por Santiago Magrone

La Secretaría de Energía de la Nación extendió durante el mes de junio venidero la bonificación extraordinaria del 25 % sobre el consumo de gas natural y gas propano por redes para los usuarios residenciales de menores ingresos inscriptos y validados en el Régimen de Subsidios Energéticos Focalizados (SEF).

Con esta medida, dispuesta por la Resolución 121/2026, el subsidio total al gas natural para los comprendidos por el SEF se mantiene en el 75 %: el 50 % de la bonificación general establecida por el Decreto 943/25, más el 25 % adicional extraordinario prorrogado por esta resolución.

En el caso de la energía eléctrica, la bonificación extraordinaria se eleva al 11,97 % para junio, lo que lleva el subsidio al 62 % del consumo base, indicó la S.E.

“La bonificación extraordinaria es un instrumento de política pública que permite a la Secretaría de Energía proteger a los sectores más vulnerables ante cambios bruscos de precios”, se argumentó.

En los últimos meses el ministerio de Economía avanzó con la reducción de los subsidios tarifarios en servicios tales como los suministros de gas y de electricidad, y también al transporte público. La decisión desde la implementación del SEF implicó de hecho que usuarios con ingresos medios dejaran de tener subsidios, y que la cobertura para los sectores de menores ingresos sea parcial, fijando niveles de “consumo base” mensuales para los casos de la luz y el gas.

Por ello, ahora la Secretaría a cargo de María Tettamanti informó que “evalúa periódicamente las necesidades de los usuarios y calibra las bonificaciones extraordinarias en función de esa evaluación, en el marco del principio de gradualidad y previsibilidad que orienta el régimen SEF”.

La medida alcanza a todos los usuarios residenciales inscriptos en el Registro de Subsidios Energéticos Focalizados (SEF) — hogares con ingresos de hasta 3 canastas básicas totales —, y a las Entidades de Bien Público, Clubes de Barrio y de Pueblo y otras organizaciones sin fines de lucro, sobre la totalidad de su consumo.

Energía argumentó que “el SEF fue creado por el Decreto 943/25 para reemplazar un esquema de subsidios generalizados que no distinguía ingresos, – (en rigor se aplicaba un esquema de subsidios diferenciales según niveles de ingreso N1 (altos), N2 (bajos), y N3 (medios) – por un sistema focalizado en los sectores vulnerables”.

Y puntualizó que “desde su implementación, el régimen (SEF) garantiza que los hogares de menores recursos reciban protección efectiva en su factura energética, mientras el Estado administra los recursos de forma sostenible”.

En los considerandos de la nueva Resolución (121/2026) se refiere que el Decreto 943/25 determinó una bonificación adicional extraordinaria sobre el consumo base de hasta el 25 %, a aplicar durante el año 2026 a los usuarios de electricidad, gas natural y gas propano indiluido por redes que resulten beneficiarios del régimen SEF, “la que se adicionará a la bonificación general (del 50 %) establecida en su Artículo 7º, a fin de asegurar la gradualidad de la reestructuración del régimen de subsidios energéticos y la previsibilidad de los montos de facturación de los servicios”.

El Artículo referido determinó “las bonificaciones generales a aplicar al Precio Estacional (PEST) de la electricidad, al Precio Anual Uniforme del gas natural (PAU) y al precio del gas propano indiluido por redes a trasladar a las tarifas finales de los beneficiarios, por los consumos base que realicen a partir de la entrada en vigencia del SEF”.

El D-943/25 estableció y pautó una “reducción progresiva (mensual) de la bonificación extraordinaria a aplicar entre enero y diciembre de 2026”. Ahora. Energía decidió mantener el 25 por ciento en Junio, tal como lo había hecho para el mes de Mayo.

También en los considerandos de la R-121 se reconoce que “por el mayor consumo energético por las bajas temperaturas invernales del mes de junio, se produce un incremento significativo en la demanda residencial de electricidad, gas natural y gas propano indiluido por redes”.

Y entonces, que “para los usuarios beneficiarios del SEF de gas natural y gas propano indiluido por redes, corresponde modificar el porcentaje de la bonificación adicional extraordinaria elevándola al 25 % ya que el incremento de la demanda de gas natural también se traduce en mayores requerimientos de abastecimiento, incluyendo importaciones de Gas Natural Licuado (GNL) y combustibles sustitutos, cuyos costos se encuentran expuestos a la volatilidad de los precios internacionales”.

Tal volatilidad refiere al fuerte incremento de tales precios como consecuencia de los bombardeos de EE.UU e Israel sobre Irán, y el cierre del Estrecho de Ormuz, vía por la cual transitan centenares de buques transportadores de no menos del 20 por ciento del petróleo y GNL que abastece al mundo.

En el caso de la energía eléctrica, la R-121/26 consideró que “corresponde aplicar una bonificación extraordinaria de 11,97 %, por el mes de junio de 2026, sobre el consumo base de 300 kilovatios por hora (kWh) mensuales de los usuarios residenciales comprendidos por el SEF, con la intención de morigerar el impacto tarifario”.

Así las cosas, se indicó que “las bonificaciones extraordinarias establecidas se adicionarán a la bonificación general (de 50 %) prevista en el D-943/25, en reemplazo de la establecida en el Anexo II del citado decreto”.

El argumento planteado por Energía resulta razonable. Y no resulta razonable que el gobierno nacional impulse la eliminación de la Zona Fría Ampliada (aprobada por ley en 2021) para quitar el subsidio parcial al consumo de gas que, por otra parte, se subsidia a través de un Fondo Específico solventado por el resto de los usuarios y no por el Estado.

La medida, que afecta a usuarios de amplias zonas de la provincias de Buenos Aires, Córdoba, Mendoza, San Luis, y Santa Fe, está a consideración del Senado de la Nación, tras la media sanción en Diputados.