La Corte de Apelaciones de Nueva York, revocó el fallo de primera instancia de la jueza Loreta Preska contra Argentina por la expropiación de YPF. “Sostenemos que las reclamaciones de los accionistas por daños y perjuicios por incumplimiento de contrato contra la República Argentina y la empresa no son admisibles conforme a la legislación argentina, y que las demás reclamaciones de los accionistas contra la República Argentina y la empresa carecen de fundamento”, sostiene el fallo de 56 páginas que libera al país de pagar los 16.100 millones de dólares más intereses.

El tribunal determinó que Preska interpretó erróneamente la ley argentina y ordenó revisar el fallo, en línea con lo que había planteado la defensa del Estado argentino en la audiencia judicial celebrada en octubre.

Esta decisión constituye un duro revés para el fondo Burford Capital que en 2015 inició el litigio contra YPF y el Estado argentino en nombre de las sociedades Petersen Energía y Petersen Energía Inversora. Además, Burford financió la demanda de Eton Park, el tercer mayor accionista de YPF después de Repsol y Petersen en el momento de la expropiación. 

El argumento central era que, cuando el 51% de la firma pasó a manos del Estado argentino, el estatuto societario de la compañía lo obligaba a hacer una oferta pública de adquisición por el 49% restante.

Burford argumentó que YPF y el Estado argentino habían interactuado con el mercado de capitales estadounidense, aceptando la posibilidad de litigar allí a través del prospecto de emisión y formularios ante la SEC.  Por eso, al incumplir ese estatuto durante la expropiación (en particular, no lanzar una oferta pública de adquisición —OPA— para los accionistas minoritarios), consideró que se habilitó el foro neoyorquino para litigar.

En EE.UU., si una de las partes es extranjera, pero la causa involucra contratos regidos por leyes de Nueva York o activos o valores negociados en su sistema financiero, los tribunales pueden asumir jurisdicción, incluso si los hechos ocurrieron en otro país.

Preska afirmó no estar juzgando la expropiación en sí, que es un acto soberano, sino el incumplimiento del estatuto societario de YPF. Ese estatuto no está regido por el derecho societario de Nueva York, sino por el derecho argentino, pero algunas obligaciones derivadas de ese estatuto —especialmente en relación con los accionistas minoritarios— están sujetas a cláusulas que permiten litigar en Nueva York.

Siguiendo ese argumento en septiembre de 2023, Preska falló en contra de Argentina y ordenó indemnizar a Burford y Eton Park con 16.100 millones de dólares más intereses, pero ahora la Corte revirtió esa decisión.

Las partes tienen una última posibilidad de recurrir a la Corte Suprema de Estados Unidos. Sin embargo, los expertos advierten que es poco probable que el máximo tribunal acepte revisar el expediente.

, Fernando Krakowiak