesta planteada para primer debate, adjunto nos permitimos presentar una contrapropuesta que busca incrementar las transferencias para las comunidades y alcaldías, sin poner en riesgo los proyectos.

Esta propuesta se resume en:

Busca que proyectos que han adquirido compromisos de venta de energía antes de la entrada en vigor de la Ley, puedan recuperar los costos adicionales que se derivan de estas transferencias, en aplicación al principio de recuperación de costos establecido en el artículo 367 de la Constitución Política y los principios de eficiencia y suficiencia financiera establecidos en el artículo 87 de la Ley 142 de 1994, tal como lo ha reafirmado la honorable Corte Constitucional en Sentencia C-186/22

(…) resulta evidentemente desproporcionado y contrario al principio de recuperación de costos previsto en el artículo 367 de la Constitución, impedirle de manera absoluta a las empresas prestadoras del servicio de energía, recuperar los costos en los que incurren para garantizar el servicio. (…)

La gradualidad debería buscar mitigar algo del impacto de triplicar la transferencia, por lo tanto, se propone que dicha gradualidad empiece una vez los proyectos entren en operación y por ende a generar ingresos, no con la promulgación de la Ley. Lo anterior, como un incentivo real a la pronta entrada en operación de los proyectos. Como se planteó puede generarse un incentivo perverso a retrasar la entrada de los proyectos hasta tanto no se alcance el 6%.
Sugerimos que en el articulado se establezca una institucionalidad clara sobre la vigilancia, control, destinación y uso de estos recursos; solo en la medida que se asegure un adecuado uso de estos recursos se cumpliría el objetivo de habilitador social, que es garantizar recursos en beneficio de las comunidades.
Finalmente, ponemos a consideración que dado que el aumento en esta transferencia parte de ser un habilitador social, se sugiere que los acuerdos resultantes de las consultas previas (que buscan el mismo objetivo de habilitación social) sean deducibles de la liquidación y el pago de las plantas afectadas por el nuevo párrafo.

Agradecemos tener en cuenta esta propuesta y los elementos aquí planteados, quedamos atentos a profundizar, de requerirse, cualquier particular. Cordialmente,

La entrada SER Colombia se posiciona frente a dos temas prioritarios del Plan Nacional de Desarrollo se publicó primero en Energía Estratégica.

energiaestrategica.com, Informacion, Información de Mercado

SER Colombia se posiciona frente a dos temas prioritarios del Plan Nacional de Desarrollo

La entidad gremial que reune a las principales empresas de energías renovables de Colombia, SER Colombia, se expidió sobre la presentación del Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2022-2026 -DESCARGAR- y le envió una carta (que lleva la firma de la flamante directora ejecutiva Alexandra Hernández) dirigida a la ministra de Minas y Energía, Irene Velez (ver al pie), para posicionarse sobre este tema.

Allí se posiciona sobre dos temas «de mayor relevancia» para el sector:

1. Transferencias 6% (artículo 207 del PND)

• Como informamos en su momento, pese a las propuestas de archivo y por insistencia del Gobierno Nacional, se aprobó aumentar al 6% la transferencia por generación de energías renovables en algunas regiones.

• El artículo aprobado en primer debate introdujo una gradualidad y precisa las regiones donde aplica.

• Además de insistir en su archivo, desde SER se plantearon propuestas de ajuste bajo lineamientos establecidos por la Junta Directiva. Se adjunta carta a la Ministra Vélez con análisis de impacto y propuestas.

• Así mismo, gestionamos dos proposiciones que quedaron radicadas para ser debatidas en segundo debate:
i. Bajar tarifa e implementación gradual (tema que se había hablado con la Ministra de Minas y Energía),

ii. Las propuestas de la carta relacionadas con base de liquidación y transición para proyectos que ya tengan contratos firmados bajo otras condiciones de transferencia.

• La Ministra Vélez está estudiando las propuestas de la carta adjunta. Rechazó la posibilidad de descontar de la transferencia, los costos de los acuerdos pactados en las consultas previas. Los congresistas que radicaron la proposición de ajuste tampoco aceptaron esta propuesta.

• Estamos coordinando con otros gremios del sector comunicaciones conjuntas.

2. Integración vertical en generación y transmisión para energías renovables

• Presentamos a la Ministra las preocupaciones, en conjunto con los demás gremios del sector.

• La Ministra con firmeza mencionó que la posición del Gobierno Nacional es incentivar que empresas estatales, como Ecopetrol, aceleren la transición energética y de ahí la importancia de aprobar esta medida en el PND.

• Solicitó a los gremios una contrapropuesta. Citaremos la Junta Directiva para recibir lineamientos frente al tema

Carta a la ministra

Estimada Ministra,

Reciba usted y su equipo de trabajo un cordial saludo por tarde de SER Colombia y sus empresas asociadas. Como gremio de las energías renovables y de la transición energética seguimos manifestando nuestro compromiso y disposición en aras de acelerar una Transición Energética Justa.

La transición energética parte de una efectiva transición tecnológica de las fuentes de generación de energía, solo una entrada masiva de proyectos de energías renovables garantizaría lo anunciado por el gobierno Petro en su plan de gobierno: “Hacia una sociedad movida por el sol, el viento y el agua”.

Como es de su conocimiento, el marco de política energética y los acertados incentivos en materia tributaria han despertado un gran interés en el desarrollo de este tipo de proyectos, prueba de ello es que a hoy, el sistema cuenta con más de 13.3 GW en proyectos FNCER (Fuentes No Convencionales de Energías Renovables) con punto de conexión aprobado, de los cuales, cerca de 3 GW tienen compromisos con el sistema; así mismo, se cuenta con nuevas asignaciones de conexión por el orden de 7.5 GW.

Cifras con especial importancia si se tiene en cuenta que la capacidad instalada en Colombia hoy es de cerca de los 18 GW; aún más, si se considera que representan una potencial inversión de entre 14 mil a 21 mil millones de dólares.

Sin embargo, los anunciados nuevos costos (tributos) a la industria de las energías renovables y los ya conocidos impactos de la pasada reforma tributaria generan incertidumbre por el cambio en las reglas de juego en el desarrollo de estos proyectos. Incertidumbre que pone en riesgo no solo las inversiones mismas sino la diversificación de la matriz eléctrica, la reducción de las tarifas y la efectiva transición energética.

Somos conscientes de que el proceso de transición energética se debe hacer con respeto a las comunidades y a los derechos humanos, de lo contrario los proyectos no son sostenibles.

Así mismo, conocemos de primera mano las necesidades sociales de las comunidades y compartimos la visión de diversificar la matriz productiva de nuestro país.

Sin embargo, la asignación de cargas debe ser balanceada de tal manera que no se afecte a una industria que apenas está naciendo y que es el pilar fundamental para la Transición Energética.

Las Transferencias del sector eléctrico aplicables hoy a las FNCER ya cumplen con las necesidades descritas; como se diseñaron mediante la Ley 1955 de 2019, estas implican una participación del 57% entre comunidades y gobierno sobre el flujo de caja libre, mientras las empresas cuentan con una participación no superior al 43% mientras asume el 100% del riesgo.

En contexto, la rentabilidad promedio de los proyectos FNCER en el mundo no es mayor al 9% y en mercados emergentes como el colombiano dicha rentabilidad ronda el 9.3%1 . Por lo tanto, mantener la competitividad de las inversiones de estos proyectos frente a otros países y compensar cargas adicionales solo podrán hacerse vía incremento del precio de venta de la energía. En consecuencia, ponemos a su disposición algunos elementos adicionales para aportar a la discusión del artículo 188 del proyecto de Ley del asunto.

Impacto en el costo de la electricidad

Incrementar de golpe la transferencia del 1 al 6% de las ventas brutas de energía como se propone en el Proyecto de Ley, representa un alza media de 9 $/kWh en el precio de venta de los contratos de venta de energía a largo plazo que ofrecen los proyectos a partir de FNCER, en un escenario de transición en el cual la cobertura de la demanda debe ser a partir de contratos a largo plazo FNCER, el alza en las tarifas vista por el usuario debiera ser en esa misma magnitud en el mediano y largo plazo.

Guardando las proporciones, un incremento de 9 $/kWh equivale en eliminar en un 30% los logros del Pacto por la Justicia Tarifaria, este impacto se calcula como la relación entre el incremento en el costo de venta de energía para mantener la viabilidad financiera de los proyectos y la reducción lograda por el Pacto por la Justicia Tarifaria.

Si bien los nuevos proyectos puedan asumir este costo adicional mediante un aumento en el precio de venta de la energía; como fue planteado el artículo en primera ponencia, los proyectos que ya tienen acuerdos de venta de energía se ven altamente perjudicados y ponen en riesgo su viabilidad al asumir esta carga. Muchos de estos proyectos ya han sufrido las consecuencias de las condiciones macroeconómicas adversas, así como del aumento en los costos de la deuda y de las materias primas.

Propuestas

En consecuencia, si bien lo deseable para la industria es no adicionar más cargas e introducir cambios en las reglas de juego, manteniendo lo previsto en el artículo 289 de la Ley 1955 de 2019; en caso de que el Congreso de La República decida avanzar con la propuesta planteada para primer debate, adjunto nos permitimos presentar una contrapropuesta que busca incrementar las transferencias para las comunidades y alcaldías, sin poner en riesgo los proyectos.

Esta propuesta se resume en:

Busca que proyectos que han adquirido compromisos de venta de energía antes de la entrada en vigor de la Ley, puedan recuperar los costos adicionales que se derivan de estas transferencias, en aplicación al principio de recuperación de costos establecido en el artículo 367 de la Constitución Política y los principios de eficiencia y suficiencia financiera establecidos en el artículo 87 de la Ley 142 de 1994, tal como lo ha reafirmado la honorable Corte Constitucional en Sentencia C-186/22

(…) resulta evidentemente desproporcionado y contrario al principio de recuperación de costos previsto en el artículo 367 de la Constitución, impedirle de manera absoluta a las empresas prestadoras del servicio de energía, recuperar los costos en los que incurren para garantizar el servicio. (…)

La gradualidad debería buscar mitigar algo del impacto de triplicar la transferencia, por lo tanto, se propone que dicha gradualidad empiece una vez los proyectos entren en operación y por ende a generar ingresos, no con la promulgación de la Ley. Lo anterior, como un incentivo real a la pronta entrada en operación de los proyectos. Como se planteó puede generarse un incentivo perverso a retrasar la entrada de los proyectos hasta tanto no se alcance el 6%.
Sugerimos que en el articulado se establezca una institucionalidad clara sobre la vigilancia, control, destinación y uso de estos recursos; solo en la medida que se asegure un adecuado uso de estos recursos se cumpliría el objetivo de habilitador social, que es garantizar recursos en beneficio de las comunidades.
Finalmente, ponemos a consideración que dado que el aumento en esta transferencia parte de ser un habilitador social, se sugiere que los acuerdos resultantes de las consultas previas (que buscan el mismo objetivo de habilitación social) sean deducibles de la liquidación y el pago de las plantas afectadas por el nuevo párrafo.

Agradecemos tener en cuenta esta propuesta y los elementos aquí planteados, quedamos atentos a profundizar, de requerirse, cualquier particular. Cordialmente,

La entrada SER Colombia se posiciona frente a dos temas prioritarios del Plan Nacional de Desarrollo se publicó primero en Energía Estratégica.

energiaestrategica.com, Informacion, Información de Mercado

SER Colombia se posiciona frente a dos temas prioritarios del Plan Nacional de Desarrollo

La entidad gremial que reune a las principales empresas de energías renovables de Colombia, SER Colombia, se expidió sobre la presentación del Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2022-2026 -DESCARGAR- y le envió una carta (que lleva la firma de la flamante directora ejecutiva Alexandra Hernández) dirigida a la ministra de Minas y Energía, Irene Velez (ver al pie), para posicionarse sobre este tema.

Allí se posiciona sobre dos temas «de mayor relevancia» para el sector:

1. Transferencias 6% (artículo 207 del PND)

• Como informamos en su momento, pese a las propuestas de archivo y por insistencia del Gobierno Nacional, se aprobó aumentar al 6% la transferencia por generación de energías renovables en algunas regiones.

• El artículo aprobado en primer debate introdujo una gradualidad y precisa las regiones donde aplica.

• Además de insistir en su archivo, desde SER se plantearon propuestas de ajuste bajo lineamientos establecidos por la Junta Directiva. Se adjunta carta a la Ministra Vélez con análisis de impacto y propuestas.

• Así mismo, gestionamos dos proposiciones que quedaron radicadas para ser debatidas en segundo debate:
i. Bajar tarifa e implementación gradual (tema que se había hablado con la Ministra de Minas y Energía),

ii. Las propuestas de la carta relacionadas con base de liquidación y transición para proyectos que ya tengan contratos firmados bajo otras condiciones de transferencia.

• La Ministra Vélez está estudiando las propuestas de la carta adjunta. Rechazó la posibilidad de descontar de la transferencia, los costos de los acuerdos pactados en las consultas previas. Los congresistas que radicaron la proposición de ajuste tampoco aceptaron esta propuesta.

• Estamos coordinando con otros gremios del sector comunicaciones conjuntas.

2. Integración vertical en generación y transmisión para energías renovables

• Presentamos a la Ministra las preocupaciones, en conjunto con los demás gremios del sector.

• La Ministra con firmeza mencionó que la posición del Gobierno Nacional es incentivar que empresas estatales, como Ecopetrol, aceleren la transición energética y de ahí la importancia de aprobar esta medida en el PND.

• Solicitó a los gremios una contrapropuesta. Citaremos la Junta Directiva para recibir lineamientos frente al tema

Carta a la ministra

Estimada Ministra,

Reciba usted y su equipo de trabajo un cordial saludo por tarde de SER Colombia y sus empresas asociadas. Como gremio de las energías renovables y de la transición energética seguimos manifestando nuestro compromiso y disposición en aras de acelerar una Transición Energética Justa.

La transición energética parte de una efectiva transición tecnológica de las fuentes de generación de energía, solo una entrada masiva de proyectos de energías renovables garantizaría lo anunciado por el gobierno Petro en su plan de gobierno: “Hacia una sociedad movida por el sol, el viento y el agua”.

Como es de su conocimiento, el marco de política energética y los acertados incentivos en materia tributaria han despertado un gran interés en el desarrollo de este tipo de proyectos, prueba de ello es que a hoy, el sistema cuenta con más de 13.3 GW en proyectos FNCER (Fuentes No Convencionales de Energías Renovables) con punto de conexión aprobado, de los cuales, cerca de 3 GW tienen compromisos con el sistema; así mismo, se cuenta con nuevas asignaciones de conexión por el orden de 7.5 GW.

Cifras con especial importancia si se tiene en cuenta que la capacidad instalada en Colombia hoy es de cerca de los 18 GW; aún más, si se considera que representan una potencial inversión de entre 14 mil a 21 mil millones de dólares.

Sin embargo, los anunciados nuevos costos (tributos) a la industria de las energías renovables y los ya conocidos impactos de la pasada reforma tributaria generan incertidumbre por el cambio en las reglas de juego en el desarrollo de estos proyectos. Incertidumbre que pone en riesgo no solo las inversiones mismas sino la diversificación de la matriz eléctrica, la reducción de las tarifas y la efectiva transición energética.

Somos conscientes de que el proceso de transición energética se debe hacer con respeto a las comunidades y a los derechos humanos, de lo contrario los proyectos no son sostenibles.

Así mismo, conocemos de primera mano las necesidades sociales de las comunidades y compartimos la visión de diversificar la matriz productiva de nuestro país.

Sin embargo, la asignación de cargas debe ser balanceada de tal manera que no se afecte a una industria que apenas está naciendo y que es el pilar fundamental para la Transición Energética.

Las Transferencias del sector eléctrico aplicables hoy a las FNCER ya cumplen con las necesidades descritas; como se diseñaron mediante la Ley 1955 de 2019, estas implican una participación del 57% entre comunidades y gobierno sobre el flujo de caja libre, mientras las empresas cuentan con una participación no superior al 43% mientras asume el 100% del riesgo.

En contexto, la rentabilidad promedio de los proyectos FNCER en el mundo no es mayor al 9% y en mercados emergentes como el colombiano dicha rentabilidad ronda el 9.3%1 . Por lo tanto, mantener la competitividad de las inversiones de estos proyectos frente a otros países y compensar cargas adicionales solo podrán hacerse vía incremento del precio de venta de la energía. En consecuencia, ponemos a su disposición algunos elementos adicionales para aportar a la discusión del artículo 188 del proyecto de Ley del asunto.

Impacto en el costo de la electricidad

Incrementar de golpe la transferencia del 1 al 6% de las ventas brutas de energía como se propone en el Proyecto de Ley, representa un alza media de 9 $/kWh en el precio de venta de los contratos de venta de energía a largo plazo que ofrecen los proyectos a partir de FNCER, en un escenario de transición en el cual la cobertura de la demanda debe ser a partir de contratos a largo plazo FNCER, el alza en las tarifas vista por el usuario debiera ser en esa misma magnitud en el mediano y largo plazo.

Guardando las proporciones, un incremento de 9 $/kWh equivale en eliminar en un 30% los logros del Pacto por la Justicia Tarifaria, este impacto se calcula como la relación entre el incremento en el costo de venta de energía para mantener la viabilidad financiera de los proyectos y la reducción lograda por el Pacto por la Justicia Tarifaria.

Si bien los nuevos proyectos puedan asumir este costo adicional mediante un aumento en el precio de venta de la energía; como fue planteado el artículo en primera ponencia, los proyectos que ya tienen acuerdos de venta de energía se ven altamente perjudicados y ponen en riesgo su viabilidad al asumir esta carga. Muchos de estos proyectos ya han sufrido las consecuencias de las condiciones macroeconómicas adversas, así como del aumento en los costos de la deuda y de las materias primas.

Propuestas

En consecuencia, si bien lo deseable para la industria es no adicionar más cargas e introducir cambios en las reglas de juego, manteniendo lo previsto en el artículo 289 de la Ley 1955 de 2019; en caso de que el Congreso de La República decida avanzar con la propuesta planteada para primer debate, adjunto nos permitimos presentar una contrapropuesta que busca incrementar las transferencias para las comunidades y alcaldías, sin poner en riesgo los proyectos.

Esta propuesta se resume en:

Busca que proyectos que han adquirido compromisos de venta de energía antes de la entrada en vigor de la Ley, puedan recuperar los costos adicionales que se derivan de estas transferencias, en aplicación al principio de recuperación de costos establecido en el artículo 367 de la Constitución Política y los principios de eficiencia y suficiencia financiera establecidos en el artículo 87 de la Ley 142 de 1994, tal como lo ha reafirmado la honorable Corte Constitucional en Sentencia C-186/22

(…) resulta evidentemente desproporcionado y contrario al principio de recuperación de costos previsto en el artículo 367 de la Constitución, impedirle de manera absoluta a las empresas prestadoras del servicio de energía, recuperar los costos en los que incurren para garantizar el servicio. (…)

La gradualidad debería buscar mitigar algo del impacto de triplicar la transferencia, por lo tanto, se propone que dicha gradualidad empiece una vez los proyectos entren en operación y por ende a generar ingresos, no con la promulgación de la Ley. Lo anterior, como un incentivo real a la pronta entrada en operación de los proyectos. Como se planteó puede generarse un incentivo perverso a retrasar la entrada de los proyectos hasta tanto no se alcance el 6%.
Sugerimos que en el articulado se establezca una institucionalidad clara sobre la vigilancia, control, destinación y uso de estos recursos; solo en la medida que se asegure un adecuado uso de estos recursos se cumpliría el objetivo de habilitador social, que es garantizar recursos en beneficio de las comunidades.
Finalmente, ponemos a consideración que dado que el aumento en esta transferencia parte de ser un habilitador social, se sugiere que los acuerdos resultantes de las consultas previas (que buscan el mismo objetivo de habilitación social) sean deducibles de la liquidación y el pago de las plantas afectadas por el nuevo párrafo.

Agradecemos tener en cuenta esta propuesta y los elementos aquí planteados, quedamos atentos a profundizar, de requerirse, cualquier particular. Cordialmente,

La entrada SER Colombia se posiciona frente a dos temas prioritarios del Plan Nacional de Desarrollo se publicó primero en Energía Estratégica.

energiaestrategica.com, Informacion, Información de Mercado

SER Colombia se posiciona frente a dos temas prioritarios del Plan Nacional de Desarrollo

La entidad gremial que reune a las principales empresas de energías renovables de Colombia, SER Colombia, se expidió sobre la presentación del Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2022-2026 -DESCARGAR- y le envió una carta (que lleva la firma de la flamante directora ejecutiva Alexandra Hernández) dirigida a la ministra de Minas y Energía, Irene Velez (ver al pie), para posicionarse sobre este tema.

Allí se posiciona sobre dos temas «de mayor relevancia» para el sector:

1. Transferencias 6% (artículo 207 del PND)

• Como informamos en su momento, pese a las propuestas de archivo y por insistencia del Gobierno Nacional, se aprobó aumentar al 6% la transferencia por generación de energías renovables en algunas regiones.

• El artículo aprobado en primer debate introdujo una gradualidad y precisa las regiones donde aplica.

• Además de insistir en su archivo, desde SER se plantearon propuestas de ajuste bajo lineamientos establecidos por la Junta Directiva. Se adjunta carta a la Ministra Vélez con análisis de impacto y propuestas.

• Así mismo, gestionamos dos proposiciones que quedaron radicadas para ser debatidas en segundo debate:
i. Bajar tarifa e implementación gradual (tema que se había hablado con la Ministra de Minas y Energía),

ii. Las propuestas de la carta relacionadas con base de liquidación y transición para proyectos que ya tengan contratos firmados bajo otras condiciones de transferencia.

• La Ministra Vélez está estudiando las propuestas de la carta adjunta. Rechazó la posibilidad de descontar de la transferencia, los costos de los acuerdos pactados en las consultas previas. Los congresistas que radicaron la proposición de ajuste tampoco aceptaron esta propuesta.

• Estamos coordinando con otros gremios del sector comunicaciones conjuntas.

2. Integración vertical en generación y transmisión para energías renovables

• Presentamos a la Ministra las preocupaciones, en conjunto con los demás gremios del sector.

• La Ministra con firmeza mencionó que la posición del Gobierno Nacional es incentivar que empresas estatales, como Ecopetrol, aceleren la transición energética y de ahí la importancia de aprobar esta medida en el PND.

• Solicitó a los gremios una contrapropuesta. Citaremos la Junta Directiva para recibir lineamientos frente al tema

Carta a la ministra

Estimada Ministra,

Reciba usted y su equipo de trabajo un cordial saludo por tarde de SER Colombia y sus empresas asociadas. Como gremio de las energías renovables y de la transición energética seguimos manifestando nuestro compromiso y disposición en aras de acelerar una Transición Energética Justa.

La transición energética parte de una efectiva transición tecnológica de las fuentes de generación de energía, solo una entrada masiva de proyectos de energías renovables garantizaría lo anunciado por el gobierno Petro en su plan de gobierno: “Hacia una sociedad movida por el sol, el viento y el agua”.

Como es de su conocimiento, el marco de política energética y los acertados incentivos en materia tributaria han despertado un gran interés en el desarrollo de este tipo de proyectos, prueba de ello es que a hoy, el sistema cuenta con más de 13.3 GW en proyectos FNCER (Fuentes No Convencionales de Energías Renovables) con punto de conexión aprobado, de los cuales, cerca de 3 GW tienen compromisos con el sistema; así mismo, se cuenta con nuevas asignaciones de conexión por el orden de 7.5 GW.

Cifras con especial importancia si se tiene en cuenta que la capacidad instalada en Colombia hoy es de cerca de los 18 GW; aún más, si se considera que representan una potencial inversión de entre 14 mil a 21 mil millones de dólares.

Sin embargo, los anunciados nuevos costos (tributos) a la industria de las energías renovables y los ya conocidos impactos de la pasada reforma tributaria generan incertidumbre por el cambio en las reglas de juego en el desarrollo de estos proyectos. Incertidumbre que pone en riesgo no solo las inversiones mismas sino la diversificación de la matriz eléctrica, la reducción de las tarifas y la efectiva transición energética.

Somos conscientes de que el proceso de transición energética se debe hacer con respeto a las comunidades y a los derechos humanos, de lo contrario los proyectos no son sostenibles.

Así mismo, conocemos de primera mano las necesidades sociales de las comunidades y compartimos la visión de diversificar la matriz productiva de nuestro país.

Sin embargo, la asignación de cargas debe ser balanceada de tal manera que no se afecte a una industria que apenas está naciendo y que es el pilar fundamental para la Transición Energética.

Las Transferencias del sector eléctrico aplicables hoy a las FNCER ya cumplen con las necesidades descritas; como se diseñaron mediante la Ley 1955 de 2019, estas implican una participación del 57% entre comunidades y gobierno sobre el flujo de caja libre, mientras las empresas cuentan con una participación no superior al 43% mientras asume el 100% del riesgo.

En contexto, la rentabilidad promedio de los proyectos FNCER en el mundo no es mayor al 9% y en mercados emergentes como el colombiano dicha rentabilidad ronda el 9.3%1 . Por lo tanto, mantener la competitividad de las inversiones de estos proyectos frente a otros países y compensar cargas adicionales solo podrán hacerse vía incremento del precio de venta de la energía. En consecuencia, ponemos a su disposición algunos elementos adicionales para aportar a la discusión del artículo 188 del proyecto de Ley del asunto.

Impacto en el costo de la electricidad

Incrementar de golpe la transferencia del 1 al 6% de las ventas brutas de energía como se propone en el Proyecto de Ley, representa un alza media de 9 $/kWh en el precio de venta de los contratos de venta de energía a largo plazo que ofrecen los proyectos a partir de FNCER, en un escenario de transición en el cual la cobertura de la demanda debe ser a partir de contratos a largo plazo FNCER, el alza en las tarifas vista por el usuario debiera ser en esa misma magnitud en el mediano y largo plazo.

Guardando las proporciones, un incremento de 9 $/kWh equivale en eliminar en un 30% los logros del Pacto por la Justicia Tarifaria, este impacto se calcula como la relación entre el incremento en el costo de venta de energía para mantener la viabilidad financiera de los proyectos y la reducción lograda por el Pacto por la Justicia Tarifaria.

Si bien los nuevos proyectos puedan asumir este costo adicional mediante un aumento en el precio de venta de la energía; como fue planteado el artículo en primera ponencia, los proyectos que ya tienen acuerdos de venta de energía se ven altamente perjudicados y ponen en riesgo su viabilidad al asumir esta carga. Muchos de estos proyectos ya han sufrido las consecuencias de las condiciones macroeconómicas adversas, así como del aumento en los costos de la deuda y de las materias primas.

Propuestas

En consecuencia, si bien lo deseable para la industria es no adicionar más cargas e introducir cambios en las reglas de juego, manteniendo lo previsto en el artículo 289 de la Ley 1955 de 2019; en caso de que el Congreso de La República decida avanzar con la propuesta planteada para primer debate, adjunto nos permitimos presentar una contrapropuesta que busca incrementar las transferencias para las comunidades y alcaldías, sin poner en riesgo los proyectos.

Esta propuesta se resume en:

Busca que proyectos que han adquirido compromisos de venta de energía antes de la entrada en vigor de la Ley, puedan recuperar los costos adicionales que se derivan de estas transferencias, en aplicación al principio de recuperación de costos establecido en el artículo 367 de la Constitución Política y los principios de eficiencia y suficiencia financiera establecidos en el artículo 87 de la Ley 142 de 1994, tal como lo ha reafirmado la honorable Corte Constitucional en Sentencia C-186/22

(…) resulta evidentemente desproporcionado y contrario al principio de recuperación de costos previsto en el artículo 367 de la Constitución, impedirle de manera absoluta a las empresas prestadoras del servicio de energía, recuperar los costos en los que incurren para garantizar el servicio. (…)

La gradualidad debería buscar mitigar algo del impacto de triplicar la transferencia, por lo tanto, se propone que dicha gradualidad empiece una vez los proyectos entren en operación y por ende a generar ingresos, no con la promulgación de la Ley. Lo anterior, como un incentivo real a la pronta entrada en operación de los proyectos. Como se planteó puede generarse un incentivo perverso a retrasar la entrada de los proyectos hasta tanto no se alcance el 6%.
Sugerimos que en el articulado se establezca una institucionalidad clara sobre la vigilancia, control, destinación y uso de estos recursos; solo en la medida que se asegure un adecuado uso de estos recursos se cumpliría el objetivo de habilitador social, que es garantizar recursos en beneficio de las comunidades.
Finalmente, ponemos a consideración que dado que el aumento en esta transferencia parte de ser un habilitador social, se sugiere que los acuerdos resultantes de las consultas previas (que buscan el mismo objetivo de habilitación social) sean deducibles de la liquidación y el pago de las plantas afectadas por el nuevo párrafo.

Agradecemos tener en cuenta esta propuesta y los elementos aquí planteados, quedamos atentos a profundizar, de requerirse, cualquier particular. Cordialmente,

La entrada SER Colombia se posiciona frente a dos temas prioritarios del Plan Nacional de Desarrollo se publicó primero en Energía Estratégica.

energiaestrategica.com, Informacion, Información de Mercado

SER Colombia se posiciona frente a dos temas prioritarios del Plan Nacional de Desarrollo

La entidad gremial que reune a las principales empresas de energías renovables de Colombia, SER Colombia, se expidió sobre la presentación del Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2022-2026 -DESCARGAR- y le envió una carta (que lleva la firma de la flamante directora ejecutiva Alexandra Hernández) dirigida a la ministra de Minas y Energía, Irene Velez (ver al pie), para posicionarse sobre este tema.

Allí se posiciona sobre dos temas «de mayor relevancia» para el sector:

1. Transferencias 6% (artículo 207 del PND)

• Como informamos en su momento, pese a las propuestas de archivo y por insistencia del Gobierno Nacional, se aprobó aumentar al 6% la transferencia por generación de energías renovables en algunas regiones.

• El artículo aprobado en primer debate introdujo una gradualidad y precisa las regiones donde aplica.

• Además de insistir en su archivo, desde SER se plantearon propuestas de ajuste bajo lineamientos establecidos por la Junta Directiva. Se adjunta carta a la Ministra Vélez con análisis de impacto y propuestas.

• Así mismo, gestionamos dos proposiciones que quedaron radicadas para ser debatidas en segundo debate:
i. Bajar tarifa e implementación gradual (tema que se había hablado con la Ministra de Minas y Energía),

ii. Las propuestas de la carta relacionadas con base de liquidación y transición para proyectos que ya tengan contratos firmados bajo otras condiciones de transferencia.

• La Ministra Vélez está estudiando las propuestas de la carta adjunta. Rechazó la posibilidad de descontar de la transferencia, los costos de los acuerdos pactados en las consultas previas. Los congresistas que radicaron la proposición de ajuste tampoco aceptaron esta propuesta.

• Estamos coordinando con otros gremios del sector comunicaciones conjuntas.

2. Integración vertical en generación y transmisión para energías renovables

• Presentamos a la Ministra las preocupaciones, en conjunto con los demás gremios del sector.

• La Ministra con firmeza mencionó que la posición del Gobierno Nacional es incentivar que empresas estatales, como Ecopetrol, aceleren la transición energética y de ahí la importancia de aprobar esta medida en el PND.

• Solicitó a los gremios una contrapropuesta. Citaremos la Junta Directiva para recibir lineamientos frente al tema

Carta a la ministra

Estimada Ministra,

Reciba usted y su equipo de trabajo un cordial saludo por tarde de SER Colombia y sus empresas asociadas. Como gremio de las energías renovables y de la transición energética seguimos manifestando nuestro compromiso y disposición en aras de acelerar una Transición Energética Justa.

La transición energética parte de una efectiva transición tecnológica de las fuentes de generación de energía, solo una entrada masiva de proyectos de energías renovables garantizaría lo anunciado por el gobierno Petro en su plan de gobierno: “Hacia una sociedad movida por el sol, el viento y el agua”.

Como es de su conocimiento, el marco de política energética y los acertados incentivos en materia tributaria han despertado un gran interés en el desarrollo de este tipo de proyectos, prueba de ello es que a hoy, el sistema cuenta con más de 13.3 GW en proyectos FNCER (Fuentes No Convencionales de Energías Renovables) con punto de conexión aprobado, de los cuales, cerca de 3 GW tienen compromisos con el sistema; así mismo, se cuenta con nuevas asignaciones de conexión por el orden de 7.5 GW.

Cifras con especial importancia si se tiene en cuenta que la capacidad instalada en Colombia hoy es de cerca de los 18 GW; aún más, si se considera que representan una potencial inversión de entre 14 mil a 21 mil millones de dólares.

Sin embargo, los anunciados nuevos costos (tributos) a la industria de las energías renovables y los ya conocidos impactos de la pasada reforma tributaria generan incertidumbre por el cambio en las reglas de juego en el desarrollo de estos proyectos. Incertidumbre que pone en riesgo no solo las inversiones mismas sino la diversificación de la matriz eléctrica, la reducción de las tarifas y la efectiva transición energética.

Somos conscientes de que el proceso de transición energética se debe hacer con respeto a las comunidades y a los derechos humanos, de lo contrario los proyectos no son sostenibles.

Así mismo, conocemos de primera mano las necesidades sociales de las comunidades y compartimos la visión de diversificar la matriz productiva de nuestro país.

Sin embargo, la asignación de cargas debe ser balanceada de tal manera que no se afecte a una industria que apenas está naciendo y que es el pilar fundamental para la Transición Energética.

Las Transferencias del sector eléctrico aplicables hoy a las FNCER ya cumplen con las necesidades descritas; como se diseñaron mediante la Ley 1955 de 2019, estas implican una participación del 57% entre comunidades y gobierno sobre el flujo de caja libre, mientras las empresas cuentan con una participación no superior al 43% mientras asume el 100% del riesgo.

En contexto, la rentabilidad promedio de los proyectos FNCER en el mundo no es mayor al 9% y en mercados emergentes como el colombiano dicha rentabilidad ronda el 9.3%1 . Por lo tanto, mantener la competitividad de las inversiones de estos proyectos frente a otros países y compensar cargas adicionales solo podrán hacerse vía incremento del precio de venta de la energía. En consecuencia, ponemos a su disposición algunos elementos adicionales para aportar a la discusión del artículo 188 del proyecto de Ley del asunto.

Impacto en el costo de la electricidad

Incrementar de golpe la transferencia del 1 al 6% de las ventas brutas de energía como se propone en el Proyecto de Ley, representa un alza media de 9 $/kWh en el precio de venta de los contratos de venta de energía a largo plazo que ofrecen los proyectos a partir de FNCER, en un escenario de transición en el cual la cobertura de la demanda debe ser a partir de contratos a largo plazo FNCER, el alza en las tarifas vista por el usuario debiera ser en esa misma magnitud en el mediano y largo plazo.

Guardando las proporciones, un incremento de 9 $/kWh equivale en eliminar en un 30% los logros del Pacto por la Justicia Tarifaria, este impacto se calcula como la relación entre el incremento en el costo de venta de energía para mantener la viabilidad financiera de los proyectos y la reducción lograda por el Pacto por la Justicia Tarifaria.

Si bien los nuevos proyectos puedan asumir este costo adicional mediante un aumento en el precio de venta de la energía; como fue planteado el artículo en primera ponencia, los proyectos que ya tienen acuerdos de venta de energía se ven altamente perjudicados y ponen en riesgo su viabilidad al asumir esta carga. Muchos de estos proyectos ya han sufrido las consecuencias de las condiciones macroeconómicas adversas, así como del aumento en los costos de la deuda y de las materias primas.

Propuestas

En consecuencia, si bien lo deseable para la industria es no adicionar más cargas e introducir cambios en las reglas de juego, manteniendo lo previsto en el artículo 289 de la Ley 1955 de 2019; en caso de que el Congreso de La República decida avanzar con la propuesta planteada para primer debate, adjunto nos permitimos presentar una contrapropuesta que busca incrementar las transferencias para las comunidades y alcaldías, sin poner en riesgo los proyectos.

Esta propuesta se resume en:

Busca que proyectos que han adquirido compromisos de venta de energía antes de la entrada en vigor de la Ley, puedan recuperar los costos adicionales que se derivan de estas transferencias, en aplicación al principio de recuperación de costos establecido en el artículo 367 de la Constitución Política y los principios de eficiencia y suficiencia financiera establecidos en el artículo 87 de la Ley 142 de 1994, tal como lo ha reafirmado la honorable Corte Constitucional en Sentencia C-186/22

(…) resulta evidentemente desproporcionado y contrario al principio de recuperación de costos previsto en el artículo 367 de la Constitución, impedirle de manera absoluta a las empresas prestadoras del servicio de energía, recuperar los costos en los que incurren para garantizar el servicio. (…)

La gradualidad debería buscar mitigar algo del impacto de triplicar la transferencia, por lo tanto, se propone que dicha gradualidad empiece una vez los proyectos entren en operación y por ende a generar ingresos, no con la promulgación de la Ley. Lo anterior, como un incentivo real a la pronta entrada en operación de los proyectos. Como se planteó puede generarse un incentivo perverso a retrasar la entrada de los proyectos hasta tanto no se alcance el 6%.
Sugerimos que en el articulado se establezca una institucionalidad clara sobre la vigilancia, control, destinación y uso de estos recursos; solo en la medida que se asegure un adecuado uso de estos recursos se cumpliría el objetivo de habilitador social, que es garantizar recursos en beneficio de las comunidades.
Finalmente, ponemos a consideración que dado que el aumento en esta transferencia parte de ser un habilitador social, se sugiere que los acuerdos resultantes de las consultas previas (que buscan el mismo objetivo de habilitación social) sean deducibles de la liquidación y el pago de las plantas afectadas por el nuevo párrafo.

Agradecemos tener en cuenta esta propuesta y los elementos aquí planteados, quedamos atentos a profundizar, de requerirse, cualquier particular. Cordialmente,

La entrada SER Colombia se posiciona frente a dos temas prioritarios del Plan Nacional de Desarrollo se publicó primero en Energía Estratégica.

energiaestrategica.com, Informacion, Información de Mercado

SER Colombia se posiciona frente a dos temas prioritarios del Plan Nacional de Desarrollo

La entidad gremial que reune a las principales empresas de energías renovables de Colombia, SER Colombia, se expidió sobre la presentación del Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2022-2026 -DESCARGAR- y le envió una carta (que lleva la firma de la flamante directora ejecutiva Alexandra Hernández) dirigida a la ministra de Minas y Energía, Irene Velez (ver al pie), para posicionarse sobre este tema.

Allí se posiciona sobre dos temas «de mayor relevancia» para el sector:

1. Transferencias 6% (artículo 207 del PND)

• Como informamos en su momento, pese a las propuestas de archivo y por insistencia del Gobierno Nacional, se aprobó aumentar al 6% la transferencia por generación de energías renovables en algunas regiones.

• El artículo aprobado en primer debate introdujo una gradualidad y precisa las regiones donde aplica.

• Además de insistir en su archivo, desde SER se plantearon propuestas de ajuste bajo lineamientos establecidos por la Junta Directiva. Se adjunta carta a la Ministra Vélez con análisis de impacto y propuestas.

• Así mismo, gestionamos dos proposiciones que quedaron radicadas para ser debatidas en segundo debate:
i. Bajar tarifa e implementación gradual (tema que se había hablado con la Ministra de Minas y Energía),

ii. Las propuestas de la carta relacionadas con base de liquidación y transición para proyectos que ya tengan contratos firmados bajo otras condiciones de transferencia.

• La Ministra Vélez está estudiando las propuestas de la carta adjunta. Rechazó la posibilidad de descontar de la transferencia, los costos de los acuerdos pactados en las consultas previas. Los congresistas que radicaron la proposición de ajuste tampoco aceptaron esta propuesta.

• Estamos coordinando con otros gremios del sector comunicaciones conjuntas.

2. Integración vertical en generación y transmisión para energías renovables

• Presentamos a la Ministra las preocupaciones, en conjunto con los demás gremios del sector.

• La Ministra con firmeza mencionó que la posición del Gobierno Nacional es incentivar que empresas estatales, como Ecopetrol, aceleren la transición energética y de ahí la importancia de aprobar esta medida en el PND.

• Solicitó a los gremios una contrapropuesta. Citaremos la Junta Directiva para recibir lineamientos frente al tema

Carta a la ministra

Estimada Ministra,

Reciba usted y su equipo de trabajo un cordial saludo por tarde de SER Colombia y sus empresas asociadas. Como gremio de las energías renovables y de la transición energética seguimos manifestando nuestro compromiso y disposición en aras de acelerar una Transición Energética Justa.

La transición energética parte de una efectiva transición tecnológica de las fuentes de generación de energía, solo una entrada masiva de proyectos de energías renovables garantizaría lo anunciado por el gobierno Petro en su plan de gobierno: “Hacia una sociedad movida por el sol, el viento y el agua”.

Como es de su conocimiento, el marco de política energética y los acertados incentivos en materia tributaria han despertado un gran interés en el desarrollo de este tipo de proyectos, prueba de ello es que a hoy, el sistema cuenta con más de 13.3 GW en proyectos FNCER (Fuentes No Convencionales de Energías Renovables) con punto de conexión aprobado, de los cuales, cerca de 3 GW tienen compromisos con el sistema; así mismo, se cuenta con nuevas asignaciones de conexión por el orden de 7.5 GW.

Cifras con especial importancia si se tiene en cuenta que la capacidad instalada en Colombia hoy es de cerca de los 18 GW; aún más, si se considera que representan una potencial inversión de entre 14 mil a 21 mil millones de dólares.

Sin embargo, los anunciados nuevos costos (tributos) a la industria de las energías renovables y los ya conocidos impactos de la pasada reforma tributaria generan incertidumbre por el cambio en las reglas de juego en el desarrollo de estos proyectos. Incertidumbre que pone en riesgo no solo las inversiones mismas sino la diversificación de la matriz eléctrica, la reducción de las tarifas y la efectiva transición energética.

Somos conscientes de que el proceso de transición energética se debe hacer con respeto a las comunidades y a los derechos humanos, de lo contrario los proyectos no son sostenibles.

Así mismo, conocemos de primera mano las necesidades sociales de las comunidades y compartimos la visión de diversificar la matriz productiva de nuestro país.

Sin embargo, la asignación de cargas debe ser balanceada de tal manera que no se afecte a una industria que apenas está naciendo y que es el pilar fundamental para la Transición Energética.

Las Transferencias del sector eléctrico aplicables hoy a las FNCER ya cumplen con las necesidades descritas; como se diseñaron mediante la Ley 1955 de 2019, estas implican una participación del 57% entre comunidades y gobierno sobre el flujo de caja libre, mientras las empresas cuentan con una participación no superior al 43% mientras asume el 100% del riesgo.

En contexto, la rentabilidad promedio de los proyectos FNCER en el mundo no es mayor al 9% y en mercados emergentes como el colombiano dicha rentabilidad ronda el 9.3%1 . Por lo tanto, mantener la competitividad de las inversiones de estos proyectos frente a otros países y compensar cargas adicionales solo podrán hacerse vía incremento del precio de venta de la energía. En consecuencia, ponemos a su disposición algunos elementos adicionales para aportar a la discusión del artículo 188 del proyecto de Ley del asunto.

Impacto en el costo de la electricidad

Incrementar de golpe la transferencia del 1 al 6% de las ventas brutas de energía como se propone en el Proyecto de Ley, representa un alza media de 9 $/kWh en el precio de venta de los contratos de venta de energía a largo plazo que ofrecen los proyectos a partir de FNCER, en un escenario de transición en el cual la cobertura de la demanda debe ser a partir de contratos a largo plazo FNCER, el alza en las tarifas vista por el usuario debiera ser en esa misma magnitud en el mediano y largo plazo.

Guardando las proporciones, un incremento de 9 $/kWh equivale en eliminar en un 30% los logros del Pacto por la Justicia Tarifaria, este impacto se calcula como la relación entre el incremento en el costo de venta de energía para mantener la viabilidad financiera de los proyectos y la reducción lograda por el Pacto por la Justicia Tarifaria.

Si bien los nuevos proyectos puedan asumir este costo adicional mediante un aumento en el precio de venta de la energía; como fue planteado el artículo en primera ponencia, los proyectos que ya tienen acuerdos de venta de energía se ven altamente perjudicados y ponen en riesgo su viabilidad al asumir esta carga. Muchos de estos proyectos ya han sufrido las consecuencias de las condiciones macroeconómicas adversas, así como del aumento en los costos de la deuda y de las materias primas.

Propuestas

En consecuencia, si bien lo deseable para la industria es no adicionar más cargas e introducir cambios en las reglas de juego, manteniendo lo previsto en el artículo 289 de la Ley 1955 de 2019; en caso de que el Congreso de La República decida avanzar con la propuesta planteada para primer debate, adjunto nos permitimos presentar una contrapropuesta que busca incrementar las transferencias para las comunidades y alcaldías, sin poner en riesgo los proyectos.

Esta propuesta se resume en:

Busca que proyectos que han adquirido compromisos de venta de energía antes de la entrada en vigor de la Ley, puedan recuperar los costos adicionales que se derivan de estas transferencias, en aplicación al principio de recuperación de costos establecido en el artículo 367 de la Constitución Política y los principios de eficiencia y suficiencia financiera establecidos en el artículo 87 de la Ley 142 de 1994, tal como lo ha reafirmado la honorable Corte Constitucional en Sentencia C-186/22

(…) resulta evidentemente desproporcionado y contrario al principio de recuperación de costos previsto en el artículo 367 de la Constitución, impedirle de manera absoluta a las empresas prestadoras del servicio de energía, recuperar los costos en los que incurren para garantizar el servicio. (…)

La gradualidad debería buscar mitigar algo del impacto de triplicar la transferencia, por lo tanto, se propone que dicha gradualidad empiece una vez los proyectos entren en operación y por ende a generar ingresos, no con la promulgación de la Ley. Lo anterior, como un incentivo real a la pronta entrada en operación de los proyectos. Como se planteó puede generarse un incentivo perverso a retrasar la entrada de los proyectos hasta tanto no se alcance el 6%.
Sugerimos que en el articulado se establezca una institucionalidad clara sobre la vigilancia, control, destinación y uso de estos recursos; solo en la medida que se asegure un adecuado uso de estos recursos se cumpliría el objetivo de habilitador social, que es garantizar recursos en beneficio de las comunidades.
Finalmente, ponemos a consideración que dado que el aumento en esta transferencia parte de ser un habilitador social, se sugiere que los acuerdos resultantes de las consultas previas (que buscan el mismo objetivo de habilitación social) sean deducibles de la liquidación y el pago de las plantas afectadas por el nuevo párrafo.

Agradecemos tener en cuenta esta propuesta y los elementos aquí planteados, quedamos atentos a profundizar, de requerirse, cualquier particular. Cordialmente,

La entrada SER Colombia se posiciona frente a dos temas prioritarios del Plan Nacional de Desarrollo se publicó primero en Energía Estratégica.

energiaestrategica.com, Informacion, Información de Mercado

SER Colombia se posiciona frente a dos temas prioritarios del Plan Nacional de Desarrollo

La entidad gremial que reune a las principales empresas de energías renovables de Colombia, SER Colombia, se expidió sobre la presentación del Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2022-2026 -DESCARGAR- y le envió una carta (que lleva la firma de la flamante directora ejecutiva Alexandra Hernández) dirigida a la ministra de Minas y Energía, Irene Velez (ver al pie), para posicionarse sobre este tema.

Allí se posiciona sobre dos temas «de mayor relevancia» para el sector:

1. Transferencias 6% (artículo 207 del PND)

• Como informamos en su momento, pese a las propuestas de archivo y por insistencia del Gobierno Nacional, se aprobó aumentar al 6% la transferencia por generación de energías renovables en algunas regiones.

• El artículo aprobado en primer debate introdujo una gradualidad y precisa las regiones donde aplica.

• Además de insistir en su archivo, desde SER se plantearon propuestas de ajuste bajo lineamientos establecidos por la Junta Directiva. Se adjunta carta a la Ministra Vélez con análisis de impacto y propuestas.

• Así mismo, gestionamos dos proposiciones que quedaron radicadas para ser debatidas en segundo debate:
i. Bajar tarifa e implementación gradual (tema que se había hablado con la Ministra de Minas y Energía),

ii. Las propuestas de la carta relacionadas con base de liquidación y transición para proyectos que ya tengan contratos firmados bajo otras condiciones de transferencia.

• La Ministra Vélez está estudiando las propuestas de la carta adjunta. Rechazó la posibilidad de descontar de la transferencia, los costos de los acuerdos pactados en las consultas previas. Los congresistas que radicaron la proposición de ajuste tampoco aceptaron esta propuesta.

• Estamos coordinando con otros gremios del sector comunicaciones conjuntas.

2. Integración vertical en generación y transmisión para energías renovables

• Presentamos a la Ministra las preocupaciones, en conjunto con los demás gremios del sector.

• La Ministra con firmeza mencionó que la posición del Gobierno Nacional es incentivar que empresas estatales, como Ecopetrol, aceleren la transición energética y de ahí la importancia de aprobar esta medida en el PND.

• Solicitó a los gremios una contrapropuesta. Citaremos la Junta Directiva para recibir lineamientos frente al tema

Carta a la ministra

Estimada Ministra,

Reciba usted y su equipo de trabajo un cordial saludo por tarde de SER Colombia y sus empresas asociadas. Como gremio de las energías renovables y de la transición energética seguimos manifestando nuestro compromiso y disposición en aras de acelerar una Transición Energética Justa.

La transición energética parte de una efectiva transición tecnológica de las fuentes de generación de energía, solo una entrada masiva de proyectos de energías renovables garantizaría lo anunciado por el gobierno Petro en su plan de gobierno: “Hacia una sociedad movida por el sol, el viento y el agua”.

Como es de su conocimiento, el marco de política energética y los acertados incentivos en materia tributaria han despertado un gran interés en el desarrollo de este tipo de proyectos, prueba de ello es que a hoy, el sistema cuenta con más de 13.3 GW en proyectos FNCER (Fuentes No Convencionales de Energías Renovables) con punto de conexión aprobado, de los cuales, cerca de 3 GW tienen compromisos con el sistema; así mismo, se cuenta con nuevas asignaciones de conexión por el orden de 7.5 GW.

Cifras con especial importancia si se tiene en cuenta que la capacidad instalada en Colombia hoy es de cerca de los 18 GW; aún más, si se considera que representan una potencial inversión de entre 14 mil a 21 mil millones de dólares.

Sin embargo, los anunciados nuevos costos (tributos) a la industria de las energías renovables y los ya conocidos impactos de la pasada reforma tributaria generan incertidumbre por el cambio en las reglas de juego en el desarrollo de estos proyectos. Incertidumbre que pone en riesgo no solo las inversiones mismas sino la diversificación de la matriz eléctrica, la reducción de las tarifas y la efectiva transición energética.

Somos conscientes de que el proceso de transición energética se debe hacer con respeto a las comunidades y a los derechos humanos, de lo contrario los proyectos no son sostenibles.

Así mismo, conocemos de primera mano las necesidades sociales de las comunidades y compartimos la visión de diversificar la matriz productiva de nuestro país.

Sin embargo, la asignación de cargas debe ser balanceada de tal manera que no se afecte a una industria que apenas está naciendo y que es el pilar fundamental para la Transición Energética.

Las Transferencias del sector eléctrico aplicables hoy a las FNCER ya cumplen con las necesidades descritas; como se diseñaron mediante la Ley 1955 de 2019, estas implican una participación del 57% entre comunidades y gobierno sobre el flujo de caja libre, mientras las empresas cuentan con una participación no superior al 43% mientras asume el 100% del riesgo.

En contexto, la rentabilidad promedio de los proyectos FNCER en el mundo no es mayor al 9% y en mercados emergentes como el colombiano dicha rentabilidad ronda el 9.3%1 . Por lo tanto, mantener la competitividad de las inversiones de estos proyectos frente a otros países y compensar cargas adicionales solo podrán hacerse vía incremento del precio de venta de la energía. En consecuencia, ponemos a su disposición algunos elementos adicionales para aportar a la discusión del artículo 188 del proyecto de Ley del asunto.

Impacto en el costo de la electricidad

Incrementar de golpe la transferencia del 1 al 6% de las ventas brutas de energía como se propone en el Proyecto de Ley, representa un alza media de 9 $/kWh en el precio de venta de los contratos de venta de energía a largo plazo que ofrecen los proyectos a partir de FNCER, en un escenario de transición en el cual la cobertura de la demanda debe ser a partir de contratos a largo plazo FNCER, el alza en las tarifas vista por el usuario debiera ser en esa misma magnitud en el mediano y largo plazo.

Guardando las proporciones, un incremento de 9 $/kWh equivale en eliminar en un 30% los logros del Pacto por la Justicia Tarifaria, este impacto se calcula como la relación entre el incremento en el costo de venta de energía para mantener la viabilidad financiera de los proyectos y la reducción lograda por el Pacto por la Justicia Tarifaria.

Si bien los nuevos proyectos puedan asumir este costo adicional mediante un aumento en el precio de venta de la energía; como fue planteado el artículo en primera ponencia, los proyectos que ya tienen acuerdos de venta de energía se ven altamente perjudicados y ponen en riesgo su viabilidad al asumir esta carga. Muchos de estos proyectos ya han sufrido las consecuencias de las condiciones macroeconómicas adversas, así como del aumento en los costos de la deuda y de las materias primas.

Propuestas

En consecuencia, si bien lo deseable para la industria es no adicionar más cargas e introducir cambios en las reglas de juego, manteniendo lo previsto en el artículo 289 de la Ley 1955 de 2019; en caso de que el Congreso de La República decida avanzar con la propuesta planteada para primer debate, adjunto nos permitimos presentar una contrapropuesta que busca incrementar las transferencias para las comunidades y alcaldías, sin poner en riesgo los proyectos.

Esta propuesta se resume en:

Busca que proyectos que han adquirido compromisos de venta de energía antes de la entrada en vigor de la Ley, puedan recuperar los costos adicionales que se derivan de estas transferencias, en aplicación al principio de recuperación de costos establecido en el artículo 367 de la Constitución Política y los principios de eficiencia y suficiencia financiera establecidos en el artículo 87 de la Ley 142 de 1994, tal como lo ha reafirmado la honorable Corte Constitucional en Sentencia C-186/22

(…) resulta evidentemente desproporcionado y contrario al principio de recuperación de costos previsto en el artículo 367 de la Constitución, impedirle de manera absoluta a las empresas prestadoras del servicio de energía, recuperar los costos en los que incurren para garantizar el servicio. (…)

La gradualidad debería buscar mitigar algo del impacto de triplicar la transferencia, por lo tanto, se propone que dicha gradualidad empiece una vez los proyectos entren en operación y por ende a generar ingresos, no con la promulgación de la Ley. Lo anterior, como un incentivo real a la pronta entrada en operación de los proyectos. Como se planteó puede generarse un incentivo perverso a retrasar la entrada de los proyectos hasta tanto no se alcance el 6%.
Sugerimos que en el articulado se establezca una institucionalidad clara sobre la vigilancia, control, destinación y uso de estos recursos; solo en la medida que se asegure un adecuado uso de estos recursos se cumpliría el objetivo de habilitador social, que es garantizar recursos en beneficio de las comunidades.
Finalmente, ponemos a consideración que dado que el aumento en esta transferencia parte de ser un habilitador social, se sugiere que los acuerdos resultantes de las consultas previas (que buscan el mismo objetivo de habilitación social) sean deducibles de la liquidación y el pago de las plantas afectadas por el nuevo párrafo.

Agradecemos tener en cuenta esta propuesta y los elementos aquí planteados, quedamos atentos a profundizar, de requerirse, cualquier particular. Cordialmente,

La entrada SER Colombia se posiciona frente a dos temas prioritarios del Plan Nacional de Desarrollo se publicó primero en Energía Estratégica.

energiaestrategica.com, Informacion, Información de Mercado

SER Colombia se posiciona frente a dos temas prioritarios del Plan Nacional de Desarrollo

La entidad gremial que reune a las principales empresas de energías renovables de Colombia, SER Colombia, se expidió sobre la presentación del Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2022-2026 -DESCARGAR- y le envió una carta (que lleva la firma de la flamante directora ejecutiva Alexandra Hernández) dirigida a la ministra de Minas y Energía, Irene Velez (ver al pie), para posicionarse sobre este tema.

Allí se posiciona sobre dos temas «de mayor relevancia» para el sector:

1. Transferencias 6% (artículo 207 del PND)

• Como informamos en su momento, pese a las propuestas de archivo y por insistencia del Gobierno Nacional, se aprobó aumentar al 6% la transferencia por generación de energías renovables en algunas regiones.

• El artículo aprobado en primer debate introdujo una gradualidad y precisa las regiones donde aplica.

• Además de insistir en su archivo, desde SER se plantearon propuestas de ajuste bajo lineamientos establecidos por la Junta Directiva. Se adjunta carta a la Ministra Vélez con análisis de impacto y propuestas.

• Así mismo, gestionamos dos proposiciones que quedaron radicadas para ser debatidas en segundo debate:
i. Bajar tarifa e implementación gradual (tema que se había hablado con la Ministra de Minas y Energía),

ii. Las propuestas de la carta relacionadas con base de liquidación y transición para proyectos que ya tengan contratos firmados bajo otras condiciones de transferencia.

• La Ministra Vélez está estudiando las propuestas de la carta adjunta. Rechazó la posibilidad de descontar de la transferencia, los costos de los acuerdos pactados en las consultas previas. Los congresistas que radicaron la proposición de ajuste tampoco aceptaron esta propuesta.

• Estamos coordinando con otros gremios del sector comunicaciones conjuntas.

2. Integración vertical en generación y transmisión para energías renovables

• Presentamos a la Ministra las preocupaciones, en conjunto con los demás gremios del sector.

• La Ministra con firmeza mencionó que la posición del Gobierno Nacional es incentivar que empresas estatales, como Ecopetrol, aceleren la transición energética y de ahí la importancia de aprobar esta medida en el PND.

• Solicitó a los gremios una contrapropuesta. Citaremos la Junta Directiva para recibir lineamientos frente al tema

Carta a la ministra

Estimada Ministra,

Reciba usted y su equipo de trabajo un cordial saludo por tarde de SER Colombia y sus empresas asociadas. Como gremio de las energías renovables y de la transición energética seguimos manifestando nuestro compromiso y disposición en aras de acelerar una Transición Energética Justa.

La transición energética parte de una efectiva transición tecnológica de las fuentes de generación de energía, solo una entrada masiva de proyectos de energías renovables garantizaría lo anunciado por el gobierno Petro en su plan de gobierno: “Hacia una sociedad movida por el sol, el viento y el agua”.

Como es de su conocimiento, el marco de política energética y los acertados incentivos en materia tributaria han despertado un gran interés en el desarrollo de este tipo de proyectos, prueba de ello es que a hoy, el sistema cuenta con más de 13.3 GW en proyectos FNCER (Fuentes No Convencionales de Energías Renovables) con punto de conexión aprobado, de los cuales, cerca de 3 GW tienen compromisos con el sistema; así mismo, se cuenta con nuevas asignaciones de conexión por el orden de 7.5 GW.

Cifras con especial importancia si se tiene en cuenta que la capacidad instalada en Colombia hoy es de cerca de los 18 GW; aún más, si se considera que representan una potencial inversión de entre 14 mil a 21 mil millones de dólares.

Sin embargo, los anunciados nuevos costos (tributos) a la industria de las energías renovables y los ya conocidos impactos de la pasada reforma tributaria generan incertidumbre por el cambio en las reglas de juego en el desarrollo de estos proyectos. Incertidumbre que pone en riesgo no solo las inversiones mismas sino la diversificación de la matriz eléctrica, la reducción de las tarifas y la efectiva transición energética.

Somos conscientes de que el proceso de transición energética se debe hacer con respeto a las comunidades y a los derechos humanos, de lo contrario los proyectos no son sostenibles.

Así mismo, conocemos de primera mano las necesidades sociales de las comunidades y compartimos la visión de diversificar la matriz productiva de nuestro país.

Sin embargo, la asignación de cargas debe ser balanceada de tal manera que no se afecte a una industria que apenas está naciendo y que es el pilar fundamental para la Transición Energética.

Las Transferencias del sector eléctrico aplicables hoy a las FNCER ya cumplen con las necesidades descritas; como se diseñaron mediante la Ley 1955 de 2019, estas implican una participación del 57% entre comunidades y gobierno sobre el flujo de caja libre, mientras las empresas cuentan con una participación no superior al 43% mientras asume el 100% del riesgo.

En contexto, la rentabilidad promedio de los proyectos FNCER en el mundo no es mayor al 9% y en mercados emergentes como el colombiano dicha rentabilidad ronda el 9.3%1 . Por lo tanto, mantener la competitividad de las inversiones de estos proyectos frente a otros países y compensar cargas adicionales solo podrán hacerse vía incremento del precio de venta de la energía. En consecuencia, ponemos a su disposición algunos elementos adicionales para aportar a la discusión del artículo 188 del proyecto de Ley del asunto.

Impacto en el costo de la electricidad

Incrementar de golpe la transferencia del 1 al 6% de las ventas brutas de energía como se propone en el Proyecto de Ley, representa un alza media de 9 $/kWh en el precio de venta de los contratos de venta de energía a largo plazo que ofrecen los proyectos a partir de FNCER, en un escenario de transición en el cual la cobertura de la demanda debe ser a partir de contratos a largo plazo FNCER, el alza en las tarifas vista por el usuario debiera ser en esa misma magnitud en el mediano y largo plazo.

Guardando las proporciones, un incremento de 9 $/kWh equivale en eliminar en un 30% los logros del Pacto por la Justicia Tarifaria, este impacto se calcula como la relación entre el incremento en el costo de venta de energía para mantener la viabilidad financiera de los proyectos y la reducción lograda por el Pacto por la Justicia Tarifaria.

Si bien los nuevos proyectos puedan asumir este costo adicional mediante un aumento en el precio de venta de la energía; como fue planteado el artículo en primera ponencia, los proyectos que ya tienen acuerdos de venta de energía se ven altamente perjudicados y ponen en riesgo su viabilidad al asumir esta carga. Muchos de estos proyectos ya han sufrido las consecuencias de las condiciones macroeconómicas adversas, así como del aumento en los costos de la deuda y de las materias primas.

Propuestas

En consecuencia, si bien lo deseable para la industria es no adicionar más cargas e introducir cambios en las reglas de juego, manteniendo lo previsto en el artículo 289 de la Ley 1955 de 2019; en caso de que el Congreso de La República decida avanzar con la propuesta planteada para primer debate, adjunto nos permitimos presentar una contrapropuesta que busca incrementar las transferencias para las comunidades y alcaldías, sin poner en riesgo los proyectos.

Esta propuesta se resume en:

Busca que proyectos que han adquirido compromisos de venta de energía antes de la entrada en vigor de la Ley, puedan recuperar los costos adicionales que se derivan de estas transferencias, en aplicación al principio de recuperación de costos establecido en el artículo 367 de la Constitución Política y los principios de eficiencia y suficiencia financiera establecidos en el artículo 87 de la Ley 142 de 1994, tal como lo ha reafirmado la honorable Corte Constitucional en Sentencia C-186/22

(…) resulta evidentemente desproporcionado y contrario al principio de recuperación de costos previsto en el artículo 367 de la Constitución, impedirle de manera absoluta a las empresas prestadoras del servicio de energía, recuperar los costos en los que incurren para garantizar el servicio. (…)

La gradualidad debería buscar mitigar algo del impacto de triplicar la transferencia, por lo tanto, se propone que dicha gradualidad empiece una vez los proyectos entren en operación y por ende a generar ingresos, no con la promulgación de la Ley. Lo anterior, como un incentivo real a la pronta entrada en operación de los proyectos. Como se planteó puede generarse un incentivo perverso a retrasar la entrada de los proyectos hasta tanto no se alcance el 6%.
Sugerimos que en el articulado se establezca una institucionalidad clara sobre la vigilancia, control, destinación y uso de estos recursos; solo en la medida que se asegure un adecuado uso de estos recursos se cumpliría el objetivo de habilitador social, que es garantizar recursos en beneficio de las comunidades.
Finalmente, ponemos a consideración que dado que el aumento en esta transferencia parte de ser un habilitador social, se sugiere que los acuerdos resultantes de las consultas previas (que buscan el mismo objetivo de habilitación social) sean deducibles de la liquidación y el pago de las plantas afectadas por el nuevo párrafo.

Agradecemos tener en cuenta esta propuesta y los elementos aquí planteados, quedamos atentos a profundizar, de requerirse, cualquier particular. Cordialmente,

La entrada SER Colombia se posiciona frente a dos temas prioritarios del Plan Nacional de Desarrollo se publicó primero en Energía Estratégica.

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SER Colombia se posiciona frente a dos temas prioritarios del Plan Nacional de Desarrollo

La entidad gremial que reune a las principales empresas de energías renovables de Colombia, SER Colombia, se expidió sobre la presentación del Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2022-2026 -DESCARGAR- y le envió una carta (que lleva la firma de la flamante directora ejecutiva Alexandra Hernández) dirigida a la ministra de Minas y Energía, Irene Velez (ver al pie), para posicionarse sobre este tema.

Allí se posiciona sobre dos temas «de mayor relevancia» para el sector:

1. Transferencias 6% (artículo 207 del PND)

• Como informamos en su momento, pese a las propuestas de archivo y por insistencia del Gobierno Nacional, se aprobó aumentar al 6% la transferencia por generación de energías renovables en algunas regiones.

• El artículo aprobado en primer debate introdujo una gradualidad y precisa las regiones donde aplica.

• Además de insistir en su archivo, desde SER se plantearon propuestas de ajuste bajo lineamientos establecidos por la Junta Directiva. Se adjunta carta a la Ministra Vélez con análisis de impacto y propuestas.

• Así mismo, gestionamos dos proposiciones que quedaron radicadas para ser debatidas en segundo debate:
i. Bajar tarifa e implementación gradual (tema que se había hablado con la Ministra de Minas y Energía),

ii. Las propuestas de la carta relacionadas con base de liquidación y transición para proyectos que ya tengan contratos firmados bajo otras condiciones de transferencia.

• La Ministra Vélez está estudiando las propuestas de la carta adjunta. Rechazó la posibilidad de descontar de la transferencia, los costos de los acuerdos pactados en las consultas previas. Los congresistas que radicaron la proposición de ajuste tampoco aceptaron esta propuesta.

• Estamos coordinando con otros gremios del sector comunicaciones conjuntas.

2. Integración vertical en generación y transmisión para energías renovables

• Presentamos a la Ministra las preocupaciones, en conjunto con los demás gremios del sector.

• La Ministra con firmeza mencionó que la posición del Gobierno Nacional es incentivar que empresas estatales, como Ecopetrol, aceleren la transición energética y de ahí la importancia de aprobar esta medida en el PND.

• Solicitó a los gremios una contrapropuesta. Citaremos la Junta Directiva para recibir lineamientos frente al tema

Carta a la ministra

Estimada Ministra,

Reciba usted y su equipo de trabajo un cordial saludo por tarde de SER Colombia y sus empresas asociadas. Como gremio de las energías renovables y de la transición energética seguimos manifestando nuestro compromiso y disposición en aras de acelerar una Transición Energética Justa.

La transición energética parte de una efectiva transición tecnológica de las fuentes de generación de energía, solo una entrada masiva de proyectos de energías renovables garantizaría lo anunciado por el gobierno Petro en su plan de gobierno: “Hacia una sociedad movida por el sol, el viento y el agua”.

Como es de su conocimiento, el marco de política energética y los acertados incentivos en materia tributaria han despertado un gran interés en el desarrollo de este tipo de proyectos, prueba de ello es que a hoy, el sistema cuenta con más de 13.3 GW en proyectos FNCER (Fuentes No Convencionales de Energías Renovables) con punto de conexión aprobado, de los cuales, cerca de 3 GW tienen compromisos con el sistema; así mismo, se cuenta con nuevas asignaciones de conexión por el orden de 7.5 GW.

Cifras con especial importancia si se tiene en cuenta que la capacidad instalada en Colombia hoy es de cerca de los 18 GW; aún más, si se considera que representan una potencial inversión de entre 14 mil a 21 mil millones de dólares.

Sin embargo, los anunciados nuevos costos (tributos) a la industria de las energías renovables y los ya conocidos impactos de la pasada reforma tributaria generan incertidumbre por el cambio en las reglas de juego en el desarrollo de estos proyectos. Incertidumbre que pone en riesgo no solo las inversiones mismas sino la diversificación de la matriz eléctrica, la reducción de las tarifas y la efectiva transición energética.

Somos conscientes de que el proceso de transición energética se debe hacer con respeto a las comunidades y a los derechos humanos, de lo contrario los proyectos no son sostenibles.

Así mismo, conocemos de primera mano las necesidades sociales de las comunidades y compartimos la visión de diversificar la matriz productiva de nuestro país.

Sin embargo, la asignación de cargas debe ser balanceada de tal manera que no se afecte a una industria que apenas está naciendo y que es el pilar fundamental para la Transición Energética.

Las Transferencias del sector eléctrico aplicables hoy a las FNCER ya cumplen con las necesidades descritas; como se diseñaron mediante la Ley 1955 de 2019, estas implican una participación del 57% entre comunidades y gobierno sobre el flujo de caja libre, mientras las empresas cuentan con una participación no superior al 43% mientras asume el 100% del riesgo.

En contexto, la rentabilidad promedio de los proyectos FNCER en el mundo no es mayor al 9% y en mercados emergentes como el colombiano dicha rentabilidad ronda el 9.3%1 . Por lo tanto, mantener la competitividad de las inversiones de estos proyectos frente a otros países y compensar cargas adicionales solo podrán hacerse vía incremento del precio de venta de la energía. En consecuencia, ponemos a su disposición algunos elementos adicionales para aportar a la discusión del artículo 188 del proyecto de Ley del asunto.

Impacto en el costo de la electricidad

Incrementar de golpe la transferencia del 1 al 6% de las ventas brutas de energía como se propone en el Proyecto de Ley, representa un alza media de 9 $/kWh en el precio de venta de los contratos de venta de energía a largo plazo que ofrecen los proyectos a partir de FNCER, en un escenario de transición en el cual la cobertura de la demanda debe ser a partir de contratos a largo plazo FNCER, el alza en las tarifas vista por el usuario debiera ser en esa misma magnitud en el mediano y largo plazo.

Guardando las proporciones, un incremento de 9 $/kWh equivale en eliminar en un 30% los logros del Pacto por la Justicia Tarifaria, este impacto se calcula como la relación entre el incremento en el costo de venta de energía para mantener la viabilidad financiera de los proyectos y la reducción lograda por el Pacto por la Justicia Tarifaria.

Si bien los nuevos proyectos puedan asumir este costo adicional mediante un aumento en el precio de venta de la energía; como fue planteado el artículo en primera ponencia, los proyectos que ya tienen acuerdos de venta de energía se ven altamente perjudicados y ponen en riesgo su viabilidad al asumir esta carga. Muchos de estos proyectos ya han sufrido las consecuencias de las condiciones macroeconómicas adversas, así como del aumento en los costos de la deuda y de las materias primas.

Propuestas

En consecuencia, si bien lo deseable para la industria es no adicionar más cargas e introducir cambios en las reglas de juego, manteniendo lo previsto en el artículo 289 de la Ley 1955 de 2019; en caso de que el Congreso de La República decida avanzar con la propuesta planteada para primer debate, adjunto nos permitimos presentar una contrapropuesta que busca incrementar las transferencias para las comunidades y alcaldías, sin poner en riesgo los proyectos.

Esta propuesta se resume en:

Busca que proyectos que han adquirido compromisos de venta de energía antes de la entrada en vigor de la Ley, puedan recuperar los costos adicionales que se derivan de estas transferencias, en aplicación al principio de recuperación de costos establecido en el artículo 367 de la Constitución Política y los principios de eficiencia y suficiencia financiera establecidos en el artículo 87 de la Ley 142 de 1994, tal como lo ha reafirmado la honorable Corte Constitucional en Sentencia C-186/22

(…) resulta evidentemente desproporcionado y contrario al principio de recuperación de costos previsto en el artículo 367 de la Constitución, impedirle de manera absoluta a las empresas prestadoras del servicio de energía, recuperar los costos en los que incurren para garantizar el servicio. (…)

La gradualidad debería buscar mitigar algo del impacto de triplicar la transferencia, por lo tanto, se propone que dicha gradualidad empiece una vez los proyectos entren en operación y por ende a generar ingresos, no con la promulgación de la Ley. Lo anterior, como un incentivo real a la pronta entrada en operación de los proyectos. Como se planteó puede generarse un incentivo perverso a retrasar la entrada de los proyectos hasta tanto no se alcance el 6%.
Sugerimos que en el articulado se establezca una institucionalidad clara sobre la vigilancia, control, destinación y uso de estos recursos; solo en la medida que se asegure un adecuado uso de estos recursos se cumpliría el objetivo de habilitador social, que es garantizar recursos en beneficio de las comunidades.
Finalmente, ponemos a consideración que dado que el aumento en esta transferencia parte de ser un habilitador social, se sugiere que los acuerdos resultantes de las consultas previas (que buscan el mismo objetivo de habilitación social) sean deducibles de la liquidación y el pago de las plantas afectadas por el nuevo párrafo.

Agradecemos tener en cuenta esta propuesta y los elementos aquí planteados, quedamos atentos a profundizar, de requerirse, cualquier particular. Cordialmente,

La entrada SER Colombia se posiciona frente a dos temas prioritarios del Plan Nacional de Desarrollo se publicó primero en Energía Estratégica.

energiaestrategica.com, Informacion, Información de Mercado

SER Colombia se posiciona frente a dos temas prioritarios del Plan Nacional de Desarrollo

La entidad gremial que reune a las principales empresas de energías renovables de Colombia, SER Colombia, se expidió sobre la presentación del Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2022-2026 -DESCARGAR- y le envió una carta (que lleva la firma de la flamante directora ejecutiva Alexandra Hernández) dirigida a la ministra de Minas y Energía, Irene Velez (ver al pie), para posicionarse sobre este tema.

Allí se posiciona sobre dos temas «de mayor relevancia» para el sector:

1. Transferencias 6% (artículo 207 del PND)

• Como informamos en su momento, pese a las propuestas de archivo y por insistencia del Gobierno Nacional, se aprobó aumentar al 6% la transferencia por generación de energías renovables en algunas regiones.

• El artículo aprobado en primer debate introdujo una gradualidad y precisa las regiones donde aplica.

• Además de insistir en su archivo, desde SER se plantearon propuestas de ajuste bajo lineamientos establecidos por la Junta Directiva. Se adjunta carta a la Ministra Vélez con análisis de impacto y propuestas.

• Así mismo, gestionamos dos proposiciones que quedaron radicadas para ser debatidas en segundo debate:
i. Bajar tarifa e implementación gradual (tema que se había hablado con la Ministra de Minas y Energía),

ii. Las propuestas de la carta relacionadas con base de liquidación y transición para proyectos que ya tengan contratos firmados bajo otras condiciones de transferencia.

• La Ministra Vélez está estudiando las propuestas de la carta adjunta. Rechazó la posibilidad de descontar de la transferencia, los costos de los acuerdos pactados en las consultas previas. Los congresistas que radicaron la proposición de ajuste tampoco aceptaron esta propuesta.

• Estamos coordinando con otros gremios del sector comunicaciones conjuntas.

2. Integración vertical en generación y transmisión para energías renovables

• Presentamos a la Ministra las preocupaciones, en conjunto con los demás gremios del sector.

• La Ministra con firmeza mencionó que la posición del Gobierno Nacional es incentivar que empresas estatales, como Ecopetrol, aceleren la transición energética y de ahí la importancia de aprobar esta medida en el PND.

• Solicitó a los gremios una contrapropuesta. Citaremos la Junta Directiva para recibir lineamientos frente al tema

Carta a la ministra

Estimada Ministra,

Reciba usted y su equipo de trabajo un cordial saludo por tarde de SER Colombia y sus empresas asociadas. Como gremio de las energías renovables y de la transición energética seguimos manifestando nuestro compromiso y disposición en aras de acelerar una Transición Energética Justa.

La transición energética parte de una efectiva transición tecnológica de las fuentes de generación de energía, solo una entrada masiva de proyectos de energías renovables garantizaría lo anunciado por el gobierno Petro en su plan de gobierno: “Hacia una sociedad movida por el sol, el viento y el agua”.

Como es de su conocimiento, el marco de política energética y los acertados incentivos en materia tributaria han despertado un gran interés en el desarrollo de este tipo de proyectos, prueba de ello es que a hoy, el sistema cuenta con más de 13.3 GW en proyectos FNCER (Fuentes No Convencionales de Energías Renovables) con punto de conexión aprobado, de los cuales, cerca de 3 GW tienen compromisos con el sistema; así mismo, se cuenta con nuevas asignaciones de conexión por el orden de 7.5 GW.

Cifras con especial importancia si se tiene en cuenta que la capacidad instalada en Colombia hoy es de cerca de los 18 GW; aún más, si se considera que representan una potencial inversión de entre 14 mil a 21 mil millones de dólares.

Sin embargo, los anunciados nuevos costos (tributos) a la industria de las energías renovables y los ya conocidos impactos de la pasada reforma tributaria generan incertidumbre por el cambio en las reglas de juego en el desarrollo de estos proyectos. Incertidumbre que pone en riesgo no solo las inversiones mismas sino la diversificación de la matriz eléctrica, la reducción de las tarifas y la efectiva transición energética.

Somos conscientes de que el proceso de transición energética se debe hacer con respeto a las comunidades y a los derechos humanos, de lo contrario los proyectos no son sostenibles.

Así mismo, conocemos de primera mano las necesidades sociales de las comunidades y compartimos la visión de diversificar la matriz productiva de nuestro país.

Sin embargo, la asignación de cargas debe ser balanceada de tal manera que no se afecte a una industria que apenas está naciendo y que es el pilar fundamental para la Transición Energética.

Las Transferencias del sector eléctrico aplicables hoy a las FNCER ya cumplen con las necesidades descritas; como se diseñaron mediante la Ley 1955 de 2019, estas implican una participación del 57% entre comunidades y gobierno sobre el flujo de caja libre, mientras las empresas cuentan con una participación no superior al 43% mientras asume el 100% del riesgo.

En contexto, la rentabilidad promedio de los proyectos FNCER en el mundo no es mayor al 9% y en mercados emergentes como el colombiano dicha rentabilidad ronda el 9.3%1 . Por lo tanto, mantener la competitividad de las inversiones de estos proyectos frente a otros países y compensar cargas adicionales solo podrán hacerse vía incremento del precio de venta de la energía. En consecuencia, ponemos a su disposición algunos elementos adicionales para aportar a la discusión del artículo 188 del proyecto de Ley del asunto.

Impacto en el costo de la electricidad

Incrementar de golpe la transferencia del 1 al 6% de las ventas brutas de energía como se propone en el Proyecto de Ley, representa un alza media de 9 $/kWh en el precio de venta de los contratos de venta de energía a largo plazo que ofrecen los proyectos a partir de FNCER, en un escenario de transición en el cual la cobertura de la demanda debe ser a partir de contratos a largo plazo FNCER, el alza en las tarifas vista por el usuario debiera ser en esa misma magnitud en el mediano y largo plazo.

Guardando las proporciones, un incremento de 9 $/kWh equivale en eliminar en un 30% los logros del Pacto por la Justicia Tarifaria, este impacto se calcula como la relación entre el incremento en el costo de venta de energía para mantener la viabilidad financiera de los proyectos y la reducción lograda por el Pacto por la Justicia Tarifaria.

Si bien los nuevos proyectos puedan asumir este costo adicional mediante un aumento en el precio de venta de la energía; como fue planteado el artículo en primera ponencia, los proyectos que ya tienen acuerdos de venta de energía se ven altamente perjudicados y ponen en riesgo su viabilidad al asumir esta carga. Muchos de estos proyectos ya han sufrido las consecuencias de las condiciones macroeconómicas adversas, así como del aumento en los costos de la deuda y de las materias primas.

Propuestas

En consecuencia, si bien lo deseable para la industria es no adicionar más cargas e introducir cambios en las reglas de juego, manteniendo lo previsto en el artículo 289 de la Ley 1955 de 2019; en caso de que el Congreso de La República decida avanzar con la propuesta planteada para primer debate, adjunto nos permitimos presentar una contrapropuesta que busca incrementar las transferencias para las comunidades y alcaldías, sin poner en riesgo los proyectos.

Esta propuesta se resume en:

Busca que proyectos que han adquirido compromisos de venta de energía antes de la entrada en vigor de la Ley, puedan recuperar los costos adicionales que se derivan de estas transferencias, en aplicación al principio de recuperación de costos establecido en el artículo 367 de la Constitución Política y los principios de eficiencia y suficiencia financiera establecidos en el artículo 87 de la Ley 142 de 1994, tal como lo ha reafirmado la honorable Corte Constitucional en Sentencia C-186/22

(…) resulta evidentemente desproporcionado y contrario al principio de recuperación de costos previsto en el artículo 367 de la Constitución, impedirle de manera absoluta a las empresas prestadoras del servicio de energía, recuperar los costos en los que incurren para garantizar el servicio. (…)

La gradualidad debería buscar mitigar algo del impacto de triplicar la transferencia, por lo tanto, se propone que dicha gradualidad empiece una vez los proyectos entren en operación y por ende a generar ingresos, no con la promulgación de la Ley. Lo anterior, como un incentivo real a la pronta entrada en operación de los proyectos. Como se planteó puede generarse un incentivo perverso a retrasar la entrada de los proyectos hasta tanto no se alcance el 6%.
Sugerimos que en el articulado se establezca una institucionalidad clara sobre la vigilancia, control, destinación y uso de estos recursos; solo en la medida que se asegure un adecuado uso de estos recursos se cumpliría el objetivo de habilitador social, que es garantizar recursos en beneficio de las comunidades.
Finalmente, ponemos a consideración que dado que el aumento en esta transferencia parte de ser un habilitador social, se sugiere que los acuerdos resultantes de las consultas previas (que buscan el mismo objetivo de habilitación social) sean deducibles de la liquidación y el pago de las plantas afectadas por el nuevo párrafo.

Agradecemos tener en cuenta esta propuesta y los elementos aquí planteados, quedamos atentos a profundizar, de requerirse, cualquier particular. Cordialmente,

La entrada SER Colombia se posiciona frente a dos temas prioritarios del Plan Nacional de Desarrollo se publicó primero en Energía Estratégica.

energiaestrategica.com, Informacion, Información de Mercado

SER Colombia se posiciona frente a dos temas prioritarios del Plan Nacional de Desarrollo

La entidad gremial que reune a las principales empresas de energías renovables de Colombia, SER Colombia, se expidió sobre la presentación del Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2022-2026 -DESCARGAR- y le envió una carta (que lleva la firma de la flamante directora ejecutiva Alexandra Hernández) dirigida a la ministra de Minas y Energía, Irene Velez (ver al pie), para posicionarse sobre este tema.

Allí se posiciona sobre dos temas «de mayor relevancia» para el sector:

1. Transferencias 6% (artículo 207 del PND)

• Como informamos en su momento, pese a las propuestas de archivo y por insistencia del Gobierno Nacional, se aprobó aumentar al 6% la transferencia por generación de energías renovables en algunas regiones.

• El artículo aprobado en primer debate introdujo una gradualidad y precisa las regiones donde aplica.

• Además de insistir en su archivo, desde SER se plantearon propuestas de ajuste bajo lineamientos establecidos por la Junta Directiva. Se adjunta carta a la Ministra Vélez con análisis de impacto y propuestas.

• Así mismo, gestionamos dos proposiciones que quedaron radicadas para ser debatidas en segundo debate:
i. Bajar tarifa e implementación gradual (tema que se había hablado con la Ministra de Minas y Energía),

ii. Las propuestas de la carta relacionadas con base de liquidación y transición para proyectos que ya tengan contratos firmados bajo otras condiciones de transferencia.

• La Ministra Vélez está estudiando las propuestas de la carta adjunta. Rechazó la posibilidad de descontar de la transferencia, los costos de los acuerdos pactados en las consultas previas. Los congresistas que radicaron la proposición de ajuste tampoco aceptaron esta propuesta.

• Estamos coordinando con otros gremios del sector comunicaciones conjuntas.

2. Integración vertical en generación y transmisión para energías renovables

• Presentamos a la Ministra las preocupaciones, en conjunto con los demás gremios del sector.

• La Ministra con firmeza mencionó que la posición del Gobierno Nacional es incentivar que empresas estatales, como Ecopetrol, aceleren la transición energética y de ahí la importancia de aprobar esta medida en el PND.

• Solicitó a los gremios una contrapropuesta. Citaremos la Junta Directiva para recibir lineamientos frente al tema

Carta a la ministra

Estimada Ministra,

Reciba usted y su equipo de trabajo un cordial saludo por tarde de SER Colombia y sus empresas asociadas. Como gremio de las energías renovables y de la transición energética seguimos manifestando nuestro compromiso y disposición en aras de acelerar una Transición Energética Justa.

La transición energética parte de una efectiva transición tecnológica de las fuentes de generación de energía, solo una entrada masiva de proyectos de energías renovables garantizaría lo anunciado por el gobierno Petro en su plan de gobierno: “Hacia una sociedad movida por el sol, el viento y el agua”.

Como es de su conocimiento, el marco de política energética y los acertados incentivos en materia tributaria han despertado un gran interés en el desarrollo de este tipo de proyectos, prueba de ello es que a hoy, el sistema cuenta con más de 13.3 GW en proyectos FNCER (Fuentes No Convencionales de Energías Renovables) con punto de conexión aprobado, de los cuales, cerca de 3 GW tienen compromisos con el sistema; así mismo, se cuenta con nuevas asignaciones de conexión por el orden de 7.5 GW.

Cifras con especial importancia si se tiene en cuenta que la capacidad instalada en Colombia hoy es de cerca de los 18 GW; aún más, si se considera que representan una potencial inversión de entre 14 mil a 21 mil millones de dólares.

Sin embargo, los anunciados nuevos costos (tributos) a la industria de las energías renovables y los ya conocidos impactos de la pasada reforma tributaria generan incertidumbre por el cambio en las reglas de juego en el desarrollo de estos proyectos. Incertidumbre que pone en riesgo no solo las inversiones mismas sino la diversificación de la matriz eléctrica, la reducción de las tarifas y la efectiva transición energética.

Somos conscientes de que el proceso de transición energética se debe hacer con respeto a las comunidades y a los derechos humanos, de lo contrario los proyectos no son sostenibles.

Así mismo, conocemos de primera mano las necesidades sociales de las comunidades y compartimos la visión de diversificar la matriz productiva de nuestro país.

Sin embargo, la asignación de cargas debe ser balanceada de tal manera que no se afecte a una industria que apenas está naciendo y que es el pilar fundamental para la Transición Energética.

Las Transferencias del sector eléctrico aplicables hoy a las FNCER ya cumplen con las necesidades descritas; como se diseñaron mediante la Ley 1955 de 2019, estas implican una participación del 57% entre comunidades y gobierno sobre el flujo de caja libre, mientras las empresas cuentan con una participación no superior al 43% mientras asume el 100% del riesgo.

En contexto, la rentabilidad promedio de los proyectos FNCER en el mundo no es mayor al 9% y en mercados emergentes como el colombiano dicha rentabilidad ronda el 9.3%1 . Por lo tanto, mantener la competitividad de las inversiones de estos proyectos frente a otros países y compensar cargas adicionales solo podrán hacerse vía incremento del precio de venta de la energía. En consecuencia, ponemos a su disposición algunos elementos adicionales para aportar a la discusión del artículo 188 del proyecto de Ley del asunto.

Impacto en el costo de la electricidad

Incrementar de golpe la transferencia del 1 al 6% de las ventas brutas de energía como se propone en el Proyecto de Ley, representa un alza media de 9 $/kWh en el precio de venta de los contratos de venta de energía a largo plazo que ofrecen los proyectos a partir de FNCER, en un escenario de transición en el cual la cobertura de la demanda debe ser a partir de contratos a largo plazo FNCER, el alza en las tarifas vista por el usuario debiera ser en esa misma magnitud en el mediano y largo plazo.

Guardando las proporciones, un incremento de 9 $/kWh equivale en eliminar en un 30% los logros del Pacto por la Justicia Tarifaria, este impacto se calcula como la relación entre el incremento en el costo de venta de energía para mantener la viabilidad financiera de los proyectos y la reducción lograda por el Pacto por la Justicia Tarifaria.

Si bien los nuevos proyectos puedan asumir este costo adicional mediante un aumento en el precio de venta de la energía; como fue planteado el artículo en primera ponencia, los proyectos que ya tienen acuerdos de venta de energía se ven altamente perjudicados y ponen en riesgo su viabilidad al asumir esta carga. Muchos de estos proyectos ya han sufrido las consecuencias de las condiciones macroeconómicas adversas, así como del aumento en los costos de la deuda y de las materias primas.

Propuestas

En consecuencia, si bien lo deseable para la industria es no adicionar más cargas e introducir cambios en las reglas de juego, manteniendo lo previsto en el artículo 289 de la Ley 1955 de 2019; en caso de que el Congreso de La República decida avanzar con la propuesta planteada para primer debate, adjunto nos permitimos presentar una contrapropuesta que busca incrementar las transferencias para las comunidades y alcaldías, sin poner en riesgo los proyectos.

Esta propuesta se resume en:

Busca que proyectos que han adquirido compromisos de venta de energía antes de la entrada en vigor de la Ley, puedan recuperar los costos adicionales que se derivan de estas transferencias, en aplicación al principio de recuperación de costos establecido en el artículo 367 de la Constitución Política y los principios de eficiencia y suficiencia financiera establecidos en el artículo 87 de la Ley 142 de 1994, tal como lo ha reafirmado la honorable Corte Constitucional en Sentencia C-186/22

(…) resulta evidentemente desproporcionado y contrario al principio de recuperación de costos previsto en el artículo 367 de la Constitución, impedirle de manera absoluta a las empresas prestadoras del servicio de energía, recuperar los costos en los que incurren para garantizar el servicio. (…)

La gradualidad debería buscar mitigar algo del impacto de triplicar la transferencia, por lo tanto, se propone que dicha gradualidad empiece una vez los proyectos entren en operación y por ende a generar ingresos, no con la promulgación de la Ley. Lo anterior, como un incentivo real a la pronta entrada en operación de los proyectos. Como se planteó puede generarse un incentivo perverso a retrasar la entrada de los proyectos hasta tanto no se alcance el 6%.
Sugerimos que en el articulado se establezca una institucionalidad clara sobre la vigilancia, control, destinación y uso de estos recursos; solo en la medida que se asegure un adecuado uso de estos recursos se cumpliría el objetivo de habilitador social, que es garantizar recursos en beneficio de las comunidades.
Finalmente, ponemos a consideración que dado que el aumento en esta transferencia parte de ser un habilitador social, se sugiere que los acuerdos resultantes de las consultas previas (que buscan el mismo objetivo de habilitación social) sean deducibles de la liquidación y el pago de las plantas afectadas por el nuevo párrafo.

Agradecemos tener en cuenta esta propuesta y los elementos aquí planteados, quedamos atentos a profundizar, de requerirse, cualquier particular. Cordialmente,

La entrada SER Colombia se posiciona frente a dos temas prioritarios del Plan Nacional de Desarrollo se publicó primero en Energía Estratégica.

energiaestrategica.com, Informacion, Información de Mercado

SER Colombia se posiciona frente a dos temas prioritarios del Plan Nacional de Desarrollo

La entidad gremial que reune a las principales empresas de energías renovables de Colombia, SER Colombia, se expidió sobre la presentación del Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2022-2026 -DESCARGAR- y le envió una carta (que lleva la firma de la flamante directora ejecutiva Alexandra Hernández) dirigida a la ministra de Minas y Energía, Irene Velez (ver al pie), para posicionarse sobre este tema.

Allí se posiciona sobre dos temas «de mayor relevancia» para el sector:

1. Transferencias 6% (artículo 207 del PND)

• Como informamos en su momento, pese a las propuestas de archivo y por insistencia del Gobierno Nacional, se aprobó aumentar al 6% la transferencia por generación de energías renovables en algunas regiones.

• El artículo aprobado en primer debate introdujo una gradualidad y precisa las regiones donde aplica.

• Además de insistir en su archivo, desde SER se plantearon propuestas de ajuste bajo lineamientos establecidos por la Junta Directiva. Se adjunta carta a la Ministra Vélez con análisis de impacto y propuestas.

• Así mismo, gestionamos dos proposiciones que quedaron radicadas para ser debatidas en segundo debate:
i. Bajar tarifa e implementación gradual (tema que se había hablado con la Ministra de Minas y Energía),

ii. Las propuestas de la carta relacionadas con base de liquidación y transición para proyectos que ya tengan contratos firmados bajo otras condiciones de transferencia.

• La Ministra Vélez está estudiando las propuestas de la carta adjunta. Rechazó la posibilidad de descontar de la transferencia, los costos de los acuerdos pactados en las consultas previas. Los congresistas que radicaron la proposición de ajuste tampoco aceptaron esta propuesta.

• Estamos coordinando con otros gremios del sector comunicaciones conjuntas.

2. Integración vertical en generación y transmisión para energías renovables

• Presentamos a la Ministra las preocupaciones, en conjunto con los demás gremios del sector.

• La Ministra con firmeza mencionó que la posición del Gobierno Nacional es incentivar que empresas estatales, como Ecopetrol, aceleren la transición energética y de ahí la importancia de aprobar esta medida en el PND.

• Solicitó a los gremios una contrapropuesta. Citaremos la Junta Directiva para recibir lineamientos frente al tema

Carta a la ministra

Estimada Ministra,

Reciba usted y su equipo de trabajo un cordial saludo por tarde de SER Colombia y sus empresas asociadas. Como gremio de las energías renovables y de la transición energética seguimos manifestando nuestro compromiso y disposición en aras de acelerar una Transición Energética Justa.

La transición energética parte de una efectiva transición tecnológica de las fuentes de generación de energía, solo una entrada masiva de proyectos de energías renovables garantizaría lo anunciado por el gobierno Petro en su plan de gobierno: “Hacia una sociedad movida por el sol, el viento y el agua”.

Como es de su conocimiento, el marco de política energética y los acertados incentivos en materia tributaria han despertado un gran interés en el desarrollo de este tipo de proyectos, prueba de ello es que a hoy, el sistema cuenta con más de 13.3 GW en proyectos FNCER (Fuentes No Convencionales de Energías Renovables) con punto de conexión aprobado, de los cuales, cerca de 3 GW tienen compromisos con el sistema; así mismo, se cuenta con nuevas asignaciones de conexión por el orden de 7.5 GW.

Cifras con especial importancia si se tiene en cuenta que la capacidad instalada en Colombia hoy es de cerca de los 18 GW; aún más, si se considera que representan una potencial inversión de entre 14 mil a 21 mil millones de dólares.

Sin embargo, los anunciados nuevos costos (tributos) a la industria de las energías renovables y los ya conocidos impactos de la pasada reforma tributaria generan incertidumbre por el cambio en las reglas de juego en el desarrollo de estos proyectos. Incertidumbre que pone en riesgo no solo las inversiones mismas sino la diversificación de la matriz eléctrica, la reducción de las tarifas y la efectiva transición energética.

Somos conscientes de que el proceso de transición energética se debe hacer con respeto a las comunidades y a los derechos humanos, de lo contrario los proyectos no son sostenibles.

Así mismo, conocemos de primera mano las necesidades sociales de las comunidades y compartimos la visión de diversificar la matriz productiva de nuestro país.

Sin embargo, la asignación de cargas debe ser balanceada de tal manera que no se afecte a una industria que apenas está naciendo y que es el pilar fundamental para la Transición Energética.

Las Transferencias del sector eléctrico aplicables hoy a las FNCER ya cumplen con las necesidades descritas; como se diseñaron mediante la Ley 1955 de 2019, estas implican una participación del 57% entre comunidades y gobierno sobre el flujo de caja libre, mientras las empresas cuentan con una participación no superior al 43% mientras asume el 100% del riesgo.

En contexto, la rentabilidad promedio de los proyectos FNCER en el mundo no es mayor al 9% y en mercados emergentes como el colombiano dicha rentabilidad ronda el 9.3%1 . Por lo tanto, mantener la competitividad de las inversiones de estos proyectos frente a otros países y compensar cargas adicionales solo podrán hacerse vía incremento del precio de venta de la energía. En consecuencia, ponemos a su disposición algunos elementos adicionales para aportar a la discusión del artículo 188 del proyecto de Ley del asunto.

Impacto en el costo de la electricidad

Incrementar de golpe la transferencia del 1 al 6% de las ventas brutas de energía como se propone en el Proyecto de Ley, representa un alza media de 9 $/kWh en el precio de venta de los contratos de venta de energía a largo plazo que ofrecen los proyectos a partir de FNCER, en un escenario de transición en el cual la cobertura de la demanda debe ser a partir de contratos a largo plazo FNCER, el alza en las tarifas vista por el usuario debiera ser en esa misma magnitud en el mediano y largo plazo.

Guardando las proporciones, un incremento de 9 $/kWh equivale en eliminar en un 30% los logros del Pacto por la Justicia Tarifaria, este impacto se calcula como la relación entre el incremento en el costo de venta de energía para mantener la viabilidad financiera de los proyectos y la reducción lograda por el Pacto por la Justicia Tarifaria.

Si bien los nuevos proyectos puedan asumir este costo adicional mediante un aumento en el precio de venta de la energía; como fue planteado el artículo en primera ponencia, los proyectos que ya tienen acuerdos de venta de energía se ven altamente perjudicados y ponen en riesgo su viabilidad al asumir esta carga. Muchos de estos proyectos ya han sufrido las consecuencias de las condiciones macroeconómicas adversas, así como del aumento en los costos de la deuda y de las materias primas.

Propuestas

En consecuencia, si bien lo deseable para la industria es no adicionar más cargas e introducir cambios en las reglas de juego, manteniendo lo previsto en el artículo 289 de la Ley 1955 de 2019; en caso de que el Congreso de La República decida avanzar con la propuesta planteada para primer debate, adjunto nos permitimos presentar una contrapropuesta que busca incrementar las transferencias para las comunidades y alcaldías, sin poner en riesgo los proyectos.

Esta propuesta se resume en:

Busca que proyectos que han adquirido compromisos de venta de energía antes de la entrada en vigor de la Ley, puedan recuperar los costos adicionales que se derivan de estas transferencias, en aplicación al principio de recuperación de costos establecido en el artículo 367 de la Constitución Política y los principios de eficiencia y suficiencia financiera establecidos en el artículo 87 de la Ley 142 de 1994, tal como lo ha reafirmado la honorable Corte Constitucional en Sentencia C-186/22

(…) resulta evidentemente desproporcionado y contrario al principio de recuperación de costos previsto en el artículo 367 de la Constitución, impedirle de manera absoluta a las empresas prestadoras del servicio de energía, recuperar los costos en los que incurren para garantizar el servicio. (…)

La gradualidad debería buscar mitigar algo del impacto de triplicar la transferencia, por lo tanto, se propone que dicha gradualidad empiece una vez los proyectos entren en operación y por ende a generar ingresos, no con la promulgación de la Ley. Lo anterior, como un incentivo real a la pronta entrada en operación de los proyectos. Como se planteó puede generarse un incentivo perverso a retrasar la entrada de los proyectos hasta tanto no se alcance el 6%.
Sugerimos que en el articulado se establezca una institucionalidad clara sobre la vigilancia, control, destinación y uso de estos recursos; solo en la medida que se asegure un adecuado uso de estos recursos se cumpliría el objetivo de habilitador social, que es garantizar recursos en beneficio de las comunidades.
Finalmente, ponemos a consideración que dado que el aumento en esta transferencia parte de ser un habilitador social, se sugiere que los acuerdos resultantes de las consultas previas (que buscan el mismo objetivo de habilitación social) sean deducibles de la liquidación y el pago de las plantas afectadas por el nuevo párrafo.

Agradecemos tener en cuenta esta propuesta y los elementos aquí planteados, quedamos atentos a profundizar, de requerirse, cualquier particular. Cordialmente,

La entrada SER Colombia se posiciona frente a dos temas prioritarios del Plan Nacional de Desarrollo se publicó primero en Energía Estratégica.

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SER Colombia se posiciona frente a dos temas prioritarios del Plan Nacional de Desarrollo

La entidad gremial que reune a las principales empresas de energías renovables de Colombia, SER Colombia, se expidió sobre la presentación del Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2022-2026 -DESCARGAR- y le envió una carta (que lleva la firma de la flamante directora ejecutiva Alexandra Hernández) dirigida a la ministra de Minas y Energía, Irene Velez (ver al pie), para posicionarse sobre este tema.

Allí se posiciona sobre dos temas «de mayor relevancia» para el sector:

1. Transferencias 6% (artículo 207 del PND)

• Como informamos en su momento, pese a las propuestas de archivo y por insistencia del Gobierno Nacional, se aprobó aumentar al 6% la transferencia por generación de energías renovables en algunas regiones.

• El artículo aprobado en primer debate introdujo una gradualidad y precisa las regiones donde aplica.

• Además de insistir en su archivo, desde SER se plantearon propuestas de ajuste bajo lineamientos establecidos por la Junta Directiva. Se adjunta carta a la Ministra Vélez con análisis de impacto y propuestas.

• Así mismo, gestionamos dos proposiciones que quedaron radicadas para ser debatidas en segundo debate:
i. Bajar tarifa e implementación gradual (tema que se había hablado con la Ministra de Minas y Energía),

ii. Las propuestas de la carta relacionadas con base de liquidación y transición para proyectos que ya tengan contratos firmados bajo otras condiciones de transferencia.

• La Ministra Vélez está estudiando las propuestas de la carta adjunta. Rechazó la posibilidad de descontar de la transferencia, los costos de los acuerdos pactados en las consultas previas. Los congresistas que radicaron la proposición de ajuste tampoco aceptaron esta propuesta.

• Estamos coordinando con otros gremios del sector comunicaciones conjuntas.

2. Integración vertical en generación y transmisión para energías renovables

• Presentamos a la Ministra las preocupaciones, en conjunto con los demás gremios del sector.

• La Ministra con firmeza mencionó que la posición del Gobierno Nacional es incentivar que empresas estatales, como Ecopetrol, aceleren la transición energética y de ahí la importancia de aprobar esta medida en el PND.

• Solicitó a los gremios una contrapropuesta. Citaremos la Junta Directiva para recibir lineamientos frente al tema

Carta a la ministra

Estimada Ministra,

Reciba usted y su equipo de trabajo un cordial saludo por tarde de SER Colombia y sus empresas asociadas. Como gremio de las energías renovables y de la transición energética seguimos manifestando nuestro compromiso y disposición en aras de acelerar una Transición Energética Justa.

La transición energética parte de una efectiva transición tecnológica de las fuentes de generación de energía, solo una entrada masiva de proyectos de energías renovables garantizaría lo anunciado por el gobierno Petro en su plan de gobierno: “Hacia una sociedad movida por el sol, el viento y el agua”.

Como es de su conocimiento, el marco de política energética y los acertados incentivos en materia tributaria han despertado un gran interés en el desarrollo de este tipo de proyectos, prueba de ello es que a hoy, el sistema cuenta con más de 13.3 GW en proyectos FNCER (Fuentes No Convencionales de Energías Renovables) con punto de conexión aprobado, de los cuales, cerca de 3 GW tienen compromisos con el sistema; así mismo, se cuenta con nuevas asignaciones de conexión por el orden de 7.5 GW.

Cifras con especial importancia si se tiene en cuenta que la capacidad instalada en Colombia hoy es de cerca de los 18 GW; aún más, si se considera que representan una potencial inversión de entre 14 mil a 21 mil millones de dólares.

Sin embargo, los anunciados nuevos costos (tributos) a la industria de las energías renovables y los ya conocidos impactos de la pasada reforma tributaria generan incertidumbre por el cambio en las reglas de juego en el desarrollo de estos proyectos. Incertidumbre que pone en riesgo no solo las inversiones mismas sino la diversificación de la matriz eléctrica, la reducción de las tarifas y la efectiva transición energética.

Somos conscientes de que el proceso de transición energética se debe hacer con respeto a las comunidades y a los derechos humanos, de lo contrario los proyectos no son sostenibles.

Así mismo, conocemos de primera mano las necesidades sociales de las comunidades y compartimos la visión de diversificar la matriz productiva de nuestro país.

Sin embargo, la asignación de cargas debe ser balanceada de tal manera que no se afecte a una industria que apenas está naciendo y que es el pilar fundamental para la Transición Energética.

Las Transferencias del sector eléctrico aplicables hoy a las FNCER ya cumplen con las necesidades descritas; como se diseñaron mediante la Ley 1955 de 2019, estas implican una participación del 57% entre comunidades y gobierno sobre el flujo de caja libre, mientras las empresas cuentan con una participación no superior al 43% mientras asume el 100% del riesgo.

En contexto, la rentabilidad promedio de los proyectos FNCER en el mundo no es mayor al 9% y en mercados emergentes como el colombiano dicha rentabilidad ronda el 9.3%1 . Por lo tanto, mantener la competitividad de las inversiones de estos proyectos frente a otros países y compensar cargas adicionales solo podrán hacerse vía incremento del precio de venta de la energía. En consecuencia, ponemos a su disposición algunos elementos adicionales para aportar a la discusión del artículo 188 del proyecto de Ley del asunto.

Impacto en el costo de la electricidad

Incrementar de golpe la transferencia del 1 al 6% de las ventas brutas de energía como se propone en el Proyecto de Ley, representa un alza media de 9 $/kWh en el precio de venta de los contratos de venta de energía a largo plazo que ofrecen los proyectos a partir de FNCER, en un escenario de transición en el cual la cobertura de la demanda debe ser a partir de contratos a largo plazo FNCER, el alza en las tarifas vista por el usuario debiera ser en esa misma magnitud en el mediano y largo plazo.

Guardando las proporciones, un incremento de 9 $/kWh equivale en eliminar en un 30% los logros del Pacto por la Justicia Tarifaria, este impacto se calcula como la relación entre el incremento en el costo de venta de energía para mantener la viabilidad financiera de los proyectos y la reducción lograda por el Pacto por la Justicia Tarifaria.

Si bien los nuevos proyectos puedan asumir este costo adicional mediante un aumento en el precio de venta de la energía; como fue planteado el artículo en primera ponencia, los proyectos que ya tienen acuerdos de venta de energía se ven altamente perjudicados y ponen en riesgo su viabilidad al asumir esta carga. Muchos de estos proyectos ya han sufrido las consecuencias de las condiciones macroeconómicas adversas, así como del aumento en los costos de la deuda y de las materias primas.

Propuestas

En consecuencia, si bien lo deseable para la industria es no adicionar más cargas e introducir cambios en las reglas de juego, manteniendo lo previsto en el artículo 289 de la Ley 1955 de 2019; en caso de que el Congreso de La República decida avanzar con la propuesta planteada para primer debate, adjunto nos permitimos presentar una contrapropuesta que busca incrementar las transferencias para las comunidades y alcaldías, sin poner en riesgo los proyectos.

Esta propuesta se resume en:

Busca que proyectos que han adquirido compromisos de venta de energía antes de la entrada en vigor de la Ley, puedan recuperar los costos adicionales que se derivan de estas transferencias, en aplicación al principio de recuperación de costos establecido en el artículo 367 de la Constitución Política y los principios de eficiencia y suficiencia financiera establecidos en el artículo 87 de la Ley 142 de 1994, tal como lo ha reafirmado la honorable Corte Constitucional en Sentencia C-186/22

(…) resulta evidentemente desproporcionado y contrario al principio de recuperación de costos previsto en el artículo 367 de la Constitución, impedirle de manera absoluta a las empresas prestadoras del servicio de energía, recuperar los costos en los que incurren para garantizar el servicio. (…)

La gradualidad debería buscar mitigar algo del impacto de triplicar la transferencia, por lo tanto, se propone que dicha gradualidad empiece una vez los proyectos entren en operación y por ende a generar ingresos, no con la promulgación de la Ley. Lo anterior, como un incentivo real a la pronta entrada en operación de los proyectos. Como se planteó puede generarse un incentivo perverso a retrasar la entrada de los proyectos hasta tanto no se alcance el 6%.
Sugerimos que en el articulado se establezca una institucionalidad clara sobre la vigilancia, control, destinación y uso de estos recursos; solo en la medida que se asegure un adecuado uso de estos recursos se cumpliría el objetivo de habilitador social, que es garantizar recursos en beneficio de las comunidades.
Finalmente, ponemos a consideración que dado que el aumento en esta transferencia parte de ser un habilitador social, se sugiere que los acuerdos resultantes de las consultas previas (que buscan el mismo objetivo de habilitación social) sean deducibles de la liquidación y el pago de las plantas afectadas por el nuevo párrafo.

Agradecemos tener en cuenta esta propuesta y los elementos aquí planteados, quedamos atentos a profundizar, de requerirse, cualquier particular. Cordialmente,

La entrada SER Colombia se posiciona frente a dos temas prioritarios del Plan Nacional de Desarrollo se publicó primero en Energía Estratégica.

energiaestrategica.com, Informacion, Información de Mercado

SER Colombia se posiciona frente a dos temas prioritarios del Plan Nacional de Desarrollo

La entidad gremial que reune a las principales empresas de energías renovables de Colombia, SER Colombia, se expidió sobre la presentación del Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2022-2026 -DESCARGAR- y le envió una carta (que lleva la firma de la flamante directora ejecutiva Alexandra Hernández) dirigida a la ministra de Minas y Energía, Irene Velez (ver al pie), para posicionarse sobre este tema.

Allí se posiciona sobre dos temas «de mayor relevancia» para el sector:

1. Transferencias 6% (artículo 207 del PND)

• Como informamos en su momento, pese a las propuestas de archivo y por insistencia del Gobierno Nacional, se aprobó aumentar al 6% la transferencia por generación de energías renovables en algunas regiones.

• El artículo aprobado en primer debate introdujo una gradualidad y precisa las regiones donde aplica.

• Además de insistir en su archivo, desde SER se plantearon propuestas de ajuste bajo lineamientos establecidos por la Junta Directiva. Se adjunta carta a la Ministra Vélez con análisis de impacto y propuestas.

• Así mismo, gestionamos dos proposiciones que quedaron radicadas para ser debatidas en segundo debate:
i. Bajar tarifa e implementación gradual (tema que se había hablado con la Ministra de Minas y Energía),

ii. Las propuestas de la carta relacionadas con base de liquidación y transición para proyectos que ya tengan contratos firmados bajo otras condiciones de transferencia.

• La Ministra Vélez está estudiando las propuestas de la carta adjunta. Rechazó la posibilidad de descontar de la transferencia, los costos de los acuerdos pactados en las consultas previas. Los congresistas que radicaron la proposición de ajuste tampoco aceptaron esta propuesta.

• Estamos coordinando con otros gremios del sector comunicaciones conjuntas.

2. Integración vertical en generación y transmisión para energías renovables

• Presentamos a la Ministra las preocupaciones, en conjunto con los demás gremios del sector.

• La Ministra con firmeza mencionó que la posición del Gobierno Nacional es incentivar que empresas estatales, como Ecopetrol, aceleren la transición energética y de ahí la importancia de aprobar esta medida en el PND.

• Solicitó a los gremios una contrapropuesta. Citaremos la Junta Directiva para recibir lineamientos frente al tema

Carta a la ministra

Estimada Ministra,

Reciba usted y su equipo de trabajo un cordial saludo por tarde de SER Colombia y sus empresas asociadas. Como gremio de las energías renovables y de la transición energética seguimos manifestando nuestro compromiso y disposición en aras de acelerar una Transición Energética Justa.

La transición energética parte de una efectiva transición tecnológica de las fuentes de generación de energía, solo una entrada masiva de proyectos de energías renovables garantizaría lo anunciado por el gobierno Petro en su plan de gobierno: “Hacia una sociedad movida por el sol, el viento y el agua”.

Como es de su conocimiento, el marco de política energética y los acertados incentivos en materia tributaria han despertado un gran interés en el desarrollo de este tipo de proyectos, prueba de ello es que a hoy, el sistema cuenta con más de 13.3 GW en proyectos FNCER (Fuentes No Convencionales de Energías Renovables) con punto de conexión aprobado, de los cuales, cerca de 3 GW tienen compromisos con el sistema; así mismo, se cuenta con nuevas asignaciones de conexión por el orden de 7.5 GW.

Cifras con especial importancia si se tiene en cuenta que la capacidad instalada en Colombia hoy es de cerca de los 18 GW; aún más, si se considera que representan una potencial inversión de entre 14 mil a 21 mil millones de dólares.

Sin embargo, los anunciados nuevos costos (tributos) a la industria de las energías renovables y los ya conocidos impactos de la pasada reforma tributaria generan incertidumbre por el cambio en las reglas de juego en el desarrollo de estos proyectos. Incertidumbre que pone en riesgo no solo las inversiones mismas sino la diversificación de la matriz eléctrica, la reducción de las tarifas y la efectiva transición energética.

Somos conscientes de que el proceso de transición energética se debe hacer con respeto a las comunidades y a los derechos humanos, de lo contrario los proyectos no son sostenibles.

Así mismo, conocemos de primera mano las necesidades sociales de las comunidades y compartimos la visión de diversificar la matriz productiva de nuestro país.

Sin embargo, la asignación de cargas debe ser balanceada de tal manera que no se afecte a una industria que apenas está naciendo y que es el pilar fundamental para la Transición Energética.

Las Transferencias del sector eléctrico aplicables hoy a las FNCER ya cumplen con las necesidades descritas; como se diseñaron mediante la Ley 1955 de 2019, estas implican una participación del 57% entre comunidades y gobierno sobre el flujo de caja libre, mientras las empresas cuentan con una participación no superior al 43% mientras asume el 100% del riesgo.

En contexto, la rentabilidad promedio de los proyectos FNCER en el mundo no es mayor al 9% y en mercados emergentes como el colombiano dicha rentabilidad ronda el 9.3%1 . Por lo tanto, mantener la competitividad de las inversiones de estos proyectos frente a otros países y compensar cargas adicionales solo podrán hacerse vía incremento del precio de venta de la energía. En consecuencia, ponemos a su disposición algunos elementos adicionales para aportar a la discusión del artículo 188 del proyecto de Ley del asunto.

Impacto en el costo de la electricidad

Incrementar de golpe la transferencia del 1 al 6% de las ventas brutas de energía como se propone en el Proyecto de Ley, representa un alza media de 9 $/kWh en el precio de venta de los contratos de venta de energía a largo plazo que ofrecen los proyectos a partir de FNCER, en un escenario de transición en el cual la cobertura de la demanda debe ser a partir de contratos a largo plazo FNCER, el alza en las tarifas vista por el usuario debiera ser en esa misma magnitud en el mediano y largo plazo.

Guardando las proporciones, un incremento de 9 $/kWh equivale en eliminar en un 30% los logros del Pacto por la Justicia Tarifaria, este impacto se calcula como la relación entre el incremento en el costo de venta de energía para mantener la viabilidad financiera de los proyectos y la reducción lograda por el Pacto por la Justicia Tarifaria.

Si bien los nuevos proyectos puedan asumir este costo adicional mediante un aumento en el precio de venta de la energía; como fue planteado el artículo en primera ponencia, los proyectos que ya tienen acuerdos de venta de energía se ven altamente perjudicados y ponen en riesgo su viabilidad al asumir esta carga. Muchos de estos proyectos ya han sufrido las consecuencias de las condiciones macroeconómicas adversas, así como del aumento en los costos de la deuda y de las materias primas.

Propuestas

En consecuencia, si bien lo deseable para la industria es no adicionar más cargas e introducir cambios en las reglas de juego, manteniendo lo previsto en el artículo 289 de la Ley 1955 de 2019; en caso de que el Congreso de La República decida avanzar con la propuesta planteada para primer debate, adjunto nos permitimos presentar una contrapropuesta que busca incrementar las transferencias para las comunidades y alcaldías, sin poner en riesgo los proyectos.

Esta propuesta se resume en:

Busca que proyectos que han adquirido compromisos de venta de energía antes de la entrada en vigor de la Ley, puedan recuperar los costos adicionales que se derivan de estas transferencias, en aplicación al principio de recuperación de costos establecido en el artículo 367 de la Constitución Política y los principios de eficiencia y suficiencia financiera establecidos en el artículo 87 de la Ley 142 de 1994, tal como lo ha reafirmado la honorable Corte Constitucional en Sentencia C-186/22

(…) resulta evidentemente desproporcionado y contrario al principio de recuperación de costos previsto en el artículo 367 de la Constitución, impedirle de manera absoluta a las empresas prestadoras del servicio de energía, recuperar los costos en los que incurren para garantizar el servicio. (…)

La gradualidad debería buscar mitigar algo del impacto de triplicar la transferencia, por lo tanto, se propone que dicha gradualidad empiece una vez los proyectos entren en operación y por ende a generar ingresos, no con la promulgación de la Ley. Lo anterior, como un incentivo real a la pronta entrada en operación de los proyectos. Como se planteó puede generarse un incentivo perverso a retrasar la entrada de los proyectos hasta tanto no se alcance el 6%.
Sugerimos que en el articulado se establezca una institucionalidad clara sobre la vigilancia, control, destinación y uso de estos recursos; solo en la medida que se asegure un adecuado uso de estos recursos se cumpliría el objetivo de habilitador social, que es garantizar recursos en beneficio de las comunidades.
Finalmente, ponemos a consideración que dado que el aumento en esta transferencia parte de ser un habilitador social, se sugiere que los acuerdos resultantes de las consultas previas (que buscan el mismo objetivo de habilitación social) sean deducibles de la liquidación y el pago de las plantas afectadas por el nuevo párrafo.

Agradecemos tener en cuenta esta propuesta y los elementos aquí planteados, quedamos atentos a profundizar, de requerirse, cualquier particular. Cordialmente,

La entrada SER Colombia se posiciona frente a dos temas prioritarios del Plan Nacional de Desarrollo se publicó primero en Energía Estratégica.

energiaestrategica.com, Informacion, Información de Mercado

SER Colombia se posiciona frente a dos temas prioritarios del Plan Nacional de Desarrollo

La entidad gremial que reune a las principales empresas de energías renovables de Colombia, SER Colombia, se expidió sobre la presentación del Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2022-2026 -DESCARGAR- y le envió una carta (que lleva la firma de la flamante directora ejecutiva Alexandra Hernández) dirigida a la ministra de Minas y Energía, Irene Velez (ver al pie), para posicionarse sobre este tema.

Allí se posiciona sobre dos temas «de mayor relevancia» para el sector:

1. Transferencias 6% (artículo 207 del PND)

• Como informamos en su momento, pese a las propuestas de archivo y por insistencia del Gobierno Nacional, se aprobó aumentar al 6% la transferencia por generación de energías renovables en algunas regiones.

• El artículo aprobado en primer debate introdujo una gradualidad y precisa las regiones donde aplica.

• Además de insistir en su archivo, desde SER se plantearon propuestas de ajuste bajo lineamientos establecidos por la Junta Directiva. Se adjunta carta a la Ministra Vélez con análisis de impacto y propuestas.

• Así mismo, gestionamos dos proposiciones que quedaron radicadas para ser debatidas en segundo debate:
i. Bajar tarifa e implementación gradual (tema que se había hablado con la Ministra de Minas y Energía),

ii. Las propuestas de la carta relacionadas con base de liquidación y transición para proyectos que ya tengan contratos firmados bajo otras condiciones de transferencia.

• La Ministra Vélez está estudiando las propuestas de la carta adjunta. Rechazó la posibilidad de descontar de la transferencia, los costos de los acuerdos pactados en las consultas previas. Los congresistas que radicaron la proposición de ajuste tampoco aceptaron esta propuesta.

• Estamos coordinando con otros gremios del sector comunicaciones conjuntas.

2. Integración vertical en generación y transmisión para energías renovables

• Presentamos a la Ministra las preocupaciones, en conjunto con los demás gremios del sector.

• La Ministra con firmeza mencionó que la posición del Gobierno Nacional es incentivar que empresas estatales, como Ecopetrol, aceleren la transición energética y de ahí la importancia de aprobar esta medida en el PND.

• Solicitó a los gremios una contrapropuesta. Citaremos la Junta Directiva para recibir lineamientos frente al tema

Carta a la ministra

Estimada Ministra,

Reciba usted y su equipo de trabajo un cordial saludo por tarde de SER Colombia y sus empresas asociadas. Como gremio de las energías renovables y de la transición energética seguimos manifestando nuestro compromiso y disposición en aras de acelerar una Transición Energética Justa.

La transición energética parte de una efectiva transición tecnológica de las fuentes de generación de energía, solo una entrada masiva de proyectos de energías renovables garantizaría lo anunciado por el gobierno Petro en su plan de gobierno: “Hacia una sociedad movida por el sol, el viento y el agua”.

Como es de su conocimiento, el marco de política energética y los acertados incentivos en materia tributaria han despertado un gran interés en el desarrollo de este tipo de proyectos, prueba de ello es que a hoy, el sistema cuenta con más de 13.3 GW en proyectos FNCER (Fuentes No Convencionales de Energías Renovables) con punto de conexión aprobado, de los cuales, cerca de 3 GW tienen compromisos con el sistema; así mismo, se cuenta con nuevas asignaciones de conexión por el orden de 7.5 GW.

Cifras con especial importancia si se tiene en cuenta que la capacidad instalada en Colombia hoy es de cerca de los 18 GW; aún más, si se considera que representan una potencial inversión de entre 14 mil a 21 mil millones de dólares.

Sin embargo, los anunciados nuevos costos (tributos) a la industria de las energías renovables y los ya conocidos impactos de la pasada reforma tributaria generan incertidumbre por el cambio en las reglas de juego en el desarrollo de estos proyectos. Incertidumbre que pone en riesgo no solo las inversiones mismas sino la diversificación de la matriz eléctrica, la reducción de las tarifas y la efectiva transición energética.

Somos conscientes de que el proceso de transición energética se debe hacer con respeto a las comunidades y a los derechos humanos, de lo contrario los proyectos no son sostenibles.

Así mismo, conocemos de primera mano las necesidades sociales de las comunidades y compartimos la visión de diversificar la matriz productiva de nuestro país.

Sin embargo, la asignación de cargas debe ser balanceada de tal manera que no se afecte a una industria que apenas está naciendo y que es el pilar fundamental para la Transición Energética.

Las Transferencias del sector eléctrico aplicables hoy a las FNCER ya cumplen con las necesidades descritas; como se diseñaron mediante la Ley 1955 de 2019, estas implican una participación del 57% entre comunidades y gobierno sobre el flujo de caja libre, mientras las empresas cuentan con una participación no superior al 43% mientras asume el 100% del riesgo.

En contexto, la rentabilidad promedio de los proyectos FNCER en el mundo no es mayor al 9% y en mercados emergentes como el colombiano dicha rentabilidad ronda el 9.3%1 . Por lo tanto, mantener la competitividad de las inversiones de estos proyectos frente a otros países y compensar cargas adicionales solo podrán hacerse vía incremento del precio de venta de la energía. En consecuencia, ponemos a su disposición algunos elementos adicionales para aportar a la discusión del artículo 188 del proyecto de Ley del asunto.

Impacto en el costo de la electricidad

Incrementar de golpe la transferencia del 1 al 6% de las ventas brutas de energía como se propone en el Proyecto de Ley, representa un alza media de 9 $/kWh en el precio de venta de los contratos de venta de energía a largo plazo que ofrecen los proyectos a partir de FNCER, en un escenario de transición en el cual la cobertura de la demanda debe ser a partir de contratos a largo plazo FNCER, el alza en las tarifas vista por el usuario debiera ser en esa misma magnitud en el mediano y largo plazo.

Guardando las proporciones, un incremento de 9 $/kWh equivale en eliminar en un 30% los logros del Pacto por la Justicia Tarifaria, este impacto se calcula como la relación entre el incremento en el costo de venta de energía para mantener la viabilidad financiera de los proyectos y la reducción lograda por el Pacto por la Justicia Tarifaria.

Si bien los nuevos proyectos puedan asumir este costo adicional mediante un aumento en el precio de venta de la energía; como fue planteado el artículo en primera ponencia, los proyectos que ya tienen acuerdos de venta de energía se ven altamente perjudicados y ponen en riesgo su viabilidad al asumir esta carga. Muchos de estos proyectos ya han sufrido las consecuencias de las condiciones macroeconómicas adversas, así como del aumento en los costos de la deuda y de las materias primas.

Propuestas

En consecuencia, si bien lo deseable para la industria es no adicionar más cargas e introducir cambios en las reglas de juego, manteniendo lo previsto en el artículo 289 de la Ley 1955 de 2019; en caso de que el Congreso de La República decida avanzar con la propuesta planteada para primer debate, adjunto nos permitimos presentar una contrapropuesta que busca incrementar las transferencias para las comunidades y alcaldías, sin poner en riesgo los proyectos.

Esta propuesta se resume en:

Busca que proyectos que han adquirido compromisos de venta de energía antes de la entrada en vigor de la Ley, puedan recuperar los costos adicionales que se derivan de estas transferencias, en aplicación al principio de recuperación de costos establecido en el artículo 367 de la Constitución Política y los principios de eficiencia y suficiencia financiera establecidos en el artículo 87 de la Ley 142 de 1994, tal como lo ha reafirmado la honorable Corte Constitucional en Sentencia C-186/22

(…) resulta evidentemente desproporcionado y contrario al principio de recuperación de costos previsto en el artículo 367 de la Constitución, impedirle de manera absoluta a las empresas prestadoras del servicio de energía, recuperar los costos en los que incurren para garantizar el servicio. (…)

La gradualidad debería buscar mitigar algo del impacto de triplicar la transferencia, por lo tanto, se propone que dicha gradualidad empiece una vez los proyectos entren en operación y por ende a generar ingresos, no con la promulgación de la Ley. Lo anterior, como un incentivo real a la pronta entrada en operación de los proyectos. Como se planteó puede generarse un incentivo perverso a retrasar la entrada de los proyectos hasta tanto no se alcance el 6%.
Sugerimos que en el articulado se establezca una institucionalidad clara sobre la vigilancia, control, destinación y uso de estos recursos; solo en la medida que se asegure un adecuado uso de estos recursos se cumpliría el objetivo de habilitador social, que es garantizar recursos en beneficio de las comunidades.
Finalmente, ponemos a consideración que dado que el aumento en esta transferencia parte de ser un habilitador social, se sugiere que los acuerdos resultantes de las consultas previas (que buscan el mismo objetivo de habilitación social) sean deducibles de la liquidación y el pago de las plantas afectadas por el nuevo párrafo.

Agradecemos tener en cuenta esta propuesta y los elementos aquí planteados, quedamos atentos a profundizar, de requerirse, cualquier particular. Cordialmente,

La entrada SER Colombia se posiciona frente a dos temas prioritarios del Plan Nacional de Desarrollo se publicó primero en Energía Estratégica.

energiaestrategica.com, Informacion, Información de Mercado

SER Colombia se posiciona frente a dos temas prioritarios del Plan Nacional de Desarrollo

La entidad gremial que reune a las principales empresas de energías renovables de Colombia, SER Colombia, se expidió sobre la presentación del Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2022-2026 -DESCARGAR- y le envió una carta (que lleva la firma de la flamante directora ejecutiva Alexandra Hernández) dirigida a la ministra de Minas y Energía, Irene Velez (ver al pie), para posicionarse sobre este tema.

Allí se posiciona sobre dos temas «de mayor relevancia» para el sector:

1. Transferencias 6% (artículo 207 del PND)

• Como informamos en su momento, pese a las propuestas de archivo y por insistencia del Gobierno Nacional, se aprobó aumentar al 6% la transferencia por generación de energías renovables en algunas regiones.

• El artículo aprobado en primer debate introdujo una gradualidad y precisa las regiones donde aplica.

• Además de insistir en su archivo, desde SER se plantearon propuestas de ajuste bajo lineamientos establecidos por la Junta Directiva. Se adjunta carta a la Ministra Vélez con análisis de impacto y propuestas.

• Así mismo, gestionamos dos proposiciones que quedaron radicadas para ser debatidas en segundo debate:
i. Bajar tarifa e implementación gradual (tema que se había hablado con la Ministra de Minas y Energía),

ii. Las propuestas de la carta relacionadas con base de liquidación y transición para proyectos que ya tengan contratos firmados bajo otras condiciones de transferencia.

• La Ministra Vélez está estudiando las propuestas de la carta adjunta. Rechazó la posibilidad de descontar de la transferencia, los costos de los acuerdos pactados en las consultas previas. Los congresistas que radicaron la proposición de ajuste tampoco aceptaron esta propuesta.

• Estamos coordinando con otros gremios del sector comunicaciones conjuntas.

2. Integración vertical en generación y transmisión para energías renovables

• Presentamos a la Ministra las preocupaciones, en conjunto con los demás gremios del sector.

• La Ministra con firmeza mencionó que la posición del Gobierno Nacional es incentivar que empresas estatales, como Ecopetrol, aceleren la transición energética y de ahí la importancia de aprobar esta medida en el PND.

• Solicitó a los gremios una contrapropuesta. Citaremos la Junta Directiva para recibir lineamientos frente al tema

Carta a la ministra

Estimada Ministra,

Reciba usted y su equipo de trabajo un cordial saludo por tarde de SER Colombia y sus empresas asociadas. Como gremio de las energías renovables y de la transición energética seguimos manifestando nuestro compromiso y disposición en aras de acelerar una Transición Energética Justa.

La transición energética parte de una efectiva transición tecnológica de las fuentes de generación de energía, solo una entrada masiva de proyectos de energías renovables garantizaría lo anunciado por el gobierno Petro en su plan de gobierno: “Hacia una sociedad movida por el sol, el viento y el agua”.

Como es de su conocimiento, el marco de política energética y los acertados incentivos en materia tributaria han despertado un gran interés en el desarrollo de este tipo de proyectos, prueba de ello es que a hoy, el sistema cuenta con más de 13.3 GW en proyectos FNCER (Fuentes No Convencionales de Energías Renovables) con punto de conexión aprobado, de los cuales, cerca de 3 GW tienen compromisos con el sistema; así mismo, se cuenta con nuevas asignaciones de conexión por el orden de 7.5 GW.

Cifras con especial importancia si se tiene en cuenta que la capacidad instalada en Colombia hoy es de cerca de los 18 GW; aún más, si se considera que representan una potencial inversión de entre 14 mil a 21 mil millones de dólares.

Sin embargo, los anunciados nuevos costos (tributos) a la industria de las energías renovables y los ya conocidos impactos de la pasada reforma tributaria generan incertidumbre por el cambio en las reglas de juego en el desarrollo de estos proyectos. Incertidumbre que pone en riesgo no solo las inversiones mismas sino la diversificación de la matriz eléctrica, la reducción de las tarifas y la efectiva transición energética.

Somos conscientes de que el proceso de transición energética se debe hacer con respeto a las comunidades y a los derechos humanos, de lo contrario los proyectos no son sostenibles.

Así mismo, conocemos de primera mano las necesidades sociales de las comunidades y compartimos la visión de diversificar la matriz productiva de nuestro país.

Sin embargo, la asignación de cargas debe ser balanceada de tal manera que no se afecte a una industria que apenas está naciendo y que es el pilar fundamental para la Transición Energética.

Las Transferencias del sector eléctrico aplicables hoy a las FNCER ya cumplen con las necesidades descritas; como se diseñaron mediante la Ley 1955 de 2019, estas implican una participación del 57% entre comunidades y gobierno sobre el flujo de caja libre, mientras las empresas cuentan con una participación no superior al 43% mientras asume el 100% del riesgo.

En contexto, la rentabilidad promedio de los proyectos FNCER en el mundo no es mayor al 9% y en mercados emergentes como el colombiano dicha rentabilidad ronda el 9.3%1 . Por lo tanto, mantener la competitividad de las inversiones de estos proyectos frente a otros países y compensar cargas adicionales solo podrán hacerse vía incremento del precio de venta de la energía. En consecuencia, ponemos a su disposición algunos elementos adicionales para aportar a la discusión del artículo 188 del proyecto de Ley del asunto.

Impacto en el costo de la electricidad

Incrementar de golpe la transferencia del 1 al 6% de las ventas brutas de energía como se propone en el Proyecto de Ley, representa un alza media de 9 $/kWh en el precio de venta de los contratos de venta de energía a largo plazo que ofrecen los proyectos a partir de FNCER, en un escenario de transición en el cual la cobertura de la demanda debe ser a partir de contratos a largo plazo FNCER, el alza en las tarifas vista por el usuario debiera ser en esa misma magnitud en el mediano y largo plazo.

Guardando las proporciones, un incremento de 9 $/kWh equivale en eliminar en un 30% los logros del Pacto por la Justicia Tarifaria, este impacto se calcula como la relación entre el incremento en el costo de venta de energía para mantener la viabilidad financiera de los proyectos y la reducción lograda por el Pacto por la Justicia Tarifaria.

Si bien los nuevos proyectos puedan asumir este costo adicional mediante un aumento en el precio de venta de la energía; como fue planteado el artículo en primera ponencia, los proyectos que ya tienen acuerdos de venta de energía se ven altamente perjudicados y ponen en riesgo su viabilidad al asumir esta carga. Muchos de estos proyectos ya han sufrido las consecuencias de las condiciones macroeconómicas adversas, así como del aumento en los costos de la deuda y de las materias primas.

Propuestas

En consecuencia, si bien lo deseable para la industria es no adicionar más cargas e introducir cambios en las reglas de juego, manteniendo lo previsto en el artículo 289 de la Ley 1955 de 2019; en caso de que el Congreso de La República decida avanzar con la propuesta planteada para primer debate, adjunto nos permitimos presentar una contrapropuesta que busca incrementar las transferencias para las comunidades y alcaldías, sin poner en riesgo los proyectos.

Esta propuesta se resume en:

Busca que proyectos que han adquirido compromisos de venta de energía antes de la entrada en vigor de la Ley, puedan recuperar los costos adicionales que se derivan de estas transferencias, en aplicación al principio de recuperación de costos establecido en el artículo 367 de la Constitución Política y los principios de eficiencia y suficiencia financiera establecidos en el artículo 87 de la Ley 142 de 1994, tal como lo ha reafirmado la honorable Corte Constitucional en Sentencia C-186/22

(…) resulta evidentemente desproporcionado y contrario al principio de recuperación de costos previsto en el artículo 367 de la Constitución, impedirle de manera absoluta a las empresas prestadoras del servicio de energía, recuperar los costos en los que incurren para garantizar el servicio. (…)

La gradualidad debería buscar mitigar algo del impacto de triplicar la transferencia, por lo tanto, se propone que dicha gradualidad empiece una vez los proyectos entren en operación y por ende a generar ingresos, no con la promulgación de la Ley. Lo anterior, como un incentivo real a la pronta entrada en operación de los proyectos. Como se planteó puede generarse un incentivo perverso a retrasar la entrada de los proyectos hasta tanto no se alcance el 6%.
Sugerimos que en el articulado se establezca una institucionalidad clara sobre la vigilancia, control, destinación y uso de estos recursos; solo en la medida que se asegure un adecuado uso de estos recursos se cumpliría el objetivo de habilitador social, que es garantizar recursos en beneficio de las comunidades.
Finalmente, ponemos a consideración que dado que el aumento en esta transferencia parte de ser un habilitador social, se sugiere que los acuerdos resultantes de las consultas previas (que buscan el mismo objetivo de habilitación social) sean deducibles de la liquidación y el pago de las plantas afectadas por el nuevo párrafo.

Agradecemos tener en cuenta esta propuesta y los elementos aquí planteados, quedamos atentos a profundizar, de requerirse, cualquier particular. Cordialmente,

La entrada SER Colombia se posiciona frente a dos temas prioritarios del Plan Nacional de Desarrollo se publicó primero en Energía Estratégica.

energiaestrategica.com, Informacion, Información de Mercado

SER Colombia se posiciona frente a dos temas prioritarios del Plan Nacional de Desarrollo

La entidad gremial que reune a las principales empresas de energías renovables de Colombia, SER Colombia, se expidió sobre la presentación del Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2022-2026 -DESCARGAR- y le envió una carta (que lleva la firma de la flamante directora ejecutiva Alexandra Hernández) dirigida a la ministra de Minas y Energía, Irene Velez (ver al pie), para posicionarse sobre este tema.

Allí se posiciona sobre dos temas «de mayor relevancia» para el sector:

1. Transferencias 6% (artículo 207 del PND)

• Como informamos en su momento, pese a las propuestas de archivo y por insistencia del Gobierno Nacional, se aprobó aumentar al 6% la transferencia por generación de energías renovables en algunas regiones.

• El artículo aprobado en primer debate introdujo una gradualidad y precisa las regiones donde aplica.

• Además de insistir en su archivo, desde SER se plantearon propuestas de ajuste bajo lineamientos establecidos por la Junta Directiva. Se adjunta carta a la Ministra Vélez con análisis de impacto y propuestas.

• Así mismo, gestionamos dos proposiciones que quedaron radicadas para ser debatidas en segundo debate:
i. Bajar tarifa e implementación gradual (tema que se había hablado con la Ministra de Minas y Energía),

ii. Las propuestas de la carta relacionadas con base de liquidación y transición para proyectos que ya tengan contratos firmados bajo otras condiciones de transferencia.

• La Ministra Vélez está estudiando las propuestas de la carta adjunta. Rechazó la posibilidad de descontar de la transferencia, los costos de los acuerdos pactados en las consultas previas. Los congresistas que radicaron la proposición de ajuste tampoco aceptaron esta propuesta.

• Estamos coordinando con otros gremios del sector comunicaciones conjuntas.

2. Integración vertical en generación y transmisión para energías renovables

• Presentamos a la Ministra las preocupaciones, en conjunto con los demás gremios del sector.

• La Ministra con firmeza mencionó que la posición del Gobierno Nacional es incentivar que empresas estatales, como Ecopetrol, aceleren la transición energética y de ahí la importancia de aprobar esta medida en el PND.

• Solicitó a los gremios una contrapropuesta. Citaremos la Junta Directiva para recibir lineamientos frente al tema

Carta a la ministra

Estimada Ministra,

Reciba usted y su equipo de trabajo un cordial saludo por tarde de SER Colombia y sus empresas asociadas. Como gremio de las energías renovables y de la transición energética seguimos manifestando nuestro compromiso y disposición en aras de acelerar una Transición Energética Justa.

La transición energética parte de una efectiva transición tecnológica de las fuentes de generación de energía, solo una entrada masiva de proyectos de energías renovables garantizaría lo anunciado por el gobierno Petro en su plan de gobierno: “Hacia una sociedad movida por el sol, el viento y el agua”.

Como es de su conocimiento, el marco de política energética y los acertados incentivos en materia tributaria han despertado un gran interés en el desarrollo de este tipo de proyectos, prueba de ello es que a hoy, el sistema cuenta con más de 13.3 GW en proyectos FNCER (Fuentes No Convencionales de Energías Renovables) con punto de conexión aprobado, de los cuales, cerca de 3 GW tienen compromisos con el sistema; así mismo, se cuenta con nuevas asignaciones de conexión por el orden de 7.5 GW.

Cifras con especial importancia si se tiene en cuenta que la capacidad instalada en Colombia hoy es de cerca de los 18 GW; aún más, si se considera que representan una potencial inversión de entre 14 mil a 21 mil millones de dólares.

Sin embargo, los anunciados nuevos costos (tributos) a la industria de las energías renovables y los ya conocidos impactos de la pasada reforma tributaria generan incertidumbre por el cambio en las reglas de juego en el desarrollo de estos proyectos. Incertidumbre que pone en riesgo no solo las inversiones mismas sino la diversificación de la matriz eléctrica, la reducción de las tarifas y la efectiva transición energética.

Somos conscientes de que el proceso de transición energética se debe hacer con respeto a las comunidades y a los derechos humanos, de lo contrario los proyectos no son sostenibles.

Así mismo, conocemos de primera mano las necesidades sociales de las comunidades y compartimos la visión de diversificar la matriz productiva de nuestro país.

Sin embargo, la asignación de cargas debe ser balanceada de tal manera que no se afecte a una industria que apenas está naciendo y que es el pilar fundamental para la Transición Energética.

Las Transferencias del sector eléctrico aplicables hoy a las FNCER ya cumplen con las necesidades descritas; como se diseñaron mediante la Ley 1955 de 2019, estas implican una participación del 57% entre comunidades y gobierno sobre el flujo de caja libre, mientras las empresas cuentan con una participación no superior al 43% mientras asume el 100% del riesgo.

En contexto, la rentabilidad promedio de los proyectos FNCER en el mundo no es mayor al 9% y en mercados emergentes como el colombiano dicha rentabilidad ronda el 9.3%1 . Por lo tanto, mantener la competitividad de las inversiones de estos proyectos frente a otros países y compensar cargas adicionales solo podrán hacerse vía incremento del precio de venta de la energía. En consecuencia, ponemos a su disposición algunos elementos adicionales para aportar a la discusión del artículo 188 del proyecto de Ley del asunto.

Impacto en el costo de la electricidad

Incrementar de golpe la transferencia del 1 al 6% de las ventas brutas de energía como se propone en el Proyecto de Ley, representa un alza media de 9 $/kWh en el precio de venta de los contratos de venta de energía a largo plazo que ofrecen los proyectos a partir de FNCER, en un escenario de transición en el cual la cobertura de la demanda debe ser a partir de contratos a largo plazo FNCER, el alza en las tarifas vista por el usuario debiera ser en esa misma magnitud en el mediano y largo plazo.

Guardando las proporciones, un incremento de 9 $/kWh equivale en eliminar en un 30% los logros del Pacto por la Justicia Tarifaria, este impacto se calcula como la relación entre el incremento en el costo de venta de energía para mantener la viabilidad financiera de los proyectos y la reducción lograda por el Pacto por la Justicia Tarifaria.

Si bien los nuevos proyectos puedan asumir este costo adicional mediante un aumento en el precio de venta de la energía; como fue planteado el artículo en primera ponencia, los proyectos que ya tienen acuerdos de venta de energía se ven altamente perjudicados y ponen en riesgo su viabilidad al asumir esta carga. Muchos de estos proyectos ya han sufrido las consecuencias de las condiciones macroeconómicas adversas, así como del aumento en los costos de la deuda y de las materias primas.

Propuestas

En consecuencia, si bien lo deseable para la industria es no adicionar más cargas e introducir cambios en las reglas de juego, manteniendo lo previsto en el artículo 289 de la Ley 1955 de 2019; en caso de que el Congreso de La República decida avanzar con la propuesta planteada para primer debate, adjunto nos permitimos presentar una contrapropuesta que busca incrementar las transferencias para las comunidades y alcaldías, sin poner en riesgo los proyectos.

Esta propuesta se resume en:

Busca que proyectos que han adquirido compromisos de venta de energía antes de la entrada en vigor de la Ley, puedan recuperar los costos adicionales que se derivan de estas transferencias, en aplicación al principio de recuperación de costos establecido en el artículo 367 de la Constitución Política y los principios de eficiencia y suficiencia financiera establecidos en el artículo 87 de la Ley 142 de 1994, tal como lo ha reafirmado la honorable Corte Constitucional en Sentencia C-186/22

(…) resulta evidentemente desproporcionado y contrario al principio de recuperación de costos previsto en el artículo 367 de la Constitución, impedirle de manera absoluta a las empresas prestadoras del servicio de energía, recuperar los costos en los que incurren para garantizar el servicio. (…)

La gradualidad debería buscar mitigar algo del impacto de triplicar la transferencia, por lo tanto, se propone que dicha gradualidad empiece una vez los proyectos entren en operación y por ende a generar ingresos, no con la promulgación de la Ley. Lo anterior, como un incentivo real a la pronta entrada en operación de los proyectos. Como se planteó puede generarse un incentivo perverso a retrasar la entrada de los proyectos hasta tanto no se alcance el 6%.
Sugerimos que en el articulado se establezca una institucionalidad clara sobre la vigilancia, control, destinación y uso de estos recursos; solo en la medida que se asegure un adecuado uso de estos recursos se cumpliría el objetivo de habilitador social, que es garantizar recursos en beneficio de las comunidades.
Finalmente, ponemos a consideración que dado que el aumento en esta transferencia parte de ser un habilitador social, se sugiere que los acuerdos resultantes de las consultas previas (que buscan el mismo objetivo de habilitación social) sean deducibles de la liquidación y el pago de las plantas afectadas por el nuevo párrafo.

Agradecemos tener en cuenta esta propuesta y los elementos aquí planteados, quedamos atentos a profundizar, de requerirse, cualquier particular. Cordialmente,

La entrada SER Colombia se posiciona frente a dos temas prioritarios del Plan Nacional de Desarrollo se publicó primero en Energía Estratégica.

energiaestrategica.com, Informacion, Información de Mercado

SER Colombia se posiciona frente a dos temas prioritarios del Plan Nacional de Desarrollo

La entidad gremial que reune a las principales empresas de energías renovables de Colombia, SER Colombia, se expidió sobre la presentación del Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2022-2026 -DESCARGAR- y le envió una carta (que lleva la firma de la flamante directora ejecutiva Alexandra Hernández) dirigida a la ministra de Minas y Energía, Irene Velez (ver al pie), para posicionarse sobre este tema.

Allí se posiciona sobre dos temas «de mayor relevancia» para el sector:

1. Transferencias 6% (artículo 207 del PND)

• Como informamos en su momento, pese a las propuestas de archivo y por insistencia del Gobierno Nacional, se aprobó aumentar al 6% la transferencia por generación de energías renovables en algunas regiones.

• El artículo aprobado en primer debate introdujo una gradualidad y precisa las regiones donde aplica.

• Además de insistir en su archivo, desde SER se plantearon propuestas de ajuste bajo lineamientos establecidos por la Junta Directiva. Se adjunta carta a la Ministra Vélez con análisis de impacto y propuestas.

• Así mismo, gestionamos dos proposiciones que quedaron radicadas para ser debatidas en segundo debate:
i. Bajar tarifa e implementación gradual (tema que se había hablado con la Ministra de Minas y Energía),

ii. Las propuestas de la carta relacionadas con base de liquidación y transición para proyectos que ya tengan contratos firmados bajo otras condiciones de transferencia.

• La Ministra Vélez está estudiando las propuestas de la carta adjunta. Rechazó la posibilidad de descontar de la transferencia, los costos de los acuerdos pactados en las consultas previas. Los congresistas que radicaron la proposición de ajuste tampoco aceptaron esta propuesta.

• Estamos coordinando con otros gremios del sector comunicaciones conjuntas.

2. Integración vertical en generación y transmisión para energías renovables

• Presentamos a la Ministra las preocupaciones, en conjunto con los demás gremios del sector.

• La Ministra con firmeza mencionó que la posición del Gobierno Nacional es incentivar que empresas estatales, como Ecopetrol, aceleren la transición energética y de ahí la importancia de aprobar esta medida en el PND.

• Solicitó a los gremios una contrapropuesta. Citaremos la Junta Directiva para recibir lineamientos frente al tema

Carta a la ministra

Estimada Ministra,

Reciba usted y su equipo de trabajo un cordial saludo por tarde de SER Colombia y sus empresas asociadas. Como gremio de las energías renovables y de la transición energética seguimos manifestando nuestro compromiso y disposición en aras de acelerar una Transición Energética Justa.

La transición energética parte de una efectiva transición tecnológica de las fuentes de generación de energía, solo una entrada masiva de proyectos de energías renovables garantizaría lo anunciado por el gobierno Petro en su plan de gobierno: “Hacia una sociedad movida por el sol, el viento y el agua”.

Como es de su conocimiento, el marco de política energética y los acertados incentivos en materia tributaria han despertado un gran interés en el desarrollo de este tipo de proyectos, prueba de ello es que a hoy, el sistema cuenta con más de 13.3 GW en proyectos FNCER (Fuentes No Convencionales de Energías Renovables) con punto de conexión aprobado, de los cuales, cerca de 3 GW tienen compromisos con el sistema; así mismo, se cuenta con nuevas asignaciones de conexión por el orden de 7.5 GW.

Cifras con especial importancia si se tiene en cuenta que la capacidad instalada en Colombia hoy es de cerca de los 18 GW; aún más, si se considera que representan una potencial inversión de entre 14 mil a 21 mil millones de dólares.

Sin embargo, los anunciados nuevos costos (tributos) a la industria de las energías renovables y los ya conocidos impactos de la pasada reforma tributaria generan incertidumbre por el cambio en las reglas de juego en el desarrollo de estos proyectos. Incertidumbre que pone en riesgo no solo las inversiones mismas sino la diversificación de la matriz eléctrica, la reducción de las tarifas y la efectiva transición energética.

Somos conscientes de que el proceso de transición energética se debe hacer con respeto a las comunidades y a los derechos humanos, de lo contrario los proyectos no son sostenibles.

Así mismo, conocemos de primera mano las necesidades sociales de las comunidades y compartimos la visión de diversificar la matriz productiva de nuestro país.

Sin embargo, la asignación de cargas debe ser balanceada de tal manera que no se afecte a una industria que apenas está naciendo y que es el pilar fundamental para la Transición Energética.

Las Transferencias del sector eléctrico aplicables hoy a las FNCER ya cumplen con las necesidades descritas; como se diseñaron mediante la Ley 1955 de 2019, estas implican una participación del 57% entre comunidades y gobierno sobre el flujo de caja libre, mientras las empresas cuentan con una participación no superior al 43% mientras asume el 100% del riesgo.

En contexto, la rentabilidad promedio de los proyectos FNCER en el mundo no es mayor al 9% y en mercados emergentes como el colombiano dicha rentabilidad ronda el 9.3%1 . Por lo tanto, mantener la competitividad de las inversiones de estos proyectos frente a otros países y compensar cargas adicionales solo podrán hacerse vía incremento del precio de venta de la energía. En consecuencia, ponemos a su disposición algunos elementos adicionales para aportar a la discusión del artículo 188 del proyecto de Ley del asunto.

Impacto en el costo de la electricidad

Incrementar de golpe la transferencia del 1 al 6% de las ventas brutas de energía como se propone en el Proyecto de Ley, representa un alza media de 9 $/kWh en el precio de venta de los contratos de venta de energía a largo plazo que ofrecen los proyectos a partir de FNCER, en un escenario de transición en el cual la cobertura de la demanda debe ser a partir de contratos a largo plazo FNCER, el alza en las tarifas vista por el usuario debiera ser en esa misma magnitud en el mediano y largo plazo.

Guardando las proporciones, un incremento de 9 $/kWh equivale en eliminar en un 30% los logros del Pacto por la Justicia Tarifaria, este impacto se calcula como la relación entre el incremento en el costo de venta de energía para mantener la viabilidad financiera de los proyectos y la reducción lograda por el Pacto por la Justicia Tarifaria.

Si bien los nuevos proyectos puedan asumir este costo adicional mediante un aumento en el precio de venta de la energía; como fue planteado el artículo en primera ponencia, los proyectos que ya tienen acuerdos de venta de energía se ven altamente perjudicados y ponen en riesgo su viabilidad al asumir esta carga. Muchos de estos proyectos ya han sufrido las consecuencias de las condiciones macroeconómicas adversas, así como del aumento en los costos de la deuda y de las materias primas.

Propuestas

En consecuencia, si bien lo deseable para la industria es no adicionar más cargas e introducir cambios en las reglas de juego, manteniendo lo previsto en el artículo 289 de la Ley 1955 de 2019; en caso de que el Congreso de La República decida avanzar con la propuesta planteada para primer debate, adjunto nos permitimos presentar una contrapropuesta que busca incrementar las transferencias para las comunidades y alcaldías, sin poner en riesgo los proyectos.

Esta propuesta se resume en:

Busca que proyectos que han adquirido compromisos de venta de energía antes de la entrada en vigor de la Ley, puedan recuperar los costos adicionales que se derivan de estas transferencias, en aplicación al principio de recuperación de costos establecido en el artículo 367 de la Constitución Política y los principios de eficiencia y suficiencia financiera establecidos en el artículo 87 de la Ley 142 de 1994, tal como lo ha reafirmado la honorable Corte Constitucional en Sentencia C-186/22

(…) resulta evidentemente desproporcionado y contrario al principio de recuperación de costos previsto en el artículo 367 de la Constitución, impedirle de manera absoluta a las empresas prestadoras del servicio de energía, recuperar los costos en los que incurren para garantizar el servicio. (…)

La gradualidad debería buscar mitigar algo del impacto de triplicar la transferencia, por lo tanto, se propone que dicha gradualidad empiece una vez los proyectos entren en operación y por ende a generar ingresos, no con la promulgación de la Ley. Lo anterior, como un incentivo real a la pronta entrada en operación de los proyectos. Como se planteó puede generarse un incentivo perverso a retrasar la entrada de los proyectos hasta tanto no se alcance el 6%.
Sugerimos que en el articulado se establezca una institucionalidad clara sobre la vigilancia, control, destinación y uso de estos recursos; solo en la medida que se asegure un adecuado uso de estos recursos se cumpliría el objetivo de habilitador social, que es garantizar recursos en beneficio de las comunidades.
Finalmente, ponemos a consideración que dado que el aumento en esta transferencia parte de ser un habilitador social, se sugiere que los acuerdos resultantes de las consultas previas (que buscan el mismo objetivo de habilitación social) sean deducibles de la liquidación y el pago de las plantas afectadas por el nuevo párrafo.

Agradecemos tener en cuenta esta propuesta y los elementos aquí planteados, quedamos atentos a profundizar, de requerirse, cualquier particular. Cordialmente,

La entrada SER Colombia se posiciona frente a dos temas prioritarios del Plan Nacional de Desarrollo se publicó primero en Energía Estratégica.

energiaestrategica.com, Informacion, Información de Mercado

SER Colombia se posiciona frente a dos temas prioritarios del Plan Nacional de Desarrollo

La entidad gremial que reune a las principales empresas de energías renovables de Colombia, SER Colombia, se expidió sobre la presentación del Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2022-2026 -DESCARGAR- y le envió una carta (que lleva la firma de la flamante directora ejecutiva Alexandra Hernández) dirigida a la ministra de Minas y Energía, Irene Velez (ver al pie), para posicionarse sobre este tema.

Allí se posiciona sobre dos temas «de mayor relevancia» para el sector:

1. Transferencias 6% (artículo 207 del PND)

• Como informamos en su momento, pese a las propuestas de archivo y por insistencia del Gobierno Nacional, se aprobó aumentar al 6% la transferencia por generación de energías renovables en algunas regiones.

• El artículo aprobado en primer debate introdujo una gradualidad y precisa las regiones donde aplica.

• Además de insistir en su archivo, desde SER se plantearon propuestas de ajuste bajo lineamientos establecidos por la Junta Directiva. Se adjunta carta a la Ministra Vélez con análisis de impacto y propuestas.

• Así mismo, gestionamos dos proposiciones que quedaron radicadas para ser debatidas en segundo debate:
i. Bajar tarifa e implementación gradual (tema que se había hablado con la Ministra de Minas y Energía),

ii. Las propuestas de la carta relacionadas con base de liquidación y transición para proyectos que ya tengan contratos firmados bajo otras condiciones de transferencia.

• La Ministra Vélez está estudiando las propuestas de la carta adjunta. Rechazó la posibilidad de descontar de la transferencia, los costos de los acuerdos pactados en las consultas previas. Los congresistas que radicaron la proposición de ajuste tampoco aceptaron esta propuesta.

• Estamos coordinando con otros gremios del sector comunicaciones conjuntas.

2. Integración vertical en generación y transmisión para energías renovables

• Presentamos a la Ministra las preocupaciones, en conjunto con los demás gremios del sector.

• La Ministra con firmeza mencionó que la posición del Gobierno Nacional es incentivar que empresas estatales, como Ecopetrol, aceleren la transición energética y de ahí la importancia de aprobar esta medida en el PND.

• Solicitó a los gremios una contrapropuesta. Citaremos la Junta Directiva para recibir lineamientos frente al tema

Carta a la ministra

Estimada Ministra,

Reciba usted y su equipo de trabajo un cordial saludo por tarde de SER Colombia y sus empresas asociadas. Como gremio de las energías renovables y de la transición energética seguimos manifestando nuestro compromiso y disposición en aras de acelerar una Transición Energética Justa.

La transición energética parte de una efectiva transición tecnológica de las fuentes de generación de energía, solo una entrada masiva de proyectos de energías renovables garantizaría lo anunciado por el gobierno Petro en su plan de gobierno: “Hacia una sociedad movida por el sol, el viento y el agua”.

Como es de su conocimiento, el marco de política energética y los acertados incentivos en materia tributaria han despertado un gran interés en el desarrollo de este tipo de proyectos, prueba de ello es que a hoy, el sistema cuenta con más de 13.3 GW en proyectos FNCER (Fuentes No Convencionales de Energías Renovables) con punto de conexión aprobado, de los cuales, cerca de 3 GW tienen compromisos con el sistema; así mismo, se cuenta con nuevas asignaciones de conexión por el orden de 7.5 GW.

Cifras con especial importancia si se tiene en cuenta que la capacidad instalada en Colombia hoy es de cerca de los 18 GW; aún más, si se considera que representan una potencial inversión de entre 14 mil a 21 mil millones de dólares.

Sin embargo, los anunciados nuevos costos (tributos) a la industria de las energías renovables y los ya conocidos impactos de la pasada reforma tributaria generan incertidumbre por el cambio en las reglas de juego en el desarrollo de estos proyectos. Incertidumbre que pone en riesgo no solo las inversiones mismas sino la diversificación de la matriz eléctrica, la reducción de las tarifas y la efectiva transición energética.

Somos conscientes de que el proceso de transición energética se debe hacer con respeto a las comunidades y a los derechos humanos, de lo contrario los proyectos no son sostenibles.

Así mismo, conocemos de primera mano las necesidades sociales de las comunidades y compartimos la visión de diversificar la matriz productiva de nuestro país.

Sin embargo, la asignación de cargas debe ser balanceada de tal manera que no se afecte a una industria que apenas está naciendo y que es el pilar fundamental para la Transición Energética.

Las Transferencias del sector eléctrico aplicables hoy a las FNCER ya cumplen con las necesidades descritas; como se diseñaron mediante la Ley 1955 de 2019, estas implican una participación del 57% entre comunidades y gobierno sobre el flujo de caja libre, mientras las empresas cuentan con una participación no superior al 43% mientras asume el 100% del riesgo.

En contexto, la rentabilidad promedio de los proyectos FNCER en el mundo no es mayor al 9% y en mercados emergentes como el colombiano dicha rentabilidad ronda el 9.3%1 . Por lo tanto, mantener la competitividad de las inversiones de estos proyectos frente a otros países y compensar cargas adicionales solo podrán hacerse vía incremento del precio de venta de la energía. En consecuencia, ponemos a su disposición algunos elementos adicionales para aportar a la discusión del artículo 188 del proyecto de Ley del asunto.

Impacto en el costo de la electricidad

Incrementar de golpe la transferencia del 1 al 6% de las ventas brutas de energía como se propone en el Proyecto de Ley, representa un alza media de 9 $/kWh en el precio de venta de los contratos de venta de energía a largo plazo que ofrecen los proyectos a partir de FNCER, en un escenario de transición en el cual la cobertura de la demanda debe ser a partir de contratos a largo plazo FNCER, el alza en las tarifas vista por el usuario debiera ser en esa misma magnitud en el mediano y largo plazo.

Guardando las proporciones, un incremento de 9 $/kWh equivale en eliminar en un 30% los logros del Pacto por la Justicia Tarifaria, este impacto se calcula como la relación entre el incremento en el costo de venta de energía para mantener la viabilidad financiera de los proyectos y la reducción lograda por el Pacto por la Justicia Tarifaria.

Si bien los nuevos proyectos puedan asumir este costo adicional mediante un aumento en el precio de venta de la energía; como fue planteado el artículo en primera ponencia, los proyectos que ya tienen acuerdos de venta de energía se ven altamente perjudicados y ponen en riesgo su viabilidad al asumir esta carga. Muchos de estos proyectos ya han sufrido las consecuencias de las condiciones macroeconómicas adversas, así como del aumento en los costos de la deuda y de las materias primas.

Propuestas

En consecuencia, si bien lo deseable para la industria es no adicionar más cargas e introducir cambios en las reglas de juego, manteniendo lo previsto en el artículo 289 de la Ley 1955 de 2019; en caso de que el Congreso de La República decida avanzar con la propuesta planteada para primer debate, adjunto nos permitimos presentar una contrapropuesta que busca incrementar las transferencias para las comunidades y alcaldías, sin poner en riesgo los proyectos.

Esta propuesta se resume en:

Busca que proyectos que han adquirido compromisos de venta de energía antes de la entrada en vigor de la Ley, puedan recuperar los costos adicionales que se derivan de estas transferencias, en aplicación al principio de recuperación de costos establecido en el artículo 367 de la Constitución Política y los principios de eficiencia y suficiencia financiera establecidos en el artículo 87 de la Ley 142 de 1994, tal como lo ha reafirmado la honorable Corte Constitucional en Sentencia C-186/22

(…) resulta evidentemente desproporcionado y contrario al principio de recuperación de costos previsto en el artículo 367 de la Constitución, impedirle de manera absoluta a las empresas prestadoras del servicio de energía, recuperar los costos en los que incurren para garantizar el servicio. (…)

La gradualidad debería buscar mitigar algo del impacto de triplicar la transferencia, por lo tanto, se propone que dicha gradualidad empiece una vez los proyectos entren en operación y por ende a generar ingresos, no con la promulgación de la Ley. Lo anterior, como un incentivo real a la pronta entrada en operación de los proyectos. Como se planteó puede generarse un incentivo perverso a retrasar la entrada de los proyectos hasta tanto no se alcance el 6%.
Sugerimos que en el articulado se establezca una institucionalidad clara sobre la vigilancia, control, destinación y uso de estos recursos; solo en la medida que se asegure un adecuado uso de estos recursos se cumpliría el objetivo de habilitador social, que es garantizar recursos en beneficio de las comunidades.
Finalmente, ponemos a consideración que dado que el aumento en esta transferencia parte de ser un habilitador social, se sugiere que los acuerdos resultantes de las consultas previas (que buscan el mismo objetivo de habilitación social) sean deducibles de la liquidación y el pago de las plantas afectadas por el nuevo párrafo.

Agradecemos tener en cuenta esta propuesta y los elementos aquí planteados, quedamos atentos a profundizar, de requerirse, cualquier particular. Cordialmente,

La entrada SER Colombia se posiciona frente a dos temas prioritarios del Plan Nacional de Desarrollo se publicó primero en Energía Estratégica.

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SER Colombia se posiciona frente a dos temas prioritarios del Plan Nacional de Desarrollo

La entidad gremial que reune a las principales empresas de energías renovables de Colombia, SER Colombia, se expidió sobre la presentación del Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2022-2026 -DESCARGAR- y le envió una carta (que lleva la firma de la flamante directora ejecutiva Alexandra Hernández) dirigida a la ministra de Minas y Energía, Irene Velez (ver al pie), para posicionarse sobre este tema.

Allí se posiciona sobre dos temas «de mayor relevancia» para el sector:

1. Transferencias 6% (artículo 207 del PND)

• Como informamos en su momento, pese a las propuestas de archivo y por insistencia del Gobierno Nacional, se aprobó aumentar al 6% la transferencia por generación de energías renovables en algunas regiones.

• El artículo aprobado en primer debate introdujo una gradualidad y precisa las regiones donde aplica.

• Además de insistir en su archivo, desde SER se plantearon propuestas de ajuste bajo lineamientos establecidos por la Junta Directiva. Se adjunta carta a la Ministra Vélez con análisis de impacto y propuestas.

• Así mismo, gestionamos dos proposiciones que quedaron radicadas para ser debatidas en segundo debate:
i. Bajar tarifa e implementación gradual (tema que se había hablado con la Ministra de Minas y Energía),

ii. Las propuestas de la carta relacionadas con base de liquidación y transición para proyectos que ya tengan contratos firmados bajo otras condiciones de transferencia.

• La Ministra Vélez está estudiando las propuestas de la carta adjunta. Rechazó la posibilidad de descontar de la transferencia, los costos de los acuerdos pactados en las consultas previas. Los congresistas que radicaron la proposición de ajuste tampoco aceptaron esta propuesta.

• Estamos coordinando con otros gremios del sector comunicaciones conjuntas.

2. Integración vertical en generación y transmisión para energías renovables

• Presentamos a la Ministra las preocupaciones, en conjunto con los demás gremios del sector.

• La Ministra con firmeza mencionó que la posición del Gobierno Nacional es incentivar que empresas estatales, como Ecopetrol, aceleren la transición energética y de ahí la importancia de aprobar esta medida en el PND.

• Solicitó a los gremios una contrapropuesta. Citaremos la Junta Directiva para recibir lineamientos frente al tema

Carta a la ministra

Estimada Ministra,

Reciba usted y su equipo de trabajo un cordial saludo por tarde de SER Colombia y sus empresas asociadas. Como gremio de las energías renovables y de la transición energética seguimos manifestando nuestro compromiso y disposición en aras de acelerar una Transición Energética Justa.

La transición energética parte de una efectiva transición tecnológica de las fuentes de generación de energía, solo una entrada masiva de proyectos de energías renovables garantizaría lo anunciado por el gobierno Petro en su plan de gobierno: “Hacia una sociedad movida por el sol, el viento y el agua”.

Como es de su conocimiento, el marco de política energética y los acertados incentivos en materia tributaria han despertado un gran interés en el desarrollo de este tipo de proyectos, prueba de ello es que a hoy, el sistema cuenta con más de 13.3 GW en proyectos FNCER (Fuentes No Convencionales de Energías Renovables) con punto de conexión aprobado, de los cuales, cerca de 3 GW tienen compromisos con el sistema; así mismo, se cuenta con nuevas asignaciones de conexión por el orden de 7.5 GW.

Cifras con especial importancia si se tiene en cuenta que la capacidad instalada en Colombia hoy es de cerca de los 18 GW; aún más, si se considera que representan una potencial inversión de entre 14 mil a 21 mil millones de dólares.

Sin embargo, los anunciados nuevos costos (tributos) a la industria de las energías renovables y los ya conocidos impactos de la pasada reforma tributaria generan incertidumbre por el cambio en las reglas de juego en el desarrollo de estos proyectos. Incertidumbre que pone en riesgo no solo las inversiones mismas sino la diversificación de la matriz eléctrica, la reducción de las tarifas y la efectiva transición energética.

Somos conscientes de que el proceso de transición energética se debe hacer con respeto a las comunidades y a los derechos humanos, de lo contrario los proyectos no son sostenibles.

Así mismo, conocemos de primera mano las necesidades sociales de las comunidades y compartimos la visión de diversificar la matriz productiva de nuestro país.

Sin embargo, la asignación de cargas debe ser balanceada de tal manera que no se afecte a una industria que apenas está naciendo y que es el pilar fundamental para la Transición Energética.

Las Transferencias del sector eléctrico aplicables hoy a las FNCER ya cumplen con las necesidades descritas; como se diseñaron mediante la Ley 1955 de 2019, estas implican una participación del 57% entre comunidades y gobierno sobre el flujo de caja libre, mientras las empresas cuentan con una participación no superior al 43% mientras asume el 100% del riesgo.

En contexto, la rentabilidad promedio de los proyectos FNCER en el mundo no es mayor al 9% y en mercados emergentes como el colombiano dicha rentabilidad ronda el 9.3%1 . Por lo tanto, mantener la competitividad de las inversiones de estos proyectos frente a otros países y compensar cargas adicionales solo podrán hacerse vía incremento del precio de venta de la energía. En consecuencia, ponemos a su disposición algunos elementos adicionales para aportar a la discusión del artículo 188 del proyecto de Ley del asunto.

Impacto en el costo de la electricidad

Incrementar de golpe la transferencia del 1 al 6% de las ventas brutas de energía como se propone en el Proyecto de Ley, representa un alza media de 9 $/kWh en el precio de venta de los contratos de venta de energía a largo plazo que ofrecen los proyectos a partir de FNCER, en un escenario de transición en el cual la cobertura de la demanda debe ser a partir de contratos a largo plazo FNCER, el alza en las tarifas vista por el usuario debiera ser en esa misma magnitud en el mediano y largo plazo.

Guardando las proporciones, un incremento de 9 $/kWh equivale en eliminar en un 30% los logros del Pacto por la Justicia Tarifaria, este impacto se calcula como la relación entre el incremento en el costo de venta de energía para mantener la viabilidad financiera de los proyectos y la reducción lograda por el Pacto por la Justicia Tarifaria.

Si bien los nuevos proyectos puedan asumir este costo adicional mediante un aumento en el precio de venta de la energía; como fue planteado el artículo en primera ponencia, los proyectos que ya tienen acuerdos de venta de energía se ven altamente perjudicados y ponen en riesgo su viabilidad al asumir esta carga. Muchos de estos proyectos ya han sufrido las consecuencias de las condiciones macroeconómicas adversas, así como del aumento en los costos de la deuda y de las materias primas.

Propuestas

En consecuencia, si bien lo deseable para la industria es no adicionar más cargas e introducir cambios en las reglas de juego, manteniendo lo previsto en el artículo 289 de la Ley 1955 de 2019; en caso de que el Congreso de La República decida avanzar con la propuesta planteada para primer debate, adjunto nos permitimos presentar una contrapropuesta que busca incrementar las transferencias para las comunidades y alcaldías, sin poner en riesgo los proyectos.

Esta propuesta se resume en:

Busca que proyectos que han adquirido compromisos de venta de energía antes de la entrada en vigor de la Ley, puedan recuperar los costos adicionales que se derivan de estas transferencias, en aplicación al principio de recuperación de costos establecido en el artículo 367 de la Constitución Política y los principios de eficiencia y suficiencia financiera establecidos en el artículo 87 de la Ley 142 de 1994, tal como lo ha reafirmado la honorable Corte Constitucional en Sentencia C-186/22

(…) resulta evidentemente desproporcionado y contrario al principio de recuperación de costos previsto en el artículo 367 de la Constitución, impedirle de manera absoluta a las empresas prestadoras del servicio de energía, recuperar los costos en los que incurren para garantizar el servicio. (…)

La gradualidad debería buscar mitigar algo del impacto de triplicar la transferencia, por lo tanto, se propone que dicha gradualidad empiece una vez los proyectos entren en operación y por ende a generar ingresos, no con la promulgación de la Ley. Lo anterior, como un incentivo real a la pronta entrada en operación de los proyectos. Como se planteó puede generarse un incentivo perverso a retrasar la entrada de los proyectos hasta tanto no se alcance el 6%.
Sugerimos que en el articulado se establezca una institucionalidad clara sobre la vigilancia, control, destinación y uso de estos recursos; solo en la medida que se asegure un adecuado uso de estos recursos se cumpliría el objetivo de habilitador social, que es garantizar recursos en beneficio de las comunidades.
Finalmente, ponemos a consideración que dado que el aumento en esta transferencia parte de ser un habilitador social, se sugiere que los acuerdos resultantes de las consultas previas (que buscan el mismo objetivo de habilitación social) sean deducibles de la liquidación y el pago de las plantas afectadas por el nuevo párrafo.

Agradecemos tener en cuenta esta propuesta y los elementos aquí planteados, quedamos atentos a profundizar, de requerirse, cualquier particular. Cordialmente,

La entrada SER Colombia se posiciona frente a dos temas prioritarios del Plan Nacional de Desarrollo se publicó primero en Energía Estratégica.

energiaestrategica.com, Informacion, Información de Mercado

SER Colombia se posiciona frente a dos temas prioritarios del Plan Nacional de Desarrollo

La entidad gremial que reune a las principales empresas de energías renovables de Colombia, SER Colombia, se expidió sobre la presentación del Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2022-2026 -DESCARGAR- y le envió una carta (que lleva la firma de la flamante directora ejecutiva Alexandra Hernández) dirigida a la ministra de Minas y Energía, Irene Velez (ver al pie), para posicionarse sobre este tema.

Allí se posiciona sobre dos temas «de mayor relevancia» para el sector:

1. Transferencias 6% (artículo 207 del PND)

• Como informamos en su momento, pese a las propuestas de archivo y por insistencia del Gobierno Nacional, se aprobó aumentar al 6% la transferencia por generación de energías renovables en algunas regiones.

• El artículo aprobado en primer debate introdujo una gradualidad y precisa las regiones donde aplica.

• Además de insistir en su archivo, desde SER se plantearon propuestas de ajuste bajo lineamientos establecidos por la Junta Directiva. Se adjunta carta a la Ministra Vélez con análisis de impacto y propuestas.

• Así mismo, gestionamos dos proposiciones que quedaron radicadas para ser debatidas en segundo debate:
i. Bajar tarifa e implementación gradual (tema que se había hablado con la Ministra de Minas y Energía),

ii. Las propuestas de la carta relacionadas con base de liquidación y transición para proyectos que ya tengan contratos firmados bajo otras condiciones de transferencia.

• La Ministra Vélez está estudiando las propuestas de la carta adjunta. Rechazó la posibilidad de descontar de la transferencia, los costos de los acuerdos pactados en las consultas previas. Los congresistas que radicaron la proposición de ajuste tampoco aceptaron esta propuesta.

• Estamos coordinando con otros gremios del sector comunicaciones conjuntas.

2. Integración vertical en generación y transmisión para energías renovables

• Presentamos a la Ministra las preocupaciones, en conjunto con los demás gremios del sector.

• La Ministra con firmeza mencionó que la posición del Gobierno Nacional es incentivar que empresas estatales, como Ecopetrol, aceleren la transición energética y de ahí la importancia de aprobar esta medida en el PND.

• Solicitó a los gremios una contrapropuesta. Citaremos la Junta Directiva para recibir lineamientos frente al tema

Carta a la ministra

Estimada Ministra,

Reciba usted y su equipo de trabajo un cordial saludo por tarde de SER Colombia y sus empresas asociadas. Como gremio de las energías renovables y de la transición energética seguimos manifestando nuestro compromiso y disposición en aras de acelerar una Transición Energética Justa.

La transición energética parte de una efectiva transición tecnológica de las fuentes de generación de energía, solo una entrada masiva de proyectos de energías renovables garantizaría lo anunciado por el gobierno Petro en su plan de gobierno: “Hacia una sociedad movida por el sol, el viento y el agua”.

Como es de su conocimiento, el marco de política energética y los acertados incentivos en materia tributaria han despertado un gran interés en el desarrollo de este tipo de proyectos, prueba de ello es que a hoy, el sistema cuenta con más de 13.3 GW en proyectos FNCER (Fuentes No Convencionales de Energías Renovables) con punto de conexión aprobado, de los cuales, cerca de 3 GW tienen compromisos con el sistema; así mismo, se cuenta con nuevas asignaciones de conexión por el orden de 7.5 GW.

Cifras con especial importancia si se tiene en cuenta que la capacidad instalada en Colombia hoy es de cerca de los 18 GW; aún más, si se considera que representan una potencial inversión de entre 14 mil a 21 mil millones de dólares.

Sin embargo, los anunciados nuevos costos (tributos) a la industria de las energías renovables y los ya conocidos impactos de la pasada reforma tributaria generan incertidumbre por el cambio en las reglas de juego en el desarrollo de estos proyectos. Incertidumbre que pone en riesgo no solo las inversiones mismas sino la diversificación de la matriz eléctrica, la reducción de las tarifas y la efectiva transición energética.

Somos conscientes de que el proceso de transición energética se debe hacer con respeto a las comunidades y a los derechos humanos, de lo contrario los proyectos no son sostenibles.

Así mismo, conocemos de primera mano las necesidades sociales de las comunidades y compartimos la visión de diversificar la matriz productiva de nuestro país.

Sin embargo, la asignación de cargas debe ser balanceada de tal manera que no se afecte a una industria que apenas está naciendo y que es el pilar fundamental para la Transición Energética.

Las Transferencias del sector eléctrico aplicables hoy a las FNCER ya cumplen con las necesidades descritas; como se diseñaron mediante la Ley 1955 de 2019, estas implican una participación del 57% entre comunidades y gobierno sobre el flujo de caja libre, mientras las empresas cuentan con una participación no superior al 43% mientras asume el 100% del riesgo.

En contexto, la rentabilidad promedio de los proyectos FNCER en el mundo no es mayor al 9% y en mercados emergentes como el colombiano dicha rentabilidad ronda el 9.3%1 . Por lo tanto, mantener la competitividad de las inversiones de estos proyectos frente a otros países y compensar cargas adicionales solo podrán hacerse vía incremento del precio de venta de la energía. En consecuencia, ponemos a su disposición algunos elementos adicionales para aportar a la discusión del artículo 188 del proyecto de Ley del asunto.

Impacto en el costo de la electricidad

Incrementar de golpe la transferencia del 1 al 6% de las ventas brutas de energía como se propone en el Proyecto de Ley, representa un alza media de 9 $/kWh en el precio de venta de los contratos de venta de energía a largo plazo que ofrecen los proyectos a partir de FNCER, en un escenario de transición en el cual la cobertura de la demanda debe ser a partir de contratos a largo plazo FNCER, el alza en las tarifas vista por el usuario debiera ser en esa misma magnitud en el mediano y largo plazo.

Guardando las proporciones, un incremento de 9 $/kWh equivale en eliminar en un 30% los logros del Pacto por la Justicia Tarifaria, este impacto se calcula como la relación entre el incremento en el costo de venta de energía para mantener la viabilidad financiera de los proyectos y la reducción lograda por el Pacto por la Justicia Tarifaria.

Si bien los nuevos proyectos puedan asumir este costo adicional mediante un aumento en el precio de venta de la energía; como fue planteado el artículo en primera ponencia, los proyectos que ya tienen acuerdos de venta de energía se ven altamente perjudicados y ponen en riesgo su viabilidad al asumir esta carga. Muchos de estos proyectos ya han sufrido las consecuencias de las condiciones macroeconómicas adversas, así como del aumento en los costos de la deuda y de las materias primas.

Propuestas

En consecuencia, si bien lo deseable para la industria es no adicionar más cargas e introducir cambios en las reglas de juego, manteniendo lo previsto en el artículo 289 de la Ley 1955 de 2019; en caso de que el Congreso de La República decida avanzar con la propuesta planteada para primer debate, adjunto nos permitimos presentar una contrapropuesta que busca incrementar las transferencias para las comunidades y alcaldías, sin poner en riesgo los proyectos.

Esta propuesta se resume en:

Busca que proyectos que han adquirido compromisos de venta de energía antes de la entrada en vigor de la Ley, puedan recuperar los costos adicionales que se derivan de estas transferencias, en aplicación al principio de recuperación de costos establecido en el artículo 367 de la Constitución Política y los principios de eficiencia y suficiencia financiera establecidos en el artículo 87 de la Ley 142 de 1994, tal como lo ha reafirmado la honorable Corte Constitucional en Sentencia C-186/22

(…) resulta evidentemente desproporcionado y contrario al principio de recuperación de costos previsto en el artículo 367 de la Constitución, impedirle de manera absoluta a las empresas prestadoras del servicio de energía, recuperar los costos en los que incurren para garantizar el servicio. (…)

La gradualidad debería buscar mitigar algo del impacto de triplicar la transferencia, por lo tanto, se propone que dicha gradualidad empiece una vez los proyectos entren en operación y por ende a generar ingresos, no con la promulgación de la Ley. Lo anterior, como un incentivo real a la pronta entrada en operación de los proyectos. Como se planteó puede generarse un incentivo perverso a retrasar la entrada de los proyectos hasta tanto no se alcance el 6%.
Sugerimos que en el articulado se establezca una institucionalidad clara sobre la vigilancia, control, destinación y uso de estos recursos; solo en la medida que se asegure un adecuado uso de estos recursos se cumpliría el objetivo de habilitador social, que es garantizar recursos en beneficio de las comunidades.
Finalmente, ponemos a consideración que dado que el aumento en esta transferencia parte de ser un habilitador social, se sugiere que los acuerdos resultantes de las consultas previas (que buscan el mismo objetivo de habilitación social) sean deducibles de la liquidación y el pago de las plantas afectadas por el nuevo párrafo.

Agradecemos tener en cuenta esta propuesta y los elementos aquí planteados, quedamos atentos a profundizar, de requerirse, cualquier particular. Cordialmente,

La entrada SER Colombia se posiciona frente a dos temas prioritarios del Plan Nacional de Desarrollo se publicó primero en Energía Estratégica.

energiaestrategica.com, Informacion, Información de Mercado

SER Colombia se posiciona frente a dos temas prioritarios del Plan Nacional de Desarrollo

La entidad gremial que reune a las principales empresas de energías renovables de Colombia, SER Colombia, se expidió sobre la presentación del Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2022-2026 -DESCARGAR- y le envió una carta (que lleva la firma de la flamante directora ejecutiva Alexandra Hernández) dirigida a la ministra de Minas y Energía, Irene Velez (ver al pie), para posicionarse sobre este tema.

Allí se posiciona sobre dos temas «de mayor relevancia» para el sector:

1. Transferencias 6% (artículo 207 del PND)

• Como informamos en su momento, pese a las propuestas de archivo y por insistencia del Gobierno Nacional, se aprobó aumentar al 6% la transferencia por generación de energías renovables en algunas regiones.

• El artículo aprobado en primer debate introdujo una gradualidad y precisa las regiones donde aplica.

• Además de insistir en su archivo, desde SER se plantearon propuestas de ajuste bajo lineamientos establecidos por la Junta Directiva. Se adjunta carta a la Ministra Vélez con análisis de impacto y propuestas.

• Así mismo, gestionamos dos proposiciones que quedaron radicadas para ser debatidas en segundo debate:
i. Bajar tarifa e implementación gradual (tema que se había hablado con la Ministra de Minas y Energía),

ii. Las propuestas de la carta relacionadas con base de liquidación y transición para proyectos que ya tengan contratos firmados bajo otras condiciones de transferencia.

• La Ministra Vélez está estudiando las propuestas de la carta adjunta. Rechazó la posibilidad de descontar de la transferencia, los costos de los acuerdos pactados en las consultas previas. Los congresistas que radicaron la proposición de ajuste tampoco aceptaron esta propuesta.

• Estamos coordinando con otros gremios del sector comunicaciones conjuntas.

2. Integración vertical en generación y transmisión para energías renovables

• Presentamos a la Ministra las preocupaciones, en conjunto con los demás gremios del sector.

• La Ministra con firmeza mencionó que la posición del Gobierno Nacional es incentivar que empresas estatales, como Ecopetrol, aceleren la transición energética y de ahí la importancia de aprobar esta medida en el PND.

• Solicitó a los gremios una contrapropuesta. Citaremos la Junta Directiva para recibir lineamientos frente al tema

Carta a la ministra

Estimada Ministra,

Reciba usted y su equipo de trabajo un cordial saludo por tarde de SER Colombia y sus empresas asociadas. Como gremio de las energías renovables y de la transición energética seguimos manifestando nuestro compromiso y disposición en aras de acelerar una Transición Energética Justa.

La transición energética parte de una efectiva transición tecnológica de las fuentes de generación de energía, solo una entrada masiva de proyectos de energías renovables garantizaría lo anunciado por el gobierno Petro en su plan de gobierno: “Hacia una sociedad movida por el sol, el viento y el agua”.

Como es de su conocimiento, el marco de política energética y los acertados incentivos en materia tributaria han despertado un gran interés en el desarrollo de este tipo de proyectos, prueba de ello es que a hoy, el sistema cuenta con más de 13.3 GW en proyectos FNCER (Fuentes No Convencionales de Energías Renovables) con punto de conexión aprobado, de los cuales, cerca de 3 GW tienen compromisos con el sistema; así mismo, se cuenta con nuevas asignaciones de conexión por el orden de 7.5 GW.

Cifras con especial importancia si se tiene en cuenta que la capacidad instalada en Colombia hoy es de cerca de los 18 GW; aún más, si se considera que representan una potencial inversión de entre 14 mil a 21 mil millones de dólares.

Sin embargo, los anunciados nuevos costos (tributos) a la industria de las energías renovables y los ya conocidos impactos de la pasada reforma tributaria generan incertidumbre por el cambio en las reglas de juego en el desarrollo de estos proyectos. Incertidumbre que pone en riesgo no solo las inversiones mismas sino la diversificación de la matriz eléctrica, la reducción de las tarifas y la efectiva transición energética.

Somos conscientes de que el proceso de transición energética se debe hacer con respeto a las comunidades y a los derechos humanos, de lo contrario los proyectos no son sostenibles.

Así mismo, conocemos de primera mano las necesidades sociales de las comunidades y compartimos la visión de diversificar la matriz productiva de nuestro país.

Sin embargo, la asignación de cargas debe ser balanceada de tal manera que no se afecte a una industria que apenas está naciendo y que es el pilar fundamental para la Transición Energética.

Las Transferencias del sector eléctrico aplicables hoy a las FNCER ya cumplen con las necesidades descritas; como se diseñaron mediante la Ley 1955 de 2019, estas implican una participación del 57% entre comunidades y gobierno sobre el flujo de caja libre, mientras las empresas cuentan con una participación no superior al 43% mientras asume el 100% del riesgo.

En contexto, la rentabilidad promedio de los proyectos FNCER en el mundo no es mayor al 9% y en mercados emergentes como el colombiano dicha rentabilidad ronda el 9.3%1 . Por lo tanto, mantener la competitividad de las inversiones de estos proyectos frente a otros países y compensar cargas adicionales solo podrán hacerse vía incremento del precio de venta de la energía. En consecuencia, ponemos a su disposición algunos elementos adicionales para aportar a la discusión del artículo 188 del proyecto de Ley del asunto.

Impacto en el costo de la electricidad

Incrementar de golpe la transferencia del 1 al 6% de las ventas brutas de energía como se propone en el Proyecto de Ley, representa un alza media de 9 $/kWh en el precio de venta de los contratos de venta de energía a largo plazo que ofrecen los proyectos a partir de FNCER, en un escenario de transición en el cual la cobertura de la demanda debe ser a partir de contratos a largo plazo FNCER, el alza en las tarifas vista por el usuario debiera ser en esa misma magnitud en el mediano y largo plazo.

Guardando las proporciones, un incremento de 9 $/kWh equivale en eliminar en un 30% los logros del Pacto por la Justicia Tarifaria, este impacto se calcula como la relación entre el incremento en el costo de venta de energía para mantener la viabilidad financiera de los proyectos y la reducción lograda por el Pacto por la Justicia Tarifaria.

Si bien los nuevos proyectos puedan asumir este costo adicional mediante un aumento en el precio de venta de la energía; como fue planteado el artículo en primera ponencia, los proyectos que ya tienen acuerdos de venta de energía se ven altamente perjudicados y ponen en riesgo su viabilidad al asumir esta carga. Muchos de estos proyectos ya han sufrido las consecuencias de las condiciones macroeconómicas adversas, así como del aumento en los costos de la deuda y de las materias primas.

Propuestas

En consecuencia, si bien lo deseable para la industria es no adicionar más cargas e introducir cambios en las reglas de juego, manteniendo lo previsto en el artículo 289 de la Ley 1955 de 2019; en caso de que el Congreso de La República decida avanzar con la propuesta planteada para primer debate, adjunto nos permitimos presentar una contrapropuesta que busca incrementar las transferencias para las comunidades y alcaldías, sin poner en riesgo los proyectos.

Esta propuesta se resume en:

Busca que proyectos que han adquirido compromisos de venta de energía antes de la entrada en vigor de la Ley, puedan recuperar los costos adicionales que se derivan de estas transferencias, en aplicación al principio de recuperación de costos establecido en el artículo 367 de la Constitución Política y los principios de eficiencia y suficiencia financiera establecidos en el artículo 87 de la Ley 142 de 1994, tal como lo ha reafirmado la honorable Corte Constitucional en Sentencia C-186/22

(…) resulta evidentemente desproporcionado y contrario al principio de recuperación de costos previsto en el artículo 367 de la Constitución, impedirle de manera absoluta a las empresas prestadoras del servicio de energía, recuperar los costos en los que incurren para garantizar el servicio. (…)

La gradualidad debería buscar mitigar algo del impacto de triplicar la transferencia, por lo tanto, se propone que dicha gradualidad empiece una vez los proyectos entren en operación y por ende a generar ingresos, no con la promulgación de la Ley. Lo anterior, como un incentivo real a la pronta entrada en operación de los proyectos. Como se planteó puede generarse un incentivo perverso a retrasar la entrada de los proyectos hasta tanto no se alcance el 6%.
Sugerimos que en el articulado se establezca una institucionalidad clara sobre la vigilancia, control, destinación y uso de estos recursos; solo en la medida que se asegure un adecuado uso de estos recursos se cumpliría el objetivo de habilitador social, que es garantizar recursos en beneficio de las comunidades.
Finalmente, ponemos a consideración que dado que el aumento en esta transferencia parte de ser un habilitador social, se sugiere que los acuerdos resultantes de las consultas previas (que buscan el mismo objetivo de habilitación social) sean deducibles de la liquidación y el pago de las plantas afectadas por el nuevo párrafo.

Agradecemos tener en cuenta esta propuesta y los elementos aquí planteados, quedamos atentos a profundizar, de requerirse, cualquier particular. Cordialmente,

La entrada SER Colombia se posiciona frente a dos temas prioritarios del Plan Nacional de Desarrollo se publicó primero en Energía Estratégica.

energiaestrategica.com, Informacion, Información de Mercado

SER Colombia se posiciona frente a dos temas prioritarios del Plan Nacional de Desarrollo

La entidad gremial que reune a las principales empresas de energías renovables de Colombia, SER Colombia, se expidió sobre la presentación del Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2022-2026 -DESCARGAR- y le envió una carta (que lleva la firma de la flamante directora ejecutiva Alexandra Hernández) dirigida a la ministra de Minas y Energía, Irene Velez (ver al pie), para posicionarse sobre este tema.

Allí se posiciona sobre dos temas «de mayor relevancia» para el sector:

1. Transferencias 6% (artículo 207 del PND)

• Como informamos en su momento, pese a las propuestas de archivo y por insistencia del Gobierno Nacional, se aprobó aumentar al 6% la transferencia por generación de energías renovables en algunas regiones.

• El artículo aprobado en primer debate introdujo una gradualidad y precisa las regiones donde aplica.

• Además de insistir en su archivo, desde SER se plantearon propuestas de ajuste bajo lineamientos establecidos por la Junta Directiva. Se adjunta carta a la Ministra Vélez con análisis de impacto y propuestas.

• Así mismo, gestionamos dos proposiciones que quedaron radicadas para ser debatidas en segundo debate:
i. Bajar tarifa e implementación gradual (tema que se había hablado con la Ministra de Minas y Energía),

ii. Las propuestas de la carta relacionadas con base de liquidación y transición para proyectos que ya tengan contratos firmados bajo otras condiciones de transferencia.

• La Ministra Vélez está estudiando las propuestas de la carta adjunta. Rechazó la posibilidad de descontar de la transferencia, los costos de los acuerdos pactados en las consultas previas. Los congresistas que radicaron la proposición de ajuste tampoco aceptaron esta propuesta.

• Estamos coordinando con otros gremios del sector comunicaciones conjuntas.

2. Integración vertical en generación y transmisión para energías renovables

• Presentamos a la Ministra las preocupaciones, en conjunto con los demás gremios del sector.

• La Ministra con firmeza mencionó que la posición del Gobierno Nacional es incentivar que empresas estatales, como Ecopetrol, aceleren la transición energética y de ahí la importancia de aprobar esta medida en el PND.

• Solicitó a los gremios una contrapropuesta. Citaremos la Junta Directiva para recibir lineamientos frente al tema

Carta a la ministra

Estimada Ministra,

Reciba usted y su equipo de trabajo un cordial saludo por tarde de SER Colombia y sus empresas asociadas. Como gremio de las energías renovables y de la transición energética seguimos manifestando nuestro compromiso y disposición en aras de acelerar una Transición Energética Justa.

La transición energética parte de una efectiva transición tecnológica de las fuentes de generación de energía, solo una entrada masiva de proyectos de energías renovables garantizaría lo anunciado por el gobierno Petro en su plan de gobierno: “Hacia una sociedad movida por el sol, el viento y el agua”.

Como es de su conocimiento, el marco de política energética y los acertados incentivos en materia tributaria han despertado un gran interés en el desarrollo de este tipo de proyectos, prueba de ello es que a hoy, el sistema cuenta con más de 13.3 GW en proyectos FNCER (Fuentes No Convencionales de Energías Renovables) con punto de conexión aprobado, de los cuales, cerca de 3 GW tienen compromisos con el sistema; así mismo, se cuenta con nuevas asignaciones de conexión por el orden de 7.5 GW.

Cifras con especial importancia si se tiene en cuenta que la capacidad instalada en Colombia hoy es de cerca de los 18 GW; aún más, si se considera que representan una potencial inversión de entre 14 mil a 21 mil millones de dólares.

Sin embargo, los anunciados nuevos costos (tributos) a la industria de las energías renovables y los ya conocidos impactos de la pasada reforma tributaria generan incertidumbre por el cambio en las reglas de juego en el desarrollo de estos proyectos. Incertidumbre que pone en riesgo no solo las inversiones mismas sino la diversificación de la matriz eléctrica, la reducción de las tarifas y la efectiva transición energética.

Somos conscientes de que el proceso de transición energética se debe hacer con respeto a las comunidades y a los derechos humanos, de lo contrario los proyectos no son sostenibles.

Así mismo, conocemos de primera mano las necesidades sociales de las comunidades y compartimos la visión de diversificar la matriz productiva de nuestro país.

Sin embargo, la asignación de cargas debe ser balanceada de tal manera que no se afecte a una industria que apenas está naciendo y que es el pilar fundamental para la Transición Energética.

Las Transferencias del sector eléctrico aplicables hoy a las FNCER ya cumplen con las necesidades descritas; como se diseñaron mediante la Ley 1955 de 2019, estas implican una participación del 57% entre comunidades y gobierno sobre el flujo de caja libre, mientras las empresas cuentan con una participación no superior al 43% mientras asume el 100% del riesgo.

En contexto, la rentabilidad promedio de los proyectos FNCER en el mundo no es mayor al 9% y en mercados emergentes como el colombiano dicha rentabilidad ronda el 9.3%1 . Por lo tanto, mantener la competitividad de las inversiones de estos proyectos frente a otros países y compensar cargas adicionales solo podrán hacerse vía incremento del precio de venta de la energía. En consecuencia, ponemos a su disposición algunos elementos adicionales para aportar a la discusión del artículo 188 del proyecto de Ley del asunto.

Impacto en el costo de la electricidad

Incrementar de golpe la transferencia del 1 al 6% de las ventas brutas de energía como se propone en el Proyecto de Ley, representa un alza media de 9 $/kWh en el precio de venta de los contratos de venta de energía a largo plazo que ofrecen los proyectos a partir de FNCER, en un escenario de transición en el cual la cobertura de la demanda debe ser a partir de contratos a largo plazo FNCER, el alza en las tarifas vista por el usuario debiera ser en esa misma magnitud en el mediano y largo plazo.

Guardando las proporciones, un incremento de 9 $/kWh equivale en eliminar en un 30% los logros del Pacto por la Justicia Tarifaria, este impacto se calcula como la relación entre el incremento en el costo de venta de energía para mantener la viabilidad financiera de los proyectos y la reducción lograda por el Pacto por la Justicia Tarifaria.

Si bien los nuevos proyectos puedan asumir este costo adicional mediante un aumento en el precio de venta de la energía; como fue planteado el artículo en primera ponencia, los proyectos que ya tienen acuerdos de venta de energía se ven altamente perjudicados y ponen en riesgo su viabilidad al asumir esta carga. Muchos de estos proyectos ya han sufrido las consecuencias de las condiciones macroeconómicas adversas, así como del aumento en los costos de la deuda y de las materias primas.

Propuestas

En consecuencia, si bien lo deseable para la industria es no adicionar más cargas e introducir cambios en las reglas de juego, manteniendo lo previsto en el artículo 289 de la Ley 1955 de 2019; en caso de que el Congreso de La República decida avanzar con la propuesta planteada para primer debate, adjunto nos permitimos presentar una contrapropuesta que busca incrementar las transferencias para las comunidades y alcaldías, sin poner en riesgo los proyectos.

Esta propuesta se resume en:

Busca que proyectos que han adquirido compromisos de venta de energía antes de la entrada en vigor de la Ley, puedan recuperar los costos adicionales que se derivan de estas transferencias, en aplicación al principio de recuperación de costos establecido en el artículo 367 de la Constitución Política y los principios de eficiencia y suficiencia financiera establecidos en el artículo 87 de la Ley 142 de 1994, tal como lo ha reafirmado la honorable Corte Constitucional en Sentencia C-186/22

(…) resulta evidentemente desproporcionado y contrario al principio de recuperación de costos previsto en el artículo 367 de la Constitución, impedirle de manera absoluta a las empresas prestadoras del servicio de energía, recuperar los costos en los que incurren para garantizar el servicio. (…)

La gradualidad debería buscar mitigar algo del impacto de triplicar la transferencia, por lo tanto, se propone que dicha gradualidad empiece una vez los proyectos entren en operación y por ende a generar ingresos, no con la promulgación de la Ley. Lo anterior, como un incentivo real a la pronta entrada en operación de los proyectos. Como se planteó puede generarse un incentivo perverso a retrasar la entrada de los proyectos hasta tanto no se alcance el 6%.
Sugerimos que en el articulado se establezca una institucionalidad clara sobre la vigilancia, control, destinación y uso de estos recursos; solo en la medida que se asegure un adecuado uso de estos recursos se cumpliría el objetivo de habilitador social, que es garantizar recursos en beneficio de las comunidades.
Finalmente, ponemos a consideración que dado que el aumento en esta transferencia parte de ser un habilitador social, se sugiere que los acuerdos resultantes de las consultas previas (que buscan el mismo objetivo de habilitación social) sean deducibles de la liquidación y el pago de las plantas afectadas por el nuevo párrafo.

Agradecemos tener en cuenta esta propuesta y los elementos aquí planteados, quedamos atentos a profundizar, de requerirse, cualquier particular. Cordialmente,

La entrada SER Colombia se posiciona frente a dos temas prioritarios del Plan Nacional de Desarrollo se publicó primero en Energía Estratégica.

energiaestrategica.com, Informacion, Información de Mercado

SER Colombia se posiciona frente a dos temas prioritarios del Plan Nacional de Desarrollo

La entidad gremial que reune a las principales empresas de energías renovables de Colombia, SER Colombia, se expidió sobre la presentación del Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2022-2026 -DESCARGAR- y le envió una carta (que lleva la firma de la flamante directora ejecutiva Alexandra Hernández) dirigida a la ministra de Minas y Energía, Irene Velez (ver al pie), para posicionarse sobre este tema.

Allí se posiciona sobre dos temas «de mayor relevancia» para el sector:

1. Transferencias 6% (artículo 207 del PND)

• Como informamos en su momento, pese a las propuestas de archivo y por insistencia del Gobierno Nacional, se aprobó aumentar al 6% la transferencia por generación de energías renovables en algunas regiones.

• El artículo aprobado en primer debate introdujo una gradualidad y precisa las regiones donde aplica.

• Además de insistir en su archivo, desde SER se plantearon propuestas de ajuste bajo lineamientos establecidos por la Junta Directiva. Se adjunta carta a la Ministra Vélez con análisis de impacto y propuestas.

• Así mismo, gestionamos dos proposiciones que quedaron radicadas para ser debatidas en segundo debate:
i. Bajar tarifa e implementación gradual (tema que se había hablado con la Ministra de Minas y Energía),

ii. Las propuestas de la carta relacionadas con base de liquidación y transición para proyectos que ya tengan contratos firmados bajo otras condiciones de transferencia.

• La Ministra Vélez está estudiando las propuestas de la carta adjunta. Rechazó la posibilidad de descontar de la transferencia, los costos de los acuerdos pactados en las consultas previas. Los congresistas que radicaron la proposición de ajuste tampoco aceptaron esta propuesta.

• Estamos coordinando con otros gremios del sector comunicaciones conjuntas.

2. Integración vertical en generación y transmisión para energías renovables

• Presentamos a la Ministra las preocupaciones, en conjunto con los demás gremios del sector.

• La Ministra con firmeza mencionó que la posición del Gobierno Nacional es incentivar que empresas estatales, como Ecopetrol, aceleren la transición energética y de ahí la importancia de aprobar esta medida en el PND.

• Solicitó a los gremios una contrapropuesta. Citaremos la Junta Directiva para recibir lineamientos frente al tema

Carta a la ministra

Estimada Ministra,

Reciba usted y su equipo de trabajo un cordial saludo por tarde de SER Colombia y sus empresas asociadas. Como gremio de las energías renovables y de la transición energética seguimos manifestando nuestro compromiso y disposición en aras de acelerar una Transición Energética Justa.

La transición energética parte de una efectiva transición tecnológica de las fuentes de generación de energía, solo una entrada masiva de proyectos de energías renovables garantizaría lo anunciado por el gobierno Petro en su plan de gobierno: “Hacia una sociedad movida por el sol, el viento y el agua”.

Como es de su conocimiento, el marco de política energética y los acertados incentivos en materia tributaria han despertado un gran interés en el desarrollo de este tipo de proyectos, prueba de ello es que a hoy, el sistema cuenta con más de 13.3 GW en proyectos FNCER (Fuentes No Convencionales de Energías Renovables) con punto de conexión aprobado, de los cuales, cerca de 3 GW tienen compromisos con el sistema; así mismo, se cuenta con nuevas asignaciones de conexión por el orden de 7.5 GW.

Cifras con especial importancia si se tiene en cuenta que la capacidad instalada en Colombia hoy es de cerca de los 18 GW; aún más, si se considera que representan una potencial inversión de entre 14 mil a 21 mil millones de dólares.

Sin embargo, los anunciados nuevos costos (tributos) a la industria de las energías renovables y los ya conocidos impactos de la pasada reforma tributaria generan incertidumbre por el cambio en las reglas de juego en el desarrollo de estos proyectos. Incertidumbre que pone en riesgo no solo las inversiones mismas sino la diversificación de la matriz eléctrica, la reducción de las tarifas y la efectiva transición energética.

Somos conscientes de que el proceso de transición energética se debe hacer con respeto a las comunidades y a los derechos humanos, de lo contrario los proyectos no son sostenibles.

Así mismo, conocemos de primera mano las necesidades sociales de las comunidades y compartimos la visión de diversificar la matriz productiva de nuestro país.

Sin embargo, la asignación de cargas debe ser balanceada de tal manera que no se afecte a una industria que apenas está naciendo y que es el pilar fundamental para la Transición Energética.

Las Transferencias del sector eléctrico aplicables hoy a las FNCER ya cumplen con las necesidades descritas; como se diseñaron mediante la Ley 1955 de 2019, estas implican una participación del 57% entre comunidades y gobierno sobre el flujo de caja libre, mientras las empresas cuentan con una participación no superior al 43% mientras asume el 100% del riesgo.

En contexto, la rentabilidad promedio de los proyectos FNCER en el mundo no es mayor al 9% y en mercados emergentes como el colombiano dicha rentabilidad ronda el 9.3%1 . Por lo tanto, mantener la competitividad de las inversiones de estos proyectos frente a otros países y compensar cargas adicionales solo podrán hacerse vía incremento del precio de venta de la energía. En consecuencia, ponemos a su disposición algunos elementos adicionales para aportar a la discusión del artículo 188 del proyecto de Ley del asunto.

Impacto en el costo de la electricidad

Incrementar de golpe la transferencia del 1 al 6% de las ventas brutas de energía como se propone en el Proyecto de Ley, representa un alza media de 9 $/kWh en el precio de venta de los contratos de venta de energía a largo plazo que ofrecen los proyectos a partir de FNCER, en un escenario de transición en el cual la cobertura de la demanda debe ser a partir de contratos a largo plazo FNCER, el alza en las tarifas vista por el usuario debiera ser en esa misma magnitud en el mediano y largo plazo.

Guardando las proporciones, un incremento de 9 $/kWh equivale en eliminar en un 30% los logros del Pacto por la Justicia Tarifaria, este impacto se calcula como la relación entre el incremento en el costo de venta de energía para mantener la viabilidad financiera de los proyectos y la reducción lograda por el Pacto por la Justicia Tarifaria.

Si bien los nuevos proyectos puedan asumir este costo adicional mediante un aumento en el precio de venta de la energía; como fue planteado el artículo en primera ponencia, los proyectos que ya tienen acuerdos de venta de energía se ven altamente perjudicados y ponen en riesgo su viabilidad al asumir esta carga. Muchos de estos proyectos ya han sufrido las consecuencias de las condiciones macroeconómicas adversas, así como del aumento en los costos de la deuda y de las materias primas.

Propuestas

En consecuencia, si bien lo deseable para la industria es no adicionar más cargas e introducir cambios en las reglas de juego, manteniendo lo previsto en el artículo 289 de la Ley 1955 de 2019; en caso de que el Congreso de La República decida avanzar con la propuesta planteada para primer debate, adjunto nos permitimos presentar una contrapropuesta que busca incrementar las transferencias para las comunidades y alcaldías, sin poner en riesgo los proyectos.

Esta propuesta se resume en:

Busca que proyectos que han adquirido compromisos de venta de energía antes de la entrada en vigor de la Ley, puedan recuperar los costos adicionales que se derivan de estas transferencias, en aplicación al principio de recuperación de costos establecido en el artículo 367 de la Constitución Política y los principios de eficiencia y suficiencia financiera establecidos en el artículo 87 de la Ley 142 de 1994, tal como lo ha reafirmado la honorable Corte Constitucional en Sentencia C-186/22

(…) resulta evidentemente desproporcionado y contrario al principio de recuperación de costos previsto en el artículo 367 de la Constitución, impedirle de manera absoluta a las empresas prestadoras del servicio de energía, recuperar los costos en los que incurren para garantizar el servicio. (…)

La gradualidad debería buscar mitigar algo del impacto de triplicar la transferencia, por lo tanto, se propone que dicha gradualidad empiece una vez los proyectos entren en operación y por ende a generar ingresos, no con la promulgación de la Ley. Lo anterior, como un incentivo real a la pronta entrada en operación de los proyectos. Como se planteó puede generarse un incentivo perverso a retrasar la entrada de los proyectos hasta tanto no se alcance el 6%.
Sugerimos que en el articulado se establezca una institucionalidad clara sobre la vigilancia, control, destinación y uso de estos recursos; solo en la medida que se asegure un adecuado uso de estos recursos se cumpliría el objetivo de habilitador social, que es garantizar recursos en beneficio de las comunidades.
Finalmente, ponemos a consideración que dado que el aumento en esta transferencia parte de ser un habilitador social, se sugiere que los acuerdos resultantes de las consultas previas (que buscan el mismo objetivo de habilitación social) sean deducibles de la liquidación y el pago de las plantas afectadas por el nuevo párrafo.

Agradecemos tener en cuenta esta propuesta y los elementos aquí planteados, quedamos atentos a profundizar, de requerirse, cualquier particular. Cordialmente,

La entrada SER Colombia se posiciona frente a dos temas prioritarios del Plan Nacional de Desarrollo se publicó primero en Energía Estratégica.

energiaestrategica.com, Informacion, Información de Mercado

SER Colombia se posiciona frente a dos temas prioritarios del Plan Nacional de Desarrollo

La entidad gremial que reune a las principales empresas de energías renovables de Colombia, SER Colombia, se expidió sobre la presentación del Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2022-2026 -DESCARGAR- y le envió una carta (que lleva la firma de la flamante directora ejecutiva Alexandra Hernández) dirigida a la ministra de Minas y Energía, Irene Velez (ver al pie), para posicionarse sobre este tema.

Allí se posiciona sobre dos temas «de mayor relevancia» para el sector:

1. Transferencias 6% (artículo 207 del PND)

• Como informamos en su momento, pese a las propuestas de archivo y por insistencia del Gobierno Nacional, se aprobó aumentar al 6% la transferencia por generación de energías renovables en algunas regiones.

• El artículo aprobado en primer debate introdujo una gradualidad y precisa las regiones donde aplica.

• Además de insistir en su archivo, desde SER se plantearon propuestas de ajuste bajo lineamientos establecidos por la Junta Directiva. Se adjunta carta a la Ministra Vélez con análisis de impacto y propuestas.

• Así mismo, gestionamos dos proposiciones que quedaron radicadas para ser debatidas en segundo debate:
i. Bajar tarifa e implementación gradual (tema que se había hablado con la Ministra de Minas y Energía),

ii. Las propuestas de la carta relacionadas con base de liquidación y transición para proyectos que ya tengan contratos firmados bajo otras condiciones de transferencia.

• La Ministra Vélez está estudiando las propuestas de la carta adjunta. Rechazó la posibilidad de descontar de la transferencia, los costos de los acuerdos pactados en las consultas previas. Los congresistas que radicaron la proposición de ajuste tampoco aceptaron esta propuesta.

• Estamos coordinando con otros gremios del sector comunicaciones conjuntas.

2. Integración vertical en generación y transmisión para energías renovables

• Presentamos a la Ministra las preocupaciones, en conjunto con los demás gremios del sector.

• La Ministra con firmeza mencionó que la posición del Gobierno Nacional es incentivar que empresas estatales, como Ecopetrol, aceleren la transición energética y de ahí la importancia de aprobar esta medida en el PND.

• Solicitó a los gremios una contrapropuesta. Citaremos la Junta Directiva para recibir lineamientos frente al tema

Carta a la ministra

Estimada Ministra,

Reciba usted y su equipo de trabajo un cordial saludo por tarde de SER Colombia y sus empresas asociadas. Como gremio de las energías renovables y de la transición energética seguimos manifestando nuestro compromiso y disposición en aras de acelerar una Transición Energética Justa.

La transición energética parte de una efectiva transición tecnológica de las fuentes de generación de energía, solo una entrada masiva de proyectos de energías renovables garantizaría lo anunciado por el gobierno Petro en su plan de gobierno: “Hacia una sociedad movida por el sol, el viento y el agua”.

Como es de su conocimiento, el marco de política energética y los acertados incentivos en materia tributaria han despertado un gran interés en el desarrollo de este tipo de proyectos, prueba de ello es que a hoy, el sistema cuenta con más de 13.3 GW en proyectos FNCER (Fuentes No Convencionales de Energías Renovables) con punto de conexión aprobado, de los cuales, cerca de 3 GW tienen compromisos con el sistema; así mismo, se cuenta con nuevas asignaciones de conexión por el orden de 7.5 GW.

Cifras con especial importancia si se tiene en cuenta que la capacidad instalada en Colombia hoy es de cerca de los 18 GW; aún más, si se considera que representan una potencial inversión de entre 14 mil a 21 mil millones de dólares.

Sin embargo, los anunciados nuevos costos (tributos) a la industria de las energías renovables y los ya conocidos impactos de la pasada reforma tributaria generan incertidumbre por el cambio en las reglas de juego en el desarrollo de estos proyectos. Incertidumbre que pone en riesgo no solo las inversiones mismas sino la diversificación de la matriz eléctrica, la reducción de las tarifas y la efectiva transición energética.

Somos conscientes de que el proceso de transición energética se debe hacer con respeto a las comunidades y a los derechos humanos, de lo contrario los proyectos no son sostenibles.

Así mismo, conocemos de primera mano las necesidades sociales de las comunidades y compartimos la visión de diversificar la matriz productiva de nuestro país.

Sin embargo, la asignación de cargas debe ser balanceada de tal manera que no se afecte a una industria que apenas está naciendo y que es el pilar fundamental para la Transición Energética.

Las Transferencias del sector eléctrico aplicables hoy a las FNCER ya cumplen con las necesidades descritas; como se diseñaron mediante la Ley 1955 de 2019, estas implican una participación del 57% entre comunidades y gobierno sobre el flujo de caja libre, mientras las empresas cuentan con una participación no superior al 43% mientras asume el 100% del riesgo.

En contexto, la rentabilidad promedio de los proyectos FNCER en el mundo no es mayor al 9% y en mercados emergentes como el colombiano dicha rentabilidad ronda el 9.3%1 . Por lo tanto, mantener la competitividad de las inversiones de estos proyectos frente a otros países y compensar cargas adicionales solo podrán hacerse vía incremento del precio de venta de la energía. En consecuencia, ponemos a su disposición algunos elementos adicionales para aportar a la discusión del artículo 188 del proyecto de Ley del asunto.

Impacto en el costo de la electricidad

Incrementar de golpe la transferencia del 1 al 6% de las ventas brutas de energía como se propone en el Proyecto de Ley, representa un alza media de 9 $/kWh en el precio de venta de los contratos de venta de energía a largo plazo que ofrecen los proyectos a partir de FNCER, en un escenario de transición en el cual la cobertura de la demanda debe ser a partir de contratos a largo plazo FNCER, el alza en las tarifas vista por el usuario debiera ser en esa misma magnitud en el mediano y largo plazo.

Guardando las proporciones, un incremento de 9 $/kWh equivale en eliminar en un 30% los logros del Pacto por la Justicia Tarifaria, este impacto se calcula como la relación entre el incremento en el costo de venta de energía para mantener la viabilidad financiera de los proyectos y la reducción lograda por el Pacto por la Justicia Tarifaria.

Si bien los nuevos proyectos puedan asumir este costo adicional mediante un aumento en el precio de venta de la energía; como fue planteado el artículo en primera ponencia, los proyectos que ya tienen acuerdos de venta de energía se ven altamente perjudicados y ponen en riesgo su viabilidad al asumir esta carga. Muchos de estos proyectos ya han sufrido las consecuencias de las condiciones macroeconómicas adversas, así como del aumento en los costos de la deuda y de las materias primas.

Propuestas

En consecuencia, si bien lo deseable para la industria es no adicionar más cargas e introducir cambios en las reglas de juego, manteniendo lo previsto en el artículo 289 de la Ley 1955 de 2019; en caso de que el Congreso de La República decida avanzar con la propuesta planteada para primer debate, adjunto nos permitimos presentar una contrapropuesta que busca incrementar las transferencias para las comunidades y alcaldías, sin poner en riesgo los proyectos.

Esta propuesta se resume en:

Busca que proyectos que han adquirido compromisos de venta de energía antes de la entrada en vigor de la Ley, puedan recuperar los costos adicionales que se derivan de estas transferencias, en aplicación al principio de recuperación de costos establecido en el artículo 367 de la Constitución Política y los principios de eficiencia y suficiencia financiera establecidos en el artículo 87 de la Ley 142 de 1994, tal como lo ha reafirmado la honorable Corte Constitucional en Sentencia C-186/22

(…) resulta evidentemente desproporcionado y contrario al principio de recuperación de costos previsto en el artículo 367 de la Constitución, impedirle de manera absoluta a las empresas prestadoras del servicio de energía, recuperar los costos en los que incurren para garantizar el servicio. (…)

La gradualidad debería buscar mitigar algo del impacto de triplicar la transferencia, por lo tanto, se propone que dicha gradualidad empiece una vez los proyectos entren en operación y por ende a generar ingresos, no con la promulgación de la Ley. Lo anterior, como un incentivo real a la pronta entrada en operación de los proyectos. Como se planteó puede generarse un incentivo perverso a retrasar la entrada de los proyectos hasta tanto no se alcance el 6%.
Sugerimos que en el articulado se establezca una institucionalidad clara sobre la vigilancia, control, destinación y uso de estos recursos; solo en la medida que se asegure un adecuado uso de estos recursos se cumpliría el objetivo de habilitador social, que es garantizar recursos en beneficio de las comunidades.
Finalmente, ponemos a consideración que dado que el aumento en esta transferencia parte de ser un habilitador social, se sugiere que los acuerdos resultantes de las consultas previas (que buscan el mismo objetivo de habilitación social) sean deducibles de la liquidación y el pago de las plantas afectadas por el nuevo párrafo.

Agradecemos tener en cuenta esta propuesta y los elementos aquí planteados, quedamos atentos a profundizar, de requerirse, cualquier particular. Cordialmente,

La entrada SER Colombia se posiciona frente a dos temas prioritarios del Plan Nacional de Desarrollo se publicó primero en Energía Estratégica.

energiaestrategica.com, Informacion, Información de Mercado

SER Colombia se posiciona frente a dos temas prioritarios del Plan Nacional de Desarrollo

La entidad gremial que reune a las principales empresas de energías renovables de Colombia, SER Colombia, se expidió sobre la presentación del Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2022-2026 -DESCARGAR- y le envió una carta (que lleva la firma de la flamante directora ejecutiva Alexandra Hernández) dirigida a la ministra de Minas y Energía, Irene Velez (ver al pie), para posicionarse sobre este tema.

Allí se posiciona sobre dos temas «de mayor relevancia» para el sector:

1. Transferencias 6% (artículo 207 del PND)

• Como informamos en su momento, pese a las propuestas de archivo y por insistencia del Gobierno Nacional, se aprobó aumentar al 6% la transferencia por generación de energías renovables en algunas regiones.

• El artículo aprobado en primer debate introdujo una gradualidad y precisa las regiones donde aplica.

• Además de insistir en su archivo, desde SER se plantearon propuestas de ajuste bajo lineamientos establecidos por la Junta Directiva. Se adjunta carta a la Ministra Vélez con análisis de impacto y propuestas.

• Así mismo, gestionamos dos proposiciones que quedaron radicadas para ser debatidas en segundo debate:
i. Bajar tarifa e implementación gradual (tema que se había hablado con la Ministra de Minas y Energía),

ii. Las propuestas de la carta relacionadas con base de liquidación y transición para proyectos que ya tengan contratos firmados bajo otras condiciones de transferencia.

• La Ministra Vélez está estudiando las propuestas de la carta adjunta. Rechazó la posibilidad de descontar de la transferencia, los costos de los acuerdos pactados en las consultas previas. Los congresistas que radicaron la proposición de ajuste tampoco aceptaron esta propuesta.

• Estamos coordinando con otros gremios del sector comunicaciones conjuntas.

2. Integración vertical en generación y transmisión para energías renovables

• Presentamos a la Ministra las preocupaciones, en conjunto con los demás gremios del sector.

• La Ministra con firmeza mencionó que la posición del Gobierno Nacional es incentivar que empresas estatales, como Ecopetrol, aceleren la transición energética y de ahí la importancia de aprobar esta medida en el PND.

• Solicitó a los gremios una contrapropuesta. Citaremos la Junta Directiva para recibir lineamientos frente al tema

Carta a la ministra

Estimada Ministra,

Reciba usted y su equipo de trabajo un cordial saludo por tarde de SER Colombia y sus empresas asociadas. Como gremio de las energías renovables y de la transición energética seguimos manifestando nuestro compromiso y disposición en aras de acelerar una Transición Energética Justa.

La transición energética parte de una efectiva transición tecnológica de las fuentes de generación de energía, solo una entrada masiva de proyectos de energías renovables garantizaría lo anunciado por el gobierno Petro en su plan de gobierno: “Hacia una sociedad movida por el sol, el viento y el agua”.

Como es de su conocimiento, el marco de política energética y los acertados incentivos en materia tributaria han despertado un gran interés en el desarrollo de este tipo de proyectos, prueba de ello es que a hoy, el sistema cuenta con más de 13.3 GW en proyectos FNCER (Fuentes No Convencionales de Energías Renovables) con punto de conexión aprobado, de los cuales, cerca de 3 GW tienen compromisos con el sistema; así mismo, se cuenta con nuevas asignaciones de conexión por el orden de 7.5 GW.

Cifras con especial importancia si se tiene en cuenta que la capacidad instalada en Colombia hoy es de cerca de los 18 GW; aún más, si se considera que representan una potencial inversión de entre 14 mil a 21 mil millones de dólares.

Sin embargo, los anunciados nuevos costos (tributos) a la industria de las energías renovables y los ya conocidos impactos de la pasada reforma tributaria generan incertidumbre por el cambio en las reglas de juego en el desarrollo de estos proyectos. Incertidumbre que pone en riesgo no solo las inversiones mismas sino la diversificación de la matriz eléctrica, la reducción de las tarifas y la efectiva transición energética.

Somos conscientes de que el proceso de transición energética se debe hacer con respeto a las comunidades y a los derechos humanos, de lo contrario los proyectos no son sostenibles.

Así mismo, conocemos de primera mano las necesidades sociales de las comunidades y compartimos la visión de diversificar la matriz productiva de nuestro país.

Sin embargo, la asignación de cargas debe ser balanceada de tal manera que no se afecte a una industria que apenas está naciendo y que es el pilar fundamental para la Transición Energética.

Las Transferencias del sector eléctrico aplicables hoy a las FNCER ya cumplen con las necesidades descritas; como se diseñaron mediante la Ley 1955 de 2019, estas implican una participación del 57% entre comunidades y gobierno sobre el flujo de caja libre, mientras las empresas cuentan con una participación no superior al 43% mientras asume el 100% del riesgo.

En contexto, la rentabilidad promedio de los proyectos FNCER en el mundo no es mayor al 9% y en mercados emergentes como el colombiano dicha rentabilidad ronda el 9.3%1 . Por lo tanto, mantener la competitividad de las inversiones de estos proyectos frente a otros países y compensar cargas adicionales solo podrán hacerse vía incremento del precio de venta de la energía. En consecuencia, ponemos a su disposición algunos elementos adicionales para aportar a la discusión del artículo 188 del proyecto de Ley del asunto.

Impacto en el costo de la electricidad

Incrementar de golpe la transferencia del 1 al 6% de las ventas brutas de energía como se propone en el Proyecto de Ley, representa un alza media de 9 $/kWh en el precio de venta de los contratos de venta de energía a largo plazo que ofrecen los proyectos a partir de FNCER, en un escenario de transición en el cual la cobertura de la demanda debe ser a partir de contratos a largo plazo FNCER, el alza en las tarifas vista por el usuario debiera ser en esa misma magnitud en el mediano y largo plazo.

Guardando las proporciones, un incremento de 9 $/kWh equivale en eliminar en un 30% los logros del Pacto por la Justicia Tarifaria, este impacto se calcula como la relación entre el incremento en el costo de venta de energía para mantener la viabilidad financiera de los proyectos y la reducción lograda por el Pacto por la Justicia Tarifaria.

Si bien los nuevos proyectos puedan asumir este costo adicional mediante un aumento en el precio de venta de la energía; como fue planteado el artículo en primera ponencia, los proyectos que ya tienen acuerdos de venta de energía se ven altamente perjudicados y ponen en riesgo su viabilidad al asumir esta carga. Muchos de estos proyectos ya han sufrido las consecuencias de las condiciones macroeconómicas adversas, así como del aumento en los costos de la deuda y de las materias primas.

Propuestas

En consecuencia, si bien lo deseable para la industria es no adicionar más cargas e introducir cambios en las reglas de juego, manteniendo lo previsto en el artículo 289 de la Ley 1955 de 2019; en caso de que el Congreso de La República decida avanzar con la propuesta planteada para primer debate, adjunto nos permitimos presentar una contrapropuesta que busca incrementar las transferencias para las comunidades y alcaldías, sin poner en riesgo los proyectos.

Esta propuesta se resume en:

Busca que proyectos que han adquirido compromisos de venta de energía antes de la entrada en vigor de la Ley, puedan recuperar los costos adicionales que se derivan de estas transferencias, en aplicación al principio de recuperación de costos establecido en el artículo 367 de la Constitución Política y los principios de eficiencia y suficiencia financiera establecidos en el artículo 87 de la Ley 142 de 1994, tal como lo ha reafirmado la honorable Corte Constitucional en Sentencia C-186/22

(…) resulta evidentemente desproporcionado y contrario al principio de recuperación de costos previsto en el artículo 367 de la Constitución, impedirle de manera absoluta a las empresas prestadoras del servicio de energía, recuperar los costos en los que incurren para garantizar el servicio. (…)

La gradualidad debería buscar mitigar algo del impacto de triplicar la transferencia, por lo tanto, se propone que dicha gradualidad empiece una vez los proyectos entren en operación y por ende a generar ingresos, no con la promulgación de la Ley. Lo anterior, como un incentivo real a la pronta entrada en operación de los proyectos. Como se planteó puede generarse un incentivo perverso a retrasar la entrada de los proyectos hasta tanto no se alcance el 6%.
Sugerimos que en el articulado se establezca una institucionalidad clara sobre la vigilancia, control, destinación y uso de estos recursos; solo en la medida que se asegure un adecuado uso de estos recursos se cumpliría el objetivo de habilitador social, que es garantizar recursos en beneficio de las comunidades.
Finalmente, ponemos a consideración que dado que el aumento en esta transferencia parte de ser un habilitador social, se sugiere que los acuerdos resultantes de las consultas previas (que buscan el mismo objetivo de habilitación social) sean deducibles de la liquidación y el pago de las plantas afectadas por el nuevo párrafo.

Agradecemos tener en cuenta esta propuesta y los elementos aquí planteados, quedamos atentos a profundizar, de requerirse, cualquier particular. Cordialmente,

La entrada SER Colombia se posiciona frente a dos temas prioritarios del Plan Nacional de Desarrollo se publicó primero en Energía Estratégica.

energiaestrategica.com, Informacion, Información de Mercado

SER Colombia se posiciona frente a dos temas prioritarios del Plan Nacional de Desarrollo

La entidad gremial que reune a las principales empresas de energías renovables de Colombia, SER Colombia, se expidió sobre la presentación del Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2022-2026 -DESCARGAR- y le envió una carta (que lleva la firma de la flamante directora ejecutiva Alexandra Hernández) dirigida a la ministra de Minas y Energía, Irene Velez (ver al pie), para posicionarse sobre este tema.

Allí se posiciona sobre dos temas «de mayor relevancia» para el sector:

1. Transferencias 6% (artículo 207 del PND)

• Como informamos en su momento, pese a las propuestas de archivo y por insistencia del Gobierno Nacional, se aprobó aumentar al 6% la transferencia por generación de energías renovables en algunas regiones.

• El artículo aprobado en primer debate introdujo una gradualidad y precisa las regiones donde aplica.

• Además de insistir en su archivo, desde SER se plantearon propuestas de ajuste bajo lineamientos establecidos por la Junta Directiva. Se adjunta carta a la Ministra Vélez con análisis de impacto y propuestas.

• Así mismo, gestionamos dos proposiciones que quedaron radicadas para ser debatidas en segundo debate:
i. Bajar tarifa e implementación gradual (tema que se había hablado con la Ministra de Minas y Energía),

ii. Las propuestas de la carta relacionadas con base de liquidación y transición para proyectos que ya tengan contratos firmados bajo otras condiciones de transferencia.

• La Ministra Vélez está estudiando las propuestas de la carta adjunta. Rechazó la posibilidad de descontar de la transferencia, los costos de los acuerdos pactados en las consultas previas. Los congresistas que radicaron la proposición de ajuste tampoco aceptaron esta propuesta.

• Estamos coordinando con otros gremios del sector comunicaciones conjuntas.

2. Integración vertical en generación y transmisión para energías renovables

• Presentamos a la Ministra las preocupaciones, en conjunto con los demás gremios del sector.

• La Ministra con firmeza mencionó que la posición del Gobierno Nacional es incentivar que empresas estatales, como Ecopetrol, aceleren la transición energética y de ahí la importancia de aprobar esta medida en el PND.

• Solicitó a los gremios una contrapropuesta. Citaremos la Junta Directiva para recibir lineamientos frente al tema

Carta a la ministra

Estimada Ministra,

Reciba usted y su equipo de trabajo un cordial saludo por tarde de SER Colombia y sus empresas asociadas. Como gremio de las energías renovables y de la transición energética seguimos manifestando nuestro compromiso y disposición en aras de acelerar una Transición Energética Justa.

La transición energética parte de una efectiva transición tecnológica de las fuentes de generación de energía, solo una entrada masiva de proyectos de energías renovables garantizaría lo anunciado por el gobierno Petro en su plan de gobierno: “Hacia una sociedad movida por el sol, el viento y el agua”.

Como es de su conocimiento, el marco de política energética y los acertados incentivos en materia tributaria han despertado un gran interés en el desarrollo de este tipo de proyectos, prueba de ello es que a hoy, el sistema cuenta con más de 13.3 GW en proyectos FNCER (Fuentes No Convencionales de Energías Renovables) con punto de conexión aprobado, de los cuales, cerca de 3 GW tienen compromisos con el sistema; así mismo, se cuenta con nuevas asignaciones de conexión por el orden de 7.5 GW.

Cifras con especial importancia si se tiene en cuenta que la capacidad instalada en Colombia hoy es de cerca de los 18 GW; aún más, si se considera que representan una potencial inversión de entre 14 mil a 21 mil millones de dólares.

Sin embargo, los anunciados nuevos costos (tributos) a la industria de las energías renovables y los ya conocidos impactos de la pasada reforma tributaria generan incertidumbre por el cambio en las reglas de juego en el desarrollo de estos proyectos. Incertidumbre que pone en riesgo no solo las inversiones mismas sino la diversificación de la matriz eléctrica, la reducción de las tarifas y la efectiva transición energética.

Somos conscientes de que el proceso de transición energética se debe hacer con respeto a las comunidades y a los derechos humanos, de lo contrario los proyectos no son sostenibles.

Así mismo, conocemos de primera mano las necesidades sociales de las comunidades y compartimos la visión de diversificar la matriz productiva de nuestro país.

Sin embargo, la asignación de cargas debe ser balanceada de tal manera que no se afecte a una industria que apenas está naciendo y que es el pilar fundamental para la Transición Energética.

Las Transferencias del sector eléctrico aplicables hoy a las FNCER ya cumplen con las necesidades descritas; como se diseñaron mediante la Ley 1955 de 2019, estas implican una participación del 57% entre comunidades y gobierno sobre el flujo de caja libre, mientras las empresas cuentan con una participación no superior al 43% mientras asume el 100% del riesgo.

En contexto, la rentabilidad promedio de los proyectos FNCER en el mundo no es mayor al 9% y en mercados emergentes como el colombiano dicha rentabilidad ronda el 9.3%1 . Por lo tanto, mantener la competitividad de las inversiones de estos proyectos frente a otros países y compensar cargas adicionales solo podrán hacerse vía incremento del precio de venta de la energía. En consecuencia, ponemos a su disposición algunos elementos adicionales para aportar a la discusión del artículo 188 del proyecto de Ley del asunto.

Impacto en el costo de la electricidad

Incrementar de golpe la transferencia del 1 al 6% de las ventas brutas de energía como se propone en el Proyecto de Ley, representa un alza media de 9 $/kWh en el precio de venta de los contratos de venta de energía a largo plazo que ofrecen los proyectos a partir de FNCER, en un escenario de transición en el cual la cobertura de la demanda debe ser a partir de contratos a largo plazo FNCER, el alza en las tarifas vista por el usuario debiera ser en esa misma magnitud en el mediano y largo plazo.

Guardando las proporciones, un incremento de 9 $/kWh equivale en eliminar en un 30% los logros del Pacto por la Justicia Tarifaria, este impacto se calcula como la relación entre el incremento en el costo de venta de energía para mantener la viabilidad financiera de los proyectos y la reducción lograda por el Pacto por la Justicia Tarifaria.

Si bien los nuevos proyectos puedan asumir este costo adicional mediante un aumento en el precio de venta de la energía; como fue planteado el artículo en primera ponencia, los proyectos que ya tienen acuerdos de venta de energía se ven altamente perjudicados y ponen en riesgo su viabilidad al asumir esta carga. Muchos de estos proyectos ya han sufrido las consecuencias de las condiciones macroeconómicas adversas, así como del aumento en los costos de la deuda y de las materias primas.

Propuestas

En consecuencia, si bien lo deseable para la industria es no adicionar más cargas e introducir cambios en las reglas de juego, manteniendo lo previsto en el artículo 289 de la Ley 1955 de 2019; en caso de que el Congreso de La República decida avanzar con la propuesta planteada para primer debate, adjunto nos permitimos presentar una contrapropuesta que busca incrementar las transferencias para las comunidades y alcaldías, sin poner en riesgo los proyectos.

Esta propuesta se resume en:

Busca que proyectos que han adquirido compromisos de venta de energía antes de la entrada en vigor de la Ley, puedan recuperar los costos adicionales que se derivan de estas transferencias, en aplicación al principio de recuperación de costos establecido en el artículo 367 de la Constitución Política y los principios de eficiencia y suficiencia financiera establecidos en el artículo 87 de la Ley 142 de 1994, tal como lo ha reafirmado la honorable Corte Constitucional en Sentencia C-186/22

(…) resulta evidentemente desproporcionado y contrario al principio de recuperación de costos previsto en el artículo 367 de la Constitución, impedirle de manera absoluta a las empresas prestadoras del servicio de energía, recuperar los costos en los que incurren para garantizar el servicio. (…)

La gradualidad debería buscar mitigar algo del impacto de triplicar la transferencia, por lo tanto, se propone que dicha gradualidad empiece una vez los proyectos entren en operación y por ende a generar ingresos, no con la promulgación de la Ley. Lo anterior, como un incentivo real a la pronta entrada en operación de los proyectos. Como se planteó puede generarse un incentivo perverso a retrasar la entrada de los proyectos hasta tanto no se alcance el 6%.
Sugerimos que en el articulado se establezca una institucionalidad clara sobre la vigilancia, control, destinación y uso de estos recursos; solo en la medida que se asegure un adecuado uso de estos recursos se cumpliría el objetivo de habilitador social, que es garantizar recursos en beneficio de las comunidades.
Finalmente, ponemos a consideración que dado que el aumento en esta transferencia parte de ser un habilitador social, se sugiere que los acuerdos resultantes de las consultas previas (que buscan el mismo objetivo de habilitación social) sean deducibles de la liquidación y el pago de las plantas afectadas por el nuevo párrafo.

Agradecemos tener en cuenta esta propuesta y los elementos aquí planteados, quedamos atentos a profundizar, de requerirse, cualquier particular. Cordialmente,

La entrada SER Colombia se posiciona frente a dos temas prioritarios del Plan Nacional de Desarrollo se publicó primero en Energía Estratégica.

energiaestrategica.com, Informacion, Información de Mercado

SER Colombia se posiciona frente a dos temas prioritarios del Plan Nacional de Desarrollo

La entidad gremial que reune a las principales empresas de energías renovables de Colombia, SER Colombia, se expidió sobre la presentación del Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2022-2026 -DESCARGAR- y le envió una carta (que lleva la firma de la flamante directora ejecutiva Alexandra Hernández) dirigida a la ministra de Minas y Energía, Irene Velez (ver al pie), para posicionarse sobre este tema.

Allí se posiciona sobre dos temas «de mayor relevancia» para el sector:

1. Transferencias 6% (artículo 207 del PND)

• Como informamos en su momento, pese a las propuestas de archivo y por insistencia del Gobierno Nacional, se aprobó aumentar al 6% la transferencia por generación de energías renovables en algunas regiones.

• El artículo aprobado en primer debate introdujo una gradualidad y precisa las regiones donde aplica.

• Además de insistir en su archivo, desde SER se plantearon propuestas de ajuste bajo lineamientos establecidos por la Junta Directiva. Se adjunta carta a la Ministra Vélez con análisis de impacto y propuestas.

• Así mismo, gestionamos dos proposiciones que quedaron radicadas para ser debatidas en segundo debate:
i. Bajar tarifa e implementación gradual (tema que se había hablado con la Ministra de Minas y Energía),

ii. Las propuestas de la carta relacionadas con base de liquidación y transición para proyectos que ya tengan contratos firmados bajo otras condiciones de transferencia.

• La Ministra Vélez está estudiando las propuestas de la carta adjunta. Rechazó la posibilidad de descontar de la transferencia, los costos de los acuerdos pactados en las consultas previas. Los congresistas que radicaron la proposición de ajuste tampoco aceptaron esta propuesta.

• Estamos coordinando con otros gremios del sector comunicaciones conjuntas.

2. Integración vertical en generación y transmisión para energías renovables

• Presentamos a la Ministra las preocupaciones, en conjunto con los demás gremios del sector.

• La Ministra con firmeza mencionó que la posición del Gobierno Nacional es incentivar que empresas estatales, como Ecopetrol, aceleren la transición energética y de ahí la importancia de aprobar esta medida en el PND.

• Solicitó a los gremios una contrapropuesta. Citaremos la Junta Directiva para recibir lineamientos frente al tema

Carta a la ministra

Estimada Ministra,

Reciba usted y su equipo de trabajo un cordial saludo por tarde de SER Colombia y sus empresas asociadas. Como gremio de las energías renovables y de la transición energética seguimos manifestando nuestro compromiso y disposición en aras de acelerar una Transición Energética Justa.

La transición energética parte de una efectiva transición tecnológica de las fuentes de generación de energía, solo una entrada masiva de proyectos de energías renovables garantizaría lo anunciado por el gobierno Petro en su plan de gobierno: “Hacia una sociedad movida por el sol, el viento y el agua”.

Como es de su conocimiento, el marco de política energética y los acertados incentivos en materia tributaria han despertado un gran interés en el desarrollo de este tipo de proyectos, prueba de ello es que a hoy, el sistema cuenta con más de 13.3 GW en proyectos FNCER (Fuentes No Convencionales de Energías Renovables) con punto de conexión aprobado, de los cuales, cerca de 3 GW tienen compromisos con el sistema; así mismo, se cuenta con nuevas asignaciones de conexión por el orden de 7.5 GW.

Cifras con especial importancia si se tiene en cuenta que la capacidad instalada en Colombia hoy es de cerca de los 18 GW; aún más, si se considera que representan una potencial inversión de entre 14 mil a 21 mil millones de dólares.

Sin embargo, los anunciados nuevos costos (tributos) a la industria de las energías renovables y los ya conocidos impactos de la pasada reforma tributaria generan incertidumbre por el cambio en las reglas de juego en el desarrollo de estos proyectos. Incertidumbre que pone en riesgo no solo las inversiones mismas sino la diversificación de la matriz eléctrica, la reducción de las tarifas y la efectiva transición energética.

Somos conscientes de que el proceso de transición energética se debe hacer con respeto a las comunidades y a los derechos humanos, de lo contrario los proyectos no son sostenibles.

Así mismo, conocemos de primera mano las necesidades sociales de las comunidades y compartimos la visión de diversificar la matriz productiva de nuestro país.

Sin embargo, la asignación de cargas debe ser balanceada de tal manera que no se afecte a una industria que apenas está naciendo y que es el pilar fundamental para la Transición Energética.

Las Transferencias del sector eléctrico aplicables hoy a las FNCER ya cumplen con las necesidades descritas; como se diseñaron mediante la Ley 1955 de 2019, estas implican una participación del 57% entre comunidades y gobierno sobre el flujo de caja libre, mientras las empresas cuentan con una participación no superior al 43% mientras asume el 100% del riesgo.

En contexto, la rentabilidad promedio de los proyectos FNCER en el mundo no es mayor al 9% y en mercados emergentes como el colombiano dicha rentabilidad ronda el 9.3%1 . Por lo tanto, mantener la competitividad de las inversiones de estos proyectos frente a otros países y compensar cargas adicionales solo podrán hacerse vía incremento del precio de venta de la energía. En consecuencia, ponemos a su disposición algunos elementos adicionales para aportar a la discusión del artículo 188 del proyecto de Ley del asunto.

Impacto en el costo de la electricidad

Incrementar de golpe la transferencia del 1 al 6% de las ventas brutas de energía como se propone en el Proyecto de Ley, representa un alza media de 9 $/kWh en el precio de venta de los contratos de venta de energía a largo plazo que ofrecen los proyectos a partir de FNCER, en un escenario de transición en el cual la cobertura de la demanda debe ser a partir de contratos a largo plazo FNCER, el alza en las tarifas vista por el usuario debiera ser en esa misma magnitud en el mediano y largo plazo.

Guardando las proporciones, un incremento de 9 $/kWh equivale en eliminar en un 30% los logros del Pacto por la Justicia Tarifaria, este impacto se calcula como la relación entre el incremento en el costo de venta de energía para mantener la viabilidad financiera de los proyectos y la reducción lograda por el Pacto por la Justicia Tarifaria.

Si bien los nuevos proyectos puedan asumir este costo adicional mediante un aumento en el precio de venta de la energía; como fue planteado el artículo en primera ponencia, los proyectos que ya tienen acuerdos de venta de energía se ven altamente perjudicados y ponen en riesgo su viabilidad al asumir esta carga. Muchos de estos proyectos ya han sufrido las consecuencias de las condiciones macroeconómicas adversas, así como del aumento en los costos de la deuda y de las materias primas.

Propuestas

En consecuencia, si bien lo deseable para la industria es no adicionar más cargas e introducir cambios en las reglas de juego, manteniendo lo previsto en el artículo 289 de la Ley 1955 de 2019; en caso de que el Congreso de La República decida avanzar con la propuesta planteada para primer debate, adjunto nos permitimos presentar una contrapropuesta que busca incrementar las transferencias para las comunidades y alcaldías, sin poner en riesgo los proyectos.

Esta propuesta se resume en:

Busca que proyectos que han adquirido compromisos de venta de energía antes de la entrada en vigor de la Ley, puedan recuperar los costos adicionales que se derivan de estas transferencias, en aplicación al principio de recuperación de costos establecido en el artículo 367 de la Constitución Política y los principios de eficiencia y suficiencia financiera establecidos en el artículo 87 de la Ley 142 de 1994, tal como lo ha reafirmado la honorable Corte Constitucional en Sentencia C-186/22

(…) resulta evidentemente desproporcionado y contrario al principio de recuperación de costos previsto en el artículo 367 de la Constitución, impedirle de manera absoluta a las empresas prestadoras del servicio de energía, recuperar los costos en los que incurren para garantizar el servicio. (…)

La gradualidad debería buscar mitigar algo del impacto de triplicar la transferencia, por lo tanto, se propone que dicha gradualidad empiece una vez los proyectos entren en operación y por ende a generar ingresos, no con la promulgación de la Ley. Lo anterior, como un incentivo real a la pronta entrada en operación de los proyectos. Como se planteó puede generarse un incentivo perverso a retrasar la entrada de los proyectos hasta tanto no se alcance el 6%.
Sugerimos que en el articulado se establezca una institucionalidad clara sobre la vigilancia, control, destinación y uso de estos recursos; solo en la medida que se asegure un adecuado uso de estos recursos se cumpliría el objetivo de habilitador social, que es garantizar recursos en beneficio de las comunidades.
Finalmente, ponemos a consideración que dado que el aumento en esta transferencia parte de ser un habilitador social, se sugiere que los acuerdos resultantes de las consultas previas (que buscan el mismo objetivo de habilitación social) sean deducibles de la liquidación y el pago de las plantas afectadas por el nuevo párrafo.

Agradecemos tener en cuenta esta propuesta y los elementos aquí planteados, quedamos atentos a profundizar, de requerirse, cualquier particular. Cordialmente,

La entrada SER Colombia se posiciona frente a dos temas prioritarios del Plan Nacional de Desarrollo se publicó primero en Energía Estratégica.

energiaestrategica.com, Informacion, Información de Mercado

SER Colombia se posiciona frente a dos temas prioritarios del Plan Nacional de Desarrollo

La entidad gremial que reune a las principales empresas de energías renovables de Colombia, SER Colombia, se expidió sobre la presentación del Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2022-2026 -DESCARGAR- y le envió una carta (que lleva la firma de la flamante directora ejecutiva Alexandra Hernández) dirigida a la ministra de Minas y Energía, Irene Velez (ver al pie), para posicionarse sobre este tema.

Allí se posiciona sobre dos temas «de mayor relevancia» para el sector:

1. Transferencias 6% (artículo 207 del PND)

• Como informamos en su momento, pese a las propuestas de archivo y por insistencia del Gobierno Nacional, se aprobó aumentar al 6% la transferencia por generación de energías renovables en algunas regiones.

• El artículo aprobado en primer debate introdujo una gradualidad y precisa las regiones donde aplica.

• Además de insistir en su archivo, desde SER se plantearon propuestas de ajuste bajo lineamientos establecidos por la Junta Directiva. Se adjunta carta a la Ministra Vélez con análisis de impacto y propuestas.

• Así mismo, gestionamos dos proposiciones que quedaron radicadas para ser debatidas en segundo debate:
i. Bajar tarifa e implementación gradual (tema que se había hablado con la Ministra de Minas y Energía),

ii. Las propuestas de la carta relacionadas con base de liquidación y transición para proyectos que ya tengan contratos firmados bajo otras condiciones de transferencia.

• La Ministra Vélez está estudiando las propuestas de la carta adjunta. Rechazó la posibilidad de descontar de la transferencia, los costos de los acuerdos pactados en las consultas previas. Los congresistas que radicaron la proposición de ajuste tampoco aceptaron esta propuesta.

• Estamos coordinando con otros gremios del sector comunicaciones conjuntas.

2. Integración vertical en generación y transmisión para energías renovables

• Presentamos a la Ministra las preocupaciones, en conjunto con los demás gremios del sector.

• La Ministra con firmeza mencionó que la posición del Gobierno Nacional es incentivar que empresas estatales, como Ecopetrol, aceleren la transición energética y de ahí la importancia de aprobar esta medida en el PND.

• Solicitó a los gremios una contrapropuesta. Citaremos la Junta Directiva para recibir lineamientos frente al tema

Carta a la ministra

Estimada Ministra,

Reciba usted y su equipo de trabajo un cordial saludo por tarde de SER Colombia y sus empresas asociadas. Como gremio de las energías renovables y de la transición energética seguimos manifestando nuestro compromiso y disposición en aras de acelerar una Transición Energética Justa.

La transición energética parte de una efectiva transición tecnológica de las fuentes de generación de energía, solo una entrada masiva de proyectos de energías renovables garantizaría lo anunciado por el gobierno Petro en su plan de gobierno: “Hacia una sociedad movida por el sol, el viento y el agua”.

Como es de su conocimiento, el marco de política energética y los acertados incentivos en materia tributaria han despertado un gran interés en el desarrollo de este tipo de proyectos, prueba de ello es que a hoy, el sistema cuenta con más de 13.3 GW en proyectos FNCER (Fuentes No Convencionales de Energías Renovables) con punto de conexión aprobado, de los cuales, cerca de 3 GW tienen compromisos con el sistema; así mismo, se cuenta con nuevas asignaciones de conexión por el orden de 7.5 GW.

Cifras con especial importancia si se tiene en cuenta que la capacidad instalada en Colombia hoy es de cerca de los 18 GW; aún más, si se considera que representan una potencial inversión de entre 14 mil a 21 mil millones de dólares.

Sin embargo, los anunciados nuevos costos (tributos) a la industria de las energías renovables y los ya conocidos impactos de la pasada reforma tributaria generan incertidumbre por el cambio en las reglas de juego en el desarrollo de estos proyectos. Incertidumbre que pone en riesgo no solo las inversiones mismas sino la diversificación de la matriz eléctrica, la reducción de las tarifas y la efectiva transición energética.

Somos conscientes de que el proceso de transición energética se debe hacer con respeto a las comunidades y a los derechos humanos, de lo contrario los proyectos no son sostenibles.

Así mismo, conocemos de primera mano las necesidades sociales de las comunidades y compartimos la visión de diversificar la matriz productiva de nuestro país.

Sin embargo, la asignación de cargas debe ser balanceada de tal manera que no se afecte a una industria que apenas está naciendo y que es el pilar fundamental para la Transición Energética.

Las Transferencias del sector eléctrico aplicables hoy a las FNCER ya cumplen con las necesidades descritas; como se diseñaron mediante la Ley 1955 de 2019, estas implican una participación del 57% entre comunidades y gobierno sobre el flujo de caja libre, mientras las empresas cuentan con una participación no superior al 43% mientras asume el 100% del riesgo.

En contexto, la rentabilidad promedio de los proyectos FNCER en el mundo no es mayor al 9% y en mercados emergentes como el colombiano dicha rentabilidad ronda el 9.3%1 . Por lo tanto, mantener la competitividad de las inversiones de estos proyectos frente a otros países y compensar cargas adicionales solo podrán hacerse vía incremento del precio de venta de la energía. En consecuencia, ponemos a su disposición algunos elementos adicionales para aportar a la discusión del artículo 188 del proyecto de Ley del asunto.

Impacto en el costo de la electricidad

Incrementar de golpe la transferencia del 1 al 6% de las ventas brutas de energía como se propone en el Proyecto de Ley, representa un alza media de 9 $/kWh en el precio de venta de los contratos de venta de energía a largo plazo que ofrecen los proyectos a partir de FNCER, en un escenario de transición en el cual la cobertura de la demanda debe ser a partir de contratos a largo plazo FNCER, el alza en las tarifas vista por el usuario debiera ser en esa misma magnitud en el mediano y largo plazo.

Guardando las proporciones, un incremento de 9 $/kWh equivale en eliminar en un 30% los logros del Pacto por la Justicia Tarifaria, este impacto se calcula como la relación entre el incremento en el costo de venta de energía para mantener la viabilidad financiera de los proyectos y la reducción lograda por el Pacto por la Justicia Tarifaria.

Si bien los nuevos proyectos puedan asumir este costo adicional mediante un aumento en el precio de venta de la energía; como fue planteado el artículo en primera ponencia, los proyectos que ya tienen acuerdos de venta de energía se ven altamente perjudicados y ponen en riesgo su viabilidad al asumir esta carga. Muchos de estos proyectos ya han sufrido las consecuencias de las condiciones macroeconómicas adversas, así como del aumento en los costos de la deuda y de las materias primas.

Propuestas

En consecuencia, si bien lo deseable para la industria es no adicionar más cargas e introducir cambios en las reglas de juego, manteniendo lo previsto en el artículo 289 de la Ley 1955 de 2019; en caso de que el Congreso de La República decida avanzar con la propuesta planteada para primer debate, adjunto nos permitimos presentar una contrapropuesta que busca incrementar las transferencias para las comunidades y alcaldías, sin poner en riesgo los proyectos.

Esta propuesta se resume en:

Busca que proyectos que han adquirido compromisos de venta de energía antes de la entrada en vigor de la Ley, puedan recuperar los costos adicionales que se derivan de estas transferencias, en aplicación al principio de recuperación de costos establecido en el artículo 367 de la Constitución Política y los principios de eficiencia y suficiencia financiera establecidos en el artículo 87 de la Ley 142 de 1994, tal como lo ha reafirmado la honorable Corte Constitucional en Sentencia C-186/22

(…) resulta evidentemente desproporcionado y contrario al principio de recuperación de costos previsto en el artículo 367 de la Constitución, impedirle de manera absoluta a las empresas prestadoras del servicio de energía, recuperar los costos en los que incurren para garantizar el servicio. (…)

La gradualidad debería buscar mitigar algo del impacto de triplicar la transferencia, por lo tanto, se propone que dicha gradualidad empiece una vez los proyectos entren en operación y por ende a generar ingresos, no con la promulgación de la Ley. Lo anterior, como un incentivo real a la pronta entrada en operación de los proyectos. Como se planteó puede generarse un incentivo perverso a retrasar la entrada de los proyectos hasta tanto no se alcance el 6%.
Sugerimos que en el articulado se establezca una institucionalidad clara sobre la vigilancia, control, destinación y uso de estos recursos; solo en la medida que se asegure un adecuado uso de estos recursos se cumpliría el objetivo de habilitador social, que es garantizar recursos en beneficio de las comunidades.
Finalmente, ponemos a consideración que dado que el aumento en esta transferencia parte de ser un habilitador social, se sugiere que los acuerdos resultantes de las consultas previas (que buscan el mismo objetivo de habilitación social) sean deducibles de la liquidación y el pago de las plantas afectadas por el nuevo párrafo.

Agradecemos tener en cuenta esta propuesta y los elementos aquí planteados, quedamos atentos a profundizar, de requerirse, cualquier particular. Cordialmente,

La entrada SER Colombia se posiciona frente a dos temas prioritarios del Plan Nacional de Desarrollo se publicó primero en Energía Estratégica.

energiaestrategica.com, Informacion, Información de Mercado

SER Colombia se posiciona frente a dos temas prioritarios del Plan Nacional de Desarrollo

La entidad gremial que reune a las principales empresas de energías renovables de Colombia, SER Colombia, se expidió sobre la presentación del Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2022-2026 -DESCARGAR- y le envió una carta (que lleva la firma de la flamante directora ejecutiva Alexandra Hernández) dirigida a la ministra de Minas y Energía, Irene Velez (ver al pie), para posicionarse sobre este tema.

Allí se posiciona sobre dos temas «de mayor relevancia» para el sector:

1. Transferencias 6% (artículo 207 del PND)

• Como informamos en su momento, pese a las propuestas de archivo y por insistencia del Gobierno Nacional, se aprobó aumentar al 6% la transferencia por generación de energías renovables en algunas regiones.

• El artículo aprobado en primer debate introdujo una gradualidad y precisa las regiones donde aplica.

• Además de insistir en su archivo, desde SER se plantearon propuestas de ajuste bajo lineamientos establecidos por la Junta Directiva. Se adjunta carta a la Ministra Vélez con análisis de impacto y propuestas.

• Así mismo, gestionamos dos proposiciones que quedaron radicadas para ser debatidas en segundo debate:
i. Bajar tarifa e implementación gradual (tema que se había hablado con la Ministra de Minas y Energía),

ii. Las propuestas de la carta relacionadas con base de liquidación y transición para proyectos que ya tengan contratos firmados bajo otras condiciones de transferencia.

• La Ministra Vélez está estudiando las propuestas de la carta adjunta. Rechazó la posibilidad de descontar de la transferencia, los costos de los acuerdos pactados en las consultas previas. Los congresistas que radicaron la proposición de ajuste tampoco aceptaron esta propuesta.

• Estamos coordinando con otros gremios del sector comunicaciones conjuntas.

2. Integración vertical en generación y transmisión para energías renovables

• Presentamos a la Ministra las preocupaciones, en conjunto con los demás gremios del sector.

• La Ministra con firmeza mencionó que la posición del Gobierno Nacional es incentivar que empresas estatales, como Ecopetrol, aceleren la transición energética y de ahí la importancia de aprobar esta medida en el PND.

• Solicitó a los gremios una contrapropuesta. Citaremos la Junta Directiva para recibir lineamientos frente al tema

Carta a la ministra

Estimada Ministra,

Reciba usted y su equipo de trabajo un cordial saludo por tarde de SER Colombia y sus empresas asociadas. Como gremio de las energías renovables y de la transición energética seguimos manifestando nuestro compromiso y disposición en aras de acelerar una Transición Energética Justa.

La transición energética parte de una efectiva transición tecnológica de las fuentes de generación de energía, solo una entrada masiva de proyectos de energías renovables garantizaría lo anunciado por el gobierno Petro en su plan de gobierno: “Hacia una sociedad movida por el sol, el viento y el agua”.

Como es de su conocimiento, el marco de política energética y los acertados incentivos en materia tributaria han despertado un gran interés en el desarrollo de este tipo de proyectos, prueba de ello es que a hoy, el sistema cuenta con más de 13.3 GW en proyectos FNCER (Fuentes No Convencionales de Energías Renovables) con punto de conexión aprobado, de los cuales, cerca de 3 GW tienen compromisos con el sistema; así mismo, se cuenta con nuevas asignaciones de conexión por el orden de 7.5 GW.

Cifras con especial importancia si se tiene en cuenta que la capacidad instalada en Colombia hoy es de cerca de los 18 GW; aún más, si se considera que representan una potencial inversión de entre 14 mil a 21 mil millones de dólares.

Sin embargo, los anunciados nuevos costos (tributos) a la industria de las energías renovables y los ya conocidos impactos de la pasada reforma tributaria generan incertidumbre por el cambio en las reglas de juego en el desarrollo de estos proyectos. Incertidumbre que pone en riesgo no solo las inversiones mismas sino la diversificación de la matriz eléctrica, la reducción de las tarifas y la efectiva transición energética.

Somos conscientes de que el proceso de transición energética se debe hacer con respeto a las comunidades y a los derechos humanos, de lo contrario los proyectos no son sostenibles.

Así mismo, conocemos de primera mano las necesidades sociales de las comunidades y compartimos la visión de diversificar la matriz productiva de nuestro país.

Sin embargo, la asignación de cargas debe ser balanceada de tal manera que no se afecte a una industria que apenas está naciendo y que es el pilar fundamental para la Transición Energética.

Las Transferencias del sector eléctrico aplicables hoy a las FNCER ya cumplen con las necesidades descritas; como se diseñaron mediante la Ley 1955 de 2019, estas implican una participación del 57% entre comunidades y gobierno sobre el flujo de caja libre, mientras las empresas cuentan con una participación no superior al 43% mientras asume el 100% del riesgo.

En contexto, la rentabilidad promedio de los proyectos FNCER en el mundo no es mayor al 9% y en mercados emergentes como el colombiano dicha rentabilidad ronda el 9.3%1 . Por lo tanto, mantener la competitividad de las inversiones de estos proyectos frente a otros países y compensar cargas adicionales solo podrán hacerse vía incremento del precio de venta de la energía. En consecuencia, ponemos a su disposición algunos elementos adicionales para aportar a la discusión del artículo 188 del proyecto de Ley del asunto.

Impacto en el costo de la electricidad

Incrementar de golpe la transferencia del 1 al 6% de las ventas brutas de energía como se propone en el Proyecto de Ley, representa un alza media de 9 $/kWh en el precio de venta de los contratos de venta de energía a largo plazo que ofrecen los proyectos a partir de FNCER, en un escenario de transición en el cual la cobertura de la demanda debe ser a partir de contratos a largo plazo FNCER, el alza en las tarifas vista por el usuario debiera ser en esa misma magnitud en el mediano y largo plazo.

Guardando las proporciones, un incremento de 9 $/kWh equivale en eliminar en un 30% los logros del Pacto por la Justicia Tarifaria, este impacto se calcula como la relación entre el incremento en el costo de venta de energía para mantener la viabilidad financiera de los proyectos y la reducción lograda por el Pacto por la Justicia Tarifaria.

Si bien los nuevos proyectos puedan asumir este costo adicional mediante un aumento en el precio de venta de la energía; como fue planteado el artículo en primera ponencia, los proyectos que ya tienen acuerdos de venta de energía se ven altamente perjudicados y ponen en riesgo su viabilidad al asumir esta carga. Muchos de estos proyectos ya han sufrido las consecuencias de las condiciones macroeconómicas adversas, así como del aumento en los costos de la deuda y de las materias primas.

Propuestas

En consecuencia, si bien lo deseable para la industria es no adicionar más cargas e introducir cambios en las reglas de juego, manteniendo lo previsto en el artículo 289 de la Ley 1955 de 2019; en caso de que el Congreso de La República decida avanzar con la propuesta planteada para primer debate, adjunto nos permitimos presentar una contrapropuesta que busca incrementar las transferencias para las comunidades y alcaldías, sin poner en riesgo los proyectos.

Esta propuesta se resume en:

Busca que proyectos que han adquirido compromisos de venta de energía antes de la entrada en vigor de la Ley, puedan recuperar los costos adicionales que se derivan de estas transferencias, en aplicación al principio de recuperación de costos establecido en el artículo 367 de la Constitución Política y los principios de eficiencia y suficiencia financiera establecidos en el artículo 87 de la Ley 142 de 1994, tal como lo ha reafirmado la honorable Corte Constitucional en Sentencia C-186/22

(…) resulta evidentemente desproporcionado y contrario al principio de recuperación de costos previsto en el artículo 367 de la Constitución, impedirle de manera absoluta a las empresas prestadoras del servicio de energía, recuperar los costos en los que incurren para garantizar el servicio. (…)

La gradualidad debería buscar mitigar algo del impacto de triplicar la transferencia, por lo tanto, se propone que dicha gradualidad empiece una vez los proyectos entren en operación y por ende a generar ingresos, no con la promulgación de la Ley. Lo anterior, como un incentivo real a la pronta entrada en operación de los proyectos. Como se planteó puede generarse un incentivo perverso a retrasar la entrada de los proyectos hasta tanto no se alcance el 6%.
Sugerimos que en el articulado se establezca una institucionalidad clara sobre la vigilancia, control, destinación y uso de estos recursos; solo en la medida que se asegure un adecuado uso de estos recursos se cumpliría el objetivo de habilitador social, que es garantizar recursos en beneficio de las comunidades.
Finalmente, ponemos a consideración que dado que el aumento en esta transferencia parte de ser un habilitador social, se sugiere que los acuerdos resultantes de las consultas previas (que buscan el mismo objetivo de habilitación social) sean deducibles de la liquidación y el pago de las plantas afectadas por el nuevo párrafo.

Agradecemos tener en cuenta esta propuesta y los elementos aquí planteados, quedamos atentos a profundizar, de requerirse, cualquier particular. Cordialmente,

La entrada SER Colombia se posiciona frente a dos temas prioritarios del Plan Nacional de Desarrollo se publicó primero en Energía Estratégica.

energiaestrategica.com, Informacion, Información de Mercado

SER Colombia se posiciona frente a dos temas prioritarios del Plan Nacional de Desarrollo

La entidad gremial que reune a las principales empresas de energías renovables de Colombia, SER Colombia, se expidió sobre la presentación del Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2022-2026 -DESCARGAR- y le envió una carta (que lleva la firma de la flamante directora ejecutiva Alexandra Hernández) dirigida a la ministra de Minas y Energía, Irene Velez (ver al pie), para posicionarse sobre este tema.

Allí se posiciona sobre dos temas «de mayor relevancia» para el sector:

1. Transferencias 6% (artículo 207 del PND)

• Como informamos en su momento, pese a las propuestas de archivo y por insistencia del Gobierno Nacional, se aprobó aumentar al 6% la transferencia por generación de energías renovables en algunas regiones.

• El artículo aprobado en primer debate introdujo una gradualidad y precisa las regiones donde aplica.

• Además de insistir en su archivo, desde SER se plantearon propuestas de ajuste bajo lineamientos establecidos por la Junta Directiva. Se adjunta carta a la Ministra Vélez con análisis de impacto y propuestas.

• Así mismo, gestionamos dos proposiciones que quedaron radicadas para ser debatidas en segundo debate:
i. Bajar tarifa e implementación gradual (tema que se había hablado con la Ministra de Minas y Energía),

ii. Las propuestas de la carta relacionadas con base de liquidación y transición para proyectos que ya tengan contratos firmados bajo otras condiciones de transferencia.

• La Ministra Vélez está estudiando las propuestas de la carta adjunta. Rechazó la posibilidad de descontar de la transferencia, los costos de los acuerdos pactados en las consultas previas. Los congresistas que radicaron la proposición de ajuste tampoco aceptaron esta propuesta.

• Estamos coordinando con otros gremios del sector comunicaciones conjuntas.

2. Integración vertical en generación y transmisión para energías renovables

• Presentamos a la Ministra las preocupaciones, en conjunto con los demás gremios del sector.

• La Ministra con firmeza mencionó que la posición del Gobierno Nacional es incentivar que empresas estatales, como Ecopetrol, aceleren la transición energética y de ahí la importancia de aprobar esta medida en el PND.

• Solicitó a los gremios una contrapropuesta. Citaremos la Junta Directiva para recibir lineamientos frente al tema

Carta a la ministra

Estimada Ministra,

Reciba usted y su equipo de trabajo un cordial saludo por tarde de SER Colombia y sus empresas asociadas. Como gremio de las energías renovables y de la transición energética seguimos manifestando nuestro compromiso y disposición en aras de acelerar una Transición Energética Justa.

La transición energética parte de una efectiva transición tecnológica de las fuentes de generación de energía, solo una entrada masiva de proyectos de energías renovables garantizaría lo anunciado por el gobierno Petro en su plan de gobierno: “Hacia una sociedad movida por el sol, el viento y el agua”.

Como es de su conocimiento, el marco de política energética y los acertados incentivos en materia tributaria han despertado un gran interés en el desarrollo de este tipo de proyectos, prueba de ello es que a hoy, el sistema cuenta con más de 13.3 GW en proyectos FNCER (Fuentes No Convencionales de Energías Renovables) con punto de conexión aprobado, de los cuales, cerca de 3 GW tienen compromisos con el sistema; así mismo, se cuenta con nuevas asignaciones de conexión por el orden de 7.5 GW.

Cifras con especial importancia si se tiene en cuenta que la capacidad instalada en Colombia hoy es de cerca de los 18 GW; aún más, si se considera que representan una potencial inversión de entre 14 mil a 21 mil millones de dólares.

Sin embargo, los anunciados nuevos costos (tributos) a la industria de las energías renovables y los ya conocidos impactos de la pasada reforma tributaria generan incertidumbre por el cambio en las reglas de juego en el desarrollo de estos proyectos. Incertidumbre que pone en riesgo no solo las inversiones mismas sino la diversificación de la matriz eléctrica, la reducción de las tarifas y la efectiva transición energética.

Somos conscientes de que el proceso de transición energética se debe hacer con respeto a las comunidades y a los derechos humanos, de lo contrario los proyectos no son sostenibles.

Así mismo, conocemos de primera mano las necesidades sociales de las comunidades y compartimos la visión de diversificar la matriz productiva de nuestro país.

Sin embargo, la asignación de cargas debe ser balanceada de tal manera que no se afecte a una industria que apenas está naciendo y que es el pilar fundamental para la Transición Energética.

Las Transferencias del sector eléctrico aplicables hoy a las FNCER ya cumplen con las necesidades descritas; como se diseñaron mediante la Ley 1955 de 2019, estas implican una participación del 57% entre comunidades y gobierno sobre el flujo de caja libre, mientras las empresas cuentan con una participación no superior al 43% mientras asume el 100% del riesgo.

En contexto, la rentabilidad promedio de los proyectos FNCER en el mundo no es mayor al 9% y en mercados emergentes como el colombiano dicha rentabilidad ronda el 9.3%1 . Por lo tanto, mantener la competitividad de las inversiones de estos proyectos frente a otros países y compensar cargas adicionales solo podrán hacerse vía incremento del precio de venta de la energía. En consecuencia, ponemos a su disposición algunos elementos adicionales para aportar a la discusión del artículo 188 del proyecto de Ley del asunto.

Impacto en el costo de la electricidad

Incrementar de golpe la transferencia del 1 al 6% de las ventas brutas de energía como se propone en el Proyecto de Ley, representa un alza media de 9 $/kWh en el precio de venta de los contratos de venta de energía a largo plazo que ofrecen los proyectos a partir de FNCER, en un escenario de transición en el cual la cobertura de la demanda debe ser a partir de contratos a largo plazo FNCER, el alza en las tarifas vista por el usuario debiera ser en esa misma magnitud en el mediano y largo plazo.

Guardando las proporciones, un incremento de 9 $/kWh equivale en eliminar en un 30% los logros del Pacto por la Justicia Tarifaria, este impacto se calcula como la relación entre el incremento en el costo de venta de energía para mantener la viabilidad financiera de los proyectos y la reducción lograda por el Pacto por la Justicia Tarifaria.

Si bien los nuevos proyectos puedan asumir este costo adicional mediante un aumento en el precio de venta de la energía; como fue planteado el artículo en primera ponencia, los proyectos que ya tienen acuerdos de venta de energía se ven altamente perjudicados y ponen en riesgo su viabilidad al asumir esta carga. Muchos de estos proyectos ya han sufrido las consecuencias de las condiciones macroeconómicas adversas, así como del aumento en los costos de la deuda y de las materias primas.

Propuestas

En consecuencia, si bien lo deseable para la industria es no adicionar más cargas e introducir cambios en las reglas de juego, manteniendo lo previsto en el artículo 289 de la Ley 1955 de 2019; en caso de que el Congreso de La República decida avanzar con la propuesta planteada para primer debate, adjunto nos permitimos presentar una contrapropuesta que busca incrementar las transferencias para las comunidades y alcaldías, sin poner en riesgo los proyectos.

Esta propuesta se resume en:

Busca que proyectos que han adquirido compromisos de venta de energía antes de la entrada en vigor de la Ley, puedan recuperar los costos adicionales que se derivan de estas transferencias, en aplicación al principio de recuperación de costos establecido en el artículo 367 de la Constitución Política y los principios de eficiencia y suficiencia financiera establecidos en el artículo 87 de la Ley 142 de 1994, tal como lo ha reafirmado la honorable Corte Constitucional en Sentencia C-186/22

(…) resulta evidentemente desproporcionado y contrario al principio de recuperación de costos previsto en el artículo 367 de la Constitución, impedirle de manera absoluta a las empresas prestadoras del servicio de energía, recuperar los costos en los que incurren para garantizar el servicio. (…)

La gradualidad debería buscar mitigar algo del impacto de triplicar la transferencia, por lo tanto, se propone que dicha gradualidad empiece una vez los proyectos entren en operación y por ende a generar ingresos, no con la promulgación de la Ley. Lo anterior, como un incentivo real a la pronta entrada en operación de los proyectos. Como se planteó puede generarse un incentivo perverso a retrasar la entrada de los proyectos hasta tanto no se alcance el 6%.
Sugerimos que en el articulado se establezca una institucionalidad clara sobre la vigilancia, control, destinación y uso de estos recursos; solo en la medida que se asegure un adecuado uso de estos recursos se cumpliría el objetivo de habilitador social, que es garantizar recursos en beneficio de las comunidades.
Finalmente, ponemos a consideración que dado que el aumento en esta transferencia parte de ser un habilitador social, se sugiere que los acuerdos resultantes de las consultas previas (que buscan el mismo objetivo de habilitación social) sean deducibles de la liquidación y el pago de las plantas afectadas por el nuevo párrafo.

Agradecemos tener en cuenta esta propuesta y los elementos aquí planteados, quedamos atentos a profundizar, de requerirse, cualquier particular. Cordialmente,

La entrada SER Colombia se posiciona frente a dos temas prioritarios del Plan Nacional de Desarrollo se publicó primero en Energía Estratégica.

energiaestrategica.com, Informacion, Información de Mercado

SER Colombia se posiciona frente a dos temas prioritarios del Plan Nacional de Desarrollo

La entidad gremial que reune a las principales empresas de energías renovables de Colombia, SER Colombia, se expidió sobre la presentación del Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2022-2026 -DESCARGAR- y le envió una carta (que lleva la firma de la flamante directora ejecutiva Alexandra Hernández) dirigida a la ministra de Minas y Energía, Irene Velez (ver al pie), para posicionarse sobre este tema.

Allí se posiciona sobre dos temas «de mayor relevancia» para el sector:

1. Transferencias 6% (artículo 207 del PND)

• Como informamos en su momento, pese a las propuestas de archivo y por insistencia del Gobierno Nacional, se aprobó aumentar al 6% la transferencia por generación de energías renovables en algunas regiones.

• El artículo aprobado en primer debate introdujo una gradualidad y precisa las regiones donde aplica.

• Además de insistir en su archivo, desde SER se plantearon propuestas de ajuste bajo lineamientos establecidos por la Junta Directiva. Se adjunta carta a la Ministra Vélez con análisis de impacto y propuestas.

• Así mismo, gestionamos dos proposiciones que quedaron radicadas para ser debatidas en segundo debate:
i. Bajar tarifa e implementación gradual (tema que se había hablado con la Ministra de Minas y Energía),

ii. Las propuestas de la carta relacionadas con base de liquidación y transición para proyectos que ya tengan contratos firmados bajo otras condiciones de transferencia.

• La Ministra Vélez está estudiando las propuestas de la carta adjunta. Rechazó la posibilidad de descontar de la transferencia, los costos de los acuerdos pactados en las consultas previas. Los congresistas que radicaron la proposición de ajuste tampoco aceptaron esta propuesta.

• Estamos coordinando con otros gremios del sector comunicaciones conjuntas.

2. Integración vertical en generación y transmisión para energías renovables

• Presentamos a la Ministra las preocupaciones, en conjunto con los demás gremios del sector.

• La Ministra con firmeza mencionó que la posición del Gobierno Nacional es incentivar que empresas estatales, como Ecopetrol, aceleren la transición energética y de ahí la importancia de aprobar esta medida en el PND.

• Solicitó a los gremios una contrapropuesta. Citaremos la Junta Directiva para recibir lineamientos frente al tema

Carta a la ministra

Estimada Ministra,

Reciba usted y su equipo de trabajo un cordial saludo por tarde de SER Colombia y sus empresas asociadas. Como gremio de las energías renovables y de la transición energética seguimos manifestando nuestro compromiso y disposición en aras de acelerar una Transición Energética Justa.

La transición energética parte de una efectiva transición tecnológica de las fuentes de generación de energía, solo una entrada masiva de proyectos de energías renovables garantizaría lo anunciado por el gobierno Petro en su plan de gobierno: “Hacia una sociedad movida por el sol, el viento y el agua”.

Como es de su conocimiento, el marco de política energética y los acertados incentivos en materia tributaria han despertado un gran interés en el desarrollo de este tipo de proyectos, prueba de ello es que a hoy, el sistema cuenta con más de 13.3 GW en proyectos FNCER (Fuentes No Convencionales de Energías Renovables) con punto de conexión aprobado, de los cuales, cerca de 3 GW tienen compromisos con el sistema; así mismo, se cuenta con nuevas asignaciones de conexión por el orden de 7.5 GW.

Cifras con especial importancia si se tiene en cuenta que la capacidad instalada en Colombia hoy es de cerca de los 18 GW; aún más, si se considera que representan una potencial inversión de entre 14 mil a 21 mil millones de dólares.

Sin embargo, los anunciados nuevos costos (tributos) a la industria de las energías renovables y los ya conocidos impactos de la pasada reforma tributaria generan incertidumbre por el cambio en las reglas de juego en el desarrollo de estos proyectos. Incertidumbre que pone en riesgo no solo las inversiones mismas sino la diversificación de la matriz eléctrica, la reducción de las tarifas y la efectiva transición energética.

Somos conscientes de que el proceso de transición energética se debe hacer con respeto a las comunidades y a los derechos humanos, de lo contrario los proyectos no son sostenibles.

Así mismo, conocemos de primera mano las necesidades sociales de las comunidades y compartimos la visión de diversificar la matriz productiva de nuestro país.

Sin embargo, la asignación de cargas debe ser balanceada de tal manera que no se afecte a una industria que apenas está naciendo y que es el pilar fundamental para la Transición Energética.

Las Transferencias del sector eléctrico aplicables hoy a las FNCER ya cumplen con las necesidades descritas; como se diseñaron mediante la Ley 1955 de 2019, estas implican una participación del 57% entre comunidades y gobierno sobre el flujo de caja libre, mientras las empresas cuentan con una participación no superior al 43% mientras asume el 100% del riesgo.

En contexto, la rentabilidad promedio de los proyectos FNCER en el mundo no es mayor al 9% y en mercados emergentes como el colombiano dicha rentabilidad ronda el 9.3%1 . Por lo tanto, mantener la competitividad de las inversiones de estos proyectos frente a otros países y compensar cargas adicionales solo podrán hacerse vía incremento del precio de venta de la energía. En consecuencia, ponemos a su disposición algunos elementos adicionales para aportar a la discusión del artículo 188 del proyecto de Ley del asunto.

Impacto en el costo de la electricidad

Incrementar de golpe la transferencia del 1 al 6% de las ventas brutas de energía como se propone en el Proyecto de Ley, representa un alza media de 9 $/kWh en el precio de venta de los contratos de venta de energía a largo plazo que ofrecen los proyectos a partir de FNCER, en un escenario de transición en el cual la cobertura de la demanda debe ser a partir de contratos a largo plazo FNCER, el alza en las tarifas vista por el usuario debiera ser en esa misma magnitud en el mediano y largo plazo.

Guardando las proporciones, un incremento de 9 $/kWh equivale en eliminar en un 30% los logros del Pacto por la Justicia Tarifaria, este impacto se calcula como la relación entre el incremento en el costo de venta de energía para mantener la viabilidad financiera de los proyectos y la reducción lograda por el Pacto por la Justicia Tarifaria.

Si bien los nuevos proyectos puedan asumir este costo adicional mediante un aumento en el precio de venta de la energía; como fue planteado el artículo en primera ponencia, los proyectos que ya tienen acuerdos de venta de energía se ven altamente perjudicados y ponen en riesgo su viabilidad al asumir esta carga. Muchos de estos proyectos ya han sufrido las consecuencias de las condiciones macroeconómicas adversas, así como del aumento en los costos de la deuda y de las materias primas.

Propuestas

En consecuencia, si bien lo deseable para la industria es no adicionar más cargas e introducir cambios en las reglas de juego, manteniendo lo previsto en el artículo 289 de la Ley 1955 de 2019; en caso de que el Congreso de La República decida avanzar con la propuesta planteada para primer debate, adjunto nos permitimos presentar una contrapropuesta que busca incrementar las transferencias para las comunidades y alcaldías, sin poner en riesgo los proyectos.

Esta propuesta se resume en:

Busca que proyectos que han adquirido compromisos de venta de energía antes de la entrada en vigor de la Ley, puedan recuperar los costos adicionales que se derivan de estas transferencias, en aplicación al principio de recuperación de costos establecido en el artículo 367 de la Constitución Política y los principios de eficiencia y suficiencia financiera establecidos en el artículo 87 de la Ley 142 de 1994, tal como lo ha reafirmado la honorable Corte Constitucional en Sentencia C-186/22

(…) resulta evidentemente desproporcionado y contrario al principio de recuperación de costos previsto en el artículo 367 de la Constitución, impedirle de manera absoluta a las empresas prestadoras del servicio de energía, recuperar los costos en los que incurren para garantizar el servicio. (…)

La gradualidad debería buscar mitigar algo del impacto de triplicar la transferencia, por lo tanto, se propone que dicha gradualidad empiece una vez los proyectos entren en operación y por ende a generar ingresos, no con la promulgación de la Ley. Lo anterior, como un incentivo real a la pronta entrada en operación de los proyectos. Como se planteó puede generarse un incentivo perverso a retrasar la entrada de los proyectos hasta tanto no se alcance el 6%.
Sugerimos que en el articulado se establezca una institucionalidad clara sobre la vigilancia, control, destinación y uso de estos recursos; solo en la medida que se asegure un adecuado uso de estos recursos se cumpliría el objetivo de habilitador social, que es garantizar recursos en beneficio de las comunidades.
Finalmente, ponemos a consideración que dado que el aumento en esta transferencia parte de ser un habilitador social, se sugiere que los acuerdos resultantes de las consultas previas (que buscan el mismo objetivo de habilitación social) sean deducibles de la liquidación y el pago de las plantas afectadas por el nuevo párrafo.

Agradecemos tener en cuenta esta propuesta y los elementos aquí planteados, quedamos atentos a profundizar, de requerirse, cualquier particular. Cordialmente,

La entrada SER Colombia se posiciona frente a dos temas prioritarios del Plan Nacional de Desarrollo se publicó primero en Energía Estratégica.

energiaestrategica.com, Informacion, Información de Mercado

SER Colombia se posiciona frente a dos temas prioritarios del Plan Nacional de Desarrollo

La entidad gremial que reune a las principales empresas de energías renovables de Colombia, SER Colombia, se expidió sobre la presentación del Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2022-2026 -DESCARGAR- y le envió una carta (que lleva la firma de la flamante directora ejecutiva Alexandra Hernández) dirigida a la ministra de Minas y Energía, Irene Velez (ver al pie), para posicionarse sobre este tema.

Allí se posiciona sobre dos temas «de mayor relevancia» para el sector:

1. Transferencias 6% (artículo 207 del PND)

• Como informamos en su momento, pese a las propuestas de archivo y por insistencia del Gobierno Nacional, se aprobó aumentar al 6% la transferencia por generación de energías renovables en algunas regiones.

• El artículo aprobado en primer debate introdujo una gradualidad y precisa las regiones donde aplica.

• Además de insistir en su archivo, desde SER se plantearon propuestas de ajuste bajo lineamientos establecidos por la Junta Directiva. Se adjunta carta a la Ministra Vélez con análisis de impacto y propuestas.

• Así mismo, gestionamos dos proposiciones que quedaron radicadas para ser debatidas en segundo debate:
i. Bajar tarifa e implementación gradual (tema que se había hablado con la Ministra de Minas y Energía),

ii. Las propuestas de la carta relacionadas con base de liquidación y transición para proyectos que ya tengan contratos firmados bajo otras condiciones de transferencia.

• La Ministra Vélez está estudiando las propuestas de la carta adjunta. Rechazó la posibilidad de descontar de la transferencia, los costos de los acuerdos pactados en las consultas previas. Los congresistas que radicaron la proposición de ajuste tampoco aceptaron esta propuesta.

• Estamos coordinando con otros gremios del sector comunicaciones conjuntas.

2. Integración vertical en generación y transmisión para energías renovables

• Presentamos a la Ministra las preocupaciones, en conjunto con los demás gremios del sector.

• La Ministra con firmeza mencionó que la posición del Gobierno Nacional es incentivar que empresas estatales, como Ecopetrol, aceleren la transición energética y de ahí la importancia de aprobar esta medida en el PND.

• Solicitó a los gremios una contrapropuesta. Citaremos la Junta Directiva para recibir lineamientos frente al tema

Carta a la ministra

Estimada Ministra,

Reciba usted y su equipo de trabajo un cordial saludo por tarde de SER Colombia y sus empresas asociadas. Como gremio de las energías renovables y de la transición energética seguimos manifestando nuestro compromiso y disposición en aras de acelerar una Transición Energética Justa.

La transición energética parte de una efectiva transición tecnológica de las fuentes de generación de energía, solo una entrada masiva de proyectos de energías renovables garantizaría lo anunciado por el gobierno Petro en su plan de gobierno: “Hacia una sociedad movida por el sol, el viento y el agua”.

Como es de su conocimiento, el marco de política energética y los acertados incentivos en materia tributaria han despertado un gran interés en el desarrollo de este tipo de proyectos, prueba de ello es que a hoy, el sistema cuenta con más de 13.3 GW en proyectos FNCER (Fuentes No Convencionales de Energías Renovables) con punto de conexión aprobado, de los cuales, cerca de 3 GW tienen compromisos con el sistema; así mismo, se cuenta con nuevas asignaciones de conexión por el orden de 7.5 GW.

Cifras con especial importancia si se tiene en cuenta que la capacidad instalada en Colombia hoy es de cerca de los 18 GW; aún más, si se considera que representan una potencial inversión de entre 14 mil a 21 mil millones de dólares.

Sin embargo, los anunciados nuevos costos (tributos) a la industria de las energías renovables y los ya conocidos impactos de la pasada reforma tributaria generan incertidumbre por el cambio en las reglas de juego en el desarrollo de estos proyectos. Incertidumbre que pone en riesgo no solo las inversiones mismas sino la diversificación de la matriz eléctrica, la reducción de las tarifas y la efectiva transición energética.

Somos conscientes de que el proceso de transición energética se debe hacer con respeto a las comunidades y a los derechos humanos, de lo contrario los proyectos no son sostenibles.

Así mismo, conocemos de primera mano las necesidades sociales de las comunidades y compartimos la visión de diversificar la matriz productiva de nuestro país.

Sin embargo, la asignación de cargas debe ser balanceada de tal manera que no se afecte a una industria que apenas está naciendo y que es el pilar fundamental para la Transición Energética.

Las Transferencias del sector eléctrico aplicables hoy a las FNCER ya cumplen con las necesidades descritas; como se diseñaron mediante la Ley 1955 de 2019, estas implican una participación del 57% entre comunidades y gobierno sobre el flujo de caja libre, mientras las empresas cuentan con una participación no superior al 43% mientras asume el 100% del riesgo.

En contexto, la rentabilidad promedio de los proyectos FNCER en el mundo no es mayor al 9% y en mercados emergentes como el colombiano dicha rentabilidad ronda el 9.3%1 . Por lo tanto, mantener la competitividad de las inversiones de estos proyectos frente a otros países y compensar cargas adicionales solo podrán hacerse vía incremento del precio de venta de la energía. En consecuencia, ponemos a su disposición algunos elementos adicionales para aportar a la discusión del artículo 188 del proyecto de Ley del asunto.

Impacto en el costo de la electricidad

Incrementar de golpe la transferencia del 1 al 6% de las ventas brutas de energía como se propone en el Proyecto de Ley, representa un alza media de 9 $/kWh en el precio de venta de los contratos de venta de energía a largo plazo que ofrecen los proyectos a partir de FNCER, en un escenario de transición en el cual la cobertura de la demanda debe ser a partir de contratos a largo plazo FNCER, el alza en las tarifas vista por el usuario debiera ser en esa misma magnitud en el mediano y largo plazo.

Guardando las proporciones, un incremento de 9 $/kWh equivale en eliminar en un 30% los logros del Pacto por la Justicia Tarifaria, este impacto se calcula como la relación entre el incremento en el costo de venta de energía para mantener la viabilidad financiera de los proyectos y la reducción lograda por el Pacto por la Justicia Tarifaria.

Si bien los nuevos proyectos puedan asumir este costo adicional mediante un aumento en el precio de venta de la energía; como fue planteado el artículo en primera ponencia, los proyectos que ya tienen acuerdos de venta de energía se ven altamente perjudicados y ponen en riesgo su viabilidad al asumir esta carga. Muchos de estos proyectos ya han sufrido las consecuencias de las condiciones macroeconómicas adversas, así como del aumento en los costos de la deuda y de las materias primas.

Propuestas

En consecuencia, si bien lo deseable para la industria es no adicionar más cargas e introducir cambios en las reglas de juego, manteniendo lo previsto en el artículo 289 de la Ley 1955 de 2019; en caso de que el Congreso de La República decida avanzar con la propuesta planteada para primer debate, adjunto nos permitimos presentar una contrapropuesta que busca incrementar las transferencias para las comunidades y alcaldías, sin poner en riesgo los proyectos.

Esta propuesta se resume en:

Busca que proyectos que han adquirido compromisos de venta de energía antes de la entrada en vigor de la Ley, puedan recuperar los costos adicionales que se derivan de estas transferencias, en aplicación al principio de recuperación de costos establecido en el artículo 367 de la Constitución Política y los principios de eficiencia y suficiencia financiera establecidos en el artículo 87 de la Ley 142 de 1994, tal como lo ha reafirmado la honorable Corte Constitucional en Sentencia C-186/22

(…) resulta evidentemente desproporcionado y contrario al principio de recuperación de costos previsto en el artículo 367 de la Constitución, impedirle de manera absoluta a las empresas prestadoras del servicio de energía, recuperar los costos en los que incurren para garantizar el servicio. (…)

La gradualidad debería buscar mitigar algo del impacto de triplicar la transferencia, por lo tanto, se propone que dicha gradualidad empiece una vez los proyectos entren en operación y por ende a generar ingresos, no con la promulgación de la Ley. Lo anterior, como un incentivo real a la pronta entrada en operación de los proyectos. Como se planteó puede generarse un incentivo perverso a retrasar la entrada de los proyectos hasta tanto no se alcance el 6%.
Sugerimos que en el articulado se establezca una institucionalidad clara sobre la vigilancia, control, destinación y uso de estos recursos; solo en la medida que se asegure un adecuado uso de estos recursos se cumpliría el objetivo de habilitador social, que es garantizar recursos en beneficio de las comunidades.
Finalmente, ponemos a consideración que dado que el aumento en esta transferencia parte de ser un habilitador social, se sugiere que los acuerdos resultantes de las consultas previas (que buscan el mismo objetivo de habilitación social) sean deducibles de la liquidación y el pago de las plantas afectadas por el nuevo párrafo.

Agradecemos tener en cuenta esta propuesta y los elementos aquí planteados, quedamos atentos a profundizar, de requerirse, cualquier particular. Cordialmente,

La entrada SER Colombia se posiciona frente a dos temas prioritarios del Plan Nacional de Desarrollo se publicó primero en Energía Estratégica.

energiaestrategica.com, Informacion, Información de Mercado

SER Colombia se posiciona frente a dos temas prioritarios del Plan Nacional de Desarrollo

La entidad gremial que reune a las principales empresas de energías renovables de Colombia, SER Colombia, se expidió sobre la presentación del Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2022-2026 -DESCARGAR- y le envió una carta (que lleva la firma de la flamante directora ejecutiva Alexandra Hernández) dirigida a la ministra de Minas y Energía, Irene Velez (ver al pie), para posicionarse sobre este tema.

Allí se posiciona sobre dos temas «de mayor relevancia» para el sector:

1. Transferencias 6% (artículo 207 del PND)

• Como informamos en su momento, pese a las propuestas de archivo y por insistencia del Gobierno Nacional, se aprobó aumentar al 6% la transferencia por generación de energías renovables en algunas regiones.

• El artículo aprobado en primer debate introdujo una gradualidad y precisa las regiones donde aplica.

• Además de insistir en su archivo, desde SER se plantearon propuestas de ajuste bajo lineamientos establecidos por la Junta Directiva. Se adjunta carta a la Ministra Vélez con análisis de impacto y propuestas.

• Así mismo, gestionamos dos proposiciones que quedaron radicadas para ser debatidas en segundo debate:
i. Bajar tarifa e implementación gradual (tema que se había hablado con la Ministra de Minas y Energía),

ii. Las propuestas de la carta relacionadas con base de liquidación y transición para proyectos que ya tengan contratos firmados bajo otras condiciones de transferencia.

• La Ministra Vélez está estudiando las propuestas de la carta adjunta. Rechazó la posibilidad de descontar de la transferencia, los costos de los acuerdos pactados en las consultas previas. Los congresistas que radicaron la proposición de ajuste tampoco aceptaron esta propuesta.

• Estamos coordinando con otros gremios del sector comunicaciones conjuntas.

2. Integración vertical en generación y transmisión para energías renovables

• Presentamos a la Ministra las preocupaciones, en conjunto con los demás gremios del sector.

• La Ministra con firmeza mencionó que la posición del Gobierno Nacional es incentivar que empresas estatales, como Ecopetrol, aceleren la transición energética y de ahí la importancia de aprobar esta medida en el PND.

• Solicitó a los gremios una contrapropuesta. Citaremos la Junta Directiva para recibir lineamientos frente al tema

Carta a la ministra

Estimada Ministra,

Reciba usted y su equipo de trabajo un cordial saludo por tarde de SER Colombia y sus empresas asociadas. Como gremio de las energías renovables y de la transición energética seguimos manifestando nuestro compromiso y disposición en aras de acelerar una Transición Energética Justa.

La transición energética parte de una efectiva transición tecnológica de las fuentes de generación de energía, solo una entrada masiva de proyectos de energías renovables garantizaría lo anunciado por el gobierno Petro en su plan de gobierno: “Hacia una sociedad movida por el sol, el viento y el agua”.

Como es de su conocimiento, el marco de política energética y los acertados incentivos en materia tributaria han despertado un gran interés en el desarrollo de este tipo de proyectos, prueba de ello es que a hoy, el sistema cuenta con más de 13.3 GW en proyectos FNCER (Fuentes No Convencionales de Energías Renovables) con punto de conexión aprobado, de los cuales, cerca de 3 GW tienen compromisos con el sistema; así mismo, se cuenta con nuevas asignaciones de conexión por el orden de 7.5 GW.

Cifras con especial importancia si se tiene en cuenta que la capacidad instalada en Colombia hoy es de cerca de los 18 GW; aún más, si se considera que representan una potencial inversión de entre 14 mil a 21 mil millones de dólares.

Sin embargo, los anunciados nuevos costos (tributos) a la industria de las energías renovables y los ya conocidos impactos de la pasada reforma tributaria generan incertidumbre por el cambio en las reglas de juego en el desarrollo de estos proyectos. Incertidumbre que pone en riesgo no solo las inversiones mismas sino la diversificación de la matriz eléctrica, la reducción de las tarifas y la efectiva transición energética.

Somos conscientes de que el proceso de transición energética se debe hacer con respeto a las comunidades y a los derechos humanos, de lo contrario los proyectos no son sostenibles.

Así mismo, conocemos de primera mano las necesidades sociales de las comunidades y compartimos la visión de diversificar la matriz productiva de nuestro país.

Sin embargo, la asignación de cargas debe ser balanceada de tal manera que no se afecte a una industria que apenas está naciendo y que es el pilar fundamental para la Transición Energética.

Las Transferencias del sector eléctrico aplicables hoy a las FNCER ya cumplen con las necesidades descritas; como se diseñaron mediante la Ley 1955 de 2019, estas implican una participación del 57% entre comunidades y gobierno sobre el flujo de caja libre, mientras las empresas cuentan con una participación no superior al 43% mientras asume el 100% del riesgo.

En contexto, la rentabilidad promedio de los proyectos FNCER en el mundo no es mayor al 9% y en mercados emergentes como el colombiano dicha rentabilidad ronda el 9.3%1 . Por lo tanto, mantener la competitividad de las inversiones de estos proyectos frente a otros países y compensar cargas adicionales solo podrán hacerse vía incremento del precio de venta de la energía. En consecuencia, ponemos a su disposición algunos elementos adicionales para aportar a la discusión del artículo 188 del proyecto de Ley del asunto.

Impacto en el costo de la electricidad

Incrementar de golpe la transferencia del 1 al 6% de las ventas brutas de energía como se propone en el Proyecto de Ley, representa un alza media de 9 $/kWh en el precio de venta de los contratos de venta de energía a largo plazo que ofrecen los proyectos a partir de FNCER, en un escenario de transición en el cual la cobertura de la demanda debe ser a partir de contratos a largo plazo FNCER, el alza en las tarifas vista por el usuario debiera ser en esa misma magnitud en el mediano y largo plazo.

Guardando las proporciones, un incremento de 9 $/kWh equivale en eliminar en un 30% los logros del Pacto por la Justicia Tarifaria, este impacto se calcula como la relación entre el incremento en el costo de venta de energía para mantener la viabilidad financiera de los proyectos y la reducción lograda por el Pacto por la Justicia Tarifaria.

Si bien los nuevos proyectos puedan asumir este costo adicional mediante un aumento en el precio de venta de la energía; como fue planteado el artículo en primera ponencia, los proyectos que ya tienen acuerdos de venta de energía se ven altamente perjudicados y ponen en riesgo su viabilidad al asumir esta carga. Muchos de estos proyectos ya han sufrido las consecuencias de las condiciones macroeconómicas adversas, así como del aumento en los costos de la deuda y de las materias primas.

Propuestas

En consecuencia, si bien lo deseable para la industria es no adicionar más cargas e introducir cambios en las reglas de juego, manteniendo lo previsto en el artículo 289 de la Ley 1955 de 2019; en caso de que el Congreso de La República decida avanzar con la propuesta planteada para primer debate, adjunto nos permitimos presentar una contrapropuesta que busca incrementar las transferencias para las comunidades y alcaldías, sin poner en riesgo los proyectos.

Esta propuesta se resume en:

Busca que proyectos que han adquirido compromisos de venta de energía antes de la entrada en vigor de la Ley, puedan recuperar los costos adicionales que se derivan de estas transferencias, en aplicación al principio de recuperación de costos establecido en el artículo 367 de la Constitución Política y los principios de eficiencia y suficiencia financiera establecidos en el artículo 87 de la Ley 142 de 1994, tal como lo ha reafirmado la honorable Corte Constitucional en Sentencia C-186/22

(…) resulta evidentemente desproporcionado y contrario al principio de recuperación de costos previsto en el artículo 367 de la Constitución, impedirle de manera absoluta a las empresas prestadoras del servicio de energía, recuperar los costos en los que incurren para garantizar el servicio. (…)

La gradualidad debería buscar mitigar algo del impacto de triplicar la transferencia, por lo tanto, se propone que dicha gradualidad empiece una vez los proyectos entren en operación y por ende a generar ingresos, no con la promulgación de la Ley. Lo anterior, como un incentivo real a la pronta entrada en operación de los proyectos. Como se planteó puede generarse un incentivo perverso a retrasar la entrada de los proyectos hasta tanto no se alcance el 6%.
Sugerimos que en el articulado se establezca una institucionalidad clara sobre la vigilancia, control, destinación y uso de estos recursos; solo en la medida que se asegure un adecuado uso de estos recursos se cumpliría el objetivo de habilitador social, que es garantizar recursos en beneficio de las comunidades.
Finalmente, ponemos a consideración que dado que el aumento en esta transferencia parte de ser un habilitador social, se sugiere que los acuerdos resultantes de las consultas previas (que buscan el mismo objetivo de habilitación social) sean deducibles de la liquidación y el pago de las plantas afectadas por el nuevo párrafo.

Agradecemos tener en cuenta esta propuesta y los elementos aquí planteados, quedamos atentos a profundizar, de requerirse, cualquier particular. Cordialmente,

La entrada SER Colombia se posiciona frente a dos temas prioritarios del Plan Nacional de Desarrollo se publicó primero en Energía Estratégica.

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SER Colombia se posiciona frente a dos temas prioritarios del Plan Nacional de Desarrollo

La entidad gremial que reune a las principales empresas de energías renovables de Colombia, SER Colombia, se expidió sobre la presentación del Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2022-2026 -DESCARGAR- y le envió una carta (que lleva la firma de la flamante directora ejecutiva Alexandra Hernández) dirigida a la ministra de Minas y Energía, Irene Velez (ver al pie), para posicionarse sobre este tema.

Allí se posiciona sobre dos temas «de mayor relevancia» para el sector:

1. Transferencias 6% (artículo 207 del PND)

• Como informamos en su momento, pese a las propuestas de archivo y por insistencia del Gobierno Nacional, se aprobó aumentar al 6% la transferencia por generación de energías renovables en algunas regiones.

• El artículo aprobado en primer debate introdujo una gradualidad y precisa las regiones donde aplica.

• Además de insistir en su archivo, desde SER se plantearon propuestas de ajuste bajo lineamientos establecidos por la Junta Directiva. Se adjunta carta a la Ministra Vélez con análisis de impacto y propuestas.

• Así mismo, gestionamos dos proposiciones que quedaron radicadas para ser debatidas en segundo debate:
i. Bajar tarifa e implementación gradual (tema que se había hablado con la Ministra de Minas y Energía),

ii. Las propuestas de la carta relacionadas con base de liquidación y transición para proyectos que ya tengan contratos firmados bajo otras condiciones de transferencia.

• La Ministra Vélez está estudiando las propuestas de la carta adjunta. Rechazó la posibilidad de descontar de la transferencia, los costos de los acuerdos pactados en las consultas previas. Los congresistas que radicaron la proposición de ajuste tampoco aceptaron esta propuesta.

• Estamos coordinando con otros gremios del sector comunicaciones conjuntas.

2. Integración vertical en generación y transmisión para energías renovables

• Presentamos a la Ministra las preocupaciones, en conjunto con los demás gremios del sector.

• La Ministra con firmeza mencionó que la posición del Gobierno Nacional es incentivar que empresas estatales, como Ecopetrol, aceleren la transición energética y de ahí la importancia de aprobar esta medida en el PND.

• Solicitó a los gremios una contrapropuesta. Citaremos la Junta Directiva para recibir lineamientos frente al tema

Carta a la ministra

Estimada Ministra,

Reciba usted y su equipo de trabajo un cordial saludo por tarde de SER Colombia y sus empresas asociadas. Como gremio de las energías renovables y de la transición energética seguimos manifestando nuestro compromiso y disposición en aras de acelerar una Transición Energética Justa.

La transición energética parte de una efectiva transición tecnológica de las fuentes de generación de energía, solo una entrada masiva de proyectos de energías renovables garantizaría lo anunciado por el gobierno Petro en su plan de gobierno: “Hacia una sociedad movida por el sol, el viento y el agua”.

Como es de su conocimiento, el marco de política energética y los acertados incentivos en materia tributaria han despertado un gran interés en el desarrollo de este tipo de proyectos, prueba de ello es que a hoy, el sistema cuenta con más de 13.3 GW en proyectos FNCER (Fuentes No Convencionales de Energías Renovables) con punto de conexión aprobado, de los cuales, cerca de 3 GW tienen compromisos con el sistema; así mismo, se cuenta con nuevas asignaciones de conexión por el orden de 7.5 GW.

Cifras con especial importancia si se tiene en cuenta que la capacidad instalada en Colombia hoy es de cerca de los 18 GW; aún más, si se considera que representan una potencial inversión de entre 14 mil a 21 mil millones de dólares.

Sin embargo, los anunciados nuevos costos (tributos) a la industria de las energías renovables y los ya conocidos impactos de la pasada reforma tributaria generan incertidumbre por el cambio en las reglas de juego en el desarrollo de estos proyectos. Incertidumbre que pone en riesgo no solo las inversiones mismas sino la diversificación de la matriz eléctrica, la reducción de las tarifas y la efectiva transición energética.

Somos conscientes de que el proceso de transición energética se debe hacer con respeto a las comunidades y a los derechos humanos, de lo contrario los proyectos no son sostenibles.

Así mismo, conocemos de primera mano las necesidades sociales de las comunidades y compartimos la visión de diversificar la matriz productiva de nuestro país.

Sin embargo, la asignación de cargas debe ser balanceada de tal manera que no se afecte a una industria que apenas está naciendo y que es el pilar fundamental para la Transición Energética.

Las Transferencias del sector eléctrico aplicables hoy a las FNCER ya cumplen con las necesidades descritas; como se diseñaron mediante la Ley 1955 de 2019, estas implican una participación del 57% entre comunidades y gobierno sobre el flujo de caja libre, mientras las empresas cuentan con una participación no superior al 43% mientras asume el 100% del riesgo.

En contexto, la rentabilidad promedio de los proyectos FNCER en el mundo no es mayor al 9% y en mercados emergentes como el colombiano dicha rentabilidad ronda el 9.3%1 . Por lo tanto, mantener la competitividad de las inversiones de estos proyectos frente a otros países y compensar cargas adicionales solo podrán hacerse vía incremento del precio de venta de la energía. En consecuencia, ponemos a su disposición algunos elementos adicionales para aportar a la discusión del artículo 188 del proyecto de Ley del asunto.

Impacto en el costo de la electricidad

Incrementar de golpe la transferencia del 1 al 6% de las ventas brutas de energía como se propone en el Proyecto de Ley, representa un alza media de 9 $/kWh en el precio de venta de los contratos de venta de energía a largo plazo que ofrecen los proyectos a partir de FNCER, en un escenario de transición en el cual la cobertura de la demanda debe ser a partir de contratos a largo plazo FNCER, el alza en las tarifas vista por el usuario debiera ser en esa misma magnitud en el mediano y largo plazo.

Guardando las proporciones, un incremento de 9 $/kWh equivale en eliminar en un 30% los logros del Pacto por la Justicia Tarifaria, este impacto se calcula como la relación entre el incremento en el costo de venta de energía para mantener la viabilidad financiera de los proyectos y la reducción lograda por el Pacto por la Justicia Tarifaria.

Si bien los nuevos proyectos puedan asumir este costo adicional mediante un aumento en el precio de venta de la energía; como fue planteado el artículo en primera ponencia, los proyectos que ya tienen acuerdos de venta de energía se ven altamente perjudicados y ponen en riesgo su viabilidad al asumir esta carga. Muchos de estos proyectos ya han sufrido las consecuencias de las condiciones macroeconómicas adversas, así como del aumento en los costos de la deuda y de las materias primas.

Propuestas

En consecuencia, si bien lo deseable para la industria es no adicionar más cargas e introducir cambios en las reglas de juego, manteniendo lo previsto en el artículo 289 de la Ley 1955 de 2019; en caso de que el Congreso de La República decida avanzar con la propuesta planteada para primer debate, adjunto nos permitimos presentar una contrapropuesta que busca incrementar las transferencias para las comunidades y alcaldías, sin poner en riesgo los proyectos.

Esta propuesta se resume en:

Busca que proyectos que han adquirido compromisos de venta de energía antes de la entrada en vigor de la Ley, puedan recuperar los costos adicionales que se derivan de estas transferencias, en aplicación al principio de recuperación de costos establecido en el artículo 367 de la Constitución Política y los principios de eficiencia y suficiencia financiera establecidos en el artículo 87 de la Ley 142 de 1994, tal como lo ha reafirmado la honorable Corte Constitucional en Sentencia C-186/22

(…) resulta evidentemente desproporcionado y contrario al principio de recuperación de costos previsto en el artículo 367 de la Constitución, impedirle de manera absoluta a las empresas prestadoras del servicio de energía, recuperar los costos en los que incurren para garantizar el servicio. (…)

La gradualidad debería buscar mitigar algo del impacto de triplicar la transferencia, por lo tanto, se propone que dicha gradualidad empiece una vez los proyectos entren en operación y por ende a generar ingresos, no con la promulgación de la Ley. Lo anterior, como un incentivo real a la pronta entrada en operación de los proyectos. Como se planteó puede generarse un incentivo perverso a retrasar la entrada de los proyectos hasta tanto no se alcance el 6%.
Sugerimos que en el articulado se establezca una institucionalidad clara sobre la vigilancia, control, destinación y uso de estos recursos; solo en la medida que se asegure un adecuado uso de estos recursos se cumpliría el objetivo de habilitador social, que es garantizar recursos en beneficio de las comunidades.
Finalmente, ponemos a consideración que dado que el aumento en esta transferencia parte de ser un habilitador social, se sugiere que los acuerdos resultantes de las consultas previas (que buscan el mismo objetivo de habilitación social) sean deducibles de la liquidación y el pago de las plantas afectadas por el nuevo párrafo.

Agradecemos tener en cuenta esta propuesta y los elementos aquí planteados, quedamos atentos a profundizar, de requerirse, cualquier particular. Cordialmente,

La entrada SER Colombia se posiciona frente a dos temas prioritarios del Plan Nacional de Desarrollo se publicó primero en Energía Estratégica.

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SER Colombia se posiciona frente a dos temas prioritarios del Plan Nacional de Desarrollo

La entidad gremial que reune a las principales empresas de energías renovables de Colombia, SER Colombia, se expidió sobre la presentación del Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2022-2026 -DESCARGAR- y le envió una carta (que lleva la firma de la flamante directora ejecutiva Alexandra Hernández) dirigida a la ministra de Minas y Energía, Irene Velez (ver al pie), para posicionarse sobre este tema.

Allí se posiciona sobre dos temas «de mayor relevancia» para el sector:

1. Transferencias 6% (artículo 207 del PND)

• Como informamos en su momento, pese a las propuestas de archivo y por insistencia del Gobierno Nacional, se aprobó aumentar al 6% la transferencia por generación de energías renovables en algunas regiones.

• El artículo aprobado en primer debate introdujo una gradualidad y precisa las regiones donde aplica.

• Además de insistir en su archivo, desde SER se plantearon propuestas de ajuste bajo lineamientos establecidos por la Junta Directiva. Se adjunta carta a la Ministra Vélez con análisis de impacto y propuestas.

• Así mismo, gestionamos dos proposiciones que quedaron radicadas para ser debatidas en segundo debate:
i. Bajar tarifa e implementación gradual (tema que se había hablado con la Ministra de Minas y Energía),

ii. Las propuestas de la carta relacionadas con base de liquidación y transición para proyectos que ya tengan contratos firmados bajo otras condiciones de transferencia.

• La Ministra Vélez está estudiando las propuestas de la carta adjunta. Rechazó la posibilidad de descontar de la transferencia, los costos de los acuerdos pactados en las consultas previas. Los congresistas que radicaron la proposición de ajuste tampoco aceptaron esta propuesta.

• Estamos coordinando con otros gremios del sector comunicaciones conjuntas.

2. Integración vertical en generación y transmisión para energías renovables

• Presentamos a la Ministra las preocupaciones, en conjunto con los demás gremios del sector.

• La Ministra con firmeza mencionó que la posición del Gobierno Nacional es incentivar que empresas estatales, como Ecopetrol, aceleren la transición energética y de ahí la importancia de aprobar esta medida en el PND.

• Solicitó a los gremios una contrapropuesta. Citaremos la Junta Directiva para recibir lineamientos frente al tema

Carta a la ministra

Estimada Ministra,

Reciba usted y su equipo de trabajo un cordial saludo por tarde de SER Colombia y sus empresas asociadas. Como gremio de las energías renovables y de la transición energética seguimos manifestando nuestro compromiso y disposición en aras de acelerar una Transición Energética Justa.

La transición energética parte de una efectiva transición tecnológica de las fuentes de generación de energía, solo una entrada masiva de proyectos de energías renovables garantizaría lo anunciado por el gobierno Petro en su plan de gobierno: “Hacia una sociedad movida por el sol, el viento y el agua”.

Como es de su conocimiento, el marco de política energética y los acertados incentivos en materia tributaria han despertado un gran interés en el desarrollo de este tipo de proyectos, prueba de ello es que a hoy, el sistema cuenta con más de 13.3 GW en proyectos FNCER (Fuentes No Convencionales de Energías Renovables) con punto de conexión aprobado, de los cuales, cerca de 3 GW tienen compromisos con el sistema; así mismo, se cuenta con nuevas asignaciones de conexión por el orden de 7.5 GW.

Cifras con especial importancia si se tiene en cuenta que la capacidad instalada en Colombia hoy es de cerca de los 18 GW; aún más, si se considera que representan una potencial inversión de entre 14 mil a 21 mil millones de dólares.

Sin embargo, los anunciados nuevos costos (tributos) a la industria de las energías renovables y los ya conocidos impactos de la pasada reforma tributaria generan incertidumbre por el cambio en las reglas de juego en el desarrollo de estos proyectos. Incertidumbre que pone en riesgo no solo las inversiones mismas sino la diversificación de la matriz eléctrica, la reducción de las tarifas y la efectiva transición energética.

Somos conscientes de que el proceso de transición energética se debe hacer con respeto a las comunidades y a los derechos humanos, de lo contrario los proyectos no son sostenibles.

Así mismo, conocemos de primera mano las necesidades sociales de las comunidades y compartimos la visión de diversificar la matriz productiva de nuestro país.

Sin embargo, la asignación de cargas debe ser balanceada de tal manera que no se afecte a una industria que apenas está naciendo y que es el pilar fundamental para la Transición Energética.

Las Transferencias del sector eléctrico aplicables hoy a las FNCER ya cumplen con las necesidades descritas; como se diseñaron mediante la Ley 1955 de 2019, estas implican una participación del 57% entre comunidades y gobierno sobre el flujo de caja libre, mientras las empresas cuentan con una participación no superior al 43% mientras asume el 100% del riesgo.

En contexto, la rentabilidad promedio de los proyectos FNCER en el mundo no es mayor al 9% y en mercados emergentes como el colombiano dicha rentabilidad ronda el 9.3%1 . Por lo tanto, mantener la competitividad de las inversiones de estos proyectos frente a otros países y compensar cargas adicionales solo podrán hacerse vía incremento del precio de venta de la energía. En consecuencia, ponemos a su disposición algunos elementos adicionales para aportar a la discusión del artículo 188 del proyecto de Ley del asunto.

Impacto en el costo de la electricidad

Incrementar de golpe la transferencia del 1 al 6% de las ventas brutas de energía como se propone en el Proyecto de Ley, representa un alza media de 9 $/kWh en el precio de venta de los contratos de venta de energía a largo plazo que ofrecen los proyectos a partir de FNCER, en un escenario de transición en el cual la cobertura de la demanda debe ser a partir de contratos a largo plazo FNCER, el alza en las tarifas vista por el usuario debiera ser en esa misma magnitud en el mediano y largo plazo.

Guardando las proporciones, un incremento de 9 $/kWh equivale en eliminar en un 30% los logros del Pacto por la Justicia Tarifaria, este impacto se calcula como la relación entre el incremento en el costo de venta de energía para mantener la viabilidad financiera de los proyectos y la reducción lograda por el Pacto por la Justicia Tarifaria.

Si bien los nuevos proyectos puedan asumir este costo adicional mediante un aumento en el precio de venta de la energía; como fue planteado el artículo en primera ponencia, los proyectos que ya tienen acuerdos de venta de energía se ven altamente perjudicados y ponen en riesgo su viabilidad al asumir esta carga. Muchos de estos proyectos ya han sufrido las consecuencias de las condiciones macroeconómicas adversas, así como del aumento en los costos de la deuda y de las materias primas.

Propuestas

En consecuencia, si bien lo deseable para la industria es no adicionar más cargas e introducir cambios en las reglas de juego, manteniendo lo previsto en el artículo 289 de la Ley 1955 de 2019; en caso de que el Congreso de La República decida avanzar con la propuesta planteada para primer debate, adjunto nos permitimos presentar una contrapropuesta que busca incrementar las transferencias para las comunidades y alcaldías, sin poner en riesgo los proyectos.

Esta propuesta se resume en:

Busca que proyectos que han adquirido compromisos de venta de energía antes de la entrada en vigor de la Ley, puedan recuperar los costos adicionales que se derivan de estas transferencias, en aplicación al principio de recuperación de costos establecido en el artículo 367 de la Constitución Política y los principios de eficiencia y suficiencia financiera establecidos en el artículo 87 de la Ley 142 de 1994, tal como lo ha reafirmado la honorable Corte Constitucional en Sentencia C-186/22

(…) resulta evidentemente desproporcionado y contrario al principio de recuperación de costos previsto en el artículo 367 de la Constitución, impedirle de manera absoluta a las empresas prestadoras del servicio de energía, recuperar los costos en los que incurren para garantizar el servicio. (…)

La gradualidad debería buscar mitigar algo del impacto de triplicar la transferencia, por lo tanto, se propone que dicha gradualidad empiece una vez los proyectos entren en operación y por ende a generar ingresos, no con la promulgación de la Ley. Lo anterior, como un incentivo real a la pronta entrada en operación de los proyectos. Como se planteó puede generarse un incentivo perverso a retrasar la entrada de los proyectos hasta tanto no se alcance el 6%.
Sugerimos que en el articulado se establezca una institucionalidad clara sobre la vigilancia, control, destinación y uso de estos recursos; solo en la medida que se asegure un adecuado uso de estos recursos se cumpliría el objetivo de habilitador social, que es garantizar recursos en beneficio de las comunidades.
Finalmente, ponemos a consideración que dado que el aumento en esta transferencia parte de ser un habilitador social, se sugiere que los acuerdos resultantes de las consultas previas (que buscan el mismo objetivo de habilitación social) sean deducibles de la liquidación y el pago de las plantas afectadas por el nuevo párrafo.

Agradecemos tener en cuenta esta propuesta y los elementos aquí planteados, quedamos atentos a profundizar, de requerirse, cualquier particular. Cordialmente,

La entrada SER Colombia se posiciona frente a dos temas prioritarios del Plan Nacional de Desarrollo se publicó primero en Energía Estratégica.

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Iberdrola se desprenderá de más de 8.400 MW a gas en México en pos de las renovables

Iberdrola México y Mexico Infrastructure Partners (MIP) han suscrito hoy un acuerdo de intenciones por el que el fideicomiso liderado y gestionado por MIP adquirirá, 8.539 MW de capacidad instalada: 8.436 MW corresponden a ciclos combinados de gas y 103 MW, a eólicos.

En concreto, serán ciclos combinados de gas, que operan bajo régimen de Productores Independientes de Energía contratados con la Comisión Federal de Electricidad (CFE) en Monterrey I y II, Altamira III y IV, Altamira V, Escobedo, La Laguna, Tamazunchale I, Baja California, Topolobampo II y Topolobampo III, junto con el activo eólico La Venta III, que suponen un 87% del total de la capacidad instalada a desinvertir y los ciclos combinados de gas privados de Monterrey III y IV, Tamazunchale II y Enertek. 

El valor acordado para la venta asciende a, aproximadamente, 6.000 millones de dólares, que podría modificarse en función de la fecha de cierre de la transacción y otros ajustes.

La transacción está sujeta al acuerdo y a la firma de los contratos definitivos por las partes, así como a la obtención de las aprobaciones regulatorias necesarias y al cumplimiento de determinadas condiciones habituales en este tipo de operaciones.

La operación cuenta con el apoyo financiero del Fondo Nacional de Infraestructura de México (Fonadin) y otras entidades financieras públicas vinculadas al Gobierno de México.

El Grupo Iberdrola, a través de las nuevas inversiones que llevará a cabo en México, reafirmará su liderazgo en el desarrollo de energías renovables en el país.

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Panamá supera los 72 MW de autoconsumo a partir de energía solar

Con el impulso de la Agenda Nacional de Transición Energética los sistemas fotovoltaicos instalados para autoconsumo, según data al cierre de febrero de 2023, también van en ascenso en todo Panamá.

Los números recientes indican que la capacidad instalada alcanza 72.8 MW.

Asimismo, la cantidad de clientes al cierre de febrero pasado ascendió a 2228. Cabe detallar que en 2022 eran 2120 clientes, y en 2021 eran 1510. Lo anterior significa que el año pasado el incremento de los clientes fue de 40% con respecto al 2021.

“Seguimos avanzando a grandes pasos”, dijo el Secretario Nacional de Energía, Dr. Jorge Rivera Staff. “Si los 73 MW instalados en techos de clientes en todo el país fueran centralizados en un parque solar, ya sería el segundo parque solar más grande del país”, destacó.

En cuanto al % de capacidad instalada por distribuidora, el mismo se distribuye así: EDEMET 48.71%; ENSA 41.59% y EDECHI 9.70%.

En el 2022 hubo 68.2 MW de capacidad acumulada de autoconsumo solar fotovoltaico, más del doble que en 2019 cuando hubo 31.9 MW; al tiempo que se instalaron 16.3 MW de sistemas solares para autoconsumo, también más del doble de 2019 cuando solo hubo 7.0 MW.

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Royón ratificó impulso del gobierno al desarrollo del offshore en el Mar Argentino

La secretaria de Energía, Flavia Royón, destacó la actividad offshore desarrollada en la plataforma Argentina y remarcó que “la producción de gas natural de la Cuenca Austral es una prueba fehaciente de los resultados positivos de la gestión en este rubro”, a cargo de diversas compañías.

La funcionaria visitó las instalaciones de Vega Pléyade, la plataforma offshore más austral del mundo, que produce 10 millones de metros cúbicos diarios de gas argentino. Con el Proyecto Fénix el consorcio operador, integrado por Total Energies, Wintershall DEA y PAE, apunta a sumar otros 10 millones para 2025 a través de una inversión de 700 millones de dólares.

La secretaria de Energía visitó la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlantico Sur para reunirse con las máximas autoridades del consorcio formado por Total, Wintershall y PAE y recorrer las instalaciones dedicadas a la producción de gas offshore en la Cuenca Marina Austral.

Royón ratificó el compromiso del gobierno nacional para incentivar la exploración y producción de hidrocarburos en la costa argentina, puntualizó Energía.

“La Plataforma Vega Pléyade es una prueba fehaciente de los resultados positivos de la experiencia offshore en Argentina. Este proyecto se desarrolla con un estricto control por parte de la provincia de Tierra del Fuego, sin ningún tipo de incidente ambiental a lo largo de todos sus años de actividad, lo cual demuestra la seguridad de este tipo de operaciones”, afirmó Royón.

La funcionaria estuvo acompañada por Javier Rielo (Director General, Total Energies), Manfred Boeckmann (Director General, Wintershall DEA) y Marcos Bulgheroni (CEO, PAE). También estuvo presente el secretario de Hidrocarburos de Tierra del Fuego, Alejandro Aguirre.

Con una inversión de más de 1.000 millones de dólares, la plataforma demandó una compleja obra de ingeniería, con 30 meses de trabajos, la instalación de 11.500 caños y de 77 kilómetros de gasoducto para conectarla con tierra firme.

El viaje de la secretaria de Energía se realizó en el marco de los preparativos para el nuevo plan de exploración offshore en esa cuenca patagónica que las mismas operadoras encaran bajo el nombre de “Proyecto Fénix” y que involucra a las provincias de Tierra del Fuego y Santa Cruz.

De acuerdo al esquema de trabajo previsto, las nuevas perforaciones de tres pozos horizontales se realizarán a 60 kilómetros de Tierra del Fuego con una inversión superior a los 700 millones de dólares. Para 2025 estos pozos sumarán a la producción de gas nacional unos 10 millones de metros cúbicos diarios, equivalentes al 8 % de la producción gasífera actual en nuestro país.

El gas extraído de esos pozos será transportado por un gasoducto construido para abastecer a la plataforma Vega Pléyade. Luego, será tratado en las plantas Río Cullen y Cañadón Alfa, para finalmente ingresar al Gasoducto troncal San Martín.

La logística del Proyecto Fénix implicará, además, la reactivación de los puertos de Punta Quilla y Puerto Deseado en la provincia de Santa Cruz.

Como ocurre con la operación de la plataforma Vega Pléyade, la concesión del Proyecto Fénix es llevado adelante por Total (37,5 %) en asociación con Wintershall DEA (37,5 %) y Pan American Energy (25 %).

El conjunto de la actividad hidrocarburífera que el consorcio realiza en Tierra del Fuego se concentra en la Cuenca Marina Austral 1 (CMA-1) e implica pozos on y off shore con una producción diaria total de 17 millones de metros cúbicos de gas natural.

En el área on shore existen 32 pozos que generan 2 millones de metros cúbicos diarios, mientras que en el off shore operan 3 plataformas con un total de 8 pozos que aportan 15 millones de metros cúbicos diarios.

OFFSHORE: FUTURO DE PRODUCCION Y TRABAJO

Al expandir la producción hidrocarburífera costa afuera, el Proyecto Fénix representa un nuevo avance dentro de una política energética que promueve la exploración del Mar Argentino para desarrollar todo el potencial productivo de gas y petróleo latente en su extenso territorio, destacó la Secretaría.

En paralelo a este desarrollo en la CMA, el consorcio integrado por YPF, Equinor y Shell trabaja para realizar este año las tareas de exploración en el bloque CAN 102 (Cuenca Argentina Norte) a 300 kilómetros mar adentro de la ciudad de Mar del Plata.

De confirmarse las presunciones geológicas, se estima que la producción offshore en la Cuenca Argentina Norte generará 200.000 barriles diarios de petróleo, se explicó.

La exploración y producción offshore es una actividad que se realiza hace décadas en la Argentina, ya que de ella proviene cerca del 20 % del gas natural que consume el país. Sin embargo, todavía resta desarrollar el potencial de gran parte de la plataforma continental, en particular de la Cuenca Argentina Norte.

Al realizarse en aguas ultraprofundas, las tareas exploratorias en el pozo “Argerich” buscan confirmar la existencia de yacimientos de petróleo en esa zona para comenzar el desarrollo de la producción, lo que permitirá dinamizar el conjunto de la actividad económica de la provincia de Buenos Aires, incorporar valor agregado industrial, generar numerosos puestos de trabajo y consolidar la sustentabilidad energética de la Argentina, destacó la Secretaría dependiente del Ministerio de Economía.

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Pymes se reunieron con ENARGAS para analizar cuadros tarifarios

El Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS) informó que, autoridades del Organismo mantuvieron un encuentro de trabajo con representantes de las Cámaras de Pequeñas y Medianas Empresas, con el objetivo de analizar los cuadros tarifarios para el sector. 

La reunión, realizada en la sede central del Organismo, se desarrolló en el marco de la Comisión de Pequeña y Mediana Empresa (PyMEs) y estuvo encabezada por el responsable de la Gerencia de Protección del Usuario, Mauro Stefanizzi. 

Durante la jornada, los presentes evaluaron los alcances de la Resolución N° 6/2023 y Resolución N° 113 / 2023 de la Secretaría de Energía del Ministerio de Economía de la Nación, en la que se determinó la adecuación de los precios de gas natural a usuarios del Servicio General “P” registrados o que se registren en el “Registro de Empresas MiPyMES”. 

En ese sentido, se encuentra disponible mayor información sobre el alcance y los beneficios de la normativa en la web oficial del Organismo

Cabe recordar, que en las resoluciones mencionadas se estableció que los usuarios del Servicio General P1 y P2 podrán acceder a una bonificación de 4,29% en los consumos de gas natural por redes realizados a partir del 1° de marzo de 2023.  

Asimismo, en el caso de los usuarios de Servicio General P3 la bonificación será del 24,68% y 62,49% en los consumos realizados a partir del 1° de marzo de 2023 y del 1° de mayo de 2023, respectivamente. 

Como consecuencia de ello, estas bonificaciones propenderán una reducción en los costos productivos y ayudarán a mantener los niveles de actividad en el sector. De esta manera, el ENARGAS continúa trabajando a través de sus Comisiones con el objetivo de brindar soluciones a los distintos tipos de usuarios.  

Por último, participaron de la reunión junto al personal del Ente Regulador, representantes de la Unión Industrial Argentina (UIA), Industriales Pymes Argentinos (IPA), Empresarios Nacionales para el Desarrollo Argentino (ENAC), Unión Industrial de la Provincia de Buenos Aires (UIPBA), entre otros. 

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SANTA FE INICIÓ LA OBRA DEL GASODUCTO GRAN ROSARIO

Con la llegada de los caños al obrador de Funes, la ministra Frana, el intendente Santacroce y el presidente de Enerfe dieron comienzo a los trabajos que dotarán de gas natural a más de 80 mil familias. El gobierno de la provincia, a través del Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos y Hábitat dio inicio a la obra del Gasoducto Gran Rosario, con la llegada de los primeros caños, al obrador que estará ubicado en la ciudad de Funes. Al respecto, la ministra Frana valoró la decisión política del gobernador Omar Perotti de llevar adelante un plan de obras que permitirá […]

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Sergio Massa apura alivios para la industria, con importaciones y gas para pymes

Se activó una bonificación de gas para las fábricas y aceleró los permisos para el comercio exterior. El fallo por el caso YPF incomodó al círculo rojo, que prefirió evitar hablar del tema. Sergio Massa, inauguró ayer junto al secretario de Economía del Conocimiento, Ariel Sujarchuk, y al secretario de Industria y Desarrollo Productivo, José Ignacio de Mendiguren, la primera fábrica inteligente de Latinoamérica en el municipio de Escobar, Pixart. Las restricciones a las importaciones, la contracción de la actividad económica y las previsiones de una ralentización de la producción, sequía de por medio, son parte de los motivos que […]

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YPF y YPFB se asocian para perforar Charagua X-1 en busca de más de 1 TCF de gas

YPF se asocia con Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB) para perforar a fines de la presente gestión el pozo Charagua X-1, proyecto cuyo potencial está por encima del 1 Trillón de Pies Cúbicos (TCF) de gas y que demandará la inversión de USD 50 millones en una primera etapa, anunció hoy el presidente ejecutivo de la estatal petrolera, Armin Dorgathen Tapia. “Es un hito importante porque vemos nuevas empresas entrar al país. YPF efectuará su primera operación con YPFB y como empresas hermanas estamos coadyuvando como socios en esta inversión de Charagua X-1 para que se desarrolle de la mejor […]

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Se disparó el precio del petróleo y las acciones argentinas volaron: qué prevén expertos

Un anuncio sobre un amplio recorte en la producción para 2023 repercutió en el precio del crudo y en YPF, Vista Energy y Pampa Energía. Los precios del petróleo se dispararon hasta 6% este lunes luego del anuncio de la Organización de Países Exportadores de Petróleo (OPEP+) de recortar nuevamente la producción. En medio de ese subidón, las acciones locales energéticas volaron, con un protagonismo absoluto de YPF que alcanzó un incremento del 6,1%. De este modo los guarismos no tardaron en hacerse escuchar, los analistas ya proyectan que el precio del petróleo podría llegar a los u$s100, en una […]

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El Estado recaudó $527 millones con el remate de bienes de Potasio Río Colorado y los invertirá en rutas

El subcontrato del viernes incluía todo, desde una locomotora hasta una polea que la ex empresa Vale nunca usó y fue abandonada debido a los planes del gobierno para la mina Potasio Rio Colorado. Los activos de Potasio Río Colorado que compró el Estado de Mendocino cuando decidió retener las operaciones de la empresa Vale terminaron de venderse este pasado fin de semana, y como resultado se recibieron $527 millones. El gobierno confirmó que los fondos se utilizarán para mejorar las vías y la red eléctrica en la zona de Malargüe. Era un componente del reclamo hecho por los potenciales […]

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La actividad en Vaca Muerta llegó a las 1.191 fracturas y se mantuvo en los mismos niveles anteriores en marzo

La información coincide con un informe elaborado por Luciano Fucello, country manager de la firma internacional NCS Multistage, que detalla el nivel de actividad de las empresas que se dedican a la formación neuquina no convencional. La actividad en la formación neuquina de Vaca Muerta alcanzó 1.191 etapas de fractura en marzo, las mismas que se registraron en febrero y un aumento del 23% respecto de las 963 etapas registradas en el primer mes del año anterior. Según los datos, YPF volvió a ser el operador con mayor nivel de fracturas en marzo con 557 fases, que representan el 47% […]

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Los hermanos Costa buscaban un proyecto que los hiciera sentir “orgullosos” y terminaron trabajando para llevar la energía solar al medio del campo

Si hay algo que a la provincia de San Juan no le falta es sol, y la familia Costa decidió comenzar a capitalizar ese abundante recurso combinándolo con otro, el conocimiento. Nacidos y criados en el campo, los hermanos Costa observaron siempre desde cerca las demandas del sector agropecuario, que en muchos casos se vinculaban con la falta de electricidad. Los tres hermanos Costa estudiaron ingeniería pero con diferentes orientaciones –uno la industrial, otro la civil y el restante la electromecánica-, mientras su padre los entusiasmaba en volcar esos conocimientos en proyectos concretos. Hoy los cuatro juntos forman Lumager, una […]

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Las organizaciones que integran CATHEDA firmaron un comunicado

En el Primer Congreso Extraordinario de 2023, realizado en la Provincia de Neuquén, el pleno de las organizaciones que integran Catheda declararon: 1) LAS POLÍTICAS REGRESIVAS CASTIGAN AL TRABAJADOR Los trabajadores de las industrias energéticas y afines que representamos en nuestras organizaciones asistimos a un escenario errático y opaco que nos golpea de lleno. El flagelo de la inflación no da respiro a los argentinos y la falta de políticas claras en materia energética, sumada a las luchas de poder que nada tienen que ver con el futuro del país impactan de lleno en los ingresos de los trabajadores. Con […]

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Por qué el gas de Vaca Muerta va hasta Bahía y regresa en camión a la cordillera

El 85% del gas que utilizan las 16 comunidades cordilleranas donde Hidenesa presta servicio se compra en Bahía Blanca. Se están recuperando más cargamentos de GLP en la provincia. A pesar de que Neuquén está desarrollando Vaca Muerta, el segundo recurso gasífero no convencional más grande del mundo, el gas que se utiliza en varias comunidades cordilleranas es transportado en camiones desde Buenos Aires, provincia que no genera hidrazina. Según consideraciones técnicas, durante el invierno, el 85% del gas que requieren las comunidades remotas neuquinonas que no están conectadas a los sistemas de transporte recorre más de 500 kilómetros por […]

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Royon en Berlín: el gas y el hidrógeno suman a la Argentina al escenario energético global

La secretaria de Energía participó en el evento sobre transición energética realizado en la capital alemana. Además de presentar a nuestro país como un actor clave en ese proceso, Royón se encontró con autoridades del gobierno y líderes del sector empresario para abordar el trabajo cooperativo en materia de hidrógeno y GNL. La secretaria de Energía, Flavia Royon, mantuvo encuentros de trabajo con autoridades gubernamentales y rondas de diálogo con sectores de la industria a lo largo de su visita de tres días a Alemania, donde viajó donde mantuvo importantes reuniones bilaterales con el país europeo, además de su participación […]

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Argentina mejora las condiciones de su licitación de energías renovables

La secretaria de Energía de la Nación, Flavia Royón, le envió una nota al gerente general de la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico SA (CAMMESA), Sebastián Bonetto, en donde solicitó la modificación de ciertos aspectos de la licitación nacional e internacional RenMDI. 

A los efectos de incentivar la participación de proyectos renovables y de almacenamiento para diversificar la matriz y teniendo en cuenta la disponibilidad existente de capacidad de transporte en algunas regiones de la red, el gobierno propuso que también tengan prioridad de despacho aquellas centrales que se presenten y resulten adjudicadas del renglón 2. 

Aunque ello sólo sucederá para algunas zonas específicas del país dónde hoy sí hay capacidad de transporte disponible tales como Buenos Aires, el Noreste Argentino (Formosa, Misiones, Chaco y Corrientes) y el Litoral (Santa Fe y Entre Ríos). 

Es decir que las plantas de biogás, biogás de relleno sanitario, de biomasa o los pequeños aprovechamientos hidroeléctricos de 0,5 MW a 20 MW de potencia que resulten ganadoras del segundo esquema de la licitación (120 MW asignables en este caso), contarán con el mismo beneficio que aquellos parques renovables de las mismas zonas del renglón 1. 

“Adicionalmente, cabe destacar que, con posterioridad a la adjudicación de los proyectos, en tanto y en cuanto exista y/o se recupere disponibilidad de capacidad de transporte, los adjudicatarios restantes de la RenMDI que no se encuentren comprendidos en los casos descriptos en el párrafo anterior, se les asignará eventualmente prioridad de despacho frente a otras centrales de generación”, aclara la carta enviada por Royón a CAMMESA. 

Por otro lado, también se detalló que se pretende “garantizar la máxima concurrencia de proyectos tendientes a la generación renovable para diversificar la matriz”, por lo que la titular de la cartera energética de Argentina amplió la cantidad de proyectos a asignar por cada tecnología

Independientemente de las potencias indicadas en el esquema N°2, el límite pasará de 7 a 30 y de ese modo se resuelve una de las principales inquietudes planteadas por el sector energético, considerando que desde la Cámara Argentina de Energías Renovables ya habían advertido que “estaba muy limitada el número para las bioenergías, con todo lo que significan la economía circular”.

Además, el gobierno hizo hincapié en proyectos los eólicos y solares que incluyan almacenamiento en baterías y se postulen en el renglón y aclaró que “CAMMESA podrá utilizar las referidas baterías con un máximo de 100 ciclos por año, entendiendo que UN (1) ciclo consta de una carga más una descarga de las baterías”. 

CAMMESA y gobierno despejaron dudas sobre la firma de contratos

Las bajas garantías que solicita la licitación puso en alerta al sector sobre el temor de que nuevamente haya empresas especuladoras que ganen por precios, luego vendan los proyectos adjudicados y éstos finalmente no se concreten. 

Ante ello, las autoridades nacionales despejaron detallaron la condición que deberán cumplir las empresas al momento de presentar sus propuestas y realizar la firma de contrato en caso de que corresponda: “Se aclara que la razón social con la que el adjudicatario suscriba el contrato de abastecimiento deberá ser idéntica a la que presentó la oferta y que el adjudicatario no podrá ceder los derechos de adjudicación”. 

“Asimismo, se confirma que el adjudicatario deberá acreditar al momento de la suscripción del contrato que su objeto incluye la generación de energía eléctrica a partir de fuentes renovables de energía. Aunque este requisito no es condición al momento de la presentación de la oferta”, señala la Circular N° 4 del pliego de bases y condiciones RenMDI. 

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Argentina mejora las condiciones de su licitación de energías renovables

La secretaria de Energía de la Nación, Flavia Royón, le envió una nota al gerente general de la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico SA (CAMMESA), Sebastián Bonetto, en donde solicitó la modificación de ciertos aspectos de la licitación nacional e internacional RenMDI. 

A los efectos de incentivar la participación de proyectos renovables y de almacenamiento para diversificar la matriz y teniendo en cuenta la disponibilidad existente de capacidad de transporte en algunas regiones de la red, el gobierno propuso que también tengan prioridad de despacho aquellas centrales que se presenten y resulten adjudicadas del renglón 2. 

Aunque ello sólo sucederá para algunas zonas específicas del país dónde hoy sí hay capacidad de transporte disponible tales como Buenos Aires, el Noreste Argentino (Formosa, Misiones, Chaco y Corrientes) y el Litoral (Santa Fe y Entre Ríos). 

Es decir que las plantas de biogás, biogás de relleno sanitario, de biomasa o los pequeños aprovechamientos hidroeléctricos de 0,5 MW a 20 MW de potencia que resulten ganadoras del segundo esquema de la licitación (120 MW asignables en este caso), contarán con el mismo beneficio que aquellos parques renovables de las mismas zonas del renglón 1. 

“Adicionalmente, cabe destacar que, con posterioridad a la adjudicación de los proyectos, en tanto y en cuanto exista y/o se recupere disponibilidad de capacidad de transporte, los adjudicatarios restantes de la RenMDI que no se encuentren comprendidos en los casos descriptos en el párrafo anterior, se les asignará eventualmente prioridad de despacho frente a otras centrales de generación”, aclara la carta enviada por Royón a CAMMESA. 

Por otro lado, también se detalló que se pretende “garantizar la máxima concurrencia de proyectos tendientes a la generación renovable para diversificar la matriz”, por lo que la titular de la cartera energética de Argentina amplió la cantidad de proyectos a asignar por cada tecnología

Independientemente de las potencias indicadas en el esquema N°2, el límite pasará de 7 a 30 y de ese modo se resuelve una de las principales inquietudes planteadas por el sector energético, considerando que desde la Cámara Argentina de Energías Renovables ya habían advertido que “estaba muy limitada el número para las bioenergías, con todo lo que significan la economía circular”.

Además, el gobierno hizo hincapié en proyectos los eólicos y solares que incluyan almacenamiento en baterías y se postulen en el renglón y aclaró que “CAMMESA podrá utilizar las referidas baterías con un máximo de 100 ciclos por año, entendiendo que UN (1) ciclo consta de una carga más una descarga de las baterías”. 

CAMMESA y gobierno despejaron dudas sobre la firma de contratos

Las bajas garantías que solicita la licitación puso en alerta al sector sobre el temor de que nuevamente haya empresas especuladoras que ganen por precios, luego vendan los proyectos adjudicados y éstos finalmente no se concreten. 

Ante ello, las autoridades nacionales despejaron detallaron la condición que deberán cumplir las empresas al momento de presentar sus propuestas y realizar la firma de contrato en caso de que corresponda: “Se aclara que la razón social con la que el adjudicatario suscriba el contrato de abastecimiento deberá ser idéntica a la que presentó la oferta y que el adjudicatario no podrá ceder los derechos de adjudicación”. 

“Asimismo, se confirma que el adjudicatario deberá acreditar al momento de la suscripción del contrato que su objeto incluye la generación de energía eléctrica a partir de fuentes renovables de energía. Aunque este requisito no es condición al momento de la presentación de la oferta”, señala la Circular N° 4 del pliego de bases y condiciones RenMDI. 

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A los efectos de incentivar la participación de proyectos renovables y de almacenamiento para diversificar la matriz y teniendo en cuenta la disponibilidad existente de capacidad de transporte en algunas regiones de la red, el gobierno propuso que también tengan prioridad de despacho aquellas centrales que se presenten y resulten adjudicadas del renglón 2. 

Aunque ello sólo sucederá para algunas zonas específicas del país dónde hoy sí hay capacidad de transporte disponible tales como Buenos Aires, el Noreste Argentino (Formosa, Misiones, Chaco y Corrientes) y el Litoral (Santa Fe y Entre Ríos). 

Es decir que las plantas de biogás, biogás de relleno sanitario, de biomasa o los pequeños aprovechamientos hidroeléctricos de 0,5 MW a 20 MW de potencia que resulten ganadoras del segundo esquema de la licitación (120 MW asignables en este caso), contarán con el mismo beneficio que aquellos parques renovables de las mismas zonas del renglón 1. 

“Adicionalmente, cabe destacar que, con posterioridad a la adjudicación de los proyectos, en tanto y en cuanto exista y/o se recupere disponibilidad de capacidad de transporte, los adjudicatarios restantes de la RenMDI que no se encuentren comprendidos en los casos descriptos en el párrafo anterior, se les asignará eventualmente prioridad de despacho frente a otras centrales de generación”, aclara la carta enviada por Royón a CAMMESA. 

Por otro lado, también se detalló que se pretende “garantizar la máxima concurrencia de proyectos tendientes a la generación renovable para diversificar la matriz”, por lo que la titular de la cartera energética de Argentina amplió la cantidad de proyectos a asignar por cada tecnología

Independientemente de las potencias indicadas en el esquema N°2, el límite pasará de 7 a 30 y de ese modo se resuelve una de las principales inquietudes planteadas por el sector energético, considerando que desde la Cámara Argentina de Energías Renovables ya habían advertido que “estaba muy limitada el número para las bioenergías, con todo lo que significan la economía circular”.

Además, el gobierno hizo hincapié en proyectos los eólicos y solares que incluyan almacenamiento en baterías y se postulen en el renglón y aclaró que “CAMMESA podrá utilizar las referidas baterías con un máximo de 100 ciclos por año, entendiendo que UN (1) ciclo consta de una carga más una descarga de las baterías”. 

CAMMESA y gobierno despejaron dudas sobre la firma de contratos

Las bajas garantías que solicita la licitación puso en alerta al sector sobre el temor de que nuevamente haya empresas especuladoras que ganen por precios, luego vendan los proyectos adjudicados y éstos finalmente no se concreten. 

Ante ello, las autoridades nacionales despejaron detallaron la condición que deberán cumplir las empresas al momento de presentar sus propuestas y realizar la firma de contrato en caso de que corresponda: “Se aclara que la razón social con la que el adjudicatario suscriba el contrato de abastecimiento deberá ser idéntica a la que presentó la oferta y que el adjudicatario no podrá ceder los derechos de adjudicación”. 

“Asimismo, se confirma que el adjudicatario deberá acreditar al momento de la suscripción del contrato que su objeto incluye la generación de energía eléctrica a partir de fuentes renovables de energía. Aunque este requisito no es condición al momento de la presentación de la oferta”, señala la Circular N° 4 del pliego de bases y condiciones RenMDI. 

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La secretaria de Energía de la Nación, Flavia Royón, le envió una nota al gerente general de la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico SA (CAMMESA), Sebastián Bonetto, en donde solicitó la modificación de ciertos aspectos de la licitación nacional e internacional RenMDI. 

A los efectos de incentivar la participación de proyectos renovables y de almacenamiento para diversificar la matriz y teniendo en cuenta la disponibilidad existente de capacidad de transporte en algunas regiones de la red, el gobierno propuso que también tengan prioridad de despacho aquellas centrales que se presenten y resulten adjudicadas del renglón 2. 

Aunque ello sólo sucederá para algunas zonas específicas del país dónde hoy sí hay capacidad de transporte disponible tales como Buenos Aires, el Noreste Argentino (Formosa, Misiones, Chaco y Corrientes) y el Litoral (Santa Fe y Entre Ríos). 

Es decir que las plantas de biogás, biogás de relleno sanitario, de biomasa o los pequeños aprovechamientos hidroeléctricos de 0,5 MW a 20 MW de potencia que resulten ganadoras del segundo esquema de la licitación (120 MW asignables en este caso), contarán con el mismo beneficio que aquellos parques renovables de las mismas zonas del renglón 1. 

“Adicionalmente, cabe destacar que, con posterioridad a la adjudicación de los proyectos, en tanto y en cuanto exista y/o se recupere disponibilidad de capacidad de transporte, los adjudicatarios restantes de la RenMDI que no se encuentren comprendidos en los casos descriptos en el párrafo anterior, se les asignará eventualmente prioridad de despacho frente a otras centrales de generación”, aclara la carta enviada por Royón a CAMMESA. 

Por otro lado, también se detalló que se pretende “garantizar la máxima concurrencia de proyectos tendientes a la generación renovable para diversificar la matriz”, por lo que la titular de la cartera energética de Argentina amplió la cantidad de proyectos a asignar por cada tecnología

Independientemente de las potencias indicadas en el esquema N°2, el límite pasará de 7 a 30 y de ese modo se resuelve una de las principales inquietudes planteadas por el sector energético, considerando que desde la Cámara Argentina de Energías Renovables ya habían advertido que “estaba muy limitada el número para las bioenergías, con todo lo que significan la economía circular”.

Además, el gobierno hizo hincapié en proyectos los eólicos y solares que incluyan almacenamiento en baterías y se postulen en el renglón y aclaró que “CAMMESA podrá utilizar las referidas baterías con un máximo de 100 ciclos por año, entendiendo que UN (1) ciclo consta de una carga más una descarga de las baterías”. 

CAMMESA y gobierno despejaron dudas sobre la firma de contratos

Las bajas garantías que solicita la licitación puso en alerta al sector sobre el temor de que nuevamente haya empresas especuladoras que ganen por precios, luego vendan los proyectos adjudicados y éstos finalmente no se concreten. 

Ante ello, las autoridades nacionales despejaron detallaron la condición que deberán cumplir las empresas al momento de presentar sus propuestas y realizar la firma de contrato en caso de que corresponda: “Se aclara que la razón social con la que el adjudicatario suscriba el contrato de abastecimiento deberá ser idéntica a la que presentó la oferta y que el adjudicatario no podrá ceder los derechos de adjudicación”. 

“Asimismo, se confirma que el adjudicatario deberá acreditar al momento de la suscripción del contrato que su objeto incluye la generación de energía eléctrica a partir de fuentes renovables de energía. Aunque este requisito no es condición al momento de la presentación de la oferta”, señala la Circular N° 4 del pliego de bases y condiciones RenMDI. 

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La secretaria de Energía de la Nación, Flavia Royón, le envió una nota al gerente general de la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico SA (CAMMESA), Sebastián Bonetto, en donde solicitó la modificación de ciertos aspectos de la licitación nacional e internacional RenMDI. 

A los efectos de incentivar la participación de proyectos renovables y de almacenamiento para diversificar la matriz y teniendo en cuenta la disponibilidad existente de capacidad de transporte en algunas regiones de la red, el gobierno propuso que también tengan prioridad de despacho aquellas centrales que se presenten y resulten adjudicadas del renglón 2. 

Aunque ello sólo sucederá para algunas zonas específicas del país dónde hoy sí hay capacidad de transporte disponible tales como Buenos Aires, el Noreste Argentino (Formosa, Misiones, Chaco y Corrientes) y el Litoral (Santa Fe y Entre Ríos). 

Es decir que las plantas de biogás, biogás de relleno sanitario, de biomasa o los pequeños aprovechamientos hidroeléctricos de 0,5 MW a 20 MW de potencia que resulten ganadoras del segundo esquema de la licitación (120 MW asignables en este caso), contarán con el mismo beneficio que aquellos parques renovables de las mismas zonas del renglón 1. 

“Adicionalmente, cabe destacar que, con posterioridad a la adjudicación de los proyectos, en tanto y en cuanto exista y/o se recupere disponibilidad de capacidad de transporte, los adjudicatarios restantes de la RenMDI que no se encuentren comprendidos en los casos descriptos en el párrafo anterior, se les asignará eventualmente prioridad de despacho frente a otras centrales de generación”, aclara la carta enviada por Royón a CAMMESA. 

Por otro lado, también se detalló que se pretende “garantizar la máxima concurrencia de proyectos tendientes a la generación renovable para diversificar la matriz”, por lo que la titular de la cartera energética de Argentina amplió la cantidad de proyectos a asignar por cada tecnología

Independientemente de las potencias indicadas en el esquema N°2, el límite pasará de 7 a 30 y de ese modo se resuelve una de las principales inquietudes planteadas por el sector energético, considerando que desde la Cámara Argentina de Energías Renovables ya habían advertido que “estaba muy limitada el número para las bioenergías, con todo lo que significan la economía circular”.

Además, el gobierno hizo hincapié en proyectos los eólicos y solares que incluyan almacenamiento en baterías y se postulen en el renglón y aclaró que “CAMMESA podrá utilizar las referidas baterías con un máximo de 100 ciclos por año, entendiendo que UN (1) ciclo consta de una carga más una descarga de las baterías”. 

CAMMESA y gobierno despejaron dudas sobre la firma de contratos

Las bajas garantías que solicita la licitación puso en alerta al sector sobre el temor de que nuevamente haya empresas especuladoras que ganen por precios, luego vendan los proyectos adjudicados y éstos finalmente no se concreten. 

Ante ello, las autoridades nacionales despejaron detallaron la condición que deberán cumplir las empresas al momento de presentar sus propuestas y realizar la firma de contrato en caso de que corresponda: “Se aclara que la razón social con la que el adjudicatario suscriba el contrato de abastecimiento deberá ser idéntica a la que presentó la oferta y que el adjudicatario no podrá ceder los derechos de adjudicación”. 

“Asimismo, se confirma que el adjudicatario deberá acreditar al momento de la suscripción del contrato que su objeto incluye la generación de energía eléctrica a partir de fuentes renovables de energía. Aunque este requisito no es condición al momento de la presentación de la oferta”, señala la Circular N° 4 del pliego de bases y condiciones RenMDI. 

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La secretaria de Energía de la Nación, Flavia Royón, le envió una nota al gerente general de la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico SA (CAMMESA), Sebastián Bonetto, en donde solicitó la modificación de ciertos aspectos de la licitación nacional e internacional RenMDI. 

A los efectos de incentivar la participación de proyectos renovables y de almacenamiento para diversificar la matriz y teniendo en cuenta la disponibilidad existente de capacidad de transporte en algunas regiones de la red, el gobierno propuso que también tengan prioridad de despacho aquellas centrales que se presenten y resulten adjudicadas del renglón 2. 

Aunque ello sólo sucederá para algunas zonas específicas del país dónde hoy sí hay capacidad de transporte disponible tales como Buenos Aires, el Noreste Argentino (Formosa, Misiones, Chaco y Corrientes) y el Litoral (Santa Fe y Entre Ríos). 

Es decir que las plantas de biogás, biogás de relleno sanitario, de biomasa o los pequeños aprovechamientos hidroeléctricos de 0,5 MW a 20 MW de potencia que resulten ganadoras del segundo esquema de la licitación (120 MW asignables en este caso), contarán con el mismo beneficio que aquellos parques renovables de las mismas zonas del renglón 1. 

“Adicionalmente, cabe destacar que, con posterioridad a la adjudicación de los proyectos, en tanto y en cuanto exista y/o se recupere disponibilidad de capacidad de transporte, los adjudicatarios restantes de la RenMDI que no se encuentren comprendidos en los casos descriptos en el párrafo anterior, se les asignará eventualmente prioridad de despacho frente a otras centrales de generación”, aclara la carta enviada por Royón a CAMMESA. 

Por otro lado, también se detalló que se pretende “garantizar la máxima concurrencia de proyectos tendientes a la generación renovable para diversificar la matriz”, por lo que la titular de la cartera energética de Argentina amplió la cantidad de proyectos a asignar por cada tecnología

Independientemente de las potencias indicadas en el esquema N°2, el límite pasará de 7 a 30 y de ese modo se resuelve una de las principales inquietudes planteadas por el sector energético, considerando que desde la Cámara Argentina de Energías Renovables ya habían advertido que “estaba muy limitada el número para las bioenergías, con todo lo que significan la economía circular”.

Además, el gobierno hizo hincapié en proyectos los eólicos y solares que incluyan almacenamiento en baterías y se postulen en el renglón y aclaró que “CAMMESA podrá utilizar las referidas baterías con un máximo de 100 ciclos por año, entendiendo que UN (1) ciclo consta de una carga más una descarga de las baterías”. 

CAMMESA y gobierno despejaron dudas sobre la firma de contratos

Las bajas garantías que solicita la licitación puso en alerta al sector sobre el temor de que nuevamente haya empresas especuladoras que ganen por precios, luego vendan los proyectos adjudicados y éstos finalmente no se concreten. 

Ante ello, las autoridades nacionales despejaron detallaron la condición que deberán cumplir las empresas al momento de presentar sus propuestas y realizar la firma de contrato en caso de que corresponda: “Se aclara que la razón social con la que el adjudicatario suscriba el contrato de abastecimiento deberá ser idéntica a la que presentó la oferta y que el adjudicatario no podrá ceder los derechos de adjudicación”. 

“Asimismo, se confirma que el adjudicatario deberá acreditar al momento de la suscripción del contrato que su objeto incluye la generación de energía eléctrica a partir de fuentes renovables de energía. Aunque este requisito no es condición al momento de la presentación de la oferta”, señala la Circular N° 4 del pliego de bases y condiciones RenMDI. 

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A los efectos de incentivar la participación de proyectos renovables y de almacenamiento para diversificar la matriz y teniendo en cuenta la disponibilidad existente de capacidad de transporte en algunas regiones de la red, el gobierno propuso que también tengan prioridad de despacho aquellas centrales que se presenten y resulten adjudicadas del renglón 2. 

Aunque ello sólo sucederá para algunas zonas específicas del país dónde hoy sí hay capacidad de transporte disponible tales como Buenos Aires, el Noreste Argentino (Formosa, Misiones, Chaco y Corrientes) y el Litoral (Santa Fe y Entre Ríos). 

Es decir que las plantas de biogás, biogás de relleno sanitario, de biomasa o los pequeños aprovechamientos hidroeléctricos de 0,5 MW a 20 MW de potencia que resulten ganadoras del segundo esquema de la licitación (120 MW asignables en este caso), contarán con el mismo beneficio que aquellos parques renovables de las mismas zonas del renglón 1. 

“Adicionalmente, cabe destacar que, con posterioridad a la adjudicación de los proyectos, en tanto y en cuanto exista y/o se recupere disponibilidad de capacidad de transporte, los adjudicatarios restantes de la RenMDI que no se encuentren comprendidos en los casos descriptos en el párrafo anterior, se les asignará eventualmente prioridad de despacho frente a otras centrales de generación”, aclara la carta enviada por Royón a CAMMESA. 

Por otro lado, también se detalló que se pretende “garantizar la máxima concurrencia de proyectos tendientes a la generación renovable para diversificar la matriz”, por lo que la titular de la cartera energética de Argentina amplió la cantidad de proyectos a asignar por cada tecnología

Independientemente de las potencias indicadas en el esquema N°2, el límite pasará de 7 a 30 y de ese modo se resuelve una de las principales inquietudes planteadas por el sector energético, considerando que desde la Cámara Argentina de Energías Renovables ya habían advertido que “estaba muy limitada el número para las bioenergías, con todo lo que significan la economía circular”.

Además, el gobierno hizo hincapié en proyectos los eólicos y solares que incluyan almacenamiento en baterías y se postulen en el renglón y aclaró que “CAMMESA podrá utilizar las referidas baterías con un máximo de 100 ciclos por año, entendiendo que UN (1) ciclo consta de una carga más una descarga de las baterías”. 

CAMMESA y gobierno despejaron dudas sobre la firma de contratos

Las bajas garantías que solicita la licitación puso en alerta al sector sobre el temor de que nuevamente haya empresas especuladoras que ganen por precios, luego vendan los proyectos adjudicados y éstos finalmente no se concreten. 

Ante ello, las autoridades nacionales despejaron detallaron la condición que deberán cumplir las empresas al momento de presentar sus propuestas y realizar la firma de contrato en caso de que corresponda: “Se aclara que la razón social con la que el adjudicatario suscriba el contrato de abastecimiento deberá ser idéntica a la que presentó la oferta y que el adjudicatario no podrá ceder los derechos de adjudicación”. 

“Asimismo, se confirma que el adjudicatario deberá acreditar al momento de la suscripción del contrato que su objeto incluye la generación de energía eléctrica a partir de fuentes renovables de energía. Aunque este requisito no es condición al momento de la presentación de la oferta”, señala la Circular N° 4 del pliego de bases y condiciones RenMDI. 

La entrada Argentina mejora las condiciones de su licitación de energías renovables se publicó primero en Energía Estratégica.

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Argentina mejora las condiciones de su licitación de energías renovables

La secretaria de Energía de la Nación, Flavia Royón, le envió una nota al gerente general de la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico SA (CAMMESA), Sebastián Bonetto, en donde solicitó la modificación de ciertos aspectos de la licitación nacional e internacional RenMDI. 

A los efectos de incentivar la participación de proyectos renovables y de almacenamiento para diversificar la matriz y teniendo en cuenta la disponibilidad existente de capacidad de transporte en algunas regiones de la red, el gobierno propuso que también tengan prioridad de despacho aquellas centrales que se presenten y resulten adjudicadas del renglón 2. 

Aunque ello sólo sucederá para algunas zonas específicas del país dónde hoy sí hay capacidad de transporte disponible tales como Buenos Aires, el Noreste Argentino (Formosa, Misiones, Chaco y Corrientes) y el Litoral (Santa Fe y Entre Ríos). 

Es decir que las plantas de biogás, biogás de relleno sanitario, de biomasa o los pequeños aprovechamientos hidroeléctricos de 0,5 MW a 20 MW de potencia que resulten ganadoras del segundo esquema de la licitación (120 MW asignables en este caso), contarán con el mismo beneficio que aquellos parques renovables de las mismas zonas del renglón 1. 

“Adicionalmente, cabe destacar que, con posterioridad a la adjudicación de los proyectos, en tanto y en cuanto exista y/o se recupere disponibilidad de capacidad de transporte, los adjudicatarios restantes de la RenMDI que no se encuentren comprendidos en los casos descriptos en el párrafo anterior, se les asignará eventualmente prioridad de despacho frente a otras centrales de generación”, aclara la carta enviada por Royón a CAMMESA. 

Por otro lado, también se detalló que se pretende “garantizar la máxima concurrencia de proyectos tendientes a la generación renovable para diversificar la matriz”, por lo que la titular de la cartera energética de Argentina amplió la cantidad de proyectos a asignar por cada tecnología

Independientemente de las potencias indicadas en el esquema N°2, el límite pasará de 7 a 30 y de ese modo se resuelve una de las principales inquietudes planteadas por el sector energético, considerando que desde la Cámara Argentina de Energías Renovables ya habían advertido que “estaba muy limitada el número para las bioenergías, con todo lo que significan la economía circular”.

Además, el gobierno hizo hincapié en proyectos los eólicos y solares que incluyan almacenamiento en baterías y se postulen en el renglón y aclaró que “CAMMESA podrá utilizar las referidas baterías con un máximo de 100 ciclos por año, entendiendo que UN (1) ciclo consta de una carga más una descarga de las baterías”. 

CAMMESA y gobierno despejaron dudas sobre la firma de contratos

Las bajas garantías que solicita la licitación puso en alerta al sector sobre el temor de que nuevamente haya empresas especuladoras que ganen por precios, luego vendan los proyectos adjudicados y éstos finalmente no se concreten. 

Ante ello, las autoridades nacionales despejaron detallaron la condición que deberán cumplir las empresas al momento de presentar sus propuestas y realizar la firma de contrato en caso de que corresponda: “Se aclara que la razón social con la que el adjudicatario suscriba el contrato de abastecimiento deberá ser idéntica a la que presentó la oferta y que el adjudicatario no podrá ceder los derechos de adjudicación”. 

“Asimismo, se confirma que el adjudicatario deberá acreditar al momento de la suscripción del contrato que su objeto incluye la generación de energía eléctrica a partir de fuentes renovables de energía. Aunque este requisito no es condición al momento de la presentación de la oferta”, señala la Circular N° 4 del pliego de bases y condiciones RenMDI. 

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La secretaria de Energía de la Nación, Flavia Royón, le envió una nota al gerente general de la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico SA (CAMMESA), Sebastián Bonetto, en donde solicitó la modificación de ciertos aspectos de la licitación nacional e internacional RenMDI. 

A los efectos de incentivar la participación de proyectos renovables y de almacenamiento para diversificar la matriz y teniendo en cuenta la disponibilidad existente de capacidad de transporte en algunas regiones de la red, el gobierno propuso que también tengan prioridad de despacho aquellas centrales que se presenten y resulten adjudicadas del renglón 2. 

Aunque ello sólo sucederá para algunas zonas específicas del país dónde hoy sí hay capacidad de transporte disponible tales como Buenos Aires, el Noreste Argentino (Formosa, Misiones, Chaco y Corrientes) y el Litoral (Santa Fe y Entre Ríos). 

Es decir que las plantas de biogás, biogás de relleno sanitario, de biomasa o los pequeños aprovechamientos hidroeléctricos de 0,5 MW a 20 MW de potencia que resulten ganadoras del segundo esquema de la licitación (120 MW asignables en este caso), contarán con el mismo beneficio que aquellos parques renovables de las mismas zonas del renglón 1. 

“Adicionalmente, cabe destacar que, con posterioridad a la adjudicación de los proyectos, en tanto y en cuanto exista y/o se recupere disponibilidad de capacidad de transporte, los adjudicatarios restantes de la RenMDI que no se encuentren comprendidos en los casos descriptos en el párrafo anterior, se les asignará eventualmente prioridad de despacho frente a otras centrales de generación”, aclara la carta enviada por Royón a CAMMESA. 

Por otro lado, también se detalló que se pretende “garantizar la máxima concurrencia de proyectos tendientes a la generación renovable para diversificar la matriz”, por lo que la titular de la cartera energética de Argentina amplió la cantidad de proyectos a asignar por cada tecnología

Independientemente de las potencias indicadas en el esquema N°2, el límite pasará de 7 a 30 y de ese modo se resuelve una de las principales inquietudes planteadas por el sector energético, considerando que desde la Cámara Argentina de Energías Renovables ya habían advertido que “estaba muy limitada el número para las bioenergías, con todo lo que significan la economía circular”.

Además, el gobierno hizo hincapié en proyectos los eólicos y solares que incluyan almacenamiento en baterías y se postulen en el renglón y aclaró que “CAMMESA podrá utilizar las referidas baterías con un máximo de 100 ciclos por año, entendiendo que UN (1) ciclo consta de una carga más una descarga de las baterías”. 

CAMMESA y gobierno despejaron dudas sobre la firma de contratos

Las bajas garantías que solicita la licitación puso en alerta al sector sobre el temor de que nuevamente haya empresas especuladoras que ganen por precios, luego vendan los proyectos adjudicados y éstos finalmente no se concreten. 

Ante ello, las autoridades nacionales despejaron detallaron la condición que deberán cumplir las empresas al momento de presentar sus propuestas y realizar la firma de contrato en caso de que corresponda: “Se aclara que la razón social con la que el adjudicatario suscriba el contrato de abastecimiento deberá ser idéntica a la que presentó la oferta y que el adjudicatario no podrá ceder los derechos de adjudicación”. 

“Asimismo, se confirma que el adjudicatario deberá acreditar al momento de la suscripción del contrato que su objeto incluye la generación de energía eléctrica a partir de fuentes renovables de energía. Aunque este requisito no es condición al momento de la presentación de la oferta”, señala la Circular N° 4 del pliego de bases y condiciones RenMDI. 

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La secretaria de Energía de la Nación, Flavia Royón, le envió una nota al gerente general de la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico SA (CAMMESA), Sebastián Bonetto, en donde solicitó la modificación de ciertos aspectos de la licitación nacional e internacional RenMDI. 

A los efectos de incentivar la participación de proyectos renovables y de almacenamiento para diversificar la matriz y teniendo en cuenta la disponibilidad existente de capacidad de transporte en algunas regiones de la red, el gobierno propuso que también tengan prioridad de despacho aquellas centrales que se presenten y resulten adjudicadas del renglón 2. 

Aunque ello sólo sucederá para algunas zonas específicas del país dónde hoy sí hay capacidad de transporte disponible tales como Buenos Aires, el Noreste Argentino (Formosa, Misiones, Chaco y Corrientes) y el Litoral (Santa Fe y Entre Ríos). 

Es decir que las plantas de biogás, biogás de relleno sanitario, de biomasa o los pequeños aprovechamientos hidroeléctricos de 0,5 MW a 20 MW de potencia que resulten ganadoras del segundo esquema de la licitación (120 MW asignables en este caso), contarán con el mismo beneficio que aquellos parques renovables de las mismas zonas del renglón 1. 

“Adicionalmente, cabe destacar que, con posterioridad a la adjudicación de los proyectos, en tanto y en cuanto exista y/o se recupere disponibilidad de capacidad de transporte, los adjudicatarios restantes de la RenMDI que no se encuentren comprendidos en los casos descriptos en el párrafo anterior, se les asignará eventualmente prioridad de despacho frente a otras centrales de generación”, aclara la carta enviada por Royón a CAMMESA. 

Por otro lado, también se detalló que se pretende “garantizar la máxima concurrencia de proyectos tendientes a la generación renovable para diversificar la matriz”, por lo que la titular de la cartera energética de Argentina amplió la cantidad de proyectos a asignar por cada tecnología

Independientemente de las potencias indicadas en el esquema N°2, el límite pasará de 7 a 30 y de ese modo se resuelve una de las principales inquietudes planteadas por el sector energético, considerando que desde la Cámara Argentina de Energías Renovables ya habían advertido que “estaba muy limitada el número para las bioenergías, con todo lo que significan la economía circular”.

Además, el gobierno hizo hincapié en proyectos los eólicos y solares que incluyan almacenamiento en baterías y se postulen en el renglón y aclaró que “CAMMESA podrá utilizar las referidas baterías con un máximo de 100 ciclos por año, entendiendo que UN (1) ciclo consta de una carga más una descarga de las baterías”. 

CAMMESA y gobierno despejaron dudas sobre la firma de contratos

Las bajas garantías que solicita la licitación puso en alerta al sector sobre el temor de que nuevamente haya empresas especuladoras que ganen por precios, luego vendan los proyectos adjudicados y éstos finalmente no se concreten. 

Ante ello, las autoridades nacionales despejaron detallaron la condición que deberán cumplir las empresas al momento de presentar sus propuestas y realizar la firma de contrato en caso de que corresponda: “Se aclara que la razón social con la que el adjudicatario suscriba el contrato de abastecimiento deberá ser idéntica a la que presentó la oferta y que el adjudicatario no podrá ceder los derechos de adjudicación”. 

“Asimismo, se confirma que el adjudicatario deberá acreditar al momento de la suscripción del contrato que su objeto incluye la generación de energía eléctrica a partir de fuentes renovables de energía. Aunque este requisito no es condición al momento de la presentación de la oferta”, señala la Circular N° 4 del pliego de bases y condiciones RenMDI. 

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La secretaria de Energía de la Nación, Flavia Royón, le envió una nota al gerente general de la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico SA (CAMMESA), Sebastián Bonetto, en donde solicitó la modificación de ciertos aspectos de la licitación nacional e internacional RenMDI. 

A los efectos de incentivar la participación de proyectos renovables y de almacenamiento para diversificar la matriz y teniendo en cuenta la disponibilidad existente de capacidad de transporte en algunas regiones de la red, el gobierno propuso que también tengan prioridad de despacho aquellas centrales que se presenten y resulten adjudicadas del renglón 2. 

Aunque ello sólo sucederá para algunas zonas específicas del país dónde hoy sí hay capacidad de transporte disponible tales como Buenos Aires, el Noreste Argentino (Formosa, Misiones, Chaco y Corrientes) y el Litoral (Santa Fe y Entre Ríos). 

Es decir que las plantas de biogás, biogás de relleno sanitario, de biomasa o los pequeños aprovechamientos hidroeléctricos de 0,5 MW a 20 MW de potencia que resulten ganadoras del segundo esquema de la licitación (120 MW asignables en este caso), contarán con el mismo beneficio que aquellos parques renovables de las mismas zonas del renglón 1. 

“Adicionalmente, cabe destacar que, con posterioridad a la adjudicación de los proyectos, en tanto y en cuanto exista y/o se recupere disponibilidad de capacidad de transporte, los adjudicatarios restantes de la RenMDI que no se encuentren comprendidos en los casos descriptos en el párrafo anterior, se les asignará eventualmente prioridad de despacho frente a otras centrales de generación”, aclara la carta enviada por Royón a CAMMESA. 

Por otro lado, también se detalló que se pretende “garantizar la máxima concurrencia de proyectos tendientes a la generación renovable para diversificar la matriz”, por lo que la titular de la cartera energética de Argentina amplió la cantidad de proyectos a asignar por cada tecnología

Independientemente de las potencias indicadas en el esquema N°2, el límite pasará de 7 a 30 y de ese modo se resuelve una de las principales inquietudes planteadas por el sector energético, considerando que desde la Cámara Argentina de Energías Renovables ya habían advertido que “estaba muy limitada el número para las bioenergías, con todo lo que significan la economía circular”.

Además, el gobierno hizo hincapié en proyectos los eólicos y solares que incluyan almacenamiento en baterías y se postulen en el renglón y aclaró que “CAMMESA podrá utilizar las referidas baterías con un máximo de 100 ciclos por año, entendiendo que UN (1) ciclo consta de una carga más una descarga de las baterías”. 

CAMMESA y gobierno despejaron dudas sobre la firma de contratos

Las bajas garantías que solicita la licitación puso en alerta al sector sobre el temor de que nuevamente haya empresas especuladoras que ganen por precios, luego vendan los proyectos adjudicados y éstos finalmente no se concreten. 

Ante ello, las autoridades nacionales despejaron detallaron la condición que deberán cumplir las empresas al momento de presentar sus propuestas y realizar la firma de contrato en caso de que corresponda: “Se aclara que la razón social con la que el adjudicatario suscriba el contrato de abastecimiento deberá ser idéntica a la que presentó la oferta y que el adjudicatario no podrá ceder los derechos de adjudicación”. 

“Asimismo, se confirma que el adjudicatario deberá acreditar al momento de la suscripción del contrato que su objeto incluye la generación de energía eléctrica a partir de fuentes renovables de energía. Aunque este requisito no es condición al momento de la presentación de la oferta”, señala la Circular N° 4 del pliego de bases y condiciones RenMDI. 

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La secretaria de Energía de la Nación, Flavia Royón, le envió una nota al gerente general de la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico SA (CAMMESA), Sebastián Bonetto, en donde solicitó la modificación de ciertos aspectos de la licitación nacional e internacional RenMDI. 

A los efectos de incentivar la participación de proyectos renovables y de almacenamiento para diversificar la matriz y teniendo en cuenta la disponibilidad existente de capacidad de transporte en algunas regiones de la red, el gobierno propuso que también tengan prioridad de despacho aquellas centrales que se presenten y resulten adjudicadas del renglón 2. 

Aunque ello sólo sucederá para algunas zonas específicas del país dónde hoy sí hay capacidad de transporte disponible tales como Buenos Aires, el Noreste Argentino (Formosa, Misiones, Chaco y Corrientes) y el Litoral (Santa Fe y Entre Ríos). 

Es decir que las plantas de biogás, biogás de relleno sanitario, de biomasa o los pequeños aprovechamientos hidroeléctricos de 0,5 MW a 20 MW de potencia que resulten ganadoras del segundo esquema de la licitación (120 MW asignables en este caso), contarán con el mismo beneficio que aquellos parques renovables de las mismas zonas del renglón 1. 

“Adicionalmente, cabe destacar que, con posterioridad a la adjudicación de los proyectos, en tanto y en cuanto exista y/o se recupere disponibilidad de capacidad de transporte, los adjudicatarios restantes de la RenMDI que no se encuentren comprendidos en los casos descriptos en el párrafo anterior, se les asignará eventualmente prioridad de despacho frente a otras centrales de generación”, aclara la carta enviada por Royón a CAMMESA. 

Por otro lado, también se detalló que se pretende “garantizar la máxima concurrencia de proyectos tendientes a la generación renovable para diversificar la matriz”, por lo que la titular de la cartera energética de Argentina amplió la cantidad de proyectos a asignar por cada tecnología

Independientemente de las potencias indicadas en el esquema N°2, el límite pasará de 7 a 30 y de ese modo se resuelve una de las principales inquietudes planteadas por el sector energético, considerando que desde la Cámara Argentina de Energías Renovables ya habían advertido que “estaba muy limitada el número para las bioenergías, con todo lo que significan la economía circular”.

Además, el gobierno hizo hincapié en proyectos los eólicos y solares que incluyan almacenamiento en baterías y se postulen en el renglón y aclaró que “CAMMESA podrá utilizar las referidas baterías con un máximo de 100 ciclos por año, entendiendo que UN (1) ciclo consta de una carga más una descarga de las baterías”. 

CAMMESA y gobierno despejaron dudas sobre la firma de contratos

Las bajas garantías que solicita la licitación puso en alerta al sector sobre el temor de que nuevamente haya empresas especuladoras que ganen por precios, luego vendan los proyectos adjudicados y éstos finalmente no se concreten. 

Ante ello, las autoridades nacionales despejaron detallaron la condición que deberán cumplir las empresas al momento de presentar sus propuestas y realizar la firma de contrato en caso de que corresponda: “Se aclara que la razón social con la que el adjudicatario suscriba el contrato de abastecimiento deberá ser idéntica a la que presentó la oferta y que el adjudicatario no podrá ceder los derechos de adjudicación”. 

“Asimismo, se confirma que el adjudicatario deberá acreditar al momento de la suscripción del contrato que su objeto incluye la generación de energía eléctrica a partir de fuentes renovables de energía. Aunque este requisito no es condición al momento de la presentación de la oferta”, señala la Circular N° 4 del pliego de bases y condiciones RenMDI. 

La entrada Argentina mejora las condiciones de su licitación de energías renovables se publicó primero en Energía Estratégica.

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Argentina mejora las condiciones de su licitación de energías renovables

La secretaria de Energía de la Nación, Flavia Royón, le envió una nota al gerente general de la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico SA (CAMMESA), Sebastián Bonetto, en donde solicitó la modificación de ciertos aspectos de la licitación nacional e internacional RenMDI. 

A los efectos de incentivar la participación de proyectos renovables y de almacenamiento para diversificar la matriz y teniendo en cuenta la disponibilidad existente de capacidad de transporte en algunas regiones de la red, el gobierno propuso que también tengan prioridad de despacho aquellas centrales que se presenten y resulten adjudicadas del renglón 2. 

Aunque ello sólo sucederá para algunas zonas específicas del país dónde hoy sí hay capacidad de transporte disponible tales como Buenos Aires, el Noreste Argentino (Formosa, Misiones, Chaco y Corrientes) y el Litoral (Santa Fe y Entre Ríos). 

Es decir que las plantas de biogás, biogás de relleno sanitario, de biomasa o los pequeños aprovechamientos hidroeléctricos de 0,5 MW a 20 MW de potencia que resulten ganadoras del segundo esquema de la licitación (120 MW asignables en este caso), contarán con el mismo beneficio que aquellos parques renovables de las mismas zonas del renglón 1. 

“Adicionalmente, cabe destacar que, con posterioridad a la adjudicación de los proyectos, en tanto y en cuanto exista y/o se recupere disponibilidad de capacidad de transporte, los adjudicatarios restantes de la RenMDI que no se encuentren comprendidos en los casos descriptos en el párrafo anterior, se les asignará eventualmente prioridad de despacho frente a otras centrales de generación”, aclara la carta enviada por Royón a CAMMESA. 

Por otro lado, también se detalló que se pretende “garantizar la máxima concurrencia de proyectos tendientes a la generación renovable para diversificar la matriz”, por lo que la titular de la cartera energética de Argentina amplió la cantidad de proyectos a asignar por cada tecnología

Independientemente de las potencias indicadas en el esquema N°2, el límite pasará de 7 a 30 y de ese modo se resuelve una de las principales inquietudes planteadas por el sector energético, considerando que desde la Cámara Argentina de Energías Renovables ya habían advertido que “estaba muy limitada el número para las bioenergías, con todo lo que significan la economía circular”.

Además, el gobierno hizo hincapié en proyectos los eólicos y solares que incluyan almacenamiento en baterías y se postulen en el renglón y aclaró que “CAMMESA podrá utilizar las referidas baterías con un máximo de 100 ciclos por año, entendiendo que UN (1) ciclo consta de una carga más una descarga de las baterías”. 

CAMMESA y gobierno despejaron dudas sobre la firma de contratos

Las bajas garantías que solicita la licitación puso en alerta al sector sobre el temor de que nuevamente haya empresas especuladoras que ganen por precios, luego vendan los proyectos adjudicados y éstos finalmente no se concreten. 

Ante ello, las autoridades nacionales despejaron detallaron la condición que deberán cumplir las empresas al momento de presentar sus propuestas y realizar la firma de contrato en caso de que corresponda: “Se aclara que la razón social con la que el adjudicatario suscriba el contrato de abastecimiento deberá ser idéntica a la que presentó la oferta y que el adjudicatario no podrá ceder los derechos de adjudicación”. 

“Asimismo, se confirma que el adjudicatario deberá acreditar al momento de la suscripción del contrato que su objeto incluye la generación de energía eléctrica a partir de fuentes renovables de energía. Aunque este requisito no es condición al momento de la presentación de la oferta”, señala la Circular N° 4 del pliego de bases y condiciones RenMDI. 

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La secretaria de Energía de la Nación, Flavia Royón, le envió una nota al gerente general de la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico SA (CAMMESA), Sebastián Bonetto, en donde solicitó la modificación de ciertos aspectos de la licitación nacional e internacional RenMDI. 

A los efectos de incentivar la participación de proyectos renovables y de almacenamiento para diversificar la matriz y teniendo en cuenta la disponibilidad existente de capacidad de transporte en algunas regiones de la red, el gobierno propuso que también tengan prioridad de despacho aquellas centrales que se presenten y resulten adjudicadas del renglón 2. 

Aunque ello sólo sucederá para algunas zonas específicas del país dónde hoy sí hay capacidad de transporte disponible tales como Buenos Aires, el Noreste Argentino (Formosa, Misiones, Chaco y Corrientes) y el Litoral (Santa Fe y Entre Ríos). 

Es decir que las plantas de biogás, biogás de relleno sanitario, de biomasa o los pequeños aprovechamientos hidroeléctricos de 0,5 MW a 20 MW de potencia que resulten ganadoras del segundo esquema de la licitación (120 MW asignables en este caso), contarán con el mismo beneficio que aquellos parques renovables de las mismas zonas del renglón 1. 

“Adicionalmente, cabe destacar que, con posterioridad a la adjudicación de los proyectos, en tanto y en cuanto exista y/o se recupere disponibilidad de capacidad de transporte, los adjudicatarios restantes de la RenMDI que no se encuentren comprendidos en los casos descriptos en el párrafo anterior, se les asignará eventualmente prioridad de despacho frente a otras centrales de generación”, aclara la carta enviada por Royón a CAMMESA. 

Por otro lado, también se detalló que se pretende “garantizar la máxima concurrencia de proyectos tendientes a la generación renovable para diversificar la matriz”, por lo que la titular de la cartera energética de Argentina amplió la cantidad de proyectos a asignar por cada tecnología

Independientemente de las potencias indicadas en el esquema N°2, el límite pasará de 7 a 30 y de ese modo se resuelve una de las principales inquietudes planteadas por el sector energético, considerando que desde la Cámara Argentina de Energías Renovables ya habían advertido que “estaba muy limitada el número para las bioenergías, con todo lo que significan la economía circular”.

Además, el gobierno hizo hincapié en proyectos los eólicos y solares que incluyan almacenamiento en baterías y se postulen en el renglón y aclaró que “CAMMESA podrá utilizar las referidas baterías con un máximo de 100 ciclos por año, entendiendo que UN (1) ciclo consta de una carga más una descarga de las baterías”. 

CAMMESA y gobierno despejaron dudas sobre la firma de contratos

Las bajas garantías que solicita la licitación puso en alerta al sector sobre el temor de que nuevamente haya empresas especuladoras que ganen por precios, luego vendan los proyectos adjudicados y éstos finalmente no se concreten. 

Ante ello, las autoridades nacionales despejaron detallaron la condición que deberán cumplir las empresas al momento de presentar sus propuestas y realizar la firma de contrato en caso de que corresponda: “Se aclara que la razón social con la que el adjudicatario suscriba el contrato de abastecimiento deberá ser idéntica a la que presentó la oferta y que el adjudicatario no podrá ceder los derechos de adjudicación”. 

“Asimismo, se confirma que el adjudicatario deberá acreditar al momento de la suscripción del contrato que su objeto incluye la generación de energía eléctrica a partir de fuentes renovables de energía. Aunque este requisito no es condición al momento de la presentación de la oferta”, señala la Circular N° 4 del pliego de bases y condiciones RenMDI. 

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La secretaria de Energía de la Nación, Flavia Royón, le envió una nota al gerente general de la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico SA (CAMMESA), Sebastián Bonetto, en donde solicitó la modificación de ciertos aspectos de la licitación nacional e internacional RenMDI. 

A los efectos de incentivar la participación de proyectos renovables y de almacenamiento para diversificar la matriz y teniendo en cuenta la disponibilidad existente de capacidad de transporte en algunas regiones de la red, el gobierno propuso que también tengan prioridad de despacho aquellas centrales que se presenten y resulten adjudicadas del renglón 2. 

Aunque ello sólo sucederá para algunas zonas específicas del país dónde hoy sí hay capacidad de transporte disponible tales como Buenos Aires, el Noreste Argentino (Formosa, Misiones, Chaco y Corrientes) y el Litoral (Santa Fe y Entre Ríos). 

Es decir que las plantas de biogás, biogás de relleno sanitario, de biomasa o los pequeños aprovechamientos hidroeléctricos de 0,5 MW a 20 MW de potencia que resulten ganadoras del segundo esquema de la licitación (120 MW asignables en este caso), contarán con el mismo beneficio que aquellos parques renovables de las mismas zonas del renglón 1. 

“Adicionalmente, cabe destacar que, con posterioridad a la adjudicación de los proyectos, en tanto y en cuanto exista y/o se recupere disponibilidad de capacidad de transporte, los adjudicatarios restantes de la RenMDI que no se encuentren comprendidos en los casos descriptos en el párrafo anterior, se les asignará eventualmente prioridad de despacho frente a otras centrales de generación”, aclara la carta enviada por Royón a CAMMESA. 

Por otro lado, también se detalló que se pretende “garantizar la máxima concurrencia de proyectos tendientes a la generación renovable para diversificar la matriz”, por lo que la titular de la cartera energética de Argentina amplió la cantidad de proyectos a asignar por cada tecnología

Independientemente de las potencias indicadas en el esquema N°2, el límite pasará de 7 a 30 y de ese modo se resuelve una de las principales inquietudes planteadas por el sector energético, considerando que desde la Cámara Argentina de Energías Renovables ya habían advertido que “estaba muy limitada el número para las bioenergías, con todo lo que significan la economía circular”.

Además, el gobierno hizo hincapié en proyectos los eólicos y solares que incluyan almacenamiento en baterías y se postulen en el renglón y aclaró que “CAMMESA podrá utilizar las referidas baterías con un máximo de 100 ciclos por año, entendiendo que UN (1) ciclo consta de una carga más una descarga de las baterías”. 

CAMMESA y gobierno despejaron dudas sobre la firma de contratos

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Ante ello, las autoridades nacionales despejaron detallaron la condición que deberán cumplir las empresas al momento de presentar sus propuestas y realizar la firma de contrato en caso de que corresponda: “Se aclara que la razón social con la que el adjudicatario suscriba el contrato de abastecimiento deberá ser idéntica a la que presentó la oferta y que el adjudicatario no podrá ceder los derechos de adjudicación”. 

“Asimismo, se confirma que el adjudicatario deberá acreditar al momento de la suscripción del contrato que su objeto incluye la generación de energía eléctrica a partir de fuentes renovables de energía. Aunque este requisito no es condición al momento de la presentación de la oferta”, señala la Circular N° 4 del pliego de bases y condiciones RenMDI. 

La entrada Argentina mejora las condiciones de su licitación de energías renovables se publicó primero en Energía Estratégica.

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Argentina mejora las condiciones de su licitación de energías renovables

La secretaria de Energía de la Nación, Flavia Royón, le envió una nota al gerente general de la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico SA (CAMMESA), Sebastián Bonetto, en donde solicitó la modificación de ciertos aspectos de la licitación nacional e internacional RenMDI. 

A los efectos de incentivar la participación de proyectos renovables y de almacenamiento para diversificar la matriz y teniendo en cuenta la disponibilidad existente de capacidad de transporte en algunas regiones de la red, el gobierno propuso que también tengan prioridad de despacho aquellas centrales que se presenten y resulten adjudicadas del renglón 2. 

Aunque ello sólo sucederá para algunas zonas específicas del país dónde hoy sí hay capacidad de transporte disponible tales como Buenos Aires, el Noreste Argentino (Formosa, Misiones, Chaco y Corrientes) y el Litoral (Santa Fe y Entre Ríos). 

Es decir que las plantas de biogás, biogás de relleno sanitario, de biomasa o los pequeños aprovechamientos hidroeléctricos de 0,5 MW a 20 MW de potencia que resulten ganadoras del segundo esquema de la licitación (120 MW asignables en este caso), contarán con el mismo beneficio que aquellos parques renovables de las mismas zonas del renglón 1. 

“Adicionalmente, cabe destacar que, con posterioridad a la adjudicación de los proyectos, en tanto y en cuanto exista y/o se recupere disponibilidad de capacidad de transporte, los adjudicatarios restantes de la RenMDI que no se encuentren comprendidos en los casos descriptos en el párrafo anterior, se les asignará eventualmente prioridad de despacho frente a otras centrales de generación”, aclara la carta enviada por Royón a CAMMESA. 

Por otro lado, también se detalló que se pretende “garantizar la máxima concurrencia de proyectos tendientes a la generación renovable para diversificar la matriz”, por lo que la titular de la cartera energética de Argentina amplió la cantidad de proyectos a asignar por cada tecnología

Independientemente de las potencias indicadas en el esquema N°2, el límite pasará de 7 a 30 y de ese modo se resuelve una de las principales inquietudes planteadas por el sector energético, considerando que desde la Cámara Argentina de Energías Renovables ya habían advertido que “estaba muy limitada el número para las bioenergías, con todo lo que significan la economía circular”.

Además, el gobierno hizo hincapié en proyectos los eólicos y solares que incluyan almacenamiento en baterías y se postulen en el renglón y aclaró que “CAMMESA podrá utilizar las referidas baterías con un máximo de 100 ciclos por año, entendiendo que UN (1) ciclo consta de una carga más una descarga de las baterías”. 

CAMMESA y gobierno despejaron dudas sobre la firma de contratos

Las bajas garantías que solicita la licitación puso en alerta al sector sobre el temor de que nuevamente haya empresas especuladoras que ganen por precios, luego vendan los proyectos adjudicados y éstos finalmente no se concreten. 

Ante ello, las autoridades nacionales despejaron detallaron la condición que deberán cumplir las empresas al momento de presentar sus propuestas y realizar la firma de contrato en caso de que corresponda: “Se aclara que la razón social con la que el adjudicatario suscriba el contrato de abastecimiento deberá ser idéntica a la que presentó la oferta y que el adjudicatario no podrá ceder los derechos de adjudicación”. 

“Asimismo, se confirma que el adjudicatario deberá acreditar al momento de la suscripción del contrato que su objeto incluye la generación de energía eléctrica a partir de fuentes renovables de energía. Aunque este requisito no es condición al momento de la presentación de la oferta”, señala la Circular N° 4 del pliego de bases y condiciones RenMDI. 

La entrada Argentina mejora las condiciones de su licitación de energías renovables se publicó primero en Energía Estratégica.

energiaestrategica.com, Informacion, Información de Mercado

Argentina mejora las condiciones de su licitación de energías renovables

La secretaria de Energía de la Nación, Flavia Royón, le envió una nota al gerente general de la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico SA (CAMMESA), Sebastián Bonetto, en donde solicitó la modificación de ciertos aspectos de la licitación nacional e internacional RenMDI. 

A los efectos de incentivar la participación de proyectos renovables y de almacenamiento para diversificar la matriz y teniendo en cuenta la disponibilidad existente de capacidad de transporte en algunas regiones de la red, el gobierno propuso que también tengan prioridad de despacho aquellas centrales que se presenten y resulten adjudicadas del renglón 2. 

Aunque ello sólo sucederá para algunas zonas específicas del país dónde hoy sí hay capacidad de transporte disponible tales como Buenos Aires, el Noreste Argentino (Formosa, Misiones, Chaco y Corrientes) y el Litoral (Santa Fe y Entre Ríos). 

Es decir que las plantas de biogás, biogás de relleno sanitario, de biomasa o los pequeños aprovechamientos hidroeléctricos de 0,5 MW a 20 MW de potencia que resulten ganadoras del segundo esquema de la licitación (120 MW asignables en este caso), contarán con el mismo beneficio que aquellos parques renovables de las mismas zonas del renglón 1. 

“Adicionalmente, cabe destacar que, con posterioridad a la adjudicación de los proyectos, en tanto y en cuanto exista y/o se recupere disponibilidad de capacidad de transporte, los adjudicatarios restantes de la RenMDI que no se encuentren comprendidos en los casos descriptos en el párrafo anterior, se les asignará eventualmente prioridad de despacho frente a otras centrales de generación”, aclara la carta enviada por Royón a CAMMESA. 

Por otro lado, también se detalló que se pretende “garantizar la máxima concurrencia de proyectos tendientes a la generación renovable para diversificar la matriz”, por lo que la titular de la cartera energética de Argentina amplió la cantidad de proyectos a asignar por cada tecnología

Independientemente de las potencias indicadas en el esquema N°2, el límite pasará de 7 a 30 y de ese modo se resuelve una de las principales inquietudes planteadas por el sector energético, considerando que desde la Cámara Argentina de Energías Renovables ya habían advertido que “estaba muy limitada el número para las bioenergías, con todo lo que significan la economía circular”.

Además, el gobierno hizo hincapié en proyectos los eólicos y solares que incluyan almacenamiento en baterías y se postulen en el renglón y aclaró que “CAMMESA podrá utilizar las referidas baterías con un máximo de 100 ciclos por año, entendiendo que UN (1) ciclo consta de una carga más una descarga de las baterías”. 

CAMMESA y gobierno despejaron dudas sobre la firma de contratos

Las bajas garantías que solicita la licitación puso en alerta al sector sobre el temor de que nuevamente haya empresas especuladoras que ganen por precios, luego vendan los proyectos adjudicados y éstos finalmente no se concreten. 

Ante ello, las autoridades nacionales despejaron detallaron la condición que deberán cumplir las empresas al momento de presentar sus propuestas y realizar la firma de contrato en caso de que corresponda: “Se aclara que la razón social con la que el adjudicatario suscriba el contrato de abastecimiento deberá ser idéntica a la que presentó la oferta y que el adjudicatario no podrá ceder los derechos de adjudicación”. 

“Asimismo, se confirma que el adjudicatario deberá acreditar al momento de la suscripción del contrato que su objeto incluye la generación de energía eléctrica a partir de fuentes renovables de energía. Aunque este requisito no es condición al momento de la presentación de la oferta”, señala la Circular N° 4 del pliego de bases y condiciones RenMDI. 

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La secretaria de Energía de la Nación, Flavia Royón, le envió una nota al gerente general de la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico SA (CAMMESA), Sebastián Bonetto, en donde solicitó la modificación de ciertos aspectos de la licitación nacional e internacional RenMDI. 

A los efectos de incentivar la participación de proyectos renovables y de almacenamiento para diversificar la matriz y teniendo en cuenta la disponibilidad existente de capacidad de transporte en algunas regiones de la red, el gobierno propuso que también tengan prioridad de despacho aquellas centrales que se presenten y resulten adjudicadas del renglón 2. 

Aunque ello sólo sucederá para algunas zonas específicas del país dónde hoy sí hay capacidad de transporte disponible tales como Buenos Aires, el Noreste Argentino (Formosa, Misiones, Chaco y Corrientes) y el Litoral (Santa Fe y Entre Ríos). 

Es decir que las plantas de biogás, biogás de relleno sanitario, de biomasa o los pequeños aprovechamientos hidroeléctricos de 0,5 MW a 20 MW de potencia que resulten ganadoras del segundo esquema de la licitación (120 MW asignables en este caso), contarán con el mismo beneficio que aquellos parques renovables de las mismas zonas del renglón 1. 

“Adicionalmente, cabe destacar que, con posterioridad a la adjudicación de los proyectos, en tanto y en cuanto exista y/o se recupere disponibilidad de capacidad de transporte, los adjudicatarios restantes de la RenMDI que no se encuentren comprendidos en los casos descriptos en el párrafo anterior, se les asignará eventualmente prioridad de despacho frente a otras centrales de generación”, aclara la carta enviada por Royón a CAMMESA. 

Por otro lado, también se detalló que se pretende “garantizar la máxima concurrencia de proyectos tendientes a la generación renovable para diversificar la matriz”, por lo que la titular de la cartera energética de Argentina amplió la cantidad de proyectos a asignar por cada tecnología

Independientemente de las potencias indicadas en el esquema N°2, el límite pasará de 7 a 30 y de ese modo se resuelve una de las principales inquietudes planteadas por el sector energético, considerando que desde la Cámara Argentina de Energías Renovables ya habían advertido que “estaba muy limitada el número para las bioenergías, con todo lo que significan la economía circular”.

Además, el gobierno hizo hincapié en proyectos los eólicos y solares que incluyan almacenamiento en baterías y se postulen en el renglón y aclaró que “CAMMESA podrá utilizar las referidas baterías con un máximo de 100 ciclos por año, entendiendo que UN (1) ciclo consta de una carga más una descarga de las baterías”. 

CAMMESA y gobierno despejaron dudas sobre la firma de contratos

Las bajas garantías que solicita la licitación puso en alerta al sector sobre el temor de que nuevamente haya empresas especuladoras que ganen por precios, luego vendan los proyectos adjudicados y éstos finalmente no se concreten. 

Ante ello, las autoridades nacionales despejaron detallaron la condición que deberán cumplir las empresas al momento de presentar sus propuestas y realizar la firma de contrato en caso de que corresponda: “Se aclara que la razón social con la que el adjudicatario suscriba el contrato de abastecimiento deberá ser idéntica a la que presentó la oferta y que el adjudicatario no podrá ceder los derechos de adjudicación”. 

“Asimismo, se confirma que el adjudicatario deberá acreditar al momento de la suscripción del contrato que su objeto incluye la generación de energía eléctrica a partir de fuentes renovables de energía. Aunque este requisito no es condición al momento de la presentación de la oferta”, señala la Circular N° 4 del pliego de bases y condiciones RenMDI. 

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La secretaria de Energía de la Nación, Flavia Royón, le envió una nota al gerente general de la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico SA (CAMMESA), Sebastián Bonetto, en donde solicitó la modificación de ciertos aspectos de la licitación nacional e internacional RenMDI. 

A los efectos de incentivar la participación de proyectos renovables y de almacenamiento para diversificar la matriz y teniendo en cuenta la disponibilidad existente de capacidad de transporte en algunas regiones de la red, el gobierno propuso que también tengan prioridad de despacho aquellas centrales que se presenten y resulten adjudicadas del renglón 2. 

Aunque ello sólo sucederá para algunas zonas específicas del país dónde hoy sí hay capacidad de transporte disponible tales como Buenos Aires, el Noreste Argentino (Formosa, Misiones, Chaco y Corrientes) y el Litoral (Santa Fe y Entre Ríos). 

Es decir que las plantas de biogás, biogás de relleno sanitario, de biomasa o los pequeños aprovechamientos hidroeléctricos de 0,5 MW a 20 MW de potencia que resulten ganadoras del segundo esquema de la licitación (120 MW asignables en este caso), contarán con el mismo beneficio que aquellos parques renovables de las mismas zonas del renglón 1. 

“Adicionalmente, cabe destacar que, con posterioridad a la adjudicación de los proyectos, en tanto y en cuanto exista y/o se recupere disponibilidad de capacidad de transporte, los adjudicatarios restantes de la RenMDI que no se encuentren comprendidos en los casos descriptos en el párrafo anterior, se les asignará eventualmente prioridad de despacho frente a otras centrales de generación”, aclara la carta enviada por Royón a CAMMESA. 

Por otro lado, también se detalló que se pretende “garantizar la máxima concurrencia de proyectos tendientes a la generación renovable para diversificar la matriz”, por lo que la titular de la cartera energética de Argentina amplió la cantidad de proyectos a asignar por cada tecnología

Independientemente de las potencias indicadas en el esquema N°2, el límite pasará de 7 a 30 y de ese modo se resuelve una de las principales inquietudes planteadas por el sector energético, considerando que desde la Cámara Argentina de Energías Renovables ya habían advertido que “estaba muy limitada el número para las bioenergías, con todo lo que significan la economía circular”.

Además, el gobierno hizo hincapié en proyectos los eólicos y solares que incluyan almacenamiento en baterías y se postulen en el renglón y aclaró que “CAMMESA podrá utilizar las referidas baterías con un máximo de 100 ciclos por año, entendiendo que UN (1) ciclo consta de una carga más una descarga de las baterías”. 

CAMMESA y gobierno despejaron dudas sobre la firma de contratos

Las bajas garantías que solicita la licitación puso en alerta al sector sobre el temor de que nuevamente haya empresas especuladoras que ganen por precios, luego vendan los proyectos adjudicados y éstos finalmente no se concreten. 

Ante ello, las autoridades nacionales despejaron detallaron la condición que deberán cumplir las empresas al momento de presentar sus propuestas y realizar la firma de contrato en caso de que corresponda: “Se aclara que la razón social con la que el adjudicatario suscriba el contrato de abastecimiento deberá ser idéntica a la que presentó la oferta y que el adjudicatario no podrá ceder los derechos de adjudicación”. 

“Asimismo, se confirma que el adjudicatario deberá acreditar al momento de la suscripción del contrato que su objeto incluye la generación de energía eléctrica a partir de fuentes renovables de energía. Aunque este requisito no es condición al momento de la presentación de la oferta”, señala la Circular N° 4 del pliego de bases y condiciones RenMDI. 

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Argentina mejora las condiciones de su licitación de energías renovables

La secretaria de Energía de la Nación, Flavia Royón, le envió una nota al gerente general de la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico SA (CAMMESA), Sebastián Bonetto, en donde solicitó la modificación de ciertos aspectos de la licitación nacional e internacional RenMDI. 

A los efectos de incentivar la participación de proyectos renovables y de almacenamiento para diversificar la matriz y teniendo en cuenta la disponibilidad existente de capacidad de transporte en algunas regiones de la red, el gobierno propuso que también tengan prioridad de despacho aquellas centrales que se presenten y resulten adjudicadas del renglón 2. 

Aunque ello sólo sucederá para algunas zonas específicas del país dónde hoy sí hay capacidad de transporte disponible tales como Buenos Aires, el Noreste Argentino (Formosa, Misiones, Chaco y Corrientes) y el Litoral (Santa Fe y Entre Ríos). 

Es decir que las plantas de biogás, biogás de relleno sanitario, de biomasa o los pequeños aprovechamientos hidroeléctricos de 0,5 MW a 20 MW de potencia que resulten ganadoras del segundo esquema de la licitación (120 MW asignables en este caso), contarán con el mismo beneficio que aquellos parques renovables de las mismas zonas del renglón 1. 

“Adicionalmente, cabe destacar que, con posterioridad a la adjudicación de los proyectos, en tanto y en cuanto exista y/o se recupere disponibilidad de capacidad de transporte, los adjudicatarios restantes de la RenMDI que no se encuentren comprendidos en los casos descriptos en el párrafo anterior, se les asignará eventualmente prioridad de despacho frente a otras centrales de generación”, aclara la carta enviada por Royón a CAMMESA. 

Por otro lado, también se detalló que se pretende “garantizar la máxima concurrencia de proyectos tendientes a la generación renovable para diversificar la matriz”, por lo que la titular de la cartera energética de Argentina amplió la cantidad de proyectos a asignar por cada tecnología

Independientemente de las potencias indicadas en el esquema N°2, el límite pasará de 7 a 30 y de ese modo se resuelve una de las principales inquietudes planteadas por el sector energético, considerando que desde la Cámara Argentina de Energías Renovables ya habían advertido que “estaba muy limitada el número para las bioenergías, con todo lo que significan la economía circular”.

Además, el gobierno hizo hincapié en proyectos los eólicos y solares que incluyan almacenamiento en baterías y se postulen en el renglón y aclaró que “CAMMESA podrá utilizar las referidas baterías con un máximo de 100 ciclos por año, entendiendo que UN (1) ciclo consta de una carga más una descarga de las baterías”. 

CAMMESA y gobierno despejaron dudas sobre la firma de contratos

Las bajas garantías que solicita la licitación puso en alerta al sector sobre el temor de que nuevamente haya empresas especuladoras que ganen por precios, luego vendan los proyectos adjudicados y éstos finalmente no se concreten. 

Ante ello, las autoridades nacionales despejaron detallaron la condición que deberán cumplir las empresas al momento de presentar sus propuestas y realizar la firma de contrato en caso de que corresponda: “Se aclara que la razón social con la que el adjudicatario suscriba el contrato de abastecimiento deberá ser idéntica a la que presentó la oferta y que el adjudicatario no podrá ceder los derechos de adjudicación”. 

“Asimismo, se confirma que el adjudicatario deberá acreditar al momento de la suscripción del contrato que su objeto incluye la generación de energía eléctrica a partir de fuentes renovables de energía. Aunque este requisito no es condición al momento de la presentación de la oferta”, señala la Circular N° 4 del pliego de bases y condiciones RenMDI. 

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Argentina mejora las condiciones de su licitación de energías renovables

La secretaria de Energía de la Nación, Flavia Royón, le envió una nota al gerente general de la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico SA (CAMMESA), Sebastián Bonetto, en donde solicitó la modificación de ciertos aspectos de la licitación nacional e internacional RenMDI. 

A los efectos de incentivar la participación de proyectos renovables y de almacenamiento para diversificar la matriz y teniendo en cuenta la disponibilidad existente de capacidad de transporte en algunas regiones de la red, el gobierno propuso que también tengan prioridad de despacho aquellas centrales que se presenten y resulten adjudicadas del renglón 2. 

Aunque ello sólo sucederá para algunas zonas específicas del país dónde hoy sí hay capacidad de transporte disponible tales como Buenos Aires, el Noreste Argentino (Formosa, Misiones, Chaco y Corrientes) y el Litoral (Santa Fe y Entre Ríos). 

Es decir que las plantas de biogás, biogás de relleno sanitario, de biomasa o los pequeños aprovechamientos hidroeléctricos de 0,5 MW a 20 MW de potencia que resulten ganadoras del segundo esquema de la licitación (120 MW asignables en este caso), contarán con el mismo beneficio que aquellos parques renovables de las mismas zonas del renglón 1. 

“Adicionalmente, cabe destacar que, con posterioridad a la adjudicación de los proyectos, en tanto y en cuanto exista y/o se recupere disponibilidad de capacidad de transporte, los adjudicatarios restantes de la RenMDI que no se encuentren comprendidos en los casos descriptos en el párrafo anterior, se les asignará eventualmente prioridad de despacho frente a otras centrales de generación”, aclara la carta enviada por Royón a CAMMESA. 

Por otro lado, también se detalló que se pretende “garantizar la máxima concurrencia de proyectos tendientes a la generación renovable para diversificar la matriz”, por lo que la titular de la cartera energética de Argentina amplió la cantidad de proyectos a asignar por cada tecnología

Independientemente de las potencias indicadas en el esquema N°2, el límite pasará de 7 a 30 y de ese modo se resuelve una de las principales inquietudes planteadas por el sector energético, considerando que desde la Cámara Argentina de Energías Renovables ya habían advertido que “estaba muy limitada el número para las bioenergías, con todo lo que significan la economía circular”.

Además, el gobierno hizo hincapié en proyectos los eólicos y solares que incluyan almacenamiento en baterías y se postulen en el renglón y aclaró que “CAMMESA podrá utilizar las referidas baterías con un máximo de 100 ciclos por año, entendiendo que UN (1) ciclo consta de una carga más una descarga de las baterías”. 

CAMMESA y gobierno despejaron dudas sobre la firma de contratos

Las bajas garantías que solicita la licitación puso en alerta al sector sobre el temor de que nuevamente haya empresas especuladoras que ganen por precios, luego vendan los proyectos adjudicados y éstos finalmente no se concreten. 

Ante ello, las autoridades nacionales despejaron detallaron la condición que deberán cumplir las empresas al momento de presentar sus propuestas y realizar la firma de contrato en caso de que corresponda: “Se aclara que la razón social con la que el adjudicatario suscriba el contrato de abastecimiento deberá ser idéntica a la que presentó la oferta y que el adjudicatario no podrá ceder los derechos de adjudicación”. 

“Asimismo, se confirma que el adjudicatario deberá acreditar al momento de la suscripción del contrato que su objeto incluye la generación de energía eléctrica a partir de fuentes renovables de energía. Aunque este requisito no es condición al momento de la presentación de la oferta”, señala la Circular N° 4 del pliego de bases y condiciones RenMDI. 

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Abre inscripción para un nuevo webinar: «Diferenciales y buenas prácticas de JA Solar»

JA Solar presenta un nuevo webinar para el sector energético renovable destinado a compartir sus diferenciales y buenas prácticas.

Participarán como speakers destacados Victoria Sandoval, gerente de ventas para Latinoamérica de JA Solar, y Victor Soares, gerente técnico para Latinoamérica de JA Solar. 

La transmisión en vivo será este 12 de abril en modalidad on-line y gratuita. Agende el horario de su país: 8 am (MEX), 9 am (COL), 10 am (CHI), 11 am (ARG).

ASISTIR

JA Solar tiene en claro hacia dónde ir en su desarrollo tecnológico, calidad y eficiencia de los paneles solares.

La empresa acaba de incrementar su línea de producción considerablemente. Llegará a 80 MW totales, destinando un 50% a su tecnología N-Type y 50% a la P-Type, para luego enfocarse a N-Type casi exclusivamente y dar respuesta a la creciente demanda de la industria.

Ahora bien, los planes de la empresa van más allá. Por lo que ya prevén para los próximos años dar paso a la última generación de heterounión y posteriormente a nuevas tecnologías que se ajusten a nuevos requerimientos de sistemas de generación.

Y es que desde JA Solar aspiran a mejorar cada vez más la calidad y eficiencia de sus productos, además de su bancabilidad como empresa para destacarse en el mercado.

En la actualidad, JA Solar es una empresa Tier 1 “AAA”, estándar de bancabilidad que resulta oportuno para el financiamiento de proyectos de gran escala, y que acumula certificaciones y distinciones adicionales como pruebas de laboratorios y sellos TOP Performer o Top Brand en muchos países y regiones.

Conozca más sobre la compañía y sus diferenciales durante el próximo webinar junto a Energía Estratégica. La inscripción es gratuita y está abierta a todos los profesionales de la industria.

ASISTIR

JA Solar proyecta más participación en LATAM con sus módulos N-Type y P-Type

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JA Solar presenta un nuevo webinar para el sector energético renovable destinado a compartir sus diferenciales y buenas prácticas.

Participarán como speakers destacados Victoria Sandoval, gerente de ventas para Latinoamérica de JA Solar, y Victor Soares, gerente técnico para Latinoamérica de JA Solar. 

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JA Solar tiene en claro hacia dónde ir en su desarrollo tecnológico, calidad y eficiencia de los paneles solares.

La empresa acaba de incrementar su línea de producción considerablemente. Llegará a 80 MW totales, destinando un 50% a su tecnología N-Type y 50% a la P-Type, para luego enfocarse a N-Type casi exclusivamente y dar respuesta a la creciente demanda de la industria.

Ahora bien, los planes de la empresa van más allá. Por lo que ya prevén para los próximos años dar paso a la última generación de heterounión y posteriormente a nuevas tecnologías que se ajusten a nuevos requerimientos de sistemas de generación.

Y es que desde JA Solar aspiran a mejorar cada vez más la calidad y eficiencia de sus productos, además de su bancabilidad como empresa para destacarse en el mercado.

En la actualidad, JA Solar es una empresa Tier 1 “AAA”, estándar de bancabilidad que resulta oportuno para el financiamiento de proyectos de gran escala, y que acumula certificaciones y distinciones adicionales como pruebas de laboratorios y sellos TOP Performer o Top Brand en muchos países y regiones.

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La empresa acaba de incrementar su línea de producción considerablemente. Llegará a 80 MW totales, destinando un 50% a su tecnología N-Type y 50% a la P-Type, para luego enfocarse a N-Type casi exclusivamente y dar respuesta a la creciente demanda de la industria.

Ahora bien, los planes de la empresa van más allá. Por lo que ya prevén para los próximos años dar paso a la última generación de heterounión y posteriormente a nuevas tecnologías que se ajusten a nuevos requerimientos de sistemas de generación.

Y es que desde JA Solar aspiran a mejorar cada vez más la calidad y eficiencia de sus productos, además de su bancabilidad como empresa para destacarse en el mercado.

En la actualidad, JA Solar es una empresa Tier 1 “AAA”, estándar de bancabilidad que resulta oportuno para el financiamiento de proyectos de gran escala, y que acumula certificaciones y distinciones adicionales como pruebas de laboratorios y sellos TOP Performer o Top Brand en muchos países y regiones.

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La empresa acaba de incrementar su línea de producción considerablemente. Llegará a 80 MW totales, destinando un 50% a su tecnología N-Type y 50% a la P-Type, para luego enfocarse a N-Type casi exclusivamente y dar respuesta a la creciente demanda de la industria.

Ahora bien, los planes de la empresa van más allá. Por lo que ya prevén para los próximos años dar paso a la última generación de heterounión y posteriormente a nuevas tecnologías que se ajusten a nuevos requerimientos de sistemas de generación.

Y es que desde JA Solar aspiran a mejorar cada vez más la calidad y eficiencia de sus productos, además de su bancabilidad como empresa para destacarse en el mercado.

En la actualidad, JA Solar es una empresa Tier 1 “AAA”, estándar de bancabilidad que resulta oportuno para el financiamiento de proyectos de gran escala, y que acumula certificaciones y distinciones adicionales como pruebas de laboratorios y sellos TOP Performer o Top Brand en muchos países y regiones.

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La empresa acaba de incrementar su línea de producción considerablemente. Llegará a 80 MW totales, destinando un 50% a su tecnología N-Type y 50% a la P-Type, para luego enfocarse a N-Type casi exclusivamente y dar respuesta a la creciente demanda de la industria.

Ahora bien, los planes de la empresa van más allá. Por lo que ya prevén para los próximos años dar paso a la última generación de heterounión y posteriormente a nuevas tecnologías que se ajusten a nuevos requerimientos de sistemas de generación.

Y es que desde JA Solar aspiran a mejorar cada vez más la calidad y eficiencia de sus productos, además de su bancabilidad como empresa para destacarse en el mercado.

En la actualidad, JA Solar es una empresa Tier 1 “AAA”, estándar de bancabilidad que resulta oportuno para el financiamiento de proyectos de gran escala, y que acumula certificaciones y distinciones adicionales como pruebas de laboratorios y sellos TOP Performer o Top Brand en muchos países y regiones.

Conozca más sobre la compañía y sus diferenciales durante el próximo webinar junto a Energía Estratégica. La inscripción es gratuita y está abierta a todos los profesionales de la industria.

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JA Solar proyecta más participación en LATAM con sus módulos N-Type y P-Type

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JA Solar presenta un nuevo webinar para el sector energético renovable destinado a compartir sus diferenciales y buenas prácticas.

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La transmisión en vivo será este 12 de abril en modalidad on-line y gratuita. Agende el horario de su país: 8 am (MEX), 9 am (COL), 10 am (CHI), 11 am (ARG).

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JA Solar tiene en claro hacia dónde ir en su desarrollo tecnológico, calidad y eficiencia de los paneles solares.

La empresa acaba de incrementar su línea de producción considerablemente. Llegará a 80 MW totales, destinando un 50% a su tecnología N-Type y 50% a la P-Type, para luego enfocarse a N-Type casi exclusivamente y dar respuesta a la creciente demanda de la industria.

Ahora bien, los planes de la empresa van más allá. Por lo que ya prevén para los próximos años dar paso a la última generación de heterounión y posteriormente a nuevas tecnologías que se ajusten a nuevos requerimientos de sistemas de generación.

Y es que desde JA Solar aspiran a mejorar cada vez más la calidad y eficiencia de sus productos, además de su bancabilidad como empresa para destacarse en el mercado.

En la actualidad, JA Solar es una empresa Tier 1 “AAA”, estándar de bancabilidad que resulta oportuno para el financiamiento de proyectos de gran escala, y que acumula certificaciones y distinciones adicionales como pruebas de laboratorios y sellos TOP Performer o Top Brand en muchos países y regiones.

Conozca más sobre la compañía y sus diferenciales durante el próximo webinar junto a Energía Estratégica. La inscripción es gratuita y está abierta a todos los profesionales de la industria.

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JA Solar tiene en claro hacia dónde ir en su desarrollo tecnológico, calidad y eficiencia de los paneles solares.

La empresa acaba de incrementar su línea de producción considerablemente. Llegará a 80 MW totales, destinando un 50% a su tecnología N-Type y 50% a la P-Type, para luego enfocarse a N-Type casi exclusivamente y dar respuesta a la creciente demanda de la industria.

Ahora bien, los planes de la empresa van más allá. Por lo que ya prevén para los próximos años dar paso a la última generación de heterounión y posteriormente a nuevas tecnologías que se ajusten a nuevos requerimientos de sistemas de generación.

Y es que desde JA Solar aspiran a mejorar cada vez más la calidad y eficiencia de sus productos, además de su bancabilidad como empresa para destacarse en el mercado.

En la actualidad, JA Solar es una empresa Tier 1 “AAA”, estándar de bancabilidad que resulta oportuno para el financiamiento de proyectos de gran escala, y que acumula certificaciones y distinciones adicionales como pruebas de laboratorios y sellos TOP Performer o Top Brand en muchos países y regiones.

Conozca más sobre la compañía y sus diferenciales durante el próximo webinar junto a Energía Estratégica. La inscripción es gratuita y está abierta a todos los profesionales de la industria.

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JA Solar proyecta más participación en LATAM con sus módulos N-Type y P-Type

La entrada Abre inscripción para un nuevo webinar: «Diferenciales y buenas prácticas de JA Solar» se publicó primero en Energía Estratégica.

energiaestrategica.com, Informacion, Información de Mercado

Abre inscripción para un nuevo webinar: «Diferenciales y buenas prácticas de JA Solar»

JA Solar presenta un nuevo webinar para el sector energético renovable destinado a compartir sus diferenciales y buenas prácticas.

Participarán como speakers destacados Victoria Sandoval, gerente de ventas para Latinoamérica de JA Solar, y Victor Soares, gerente técnico para Latinoamérica de JA Solar. 

La transmisión en vivo será este 12 de abril en modalidad on-line y gratuita. Agende el horario de su país: 8 am (MEX), 9 am (COL), 10 am (CHI), 11 am (ARG).

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JA Solar tiene en claro hacia dónde ir en su desarrollo tecnológico, calidad y eficiencia de los paneles solares.

La empresa acaba de incrementar su línea de producción considerablemente. Llegará a 80 MW totales, destinando un 50% a su tecnología N-Type y 50% a la P-Type, para luego enfocarse a N-Type casi exclusivamente y dar respuesta a la creciente demanda de la industria.

Ahora bien, los planes de la empresa van más allá. Por lo que ya prevén para los próximos años dar paso a la última generación de heterounión y posteriormente a nuevas tecnologías que se ajusten a nuevos requerimientos de sistemas de generación.

Y es que desde JA Solar aspiran a mejorar cada vez más la calidad y eficiencia de sus productos, además de su bancabilidad como empresa para destacarse en el mercado.

En la actualidad, JA Solar es una empresa Tier 1 “AAA”, estándar de bancabilidad que resulta oportuno para el financiamiento de proyectos de gran escala, y que acumula certificaciones y distinciones adicionales como pruebas de laboratorios y sellos TOP Performer o Top Brand en muchos países y regiones.

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Ahora bien, los planes de la empresa van más allá. Por lo que ya prevén para los próximos años dar paso a la última generación de heterounión y posteriormente a nuevas tecnologías que se ajusten a nuevos requerimientos de sistemas de generación.

Y es que desde JA Solar aspiran a mejorar cada vez más la calidad y eficiencia de sus productos, además de su bancabilidad como empresa para destacarse en el mercado.

En la actualidad, JA Solar es una empresa Tier 1 “AAA”, estándar de bancabilidad que resulta oportuno para el financiamiento de proyectos de gran escala, y que acumula certificaciones y distinciones adicionales como pruebas de laboratorios y sellos TOP Performer o Top Brand en muchos países y regiones.

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Ahora bien, los planes de la empresa van más allá. Por lo que ya prevén para los próximos años dar paso a la última generación de heterounión y posteriormente a nuevas tecnologías que se ajusten a nuevos requerimientos de sistemas de generación.

Y es que desde JA Solar aspiran a mejorar cada vez más la calidad y eficiencia de sus productos, además de su bancabilidad como empresa para destacarse en el mercado.

En la actualidad, JA Solar es una empresa Tier 1 “AAA”, estándar de bancabilidad que resulta oportuno para el financiamiento de proyectos de gran escala, y que acumula certificaciones y distinciones adicionales como pruebas de laboratorios y sellos TOP Performer o Top Brand en muchos países y regiones.

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Y es que desde JA Solar aspiran a mejorar cada vez más la calidad y eficiencia de sus productos, además de su bancabilidad como empresa para destacarse en el mercado.

En la actualidad, JA Solar es una empresa Tier 1 “AAA”, estándar de bancabilidad que resulta oportuno para el financiamiento de proyectos de gran escala, y que acumula certificaciones y distinciones adicionales como pruebas de laboratorios y sellos TOP Performer o Top Brand en muchos países y regiones.

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Ahora bien, los planes de la empresa van más allá. Por lo que ya prevén para los próximos años dar paso a la última generación de heterounión y posteriormente a nuevas tecnologías que se ajusten a nuevos requerimientos de sistemas de generación.

Y es que desde JA Solar aspiran a mejorar cada vez más la calidad y eficiencia de sus productos, además de su bancabilidad como empresa para destacarse en el mercado.

En la actualidad, JA Solar es una empresa Tier 1 “AAA”, estándar de bancabilidad que resulta oportuno para el financiamiento de proyectos de gran escala, y que acumula certificaciones y distinciones adicionales como pruebas de laboratorios y sellos TOP Performer o Top Brand en muchos países y regiones.

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Ahora bien, los planes de la empresa van más allá. Por lo que ya prevén para los próximos años dar paso a la última generación de heterounión y posteriormente a nuevas tecnologías que se ajusten a nuevos requerimientos de sistemas de generación.

Y es que desde JA Solar aspiran a mejorar cada vez más la calidad y eficiencia de sus productos, además de su bancabilidad como empresa para destacarse en el mercado.

En la actualidad, JA Solar es una empresa Tier 1 “AAA”, estándar de bancabilidad que resulta oportuno para el financiamiento de proyectos de gran escala, y que acumula certificaciones y distinciones adicionales como pruebas de laboratorios y sellos TOP Performer o Top Brand en muchos países y regiones.

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Y es que desde JA Solar aspiran a mejorar cada vez más la calidad y eficiencia de sus productos, además de su bancabilidad como empresa para destacarse en el mercado.

En la actualidad, JA Solar es una empresa Tier 1 “AAA”, estándar de bancabilidad que resulta oportuno para el financiamiento de proyectos de gran escala, y que acumula certificaciones y distinciones adicionales como pruebas de laboratorios y sellos TOP Performer o Top Brand en muchos países y regiones.

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La empresa acaba de incrementar su línea de producción considerablemente. Llegará a 80 MW totales, destinando un 50% a su tecnología N-Type y 50% a la P-Type, para luego enfocarse a N-Type casi exclusivamente y dar respuesta a la creciente demanda de la industria.

Ahora bien, los planes de la empresa van más allá. Por lo que ya prevén para los próximos años dar paso a la última generación de heterounión y posteriormente a nuevas tecnologías que se ajusten a nuevos requerimientos de sistemas de generación.

Y es que desde JA Solar aspiran a mejorar cada vez más la calidad y eficiencia de sus productos, además de su bancabilidad como empresa para destacarse en el mercado.

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Iberdrola y AMLO se reúnen y anuncian su compromiso con el desarrollo de las energías renovables en México

El presidente de Iberdrola, Ignacio Galán y el presidente del Gobierno de México, Andrés Manuel López Obrador se han reunido esta mañana y han anunciado el inicio de una nueva etapa tras la firma de un acuerdo de intenciones suscrito entre filiales de Iberdrola México y México Infrastructure Partners (“MIP”) comunicado hoy. Ambos presidentes se han comprometido en avanzar en el desarrollo de las energías renovables en el país.

La operación contará con el apoyo del Gobierno de México a través del apoyo financiero del Fondo Nacional de Infraestructura de México (Fonadin) y otras entidades financieras públicas.

IBERDROLA, FIRME APUESTA POR EL DESARROLLO RENOVABLE EN MÉXICO

Iberdrola confirma su apuesta por México reafirmando su liderazgo como el principal generador privado de energías renovables con el respaldo del Gobierno Federal para continuar operando sus activos en condiciones de mercado e impulsar la transición energética en el país.

Además, Iberdrola México seguirá prestando servicio a sus clientes actuales y, ambas partes trabajarán conjuntamente para tratar de resolver las distintas controversias abiertas en el país en los últimos años.

Andrés Manuel López Obrador, presidente del Gobierno de México, ha declarado que “el acuerdo alcanzado con Iberdrola, que permite avanzar en la implementación de la nueva política energética de México, supone el inicio de una nueva etapa en la que la compañía participará activamente en el desarrollo renovable del país”

Por su parte, Ignacio Galán, presidente de Iberdrola, ha manifestado que “Iberdrola agradece el apoyo y la flexibilidad mostrada por el Gobierno de México para alcanzar este acuerdo, a la vez que considera a México un país estratégico con potencial de crecimiento y expansión donde mostrará su apoyo a México y al Estado desarrollando capacidad renovable”. 



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Iberdrola y AMLO se reúnen y anuncian su compromiso con el desarrollo de las energías renovables en México

El presidente de Iberdrola, Ignacio Galán y el presidente del Gobierno de México, Andrés Manuel López Obrador se han reunido esta mañana y han anunciado el inicio de una nueva etapa tras la firma de un acuerdo de intenciones suscrito entre filiales de Iberdrola México y México Infrastructure Partners (“MIP”) comunicado hoy. Ambos presidentes se han comprometido en avanzar en el desarrollo de las energías renovables en el país.

La operación contará con el apoyo del Gobierno de México a través del apoyo financiero del Fondo Nacional de Infraestructura de México (Fonadin) y otras entidades financieras públicas.

IBERDROLA, FIRME APUESTA POR EL DESARROLLO RENOVABLE EN MÉXICO

Iberdrola confirma su apuesta por México reafirmando su liderazgo como el principal generador privado de energías renovables con el respaldo del Gobierno Federal para continuar operando sus activos en condiciones de mercado e impulsar la transición energética en el país.

Además, Iberdrola México seguirá prestando servicio a sus clientes actuales y, ambas partes trabajarán conjuntamente para tratar de resolver las distintas controversias abiertas en el país en los últimos años.

Andrés Manuel López Obrador, presidente del Gobierno de México, ha declarado que “el acuerdo alcanzado con Iberdrola, que permite avanzar en la implementación de la nueva política energética de México, supone el inicio de una nueva etapa en la que la compañía participará activamente en el desarrollo renovable del país”

Por su parte, Ignacio Galán, presidente de Iberdrola, ha manifestado que “Iberdrola agradece el apoyo y la flexibilidad mostrada por el Gobierno de México para alcanzar este acuerdo, a la vez que considera a México un país estratégico con potencial de crecimiento y expansión donde mostrará su apoyo a México y al Estado desarrollando capacidad renovable”. 



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Iberdrola y AMLO se reúnen y anuncian su compromiso con el desarrollo de las energías renovables en México

El presidente de Iberdrola, Ignacio Galán y el presidente del Gobierno de México, Andrés Manuel López Obrador se han reunido esta mañana y han anunciado el inicio de una nueva etapa tras la firma de un acuerdo de intenciones suscrito entre filiales de Iberdrola México y México Infrastructure Partners (“MIP”) comunicado hoy. Ambos presidentes se han comprometido en avanzar en el desarrollo de las energías renovables en el país.

La operación contará con el apoyo del Gobierno de México a través del apoyo financiero del Fondo Nacional de Infraestructura de México (Fonadin) y otras entidades financieras públicas.

IBERDROLA, FIRME APUESTA POR EL DESARROLLO RENOVABLE EN MÉXICO

Iberdrola confirma su apuesta por México reafirmando su liderazgo como el principal generador privado de energías renovables con el respaldo del Gobierno Federal para continuar operando sus activos en condiciones de mercado e impulsar la transición energética en el país.

Además, Iberdrola México seguirá prestando servicio a sus clientes actuales y, ambas partes trabajarán conjuntamente para tratar de resolver las distintas controversias abiertas en el país en los últimos años.

Andrés Manuel López Obrador, presidente del Gobierno de México, ha declarado que “el acuerdo alcanzado con Iberdrola, que permite avanzar en la implementación de la nueva política energética de México, supone el inicio de una nueva etapa en la que la compañía participará activamente en el desarrollo renovable del país”

Por su parte, Ignacio Galán, presidente de Iberdrola, ha manifestado que “Iberdrola agradece el apoyo y la flexibilidad mostrada por el Gobierno de México para alcanzar este acuerdo, a la vez que considera a México un país estratégico con potencial de crecimiento y expansión donde mostrará su apoyo a México y al Estado desarrollando capacidad renovable”. 



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