Por Santiago Magrone
Los entes nacionales reguladores de la Electricidad y del Gas oficializaron, a través de sendas series de resoluciones, los ajustes en las tarifas de estos dos servicios a partir del 1 de marzo.
El ENRE publicó las resoluciones 108 a 127/2026 que definen para las compañías transportistas y para las distribuidoras la aplicación de la Revisión Quinquenal Tarifaria (RQT), en cuotas mensuales y consecutivas hasta noviembre de 2027. También, una indexación mensual (por cinco años) en base a un índice combinado del IPIM y del INDEC del mes inmediato anterior. Estos conceptos suman en marzo 2,43 por ciento con respecto de los vigentes en febrero.
Asimismo, se consideraron nuevos precios de referencia de potencia (POTREF), y nuevos Precios Estacionales de la Energía (PEE). Para las tansportadoras rige una actualización de los Valores Horarios para el equipamiento regulado (por conexión, capacidad de transporte y por operación y mantenimiento).
Las resoluciones comprenden a las empresas Transba, Transnoa, Transnea, Transcomahue, Transpa, EPEN, Distrocuyo, DPEC, Yacylec, Limsa, Litsa, Edersa, Enecor, Transacue, e Interandes.
También a las distribuidoras Edesur y Edenor (AMBA), para las cuales se fijaron para marzo nuevos montos en concepto de Valor Agregado de Distribución (VAD): $ 54.813 (Edesur) y $ 59.527 (Edenor).
Por su parte, el ENARGAS oficializó las resoluciones 76 a 94/2026 por las que emitir nuevos cuadros tarifarios a aplicar por las Licenciatarias, los cuales contemplarán los nuevos precios de gas en PIST (incluyendo el PAU), un nuevo escalón mensual de la RQT (son 31 cuotas), y la actualización tarifaria mensual.
A modo de ejemplo cabe referir que en una factura de usuario residencial categoría R2-3 el Cargo Fijo para el mes de marzo es de $ 16.966,76 en Capital Federal, y de $ 15.209,68 si se domicilia en Buenos Aires. El Cargo por metro cúbico de consumo pasó a ser de $ 273, 09 en ambos casos. Sin Subsidios Energéticos Focalizados y sin considerar impuestos.
Comparada con un consumo similar del mes anterior la nueva factura implica un aumento promedio de 1,92 por ciento, se indicó.
Las resoluciones con los nuevos cuadros tarifarios comprenden a las empresas TGN, TGS, Gasoducto Norandino, Gas Link, Enel Generación Chile, GasAndes, Refinería del Norte, Transportadora de Gas Mercosur, Energía Argentina S.A., Compañía Entrerriana de Gas, MetroGAS, Camuzzi Gas del Sur, Canuzzi Gas Pampeana, Distribuidora de Gas Cuyana, Distribuidora de Gas del Centro, Naturgy BAN, Naturgy NOA, Litoral Gas, y GasNea.
Subsidios focalizados
Cabe referir que el Decreto 943/2025 unificó los subsidios energéticos de jurisdicción nacional y, a tal fin, creó el régimen de Subsidios Energéticos Focalizados (SEF), “que incluye al conjunto de los hogares beneficiarios de subsidios a la energía eléctrica, para asegurar que los usuarios residenciales vulnerables accedan al consumo energético indispensable”, señalan las resoluciones del rubro.
Para ello, a través del Decreto 943 se establecieron los siguientes bloques de consumo base de energía eléctrica sobre los cuales se aplica el subsidio: a) TRESCIENTOS KILOVATIOS HORA (300 kWh) para los meses de enero, febrero, mayo, junio, julio, agosto y diciembre de cada año, y b) CIENTO CINCUENTA KILOVATIOS HORA (150 kWh) para los meses de marzo, abril, septiembre, octubre y noviembre de cada año. Lo que exceda estos bloques se factura con tarifa plena.
El decreto referido determina además las bonificaciones generales a aplicar al Precio Estacional (PEST) de la electricidad por los consumos base que realicen a partir de la entrada en vigencia del SEF.
A su vez, el mismos decreto dispone que durante el año 2026 se aplicará, para los usuarios de electricidad que resulten beneficiarios del SEF una bonificación adicional extraordinaria sobre el consumo base de hasta el 25 por ciento y que la bonificación extraordinaria se adicionará a la bonificación general establecida “a fin de asegurar la gradualidad de la reestructuración del régimen de subsidios energéticos y la previsibilidad de los montos de facturación de los servicios”.
Por otra parte, para las dos distribuidoras de electricidad del AMBA también se aprobaron las tarifas que deberán aplicar a partir del 1 de marzo para los Clubes de Barrio y de Pueblo (CdByP) que integran el listado que confecciona el Ministerio de Turismo y Deportes, y Entidades de Bien Público. Asimismo, se aprobaron nuevas tarifas de Inyección para Usuarios-Generadores.
Precio Anual Uniforme
Mediante la Resolución 23/2026 la Secretaría de Energía estableció el Precio Anual Uniforme (PAU), a ser trasladado a los usuarios finales en relación con los contratos o acuerdos de abastecimiento vigentes celebrados en el marco Plan Gas.Ar. Dicho precio (dolarizado) podría ser diferente del precio del gas en el PIST.
El PAU se aplicará a los consumos de gas realizados durante el año 2026 y desde la fecha de entrada en vigencia de los cuadros tarifarios oficializados por el ENARGAS.
Por el Decreto 943/25 se resolvió unificar los subsidios energéticos de jurisdicción nacional, y crear el régimen de subsidios focalizados (SEF) que incluiye al conjunto de los hogares beneficiarios de subsidios a la energía eléctrica, al gas natural, al gas propano indiluido por redes y al gas licuado de petróleo (GLP) envasado en garrafas de DIEZ (10) kilos.
Por el Decreto 943/25 se resolvió mantener los bloques de consumo base de gas natural fijados en las Resoluciones 686/2022 y 91/2024, los que se extenderían, además, a los usuarios de gas propano indiluído por redes.
Por el mismo Decreto se dispuso también que, en el caso del gas natural, y a partir de la implementación del SEF, las bonificaciones aplicarían exclusivamente sobre el costo promedio ponderado anualizado del precio que resulta del Plan Gas.Ar según lo determine la Autoridad de Aplicación (Precio Anual Uniforme).
Está por verse el alcance de la cobertura de subsidios tarifarios en términos de cantidad de usuarios, considerando la política de reducción de tales subsidios que se planteó el gobierno.
En los cuadros tarifarios de cada Licenciataria aprobados por el Ente se incorporó un cuadro con el PAU, expresado en Pesos por metro cúbico ($/m3), correspondiente a cada subzona tarifaria, a fin de que las facturas que emitan las prestadoras del servicio (Distribuidoras y Subdistribuidoras) reflejen el PAU y sobre este último apliquen las bonificaciones establecidas en el SEF.
Desde la Secretaría de Energía refirieron aumentos de tarifa de energía eléctrica para el AMBA en marzo, “según datos de las empresas distribuidoras”:
2 de cada 3 usuarios de AMBA (63 %) registrarán una baja en su factura de marzo.
Las bajas se ubican en un rango de $ 1.000 a $ 25.000, dependiendo del nivel de consumo y la tarifa vigente.
Para el 37 % restante, las subas son acotadas, en un rango de $ 400 a $ 5.500.
Esto se debe a que marzo es un mes templado y el consumo se reduce. Por eso el tope subsidiable será 150 kwh al mes (la mitad que en meses de verano), tal como estableció el nuevo esquema de subsidios SEF.
Por su parte, el aumento promedio de la tarifa de gas natural a nivel nacional será de 0.96 % debido al PAU fijo anual y el bajo consumo estacional, se indicó.





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