El Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad (ENReGE) dio a conocer, a través de una serie de resoluciones publicadas en el Boletín Oficial, los cuadros tarifarios que se aplicarán en el mes de agosto para los usuarios de gas por redes, categorías Residenciales -con y sin subsidios-, y Clubes de Barrio y de Pueblo, y también para usuarios de electricidad domiciliaria en el AMBA (Edenor y Edesur).
En el caso de la Electricidad, la Secretaría de Energía indicó que el aumento promedio será de 1.8 por ciento (en AMBA,) ya que en el resto de las jurisdicciones provinciales depende del ente regulador local.
Asimismo, se indicó que respecto del suministro de Gas el incremento promedio será de 2,99 por ciento, a nivel nacional.
Al respecto, y a modo de ejemplo, cabe señalar que según los nuevos cuadros tarifarios para el Gas por redes en el AMBA, la actualización para un usuario Residencial R2.3 (consumo anual entre 801 a 1000 metros cúbicos) será en agosto de casi el 4 por ciento comparado con la tarifa de julio.
Cabe referir que la S.E. resolvió además prorrogar para agosto el 25 % extra de “bonificación” para usuarios parcialmente subsidiados (SEF) de gas natural y gas propano indiluido por redes; y mantener el “extra de bonificación” en electricidad de 16,59 por ciento. Los consumos que excedan el nivel base establecido para ambos servicios se facturarán con tarifa plena.
Los aumentos dispuestos por el ENReGE se detallaron en las resoluciones 337 a 375/2026 y se calculan en base a la aplicación consecutiva de la cuota mensual (en total son 31) surgida de la Revisión Quinquenal Tarifaria (RQT) del 2025, y la actualización también mensual por un índice que combina la variación del IPIM y del IPC del mes anterior.
En el caso del gas, también por la variación del precio en el punto de ingreso al sistema de transporte (PIST) , lo que incluye el precios del gas producido en el país más el precio del GNL que se importa particularmente en el invierno.
Al respecto la S.E. dependiente del ministerio de Economía, definió también la aplicación del denominado Precio Anual Uniforme (PAU) (expresado en dólares estadounidenses por millón de BTU) para “aplanar las facturas a lo largo del año”.
Asimismo, Economía dispuso recientemente, a través de la S.E. (Resolución 167) que “Durante la vigencia de la emergencia energética, declarada por el Decreto 55/2023 y prorrogada ahora hasta el 31 de diciembre de 2027, las Diferencias Diarias Acumuladas (DDA) serán calculadas e incorporadas a las facturas cada dos meses, a partir de agosto.
Las DDA constituyen un mecanismo de ajuste en las tarifas de gas que compensa la brecha entre el precio estimado del gas y el costo real pagado (del gas natural local y del GNL importado) por las distribuidoras del servicio.
Para el caso de las distribuidoras de electricidad en el AMBA. se estableció para Edenor una actualización del Costo Propio de Distrbución (CPD) en agosto de 1,78 % y un Valor Agregado de Distribución medio (VAD) de $ 69,394. Para Edesur el CPD se incrementa en 1,71 %, y el VAD será de $ 63,540.
Para las Transportadoras de Electricidad en alta y media tensión, los valores horarios y valores mensuales por el equipamiento regulado se actualizan en el 1,35 %.
Las resoluciones oficializadas corresponden a las transportadoras Transcomahue, Transba, Transnoa, Distrocuyo, Transpa, EPEN, Yacylec, Transacue, Litsa, Limsa, Interandes, Enecor, Edersa, DPEC, y las distribuidoras Edenor y Edesur.
En el caso del gas comprenden resoluciones para las transportadoras, y distribuidoras TGN, TGS, Enarsa, Gas Link, Refinería del Norte, Transportadora Gas del Mercosur, Gasoducto Norandino, Compañía Entrerriana de Gas, Enel Generación Chile, Gas andes, Litoral Gas, Naturgy Ban, MetroGas, Distrbuidora Gas del Centro, Distrbuidora Gas Cuyana, Naturgy NOA, Camuzzi Gas Pampeana, y Camuzzi Gas del Sur.





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