Fuente: http://www.lanacion.com.ar/1929225-las-5-claves-del-fallo-de-la-corte-suprema-por-la-tarifa-del-gas

Lo que hay que atender de la decisión del máximo tribunal
Corte Suprema de Justicia se dispone hoy a emitir el fallo más relevante desde que Mauricio Macri asumió en la Casa Rosada. El máximo tribunal deberá expedirse sobre la validez de los aumentos en las tarifas del gas, lo que para la Casa Rosada implica la posibilidad de reducir los subsidios; para los usuarios es saber cuánto pagarán, y para las empresas, cuánto percibirán por el servicio.
Tal como anticipa LA NACION en su edición de hoy, la Corte le ordenará al Gobierno realizar audiencias y suspendería así las subas por el transporte y la distribución del gas. Sin embargo, estaba en duda el tramo correspondiente a la extracción en boca de pozo, que representa más del 50% de la facturación.
¿Cuáles son las claves que hay que tener en cuenta del fallo de la Corte?
1) Generación de gas
La ley establece que no se necesita realizar audiencia pública. El Gobierno espera que la Corte lo convalide y, anoche, los jueces parecían avanzar en ese sentido. Si el fallo así lo reconoce, el Poder Ejecutivo lo viviría como un éxito, porque podría exigir el pago del 60 por ciento del aumento de la tarifa.
2) Transporte y distribución
Otra ley establece que el Gobierno, antes de aumentar el precio de estos dos tramos, debe obligatoriamente convocar a audiencias. El Ejecutivo intentó soslayarlas. Los cuatro jueces de la Corte, sin embargo, coinciden en que son obligatorias. Consecuencia: ese tramo del precio quedaría suspendido.
3) La facultad de aumentar
Nadie duda, en la Corte, de que es competencia del Presidente fijar los cuadros tarifarios, con o sin audiencia, según los casos.
4) Retroactividad
El Gobierno sabe que no podrá intentar cobrarles retroactivamente a los usuarios un aumento que fue mal dispuesto: es decir, el Estado no podría cobrar las subas por el transporte y la distribución que pretendió percibir en los últimos meses.
5) Residenciales
Habrá que leer atentamente para ver si la Corte limita los efectos de su fallo sólo para los clientes residenciales. Todo indica que, como son ellos los que formularon la mayoría de los 49 reclamos, el alto tribunal diría que, para los clientes residenciales, el incremento queda anulado.

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