El Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad (ENREGE) oficializó una serie de resoluciones estableciendo los incrementos que rigen desde el 1 de julio para las tarifas que deberán pagar los usuarios de gas y de electricidad. Las subas promedian 3,01 por ciento para el gas, y 1,5 por ciento para la electricidad en el AMBA, indicaron fuentes del ministerio de Economía.

Los aumentos en éstas tarifas (para transportadoras y para distribuidoras) se componen por la aplicación de la Revisión Quinquenal Tarifaria (RQT) realizada en 2024, que comprende 31 cuotas mensuales y consecutivas (hasta mediados de 2027), y el ajuste mensual en base a la evolución de un indicador que combina el IPIM y el IPC del INDEC, que para julio es de 2,39 por ciento.

A modo de referencia, cebe señalar que el aumento promedio para un Usuario R23 (consumo de entre 801 y 1.000 m3 año) del área a cargo de MetroGAS es de 2,9 por ciento respecto a la tarifa de mayo.

En el caso de la electricidad se establece para las distribuidoras del AMBA, Edenor y Edesur, la actualizacion mensual en julio del Costo Propio de Distribución (CPD) que es de 2,95 % en el caso de Edenor, y de 2,76 % para Edesur, y un Valor Agregado de Distrbución (VAD) de $ 68,182 (Edenor), y $ 62,470 (Edesur).

Con respecto al gas, la Secretaría de Energía estableció el Precio Anual Uniforme (PAU) que es trasladado a los usuarios finales en relación con los contratos o acuerdos de abastecimiento vigentes celebrados en el marco del “Plan Gas.Ar 2023-2028”. El PAU se aplica a los consumos de gas realizados durante el año 2026.

En cuanto a las tarifas parcialmente subsidiadas, según bloques de consumo, a través del Decreto 943/25 se dispuso que, en el caso del gas natural, y a partir de la implementación del SEF, (Subsisios Focalizados) las bonificaciones “aplicarían exclusivamente sobre el costo promedio ponderado anualizado del precio que resulta del Plan Gas.Ar, según lo determine la autoridad de aplicación”.

El D-943/25 unificó los subsidios energéticos de jurisdicción nacional y creó el régimen de Subsidios Energéticos Focalizados (SEF) que incluye a hogares beneficiarios de subsidios a la energía eléctrica, al gas natural, al gas propano indiluido por redes y al gas licuado de petróleo (GLP) envasado en garrafas de DIEZ (10) kilos.

El Precio Anual Uniforme (PAU) es el precio sobre el cual aplicarán los beneficios establecidos en el marco del SEF, que podrá diferir del precio del gas natural en el punto de ingreso al sistema de transporte (PIST) a trasladar por el Ente a la tarifa del usuario final en concepto de pass-trough o de diferencias diarias acumuladas (DDA), según corresponda, en el marco de lo dispuesto por la Ley 24.076 (marco regulatorio).

Se trata del precio del gas en el PIST a trasladar a los usuarios finales en función del GNL regasificado y de los volúmenes no contemplados en la conformación del Precio Anual Uniforme (PAU).

El ENReGE oficializó los incrementos a través de Resoluciones que comprenden a las empresas TGS, TGN, Enarsa, Cía. Entrerrina de Gas, Gas Andes, Gasoducto Norandino, Gas Link, Refinería del Norte, Enel Generación Chile, Transportadora de gas del Mercosur, Naturgy NOA, Camuzzi Gas Pampeana, GasNea, Litoral Gas, MetroGAS, Camuzzi Gas del Sur, Distribuidora de Gas Cuyana, Naturgy BAN.

También a Transener, Transpa, Transnoa, Transnea, Distrocuyo, Transcomahue, Transba, EPEN, Transacue, Yacylec, DPEC, Limsa, Litsa, Interandes, Enecor, Edersa, Edenor y Edesur.