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Ruiz Moreno: “No hay dudas de que el sector renovable tiene interés en llevar adelante los proyectos de transmisión”

El sector energético de Argentina está a la expectativa de lo que pudiera pasar en torno a la expansión del sistema de transmisión, tras la aprobación de una serie ampliaciones y modernización de la red (a través de la Resolución SE 507/2023) por las que serviría para incorporar, al menos 3.550 MW de potencia renovable, como también para garantizar la confiabilidad del SADI.

Bajo esa panorama, Héctor Ruiz Moreno, gerente general de la Cámara Eólica Argentina (CEA), conversó con Energía Estratégica sobre ello y sobre la necesidad de contar con más capacidad de transporte disponible y sumar más parques a través de diferentes mecanismos.

“La Res. SE 507/2023 es un puntapié inicial institucional muy importante, ya que establece la necesidad y planifica las obras de transmisión, en un degradé relevante. Y de igual manera, la constitución de la Comisión de Transporte Eléctrico, se produjo una definición que encontramos interesante. Es un camino institucionalizado que ahora hay que trabajarlo en concreto”, sostuvo.

“Bienvenido sea todo lo que sea consolidar y estructurar una infraestructura viable y accesible para las energías renovables, con independencia de las cuestiones coyunturales. Pero a esta altura no hay dudas de que el sector renovable tiene interés en llevar adelante los proyectos de transmisión”, añadió.

Dicha Comisión en cuestión está conformada por especialistas de la propia Sec. de Energía, la Asociación de Transportistas de Energía Eléctrica de la REPÚBLICA ARGENTINA (ATEERA), la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico S.A. (CAMMESA), el Consejo Federal de la Energía Eléctrica (CFEE), el Comité de Administración del Fondo Fiduciario para el Transporte Eléctrico Federal (CAF) y la Unidad Especial Sistema de Transmisión de Energía Eléctrica (UESTEE).

Y la misma analizó el Sistema Argentino de Interconexión y que existen zonas que ya se encuentran saturadas o próximas a estarlo, sin la posibilidad de vincular las regiones con potencial para las renovables con los grandes nodos de demanda.

Mientras que por el lado de la CEA, ya fueron convocados por las autoridades nacionales en algunas oportunidades para dialogar sobre las alternativas y vinculaciones público-privadas para resolver los cuellos de botella que existen actualmente.

“Los generadores del sector eólico están dispuestos a participar de la inversión de estas líneas. ¿Cuánto y cómo? Habrá que discutirlo, pero la decisión de la expansión del transporte se materializa a través de la voluntad de los generadores”, afirmó Ruiz Moreno

Un ejemplo de ello fue la inclusión en el plan nacional de línea de transmisión Vivoratá – Plomer, correspondiente al proyecto AMBA I. Obra prioritaria en 500 kV de más de 500 kilómetros que se mantuvo trabada por más de un año y que el sector pedía con urgencia para despachar más generación renovable en Buenos Aires, provincia que suma 1272 MW eólicos instalados.

“Hay una cuestión vinculada con el marco regulatorio en términos de participación privada que requiere una definición específica, pero ya estamos en charlas e intercambios y entendemos que deberían aparecer resoluciones más puntuales que abran la puerta al inicio de estas obras, con el mecanismo que fuere”, apuntó el gerente general de la CEA.

Incluso, no descartó que sea a través de la convocatoria para presentar manifestaciones de interés para gestionar y financiar ampliaciones del sistema de transmisión de energía eléctrica en alta tensión.

Llamado que ya es estudiado por la Subsecretaría de Energía Eléctrica y que sería muy similar a aquel realizado en 2022 que fue destinado a emprendimientos renovables y de almacenamiento de energía, según adelantó este portal de noticias hace poco más de una semana. Y que Ruiz Moreno consideró como una “buena alternativa como metodología complementaria u ordenadora”.

 

 

Fuente: https://www.energiaestrategica.com/ruiz-moreno-no-hay-dudas-de-que-el-sector-renovable-tiene-interes-en-llevar-adelante-los-proyectos-de-transmision/

 

 

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Chile dio inicio al primer envío de energía renovable a Argentina

Tras superar las pruebas de energización, el país comenzó durante el fin de semana con la exportación mediante InterAndes, que une las subestaciones Andes en territorio nacional con Cobos en el país trasandino.

Durante el fin de semana, Chile concretó las primeras exportaciones de energía renovable hacia Argentina, a través de la línea de interconexión eléctrica Interandes que es propiedad de AES Andes.

El primer envío de energía renovable en la historia de nuestro país desde Chile a Argentina se produjo el sábado, y alcanzó los 75 megawatts (MW), mientras el domingo la exportación llegó a 70 MW.

El hecho se enmarca en el anuncio realizado en noviembre pasado por los titulares de Energía de Chile y Argentina, Diego Pardow, y Flavia Royón, respectivamente, junto a altos ejecutivos de AES.

En los días previos se realizaron exitosas pruebas de energización en vacío y de inyección de energía desde la subestación Andes en Chile hasta la subestación Puna en Argentina, las que fueron aprobadas por el Coordinador Eléctrico Nacional (CEN).

Javier Dib, CEO de AES Andes, explicó que “comienza una nueva historia en nuestra relación energética con Argentina. El hito que hemos logrado nos llena de orgullo y da cuenta que las interconexiones internacionales son posibles y efectivas”.

Dib agregó que gracias a esta exportación se evitó que aproximadamente 75 MW por día se vertieran desde el sistema eléctrico.

Sobre el acuerdo

El acuerdo establece que los sistemas eléctricos no operarán sincronizados, sino que se destinarán componentes de generación en forma aislada eléctricamente. Serán intercambios de oportunidad económica, los que serán interrumpibles en caso de que los operadores de red de los respectivos países lo consideren necesario.

Chile podrá enviar durante el día energía a Argentina, este país de acuerdos a sus condiciones, podría hacerlo durante la noche.

Los envíos de energía se realizan través de la línea de transmisión de 345 kV de AES Andes, que se extiende por 409 kilómetros entre la subestación Andes en Chile (Región de Antofagasta) y la subestación Cobos en Argentina (Salta).

Este enlace servirá también de respaldo en caso de presentarse contingencias eléctricas, mejorando la resiliencia en ambos sistemas.

 

Fuente: https://econojournal.com.ar/2022/12/chile-dio-inicio-al-primer-envio-de-energia-renovable-a-argentina/

 

 

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Energía renovable: proponen construir 324 plantas de biometano para suplantar el gas natural

La Cámara Argentina de Energías Renovables (CADER) presentó un proyecto para producir biometano a través de residuos agroindustriales. La entidad planteó que las provincias de Buenos Aires, Córdoba y Santa Fe podrían disminuir el consumo de energía proveniente de otras provincias.

Para ello, se propuso un proyecto que consiste en una inversión de US$ 2170 millones y la construcción de 324 plantas. Se estima que generará 12.000 puestos de trabajo.

La CADER señaló que el biometano es un biogás renovable que se obtiene a partir de biomasa de cultivos forrajeros; efluentes pecuarios, efluentes agroindustriales u otras materias orgánicas. Además, la cámara detalló que se puede desarrollar las cadenas de valor, capacidades empresarias y empleos de calidad.

En la presentación de este martes, se propuso que las provincias como Buenos Aires, Córdoba y Santa Fe comiencen a producir su propio gas. Al mismo tiempo, explicaron que en el informe se estudian tres posibles usos del biometano: complemento del gas natural, en el transporte público y en redes aisladas.

De esta manera, las provincias podrían producir biometano y reducir el abastecimiento de gas proveniente de las regiones petroleras o de las importaciones. “Esto provoca que la provincia en su conjunto genere erogaciones para pagar por este gas”, sostuvo CADER a Télam.

Del encuentro participaron el equipo técnico y una mesa redonda conformada por Sergio Mansur, secretario de Biocombustibles y Energías Renovables de Córdoba, Jorge Caminos, secretario de Desarrollo Ecosistémico y Cambio Climático de Santa Fe, Hernán Hougassian, el director provincial de Transición Ecológica de Buenos Aires, Diego Rozengardt, y Diego Roger director de Biocombustibles de la Nación.

Fuente:

https://news.agrofy.com.ar/noticia/201472/energia-renovable-proponen-construir-324-plantas-biometano-suplantar-gas-natural

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Para las energéticas, la Argentina tiene gran potencial en la transición hacia renovables

Las energías renovables ganan terreno en todo el mundo y en esa transformación la Argentina tiene gran potencial, no solo por sus condiciones naturales sino también por su ubicación estratégica. Para los líderes en el sector energético, la demanda está hoy en una fuerte inversión en infraestructura, acompañada de políticas de Estado.

Durante el 14° Encuentro de Líderes, organizado por El Cronista Comercial, Sean Rooney, presidente de Shell Argentina; Claudio Cunha, country manager de Enel Argentina; Martín Genesio, presidente y CEO de AES Argentina; y Pablo González, presidente de YPF, hablaron sobre el presente y el futuro del sector energético.

“Venimos de un año con crecimiento comparado con los números pre-pandemia. Sobrecumplimos el Plan Gas y el no convencional tuvo un salto muy importante”, resumió el presente del sector González, de YPF.

Con una postura más crítica, Rooney aseguró: “La Argentina tiene una necesidad de infraestructura eléctrica muy alta. Estamos transitando la pandemia y la energía es fundamental para asegurar el bienestar.”

Por su parte, Cunha, de Enel, aseguró que el país “tiene una gran ventaja: la diversidad de recursos naturales”. “Pero también tiene un potencial muy rico en cuanto a energía eólica. Todo esto es un gran potencial que tenemos que seguir explorando, sobre todo, si queremos bajar el costo de la energía”, remarcó.

“El otro diferencial es la ubicación geográfica: podemos exportar a Chile, a Brasil. Las instalaciones ya están; hay que potenciar los recursos renovables”, enfatizó.Para Genesio, de AES, no hay dudas de las cualidades del país en materia energética. “Me cuesta encontrar un país con tanto potencial. Estamos en el top-5 de potencial en el mundo”, agregó.

Para el ejecutivo, el desafío está hoy en los precios. “Tenemos costos altos en relación con el costo de vida. Debemos trabajar para ver como bajar los costos en electricdad y en oil”, explicó.

Para eso, “es necesario tener una inversión de infraestructura tanto en oil & gas como en electridad. Debemos tener una regulación que permita costos bajos. Para eso, es necesario que nos pongamos de acuerdo. Propongo mesas de diálogo para cada uno de los sectores. Que, de cada mesa, pueda salir una regulación”, dijo.

En ese aspecto, González, titular de YPF, sostuvo que “las mesas de trabajo son parte de YPF. Tenemos una herramienta que es YPF Tecnología (YT). Con el consorcio del hidrógeno, estamos fortaleciendo la inversión en YT. Necesitamos una ley de promoción. Necesitamos herramientas que nos ayuden a impulsar el crecimiento. Hay que ser maduros en el debate: necesitamos una ley no para el corto plazo”, enfatizó.

En cuanto al financiamiento y a las políticas de estado, Cunha, de Enel, remarcó: “El financiamiento pasa por dar seguridad, transparencia y una visión de largo plazo. Una vez que logremos eso, no debería haber problemas”.

“El desarrollo de energía renovables se discuten en todo el mundo. El financiamiento renovable superó a las convencionales en el mundo. Es un camino sin vuelta. El mundo lo está trazando y la Argentina también. Hay que ordenar y dar las señales correctas. Debe haber políticas de estado“, aseguró Cunha.

 LOS PRECIOS

A la hora de referirse a los precios, sostuvo el ejecutivo de Enel que “el 70% del costo no lo pagan los clientes finales, sino los contribuyentes a través de impuestos. El 80% de los subsidios son para quienes no lo necesitan y ese punto debe modificarse”.

A futuro, Cunha aseguró que “el tema de precios es complicado, por la volatilidad de los valores internacionales; es muy complicado, no se puede pronosticar que va a pasar en esta materia”.

En vías de la transición hacia las energías renovables, AES Argentina definió que , desde 2016, la empresa se propuso reducir la huella de carbono. “Crecimos en un 100% en cuanto a energías limpias. Invertimos en dos nuevos parques en Nuequén y en la provincia de Buenos Aires”, ejemplificó.

“La transición es una nueva realidad. Y la Argentina es un actor relevante, con gran potencial. Somos uno de los países en donde la transición se está apoyando. Es un actor super importante”, definió.

Desde YPF, González resaltó la inversión que está haciendo la empresa en cuanto a nuevos parques eólicos aunque aclaró que “esto lo vamos a financiar con el petróleo y el gas, que son el corazón de YPF. Con lo cual, para analizar la transición energética, hay que ver el punto de partida”.

 

Fuente: https://www.cronista.com/apertura-negocio/empresas/energia/

 

 

 

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YPF líder del mercado local en la utilización de renovables

La petrolera YPF alcanzó en el primer semestre del año un abastecimiento del 25% del total de su demanda eléctrica a partir de fuentes renovables, lo que le permitió superar lo exigido por ley del 20% del consumo para 2025.

Así lo informó esta tarde la compañía al destacar que el abastecimiento de YPF mediante energías renovables alcanzó en los primeros seis meses del año los 272 GWh, lo que representa un 25% el total de su consumo eléctrico.YPF tiene contratos de energía renovable por una potencia mayor a 160 MW, lo que la convierte en “la empresa con mayor provisión de energía renovable de Argentina”, aseguró la compañía, lo que le permite evitar emisiones por 400.000 toneladas de CO2.

La compañía a través de YPF Luz tiene en operación el parque eólico Manantiales Behr, en la provincia de Chubut, y Los Teros en el partido bonaerense de Azul, proyectos de los cuales proviene parte de su energía consumida y desde los cuales abastece a terceras empresas a través de contratos a largo plazo.

Hacia fines del 2021 y con el comienzo de operación del parque eólico Cañadón León, ubicado en la provincia de Santa Cruz, el 37% de la demanda eléctrica de YPF quedará cubierta por energías renovables.

El parque eólico Manantiales Behr, que opera en uno de los yacimientos convencionales más productivos de YPF, es el parque más eficiente de la Argentina con un factor de capacidad promedio del 60% en 2020, el más alto del país.

La Ley 27191 de promoción que estableció el nuevo régimen de fomento de uso de energías renovables prevé que todos los usuarios deberán contribuir con el cumplimiento de los objetivos fijados sobre el consumo.

En ese sentido, estableció la obligación de alcanzar la incorporación mínima del 8% del total del consumo propio de energía eléctrica, con energía proveniente de las fuentes renovables, al 31 de diciembre de 2017, y del 20% al 31 de diciembre de 2025.

Fuente: https://www.ambito.com/negocios/energias-renovables/ypf-lider-del-mercado-local-la-utilizacion-renovables-n5254587

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Las inversiones en energías renovables aumentaron pero no alcanza para combatir el cambio climático

Los inversionistas le dieron una oportunidad a las energías renovables en el primer semestre del año, pero el ritmo está lejos de ser suficiente para frenar las crecientes emisiones de carbono.

Durante el período, se gastaron hasta US$174.000 millones en energía solar, eólica marina y otras tecnologías y empresas ecológicas en el período, según datos de Bloomberg. Si bien es un 1,8% más que hace un año, el nivel es un 7% inferior al observado los seis meses anteriores.

El pequeño aumento muestra la resistencia de la industria que lidera la lucha contra el cambio climático y continúa por debajo de lo que se necesita para que las naciones y empresas alcancen sus objetivos de limitar las emisiones en las próximas décadas. Esto se refleja en las palabras de la responsable de la Organización de Naciones Unidas (ONU) para el Clima, Patricia Espinosa, que reveló que solamente el 58 por ciento de las naciones firmantes del Acuerdo de París están cumpliendo con sus responsabilidades.

Espinosa señaló que respecto a la reducción en la emisión de Gases de Efecto Invernadero (GEI), las naciones están muy atrasadas, “otro de hallazgos clave en la versión inicial del informe de síntesis mostró que los esfuerzos colectivos están muy por debajo de lo que requiere la ciencia para limitar un aumento de la temperatura global a finales del siglo de 2°C, y mucho menos el objetivo deseado de menos de 1,5 grados centígrados”. La representante de la ONU, alertó que los cambios de clima suscitados en el mundo además de afectar la economía también pone en riesgo la vida de la población pero no alcanza para cambiar la tendencia.

El crecimiento del 1,8% se vio impulsado por un primer semestre que registró una recaudación récord de dinero nuevo en los mercados públicos, que alcanzó los US$28.200 millones, más de cinco veces más que en el mismo período del año pasado. También aumentaron los compromisos de empresas de capital de riesgo y de patrimonio privado con empresas de energías renovables. La inversión en proyectos solares aumentó un 9% en comparación con el primer semestre del año pasado.

Sin embargo, la inversión en proyectos eólicos cayó a US$58.000 millones, más del 30% en comparación con el mismo período del año pasado, cuando los desarrolladores se apresuraron en aprovechar los mecanismos de apoyo que expiraban en China y Estados Unidos.

Pese a los datos, la consultora Capital Group se mantiene con perspectivas positivas para el futuro. Los dos factores que podrían influir positivamente son la automatización y la inteligencia artificial reduciendo los costos e impulsando la productividad y eficiencia.

En el caso de Argentina, El 24,11% de la demanda total de energía eléctrica en el país llegó a ser abastecida a partir de fuentes renovables en un pico histórico alcanzado durante el corriente mes de julio, logrando un nuevo máximo para el país, de acuerdo a la Secretaría de Energía.

Fuente: https://www.ambito.com/economia/energia/las-inversiones-s-renovables-aumentaron-pero-no-alcanza-combatir-el-cambio-climatico-n5240607

 

 

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Generadoras pronostican que para 2040 las energías renovables aportarán un 51% de la matriz eléctrica del país

La incidencia de las energías renovables en el camino hacia la transición energética, el desarrollo del gas de Vaca Muerta para el sector de generación y las posibilidades de importación y exportación de energía eléctrica en los próximos años.

AGEERA, la Asociación de Generadores de Energía Eléctrica de la República Argentina, pronosticó que para 2040 las energías renovables tendrán una presencia de más del 51% en la matriz de generación de la Argentina, lo que incluirá, además, unos 6.300 megavatios (MW) de almacenamiento, que aportarán seguridad y confiabilidad al despacho.

Asimismo, la entidad de generadoras prevé que la prioridad para el acceso de generación será hidráulica o renovable teniendo en cuenta también las unidades nucleares. El faltante se completará con unidades térmicas convencionales, apuntando a lograr una matriz energética más diversificada y reducir las emisiones de Gases de Efecto Invernadero (GEI). De este modo, la asociación determinó que «el 100% del gas natural será utilizado para la generación eléctrica a partir de 2023», en el informe elaborado por la Plataforma de Escenarios Energéticos de la Universidad de Buenos Aires.

Por su parte, AGUEERA, la Asociación de Grandes Usuarios de Energía Eléctrica junto con la Unión Industrial Argentina (UIA) subrayó la probable existencia de un 20% de autos y un 50% de buses eléctricos al 2040, además del ingreso de 27.153 MW de energías renovables, principalmente eólica y solar, para el año 2030 y el previo reemplazo del 100% de gas oíl y fuel oíl al 2024.

En resumen, el escenario confeccionado por los grandes usuarios es el que menor participación de capacidad renovable prevé totalizando 28.110 MW de aquí a los próximos cuatro años. Se trata del único escenarista, entre los 11 consultados, que considera que al 2025, -con un abastecimiento actual del 9,7% de la demanda de energía eléctrica a partir de fuentes renovables- no se cumplirá el objetivo limpio previsto en la ley 27.191 del 20%, postergando este nivel de participación de renovables al 2030.

Desde la visión industrial, también se planteó el retiro de 10.653 MW térmicos, por obsolescencia y bajo rendimiento, a lo largo de todo el período, la incorporación de 3.742 MW hidráulicos en las represas Chihuido I y II, Condor Cliff y La Barrancosa, y la ampliación de Yacyretá y Aña Cuá, Portezuelo del Viento, La Elena, Los Blancos I y II para lo cual es necesario que las autoridades definan una clara política de expansión de la generación hidroeléctrica. Lo mismo ocurre en el caso de las centrales nucleares que están a la espera de una definición de política concreta por parte del Estado.

Mientras tanto, desde la óptica de generación, en cuanto al parque nuclear se afirmó la postergación de la V Central Nuclear hasta el año 2030 y una VI Central Nuclear para el 2032. Respecto del parque térmico, adicionalmente a los proyectos predefinidos en curso de construcción, se incorporarán dos ciclos combinados de 800 MW cada uno.

 

Vaca Muerta y el uso del gas para la generación eléctrica

La asociación de generadoras entiende que «el desarrollo de Vaca Muerta y la mayor competencia a nivel mundial que genera la expansión de energías renovables, con costos a la baja, podrían permitir obtener costos de combustibles más competitivos para la generación térmica. A su vez, el desarrollo de los yacimientos de la cuenca neuquina permitirá alcanzar el autoabastecimiento de gas y obtener saldos exportables de gas y petróleo para mejorar el estado de la Balanza Comercial y convertir a la Argentina en un proveedor de energía de clase mundial. Para ello, y para las inversiones que se proyectan en el sector eléctrico, se requiere dar señales claras que permitan atraer inversores y facilitar la obtención del financiamiento a tasas competitivas«, detalla el informe.

En la planificación propuesta, las generadoras no predefinen importaciones ni exportaciones de energía eléctrica, dejando que el modelo importe o exporte de acuerdo con las necesidades que surjan del balance de energía. Sin embargo, entienden que debe perseguirse el desarrollo futuro de los intercambios energéticos entre países con el objetivo de lograr complementariedades que reduzcan los costos globales.

Ahora bien, en términos de precios, las industrias sostienen que “tanto la exportación a Chile como la importación en forma de GNL, por el volumen implicado, no podrían ni deberían elevar el precio del gas local, máxime en un escenario donde se desarrolla todo el potencial del yacimiento de shale gas en Vaca Muerta”.

En el caso de exportación mediante el proceso de licuefacción, (AGUEERA es la única institución que propone a futuro la construcción de una planta de licuefacción de gas natural) el organismo que nuclea a los grandes usuarios sostuvo que «el mercado comprador será Europa, por lo que, agregando el costo de licuefacción, transporte de Gas Natural Licuado (GNL) y regasificación en destino, el precio local deberá ser del orden del Henry Hub (precio referencia del gas natural) o inferior para acceder a dichos mercados. «Argentina ha tomado la decisión de desarrollar Vaca Muerta, con lo cual, el resultado de la explotación realizada a la fecha indica que se podrán alcanzar costos de extracción de gas inferiores a 4 USD/MMBTU«, apuntaron desde el sector industrial.

Desde esta perspectiva, “el costo del gas utilizado como combustible para generar calor y/o energía eléctrica, haría inviable el desarrollo de un sector industrial competitivo y limitaría su crecimiento futuro. Del mismo modo, el elevado precio del gas desalentaría su uso como materia prima, para agregar valor en la industria petroquímica”, manifestó AGUEERA en discrepancia con la hipótesis que asume que el mecanismo de determinación del precio futuro del gas local en boca de pozo -o PIST- fluctúa entre un mínimo definido por la paridad exportación a Chile en momentos de oferta mayor a la demanda (6,5 USD/MMBTU) y la paridad importación con GNL cuando la oferta es menor a la demanda (aproximadamente 10,4 USD/MMBTU).

Por lo expuesto, los grandes usuarios presentaron un escenario alternativo que implica el desarrollo a gran escala de Vaca Muerta, permitiendo alcanzar un precio de gas natural de 3,80 USD/MMBTU en boca de pozo, y 5 USD/MMBTU en estaciones de recepción y despacho.

Sobre la plataforma

La Plataforma Escenarios Energéticos Argentina es una iniciativa surgida en 2011, y actualmente impulsada por el Centro de Estudios de la Actividad Regulatoria Energética (CEARE) de la Universidad de Buenos Aires, el Instituto Tecnológico de Buenos Aires (ITBA), la Fundación AVINA, la Secretaría de Gobierno de Energía de la Nación (SGE) y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), con el objeto de promover el debate público y con sustento técnico, que refleje una mirada plural sobre el futuro de la energía en Argentina, brindando insumos para la toma de decisión y para el diseño de políticas por parte de actores públicos y privados.

 

 

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Argentina logra récord en abastecimiento eléctrico con renovables

Durante julio de 2021, Argentina abasteció el 24.11% de su demanda total de electricidad con generación renovable, lo que se traduce en un máximo histórico para el país. Así lo comunicó la Secretaría de Energía de la Nación.

El pico de este récord se dio el pasado 10 de julio, a las 05:50 hrs., de acuerdo con el registro de la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico S.A. (Cammesa); ente que recoge y analiza datos del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) de Argentina.

Este 24.11% se integró por 2 mil 973 MW, de los cuales el 92.59% se generó de fuentes eólicas, el 4.73% se obtuvo de bioenergías; y la energía hidroeléctrica supuso el 2.68% restante. No se tiene registro de energía solar, lo que va acorde al horario en que se logró el récord.

Compromiso con la huella de carbono

Cabe señalar que, desde la amplitud en la participación de diferentes proyectos de renovables al sistema eléctrico argentino, mes con mes se han venido superando los picos de participación de estas tecnologías. Esto también se debe a que la prioridad del despacho la tienen precisamente las renovables.

Los máximos históricos se están generando desde 2020, lo que refleja el veloz crecimiento de las energías renovables en Argentina; situación que se alinea con los objetivos del país sudamericano en torno a la gradual reducción de emisiones de carbono.

Dichos objetivos fueron plasmados en la Ley 27.191 desde 2015 por el Congreso Nacional; de los cuales el presidente Alberto Fernández hizo hincapié durante su participación en la Cumbre de Líderes sobre el Clima 2021 de abril pasado.

 

Fuente: https://energiahoy.com/2021/07/20/argentina-logra-record-en-abastecimiento-electrico-con-renovables/

 

 

 

 

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Qué es el hidrógeno verde, la energía que se puede hacer acá y que tienta a Europa

En la carrera para reducir el impacto ambiental, las energías renovables ocupan un lugar preponderante. Siemens Energy, la empresa independiente que desde hace un año concentra todos los activos del negocio energético del gigante alemán -tras el spin off de la matriz Siemens-, es una de las protagonistas de ese proceso. Pero la apuesta hoy no pasa solo por la infraestructura de turbinas eólicas, donde la compañía pisa fuerte en el nivel global: los planes para llegar a la neutralidad en las emisiones de carbono incluyen un impulso al hidrógeno verde y los combustibles ecológicos o e-combustibles.

APERTURA participó junto a periodistas de la región de una rueda de prensa virtual con Tim Holt, miembro del Managing Board de Siemens Energy para América latina, quien se refirió a la transformación energética en el continente y detalló las iniciativas que está llevando adelante la compañía.

“La región tiene grandes oportunidades en materia de transición energética. Hay muchos proyectos interesantes en ejecución”, dijo Holt y mencionó el caso del hidrógeno verde en Chile y el proyecto bautizado Haru Oni en el sur del país trasandino, donde la compañía está implementando la primera planta integrada de producción de combustible ecológico a partir del viento y el agua. Para el ejecutivo, es preciso dar un paso en la evolución de combustibles fósiles a e-combustibles y acelerar el ritmo de innovación en la infraestructura eléctrica de la región para que sea sustentable y eficiente. El hidrógeno puede usarse no solo para procesos químicos sino también para transporte y generación energética, planteó.

En la región de Magallanes, al extremo sur de Chile, el proyecto piloto de Siemens Energy junto a otras empresas energéticas generará metanol sintético -base de combustibles ecológicos cero emisiones- a partir del hidrógeno verde producido, inicialmente, con energía eólica obtenida de los fuertes vientos de la zona. El objetivo es exportar a Europa ese combustible ecológico, explicó el ejecutivo.

El transporte juega un rol central en la reducción de la huella de carbono y es una de las preocupaciones en las que puso el foco la Unión Europea en la ruta hacia la descarbonización (el bloque fijó la meta de ser carbono neutro en 2050). Según datos de Siemens, los sectores del transporte y la industria son responsables del 45 por ciento de las emisiones mundiales de carbono y las fuentes de energía renovable en esos sectores solo lograron reducir ese registro en menos del 8 por ciento. En la visión de la compañía, los combustibles generados a partir del hidrógeno serán una respuesta para alcanzar los estándares de cero emisiones, junto con la electrificación.

Siemens Energy impulsará la aplicación de hidrógeno verde como combustible en otras pruebas piloto en Colombia -en transporte en la ciudad de Bogotá- y en México, mencionó el ejecutivo durante la rueda de prensa. “Colombia, Chile, México, Brasil, la Argentina tienen los recursos naturales para producir hidrógeno verde. Y podrían exportarlo eventualmente. Puede darse un caso como el del LNG (gas natural licuado), que se volvió un commodity global competitivo y pudo ser transportado cuando bajó el costo de producción. El hidrógeno verde para Latam podría estar en esa situación similar”, dijo. “Europa no tiene todos los recursos para producir el hidrógeno verde que necesita consumir”, agregó.

Respecto de la Argentina, Holt destacó la oportunidad de la energía renovable y mencionó que existe terreno para ganar eficiencia energética en la matriz actual. “Tenemos grandes clientes, una larga trayectoria en el país y una participación de mercado muy importante en la generación energética tradicional. Respecto de las energías renovables, creo que están avanzando de manera un poco lenta. En hidrógeno, no vemos la misma actividad que en Chile, Colombia o México en la discusión de proyectos piloto. Creemos que hay una oportunidad en la electrificación de la exploración de gas en la explotación de shale. Y en proyectos de energía eólica”, señaló.

 

El ejecutivo se refirió además al centro de aplicaciones de Siemens Energy que funciona en la operación local. “Tenemos un gran grupo de digitalización, que trabaja para toda el área Latam. Está trabajando con los clientes existentes para optimizar sus planes de operaciones, para ser más flexibles y eficientes”, dijo.

Fuente: https://www.cronista.com/apertura-negocio/empresas/que-es-el-hidrogeno-verde-la-energia-que-se-puede-hacer-aca-y-que-tienta-a-europa/

 

 

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La capacidad de transporte: el eje del crecimiento para la cámara eólica

La Cámara Eólica Argentina (CEA) elaboró un documento en el que planteó los objetivos y desafíos a los que se enfrenta el segmento renovable líder en el mercado local y definió que la clave para continuar con el crecimiento visto hasta ahora está en las redes de transporte. Aseguran que hay entre 1,5 y 2 GW de proyectos que tienen reserva en las redes y están frenados.

Por un lado, resaltaron la necesidad de limpiar la capacidad de transporte de proyectos que tienen potencia asignada y por algún motivo no se lograron concretar y con esto hacer una oferta pública para asignarlas a empresas interesadas en llevar adelante nuevos proyectos. Con una mirada más a mediano y largo plazo, desde la CEA también indicaron que es vital la construcción de nuevas redes de transporte.

“Las principales compañías que ya tienen proyectos en marcha de energía eólica, y que vuelcan su producción al sistema energético argentino, están en condiciones de acelerar la inversión para cumplir con las metas fijadas”, indicaron desde CEA con relación al compromiso de reducir las emisiones de gases de efecto invernadero para 2030 y para alcanzar el 20% de generación renovable para 2025.

El vicepresidente de la CEA y director de Asuntos Corporativos de GenneiaGustavo Castagnino, remarcó que el sector ve “muy buenas” oportunidades de crecimiento en el ámbito corporativo que demandará cada año mayor cantidad de energía renovable. Además resaltó que junto con Nación están trabajando en las dos claves para acelerar el crecimiento del sector:

“Por un lado se trata de liberar la capacidad de transporte de los proyectos que por diversos motivos no se pusieron en marcha y hacer una oferta pública con esa participación en las redes de transmisión. Con otros tiempos también está el tema de la planificación y construcción de nuevas redes de transmisión porque, se sabe, que la última gran inversión en este componente de infraestructura se hizo en la década del 90”, expresó Castagnino.

Desde la CEA confirmaron que hay una gran cantidad de proyectos que aún no se pusieron en marcha por diversas raciones y según datos del mercado, se trata de entre 1,5 y 2 GW que están en esa situación y que los operadores que hoy generar energía renovable podían disponer en el corto plazo.

El pasado 4 de junio la cámara se reunió con el director nacional de Energía Eléctrica, Guillermo Martín, luego de dos presentaciones a la Compañía del Mercado Mayorista Eléctrico (Cammesa) y a la secretaría de Energía Eléctrica, que lidera Federico Basualdo.

Desde la cámara esperamos una nueva convocatoria para resolver cuestiones pendientes, o definir la posición de las autoridades del sector respecto de los proyectos no ejecutados y encontrar una solución virtuosa para este tema que ayude al país trazar un camino hacia los objetivos de desarrollo sustentable”, señalaron en el informe.

 

 

 

Fuente: https://www.rionegro.com.ar/la-capacidad-de-transporte-el-eje-del-crecimiento-para-la-camara-eolica-1860499/

 

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Energía renovable Argentina : Proyecto de Energías Renovables en Mercados Rurales licita instalación de dos plantas

ENERGIA LIMPIA XXI. El Proyecto de Energías Renovables en Mercados Rurales llamó a licitación pública para la provisión e instalación o ampliación de dos plantas de generación por fuentes renovables que beneficiarán a dos comunidades originarias en los departamentos de Iruya y Orán.El Proyecto de Energías Renovables en Mercados Rurales (PERMER) de la Secretaría de Energía de la Nación convocó a licitación para el diseño, construcción o ampliación, y operación inicial de dos plantas de generación de energía eléctrica a partir de fuentes renovables, así como sus respectivas conexiones a las redes de distribuciónque abastecerán las localidades ruralesRodeo Colorado y Los Naranjos, ambas en la provincia de Salta.

Las mini redes provistas por energías renovables permiten asegurar el acceso ininterrumpido a la energía eléctrica de las comunidades rurales aisladas de la red de suministro, abasteciendo hogares e instituciones públicas y comunitarias, lo cual contribuye a la mejora de la calidad de vida de sus habitantes y al desarrollo productivo en la comunidad, favoreciendo el arraigo local y contribuyendo a mitigar la migración rural.

La licitación LPN 4/2021 prevé, por un lado, la instalación de una planta fotovoltaica en Rodeo Colorado, departamento de Iruya, que beneficiará a 140 hogares y 9 edificios comunitarios, incluyendo a la localidad de Abra Sauce, con 20 hogares; por otro, la ampliación y repotenciación de unacentral micro hidráulica existente en la localidad de Los Naranjos, departamento de Orán, lo cual beneficiará a 80 hogares. El monto total de inversión previsto es de 2.200.000dólares.

Estas proyecciones y el trabajo realizado fueron posibles gracias al trabajo articulado del Proyecto PERMER con el Ente Regulador de Servicios Públicos de la provincia de Salta, con el objetivo común de avanzar para mejorar la calidad de vida de salteños y salteñas.

El proyecto PERMER, dependiente de la Subsecretaría de Energía Eléctrica, promueve la inclusión social y el desarrollo socioeconómico de miles de argentinas y argentinos que están en situación de pobreza energética, por medio de la electrificación de hogares, escuelas, centros de atención primaria de salud, comunidades aglomeradas y pequeños emprendimientos productivos en zonas que no cuentan con acceso a la red de distribución eléctrica.

Este proyecto de energización rural de alcance nacional, que es ejecutado a través del Préstamo BIRF Nº 8484,provee un insumo clave para lograr el acceso universal al derecho a la energía. Al basarse en fuentes renovables,también contribuye a diversificar la matriz energética nacional.

Las empresas interesadas en la licitación LPN4/2021 pueden obtener información adicional ingresando a la web. La fecha límite para presentar ofertas es el jueves 8 de julio próximo.

 

 

 

 

 

Fuente: https://energialimpiaparatodos.com/2021/06/09/energia-renovable-argentina-proyecto-de-energias-renovables-en-mercados-rurales-licita-instalacion-de-dos-plantas/

 

 

 

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Energías renovables: se habilitaron 10 proyectos en 6 provincias en el primer trimestre del año

En el Día de la Tierra, el Presidente de la Nación, Alberto Fernández, pronunció un discurso en la Cumbre de Líderes sobre el Clima en el que comunicó los compromisos asumidos por Argentina en materia de reducción de gases de efecto invernadero, incremento de la participación de las energías renovables en la matriz energética nacional y medidas de eficiencia energética.

En línea con el cumplimiento de dichas metas, durante el primer trimestre de 2021 se incorporaron 382,18 MW de potencia instalada de origen renovable, que puede abastecer de energía a más de 440.000 hogares argentinos, por medio de la habilitación comercial de diez proyectos de gran escala en seis provincias, llegando a una potencia total de más de 4.567 MW. Al cerrar el trimestre, había 172 proyectos operativos, abasteciendo a casi 4,8 millones de viviendas en el país.

“Desarrollar energías renovables tiene que ver con apostar al cuidado del ambiente y con generar puestos de trabajo. Lo estamos haciendo con un criterio federal, en este caso a través de diez proyectos que se pusieron en marcha en seis provincias”, destacó el secretario de Energía de la Nación, Darío Martínez.

Los proyectos que se incorporaron en los primeros tres meses de 2021 son seis parques eólicos, tres centrales de bioenergías (dos de biogás y uno de biomasa) y un Pequeño Aprovechamiento Hidroeléctrico (PAH) que se encuentran localizados en seis provincias y representaron inversiones por más de 565 millones de dólares. Su construcción empleó a aproximadamente 800 trabajadores y trabajadoras y su funcionamiento generó otros 120 puestos de trabajo directos en tareas de operación y mantenimiento.

“Consideramos de la mayor importancia aportar desde el Estado al desarrollo estratégico de las energías renovables en el país y apostamos al continuado incremento de su contribución en la matriz energética nacional”, destacó el subsecretario de Energía Eléctrica, Federico Basualdo.

En enero de 2021 un 12,1% de la demanda de energía eléctrica pudo abastecerse a través de fuentes renovables (1.442,4 GWh). En ese mes se alcanzó la máxima penetración por renovables del primer trimestre, llegando al 20,2% el 31 de enero a las 17:05. En febrero, el 11,7% de la demanda fue cubierta a través de renovables (1.178,8 GWh), mientras que en marzo se pudo abastecer el 11,9% de la demanda (1.312,1 GWh).

La incorporación de potencia instalada de origen renovable en 2021 continúa la dinámica de crecimiento que exhibió el sector en 2020, cuando se añadió una potencia instalada de 1.524 MW a través de 39 proyectos . El año pasado, en promedio, el 9,7% de la demanda total de energía eléctrica nacional fue abastecida a partir de fuentes renovables, un aumento se halla en línea con el objetivo de cubrir el 20% de la demanda eléctrica en 2025 establecido por la Ley 27.191, sancionada en forma casi unánime por el Congreso Nacional en 2015. En perspectiva, el crecimiento se ha acelerado, ya que hasta julio de 2018 las fuentes renovables representaban menos del 2% del total.

De los diez proyectos recientemente habilitados, siete fueron adjudicados a través del programa RenovAr (dos corresponden a la Ronda 1 y cinco a la Ronda 2), uno se adjudicó mediante el régimen MaTER y los dos restantes corresponden a proyectos readecuados mediante la Resolución 202/2016.

El Parque Eólico “Chubut Norte” es el de mayor potencia de los flamantes proyectos, totalizando 167,14 MW entre “Chubut Norte IV” (83,2 MW), “Chubut Norte III” (57,66 MW) y “Chubut Norte II” (26,28 MW). Lo sigue el Parque Eólico “Loma Blanca”, también en la provincia de Chubut, que suma 101,20 MW entre “Loma Blanca III” (51,2 MW) y “Loma Blanca I” (50 MW). El Parque Eólico “Vientos Los Hércules”, en la provincia de Santa Cruz, incorpora por su parte una potencia de 97,2 MW. En el primer trimestre del año también se habilitaron la Central Térmica a Biomasa “La Escondida” en Chaco (12 MW), la Central Térmica a Biogás “AB Energía” en La Pampa (2,13 MW), la Central Térmica a Biogás “Santa Catalina” en Córdoba (2 MW) y el PAH “Triple Salto Unificado” en Mendoza (0,51 MW).

 

 

Fuente:https://www.argentina.gob.ar/noticias/energias-renovables-se-habilitaron-10-proyectos-en-6-provincias-en-el-primer-trimestre-del

 

 

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Basualdo se reunió con la Cámara Argentina de Energías Renovables

El subsecretario de Energía Eléctrica, Federico Basualdo, recibió el viernes pasado al presidente de la Cámara Argentina de Energías Renovables (CADER), Santiago Sajaroff; a su vicepresidente, Favio Jeambeaut; y a su Director Ejecutivo, Juan Manuel Alfonsín.

En la audiencia se conversaron propuestas de trabajo conjunto para profundizar el crecimiento sostenido que vienen registrando las energías renovables en Argentina. En particular, se trataron aspectos vinculados al plan de ampliación del transporte eléctrico en alta tensión, programas para el desarrollo de proyectos de energías renovables, situaciones coyunturales que afectan el desarrollo del sector, y eficiencia energética, entre otros.

“Fue una reunión muy positiva en la que pudimos presentar nuestro plan de gestión 2021, plantear los desafíos que presenta el sector, así como conocer la visión del Subsecretario sobre temas que involucran a nuestra actividad”, sostuvo el titular de la cámara de representación empresarial, quien valoró la instancia de diálogo y predisposición del funcionario.

Las autoridades de CADER invitaron al subsecretario acompañar la iniciativa “Diálogo Federal por una Argentina Renovable”, conformada en 2020 con representantes del gobierno nacional, de las Provincias y de los comités de trabajo de la Cámara, para fomentar consensos respecto a la incorporación de energías renovables en todo el país, tanto de grandes centrales como de la generación distribuida.

“Estamos muy satisfechos con la reunión. Consideramos de la mayor importancia aportar desde el Estado al desarrollo estratégico de las energías renovables en el país y apostamos al continuado incremento de su contribución en la matriz energética nacional”, destacó Federico Basualdo.

“Agradecemos al subsecretario de Energía por la predisposición que manifestó para trabajar en conjunto con CADER. Vamos a acompañar a las autoridades en todas las gestiones que aseguren la expansión de la generación renovable en el país”, expresó Santiago Sajaroff.

 

 

Fuente: https://www.argentina.gob.ar/noticias/basualdo-se-reunio-con-la-camara-argentina-de-energias-renovables

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la camara de energias renovables advierte del dano del impuesto al viento sobre las inversiones

La Cámara de Energías Renovables advierte del daño del “impuesto al viento” sobre las inversiones

Una ordenanza del concejo deliberante de Chubut quiere obligar a las centrales a pagar un impuesto que no fue previsto en las inversiones.

La energías renovables se convirtieron en también aliados de la producción agropecuaria en muchas zonas.

La Cámara Argentina de Energías Renovables (CADER) alerta que la tasa municipal, llamada también “”, que pretende imponer Puerto Madryn () genera graves perjuicios económicos sobre los proyectos que fueron construidos en la zona.

En este sentido, la Cámara hace referencia a la ordenanza N° 11.546, emitida por el Concejo Deliberante de Puerto Madryn, que obliga a las centrales de energías limpias en operación comercial a pagar millonarias sumas de dinero que no fueron previstas en sus propuestas de inversión, ocasionando serios riesgos financieros en un contexto económico ya de por sí adverso para el sector.

Para tomar dimensión de su impacto, CADER estima que un parque eólico de potencia promedio (100 MW) se vería obligado a pagar 20 millones de dólares.

Juan Manuel Alfonsín, director ejecutivo de CADER, aseguró que “hay compañías que están evaluando la judicialización de la tasa en Puerto Madryn para evitar la penalización de las centrales, la pérdida de empleos y que se frene el desarrollo futuro de proyectos”.

De prosperar esta situación, la provincia de Chubut avanzaría en una directa violación de la seguridad jurídica contra el sector de las energías renovables, considerando que la Legislatura Provincial adhirió a la Ley 27.191

La Ley 27.191, normativa que prevé la posibilidad de trasladar al precio de venta de  cualquier impuesto, tasa o gravamen- sea nacional, provincial o municipal – que se incorpore a posteriori de la firma del contrato PPA, lo que terminaría impactando sobre toda la demanda de energía eléctrica nacional.

“En caso de trasladarse el nuevo impuesto a tarifa los usuarios de todo el país estarían pagando una tasa local de Puerto Madryn”, alertó.

Desde el punto de vista jurídico, Alfonsín agrega que el “impuesto al viento” carece de sustento legal, dado que no guarda relación con una prestación brindada por el municipio de Puerto Madryn.

Ante esta situación, CADER reclama la colaboración del Gobierno Nacional: “Solicitamos a las autoridades nacionales que tomen cartas en el asunto para evitar que las tarifas se vean incrementadas por un impuesto ilegítimo que penaliza la generación limpia, competitiva y eficiente”.

 

FUENTE: https://www.infocampo.com.ar/la-camara-de-energias-renovables-advierte-del-dano-del-impuesto-al-viento-sobre-las-inversiones/

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La Patagonia es la segunda región del país con más generación de energías renovables

El sistema eólico es el predominante con el 63% de potencia sobre el total de todas las fuentes, producto a que se desarrolla en cinco de las ocho regiones del país, informó la Fundación Empresaria de la Patagonia (FEPA).

Justamente dos de esas zonas, Buenos Aires (GBA incluido) y la Patagonia, concentran el 80% de los parques eólicos, alcanzando 2084 MW entre ambas. Lo que además las convierte en los territorios con mayor potencia instalada a nivel global de la República Argentina.

El uso de paneles solares fotovoltaicos se ubica un escalón por debajo con 759 MW, equivalente al 18% de la totalidad de MW instalados en el país, distribuidos en el NOA, Cuyo y la Región Centro (Córdoba – San Luis), con 493 MW, 205 MW y 61 MW, respectivamente.

El podio lo completa el sistema hidráulico con 500 MW; mientras que las bioenergías poseen una potencia instalada que suma 234 MW, conforme a la información brindada por CAMMESA.

En el primero de estos dos tipos de energía renovable, al NOA (119 MW), Cuyo (184 MW) y el Centro (116 MW), se agregan la Patagonia con 47 MW, el Centro Oeste Medio (La Pampa, Río Negro y Neuquén) con otros 32 MW y, en menor medida, el Litoral con 2 MW.

En cuanto a la transformación de biomasa los principales exponentes en Argentina son la región Noreste con 89 MW y el NOA con 72 MW.

Patagonia

La región patagónica tiene una potencia instalada de 1.007 MW, de las cuales 960 MW provienen de la energía eólica y 47 MW de energía hidráulica.

La energía eólica tiene gran proyección de crecimiento. La empresa Genneia anunció que para 2021 prevé la inauguración de tres nuevos parques eólicos en Chubut.

Fuente: https://www.diariojornada.com.ar/292430/economia/la_patagonia_es_la_segunda_region_del_pais_con_mas_generacion_de_energias_renovables/
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Cámara Argentina de Energías Renovables respalda el nuevo Plan de Biocombustibles

La Cámara Argentina de Energías Renovables (Cader) explicitó hoy su respaldó al proyecto que impulsa la implementación de un nuevo Plan de Biocombustibles, que fue presentado en octubre último en el Congreso por el senador santafesino Roberto Mirabella.

Así lo informó esta tarde a Télam el senador Mirabella, tras reunirse vía remota con integrantes de la Cader.

La iniciativa presentada por el legislador santafesino en la cámara alta apunta a logar un incremento en la participación de los biocombustibles en la matriz energética nacional.

Mirabella recordó que recientemente también recibió el acompañamiento de parte de la Asociación Argentina de Biocombustibles e Hidrógeno (AABH) y la Cámara Empresaria de Bioetanol de Maíz.

Tras remarcar que“ desde el Senado de la Nación avanzamos sobre la prórroga de la ley actual”, el senador dijo que empezó a trabajar “junto al especialista Alejandro Jurado y la Ministra de Ambiente de Santa Fe, Erika Gonnet, en una nueva ley”.

En ese sentido, explicó que el Nuevo Plan de Biocombustibles apunta a contar con “un nuevo enfoque, un concepto más amplio de lo que había, ampliando el concepto de las materias primas”. Fu

 

Fuente: http://revistanuevasenergias.com/2020/12/03/camara-argentina-de-energias-renovables-respalda-el-nuevo-plan-de-biocombustibles/

 

 

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Castagnani: “Las energías renovables llegarán a 6.000 megavatios de potencia instalada”

La Cámara Argentina de Energías Renovables (CADER) tiene más de 10 años de experiencia y cuenta con 100 empresas integrantes. Es la asociación de renovables más representativa en Argentina. “Tenemos diferentes comisiones y representamos a todas las tecnologías: eólica, solar, bioenergías, hidroeléctrica y solar térmica”, afirmó Florencia Castagnani, coordinadora.

Según datos de la Secretaría de Energía, hasta agosto pasado había 211 proyectos de energía renovables en pie, de los cuales 142 están operación comercial y 69 en construcción. Hoy se estima que una veintena quedaron a la deriva, por la pandemia y la falta de financiamiento. Para el 2025 el país se comprometió a tener un 20% de energía eléctrica de fuentes renovables. En septiembre pasado se llegó por primera vez al 22,4% de la alicaída demanda, pero habitualmente no supera el 12%. La pregunta es: ¿se puede cumplir la meta?

En diálogo con Ámbito, Florencia Castagnani analizó las dificultades del sector, detalló las iniciativas en marcha, justificó la necesidad de contar con energía limpia y explicó una nueva iniciativa de la entidad, con participación de 16 provincias: “Diálogo Federal por una Argentina Renovable”.

Periodista: ¿De dónde surge la idea de armar Diálogo Federal?

Florencia Castagnani: Desde hace tiempo se viene reforzando mucho el trabajo de federalización de la CADER, con los 11 comités de trabajo y los webinar, donde participaron representantes provinciales de energía. Así recorrimos todo el país, el NOA, NEA, Patagonia y casi todas las provincias, y se planteó la idea de armar un espacio de trabajo común, de traer propuestas, qué ideas hay, donde la Cámara sea una pata técnica y se vean qué desafíos existen, se cuenten experiencias, pero en un ámbito de trabajo, no de exposición. Es una articulación público-privado, que busca generar intercambios con todos los gobiernos y generar oportunidades de desarrollo y políticas públicas en todo el país.

M.F.: Armamos cuatro mesas técnicas, de temas específicos: industria nacional, financiamiento, generación distribuida y bioenergía. Cada socio y funcionario se fue anotando en la mesa de interés y se crearán espacios de diálogos abiertos, para invitar a otras cámaras, universidades, legisladores. CADER funcionará como coordinador y columna vertebral del espacio.

P.: ¿Cuál es la principal preocupación del sector?

M.F.: Justamente la falta de articulación público-privado. Muchas veces hay proyectos en cartera en las provincias, que no empezaron o están en desarrollo, y desconocen qué tipo de instrumento se le puede dar para que eso cambie. Y por la parte privada, plantean cómo podrían colaborar de su lado en la parte técnica o financiera para que eso camine. También se menciona mucho la posibilidad de traer lecciones aprendidas, de errores y triunfos, y la capacidad real de desarrollo a largo plazo. Pensar en una hoja de ruta a 10, 15 o 20 años y qué modelo para la matriz energética se quiere para el país. Esto se viene conversando mucho. La preocupación es el horizonte, la planificación a largo plazo de los proyectos.

P.: La ley 27.191 establece que en el 2025 el 20% de la energía eléctrica nacional debe provenir de fuentes renovables. ¿Tras la pandemia, es posible sostener ese objetivo en el tiempo?

M.F.: Se tiene que trabajar para cumplir con la legislación. Hoy la pandemia afecta a todos los sectores y no excede a las renovables, con problemas en logística, personal, traslados, equipamientos. Técnicamente sí se puede llegar, pero hay que impulsar desde todos los sectores la facilitación de proyectos y cuáles son las potencialidades. La pandemia no solo cambió la oferta, sino la demanda. Es una situación rara en todo sentido.

P.: De todas las tecnologías renovables, ¿cuál es la que más aporta hoy?

M.F.: No es lo mismo la que más se desarrolla, que la que más que aporta, y depende de la provincia. Hoy tenemos una potencia instalada, entre los proyectos en operación comercial y en desarrollo, que llega a 6.000 megavatios. De ese total, en operación comercial hay unos 3.500 MW. De ese número, más de 2.000 MW son de energía eólica, que suelen ser proyectos grandes, y el resto se divide en fotovoltaica, bioenergías e hidráulicas. La fotovoltaica está creciendo mucho, sobre todo pequeños proyectos en el NOA y el NEA. En Córdoba, Santa Fe, Entre Ríos, Chaco y Misiones tienen mucho de bioenergías. Y en Patagonia y provincia de Buenos Aires hay eólica. Esto refleja por qué es importante la participación de todas las provincias. Somos un país que tiene recursos diversos y muy buenos para aprovechar.

P.: ¿La Argentina puede ser considerada una potencia mundial de las energías renovables?

M.F.: Tenemos mejores recursos que otros países. Alemania es pionero en algunas tecnologías renovables y tiene un desarrollo espectacular, pero si vemos los recursos naturales, la Argentina tiene mejores recursos que esos países. El tema es poder desarrollarlos. Es un rompecabezas que armar, entre el financiamiento, la parte privada, la pública, los marcos regulatorios. Si miramos los recursos, la Argentina tiene muchísimo potencial.

P.: ¿Qué se puede hacer con los proyectos adjudicados que quedaron a la deriva?

M.F.: Hay situaciones y motivos muy diversos en los proyectos que no caminaron. No podemos meter a todos en la misma bolsa. Hay que relevarlos y ver si es por la pandemia o de antes. Es cuestión de evaluarlos y ver la posibilidad de continuar y los que no sean viables se puede tener esa potencia liberada, y que sea reemplazada por otros proyectos. Los casos son muy distintos. La pandemia encontró a las empresas en una situación muy difícil.

P.: ¿El principal problema siempre es el financiamiento?

M.F.: No es casualidad que una de las mesas de Diálogo Federal es de financiamiento. Es un tema de mucho interés. En el comité de Financiamiento de CADER se hace un relevamiento de los bancos que dan financiamientos y se encontraron distintos organismos, embajadas (la británica) y otras entidades. Lo que hay que hacer es buscar diferentes opciones, abrir el abanico, juntar proyectos, participar en convocatorias internacionales. Muchas veces hasta los bancos no consultan cuál es la demanda del sector, porque ellos están armando líneas de créditos. El financiamiento es algo troncal. Hoy en día existen ofertas y hay oportunidades, cada vez más el financiamiento está orientado en proyectos verdes, y seguirán desarrollándose.

P.: ¿Es un mito que las energías renovables son las más caras del mercado?

M.F.: CADER no va en contra de nadie, vela por el desarrollo de las renovables y la diversificación de la matriz energética. Cuando se mira un precio tiene muchos costos, no es específicamente cuánto sale la generación. Tiene todo un contexto atrás, que a veces no se consideran, que tiene que ver con las externalidades positivas. Por ejemplo, la generación de empleo. Muchos estudios demuestran que las renovables generan tres veces más empleos que el sector fósil o el ahorro de las emisiones del dióxido de carbono. En cuanto a los pasivos ambientales, las renovables utilizan lo que se considera un desecho, y eso aporta a la economía circular, o la visión a largo plazo de la sustentabilidad. Hay muchas cuestiones que deben considerarse e internalizarse en un precio, y no solo en lo económico. También hay beneficios fiscales y subsidios, no es simplemente lo que uno ve reflejado en una factura.

P.: ¿Por qué es importante que Argentina desarrolle energías renovables?

M.F.: Es muy importante, es un cambio de paradigma. Las renovables vienen acompañadas por sustentabilidad y el cumplimiento de objetivos ambientales establecidos en acuerdos internacionales; desarrollo de economías regionales; generación de empleo. Son proyectos de triple impacto: económico, ambiental y social. Es mayor federalización, permite a todas las provincias la posibilidad de desarrollo, de norte a sur y de este a oeste.

Fuente: http://revistanuevasenergias.com/2020/11/05/castagnani-las-energias-renovables-llegaran-a-6-000-megavatios-de-potencia-instalada/
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Energía renovable. Se llegó al récord de generación a través de fuentes limpias

El sábado pasado a las 15:40 de la tarde fue un día histórico para el sector energético: por primera vez se logró que el 22,38% de la demanda eléctrica fuera abastecida por energía renovable Crédito: Gentileza

El sábado pasado a las 15:40 de la tarde fue un día histórico para el sector energético: por primera vez se logró que el 22,38% de la demanda eléctrica fuera abastecida por energía renovable. Esto se dio por un conjunto de factores climáticos que permitieron que la energía eólica y la solar generaran más electricidad que su media, pero también porque entraron al sistema varios parques nuevos en los últimos meses.

A futuro, sin embargo, las perspectivas son negativas, ya que, por la crisis de financiamiento y la incertidumbre de no tener un horizonte claro, hace un año están paralizados la mayoría de los nuevos proyectos.

De todos los tipos de energías limpias, la principal proveedora de electricidad es la eólica, que el sábado representó al 70,89% del total abastecido, con 2051,67 mega watts (MW).Luego le siguieron la solar, con 18,95% del total y 548,53 MW; la hidráulica, con 6,29% y 182 MW, y bioenergías, con 3,86% y 111,8 MW.

Las energías renovables tienen prioridad de despacho; es decir, toda la electricidad que generan entra al sistema y abastece la demanda de forma automática. El resto de la generación necesaria se complementa con la energía térmica, la hidroeléctrica no renovable y la nuclear.

Al día de hoy hay 146 proyectos de energía renovable habilitados comercialmente, que tienen una potencia instalada de 3383 MW. De ese total, en los últimos cuatro años se inauguraron 89 proyectos por 2534 MW, que fueron impulsados por el nuevo marco regularorio Mater (el mercado mayorista donde operan los grandes usuarios) y el programa Renovar.

Cammesa publica de manera regular qué porcentaje promedio del total de la demanda eléctrica es abastecida por energía renovable Crédito: Gentileza

Aun con todos los proyectos nuevos, la generación promedio de energía eléctrica representa un 11% del total de la demanda. Esto es mucho mayor a los menos de 2% que representaba hasta julio de 2018 y al 8% con el que cerró 2019, aunque está por debajo del 12% que se tendría que haber alcanzado el año pasado, según las metas impuestas en la ley 27.191 de energías renovables, aprobada por unanimidad en 2015. El objetivo final es llegar a 20% para 2025.

De total de proyectos renovables, 46 son parques eólicos, que tienen una capacidad instalada de 2205 MW y 31 son solares, con 461 MW. Con respecto de la energía hidráulica, la ley de fomento nacional para el uso de fuentes renovables incluye solo a los proyectos de centrales hidroeléctricas de hasta 50 MW, por lo cual no se toman en cuenta en los registros de renovables las grandes represas como Yacyretá o El Chocón.

Este año se habilitaron comercialmente 22 proyectos nuevos, que tienen una capacidad instalada de 734,8 MW. La última gran incorporación que está en período de pruebas es el parque solar Cauchari, en Jujuy, que tiene una capacidad de 300 MW. También entraron en funcionamiento grandes parques eólicos como Vientos Neuquinos, de la generadora estadounidense AES, y Vientos la Genoveva, de Central Puerto.

El parque Vientos Neuquinos, de la empresa AES, se encuentra operativo en su totalidad desde junio pasado, y cuenta con una capacidad de generación por 100 MW. Crédito: Gentileza

En los próximos dos meses, además, entrarán en funcionamiento 18 proyectos más por 580 MW, que también están haciendo pruebas. Aquí se incluyen el parque eólico Los Teros, de YPF Luz, en la ciudad de Azul, con una capacidad de generación instalada de 122 MW, y la planta Generarbio, que generará energía a partir de biomasa en Santa Rosa, Misiones, de la empresa Papelera Mediterránea, por 12,5 MW.

No comienzan nuevos proyectos desde hace un año

En contraste a todas las inauguraciones de parques renovables de los últimos meses, la realidad del sector es pesimista cuando se mira a futuro. Desde hace un año, luego de las PASO y de la disparada del riesgo país, el inicio de nuevos proyectos quedó paralizado.

Al igual que todas las industrias energéticas, el sector de renovables se caracteriza por ser capital intensivo y, por lo general, al financiamiento hay que buscarlo en el exterior. Con las sucesivas devaluaciones que tuvo la moneda en los últimos dos años, el aumento de la tasa de interés para créditos en la Argentina y las actuales restricciones al comercio exterior, la construcción de nuevos parques se hizo cuesta arriba.

La falta de interlocutores claros en el Gobierno tampoco ayuda a la industria, que trató en un primer momento con la sanjuanina Andrea Polizzotto, quien iba a estar a cargo de la Dirección Nacional de Energías Renovables, pero que al final nunca asumió y se nombró a Guillermo Martín, quien se desempeñaba como Subgerente Operativo Regional Patagonia en el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI). Ahora, con la llegada de un nuevo secretario de Energía, su continuidad está en duda.

Hay 31 parques solares en país, con una capacidad de generación instalada de 461 MW Crédito: Gentileza

«La situación está paralizada. Por falta de financiamiento, hoy no hay ningún proyecto nuevo comenzado, salvo algunos que ya tenían el financiamiento cerrado que siguen su curso. Al momento, el Gobierno no sacó una resolución considerando la problemática macroeconómica, para ver cómo se pueden dar de baja los contratos sin aplicar multas o que se avancen con ejecuciones. Solamente suspendió los plazos de los contratos desde el 12 de marzo, lo que solo sirve como un paliativo momentáneo», dice Juan Cruz Azzarri, socio de MHR Abogados.

El viernes pasado, mediante una resolución firmada por Osvaldo Arrúa, subsecretario de Energía Eléctrica, se prorrogó hasta el 15 de noviembre la suspensión temporal del cómputo de plazos correspondientes a la ejecución de los contratos y la intimación por incumplimiento de las fechas programas de avance de obras.

«La gran discusión que hay que dar es qué se hará con esos proyectos que no se llevarán a cabo por falta de financiamiento, que representan 2000 MW. Cada uno de ellos fue asignado con una capacidad de transporte, que es el gran cuello de botella. Mientras que no se den de baja, no se van a poder reasignar nuevos proyectos, porque tienen que tener asegurado que se pueda evacuar la energía», explicó Gustavo Castagnino, director de asuntos corporativos de Genneia, la empresa que tiene siete parques eólicos y uno solar en funcionamiento, y está por terminar de construir tres más.

Algunos analistas recomiendan dar un incentivo a los operadores de esos proyectos que no avanzaron para dejarlos ir y que se den de baja los contratos con una penalidad menor, ya que para el Estado será complicado ejecutar las garantías.

René Vaca Guzmán, director de PCR, señala que para la construcción de los dos parques eólicos que tiene la empresa por 326 MW se invirtieron US$400 millones. «La clave pasa por el financiamiento. El Gobierno está cumpliendo con los pagos, pero están demorados los incentivos de la ley, como la devolución de IVA y el bono fiscal por utilizar componente nacional. El gobierno anterior tampoco los estaba pagando, porque el Estado no tiene un peso. Esto seguirá todo frenado», concluyó el también presidente de la Cámara Eólica Argentina..

 

 

 

Fuente: https://noticiasporelmundo.com/argentina/energia-renovable-se-llego-al-record-de-generacion-a-traves-de-fuentes-limpias-noticias-argentina/

 

 

 

 

 

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CADER presentará nuevas propuestas de desarrollo de energías renovables a la Secretaría de Energía de Argentina

En un clima de colaboración y de manera presencial, CADER y la Secretaría de Energía de Argentina han mantenido una reunión para compartir la importancia de diversificar la matriz energética con fuentes limpias. Representada por el presidente de la organización, Santiago Sajaroff, y acompañado del vicepresidente Juan Manuel Alfonsín, el vocal Oscar Balestro y el presidente del Comité de Energía Solar Fotovoltaica, Marcelo Álvarez, CADER y Sergio Lanziani, titular de la Secretaría de Energía, analizaron el presente y futuro de las energías renovables en Argentina.

Las entidades buscaron sentar las bases para conformar una “agenda de trabajo 2020” con el propósito de promover el sector. Sobre dicha reunión, Santiago Sajaroff declaró que “Hubo coincidencia en trabajar la planificación del sistema de transporte de energía eléctrica en alta tensión, un aspecto que consideramos fundamental e imprescindible para aumentar la participación de fuentes renovables de generación hacia futuro”.

En este sentido, el titular de CADER, remarcó que “Coincidimos en las posibilidades de desarrollo de las energías renovables basadas en la disponibilidad de recursos que tiene el país, el impacto positivo de los sectores industriales y de las economías locales”. Por ello, también anunció que “Vamos a presentar ideas y propuestas a la Secretaría de Energía en línea con los temas que se trabajaron en la reunión”, para lo que la institución ya está convocando a sus más de 120 socios para sintetizar los requerimientos.

La organización planteó la “necesidad potenciar la generación distribuida en las provincias, así como iniciativas vinculadas a las bioenergías, centrales mini-hidroeléctricas, y la energía solar térmica. Esto, además de implementar estrategias para la construcción de proyectos de mayor escala que incluyen a la tecnología eólica”.

Actualmente, Argentina cuenta con 3.224 megavatios de potencia renovable instalada, de la cual 2.099 MW son eólicos, 496 mini-hidráulicos, 459 fotovoltaicos, y 170 correspondientes a proyectos de biomasa y biogás, según afirma el comunicado de CADER.

De acuerdo con los datos de la Secretaría de Energía de la Nación respecto al segmento de Generación Distribuida, existen 500 proyectos solicitados en el marco de la Ley 27.424, que suman 5.536 kW, con reserva de potencia aprobada. De ese total, 148 proyectos completaron la instalación y se convirtieron en Usuarios-Generadores, por lo que ya se encuentran inyectando energía limpia a la red de electricidad.

 

 

Fuente: https://www.pv-magazine-latam.com/2020/07/01/cader-presentara-nuevas-propuestas-de-desarrollo-de-energias-renovables-a-la-secretaria-de-energia-de-argentina/

 

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Hay esperanza después del COVID-19 inversiones en energías renovables, edificios inteligentes y transporte público sostenible.

El mundo logrará con optimismo, disciplina y responsabilidad salir de la pandemia del COVID-19 y tendremos que valorar todavía más la importancia de trabajar juntos en tener un medio ambiente sostenible.

La pandemia de #COVID-19 no es excusa para relajar medidas ambientales, señaló David Boyd, relator especial de la ONU sobre derechos humanos y medio ambiente. El programa ONU Medio Ambiente destaca que a medida que los motores del crecimiento comiencen a acelerarse en la pospandemia de #COVID-19, debe surgir una nueva economía que promueva: Empleos verdes, Crecimiento verde y un  estilo de vida sostenible.

Un reporte de Energía Limpia XXI destaca que  para la Agencia de Naciones Unidas se plantea un nuevo escenario mundial pospandemia, en el que hay gran oportunidad de cambios sistémicos en torno a paquetes de estímulo económico para infraestructura en áreas como: Inversiones en energías renovables, Edificios inteligentes, Transporte público sostenible.

El más reciente informe de Estadisticas de Capacidad Renovable 2020 de la Agencia Internacional de Energías Renovables (IRENA) destaca que la capacidad de generación de energía renovable aumentó en 176 GW (+ 7,4%) en 2019.  El futuro es promisorio y hay luz al final del túnel.

 

Fuente: https://energialimpiaparatodos.com/2020/04/20/hay-esperanza-despues-del-covid-19-inversiones-en-energias-renovables-edificios-inteligentes-y-transporte-publico-sostenible/

 

 

 

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Argentina oficializa nueva subasta de Energias Renovables para Contratos con Grandes Consumidores

Según la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico (CAMMESA), el 31 de marzo se lanzará la primera subasta del MATER de este año.

el Gobierno de Alberto Fernández tenía en sus planes continuar con el cronograma de licitaciones trimestrales que inició la gestión anterior a fines del 2017.

De acuerdo al cronograma de CAMMESA para esta nueva subasta, el día 4 de mayo se asignará prioridad de despacho a aquellos proyectos de energías renovables que resulten ganadores .

14 días después, el 18 de mayo, los adjudicatarios deberán presentar la caución para validar su asignación correspondiente.

Pero una gran incógnita que se abre es si habrá finalmente asignaciones. Desde que se desató la crisis financiera en Argentina sobre finales del 2018, donde el riesgo país pasó de 600 puntos básicos en julio a más de 800 en diciembre, las convocatorias del MATER quedaron vacantes.

Es decir, seis subastas consecutivas quedaron sin asignaciones. Sólo en los primeros cuatro certámenes hubo ganadores, donde se adjudicaron 22 proyectos eólicos y 26 solares fotovoltaicos (48 en total) por 1.153,6 MW.

Actualmente el riesgo país argentino supera los 2.800 puntos básicos. La cifra (que ya superaba los 2.000 puntos) aumentó debido a la crisis financiera mundial que se desató este lunes y que tuvo como protagonistas a la fuerte disminución del precio internacional del petróleo y al Coronavirus.

Según pudo averiguar Energía Estratégica, hay empresas interesadas en participar bajo estas condiciones, aunque no es seguro que lo hagan.

Contratos estables

Hasta diciembre del 2019, la reguladora del mercado eléctrico, CAMMESA, registró 17 centrales de energías renovables del MATER en funcionamiento, dispuestas para celebrar contratos de abastecimiento de energía eléctrica (PPA, por sus siglas en inglés) con usuarios del sector privado.

De estás, 13 centrales de energías renovables (10 eólicos y 3 solares fotovoltaicas) ya habían cerrado contratos con Grandes Usuarios (industrias y empresas). Se trata de 697 acuerdos entre partes, por 1.142.062 MWh.

Fuente: https://www.runrunenergetico.com/argentina-oficializa-nueva-subasta-de-energias-renovables-para-contratos-con-grandes-consumidores/

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Incertidumbre y falta de fondos: el sector de energías renovables enfrenta un complejo panorama en la Argentina

El sector de energías renovables se encuentra semiparalizado a la espera del resultado de la reestructuración de la deuda soberana y a que el gobierno nacional anuncie medidas para los proyectos que aún no han iniciado las obras. Así lo señalan las principales empresas del rubro, y las cámaras que nuclean a las generadoras y proveedores.

Según cálculos realizados por Energía On, están sin construirse el 36% (1,89 GW) de los 5,02 GW correspondientes a parques solares y eólicos que fueron adjudicados con contratos en las distintas licitaciones organizadas por la administración del expresidente Mauricio Macri y los que recibieron prioridad de despacho en las rondas realizadas por la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico SA (Cammesa).

“Hoy hay aproximadamente 1.500 MW de proyectos, para todas las tecnologías renovables, cuyos sponsors encuentran dificultades – mayormente dado el contexto macroeconómico y de restricciones al financiamiento actuales – para concretarlos bajo los plazos comprometidos en los contratos suscriptos con Cammesa”, afirma la Cámara Eólica Argentina (CEA) en un documento que presentó a las autoridades nacionales publicado en el sitio Rionegro.com.ar

Las necesidades para las obras alcanzan los 2.200 millones de dólares, pero las restricciones cambiarias y la expectativa sobre lo que pueda ocurrir con la reestructuración de la deuda cerraron el acceso al crédito, incluso a quienes ya los tienen aprobados, señalan desde el sector.

Un problema similar están teniendo quienes se encuentran en un proceso avanzado de fondeo o con préstamos aprobados, ya que los bancos decidieron frenar las negociaciones o los desembolsos por la crisis local y la falta de claridad sobre las medidas que tomará el gobierno para el sector, afirman desde las empresas.

Parque Eólico Arauco es uno de estos casos ya que BNP Paribas, BID Invest, BICE y Siemens Financial Services paralizaron créditos por 150 millones de dólares para respaldar las obras de Parque Arauco I y II. Como el dinero no llegó, tuvo que terminarlo con lo que obtuvo con la colocación de un bono internacional de la provincia de La Rioja y su propia caja.

Algo parecido atraviesa Scatec Solar y Equinor, ya que la Corporación Financiera Internacional (CFI) paralizó las conversaciones por un crédito de 77 millones de dólares para levantar la planta fotovoltaica Guañizuil II hasta que no haya un panorama claro de lo que ocurrirá con la deuda argentina. En un escenario similar se encuentra Envision, a quien el IDB Invest y el BICE le anunciaron que frenaban las negociaciones por los préstamos para desarrollar dos eólicos, de 175 MW, por la misma razón.

Lo mismo le ocurrió a Petroquímica Comodoro Rivadavia que esperaba financiar el desarrollo de El Mataco y San Jorge con un crédito de 200 millones de dólares del US International Development Finance Corporation (DFC) y el Citibank, pero el banco de desarrollo estadounidense suspendió las conversaciones.

Eoliasur se encuentra en un estadío similar, tiene frenado un crédito de 85 millones de dólares ya aprobado de KfW Ipex, FMO y DEG para desarrollar los proyectos eólicos Vientos Fray Güen y Santa Teresita, por las mismas razones.

La definición de la deuda será clave para definir el futuro del sector que atraviesa una fuerte crisis.

 

Fuente: https://www.iproup.com/innovacion/11358-incertidumbre-y-falta-de-fondos-el-sector-de-energias-renovables-enfrenta-un-complejo-panorama-en-la-argentina

 

 

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Renovables. Terminó la época de oro del sector estrella de los últimos años

El boom que tuvo el sector de energías renovables en los últimos años comenzó a perder dinamismo tras la disparada del riesgo país y la crisis financiera. Para los próximos meses, los analistas estiman que no se iniciarán nuevos proyectos, aunque se inaugurarán varios parques eólicos que ya contaban con el financiamiento previo al encarecimiento del crédito.

Al igual que todas las industrias energéticas, el sector de renovables se caracteriza por ser capital intensivo y, por lo general, al financiamiento hay que buscarlo en el exterior. Con las sucesivas devaluaciones que tuvo la moneda en los últimos dos años, sumado a la incertidumbre macro que disparó el riesgo país, el crédito se volvió inaccesible para las pequeñas empresas que habían obtenido las adjudicaciones en las sucesivas rondas Renovar.

Los grandes actores de la industria-como Genneia, YPF Luz, Pampa Energía, Arauco, entre otros- mantienen sus planes de avance de obras, pero no hay en carpeta nuevos proyectos, al menos que logren conseguir capacidad de transporte para volcar esa energía a la red o una empresa que compre la electricidad en el mercado a término (Mater, el mercado mayorista donde operan los grandes usuarios).

Hay otro factor que demorará la construcción de nuevos parques: debido a la contracción en la actividad económica, la demanda de electricidad cayó de 135,2 teravatio-hora (TWh) en 2015, a 132,4 TWh el año pasado, según datos de la Secretaría de Energía. Por lo tanto, todavía no hay necesidad de generar más energía.

“Hay algunos proyectos que siguen avanzando con financiamiento que ya tenían autorizados con antelación. Generalmente son préstamos que otorgaron bancos de desarrollo y organismos multilaterales, que no se caen por más miedo que genere un gobierno. En relación con los proyectos que están más demorados, creo el Gobierno va a tratar de encontrar una forma para que puedan ser ejecutados. Seguramente toleren ciertos incumplimientos, alargando los plazos de construcción sin ejecutar las garantías, contextualizado en la problemática macro argentina”, indicó Juan Cruz Azzarri, socio del estudio jurídico Martínez de Hoz & Rueda (MHR).

“De proyectos nuevos, no veo a la Argentina incentivando otras licitaciones, porque hay energía en abundancia en una economía que no está activada, lo que resulta en una sobrecapacidad de generación”, agregó el analista.

Del total de la oferta de electricidad en 2019, un 59% provino de fuente térmica; 28% de hidráulica; 7% de renovables, y 6% de nuclear. Si bien el 7% quedó lejos del objetivo de 12% al que se tendría que haber llegado el año pasado -según las metas establecidas en la ley 26.190 para fomentar el uso de fuentes renovables-, se trata de un avance importante en relación con el 2% que representaban las energías verdes en 2015.

“Este gobierno le dará mucho menos impulso a las energías renovables de lo que fue la administración anterior porque el financiamiento es más limitado. Creo que serán más pragmáticos, ya que salvo algunos proyectos que son viables por las condiciones del sol y del viento, los demás requieren financiación y subsidios, y la caja es muy limitada. Se va a priorizar a un sector que tiene mucho más potencial de traer divisas como es la producción no convencional de Vaca Muerta. Obviamente que por las metas de la ley, la necesidad de comprar energía renovable por parte de las empresas seguirá existiendo, pero será menor que durante el último gobierno”, opinó Diego García, socio de Bain & Company.

Las empresas todavía están a la expectativa de qué relevancia se le dará al sector. Para ello, están esperando saber si la cartera de renovables será una dirección o pasará a ser una subsecretaría. Quién ocupará esta dependencia será la sanjuanina Andrea Polizzotto, nombrada a cargo de la (todavía) Dirección Nacional de Generación Hidroeléctrica y Energías Renovables. En su perfil de Twitter se describe como “Abogada. Mediadora. Directora Radio Estación Minera Fm 95.9. Asesora Legal Aaetav [Asociación Argentina de Ecoturismo y Turismo Aventura]”.

“Tiene un buen perfil, es del entorno del gobernador Sergio Uñac, y San Juan es una de las provincias que mejor trabajó con renovables. Por ese lado nos tranquiliza, tenemos reunión con ella en los próximos días”, dijeron en off en una empresa que espera señales para poder definir sus prioridades de inversión.

 

Fuente: https://www.lanacion.com.ar/economia/renovables-el-sector-estrella-era-macri-costara-nid2321493

 

 

 

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Empresas de energía renovable no pueden firmar contratos de la “Ronda 3” por falta de financiamiento

La Cámara Argentina de Energías Renovables (CADER) reclamó este martes al Gobierno que postergue la firma de los contratos de la “Ronda 3” del Programa RenovAr, ya que las empresas beneficiadas tienen dificultades para acceder al financiamiento de las inversiones.

En la subasta “Ronda 3” se adjudicaron 38 proyectos, por 259,08 MW de potencia, que representan inversiones por más de u$s368 millones.

En una nota que envió a la Subsecretaría de Energías Renovables y Eficiencia Energética, la entidad empresaria sostuvo que “el reciente cambio de contexto en la Argentina ha tenido un impacto adverso en la estabilidad de los factores macroeconómicos y, entre otras circunstancias, ha llevado a la implementación de medidas de control de cambio, afectando directamente el proceso de cierre financiero de los proyectos”.

“Actualmente, entidades financieras locales e internacionales claves para el sector de las energías limpias han tomado la decisión de detener todo tipo de avance en la evaluación de solicitudes de financiamiento, e incluso en el desembolso de montos previamente autorizados a algunos proyectos, todo ello como consecuencia de la incertidumbre”, añadió.

Por ese motivo, CADER solicitó la prórroga de la fecha límite de firma del Contrato de Abastecimiento, prevista para mediados de 2020, “y consecuentemente también se prorrogue la fecha comprometida de habilitación comercial hasta tanto se supere el actual contexto financiero”.

La Ronda 3 del Programa RenovAr se trata de 10 emprendimientos eólicos, por 128,7 MW; 13 solares fotovoltaicos, por 96,75 MW; 2 plantas de biomasa, por 8,5 MW; 6 de biogás, por 12,75 MW; uno de Biogás de Relleno Sanitario y 6 proyectos de Pequeños Aprovechamiento Hidroeléctricos, por 7,38 MW. En total, se generará energía eléctrica para abastecer a 250 mil hogares.

Fuente: https://www.ambito.com/economia/energias-renovables/empresas-energia-renovable-no-pueden-firmar-contratos-la-ronda-3-falta-financiamiento-n5069040

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Avanza la construcción de una nueva central de energía renovable en Corrientes

Según datos de la Subsecretaría de Energías Renovables, la participación de estas energías en el cubrimiento de la demanda eléctrica nacional pasó de representar un 2,2% en 2016 a un 7,9% en septiembre del año en curso. El objetivo fijado por la ley 27.191 para 2025 es alcanzar un 20% de los MW necesarios para proveer al sistema eléctrico argentino.

En este contexto, el proyecto de la Central Térmica San Alonso -la segunda planta de generación de energía eléctrica a partir de biomasa forestal de Grupo Insud-, continúa avanzando en la etapa de construcción y adquisición de maquinaria, con el objetivo de entrar en operaciones en los primeros meses de 2021.

La Central Térmica San Alonso es uno de los 88 proyectos adjudicados del programa RenovAR 2, impulsado por el Gobierno Nacional con el objetivo de diversificar la matriz energética del país para promover la seguridad de suministro y el cuidado ambiental.

Actualmente, acaba de finalizar la obra civil del turbogenerador y se encuentran en proceso la obra civil de la torre de enfriamiento, la caldera y la estación transformadora. En paralelo, se encuentra próxima la entrega del turbogenerador Siemens y se están fabricando parte de los equipos necesarios para continuar con los tiempos planificados.

La central, ubicada en Gobernador Virasoro, Corrientes, producirá 37 MW de energía eléctrica para el Sistema Interconectado Nacional a partir de biomasa forestal. Al igual que FRESA, Central Térmica San Alonso se abastecerá de los subproductos de la cosecha y la industria forestal, como chips, cortezas y aserrín, que en la actualidad no tienen un uso industrial. La utilización de estos materiales evitará incendios y reducirá las emisiones de gases producidos por la descomposición de este material orgánico.

 Según lo informado por el Ministerio de Energía de la Nación, el programa RenovAr lleva a la fecha 147 proyectos adjudicados en 21 provincias por un total de 4.466 MW

Para el desarrollo del proyecto, Grupo Insud recibió financiamiento por USD 30 millones de Banco Galicia, el primer bono verde local de una entidad financiera, suscripto íntegramente por International Finance Corporation (IFC). Este préstamo corresponde a esa línea de financiamiento, orientada a impulsar proyectos que ayuden a mitigar el cambio climático.

Fuente: https://www.infobae.com/inhouse/2019/12/03/avanza-la-construccion-de-una-nueva-central-de-energia-renovable-en-corrientes/

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Por el cepo, piden prorrogar proyectos de energías renovables

La Cámara Argentina de Energías Renovables (CADER) solicitó a la Subsecretaría de Energías Renovables y Eficiencia Energética mayor tiempo para realizar las inversiones adjudicadas en la licitación “Ronda 3” del Programa RenovAr, a raíz de las modificaciones en el acceso al financiamiento que suscitaron en los últimos tiempos.

“Actualmente, entidades financieras locales e internacionales claves para el sector de las energías limpias han tomado la decisión de detener todo tipo de avance en la evaluación de solicitudes de financiamiento, e incluso en el desembolso de montos previamente autorizados a algunos proyectos, todo ello como consecuencia de la incertidumbre que genera el nuevo contexto descrito anteriormente”, aseguraron desde la entidad.

Y agregaron: “Por todo esto, mediante la presente solicitamos a las autoridades tengan a bien considerar la prórroga de la fecha límite de firma del Contrato de Abastecimiento, y consecuentemente también se prorrogue la fecha comprometida de habilitación comercial hasta tanto se supere el actual contexto financiero”.

En la subasta “Ronda 3” del Programa RenovAr se adjudicaron 38 proyectos, por 259,08 MW de potencia.

En suma, se trata de 10 emprendimientos eólicos, por 128,7 MW; 13 solares fotovoltaicos, por 96,75 MW; 2 plantas de biomasa, por 8,5 MW; 6 de biogás, por 12,75 MW; uno de Biogás de Relleno Sanitario y 6 proyectos de Pequeños Aprovechamiento Hidroeléctricos, por 7,38 MW.

En Santa Fe hay 3 de ellos. Dos de biogás: CT Adecoagro Energía y CT Biogás  Venado Tuerto II (de Seeds Energy Group); y uno fotovoltaico: PS Calchaquí (de Albares Energía).

Estos emprendimientos representan inversiones por más de USD 368 millones y generarán aproximadamente más de 1.000 nuevos empleos entre la construcción y operación y mantenimiento de las plantas. En total, la Ronda 3 generará energía eléctrica para abastecer a 250.000 hogares.

 

 

Fuente: https://www.on24.com.ar/negocios/por-el-cepo-piden-prorrogar-proyectos-de-energias-renovables/

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Proponen el trabajo local para energías renovables

La Cámara Argentina de Energías Renovables (Cader) planteó la necesidad de establecer políticas de Estado que permitan aspirar, en el mediano plazo, a tener más del 50% de integración local de los componentes requeridos en cada tecnología, aportando al entramado productivo y trabajo local.

La entidad elaboró un documento de trabajo que plantea la necesidad de establecer políticas de Estado para el sector de las energías renovables, que diversifiquen la matriz local, contribuyendo a la reducción de costos del sistema y creando empleo en las economías regionales.

La premisa de “incentivar el entramado productivo y trabajo local” debe ir acompañada no sólo de condiciones regulatorias, sino también de financiamiento e incentivos para que la industria local pueda crecer y competir con la internacional, manteniendo niveles de eficiencia necesarios para asegurar la competitividad de la propuesta local.

En las sucesivas rondas del programa licitatorio Renovar, se ha incrementado la oferta del componente local, aunque la modalidad para certificarlo “debe ser más simple y ágil”, por lo que “las principales barreras a remover para el desarrollo industrial local son el financiamiento y la previsión de median plazo para las inversiones productivas”.

El Régimen de Fomento Nacional para el Uso de Fuentes Renovables de Energía destinada a la Producción de Energía Eléctrica Ley Nº 27.191 (“Ley 27.191”) establece una curva de cotas mínimas que finaliza en el 2025, pero Cader destaca que “las inversiones productivas necesitan plazos de certidumbre más largos, a fin de permitir su amortización”.

“Deben identificarse los nichos donde la industria local puede competir y hacerlo de manera sostenida y con expectativas razonables de éxito” asevera el trabajo, al admitir que “es poco probable que, en algunos componentes de las cadenas de valor de cada tecnología, Argentina tenga alguna opción para lograrlo”.

En otros casos, con una adecuada política de desarrollo productivo que incorpore agregado de valor e incentivos acordes a cada caso, “Argentina podría no sólo autoabastecerse de esos componentes sino exportarlos para el resto de la región, en condiciones eficientes y competitivas globalmente”.

8% de la generación de electricidad

es renovable en el país. La capacidad de producir kilovatios a partir de la luz del sol y el viento creció el 227 %, desde enero de 2016. Hay 57 nuevos proyectos de energías renovables en el parque generador, por una potencia instalada de 1.714 megavatios.

Dependencia tecnológica

Como en el caso de la industria automotriz actual, “no estamos ni estaremos en el futuro cercano- en condiciones de ser competitivos con integración vertical local, pero podemos aspirar a tener más del 50% de integración local, dependiendo de cada tecnología, en el mediano a largo plazo”, planteó la entidad. En el caso de establecer nuevos incentivos “será indispensable controlar la correcta evolución de productividad e inversión de los actores implicados para evitar que den lugar a escenarios de renta extraordinaria del empresariado, que no cumpla con su parte del compromiso”, admitió.

 

Fuente: https://www.ellitoral.com/index.php/diarios/2019/10/27/economia1/ECON-01.html

 

 

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Las energías renovables cubrieron 7,9 % de la demanda de electricidad

En septiembre último, las llamadas energías renovables cubrieron 7,9 % de la demanda, un récord del sector que fundamentalmente aprovecha la fuerza motriz del viento y la luz del Sol para producir kilovatios.

Con el objetivo de alcanzar el 12% determinado por ley para fin de año, las usinas eólicas y fotovoltaicas aumentaron su número y su producción a partir de políticas públicas nacionales que aportó condiciones financieras ventajosas (ver aparte) y de 15 provincias argentinas que identificaron y avanzaron con sus propios proyectos, entre ellas Santa Fe.

Un informe de la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico (Cammesa) explica que en la oferta de fuentes renovables, las empresas generadoras con tecnología eólica pasaron de 453 gigavatios (GWh) en agosto a 533 GWh en septiembre, es decir un 18 % más. Y que también tuvo su aporte el desempeño de la energía de fuente solar fotovoltaica, que pasó de 67 GWh en agosto a 86 GWh en septiembre, lo que representa un 28 % de aumento en la producción.

El informe detalló que durante agosto, la energía proveniente de fuentes renovables había alcanzado a cubrir el 6 % de la demanda eléctrica total, por lo cual el incremento intermensual permite anticipar que el sector podría alcanzar la meta de 12 % de cobertura de la demanda hacia fines de este año, de mantenerse la actual tendencia.

Además, Cammesa resaltó que la generación de energía renovable aumentó un 18 % en septiembre respecto del mes anterior, ya que la producción llegó a los 810 GWh contra los 683 GWh de agosto.

Evolución

La Subsecretaría de Energías Renovables destacó que en el desglose por tecnología, el 5,2 % de la energía total generada en septiembre fue de fuente eólica, 1,3 % de aprovechamientos hidráulicos, 0,8 % fotovoltaica y 0,6 % bioenergías.

Además, explicó que durante agosto y septiembre entraron en operación comercial 9 nuevos proyectos de energías renovables por 253 megavatios (Mw) de potencia instalada, de los cuales 4 son eólicos por 231 Mw, 3 solares por 17 Mw y 2 de bioenergías por 5 Mw.

El dato saliente es que en comparación con enero 2016, cuando recién había asumido Mauricio Macri como presidente, la generación de energía eléctrica de fuentes renovables aumentó en un 227 %: de 248 GWh en ese momento pasó a generar 810 GWh en septiembre de este año.

Esto se vio reflejado en la participación de las renovables en el cubrimiento de la demanda eléctrica, que pasó de representar el 2,2 % al 7,9 % actual.

Obviamente, en un país cuya matriz energética es fuertemente dependiente del gas natural (en especial para la generación de energía eléctrica) cada gigavatio que se genera con fuentes renovables o verdes se ahorra en el uso del gas natural, que así se libera para su aprovechamiento en las industrias, los hogares o su exportación.

Promoción pública e iniciativa privada

Este desempeño creciente de las renovables se explica en la incorporación, desde 2016, de 57 nuevos proyectos de energías renovables al parque generador, por una potencia instalada de 1.714 Mw.

Si se discrimina por tecnología se trata de 24 nuevos parques eólicos por 1.242 Mw de potencia instalada, 20 nuevos parques solares por 427 Mw de potencia, 12 nuevas centrales de bioenergías (biomasa, biogás y biogás de relleno sanitario) por 38 Mw de potencia 1 pequeño aprovechamiento hidroeléctrico de 7 Mw.

En términos generales, el reporte de Cammesa precisó que la demanda de septiembre presentó un crecimiento del 4,3 %, al alcanzar los 10.212 GWh para este mes contra 9.792 GWh para el mismo período de año anterior.

Tanto los consumos chicos como la gran demanda aumentaron, debido a que la demanda de distribución creció un 4,7 %, y la gran demanda (GU compra directa al MEM) subió 2,8 % respecto al mismo mes del año anterior.

La participación de la importación a la hora de satisfacer la demanda sigue siendo baja, ya que se importó 70 GWh para septiembre 2019, prácticamente de origen renovable o excedentes hidráulicos, concluyó el informe.

Con 7,9 % en septiembre, la participación de las energías renovables en la producción de energía eléctrica es mayor a toda la demanda del cuarto mercado eléctrico del país: Córdoba, que en el mismo mes tuvo una participación del 7,42 %.

Cabe recordar que el primer mercado de distribución es el que concentra a la ciudad de Buenos y Aires y su conurbano (38,49 %), el resto de la provincia de Buenos Aires (11,55 %) y en tercer lugar se ubica Santa Fe con el 9,15 %.

Si el plan nacional de promoción del sector fotovoltaico y eólico se cumple para fin de año se cubrirá un 12 % del total de la demanda argentina, es decir, lo mismo que necesitan los bonaerenses (sin contar el conurbano).

Los proyectos RenovAr

La garantía contratada por el Fondo para el Desarrollo de las Energías Renovables (Foder), para respaldar los pagos por energía contratada que deba realizar la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico (Cammesa), fue suscripta para brindar certeza a los proyectos que fueron adjudicados en el plan del gobierno nacional, llamado RenovAr (Ronda 3 MiniRen).

La Secretaría de Energía del Ministerio de Hacienda informó hoy que esta garantía, contratada al Banco de Inversión y Comercio Exterior (Bice) y al Banco de la Nación Argentina, es por un monto de casi U$S 23 millones.

La garantía habilita de esta manera a que se comiencen a firmar los contratos de abastecimiento (PPAs) entre Cammesa y las empresas adjudicatarias de los proyectos de generación de energía renovable de Renovar Ronda 3, así como también los acuerdos de adhesión al Foder.

Mediante la convocatoria de MiniRen – Ronda 3 de RenovAr, se adjudicaron 38 proyectos de energías renovables por una potencia instalada de 259,08 Mw.

Otros 6 proyectos por una potencia de 14,95 MW que no fueron adjudicados, pero sí calificados técnicamente, manifestaron su intención de celebrar Contratos de Abastecimiento de Energía Eléctrica Renovable por el precio mínimo adjudicado según la tecnología.

Esta iniciativa busca incorporar proyectos de energías renovables que, a diferencia de las rondas anteriores, se conectarán a las redes de media tensión de las distribuidoras, en lugares donde es necesario agregar potencia.

154 proyectos de energías renovables están en desarrollo en todo el país.

4.991 megavatios de potencia se van a generar con las iniciativas en marcha.

7.500 millones de dólares es la inversión puesta en generación eólica y fotovoltaica.

9.200 puestos de trabajo se crearon con la construcción y operación y mantenimiento de las usinas con energías renovables.

Fuente: http://revistanuevasenergias.com/2019/10/25/las-energias-renovables-cubrieron-79-de-la-demanda-de-electricidad/
Información de Mercado

Solo el 4% de las grandes empresas argentinas usa energía renovable

Hoy día ya no basta con el rendimiento económico para triunfar en el sector privado. Ahora también se pide a las empresas un compromiso activo en lo que respecta a políticas sociales y ambientales.

Sin embargo, a pesar de que en julio de este año se declaró en la Argentina el estado de “emergencia climática y ecológica”, los empresarios locales aún no han encontrado la forma de reestructurar sus economías de manera tal que no perjudiquen al medioambiente.

En el primer reporte del Índice de Triple Impacto, realizado por Sistema B y Deloitte, se midió el accionar de 2172 empresas del país de cara a la crisis climática. Las organizaron por sectores económicos (manufactura, agroindustria, comercio, tmt, servicios con impacto ambiental significativo y servicios con bajo impacto ambiental) y las dividieron en empresas chicas (menos de 250 empleados) y medianas o grandes (más de 250 trabajadores).

Las cifras que encontraron resultaron alarmantes, principalmente entre las grandes empresas. Hallaron que solo el 4% de ellas utiliza energía renovable de bajo impacto, en comparación a un 19% de empresas chicas.

“Entendemos que los cambios en las pequeñas empresas resultan más sencillos porque ya fueron creadas con estos valores y pensamientos modernos, pero también son las grandes las que tienen mayor incidencia en el clima”, explicó Paula Mantel Amari, gerente de Deloitte Argentina, en la presentación del Índice.

Por otra parte, solo el 20% de las más grandes adoptó alguna práctica para minimizar el impacto ambiental del transporte en su cadena de suministro y distribución, mientras que en las micro pequeñas el resultado es del 56%. Finalmente, el 26% de las medianas grandes declaró haber haber adquirido equipos ecológicos en los últimos dos años, en comparación al 63% de las micro.

Si bien se tuvieron en cuenta otros indicadores, cómo la reducción del impacto de los traslados, la gestión ambiental del transporte, el monitoreo de emisiones atmosféricas y la intensidad de emisiones de carbono, en ningún caso las empresas lograron llegar al impacto deseado.

Sofía Isasmendi, integrante del equipo de Sistema B Argentina, incentivó a que estas cifras sean un incentivo para los empresarios: “No terminamos de entender lo fundamental que son estas temáticas, independientemente del sector o industria que te atañe. Las empresas generan un impacto genuino en el desarrollo sustentable y ojalá que a partir de los resultados medidos se generen conversaciones que son necesarias”.

En la misma línea, Alfredo Pagano, socio de Deloitte afirmó: “Esta iniciativa pretende acercar información que brinde un marco de referencia para delinear acciones que mejoren el impacto de las organizaciones, que sea una fuente de inspiración y las impulse a pasar a la acción”.

Otros de los rubros medidos y presentados, consideraros cómo transversales, fueron “Ética y Transparencia” y “Diversidad e Igualdad de oportunidades”. Con estos calibres, llegaron a empresas que “nunca antes habían medido su impacto económico, social y ambiental”.

“Nuestro sueño es que los sucesivos reportes sean comparables para mostrar en el tiempo la evolución del sector empresarial argentino hacia prácticas y modelos de negocio de Triple Impacto. Sin duda el desarrollo de un país más próspero, sostenible, resiliente, e inclusivo es un trabajo que va a tener que involucrarnos a todos”, afirmó Alejo Cantón,Presidente Consejo Empresario Sistema B Argentina.

 

 

 

Fuente:  https://www.lanacion.com.ar/comunidad/solo-4-grandes-empresas-argentinas-usa-energia-nid2300261

 

 

 

Información de Mercado

En Argentina, ya funcionan 51 proyectos de energía renovable

Luego de la sanción de la Ley 27.191, hace tres años, al fomento de fuentes renovables, aumentan las operaciones bioenergéticas en el país.

La transición energética está en marcha en Argentina. Este fin de semana, con el inicio de operaciones de otros dos proyectos, adjudicados mediante los programas RenovAr, alcanzaron a 51 los proyectos en marcha asociadas a energías renovables en el país, difundió la Secretaría de Energía.

En Tucumán, la central térmica Biogás Citrusvil, adjudicada durante la Ronda 2, y el Parque Solar Pasip, en Mendoza, parte de la Ronda 1.5, son los dos casos antedichos.

Actualmente, de los 51, 37 proyectos coresponden al Programa RenovAr y 14 al MaTER, y según su tecnología, se distribuyen de la siguiente forma:

  • 20 proyectos de tecnología eólica.
  • 18 proyectos de tecnología solar fotovoltaica.
  • 12 proyectos de bioenergías (7 biogás, 4 de biomasa y 1 de biogás de relleno sanitario).
  • 1 proyectos de tecnología pequeño aprovechamiento hidroeléctrico.

Finalmente, añade la Secretaría hay 154 proyectos en marcha entre los que están en plena acción comercial y los que están en plena construcción, lo que que representan 4.991 megawatt de energía, con una inversión estimada de casi 7.500 millones de dólares.

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Fuente:  https://www.infocampo.com.ar/en-argentina-ya-funcionan-51-proyectos-de-energia-renovable/

 

 

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El Gobierno adjudicó 38 nuevos proyectos de energías renovables en 12 provincias

El Gobierno adjudicó 38 nuevos proyectos de energías renovables, en el marco de la Ronda 3 del Programa RenovAr. “Estos proyectos representan inversiones por más de USD 368 millones y generarán aproximadamente más de 1.000 nuevos empleos entre la construcción y operación y mantenimiento. En total, la Ronda 3 generará energía eléctrica para abastecer a 250.000 hogares“, detallaron desde la secretaría de Energía.

Los nuevos proyectos se ubicarán en las provincias de Buenos Aires, Catamarca, Chaco, Córdoba, Formosa, La Pampa, Mendoza, Salta, San Juan, San Luis, Santa Cruz y Santa Fe.

En total, se adjudicaron 10 proyectos de tecnología eólica por 128,7 MW de potencia, 13 proyectos de tecnología solar fotovoltaica por 96,75 MW de potencia, dos proyectos de biomasa por 8,5 MW, seis proyectos de biogás por 12,75 MW, un proyecto de biogás de relleno sanitario por 5 MW y seis proyectos de pequeños aprovechamiento hidroeléctricos por 7,38 MW. Los resultados serán publicados durante los próximos días en el Boletín Oficial.

“Los proyectos se instalarán en las proximidades de los puntos de consumo y colaborando con la diversificación de la matriz energética”

“La Ronda 3 de RenovAr incorpora proyectos de pequeña escala distribuidos en todo el país, contribuyendo a una generación de energía eléctrica descentralizada y más federal, evitando pérdidas en el transporte de energía debido a que los proyectos se instalarán en las proximidades de los puntos de consumo y colaborando con la diversificación de la matriz energética”, explicaron desde la secretaría.

Actualmente, hay unos 148 proyectos de energías renovables en desarrollo, entre aquellos que ya han ingresado en operación comercial y los que están en plena construcción. En tanto, 47 proyectos ya iniciaron su operación comercial, por 1.440 MW de potencia instalada y USD 2.136 millones de inversión, que generan energía eléctrica para abastecer a 850.000.

Fuente: https://www.infobae.com/economia/2019/08/05/el-gobierno-adjudico-38-nuevos-proyectos-de-energias-renovables-en-12-provincias/

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Reglas inteligentes para el futuro energético

Un reciente documento de exsecretarios de Energía ha vuelto a reclamar un marco de políticas adecuadas para un sector que es esencial para la producción y el bienestar de los ciudadanos. El trabajo elaborado actualiza los realizados anteriormente por el mismo grupo con el título “Consensos energéticos”. Tiene la virtud de haber unificado las opiniones de profesionales que actuaron en gobiernos de distintos signo político. Esto no ha sido un hecho común en la Argentina y, por lo tanto, merece la atención y consideración de quienes tienen la responsabilidad de definir las políticas del sector.

Una primera prevención es que las políticas aplicadas en el sector energético requieren, para ser exitosas, que se normalice la macroeconomía y se consoliden las relaciones internacionales, creando condiciones apropiadas de inversión. En rigor esta condición es válida para todas las áreas del espectro económico. La pérdida de los equilibrios macroeconómicos fue justamente lo que hizo fracasar el bien elaborado marco de funcionamiento del sector eléctrico, diseñado en los noventa por el entonces secretario de Energía Carlos Bastos.

También se considera la finalización de la actualización de las tarifas de electricidad y gas como condición previa a la implementación de reglas perdurables. Como premisa general, los precios deberán cubrir los costos de los servicios en condiciones de calidad y eficiencia. Si hubiera la necesidad de atender alguna situación social, el subsidio correspondiente deberá estar focalizado en el caso específico. La actividad petrolera no debiera recibir subsidios de ningún tipo. Los actualmente aplicados al gas de Vaca Muerta a través de un precio sostén deben respetarse como un rasgo de seguridad jurídica, pero de ninguna manera sostenerlos más allá del período establecido por la ley que los creó. Luego de normalizada la estructura de precios, los mercados de electricidad y gas deberán retornar a sistemas transparentes y competitivos como los vigentes hasta la crisis devaluatoria de comienzos de 2002.

El documento de los exsecretarios de Energía reconoce la importancia de desarrollar la producción no convencional de hidrocarburos y sobre esa base impulsar las exportaciones. Se plantean objetivos como el de la eficiencia energética referido al uso racional, a la necesidad de un planeamiento estr atégico que, entre otros objetivos, apunte a la diversificación de las fuentes de generación y al respeto por las normas ambientales. Es importante que el Gobierno tenga en cuenta este importante documento, así como los producidos por otros centros de investigación independientes y de alto nivel científico. Por ejemplo, los trabajos producidos por el Instituto de la Energía de la Academia Nacional de Ingeniería.

Está aceptado en general que, respetando principios de eficiencia y rentabilidad, las políticas energéticas del futuro se orientarán prioritariamente hacia las energías renovables no contaminantes. Deberán de algún modo responder a los acuerdos internacionales sobre la limitación de las emisiones de CO2 dentro de la problemática del calentamiento global. Por lo tanto, no parece tener sentido dejar bajo tierra una riqueza hidrocarburífera que pueda en algún futuro dejar de serlo. El gas deberá exportarse, tanto por las tuberías ya existentes hacia Chile como en la forma de gas natural licuado en barcos especializados. Será necesario construir una planta de licuefacción con una inversión del orden de 3500 millones de dólares.
La construcción de nuevas centrales nucleares constituye un tema de la mayor importancia. Sus claras desventajas económicas respecto de otras alternativas de generación deben cotejarse con los objetivos de desarrollar tecnologías aplicables a otros usos. También deben evaluarse su conveniencia y, en todo caso, la seguridad de la localización de la cuarta central incorporada al programa de obras con aporte financiero y técnico de China. La introducción de criterios económicos es imprescindible en la priorización de todo tipo de proyectos, más allá de la disposición de financiamientos orientados. Vale esto también para las presas hidroeléctricas del río Santa Cruz, que no eran prioritarias, pero ya están en plena construcción.

En resumen, lasimportantísimas  inversiones en el área energética deben contar con una orientación que permita obtener de ellas el máximo rendimiento en el marco del respeto a estándares ambientales y a objetivos estratégicos de largo plazo.

 

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Ya hay más de 100 plantas de energía renovable en Argentina

Argentina ya es sede de 19 centrales que se encuentran en funcionamiento y otras 83 que están en proceso de construcción. El mercado local de las energías verdes cerró el año pasado con un total de inversiones por u$s 5.200 millones.

l crecimiento experimentado por las energías renovables a lo largo y ancho del territorio nacional quedó reflejado en los números divulgados por la Secretaría de Energía de la Nación a fines de 2018. Según ese relevamiento, hay 102 emprendimientos en marcha o en carpeta que suman 3,7 gigawatts (Gw) de nueva potencia instalada.

Las cifras oficiales indican que el país culminó el año pasado con 83 proyectos en construcción y 19 en funcionamiento, que en conjunto brindan empleo a 7.300 personas. Las inversiones directas del segmento, en tanto, totalizan unos u$s 5.200 millones. Entre los 19 complejos de generación energética limpia que ya se encuentran en operación comercial, seis pertenecen al sector eólico, cinco al solar, cuatro al de biogás y tres al de biomasa, mientras que el restante es un pequeño aprovechamiento hidroeléctrico.

Estas iniciativas proceden de las más de 200 propuestas que el Gobierno nacional evaluó y adjudicó a partir de la Resolución 202 del año 2016, las distintas rondas licitatorias celebradas en el marco del Plan RenovAr y los contratos del Mercado a Término de Energías Renovables (MATER). Varias de ellas, no obstante, hoy deben sortear diversas dificultades vinculadas con el acceso al financiamiento y la conclusión de obras.


Hay 102 emprendimientos en marcha o en carpeta que suman 3,7 Gw de nueva potencia instalada. En conjunto, estos complejos de generación de energía verde brindan empleo a 7.300 personas.


Por otro lado, en noviembre del año pasado, la generación final a través de fuentes renovables llegó a un récord de 428,4 gigawatts/hora (Gwh), de los cuales un 52,4% provino de parques eólicos y un 33,3% de represas hidráulicas. Así, el rubro logró cubrir un 4,2% de la totalidad de la oferta de electricidad en la Argentina. De acuerdo con la Secretaría de Energía, la presencia de las fuentes limpias en la matriz eléctrica local suele acercarse al 8% comprometido por la Ley 27.191 en algunas jornadas, sobre todo durante los fines de semana, cuando salen de servicio otros generadores. Esa cifra, de todos modos, no puede tomarse como referencia para el cumplimiento de dicho objetivo, por lo que en el corto plazo la actividad deberá seguir creciendo y ampliando su participación de manera sostenida.

En operación

Tres de los seis parques eólicos operativos cuando la Secretaría de Energía completó su relevamiento se localizan en la provincia de Chubut. El último en entrar en operación fue Garayalde, que posee una potencia de 24,15 megawatts (Mw). Los otros dos son Ra
wson III, de 24 Mw (que expandió el parque Rawson de 77,4 Mw), y Madryn I, de 70 Mw de capacidad. En el sur bonaerense se ubican La Castellana y Corti, complejos de 99 y 100 Mw, respectivamente. En Córdoba, en tanto, se sitúa Achiras, que alcanza una potencia de 48 Mw. Con respecto a la distribución geográfica de los cinco proyectos solares en funcionamiento, San Luis dispone de Caldenes del Oeste (de 24,75 Mw) y La Cumbre (de 22 Mw), mientras que Catamarca cuenta con Saujil (de 22,5 Mw) y San Juan alberga a Las Lomitas (de apenas 1,7 Mw).

En noviembre del año pasado, la generación final a través de fuentes renovables llegó a un récode 428,4 Gwh, de los cuales un 52,4% provino de parques eólicos y un 33,3% de represas hidráulicas.

Otras iniciativas

El listado confeccionado por la Secretaría de Energía prosigue con las cuatro centrales de biogás aprobadas en la Ronda 1 del Plan RenovAr: Río Cuarto I, de 2 Mw de potencia; Río Cuarto II, de 1,2 Mw; Yanquetruz, de 1,2 Mw, y San Pedro Verde, de 1,4 Mw. Las primeras dos instalaciones se localizan en Córdoba, mientras que las otras dos se ubican en San Luis y en Santa Fe, respectivamente.En el campo de la biomasa, figuran los 2 Mw de capacidad de Pindó Eco, también adjudicada en la Ronda 1 del Plan RenovAr; los 9 Mw de Prodeman Bioenergía y los 3 Mw de Generación Ticino, proyectos procedentes de la Ronda 2. La primera planta está emplazada en Misiones, en tanto que las otras dos son cordobesas. Un último complejo en marcha es el pequeño aprovechamiento hidroeléctrico Río Escondido, de 7 Mw, en la provincia de Río Negro. ©

Fuente: https://www.worldenergytrade.com/index.php/m-news-alternative-energy/96-news-energia-solar/3336-ya-hay-mas-de-100-plantas-de-energia-renovable-en-argentina

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Argentina apuesta a la energía renovable

América Latina ha tenido un crecimiento destacado en el uso de las energías renovables, impulsado por la necesidad de sus gobiernos de encontrar alternativas menos costosas para su abastecimiento energético y la oportunidad de aprovechar la ubicación privilegiada que el continente tiene en el planeta.

La posibilidad de dejar de depender de fuentes de energía no renovables como el petróleo, el carbón o el gas natural se presenta como una gran oportunidad de reducir costos energéticos para los países de la región. Además, y no menos importante, la apuesta redunda en un mayor cuidado del medioambiente.

En este marco, la Argentina es uno de los países en la región con más camino por avanzar, y que cuenta en la actualidad con 135 proyectos de energías renovables entre aquellos que ya han ingresado en operación comercial y los que están en plena construcción, que representan 4.776 MW de potencia instalada, con una inversión estimada cercana a los 7.200 millones de dólares en plena ejecución.

Según datos oficiales, desde 2016 hay 39 nuevas centrales de energías renovables en operación comercial por una potencia total de 1.106 MW y una inversión estimada de 1.676 millones de dólares, que generan energía eléctrica para abastecer a 900.000 mil hogares. En tanto que el país ya va por la cuarta ronda de convocatorias a proyectos en el marco de su programa “Renovar”, creado en 2016 y destinado a promover el uso de energías renovables.

El programa ya financió una decena de proyectos de energía fotovoltaica, entre ellos dos parques solares en la provincia de San Luis. Se espera que Argentina continúe incrementando el peso de la energía solar fotovoltaica en los próximos años, ya que por ley definió que el 20% de su energía deberá ser renovable en 2025. Con este objetivo, y sumando además el uso de energía eólica, la Argentina cuenta con el respaldo de la CAF, banco de desarrollo de América Latina, y el BICE.

Por ejemplo en el proyecto Planta Solar Cafayate, desarrollado por Canadian Solar Inc. en la Provincia de Salta, Argentina, el que fue reconocido por la revista especializada Power Finance & Risk, como el negocio del año bajo la modalidad Project Finance en Latinoamérica. La iniciativa contribuye a la mitigación del cambio climático al fomentar el uso de fuentes de energía renovables y favorece una mayor diversificación de la matriz energética en el país, según reseñó el organismo de crédito en un comunicado.

Canning House organizó recientemente una conferencia renovable, donde Gonzalo de Castro, Director Senior del banco de desarrollo de América Latina, CAF, analizó el potencial de energía limpia de la región.

El primer aspecto positivo, señala de Castro, es que tanto la situación económica mundial como la de América Latina están mejorando.

El contexto económico es importante porque la revolución de energía limpia de América Latina será pagada por una mezcla de gobiernos regionales, empresas e inversionistas internacionales, y es más factible encontrar ese efectivo cuando el crecimiento es sólido.

Mientras tanto, el crecimiento económico de América Latina está impulsando un aumento en la demanda de energía que CAF estima que aumentará un 79% entre 2017 y 2030.

El potencial de energía solar de América Latina es de 54,050 teravatios por año (TWh / año). Eso es energía suficiente para satisfacer la demanda eléctrica anual actual de América Latina 36 veces más.

Las nuevas tecnologías renovables (eólica, solar y geotérmica), constituyen el 8% de la matriz eléctrica en América Latina en comparación con la cifra global del 6 por ciento.

Todas las condiciones

Recientemente el subsecretario de Energías Renovables y Eficiencia Energética, Sebastián Kind, junto al gobernador de San Juan, Sergio Uñac, y el presidente de Jinko Power International, Charles Baide, inauguraron el parque solar fotovoltaico Iglesia û Estancia Guañizuil en la localidad de Las Flores, provincia de San Juan.

Un comunicado oficial resaltó que la inversión de u$s104 millones, es uno de los proyectos de tecnología solar más grandes que actualmente está funcionando en Argentina. En la provincia de San Juan se llevan adelante otros 7 proyectos de energías renovables, que sumarán un total de 130 MW de potencia instalada, y que representan inversiones por más de u$s130 millones.

El diputado nacional (MC) y consultor en el sector de energías renovables, Humberto Roggero dijo: “creo que la Argentina tiene todas las condiciones para avanzar en energías renovables: vientos importantes en la Patagonia y el centro del país, sol y fotovoltaicos en el centro y norte, y biomasa en el noreste argentino, se puede hacer de todo en todas partes, con perspectivas de rendimiento muy alto, en energía se cuenta con más de 4000 horas de generación eólica, en Jujuy unas 2500 horas de fotovoltaica, que es un número muy alto. Esto posiciona muy bien al país”.

Enfatiza Roggero que “a favor de la energia renovable bajaron muchos los costos de inversión, antes un megawatt de fotovoltaica costaba uss 4 millones y ahora está por debajo del millón, lo que se traduce en tarifas más bajas”. Recalca que “se está trabajando con el Estado, se está avanzando. Se podrían hacer mejor las cosas, pero se está avanzando”.

Fuente: https://www.baenegocios.com/suplementos/Argentina-apuesta-a-la-energia-renovable-20190526-0041.html

 

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Ya hay más de 1.000 MW nuevos de energías renovables en operación comercial en Argentina

Con la entrada en operación comercial del parque eólico La Banderita, en La Pampa, ya son 35 los proyectos de energías renovables que entraron en funcionamiento desde 2016, que suman 1.024,3 MW de potencia instalada.

 

Con la entrada en operación comercial del parque eólico La Banderita, en La Pampa, ya son 35 los proyectos de energías renovables que entraron en funcionamiento desde 2016, que suman 1.024,3 MW de potencia instalada. Estos proyectos -adjudicados mediante RenovAr y MaTER- generan energía eléctrica para más de 840 mil hogares y representan una inversión de más de USD 1.500 millones.

El parque eólico La Banderita -que entró en operación comercial el sábado 6 de abril- está ubicado a 20 km al suroeste de la localidad de General Acha, departamento de Ultracán y es el primer proyecto eólico de La Pampa.

Al día de hoy hay 100 proyectos de energías renovables en construcción por 3.742,7 MW y una inversión de USD 5.590 millones. En total, los 135 proyectos están generando más de 9.500 nuevos empleos entre la etapa de construcción y la etapa de operación y mantenimiento.

Por otro lado, según datos de la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico de Argentina (Cammesa), las renovables alcanzaron 1.915 MW de potencia instalada en los primeros meses de 2019. En el mes de marzo, las renovables cubrieron más del 5% de la demanda, aunque la solar fotovoltaica tan solo fue responsable del 0,5%.

Fuente: https://www.pv-magazine-latam.com/2019/04/16/ya-hay-mas-de-1-000-mw-nuevos-de-energias-renovables-en-operacion-comercial-en-argentina/

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La planta eléctrica argentina que generará energía renovable a partir de biomasa forestal

La búsqueda de energías renovables y prácticas que no sean nocivas para el medio ambiente son una cuestión de agenda para varios países del mundo y la Argentina no es la excepción. En la localidad correntina de Gobernador Virasoro, se está llevando a cabo la construcción de una planta de energía eléctrica a partir de biomasa forestal que generará 40 MW de energía para abastecer a la región.

El aserrín, las cortezas de pino y otros otros residuos biodegradables son considerados biomasa forestal. Son una fuente de energía renovable basada en la utilización de la materia orgánica que sirve como fuente de energía limpia.

El hecho de utilizar desechos forestales para la generación de energía eléctrica evita la quema al aire libre, que puede generar problemas de contaminación por emisión de gases tóxicos. También evitará la acumulación en basurales, que produce metano, cuyo potencial de efecto invernadero es 21 veces superior al del dióxido de carbono.

La obra significó una inversión de 60 millones de dólares por parte del grupo FRESA(Fuentes Renovables de Energía S.A), el proyecto generó 200 empleos directos para la realización de la obra y el montaje electro-mecánico. También participaron 500 personas de todo el país como proveedores.

La central es el primer proyecto de Grupo INSUD en el sector de energías renovables.Se estima que la obra será finalizada a mediados de 2019. La misma permitirá diversificar la matriz energética, contribuirá al desarrollo industrial de la zona y va a generar nuevos puestos de trabajo con mano de obra calificada.

Fuente: https://www.infobae.com/espacio-no-editorial/2019/02/14/la-planta-electrica-argentina-que-generara-energia-renovable-a-partir-de-biomasa-forestal/

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Energías Renovables

Sancionada la ley 27.191, conocida como la ley de energías renovables o ley Guinle, se establecieron planes de fomento a la instalación de potencia proveniente de energías renovables, como a su vez, un ambicioso plan de participación de las mismas dentro de la matriz energética. Dicha ley trajo aparejada la obligación (a grandes usuarios) de adquirir determinados porcentajes, los cuales aumentan con el correr de los años, de energía renovable para su consumo.

Los usuarios tienen la opción de adquirir dicha energía celebrando contratos directamente con generadores renovables, o a través de CAMMESA, mediante el denominado programa de compras conjuntas. Las compras conjuntas de CAMMESA corresponden a contratos celebrados por CAMMESA con generadores de energía provenientes de fuentes renovables con el objetivo de alcanzar los porcentajes de participación de energías de fuentes renovables establecidos en la ley 27.191.

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Lejos hoy, de contar con generación proveniente de fuentes renovables dentro de los porcentajes establecidos por la ley, los contratos celebrados para contar con suministro a partir de 2020 aumentan de manera exponencial, en primera instancia para dar cumplimiento a la norma, y luego por un factor económico disruptivo para el mercado actual. Los precios ofrecidos en contratos a 10 años por generadores renovables rondan los 58 U$D/MWh, lo que puede llevar a la industria, de optar por adquirir energía mediante este mecanismo, a ahorrar en el orden de 20 U$D/MWh (28 %), con el precio claro está de la incertidumbre antes plazos contractuales tan extensos.

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Fuente: CAMMESA.

De cara al futuro se prevé que el auge de la generación renovable (y sus bajos costos) tengan un impacto positivo en el precio de la energía. A medida que el parque generador cuente con mayor participación de energía verde su precio debería tender a la baja, lo que hace que la energía proveniente de fuentes renovables sea conveniente no solo por su impacto positivo (o no negativo) en el medio ambiente, sino además por sus bajos costos.

A medida que se vayan incorporando nuevos proyectos a la red, la complejidad del despacho ira en aumento, teniendo en cuenta que la generación ya no dependerá del combustible si no, en muchos casos, de las condiciones climáticas.

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Fuente: CAMMESA.

Como puede apreciarse, la realidad aún dista mucho de lo establecido en la ley, pero su desarrollo a corto y mediano plazo es muy prometedor.

  • Hoy en día pueden celebrarse contratos de energía renovable a 1 año a precios similares a los de CAMMESA.
  • Los contratos a 5 y 10 años permiten alcanzar ahorros unitarios significativos.
  • Los contratos a mediano y largo plazo garantizan el suministro a partir del 01/01/2020.
  • La capacidad de transporte está cerca de su límite, por lo que futuros proyectos deberán incorporarse una vez finalizado el plan de expansión de transporte.
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Argentina: Banco Mundial garantiza 250 millones para energía limpia eólica, biomasa y solar

ENERGIA LIMPIA XXI. El Directorio Ejecutivo del Banco Mundial (BM) aprobó una nueva garantía de US$250 millones para impulsar la inversión privada en el desarrollo de las energías renovables en Argentina, con el fin de contribuir a una matriz energética más limpia y a la mitigación del cambio climático. Energía Limpia XXI reporta que la garantía del Banco Mundial facilitará la inversión privada a proyectos bajo el Programa RenovAr del Ministerio de Energía y Minería de la Nación, a través del Fondo para el Desarrollo de Energías Renovables (FODER). Esta iniciativa busca promover la generación de electricidad a través de tecnologías eólica, solar, biomasa, biogás y pequeños aprovechamientos hidroeléctricos (PAH), con el fin de ayudar al Gobierno de Argentina a cumplir la meta de que el 20 por ciento del consumo eléctrico nacional provenga de fuentes limpias a finales de 2025. Actualmente, esta cifra solo alcanza al 2 por ciento.

“Luego de la exitosa experiencia de la primera etapa del Programa RenovAr Rondas 1 y 1.5, nos enorgullece seguir contando con el apoyo del Banco Mundial para reafirmar el camino tomado por nuestro país con el objetivo de garantizar la seguridad energética y reducir el impacto en el cambio climático”, dijo Sebastián Kind, Subsecretario de Energías Renovables de la Nación.

Esta garantía se suma a la garantía original que el Banco Mundial otorgó a las primeras licitaciones del Programa RenovAr en el 2016 (conocidas como Ronda 1 y 1.5). Esta nueva operación apoya la Ronda 2 de fines de 2017, que espera movilizar financiamiento privado que representa nueve veces el valor de la garantía.

“Acompañamos una vez más a la Argentina en la creación de un entorno propicio para facilitar el financiamiento de energías renovables por parte del sector privado, en un esfuerzo por promover el uso sostenible de sus recursos naturales y ayudar al país a cumplir sus metas de mitigación de cambio climático”, dijo Jesko Hentschel, director del Banco Mundial para Argentina, Paraguay y Uruguay.

En las tres licitaciones se adjudicaron 147 proyectos en todo el país, basados en su mayoría en energía eólica y solar, que generarán 4.466 megavatios (MW). Su puesta en marcha contribuirá en gran medida a que el país alcance su meta de reducción de emisiones de dióxido de carbono para el 2030, ya que evitará la emisión de 7 millones tCO2 al año. Asimismo, el Programa Renovar implicará beneficios para la salud de la población al reducir la contaminación del aire por la quema de combustibles fósiles.

Con el impulso de las garantías del Banco Mundial, el FODER se convirtió en un modelo para maximizar el financiamiento al atraer inversiones privadas internacionales, y al mismo tiempo, dio visibilidad a la Argentina como un mercado atractivo para el desarrollo de energías renovables

Fuente: https://energialimpiaparatodos.com/2018/04/02/argentina-banco-mundial-garantiza-250-millones-para-energia-limpia-eolica-biomasa-y-solar/

 

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La ciudad de Buenos Aires, en Argentina, planea la exención de impuestos a la Generación Distribuida

La Ciudad de Buenos Aires (CABA) prevé añadir a su adhesión a la Ley Nacional N° 27.424 la definición del tema de impuestos locales en generación distribuida, según el periódico digital Energía Estégica.

Los usuarios que se proyectan como generadores de energía a través de fuentes renovables se encontrarán pronto con la posibilidad de llevarlo a cabo en Argentina. Este año se está terminando de definir el marco regulatorio nacional que daría las reglas del juego para iniciar la generación de energía limpia, su inyección a la red y su venta.

Muchas provincias ya están concretando su adhesión a la Ley Nacional 27.424 de “Regimen de Fomento a la Generación Distribuida de Energía Renovable integrada a la Red Eléctrica Pública”. En línea con lo que Nación ha estipulado en lo que corresponde a reducciones de impuestos nacionales, se prevé que algunas adhesiones incluirán beneficios locales para los emprendimientos en su territorio.

“La generación distribuida no puede estar agravada por un impuesto a la venta porque no es el espíritu, sino no habría beneficios para el prosumidor”, dijo el Lic. Alejandro Rueda, Director General de la Dirección General de Política y Estrategia Ambiental.

Contar con beneficios de estas características permitirá dar un enorme paso en el desarrollo de las energías renovables, impulsando a la generación distribuida en distintas ciudades del país en los próximos años. Los tiempos del parlamento y los tiempos de la política impiden que se pueda hablar de una fecha en concreto, pero el tema está en tratamiento.

El propósito de Ciudad de Buenos Aires es terminar el año con la concreción de la reglamentación y es una gran posibilidad que se puedan terminar de definir los beneficios para los usuarios que serán además generadores. “Estamos evaluando la posibilidad de eximir de ingresos brutos y sellos a los futuros prosumidores de energía distribuida”, adelantó Alejandro Rueda.

El Ministerio de Ambiente y Espacio Público, a través de la Agencia de Protección Ambiental (APRA) comparte los lineamientos que Nación expresó en la Ley con respecto a los impuestos nacionales como el IVA y las ganancias. A partir de allí que el Director General de Política y Estrategia Ambiental no descarta que “en poco tiempo vamos a tener buenas noticias sobre la adhesión con esta observación definiendo el tema de impuestos locales”.

Mientras tanto, hay mesas de trabajo con las distribuidoras en las que se va a trabajar en conjunto con Nación y el Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) para poder ponerse de acuerdo cómo será el esquema de facturación. Las distribuidoras, estás están redefiniendo cómo será su política de negocios y el valor actual de distribución, será importante definir los costos para que esto sea rentable y sostenible en el tiempo.

Fuente:  https://www.pv-magazine-latam.com/2018/03/14/la-ciudad-de-buenos-aires-en-argentina-planea-la-exencion-de-impuestos-a-la-generacion-distribuida/

 

 

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La energía generada por la ciudadanía entra en escena en Argentina

BUENOS AIRES, 6 feb 2018 (IPS) – La población argentina ya puede generar su propia energía mediante fuentes limpias y no convencionales e incorporar los excedentes a la red pública, gracias a una nueva ley. Se trata de una importante novedad en un país embarcado en un lento y difícil proceso, con final todavía incierto, de reemplazo de los combustibles fósiles.

La ley, aprobada por el legislativo Congreso Nacional en noviembre, fue promulgada en diciembre por el presidente Mauricio Macri, quien declaró a 2017 como “año de las energías renovables”,  en una iniciativa que todavía no tiene resultados concretos para mostrar.

La nueva norma nace con la intención de fomentar el aporte a la red eléctrica de energías limpias y no convencionales generadas por muchas y pequeñas fuentes próximas al tendido, de ciudadanos y otros particulares, en lo que se conoce como generación distribuida, dispersa o descentralizada.

“El de la energía distribuida es un cambio de paradigma en la producción energética, que puede ser importante para la Argentina. Se acaba el usuario pasivo, que consume y paga un precio, porque ya no es eficiente”: Juan Bosch.

“Todavía hay muchísimas incógnitas sobre si va a ser efectiva la ley de energía distribuida. Lo fundamental es ver qué decisiones toma este año el gobierno en cuanto a los incentivos”, dijo a IPS el ingeniero industrial Rodrigo Herrera Vegas, quien en 2009 fundó una de las compañías pioneras en energías limpias en el país.

“El equipamiento para energías renovables no se fabrica aquí y paga aranceles de importación muy altos. Por eso, hoy para alguien que vive en la Argentina es demasiado caro comprar, por ejemplo, paneles solares. Tardaría 12 o 13 años en recuperar la inversión”, agregó.

Las energías renovables han sido difíciles de conquistar para Argentina. Hasta ahora siguen teniendo un peso insignificante en el sistema eléctrico, que se nutre de centrales térmicas alimentadas en 64 por ciento con petróleo o gas,  30 por ciento de grandes centrales hidroeléctricas y cuatro por ciento de centrales nucleares, según datos oficiales.

La buena noticia es que, luego del absoluto fracaso de dos leyes de incentivos a proyectos renovables dictadas por el parlamento bicameral en 2001 y 2006, por razones económicas, una tercera sancionada en 2015 parece ser la definitiva.

Gracias a ella, entre 2016 y 2017, el gobierno licitó y firmó contratos con inversores privados para la construcción de 147 emprendimientos renovables, con una potencia total de 4.466 megavatios (MW), en 22 de las 23 provincias del país. La gran mayoría de esos proyectos corresponden a energía eólica (2.466 MW) y solar (1.732 MW).

Se espera que esas instalaciones entren en funcionamiento en los próximos años y serían un aporte significativo a un sistema eléctrico que hoy, con una potencia instalada de unos 30.000 MW, está al límite o no cubre la demanda, particularmente en los días más calurosos del verano austral, cuando el alto consumo provoca comúnmente cortes de energía en barrios de las grandes ciudades.

De acuerdo a los últimos datos oficiales difundidos, entre marzo y agosto, meses relativamente bajos en el consumo eléctrico,  los habitantes de Buenos Aires pasaron casi 16 horas sin luz en promedio.

La generación ciudadana se suma a la ecuación

“El de la energía distribuida es un cambio de paradigma en la producción energética, que puede ser importante para la Argentina. Se acaba el usuario pasivo, que consume y paga un precio, porque ya no es eficiente”, comentó  Juan Bosch, abogado especialista en temas energéticos y presidente de SAESA, una compañía dedicada a energías no convencionales y  a gas natural.

“La generación a través de grandes centrales supera en este país la capacidad de transmisión en los momentos de picos de consumo y es allí cuando la producción en las casas puede marcar una diferencia, ya que la energía se produce donde se consume”, dijo a IPS.

La ley 27.424, de Fomento a la Generación Distribuida de Energía Renovable Integrada a la Red Eléctrica Pública, fija como objetivos “la eficiencia energética, la reducción de pérdidas en el sistema interconectado, la potencial reducción de costos para el sistema eléctrico en su conjunto, la protección ambiental prevista en la Constitución Nacional y la protección de los derechos de los usuarios en cuanto a la equidad y no discriminación”.

Se establece, además, la obligación de las compañías eléctricas de “facilitar la inyección” a la red de los excedentes que un consumidor individua pueda generar y se prohíbe que se le cobre cualquier cargo adicional por hacerlo.

De todas maneras, quien incorpore energía a la red no cobrará en dinero lo vendido, sino que la compañía se lo compensará con descuentos en facturaciones posteriores.

En cuanto a la cuestión más crítica de la implementación del sistema de energía distribuida, que es como hacerlo económicamente atractivo para los usuarios, la ley crea un fondo público de incentivo a su desarrollo, que en principio el Estado tendrá que integrar con el equivalente a unos 95 millones de dólares de fondos propios.

Para Juan Carlos Villalonga, el diputado de la alianza gobernante Cambiemos que fue uno de los autores de la ley, “los primeros que van a aprovechar esta posibilidad en la Argentina son los emprendimientos productivos, que tiene dinero para invertir y en muchos lugares del país hoy reciben un servicio eléctrico que es caro y malo”

Villalonga reconoció a IPS que deberá pasar un tiempo considerable antes que los usuarios residenciales en Argentina se vuelquen a producir su propia energía.

“Lo van a hacer cuando se logren bajar los precios del equipamiento necesario, a través de distintas herramientas que tiene el Estado para conseguirlo, como por ejemplo mejorar la tarifa a la que se compre la energía generada por un usuario, o dar acceso a mejor financiación”, dijo.

La crisis que afecta el sector energético es reconocida por el gobierno.

De acuerdo a información del Ministerio de Energía y Minería, en los días más crudos del invierno austral, cuando aumenta el consumo de gas natural por los sistemas de calefacción residencial,  se importa hasta 30 por ciento del gas natural que se consume.

En verano, cuando sube el consumo eléctrico por los equipos de aire acondicionado, este país sudamericano de 44 millones de habitantes compra hasta 10 por ciento de su consumo a sus vecinos Brasil, Paraguay y Uruguay.

El gobierno afirmó que pretende llevar la capacidad instalada del sistema eléctrico de los actuales 30.000 MW hasta 50.000 MW en 2025, de los cuales 11.500 deberían venir de fuentes renovables.

La ley actualmente en vigencia fijaba para el 31 de diciembre de 2017 el objetivo de que las renovables alimentaran ocho por ciento de la oferta total del sistema eléctrico, objetivo que no se alcanzó.

Sin embargo, se aspira a cumplir la segunda meta establecida por la norma, que es la de cubrir  25 por ciento de la demanda con renovables para 2025.

El mascarón de proa del sueño de energías limpias no convencionales es el gigantesco parque de energía solar fotovoltaica Cauchari, que comenzó a construirse el año pasado, en la provincia de Salta, al noroeste del país,  y que aportará 300 MW.

Allí tiene un papel protagónico China, que financia más de 80 por ciento de un presupuesto total de 390 millones de dólares que tiene la obra, y donde se fabricaron los 1.200.000 paneles solares que están instalándose  sobre un terreno de 700 hectáreas.

El terreno de la planta pertenece a una comunidad indígena, a la que se le prometió compensar con dos por ciento de las ganancias que se generen con la producción energética.

Fuente: http://www.ipsnoticias.net/2018/02/la-energia-generada-la-ciudadania-entra-escena-argentina/

 

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Energías renovables: cómo es invertir en la Argentina y qué atrae a las empresas

De los u$s 102.575 millones de inversiones anunciadas en los primeros dos años de la gestión de Mauricio Macri, el 5,5% corresponden a proyectos de generación de electricidad a partir de energías renovables, lo que convierte a este rubro en el sexto más atractivo, incluso por encima del sector industrial o los ligados a la producción agrícola-ganadera.

El interés inversor en ingresar en el mercado de las energías limpias en la Argentina se vio en cada una de las licitaciones de las rondas 1, 1.5 y 2 del programa RenovArSegún información del Ministerio de Energía y Minería de la Nación, entre todas las fases ya fueron adjudicados 147 proyectos por una potencia de 4466,5 megavatios. La pregunta que surge, entonces, es por qué resulta tan atractivo ingresar en este mercado.

Un estudio realizado por la consultora alemana Eclareon (que se puede consultar completo al final de esta nota), financiado por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Alemania y realizado en conjunto por varias organizaciones de Argentina y ese país europeo, evidenció que, en las actuales condiciones económicas, los inversores privilegiados para entrar en la producción de electricidad a partir de energía solar y eólica son los grandes jugadores, ya que tienen acceso a un financiamiento con menores tasas y posibilidad de enfrentar los actuales precios de cada una de las rondas del RenovAr.

“El país tiene una de las mejores irradiaciones solares y velocidades del viento del mundo y una demanda de electricidad que necesita ser abastecida”, indica en sus conclusiones el documento, aunque señala que “aun son muchos los desafíos”. “Persisten las dificultades financieras como la alta tasa de inflación, el acceso limitado al financiamiento internacional a tasas razonables y el endeudamiento de CAMMESA“, menciona el informe.

Además de mencionar pormenorizadamente las características del mercado de las energías renovables argentinas, junto a un extenso detalle sobre las regulaciones y requisitos para el ingreso de los inversores interesados, la investigación incluye simulaciones financieras para tres casos de inversiones: dos parques solares (uno de 10 MW y  otro de 50 MW) y uno eólico (de 50 MW).

Del análisis de estos tres casos, los investigadores concluyen que la rentabilidad es mayor para los proyectos eólicos que para los solares, una característica que no es exclusiva de la Argentina porque se replica también en otros mercados.

 

 

 

Desde Eclareon hacen una observación: la envergadura y la complejidad de los parques eólicos es mayor que la de los proyectos solares, que requieren menos inversión inicial y son más simples de montar.

“Los proyectos de producción a partir de energía eólica concentran a empresas más grandes debido a la mayor complejidad, el mayor costo y la envergadura de los desarrollos”, señaló en diálogo con El Cronista Moïra Jimeno, project manager de Eclareon y coordinadora de la investigación

En la simulación para los dos parques de 50 MW, la cantidad de tiempo necesaria para amortizar la inversión inicial es menor en el proyecto eólico que en el solar fotovoltaico. Mientras que en el primer caso se necesitan casi 12 años, en el segundo lleva casi 14.

“La producción de electricidad a partir de fuentes solares va a tener más chances con la ley de generación distribuida“, señaló la especialista de la empresa con base en Berlín.

La investigación analiza también el impacto de los precios en la rentabilidad, ya que muestra la sensibilidad de esta última a la variación de los primeros.

“Los precios empujados a la baja junto a las tasas de interés ligeramente más altas que las tasas de los países europeos, imponen un gran desafío a inversores medianos internacionales que quieran competir en las licitaciones”, remarca el documento.

“En este contexto, una de las principales amenazas del programa de licitaciones RenovAr es que diversos inversores queden afuera y el mercado sea dominado por algunas pocas empresas multinacionales, impidiendo una participación diversificada de actores”, señala la investigación.

Respecto de la diversificación del mercado argentino, Jimeno señala que “se puede sostener debido a la existencia de jugadores grandes que pueden enfrentar las condiciones económicas, como las empresas chinas por ejemplo”, señala la especialista.

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Energías renovables: cómo avanza la revolución verde en la Argentina

l 15 de octubre de 2015 se abrió una gran puerta para las energías renovables en la Argentina. Ese día se publicó en el Boletín Oficial la ley 27.191, que fue el pistoletazo de partida para el boom de “fuentes verdes” que se desató en el país, con la llegada de inversiones por US$7000 millones y cientos de empresas ávidas por instalar parques eólicos y solares, plantas de biomasa y biogás y centrales minihidroeléctricas.

“Es tremendo lo que está pasando en la Argentina, el país se está posicionando en el mundo como uno de los mercados más atractivos para el desarrollo de energías renovables”, dice Sebastián Kind, actual subsecretario de Energías Renovables de la Nación. Este funcionario, designado por el ministro de Energía, Juan José Aranguren, para impulsar la “ola verde” a nivel nacional, fue el autor intelectual de la ley 27.191, texto que redactó para el senador Marcelo Guinle.

La tarea que hay por delante no es sencilla: como se dijo, actualmente solo 678 MW de energías renovables nutren la matriz energética nacional, mientras que cumplir con la meta fijada de 20% en 2025 implicará alcanzar los 10.000 MW. Para lograrlo, el Gobierno lanzó el Programa RenovAr, una gran licitación dividida en rondas que adjudica proyectos de generación a distintas empresas que, una vez que tengan la producción en marcha, venderán su energía a Cammesa.

A su vez, lo del mercado a término agregaría una buena cantidad de MW a los 4466,5 ya adjudicados por el camino de compras que instruye el Estado nacional. “Para tener una estimación, al día de hoy hay 2150 MW solicitados en el marco de la resolución 281. Son generadores que quieren salir a firmar un contrato con un gran usuario habilitado”, cuenta Kind. Un primer paso en eso ya lo dio Loma Negra, al firmar con Genneia.

En materia de recursos, el país no tiene nada que envidiarles a otras naciones. Hay mucho viento (y de buena intensidad) en la Patagonia; mucho sol en el Norte (aunque también en Córdoba), y hay muchos recursos de biogás y biomasa en la zona agropecuaria. También hay potencial en minihidro, que son pequeñas centrales hidroeléctricas que no requieren un dique.

Bosch opina que, más allá de los recursos naturales existentes, el primer motivo del auge actual es la ley de energías renovables. “Después fue necesario hacer que Cammesa fuera un sujeto creíble para el mercado financiero (ya que no lo era, por problemas crediticios) y fue muy importante que el Gobierno diera a los oferentes que quisieran otra garantía adicional la posibilidad de acudir al Banco Mundial”, comenta el trader.

La energía renovable es más económica que la tradicional: un proyecto de los más económicos de RenovAr se cerró en US$45 por cada MW/h, mientras que hoy el gran usuario le compra a Camessa a US$70/80 MW/h. Para el consumidor normal esto es muy importante, ya que cada MW/h de energía renovable que se vuelca a la red hace que su boleta de luz sea menos abultada.

Pese a que se intenta que haya un mix de proyectos de las distintas tecnologías (eólica, solar, biogás, biomasa y minihidro), la que picó en punta fue la eólica. Allí hay empresas como Genneia, Central Puerto, Pampa, Petroquímica Comodoro Rivadavia y Enel, entre las más importantes, y se han adjudicado contratos por 2466 MW.

Rubén Vázquez, gerente de Energías Renovables de Central Puerto, describe cómo es su participación en el negocio. “Ganamos en la ronda 1 de RenovAr un proyecto de 99 MW en Bahía Blanca (La Castellana), que se inaugurará en mayo. Además, en la ronda 1,5 ganamos otro proyecto en Achiras, Córdoba, por 48 MW. Esto requiere una inversión cercana a los US$215 millones. En tanto, en la Ronda 2 ganamos un proyecto de 87 MW ( Genoveva)”, detalla el ejecutivo.

¿Por qué energía eólica? “Central Puerto es líder privado en generación eléctrica en el país y tomó la decisión estratégica de ser líder también en energía renovable. Además, pensamos que en eólica somos más competitivos que en solar, donde ya hay otros actores”, responde Vázquez.

Para el ejecutivo de Central Puerto, el desarrollo de la energía eólica tomó un impulso increíble a partir de RenovAr, y si no fuera por la limitación en la línea de transporte, se habría puesto más potencia. “Existen limitantes en el transporte tanto en el sur como en el norte, aunque hay algunas obras de infraestructura ya previstas”, apunta Vázquez.

Por su parte, Genneia invertirá US$1000 millones en tres años y totalizará entre sus varios parques eólicos (a los que suma los diversos proyectos que le fueron adjudicados por RenovAr) 730 MW. “Esto la convierte en la mayor empresa generadora de energía eólica del país”, destaca Alfredo Bernardi, gerente de Relaciones Institucionales de Genneia.

 

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Luego de la energía eólica, sigue en importancia la solar, con proyectos adjudicados por 1732 MW. Hoy el país tiene un nivel bajo de esta tecnología, porque su penetración empezó a crecer recién en los últimos cinco años y en los inicios se hacía imposible pensar en infraestructura de ese tipo. Solo hay 7 MW en San Juan, a lo que hay que sumar una planta experimental de 1,5 MW también en esa provincia.

En este caso, 360 Energy es, en términos de adjudicaciones, la empresa privada de energía solar más grande del país. Su CEO, Alejandro Lew, señala que, como parte de la nueva revolución de renovables, esta compañía firmó varios contratos bajo las normas de la Ronda RenoVar 1,5 (siete contratos, por 165 MW, en San Juan, Catamarca y La Rioja, cuyo primer contrato comenzará a funcionar en marzo) y en la Ronda 2 (contratos por 147 MW que entrarán en funcionamiento en 2019 y 2020, en Catamarca, San Juan, La Rioja y Córdoba. “En total, invertiremos US$300 millones”, precisa.

Además de 360 Energy, hay otros proyectos solares en el país. Entre los más importantes están: el de la empresa china Jimco, en San Juan (80 MW); el de la francesa Neoen (100 MW), y el del grupo puntano Diaser, en San Luis (14 MW). Y, claro, el de la provincia de Jujuy de 300 MW. Además, Mendoza adjudicó seis proyectos por 100 MW, patrocinados por la empresa estatal Emesa.

Lew subraya que la Argentina está bendecida por el recurso natural del sol. Sobre todo en el noroeste del país, pero también en lugares que podrían parecer poco eficientes, como la provincia de Buenos Aires (que es mejor que algunas zonas de Europa). “Los avances que se proyectan en energía solar hacen pensar que toda la matriz energética local podría ser abastecida por esa fuente”, concluye el directivo.

Algo más rezagados, pero también con inversiones y proyectos, vienen el biogás y la biomasa. Hasta ahora se adjudicaron 65 MW y 158 MW, en cada caso. Hoy, las plantas de biogás en el país se cuentan con los dedos de una mano (apenas 10 MW), pero se estima que en los próximos 24 meses habrá unas 30. Entre las más importantes empresas de biogás están Bioeléctrica, Adecoagro, SeedsEnergy, Grupo Vicentín y una diversidad de establecimientos agropecuarios que hacen plantas chicas en campos propios.

SeedsEnergy, por caso, anunció una inversión de US$11 millones para construir una planta de biogás en Venado Tuerto (2 MW) y una de US$13 millones para levantar otra en Pergamino (2,4 MW). “Esto sería en primera instancia porque pensamos ampliar la capacidad. Si hay un RenovAr 3, vamos a considerar presentarnos, porque queremos hacer más plantas y reinvertir utilidades”, dice Héctor Tamargo, cofundador y gerente general de SeedsEnergy.

¿Por qué apostar al biogás? “Das una solución a los problemas ambientales generados por los residuos agropecuarios, usás una tecnología muy versátil, que permite una diversidad de fuentes de biomasa (para asegurar el abastecimiento durante los 20 años de contrato), es lo que mejor paga (porque da energía las 24 horas los 365 días del año), y permite generar biofertilizante. Es la energía ideal para la Argentina, ya que tiene gran cantidad de residuos de la industria agropecuaria”, concluye Tamargo.

La revolución verde que logró en solo dos años colocar al país en la mira de inversores mundiales está en marcha: llegan millones de dólares, se firman contratos, se construyen decenas de parques y se genera empleo. Falta mucho camino por recorrer para que la Argentina sea potencia en energías limpias, pero los primeros pasos están dados.

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“LOS PRECIOS DE RENOVAR 2.0 DEBERÍAN ACERCARSE A LOS DE LA 1.0”

En una entrevista con El Economista, Marcelo Alvarez, presidente de la Cámara Argentina de Energías Renovables (CADER), mostró algunas diferencias con el Gobierno frente a la próxima convocatoria de los planes Renovar 2.0 y dijo que los precios para las energías renovables deberían estar más cerca de lo que fue la ronda 1.0 que de la 1.5, cuando hubo una baja abrupta. El subsecretario de Energías Renovables, Sebastián Kind, dijo recientemente que esperaba bajas en los precios de la compulsa que impulsará el Gobierno para la Renovar 2.0.

 

El Gobierno asegura que los precios del Renovar 2.0 van a tener una baja no tan abrupta como la que hubo entre el Renovar 1.0 y el 1.5 pero que seguirán bajando ¿Qué opinan al respecto?

Acompaño la descripción de Sebastián Kind, pero no soy tan optimista sobre algunos puntos. Creo que en las rondas 1.0 y 1.5 hubo bajas importantes pero en algunos casos de forma no responsable. Hubo gente que bajó precios pensando ‘si él puede  yo también y después veo cómo lo hago’. Y se subestimaron costos y algunas  barreras para conseguir el financiamiento adecuado. Además, hay varios rumores de que en breve se terminan los estímulos aduaneros para importar los bienes de capital a tasa 0. Y también las discusiones gremiales con Luz y Fuerza y con la UOCRA siguen encaminadas, pero no se sabe el costo real del trabajo. En mi opinión esos valores fueron subestimados en la ronda 1.5. Y además, un punto clave es que las tasas de interés de los proyectos que se financian en el exterior eran tasas previas a Donald Trump. Y ahora estamos enfrentando tasas de interés más elevadas. Si ponemos todos estos factores en la balanza es cierto que acá y en todo el mundo la curva de aprendizaje  baja los precios. Por todo eso, yo me quedaría conforme si los precios finalmente de la Renovar 2.0 se ubicaran cerca de la ronda 1.0 más que de la 1.5. Creo que todos estaríamos contentos porque serían proyectos más maduros, con más tiempo de desarrollo. Además, la ronda
2.0 va a asignar proyectos en los que no figura el financiamiento. En la 1.0 y 1.5 hubo pólizas de los proyectos que fueron temerarias. Con plazos de cumplimiento muy cortos y estrictos que complicaron el financiamiento.

 

Y desde CADER,  ¿qué otros puntos plantearon al Gobierno frente a la compulsa?

Desde CADER lo que hemos pedido con respecto a Renovar es que haya segmentación regional para evitar que todos los parques, sean eólicos o solares,  se concentren en  las zonas de máxima radiación. Argentina tiene buena parte de su territorio cubierto  con recursos que están muy por encima de la media europea. Se pueden hacer parques solares no sólo en el NOA también en Córdoba y Santa Fe, pero obviamente esto requiere que haya un marco que lo permita, si no todos se irán al NOA. También regionalizando  por tecnología. Porque además los nodos y las redes eléctricas se encuentran saturados, y al regionalizarlos se evita el impacto.  La otra cosa que le hemos pedido es que el mercado privado tenga seguridad jurídica, en términos de capacidad de despacho. Y que las rondas del Renovar que vengan no tengan prevalencia sobre los acuerdos entre privados que se firmen ahora. Por ahora, en el Renovar 2.0 que  se viene en octubre esto es así. Es decir los contratos firmados con el Gobierno tienen prevalencia en la capacidad de despacho sobre los privados.

 

¿Cómo está viendo CADER el escenario de las renovables con los nuevos anuncios del Gobierno que convocó a la ronda 2.0?

Desde la sanción de la Ley 27.191 (de promoción a las energías renovables) que se reglamentó al inicio de este Gobierno en enero de 2016 estas energías vivieron un escenario favorable sobre todo lo que son grandes parques. Y dentro de eso los parques fotovolcaicos y eólicos que lograron objetivos que parecían muy difíciles de conseguir para apuntar al cumplimiento de los objetivos de la ley, para el modelo de cuota con incentivos fiscales de licitar con los primeros 6 megas y del que hubo 6.500 de oferta. Y que con la ronda 1.5 se  terminaron entregando casi 2.500 megas de oferta que fue un éxito rotundo en precio y en cantidad de oferta. El desafío para solar y eólica pasa ahora por construir estos parques en tiempo y forma con los costos proyectados y con el financiamiento acordado. Lo cual es fácil decir, pero no tan fácil de hacer. En el caso de las otras renovables como biomasa, biogás y los proyectos hidromicros por ahora el éxito ha sido parcial. Ni los precios de las cantidades han sido los esperados y esto tuvo que ver más con la modalidad de la convocatoria, ya que al tener un combustible de pago y tratarse de contratos a 20 años es difícil, lo que hace que la incertidumbre de los precios se vaya para arriba.

 

¿También fue clave la baja de las tasas de interés?

Sí fue clave la reglamentación de la ley, y sobre todo el acuerdo con el Banco Mundial para poder tener plazos de cumplimiento de contrato que permitan a los segmentos locales y extranjeros bajar la incertidumbre, la tasa de interés y los precios. Y también fue importante el acuerdo  con los holdouts que permitió una reducción de la tasa del 15% al 7,5%. Todavía es elevada, casi el doble que la de Chile o Uruguay, pero es la mitad de lo que era.

 

¿Cómo ven hoy la situación del  mercado de las energías renovables?

Entendemos que se ha avanzado y mejorado mucho en este tiempo. Pero para el cumplimiento de la ley y para poder llegar a los objetivos del 20% en 2025 todavía falta marcarle la cancha a los grandes usuarios. Y esto implica saber a cuánto va a vender Cammesa y cuáles son las condiciones contractuales entre privados. Y también cómo va a ser la certificación de la autogeneración eventual que deba hacer el que quiera un parque solar o eólico propio o con socios en un parque industrial por ejemplo. En ese caso lo que falta saber es cuál va a ser el precio de Cammesa lo que determinará  que todo el resto de los actores se muevan. Si Cammesa vende la energía  renovable en sus licitaciones a un precio igual o mayor  al que vende hoy la energía convencional va a haber un incentivo para que los actores se muevan. Y si el precio es inferior, mucha gente se va a quedar esperando que Cammessa le traslade lo que termine contratando.

 

¿Cómo funciona en la práctica?

Lo que hace Cammesa es tomar todos los proyectos del Renovar, los derivados de la administración anterior. Al promedio al que compra eso le pone dos coeficientes: uno al gasto administrativo y otro al gasto financiero y lo entrega a los privados. Como esos coeficientes son muy discrecionales,  y hacen que el precio sea mayor o menor, dependiendo de cómo ponga ese precio, va a determinar hacia dónde lleva el mercado. Y están todos los jugadores: tanto los compradores como los vendedores esperando ver cómo queda la resolución. Salió a consideración pública recientemente y se aguarda la definitiva. Lo que va a terminar  haciendo la resolución es marcando la cancha de dónde se para el precio de la energía autogenerada y de los compradores a privados que queden dentro de la subasta de Cammesa, que va a ser en función de este precio. Con respecto a esos precios no hemos hecho sugerencias porque estamos esperando la resolución  definitiva del Gobierno. Lo que creemos es que si está la meta de crecer gradualmente y que el mercado se porte correctamente, impulsado también por el segmento privado y para eso se requiere estímulo. Y para ello es importante que el precio de Cammesa no sea inferior. Si no la mayoría de los proyectos se van a frenar.

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Importante Renovables: Empezaron las Compras Conjuntas de CAMMESA

En el mes de septiembre, posterior a la publicación en el boletín oficial del reglamentación de energías renovables, CAMMESA comenzó a facturar la energía renovable producida por aquellos proyectos inscriptos en las rondas RENOVAR.

¿Qué significa esto?

Que aquellos usuarios del MEM cuya potencia media anual del 2016 supere los a 300 KW, van a recibir, en la factura de CAMMESA o del distribuidor, un concepto en el que se les facturará la energía renovable producida por los generadores del RENOVAR. Para los GUMA está discriminado como “sobrecosto compras conjuntas”, para los GUME, está incluido en los “Cargos Adicionales”, y para los GUDI, todavía desconocemos como los facturará cada Distribuidora.

Adjuntamos listado de GUH para que comprueben si su empresa está incluida en el mecanismo.

¿Como funciona el cargo?

CAMMESA toma la energía producida por los generadores del RENOVAR al precio de los contratos firmados y la divide por toda la demanda del país. De esa manera, se llega a un cargo por MWh, que en Septiembre (primer mes de facturación) fue de 0,86 $/MWh.

¿Como impacta en la factura?

Se multiplica el cargo obtenido ese mes ( ej.septiembre: 0,86$/MWh) por la energía consumida por cada GUH en ese período (x MWh).

Ej Septiembre
Sobrecosto compras conjuntas: 0.86 $/MWh x 1000 MWh = 860 $/MWh

¿Qué energía desplaza: base o plus/excedente?

Comentamos en varias oportunidades,que si se empezaba a consumir un nuevo tipo de energía esta teóricamente desplazaría a otras (hoy en día hay dos combinaciones: base y excedente, o base y plus). Entonces con la entrada de renovables sería: base, excedente y renovable o base, plus y renovable.
Sin embargo CAMMESA no ha tomado en cuenta a las renovables en términos de energía para las compras conjuntas. Qué significa esto? Que no se ha modificado la estructura de opciones, siguen las combinaciones base y excedente o base y plus. Y donde entran las renovables? Se consideró únicamente como un costo nuevo.
La opcion de tener base, excedente y renovable o base, plus y renovable queda únicamente para aquellos que han decidido salir de las compras conjuntas (hoy en día nadie salió).

Situación a nivel generación país

Actualmente hay 4 proyectos (2 de biogas, 1 de biomasa y 1 hidráulico) generando que abastecen un 0.04% del porcentaje de la demanda nacional. A medida que transcurra el tiempo comenzarán a generar nuevos proyectos hasta que se llegue a los porcentajes establecidos por ley.

Les rogamos leer el pdf adjunto que muestra la situación de renovables del país. Son pocas páginas.

¿La industria debe hacer algo?

Por el momento, como podemos ver, el mercado de renovables recien empieza y solo ha empezado para 4 proyectos que generan con fuentes muy caras (todavía no entró ninguno solar ni eólico). Para tener una idea, el precio promedio para estos 4 proyectos fue de 143 USD/MWh. Sin embargo, esto se diluye gracias a que las compras conjuntas dividen la energía generada por toda la demanda del país. De esta manera se llegó a 0,86 $/MWh. Por ende, hoy, el costo del cumplimiento de la ley, con la oferta que hay, es muy económico.

Entonces, a medida que CAMMESA pueda abastecer más demanda (los porcentajes de abastecimiento irán en aumento), y el costo se vuelva considerable, recién en ese momento, se podrá obtener beneficios contratando con proyectos privados. Recordemos que si salgo de las compras conjuntas debo comprar como mínimo el porcentaje establecido por la ley. La ecuación económica a considerar será: el costo de la compra conjunta (precio de compra conjunta con cargos x porcentaje abastecido) vs (mínimo porcentaje establecido por ley x precio de privado).

Quedamos a su disposición,

Saludos Cordiales,

Informe Renovables ago 2017 MATER ago 2017

LISTADO GUH

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Lanzan un registro para los proveedores de firmas de energias renovables

Pese al éxito de las licitaciones del plan Renovar para construir parques eólicos, solares, centrales mini-hidroélectricas y proyectos de biogas y biomasa, la industria nacional sólo participa como proveedora de un 13% de los dispositivos y componentes.

Con el fin de aumentar la integración local en estas obras, el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI) creó el Registro de Proveedores de Energías Renovables (ReProER). Se trata de una plataforma online donde los fabricantes locales pueden inscribirse, y a partir de la verificación de sus datos y del origen de sus productos, se les otorga un código de producto que puede ser consultado por los desarrolladores de proyectos para solicitarles una cotización, explicó a El Cronista Gustavo Gil, director del Centro Inti Energías Renovables.

El registro virtual se lanzó el martes 10 durante una jornada en la que se reunió a las empresas adjudicatarias en las rondas 1 y 1.5 del plan Renov.Ar, y en menos de una semana recibió más de 30 solicitudes de inscripción por parte de proveedores locales de componentes.

Otra de las iniciativas que apoyó el Inti para impulsar la fabricación local de equipos y componentes fue la reciente creación de la Cámara Argentina de Fabricantes de Equipos de Energía Solar Térmica (CAFEEST), conformada por más de 20 productores locales de calefones, termotanques y climatizadores solares.

Si bien algunos dispositivos como las celdas para paneles fotovoltaicos (para generar electricidad) son mayormente importados, en el país existen muchas empresas con capacidad para proveer componentes como torres eólicas, componentes eléctricos y electromecánicos, comentó Gil. Creemos que hay unas 150 o 200 empresas en condiciones de proveer partes y equipamiento con altos estándares de calidad.

La plataforma desarrollada por el Inti permite, fundamentalmente, verificar el origen nacional de los bienes fabricados localmente, según la reglamentación vigente. A su vez, esto resolverá la gestión de la exención de derechos de importación para aquellos fabricantes locales que necesitan insumos y partes importadas para finalizar sus productos.

Además, la información compilada en este registro permitirá detectar oportunidades de desarrollo para la industria nacional.

Este registro incrementará la trazabilidad en todas las instancias de los proyectos y sienta las bases para la incorporación progresiva de componente local, destacó el director del Centro Inti Energías Renovables, y aclaró que la metodología utilizada para las auditorías es aplicable sólo a las rondas 1 y 1.5 del plan Renovar, y no aplica a los proyectos correspondientes de la Ronda 2 convocada por el ministerio de Energía y Minería cuya presentación de ofertas técnicas y económicas vence hoy.

Si bien en las rondas anteriores se contempló que, ante paridad de ofertas, se priorizan aquellos proyectos con mayor grado de integración local en sus componentes, una de las críticas por parte de la industria local fue que los pliegos no incluyeron una cláusula para fijar taxativamente un piso de participación nacional en este tipo de proyectos.

El Plan Renovar, lanzado el año pasado, apunta a diversificar la matriz energética y cumplir con el objetivo de la Ley de Energías Renovables. Dicha norma establece para fines de 2018 el objetivo de proveer un 8% del consumo eléctrico nacional a partir de fuentes limpias, para llegar al 2025 con un 20% de participación de estas energías.

En las licitaciones 1 y 1.5 de dicho plan, se adjudicaron proyectos en todo el país por más de 1700 MW, y en la ronda 2.0 se licitara la generación de otros 1200 MW de energías limpias.

Fuente: https://www.cronista.com/negocios/Lanzan-un-registro-para-los-proveedores-de-firmas-de-energias-renovables-20171019-0067.html

 

 

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La energia renovable le costaria a la Argentina menos que importar combustibles

Además de ayudar a mitigar el impacto medioambiental, Marcelo Álvarez, presidente de la Cámara Argentina de Energías Renovables (CADER), sostiene que las energías limpias pueden ayudar a equilibrar la balanza comercial porque “sacan menos dólares del sistema que los combustibles fósiles”.
“Las renovables generan más empleo y bajan el costo medio de la matriz. Así importes todos los bienes de capital, todo el hardware importado saca menos dólares del sistema que importar combustibles fósiles para quemar”, asegura Álvarez de visita en la redacción de Cronista.com. En todo 2016, según cifras del Ministerio de Energía y Minería, el país compró combustibles fósiles por 3945,3 millones de dólares, mientras que en lo que va de 2017 el monto llega a u$s 2205 millones.
Álvarez apunta a los fósiles porque, debido a la ley de emergencia energética, tampoco ayudan a la recaudación, ya que tienen exenciones impositivas. “No solamente estás importando algo no renovable, caro, prepagándolo, sacándolo del sistema, sino además no tiene aportes impositivos”, remarca.
– ¿Cuál es la situación actual en materia de Energías Renovables en la Argentina?
– La cancha está marcada por la ley 27.191, que crea tres grandes grupos: las convocatorias a Renovar (que ya tuvo la ronda 1 y 1.5) en las que se presentan quienes quieren producir energía eléctrica; el mercado entre privados, que habilita a pactar precios entre las partes sin intervención del Gobierno; y el de la autogeneración de los grandes usuarios.
Ahora, eso te deja afuera dos grandes grupos: el más chiquito, que es el sector residencial y comercial, que debería estar incluido en una ley de energía distribuida; y otro sector que puede autogenerarse con un buen margen de excedente, y que puede inyectar a la red eléctrica nacional ese excedente, pero que no es lo suficientemente potente como para entrar en una convocatoria de Renovar.
Sobre estos dos últimos grupos, todavía no hay mayores precisiones, porque el gobierno está enfocado en llegar a los objetivos de la ley a través de las adjudicaciones de Renovar y de terminar la resolución que brinde el marco regulatorio para el mercado entre privados. – Dentro de este panorama, ¿cuál es el mayor desafío que tiene el Gobierno?
– Si pensamos en los funcionarios públicos, es no caer en la tentación de ir solamente por el modelo más rápido sino ir hacia un modelo de producción no centralizada únicamente en grandes parques. Porque ambas cosas no se excluyen. Es más, con lo que ahorrás en importación de fósiles te alcanza para hacer las dos cosas.
Otro desafío son las tarifas, porque, sin hacer un análisis ideológico de si está bien o no ajustarlas, está claro que no se le puede subsidiar la tarifa al sector de altos ingresos como hoy. Esa es la peor de las señales. Ninguna política de racionalización de la demanda entra si tenés subsidiada la energía y no tiene un costo representativo en tus consumos.
– ¿Cómo pueden aportar las renovables en esta discusión?
– Yo siempre creí, y hoy más firmemente que antes, que las energías renovables son un cambio de paradigma. No es solamente un cambio de tecnología, sino que también están asociadas al cambio de modelo de desarrollo y del modelo de consumo. Y, a partir del cambio del modelo de consumo, también el de producción de energía. Ese cambio de paradigma hace que el ciudadano no sea un sujeto pasivo que simplemente consume, sino que se convierte en un actor adentro de la cadena causal.
Por ejemplo, recién decíamos que uno de los desafíos es descentralizar la producción. Es importante esto. Cuando se arme la ley de generación distribuida, que permita a hogares, comercios e industria generar su propia electricidad a partir de fuentes renovables y vender el excedente en la red, eso va a ser un cambio enorme.
El propio usuario, cuando empieza a generar electricidad (con la tecnología que fuere), empieza a racionalizar su propia demanda. Primero, por una situación egoísta: cobrar la diferencia entre lo que inyecta al sistema y lo que usa. Si hace más eficiente la demanda, no usa consumos evitables en los picos de la demanda (por ejemplo dejar de planchar a las 7 de la noche y hacerlo durante los fines de semana). Cuando los precios de la energía sean los reales respecto del costo, se va a empezar a mover la conciencia del sector residencial, industrial y comercial.
– ¿Por qué hubo tanto interés invertir en renovables en la Argentina?
– La Argentina junto con México, Perú y Colombia son las estrellas de la región, cada una por distintas cosas. Argentina, particularmente, por el tamaño del mercado y porque la tasa, si lográs metabolizar el riesgo de la inversión a largo plazo, es muy alta.
En Perú y México las tarifas para las energías renovables rondan los treinta y pico de dólares por megavatio/hora. Acá con u$s 52 están todos festejando porque veníamos de u$s 240, pero u$s 52 sigue siendo alta para el que invierte.
A partir de ronda 1 y 1.5 de Renovar, un montón de personas del establishment de la energía empezaron a mirar a las renovables, y comenzaron a considerarlo una opción real. Antes nos veían como burgueses con cargo de conciencia que queríamos un mundo mejor y no sabíamos cómo. A partir de que es negocio, el sector de renovables cambió mucho.
– Uno de los grandes debates en la economía argentina se produce en torno de las importaciones. ¿Qué pasa con este punto en relación a la tecnología para producir renovables?
– El camino, para nosotros, no es ponerles barrera a las importaciones sino estimular a los locales controlando la curva de aprendizaje y el aumento de productividad. Tradicionalmente la sustitución de importaciones es renta extraordinaria del empresario amigo de turno del Gobierno de turno. Para nosotros, el mecanismo es elegir cuáles son las posiciones arancelarias en los sectores en los que efectivamente podés competir. Es muy poco probable que puedas hacerlo con los chinos en la fabricación de módulos fotovoltaicos de integración vertical, pero sí podés laminar los módulos acá, o hacer las estructuras de soporte, las seccionadoras, la puesta a tierra, el monitoreo, todo eso se puede hacer acá.
– Otra cosa que se puede estimular, por ejemplo, es la investigación…
– Claro. Argentina tiene potencial para desarrollar concentración fototérmica y aplicaciones de fotovoltaico, aunque tiene que saber no es la prioridad global, porque hoy todo mira hacia la acumulación. Esto es porque las estrategias 100% renovables requieren acumular energía para evitar la intermitencia. Argentina puede desarrollar la industria de litio en términos de acumulación. Aunque habría que asociarse con alguien porque ya estamos muy atrás en términos de carrera tecnológica. Pero buscaría socios (un país o el sector privado, dependiendo de la política del Gobierno), para agregarle valor al commodity. Para decirlo en concreto: por cada gramo de litio que se vende, en una batería hay 27 veces más valor agregado que en el litio sin ningún proceso productivo.
– ¿Qué pasa con el campo en relación a renovables? En las rondas de Renovar fue muy chica la cantidad de proyectos que se presentaron en relación a la potencialidad que podría llegar a tener biomasa o biogás en nuestro país.
– Renovar 1 y 1.5 fueron exitosas en precio y en cantidad de proyectos pero fundamentalmente si se analizan los proyectos de producción a partir de fuente solar fotovoltaica y eólica. En biomasa, en biogás y en mini-pico hidro fue deficitaria por los precios y por la cantidad de proyectos.
Por ejemplo: para un productor de biomasa a partir de residuos resultó una barrera pensar en asegurarse todo ese sustrato y tenerlo disponible durante 20 años, que es la duración de los proyectos. Entonces, lo que tiene que ajustar el gobierno es el modelo de convocatoria, porque no es el mismo para solar fotovoltaica y eólica, que el de biomasa. Entiendo que tiene vocación de hacerlo porque entendió en qué falló. Ahora, la Argentina a los primeros 2000 megavatios los puede hacer simplemente con la fusta bajo el brazo utilizando residuos que hoy no se utilizan. Se hace en una situación de extrema ventaja. Simplemente gestionando los recursos y sabiendo que hay que planificar.

Fuente: https://www.cronista.com/negocios/La-energia-renovable-le-costaria-a-la-Argentina-menos-que-importar-combustibles-20170802-0115.html

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Las energias renovables en la Argentina aun estan lejos de la vida real.

Las áreas legales y técnicas del Centro de Desarrollo y Asistencia Tecnológica (Cedyat) vienen siguiendo la evolución de la ley 27191, régimen de fomento nacional para el uso de fuentes renovables de energía destinada a la producción de energía eléctrica, y su contraste con la realidad objetiva en su implementación.

Las energías renovables son aquellas que utilizan recursos que no son de origen fósil e incluyen a la energía eólica, la solar fotovoltaica, la geotérmica, la biomasa, la mareomotriz y la pequeña hidráulica.
En su artículo 2: “Se establece como objetivo del presente régimen lograr una contribución de las fuentes de energía renovables hasta alcanzar el ocho por ciento (8%) del consumo de energía eléctrica nacional, al 31 de diciembre de 2017”. Situación muy lejos de la viabilidad según las informaciones oficiales de la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico (Cammesa), quien señala que la producción de energía renovable oscila hoy entre el uno y dos por ciento.
La normativa también establece que las metas deberán ser cumplidas individualmente por los grandes consumidores de energía. Es decir, están incluidas unas 300 mil organizaciones empresarias y públicas, desde grandes plantas industriales hasta instalaciones comerciales y edificios públicos. Para cumplir los objetivos, podrán optar por autogenerar o contratar la compra de energía de fuentes renovables a generadores o comercializadores privados o proveerse de Cammesa.
Con los proyectos adjudicados del Plan Renovar se podría incrementar la oferta y generar el 3,5% de la energía eléctrica con fuentes renovables para fines de 2018. Pero recién en 2020 generarían lo suficiente para alcanzarse el ambicioso 8% establecido por el Congreso en el 2015. Además, al Ministerio de Energía le resta emitir una resolución para reglamentar la venta de este tipo de energía entre privados y convocar a una licitación para ampliar la capacidad de transporte.
El Cedyat cuenta con reconocimiento y trayectoria por su trabajo en distintos niveles del Estado en pos de impulsar la transición energética como el vector estratégico para una nueva matriz. Realizó el estudio de impacto ambiental para la extensión por treinta años de la Central Nuclear de Embalse, Córdoba, Argentina. Instaló los paneles solares en la Legislatura porteña. Junto al BID desarrolló el Plan Delta Sustentable, un valioso aporte a la nueva normativa de los humedales que fuera declarado de interés legislativo.
La transición energética basada en combustibles fósiles hacia las renovables requiere para Argentina aplicar también la legislación vigente en materia ambiental tanto nacional como provincial de los diversos proyectos en carpeta, ubicándonos racionalmente en el contexto para la superación del déficit energético para aprovechar la importancia del conocimiento tecnológico en la creación de riqueza.
Desde el Cedyat no tenemos ninguna duda de que resulta más que necesario incrementar la participación de las energías renovables en la generación eléctrica en forma importante para reducir las emisiones de dióxido de carbono para evitar los daños del cambio climático. Pero también sabemos que para ello no es suficiente apostar solamente a la energía eólica y solar, sino que también es necesaria la hidroeléctrica y la nuclear, las cuales en la actualidad producen casi el 25% y el 6%, respectivamente, de la energía eléctrica del país.

Fuente: http://www.infobae.com/opinion/2017/08/07/las-energias-renovables-en-la-argentina-aun-estan-lejos-de-la-vida-real/

 

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Energias renovables: la onda verde mundial que la Argentina busca alcanzar

Aunque la ley 27.191 impone que a fines de este año se llegue al 8% de energía originada en fuentes renovables, las cifras no alcanzan el 2%. El equilibrio con la matriz energética convencional y las próximas aplicaciones en la vida diaria.
¿Argentina con el 8% de su energía salida de fuentes renovables en diciembre de este año? Hoy, arañando el 1,8%, puede decirse que es un sueño simpático pero imposible, más allá de que el cuerpo legislativo lo haya creído viable al promulgar, no en una sino en dos oportunidades (2006 y 2015), leyes que describían ese horizonte: la 26.190 y la 27.191. ¿La gran meta? Cubrir un 20% de la oferta eléctrica con estas energías en 2025. Esto más allá del ya fallido objetivo de 2017, que, por cierto, el Boletín Oficial decretó como “Año de las Energías Renovables”.
El subsecretario de Energías Renovables del Ministerio de Energía y Minería de la Nación, Sebastián Kind, se refirió, en diálogo con Clarín, a los aciertos y obstáculos en el marco del plan RenovAR, que impulsa su cartera: “En realidad, el decreto 531 de 2016 establece que la fiscalización del cumplimiento del 8% se hará recién en diciembre de 2018. En ese momento se van a auditar los 12 meses anteriores, o sea, el 2018. Ya hay 69 proyectos de energías renovables. Casi todos tienen los contratos firmados, salvo una tanda que se firmará en estos días. De todos modos, es muy probable que el 8% no se cumpla tampoco en diciembre de 2018 sino unos meses después. Son los tiempos legislativos. Si los plazos hubieran sido más lógicos y no hubiera demorado tres años sancionar la ley, hoy no estaríamos corriendo”.
Estacionales o no tanto, en medio de los manotazos de ahogado que derivan en caudalosas importaciones de energía, muchos opinan que lentamente se va tomando la senda del consumo “consciente”. La idea es re-encauzar la matriz energética argentina, hoy copada por los recursos no renovables o convencionales (los fósiles o hidrocarburos), lo que requerirá, como describe el director de la Escuela de Posgrado del ITBA, Diego Luzuriaga, “un acto de equilibrio entre dos paradigmas de energía. No se trata de estar a favor o en contra. Queda claro que no debería haber un justificativo para invertir en energía fósil cuando se pueda invertir en renovable. Por un tiempo van a tener que coexistir, pero, si bien no quiero sonar dramático, el mundo no va a sobrevivir a 2050 si sólo usamos combustibles fósiles”.
Uno de los históricos impulsores del tema es Fernando “Pino” Solanas, senador nacional del bloque Proyecto Sur-Unen. El legislador señaló a Clarín que “tanto el gas como el petróleo son insumos esenciales para la industria petroquímica y aún no se pudo reemplazar a los combustibles fósiles en los casos del transporte naval, aéreo o ferroviario de larga distancia, pero lo que sin lugar a dudas constituye una locura es quemar combustibles para generar electricidad”. “Las energías renovables pueden provocar una verdadera revolución de trabajo y desarrollo”, opinó.
Todos hablan del futuro. Cuesta imaginarlo, pero lo que se viene no es unplugged. Un día (para los expertos no falta tanto: 20 o 30 años), veredas y estacionamientos de Argentina tendrán enchufes para cargar los autos. A los equipos de aire acondicionado que dominan en techos y balcones se sumarán más objetos indecorosos: paneles fotovoltaicos y térmico solares, otro look al espacio urbano. Optimista, el subsecretario asegura que “esto se verá muy pronto; en los próximos cinco años tiene que estar funcionando”.
¿Serán tecnologías accesibles a todos? “Sí”, dice Kind: “La clave es que Argentina puede estructurarse en un largo plazo. Cuando por la coyuntura del país eso no sucede y hay que diseñar todo ‘para mañana’, naturalmente la tecnología se encarece. Esto no debiera pasar acá. Estamos estructurando a largo plazo, aun con el clima hostil de inversión que hubo”.
En el capítulo II de la Argentina energética se espera que, como ya pasa en España, camiones de insumos descarguen, en los sótanos de edificios eco-friendly, grandes bolsones de pellets (combustible hecho con biomasa); allí una gran caldera los transformará en calefacción central, con baja emisión de dióxido de carbono (CO2). En el norte del país, las viviendas aprovecharán de lleno la luz y el calor solares. Y en el sur, el intenso viento patagónico.
El calor que viene de las fauces de la tierra (energía geotérmica) debería ser, también, aprovechable. Según Kind, “hay interés. Se estiman novedades para fin de año”. Igualmente, la fuerza del oleaje marino aportará lo suyo, aunque el subsecretario reconoce etapas: “No todavía. Estamos un paso antes. Para la energía mareomotriz hay que esclarecer marcos jurídicos y abrir caminos para desarrollar tecnología adecuada”.
Ante la pregunta por la energía hidroeléctrica se arma enseguida una lista de peros. Según datos de la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico (CAMMESA), esta fuente representaba, en 2015, el 35,5% de la matriz eléctrica argentina. Pero el enorme (y parece que irremediable) impacto ambiental que se registra en las grandes represas condujo a una necesaria relectura sobre la imagen de estas centrales como símbolo nacional de progreso.
Desde el punto de vista ambiental, el nuevo paradigma sólo aceptará las chiquitas, las de pequeña escala, como explica Andrés Napoli, director ejecutivo de la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN): “Hay desmitificar que las mega represas hidroeléctricas son energía renovable. No lo son, y no lo digo yo sino la propia ley. Dicen que son limpias, pero el impacto ambiental es enorme”.
El texto oficial es claro: “El límite de potencia establecido por la presente ley para los proyectos de centrales hidroeléctricas, será de hasta cincuenta megavatios (50 mw)”. La represa de Yacyretá, en Corrientes, llega a los 2.746 mw. Y tres neuquinas (Alicurá, El Chocón y Piedra del Águila) producen de 1.000 a 1.400 mw.
Conviene pisar con pie de plomo antes de lanzar afirmaciones sobre energía y medio ambiente. La represa Urugua-í, en Misiones, tiene 120 mw instalados, lo que parece poco. Sería una represa “inofensiva”, si se la compara con la transnacional Itaipú, que puede producir hasta 14.000 mw.
Pero basta charlar con habitantes de las localidades lindantes a esos ríos para empaparse de los mil y un perjuicios (sociales, ambientales) que se desprenden de las inundaciones y sequías, según el accionar de las represas. Sorprende que la web del Ministerio de Energía describa la hidroeléctrica como “renovable” (a nivel mundial, un término ligado a lo ecológicamente sustentable), sin detallar los efectos según su potencia. Es una buena noticia, como explica Leonardo Spina, coordinador de Gerencias Técnicas del Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI), que sea “enorme” la capacidad argentina en cuanto a las otras fuentes de energía renovable: “El proyecto RenovAR viene siendo muy exitoso en la primera ronda de licitaciones. La eólica es la principal, pero la fotovoltaica tiene su peso, igual que los proyectos de biomasa. La idea es lanzar otro esquema similar en un timing corto. El Instituto de Vivienda ya está pensando en incorporar colectores solares para minimizar la necesidad energética del consumo de gas. Según la localidad, el aprovechamiento puede ser muy grande. Es una energía disponible que requiere baja inversión y bajo mantenimiento”.
El tema que preocupa a todos es la intermitencia: estas fuentes se renuevan gratis y sin ayuda, pero su intensidad y duración son muy variables. Para los expertos, es clave el desarrollo de un sistema de distribución bidireccional. O sea, que quien tenga energía de sobra pueda de algún modo “inyectarla” a la red y darle a quien le falte.
Hagan sus apuestas: ¿faltan años luz para esto? “Esta semana se está debatiendo en la Cámara de Diputados el proyecto de generación distribuida, para tener una ley nacional. Es una cuestión de los tiempos legislativos, pero este año debiera concretarse”, asegura Kind
Pino Solanas coincide en que el proyecto “se encuentra muy avanzado en el Senado”, pero subraya: “Estamos trabajando para llegar a un consenso final en la redacción, junto con los senadores García Larraburu, Pais, Luenzo, Rodríguez Saa y Cobos. Sin embargo, en algunas comisiones hubo ciertas dilaciones para el tratamiento del proyecto, por parte de sectores afines al oficialismo”.
Desde FARN, Napoli prefiere cautela: “El Gobierno avanzó con las dos licitaciones de RenovAR e incorporó una gran cantidad de watts, pero no es lo mismo concretar que hacer licitaciones. No tenemos una radiografía de cómo estamos. Además, el gobierno está mostrando señales contradictorias que dificultan y demoran la transición de las energías fósiles a las renovables, una meta que, más allá de Estados Unidos, Argentina adscribió en el Acuerdo de París”.
¿Qué contradicciones? Napoli detalla: “Las nuevas represas de Santa Cruz (N. del R.: las centrales “Néstor Kirchner” y “Jorge Cepernic”, frenadas por una medida cautelar de la Corte Suprema. Terminado el informe de impacto ambiental, las obras se reanudarían en septiembre) y las dos centrales nucleares acordadas con China no registran ningún debate interno sobre el impacto. Sumemos el yacimiento Vaca Muerta y podría presumirse que si el Estado pone recursos en un lugar, no los va a poner en el otro. El costo internacional va a ser muy alto. Se va a medir la producción según con qué energía la hiciste. Podría haber restricciones de mercado si competís de manera desigual”.
Para Kind, “no se trata de incentivar o no incentivar: hay una obligación legal. Debemos cumplir la ley y la ley dice lo que dice. Además hay una conveniencia natural, que es el de las energía renovables como la fuente más conveniente. Hay sectores que se verán más o menos tocados por el avance de las renovables, pero en cualquier caso no vienen a cumplir el rol de cubrir el 100% de la matriz en este momento sino en 2050, así que no hay un problema. Es complementario y para diversificar”. Sobre los proyectos en danza con China, Kind es evasivo: “Sobre las nucleares… prefiero no tocar el tema”.
Desde el INTI, Spina explica que “si uno se enfocase sólo en el gas, se dice que Vaca Muerta puede dar 400 o 500 años de consumo. La realidad es que este yacimiento posiciona al país en una sobreabundancia energética. Pero el mundo se sigue moviendo”.
Pesa lo cultural, coincide, desde el ITBA, Diego Luzuriaga: “La energía del futuro son múltiples fuentes que se asociarán y deberán adaptarse según el potencial de cada región. La cultura tiene que cambiar. Hay quienes siguen queriendo energía ilimitada, gratuita y además poder desperdiciarla”.
“Hay una matriz de pensamiento para estas cuestiones que consiste en repetir que la única energía acumulable es la fósil”, aclara Napoli, y resume: “Vaca Muerta no sale dos pesos, sale millones y, de vuelta, se está pensando sólo en la producción, no en quiénes van a regular el proceso. Ya lo vivimos con el tema minero: en los 90 se dieron facilidades, se liberó y se dejó que provincias como La Rioja o Catamarca controlaran grandes monstruos. No aprendimos nada. Vamos a tener problemas en 20 años”.
La tendencia hacia las renovables es irrefrenable y mundial. Para los optimistas, Argentina no perderá la onda verde. O, más bien, no debería.

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El 28% de la electricidad mundial en 2021 sera renovable

Las energías renovables están en el punto de mira de muchos políticos. La preocupación por el medio ambiente ha crecido en la última época entre la población mundial, pero los expertos son optimistas: el uso de las energías limpias aumentarán en los próximos años (Especialmente es países como China y la India).
La Agencia Internacional de la Energía (AIE) prevé que las energías renovables seguirán siendo la fuente de generación de electricidad de mayor crecimiento en los próximos cinco años, pasando de representar el 23% de la generación en 2015 a un 28% en 2021.
El pasado mes de febrero, durante la presentación del estudio de la AIE ‘Medium-Term Renewable Energy Market Report 2016’ que organizó el Club Español de la Energía (Enerclub), el jefe de la división de energías renovables de la agencia internacional, Paolo Grankl, destacó que las renovables supondrán más del 60% del aumento de la generación mundial de electricidad a medio plazo.
Asimismo, el alto cargo de la AIE explicó que se espera que la capacidad global renovable aumente en 825 gigavatios (GW), lo que supone un 42% entre los años 2015 y 2021. Además, indicó que se estima que la generación de renovables superará los 7.600 teravatios hora (TWh) en cuatro años, lo que equivale a la generación total de electricidad de Estados Unidos y la Unión Europea.

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Pero a pesar de estas perspectivas, Frankl se mostró cauteloso en cuanto a su evolución debido a factores como la incertidumbre política, su mayor integración en los sistemas, la necesidad de mayor inversión o el lento desarrollo de tecnologías renovables en los sectores de calor y el transporte.

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Trump no condicionará
Paolo Frankl también habló de la situación de Estados Unidos. El experto indicó que no cree que la elección de Donald Trump como presidente del país norteamericano vaya a condicionar el crecimiento de las energías renovables en esa nación que, se espera, superará la capacidad instalada de Europa en un plazo de cinco años.
Además, el jefe de la división de renovables de la AIE fue optimista y señaló que las políticas “no pueden cambiarse de un día para otro”, de modo que la organización prevé que no haya “grandes cambios” en los próximos meses.
Con relación a España, Frankl apuntó durante la presentación del informe sobre las tendencias del mercado de las energía que la futura subasta de energías renovables puede “provocar cambios” en las previsiones de la AIE. De este modo, el mercado nacional podría salir de la zona de recesión en la que está desde la última década.
Además, a través de su informe, la AIE advirtió a Polonia de que debería reducir el uso del carbón en su mix energético y cambiar su estrategia para aumentar las fuentes con más bajas emisiones en CO2, como la nuclear o las renovables, ya que “el carbón proporciona el 51% del suministro de energía del país, según datos de 2015″.

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El aerogenerador más grande del mundo

Aerogeneradores como estos, son los responsables del aumento de la capacidad energética mundial

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Vestas ha presentado la actualización del aerogenerador más grande del mundo. No tengo adjetivos para describir lo descomunal que es esta turbina. La V164, un molino de viento de 220 metros con aspas de 38 toneladas y 80 metros de largo, acaba de centrar toda la atención de los interesados en renovables en Dinamarca.
La anterior turbina era capaz de entregar una potencia de 8 MW, y que gracias a las actualizaciones es ahora capaz de llegar hasta los 9 MW de salida bajo unas condiciones específica. En su primera prueba, la V164 fue capaz de generar 216.000 kWh en solo 24 horas.

No sólo es el récord absoluto en generación de energía eólica por un solo aerogenerador, sino que es la demostración más clara de que los vientos oceánicos van a tener un papel clave en la transición energética que ya está en marcha.

Suficiente para alimentar un hogar durante 66 años

Según Torben Hvid Larsen, CTO de Vestas:

“Nuestro prototipo ha marcado otro récord de generación, con 216.000 kWh producidos en un periodo de 24 horas. Estamos seguros de que este aerogenerador de 9 MW ha probado que está preparado para el mercado, y creemos que jugará un papel clave en el descenso de los precios de la energía eólica offshore.”

https://www.renovablesverdes.com/28-la-electricidad-mundial-2021-sera-renovable/

https://youtu.be/uJBFAAJXH4c

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La inversion en energias renovables llegarian a u$s 20 mil millones

El monto estimativo es producto de las licitaciones que el gobierno nacional hace en ell Plan Renovar y que el año pasado alcanzaron a u$s 6.500 millones.

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Las inversiones en energías renovables, producto de las licitaciones que el gobierno nacional hace en el marco del Plan Renovar, y que el año pasado alcanzaron a u$s 6.500 millones, podrían alcanzar a u$s 20.000 millones en los próximos años, estimó el ex subsecretario de Industria y de Combustibles, Miguel Angel Cuervo.

“Claramente la política energética del Gobierno en materia de renovables, es un adelanto. La necesidad de tener energías renovables importantes como la solar y la eólica, son pilares imprescindibles actualmente”, sostuvo Cuervo a la agencia Télam.
Destacó que el año pasado “se licitaron inversiones por u$s 6.500 millones en energías renovables”, y puntualizó que “la oferta de proyectos alcanzó los u$s 8.000 millones”.
A su criterio, “la cifra licitada puede multiplicarse por dos o por tres”, porque indicó que “en generación de energía renovable, baja el costo de inversión por unidad obtenida”.
En ese sentido explicó que “la energía se vuelve más barata respecto de las tradicionales de combustibles fósiles, y contribuye definitivamente a bajar las generación de gases de efecto invernadero que tiene la Argentina”.
En ese sentido, el economista acaba de editar, junto al ex secretario de Energía Alieto Guadagni, el libro “El Cambio Climático”, de Editorial El Ateneo, en el que se proponen “concientizar a la gente común, que no tiene ni idea, sobre el riesgo de no mitigar su efecto”.
Por eso remarcó que si bien la generación de energías renovables “tiene un costo de ingreso muy alto, ya que hay que invertir más plata que en la explotación de gas y petróleo”, aseguró que “en 30 años producirán energía gratis, porque el viento y el sol lo son”.
Precisó que la matriz energética argentina se compone “en un 53% de gas; en un 34% de petróleo, y el 1% es carbón, lo que totaliza un 88% de producción de combustibles fósiles”, y añadió que “el 12% restante es energía limpia, de la cual apenas 1,2% es eólica y solar”.
A su criterio, “con el potencial de recursos que tiene la Argentina, las políticas que lleva adelante este Gobierno, el interés de los inversores por participar de los procesos de licitación, es posible alcanzar al 10% de energía solar y eólica”.
Aseguró que “hay mucha gente interesada en invertir”, aunque consideró que “los costos todavía están lejos para lo que debiéramos tener”.
En ese sentido, precisó “el promedio que se paga acá es de u$s 55 el megavatio”, y comparó que “Chile, en agosto de 2015 licitó a u$s 35 promedio”.
Explicó que “la diferencia está en el costo país, que no es el riesgo, si no que si las empresas van a Chile consiguen, por ejemplo, 10 puntos porcentuales menos de costo, y en Argentina 10 más”.
De todos modos, estimó que “puede haber más ofertas que las actuales”, porque remarcó que “Argentina tiene una capacidad de generar energía solar muy importante, más que Alemania, que tiene 20% de este tipo de energía en su matriz”.

fuente: http://www.mdzol.com/nota/723355-la-inversion-en-energias-renovables-llegarian-a-us-20-mil-millones/

por MDZ12 de Marzo de 2017 | 18:06

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La Patagonia Argentina con viento a favor

Fuente: http://biodiesel.com.ar/10349/la-patagonia-argentina-con-viento-a-favor

#Energíaeólica.El #viento acapara las inversiones de #energíasrenovables en la #Patagonia.
Los más optimistas creen que la producción podría satisfacer una demanda equivalente a la de #Sudamérica. Mientras aparecen jugadores con mejores antecedentes en #Chubut, queda el recuerdo las iniciativas en Comodoro Rivadavia de los que actualmente sólo quedan sus vestigios.
El #PlanRenovAr superó las expectativas: de 1000 MW licitados, las ofertas pasaron los 6000 MW. Las tecnologías son variadas pero destacan los aprovechamientos eólicos e hidroeléctricos en la Patagonia, tanto en la zona comahue -como la denomina el programa- con Neuquén, Río Negro y La Pampa; como la zona sur con Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego.
La apuesta por las renovables aparece en un contexto crítico para los hidrocarburos, sin embargo esa industria es de las principales actividades emisoras de gases de dióxido de carbono del país, junto a la agricultura y la deforestación. Esta vez, las energías limpias tienen su oportunidad para consolidarse dentro de la matriz energética argentina.
“Podríamos, en términos teóricos, satisfacer toda la demanda de Sudamérica”, se entusiasmó el ex director de Greenpeace y actual diputado nacional de Cambiemos, Juan Carlos Villalonga, en la Expo Viento y Energía. El encuentro fue organizado a mediados de este mes por la Asociación Argentina de Energía Eólica (AAEA).
Carlos Badano, experto en energía eólica e integrante de la comisión directiva de la AAEE dijo en ese encuentro que Argentina tiene un potencial de 2000 gigavatios de eólica. El factor de utilización (horas del año con viento) es promedio un de 37% y una velocidad del viento promedio de 7 metros por segundo.
En este contexto, SAESA realizó un relevamiento de los actuales proyectos de energías renovables en el país. Chubut tuvo su lugar destacado: suma 137 MW de potencia instalada con los parques El Tordillo (3MW), Loma Blanca IV (51 MW), Rawson I y II (50 MW y 27.4 MW) y Diadema (6.3MW). El principal competidor por la energía del viento es Buenos Aires que tiene como ventaja su cercanía con nodos y líneas de alta tensión. En materia eólica, son 5529 MW relevados en todo el país.
PROPUESTAS EN CHUBUT Y SANTA CRUZ
Los proyectos eólicos en Chubut, la tecnología que es fuerte en esta provincia, suman 653,45 Mw de un total de 3.468,7 Mw. En Buenos Aires ofertaron por 1.177,5 Mw, 1.085,3 en Patagonia (Chubut y Santa Cruz), 859,8 en Comahue (Neuquén y Río Negro), 200 en el Noroeste, 74 en Cuyo, 48 en el centro del país (Córdoba) y 24,2 en el Litoral.
Algunos de los proyectos con enclave en Chubut ya tuvieron anuncios como los de YPF, Hychico yGENNEIA. YPF tiene Manantiales 2, en su principal yacimiento en esta provincia que es Manantiales Bher, con un aporte proyectado de 49,2 Mw. Hychico, que lleva estos proyectos paraCAPSA, impulsará el Parque Eólico Diadema II por 27,6 Mw. Y Chubut Norte, con 50 Mw, es la idea de GENNEIA.
Otro de los parques que están para la licitación es Loma Blanca, que hará inversiones por 100 Mw para la etapa 5 y la misma cantidad para la etapa 6. La iniciativa es en Puerto Madryn y desde 2014 viene levantando por etapas la granja eólica en diferentes programas de incentivos para las renovables.
Angelito I y II, donde cada uno propone aportar sus 100 Mw al Programa Renovar. Los molinos serán montados por Interenergy Holding en la meseta central chubutense, según consta en el detalle de las propuestas difundido por el Ministerio de Energía de la Nación y CAMMESA.
Los otros proyectos que completan las presentaciones para Chubut con el Parque Eólico Garayalde por 24,15Mw de 3 GAL, Kosten en Pampa del Castillo por la compañía ENAT para generar 24 Mw y Pampa 1 con sus 78,2 Mw a cargo de la compañía Enel Green Power.

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Santa Cruz también es tierra de vientos y allí surgen cinco proyectos más para la Patagonia sur.
Petroquímica Comodoro Rivadavia avanzará ahí con el parque eólico El Bicentenario, con el que pretende aportar 100 Mw, EREN es la empresa que impulsa dos granjas eólicas en Santa Cruz, el Viento Austral y Los Hércules con una capacidad de generación de 97,2 Mw, Enel Green Power con el parque Puerto Deseado con 37,4 Mw y Pico Truncado SA el parque La Deseada con 100 Mw.
CEMENTERIO DE MOLINOS
Las nuevas inversiones, en manos de empesas de mayor oprte y con experiencia en el área de energía, vuelven a entusiasmar a la clase política. A esto se le suma que en el valle chubutense ya operan granjas eólicas exitosamente.
La nueva Ley de Energías Renovables, que fue aprobada por la Cámara de Diputados por amplia mayoría e impulsada por el ex senador chubutense Marcelo Guinle, propone lograr que un 8% de la matriz nacional de la energía eléctrica sea aportada en 2017 por fuentes renovables, y alcanzar el 20% en el 2025.
La Sociedad Cooperativa Popular Limitada (SCPL) tiene marcado el estigma del fracaso con el parque eólico promocionado como el más grande de Sudamérica a fines de los noventa. Los equipos habían sido comprados para la primera etapa en Dinamarca y para la segunda en España. La devaluación provocó que la deuda por aquellos molinos se multiplicara a niveles difíciles de pagar, por lo que refinanciaron deudas.
Además, los equipos cumplieron su vida útil. Esto quiere decir que la SCPL paga equipos que ya no pueden recuperarse, ni siquiera como chatarra. Desmontarlos cuesta más que la deuda refinanciada, que en 2014 se alzaba a más de 500 mil
dólares. Quedan sobre el Cerro Chenque el cementerio de molinos que con el paso del tiempo, la erosión y las tormentas de viento pierden sus aspas o las piezas de sus motores. EL PATAGONICO.

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Energia renovable: Mas cerca del marco institucional necesario

Fuente: http://www.cronista.com/impresageneral/Energia-renovable-Mas-cerca-del-marco-institucional-necesario-20160921-0011.html

La reglamentación de la Ley 27.191 y la creación del programa RenovAr son avances notables para generar un contexto jurídico que sea acorde al potencial renovable de la Argentina. Falta instrumentar la regulación que se necesita para gestar un mercado entre privados.
En 2012 tuve la oportunidad de participar en uno de los eventos más importantes de energía eólica del mundo, la exposición anual organizada por la American Wind Energy Association (AWEA). Allí, presenté un póster titulado “Oportunidades en la Argentina para proyectos eólicos”.
El póster lo había sometido a consideración de AWEA en 2011, con un año de antelación, tal como se estila en esos casos. Pero el evento tuvo lugar en 2012 y quiso la suerte que fuera solamente unos días después de la expropiación de las acciones de Repsol en YPF.
Fue entonces en vano que, en aquel momento, hablara del viento que sopla en nuestro territorio o de los amplios terrenos disponibles. Mi presentación fue recibida con un previsible escepticismo. Es que para el desarrollo de proyectos de energía eléctrica de fuente renovable no alcanza con que sople el viento o haya radiación solar. Y la disponibilidad de tierras, caminos y líneas de transmisión es condición necesaria, pero no suficiente.
El recurso que es decisivo no es uno natural, sino creado por el hombre, y se trata nada menos que de tener un marco institucional que proporcione la seguridad jurídica adecuada que requieren proyectos en donde los desembolsos de capital se efectúan en el día uno, pero su repago es en el largo plazo.
La Argentina ha tardado más que muchos de sus países vecinos en alcanzar ese marco institucional idóneo, pero finalmente parece estar llegando a esa meta.
En 2015, se sancionó la Ley 27.191 que actualiza el régimen en materia de energía eléctrica de fuentes renovables. El Gobierno a cargo desde el 10 de diciembre decidió, con buen criterio, no modificarla, lo que hubiera implicada una demora de meses o años, sino avocarse a su reglamentación y puesta en práctica.
La ley fija una meta de consumo creciente de electricidad de fuentes renovables que implica que, al 31 de diciembre de 2017, este debe alcanzar el 8% del total y que, en 2025, debe llegar al 25%.
Si tenemos en cuenta que el porcentaje actual es inferior al 2%, la magnitud de la tarea por delante resulta evidente.
Con ese fin, el Gobierno puso el acento en lograr una licitación exitosa para celebrar contratos compra de energía eléctrica de fuentes renovables. Así fue creado el programa RenovAr, en virtud del cual se licitaron 1000 MW de potencia.
El pasado 5 de septiembre, el Gobierno recibió 123 ofertas por 6.346 MW, más de seis veces de lo requerido. Su adjudicación está prevista para el 12 de octubre y solo entonces se podrá tener una medida cabal de su resultado, no obstante, la cantidad de proyectos ofrecidos es ya una muy buena señal.
Ahora bien, la ley y su reglamentación han estipulado que los grandes usuarios con demandas de potencia mayor a 300 KW deberán cumplir con las metas de consumo y, a tal fin, pueden autogenerar o contratar la compra de energía proveniente de diferentes fuentes renovables, pudiendo efectuarse dicha compra al generador, mediante un distribuidor, de un comercializador o Cammesa.
Luego del notable avance del Programa RenovAr, debe encararse la forma de instrumentar la regulación necesaria para posibilitar un mercado de energías renovables entre privados.
Tal instrumentación tiene aspectos específicos, pero toca también otros aspectos más generales del sector eléctrico.
En tal sentido, sería deseable que el Gobierno replique la encomiable rapidez y eficacia con la que avanzó en materia de renovables, y proceda a restaurar el pleno imperio de la Ley 24.065 y el funcionamiento de un mercado eléctrico mayorista (MEM), en donde, contrariamente a lo que sucede en el día de hoy, los grandes usuarios contraten libremente con los generadores, y estos últimos contraten libremente su combustible y sean remunerados acordemente.
Ello es una parte importante del objetivo de contar con un marco institucional sólido y previsible para el pleno desarrollo de las energías renovables en la Argentina de modo acorde con el potencial de sus recursos, un objetivo que hoy está más cerca de lograrse.

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Argentina: Empresa Mendocina de Energia presenta 7 proyectos fotovoltaicos en licitacion renovable

Fuente: http://www.pv-magazine-latam.com/noticias/detalles/articulo/argentina–empresa-mendocina-de-energa-presenta-7-proyectos-fotovoltaicos-en-licitacin-renovable_100024283/

Los proyectos concurren en la primera licitación renovable del programa RenovAr. Las potencias de los proyectos oscilan entre 1,2 MW y 20 MW.

Empresa Mendocina de Energía (Emesa) presentó siete proyectos fotovoltaicos localizados en la provincia de Mendoza, en el extremo oeste de Argentina, en la primera licitación de proyectos de energías renovables del programa nacional RenovAr, según informó el gobierno regional.
El gobierno de Mendoza informó que Emesa presentó a la licitación los siguientes proyectos fotovoltaicos: Luján de Cuyo 1 (1,22 megavatios), Luján de Cuyo 2 (2,25 megavatios), Lavalle (20 megavatios), La Paz (16 megavatios), General Alvear (20 megavatios), PASIP en San Martín (1,89 megavatios) y Anchoris en Luján de Cuyo (20 megavatios). Emesa también presentó proyectos de otras tecnologías renovables.
El plazo para remitir ofertas para la licitación finalizó a principios de esta semana. En conjunto, se han presentado 58 ofertas de proyectos fotovoltaicos ubicados en 12 provincias a esta licitación. El certamen cuenta con un cupo de 300 megavatios para la fotovoltaica y los proyectos de esta tecnología presentados a nivel nacional suman 2,8 gigavatios.
En la licitación se subasta un gigavatio en proyectos renovables en conjunto. Se presentaron 123 proyectos de distintas tecnologías a nivel nacional que suman 6,4 gigavatios. El certamen se resolverá en octubre.
Con esta licitación, el gobierno argentino busca incrementar la participación de las energías renovables en el mix de electricidad. La legislación argentina establece un objetivo de ocho por ciento de energías renovables en el año 2017. (Redacción)

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Energia renovable: se presentaron 123 ofertas en la licitacion oficial

Fuente: http://www.lacapital.com.ar/energia-renovable-se-presentaron-123-ofertas-la-licitacion-oficial-n1226492.html

El Ministerio de Energía y Minería recibió ayer 123 ofertas de empresas interesadas en la generación de energía de fuentes renovables por 6.366 Megavatios (Mw), en la primera ronda de licitaciones contempladas en el plan Renovar.
En este primer capítulo, las empresas concursan para proveer 1.000 Mwde energía renovable. De ellos, 600 Mw deben provenir de fuente eólica, 300 Mw de solar, 65 Mw de biomasa, 20 Mw de pequeños aprovechamientos hidroeléctricos y 15 Mw de biogas.
La Subsecretaría de Energías Renovables analizará las propuestas y definirá las calificaciones técnicas de los proyectos que competirán, el próximo 7 de octubre, cuando se abran las ofertas económicas.
El cronograma elaborado por Energía establece que la adjudicación de ofertas ocurrirá el 12 de octubre y las firmas de los contratos respectivos el 11 de noviembre.
El resultado de esta primera ronda licitatoria, para la cual se vendieron 76 pliegos, fue dado a conocer por el ministro Juan José Aranguren, y el subsecretario Sebastián Kind, durante un acto realizado en el microcine del Palacio de Hacienda, edificio que también es sede de Energía.
Ante un auditorio integrado con representantes de las empresas interesadas y técnicos del sector, el ministro destacó, a modo de antecedente para este programa, el impulso legal dado a las energías renovables por el ex senador del Frente para la Victoria, Marcelo Guinle.
Santa Fe. De las 123 ofertas recibidas 49 correspondieron a energía eólica por un total de 3.468 megavatios de potencia, en proyectos a desarrollar en Buenos Aires, Chubut, Río Negro, Santa Cruz, Neuquén, La Rioja, La Pampa, Mendoza, Córdoba y Santa Fe.
Otras 58 ofertas por un total de 2.834 megavatios, corresponden a energía solar, a desarrollar en Salta, San Juan, Jujuy, Catamarca, San Luis, La Rioja, Mendoza, Neuquén, La Pampa, Córdoba, Buenos Aires y Chaco.
También se presentaron 11 ofertas para producir 53 megavatios de energía en base a proyectos de biomasa y biogas, en Entre Ríos, Corrientes, Córdoba, Tucumán, Santa Fe, Misiones y San Luis.
Asimismo, se presentaron 5 propuestas por una potencia de 11 megavatios mediante pequeños aprovechamientos hidroeléctricos en Río Negro y Mendoza. Kind destacó que la incorporación de los 1.000 megavatios por esta primera licitación “permitirá aumentar la participación de las fuentes renovables en la ecuación energética del país, del 1,8 por ciento a 4,5 por ciento”.

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Argentina incentiva las inversiones en energias renovables

Fuente: http://www.energia16.com/actualidad/argentina-incentiva-las-inversiones-en-energías-renovables

17-08-2016

El Ministerio de Producción de Energía de Argentina ha aprobado un subsidio del 3 por ciento en la tasa de interés de los préstamos que se concedan para la incorporación de bienes de capital y componentes de origen nacional en proyectos de energías renovables.
La bonificación tendrá un importe total de 225 millones de dólares, de los cuales 25 millones provendrán del Estado y los otros 200 serán facilitados por la banca privada.
Este anuncio llega justo antes de la convocatoria de 1.000 megavatios denominada Plan Renovar Ronda 1, impulsada por el Ministerio de Energía, y que está prevista para el 5 de septiembre.
Con esta medida, se busca “potenciar una industria nacional de alcance regional con proveedores argentinos, que aproveche los recursos naturales y genere empleo de calidad”, señaló el Ministerio de Producción en un comunicado.
Argentina tiene un régimen de promoción de energía renovable con el que se busca generar el 20 por ciento de la matriz energética a partir de fuentes renovables en el año 2025. “Se trata de un sector con alto potencial para la exportación y la generación de empleo de calidad, que puede contribuir al rápido aumento de disponibilidad energética con una tecnología ambiental sostenible. Esta iniciativa se integra en el Plan Productivo Nacional en marcha”, señaló Martín Etchegoyen, secretario de Industria y Servicios del Ministerio de Producción.
Etchegoyen añadió que “se busca dar impulso a un sector de alto potencial, de atracción de inversiones y generación de empleo que, además, reduce el impacto ambiental y mejora los costes de abastecimiento de energía eléctrica”.
La licitación de Renovar Ronda 1 es el primer paso de un plan de largo plazo para aumentar la participación de las energías renovables, según apuntó el subsecretario de Energías Renovables, Sebastián Kind.

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El Gobierno establecio nuevos beneficios para obras en energia renovable por u$s 1.700 millones

Fuente: http://www.cronista.com/economiapolitica/El-Gobierno-establecio-nuevos-beneficios-para-obras-en-energia-renovable-por-us-1.700-millones-20160722-0104.html
incrementar la participación de estas fuentes en la matriz eléctrica hasta alcanzar el 8% del consumo anual nacional para el 2017.
El gobierno nacional estableció un cupo fiscal de u$s 1.700 millones para el ejercicio fiscal 2016, destinado a la promoción del desarrollo de las energías renovables.
En los considerandos del Decreto 882 publicado hoy en el Boletín Oficial, se menciona que el Régimen de Fomento Nacional para el Uso de Fuentes Renovables establece como objetivo lograr un incremento en la participación de estas fuentes de energía en la matriz eléctrica hasta alcanzar el 8% del consumo anual nacional al 31 de diciembre del 2017, aumentando dicha participación porcentual de forma progresiva hasta alcanzar el 20% al 31 de diciembre del 2025.
Se remarca que el cumplimiento de estos objetivos “importará enormes beneficios para nuestro país en diversos aspectos, entre los que se destacan el crecimiento y consolidación del sector energético -inmerso desde hace años en una profunda crisis- mediante la expansión de la potencia instalada en plazos cortos, la reducción de costos de generación de energía y la previsibilidad de precios a mediano y largo plazo, generando condiciones para la seguridad del abastecimiento de energía eléctrica”.
También se producirá “un significativo aporte en el cuidado del medio ambiente, contribuyendo a la mitigación del cambio climático; la reactivación económica a partir de la atracción de inversiones nacionales y extranjeras genuinas y la generación de fuentes de trabajo”.
Tras ese objetivo se estableció un Régimen de Fomento que incluye beneficios promocionales a ser asignados a quienes sean titulares de inversiones y concesionarios de nuevas obras de producción de energía eléctrica generada a partir de fuentes de energía renovables, aprobadas por la Autoridad de Aplicación en el marco del citado Régimen.
Por lo expuesto, se estableció para el ejercicio 2016 un cupo fiscal de U$S 1.700.000.000 para ser asignado a los beneficios promocionales, que se aplicará en pesos. En caso que el cupo fiscal previsto no sea asignado en su totalidad en el ejercicio 2016, se transferirá automáticamente al ejercicio 2017.

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La primera licitacion de energias renovables requiere una inversion de US$ 1.300 millones

http://www.argentinaeolica.org.ar/portal/index.php?option=com_content&task=view&id=6223&Itemid=2

A mediados de mayo se lanzará la primera licitación, que será de US$ 1.300 millones, destinada a desarrollar obras de energías renovables que requerirán inversiones totales por US$ 5.000 millones para elevar a 8% la participación de estas fuentes no tradicionales en la composición de la matriz energética nacional.
“La primera licitación para obras de energías renovables se lanzará a mediados de mayo y es un primer paso hacia el objetivo del Gobierno nacional de atraer inversiones por US$ 5.000 millones para ampliar a 8% la participación de las mismas en la matriz energética del país hacia fines de 2017”, detalló el subsecretario de Energías Renovables, Sebastián Kind.
El funcionario destacó el impulso dado en los últimos meses al sector y explicó que “el primer objetivo es instalar 3.000 MW de potencia”, explicó Kind en una entrevista.
“El esquema de licitaciones es el último eslabón de lo que es el plan de renovables. Vamos a estar saliendo en el segundo trimestre del año con las licitaciones, que son compras que hace el Estado nacional por orden y cuenta de toda la demanda, el 100% de la demanda, no sólo los grandes usuarios, y con todos menos con aquellos que decidan salir a contractualizar energía renovable en forma directa”, manifestó.
En el Ministerio de Energía se trabaja para lanzar el llamado dentro de dos o tres semanas, con un fuerte interés del Gobierno nacional por promover inversiones en este sector, que tomó impulso tras la reglamentación de la Ley 17.191 de incentivo al desarrollo de Energías Renovables.
La ley prevé elevar el 1,8% de participación actual de energías renovables en la matriz energética a 8% para el 31 de diciembre de 2017, lo cual requiere la incorporación de 3.000 MW de potencia.
Kind señaló que con “la primera licitación no se va a llegar al 8%, pero veremos cómo reacciona el mercado y vamos paso a paso”.
Enumeró que el mayor interés está puesto en la instalación de proyectos de mini centrales hidráulicas y otras que provean energía de biomasa, además de origen solar y eólica.
El subsecretario destacó que hay “muchísimo interés tanto de desarrolladores, inversores, bancos, fabricantes, fondos de inversión multilaterales y agencias de promoción de otros países”.
“El decreto reglamentario fue el punto que toma el Poder Ejecutivo para decir ‘vamos para adelante con esto’, y a partir de eso hay mucho interés en general de participar en el proceso; es un proceso público y competitivo que el Gobierno está llevando adelante, porque interesa muchísimo” la diversificación de la matriz energética nacional.
De hecho, este mes el grupo Pampa Energía confirmó su interés en construir dos parques eólicos con una inversión inicial de US$ 400 millones, en inmediaciones de la ciudad de Bahía Blanca, con lo cual ingresará al negocio de las energías renovables.
Kind explicó que “hay muchos beneficios en las energías renovables. Por un lado el beneficio económico directo es que resultan más económicas que lo que desplazan. Por cada unidad de energía renovable se reemplazan combustibles fósiles que son más caros en generación que lo que cuesta este reemplazo”.
“Por otra parte, el beneficio ambiental y el beneficio en cuanto la diversificación de la matriz hacia fuentes que no sean dependientes de un commodity como es el petroleo con la volatilidad de precios que eso implica y no atarse a la voluntad política de un externo, porque los recursos naturales son nuestros”, agregó.
Además, sostuvo que “aun con la caída del precio del petróleo, las renovables siguen siendo convenientes económicamente”.
El subsecretario observó que “Argentina no tiene casi potencia renovable instalada siendo uno de los países más importantes del ranking mundial de recursos naturales” y aseguró que desde el Estado se está trabajando para dar un marco de condiciones para la inversión.
“Esto va de la mano de un plan desde lo nacional de desarrollo y desde lo privado de oportunidad de inversión; si las condiciones para la inversión están dadas, los proyectos aparecen. En eso es en lo que estamos trabajando; para que esas condiciones estén; para que el inversor y la comunidad inversora participen”, señaló.
Kind dijo que “hay que mirar para adelante y ver realmente que la oportunidad está y que las condiciones para que ello suceda las estamos llevando adelante. Esto fue de la mano de la ley y todo el arco político que acompañó, se aprobó casi por unanimidad. El proyecto nace en un gobierno y lo toma el siguiente, esto lo convierte casi en una política de Estado”.

La ley brinda una serie de incentivos fiscales, prevé el otorgamiento de un certificado fiscal para proyectos con alto componente nacional en sus instalaciones y creó el fondo fiduciario (Foder) para la promoción del financiamiento de los proyectos, que se constituyó con $ 12.000 millones.
Acerca de fuentes naturales que tiene el país y que aún no fueron aprovechadas como fuente de generación energética, Kind indicó que “toda la costa argentina cuenta con el recurso mareomotriz, al que no lo estamos contemplando con la fuerza que tal vez en algún momento podríamos encarar”.
“Argentina viene teniendo más energía eólica por las bondades de sus recursos y por la estructura de costos que la tecnología tiene, pero estamos empezando a tener una conveniencia natural en desarrollar fuertemente otro tipo de generación, como es la solar, ya en forma masiva o tecnologías para biomasa y minihidro”, agregó.
Desde el Ministerio de Energía, estiman que la demanda de energía del país va a crecer 25% en los próximos 10 años, y en el marco de la Ley 27.191 se apunta a ampliar en 10.000 MW de potencia la oferta de energía renovable para 2025.
“Para instalar 10.000 MW habrá que ver cómo evoluciona la estructura de costos conforme avancemos en las instalaciones”, indicó Kind.
De acuerdo con las estimaciones actuales, el objetivo final de 10.000 MW requiere una inversión de entre US$ 15.000 y US$ 20.000 millones.
Según el Grupo de Energías Renovables, un desarrollo eólico de 8.000 MW de potencia hasta el año 2020 permitiría ahorrar unos US$ 14.000 millones en ese período, por reemplazo de importaciones de combustibles fósiles.

Fuente: http://www.telam.com.ar/

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Regimen de Fomento Nacional para el Uso de Fuentes Renovables de Energia Destinada a la Produccion de Energia Electrica. Reglamentacion.

https://www.boletinoficial.gob.ar/#!DetalleNorma/142860/20160331

Decreto 531/2016

Bs. As., 30/03/2016

VISTO el Expediente N° S01:0034276/2016 del Registro del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, las Leyes Nros. 26.190 y 27.191, y

CONSIDERANDO:

Que se ha sancionado la Ley N° 27.191 que modifica la Ley N° 26.190 en lo relativo al “RÉGIMEN DE FOMENTO NACIONAL PARA EL USO DE FUENTES RENOVABLES DE ENERGÍA DESTINADA A LA PRODUCCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA”.

Que la Ley N° 27.191, además de introducir la modificación legal antes mencionada incluye los siguientes aspectos: (i) Introducción de la Segunda Etapa del Régimen de Fomento Nacional para el Uso de Fuentes Renovables de Energía Destinada a la Producción de Energía Eléctrica; (ii) Creación del Fondo Fiduciario para el Desarrollo de Energías Renovables (FODER); (iii) Establecimiento de la Contribución de los Usuarios de Energía Eléctrica al cumplimiento de los objetivos del Régimen de Fomento; (iv) Tratamiento de los Incrementos Fiscales; (v) Determinación del Régimen de Importaciones; (vi) Regulación del Acceso y Utilización de Fuentes Renovables de Energía; (vii) Tratamiento de la Energía Eléctrica Proveniente de Recursos Renovables Intermitentes.

Que la Ley N° 27.191 tiene como objeto el fomento del uso de fuentes renovables de energía destinadas a la Producción de Energía Eléctrica.

Que la expansión del uso de fuentes renovables de energía destinadas a la producción de energía eléctrica —como finalidad principal del Régimen de Fomento— tiene consecuencias favorables para el país ya que implica una mayor diversificación de la matriz energética nacional, la expansión de la potencia instalada en plazos cortos, la reducción de costos de generación de energía, previsibilidad de precios a mediano y largo plazo, y la contribución a la mitigación del cambio climático, generando condiciones para la seguridad del abastecimiento de energía eléctrica para la REPÚBLICA ARGENTINA.

Que por las razones antedichas la expansión del uso de las fuentes renovables de energía destinadas a la producción de energía eléctrica, constituye una cuestión de máxima prioridad para el PODER EJECUTIVO NACIONAL y una política de Estado de largo plazo con aptitud para asegurar los beneficios de energías limpias para el país y para todos sus habitantes.

Que el Decreto N° 562 de fecha 15 de mayo de 2009 aprobó la reglamentación de la Ley N° 26.190.

Que toda vez que la Ley N° 27.191 introdujo modificaciones a la Ley N° 26.190 y adoptó regulaciones sobre cuestiones no previstas en dicha norma resulta necesario aprobar una nueva reglamentación que reemplace la aprobada por el Decreto N° 562 de fecha 15 de mayo de 2009.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, ha tomado la intervención que le compete.

Que el presente decreto se dicta en uso de las facultades conferidas al PODER EJECUTIVO NACIONAL por el Artículo 99, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE
DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:

Artículo 1° — Apruébase la reglamentación de la Ley N° 26.190, modificada por el Capítulo I de la Ley N° 27.191 y del Capítulo II de la Ley N° 27.191 sobre “RÉGIMEN DE FOMENTO NACIONAL PARA EL USO DE FUENTES RENOVABLES DE ENERGÍA DESTINADA A LA PRODUCCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA”, que como Anexo I forma parte integrante del presente decreto.

Art. 2° — Apruébase la reglamentación de los Capítulos III, IV, V, VI, VII, VIII y IX de la Ley N° 27.191 sobre “RÉGIMEN DE FOMENTO NACIONAL PARA EL USO DE FUENTES RENOVABLES DE ENERGÍA DESTINADA A LA PRODUCCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA”, que como Anexo II forma parte integrante del presente decreto.

Art. 3° — Deróganse el Decreto N° 562 de fecha 15 de mayo de 2009 y la Resolución Conjunta N° 572 del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS y N° 172 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS de fecha 2 de mayo de 2011.

Art. 4° — El presente decreto comenzará a regir a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial.

Art. 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MACRI. — Marcos Peña. — Alfonso de Prat Gay. — Juan J. Aranguren.

ANEXO I
REGLAMENTACIÓN DE LA LEY N° 26.190, MODIFICADA POR EL CAPÍTULO I DE LA LEY N° 27.191, Y DEL CAPÍTULO II DE LA LEY N° 27.191 SOBRE “RÉGIMEN DE FOMENTO NACIONAL PARA EL USO DE FUENTES RENOVABLES DE ENERGÍA DESTINADA A LA PRODUCCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA”.
Reglamentación de la Ley N° 26.190, modificada por la Ley N° 27.191.
ARTÍCULO 1°.- El PODER EJECUTIVO NACIONAL, por medio del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, fomentará el desarrollo de emprendimientos para la generación de energía eléctrica a partir de fuentes renovables de energía con destino a la prestación del servicio público de electricidad, la investigación para el desarrollo tecnológico y la fabricación de equipos con esa finalidad. El MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA coordinará con los organismos dependientes de la administración centralizada y descentralizada las acciones que correspondan a sus respectivas competencias para hacer efectivas las políticas de fomento que se establecen en la Leyes Nros. 26.190 y 27.191 y en esta reglamentación.
ARTÍCULO 2°.- El MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA calculará y publicará el grado de cumplimiento de la meta establecida en el Artículo 2° de la Ley N° 26.190, modificada por la Ley N° 27.191. A tales efectos, utilizará datos públicos oficiales de elaboración propia o confeccionada por otros organismos o entidades reconocidas por la Autoridad de Aplicación. Deberá incluir en el cómputo la generación de energía eléctrica a partir de las fuentes renovables enumeradas en el Artículo 4° de la Ley N° 26.190, modificada por la Ley N° 27.191, existentes a la fecha de entrada en vigencia de la última ley mencionada.
El MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, en el ámbito de sus competencias, adoptará las medidas conducentes a efectos de alcanzar el objetivo previsto por el Artículo 2° de la Ley N° 26.190, modificado por la Ley N° 27.191.
ARTÍCULO 3°.- La Ley N° 26.190, modificada por la Ley N° 27.191, es de aplicación a todas las inversiones en generación de energía eléctrica, autogeneración y cogeneración, a partir del uso de fuentes de energía renovables en todo el territorio nacional, sean éstas nuevas plantas de generación o ampliaciones y/o repotenciaciones de plantas de generación existentes, realizadas sobre equipos nuevos o usados, según la normativa que dicte oportunamente el MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.
Se considerará obra nueva para la producción de energía eléctrica a partir de fuentes renovables a los bienes de capital nuevos, obras civiles, electromecánicas y de montaje y otros servicios vinculados que la integren y conformen un conjunto inescindible en lo atinente a su aptitud funcional para la producción de energía eléctrica a partir de las fuentes renovables que se definen en el Artículo 4° de la Ley N° 26.190, modificado por la Ley N° 27.191. Únicamente quedarán alcanzados por los beneficios promocionales, aquellos titulares de proyectos de inversión que efectúen la incorporación de bienes nuevos, sin perjuicio de que dichos proyectos puedan desarrollarse sobre instalaciones existentes.
ARTÍCULO 4°.- A los efectos de la aplicación del “RÉGIMEN DE FOMENTO NACIONAL PARA EL USO DE FUENTES RENOVABLES DE ENERGÍA DESTINADAS A LA PRODUCCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA” (en adelante, el “RÉGIMEN DE FOMENTO DE LAS ENERGÍAS RENOVABLES”), se establece que:
a) La Autoridad de Aplicación podrá disponer, sobre bases técnicamente fundadas, la inclusión de otras fuentes renovables que en el futuro se desarrollen, siempre que sean fuentes renovables de energía no fósiles idóneas para ser aprovechadas de forma sustentable en el corto, mediano y largo plazo.
b) Sin reglamentar.
c) Sin reglamentar.
d) Sin reglamentar.
ARTÍCULO 5°.- Será Autoridad de Aplicación de la Ley N° 26.190, modificada por Ley N° 27.191, el MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, conforme lo establece la Ley de Ministerios (Texto Ordenado por Decreto N° 438 de fecha 12 de marzo de 1992) y sus modificaciones y complementarias, quien podrá delegar el ejercicio de sus competencias en una dependencia de rango no inferior a Subsecretaría.
En las cuestiones de índole tributaria y fiscal el MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS tendrá las siguientes funciones:
a) Dictará las reglamentaciones técnicas de orden fiscal y tributario, sin perjuicio de las competencias propias de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP), entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS.
b) Determinará el cupo anual máximo a prever en el Presupuesto Nacional disponible para otorgar beneficios promocionales, sobre la base de la estimación que anualmente realice la Autoridad de Aplicación en función de los proyectos de inversión a desarrollar para alcanzar el objetivo fijado en el Artículo 2° de la Ley N° 26.190, modificado por la Ley N° 27.191.
c) Previsionará el cupo anual de beneficios promocionales y gestionará su inclusión en la Ley de Presupuesto del año fiscal siguiente, de acuerdo con lo establecido en el inciso anterior.
En caso de que el cupo correspondiente a cada período no sea utilizado en su totalidad, la Autoridad de Aplicación adoptará las medidas necesarias para que el excedente se traslade como saldo adicional al período siguiente.
ARTÍCULO 6°.- Políticas.
a) La Autoridad de Aplicación coordinará con las jurisdicciones provinciales que adhieran al “RÉGIMEN DE FOMENTO DE LAS ENERGÍAS RENOVABLES” aspectos tecnológicos, productivos, económicos y financieros necesarios para la administración y el cumplimiento de las metas de participación futura en el mercado de dichos recursos energéticos, con el fin de que se aprovechen las ventajas relativas de los recursos locales. Para ello, las jurisdicciones adherentes asumirán el compromiso de suministrar a la Autoridad de Aplicación toda la información que le sea requerida.
b) La Autoridad de Aplicación definirá las condiciones bajo las cuales llevará a cabo la coordinación de las actividades en el marco de lo dispuesto por la Ley N° 25.467 de Ciencia, Tecnología e Innovación.
c) Sin reglamentar.
d) Sin reglamentar.
e) Sin reglamentar.
f) Sin reglamentar.
ARTÍCULO 7°.- La Autoridad de Aplicación deberá definir parámetros que permitan seleccionar, aprobar y merituar proyectos de inversión en obras nuevas para la producción de energía eléctrica a partir de fuentes renovables teniendo en cuenta como objetivos lograr una mayor diversificación de la matriz energética nacional, la expansión de la potencia instalada, la reducción de costos de generación de energía, la contribución a la mitigación del cambio climático y la integración del componente nacional en los proyectos a desarrollarse.
ARTÍCULO 8°.- Beneficiarios y Procedimiento.
8.1. Beneficiarios. Podrán acceder al “RÉGIMEN DE FOMENTO DE LAS ENERGÍAS RENOVABLES” establecido en el Artículo 7° y siguientes de la Ley N° 26.190, modificada por la Ley N° 27.191, las personas físicas domiciliadas en la REPÚBLICA ARGENTINA y las personas jurídicas constituidas en la REPÚBLICA ARGENTINA que sean titulares de proyectos de inversión incluidos los proyectos de autogeneración y cogeneración y/o concesionarios de obras nuevas de generación de energía eléctrica a partir de fuentes renovables siempre que: (i) No hayan celebrado contratos bajo las Resoluciones Nros. 220 de fecha 18 de enero de 2007, 712 de fecha 9 de octubre de 2009 y 108 de fecha 29 de marzo de 2011 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS para el mismo proyecto presentado para acceder al citado “RÉGIMEN DE FOMENTO DE LAS ENERGÍAS RENOVABLES”, pudiendo, en cambio, acceder en el caso de que dicho proyecto no haya comenzado a ser construido y el contrato celebrado bajo las resoluciones mencionadas sea dejado sin efecto en las condiciones establecidas por la Autoridad de Aplicación; y (ii) Hayan sido seleccionados y aprobados por la Autoridad de Aplicación para ser incluidos en el “RÉGIMEN DE FOMENTO DE LAS ENERGÍAS RENOVABLES” y obtenido, en consecuencia, el Certificado de Inclusión en el Régimen de Fomento de Energías Renovables.
Los sujetos alcanzados por lo dispuesto en el Artículo 9° de la Ley N° 27.191 que desarrollen proyectos de inversión de autogeneración o cogeneración de energía eléctrica a partir de fuentes renovables con el fin de cumplir con la obligación impuesta en la citada norma también podrán ser beneficiarios del “RÉGIMEN DE FOMENTO DE LAS ENERGÍAS RENOVABLES” de acuerdo con las condiciones establecidas por la Autoridad de Aplicación.
Los titulares de proyectos de inversión respecto de los cuales se hayan celebrado contratos bajo las resoluciones citadas precedentemente, que hayan comenzado la Etapa de construcción, podrán ser beneficiarios del “RÉGIMEN DE FOMENTO DE LAS ENERGÍAS RENOVABLES” siempre que acepten las modificaciones a los contratos celebrados que resulten necesarias para adaptarlos a los términos de las Leyes Nros. 26.190 y 27.191, del presente decreto y de las normas complementarias que en consecuencia se dicten, de acuerdo con lo que establezca la Autoridad de Aplicación.
La Autoridad de Aplicación deberá establecer un orden de mérito para los proyectos que hayan sido aprobados.
En caso de que la sumatoria de los beneficios promocionales a otorgar a los proyectos aprobados por la Autoridad de Aplicación exceda el cupo fiscal previamente establecido al efecto, dicho orden de mérito deberá ser tenido en cuenta para la asignación de dichos beneficios, dando prioridad a los proyectos con mejor calificación.
A efectos de elaborar el orden de mérito de los proyectos aprobados, la Autoridad de Aplicación establecerá las pautas, los puntajes y los porcentajes de ponderación correspondientes.
8.2. Procedimiento. Para obtener el Certificado de Inclusión en el “RÉGIMEN DE FOMENTO DE LAS ENERGÍAS RENOVABLES” y la asignación de los beneficios promocionales, los interesados deberán presentar ante la Autoridad de Aplicación la documentación que ésta requiera oportunamente.
La Autoridad de Aplicación podrá intercambiar información con la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP) y otros órganos y entes competentes en las materias involucradas, a los efectos de verificar el cumplimiento de los requisitos exigidos.
En los casos de los proyectos cuya fuente renovable de generación sean residuos, independientemente de la tecnología empleada, la Autoridad de Aplicación dará intervención al MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE, a los fines de que emita opinión sobre la elegibilidad del proyecto, en lo relativo a las materias propias de su competencia.
Asimismo, la Autoridad de Aplicación deberá dar intervención al MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS en los expedientes administrativos, previo al otorgamiento del beneficio, a efectos de que la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS tome la intervención que le compete, a fin de evaluar la afectación presupuestaria que implique el otorgamiento de los beneficios previstos en el presente régimen.
La Autoridad de Aplicación realizará la selección, evaluación y aprobación de los proyectos de generación presentados, mediante acto administrativo fundado, estableciendo el orden de mérito según lo establecido en el Artículo 8.1 de la presente reglamentación. De acuerdo con el orden de mérito aprobado, la Autoridad de Aplicación determinará la asignación de los beneficios promocionales para cada proyecto, incluyendo el detalle de los bienes a importar alcanzados por el beneficio previsto en el Artículo 14 de la Ley N° 27.191 y el Artículo 14 del Anexo II del presente decreto, consignando el monto del cupo fiscal total asignado a cada uno.
Los proyectos de generación aprobados quedarán incluidos en el “RÉGIMEN DE FOMENTO DE LAS ENERGÍAS RENOVABLES” y obtendrán un Certificado de Inclusión en el Régimen de Fomento de Energías Renovables, que será extendido por la Autoridad de Aplicación.
La Autoridad de Aplicación establecerá los requisitos y formalidades relativas a la presentación de las solicitudes, la calificación para la asignación del cupo fiscal y dictará las normas complementarias y aclaratorias que resulten necesarias para el cumplimiento del régimen instituido por la Ley N° 26.190, modificada por la Ley N° 27.191.
La presentación de la solicitud para ser incluido en el “RÉGIMEN DE FOMENTO DE LAS ENERGÍAS RENOVABLES” implicará de parte del solicitante el pleno conocimiento y aceptación de las normas que integran el citado régimen.
ARTÍCULO 9°.- Beneficios. El goce de los beneficios promocionales otorgados mediante el acto administrativo de aprobación del proyecto quedará sujeto a la condición suspensiva consistente en la acreditación, por parte del beneficiario, de que el proyecto haya tenido principio efectivo de ejecución antes de la fecha estipulada en el Artículo 9° de la Ley N° 26.190, modificada por la Ley N° 27.191. La Autoridad de Aplicación establecerá la documentación a presentar para cumplimentar con la acreditación exigida y los medios para hacerlo, tendiendo a la utilización de medios electrónicos en todo cuanto sea posible.
La Autoridad de Aplicación dictará las normas complementarias e interpretativas necesarias para una mejor aplicación del presente régimen, pudiendo contemplar situaciones de imposibilidad objetiva de completar el principio efectivo de ejecución dentro del plazo previsto cuando existan fundadas razones que lo justifiquen.
La falta de acreditación del cumplimiento del principio efectivo de ejecución del proyecto en el plazo correspondiente dará lugar a la aplicación de lo dispuesto en el Artículo 10 de la Ley N° 26.190, modificada por la Ley N° 27.191, y en el Artículo 10 del presente Anexo.
En el momento de otorgamiento de los beneficios, sea al acreditar el principio efectivo de ejecución o en forma anticipada, el beneficiario deberá constituir una garantía equivalente al CIEN POR CIENTO (100%) del monto total de beneficios asignados al proyecto, más el monto adicional por otros conceptos que pudieran corresponder, en los términos que establezca la Autoridad de Aplicación.
El certificado fiscal previsto en el Artículo 9°, inciso 6) de la Ley N° 26.190, modificada por la Ley N° 27.191, podrá otorgarse en forma anticipada de acuerdo con lo establecido en el inciso 6) del presente artículo.
A los efectos de la aplicación de los beneficios promocionales previstos en el Artículo 9° de la Ley N° 26.190, modificada por la Ley N° 27.191, se establecen las siguientes disposiciones:
1) Impuesto al Valor Agregado (IVA) e Impuesto a las Ganancias. De conformidad con lo establecido en el Artículo 9° inciso 1) de la Ley N° 26.190, modificada por la Ley N° 27.191, los sujetos titulares de proyectos aprobados en el marco de las disposiciones de dicha ley, podrán obtener la devolución anticipada del Impuesto al Valor Agregado (IVA), correspondiente a los bienes nuevos incluidos en el proyecto y, simultáneamente, practicar en el Impuesto a las Ganancias la amortización acelerada de los mismos.
I. Devolución anticipada del Impuesto al Valor Agregado (IVA): El Impuesto al Valor Agregado (IVA) que por la compra, fabricación, elaboración o importación definitiva de bienes de capital, nuevos en todos los casos, o la realización de obras de infraestructura, les hubiera sido facturado a los responsables del gravamen, luego de transcurrido como mínimo UN (1) período fiscal contado a partir de aquél en el que se hayan realizado las respectivas inversiones, le serán acreditados contra otros impuestos recaudados por la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP), o en su defecto les será devuelto en las condiciones que al respecto establezca la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP).
Dicha acreditación o devolución procederá en la medida en que el importe de las mismas no haya debido ser absorbido por los respectivos débitos fiscales originados por el desarrollo de las actividades.
A los fines establecidos en el presente apartado, se considerarán inversiones realizadas a aquellas que correspondan a erogaciones de fondos efectuadas a partir de la fecha de aprobación del proyecto, de conformidad con los plazos establecidos en el mismo.
Cuando los bienes a los que se refiere el presente punto se adquieran en los términos y condiciones establecidos por el Artículo 1227 y siguientes del Código Civil y Comercial de la Nación, los créditos fiscales correspondientes a los cánones y a la opción de compra sólo podrán computarse a los efectos de este régimen luego de haber transcurrido como mínimo UN (1) período fiscal, contado a partir de aquél en que se haya ejercido la citada opción.
No podrá realizarse la acreditación prevista en este régimen contra obligaciones derivadas de la responsabilidad sustitutiva o solidaria de los contribuyentes por deudas de terceros o de su actuación como agentes de retención o percepción. Tampoco será aplicable la referida acreditación contra gravámenes con destino exclusivo al financiamiento de fondos con afectación específica ni contra deudas correspondientes al Sistema de la Seguridad Social.
El Impuesto al Valor Agregado (IVA) correspondiente a las inversiones a que hace referencia el tercer párrafo del presente apartado, se computará contra los débitos fiscales, una vez computados los restantes créditos fiscales relacionados con la actividad gravada.
No procederá la acreditación o devolución a que se refiere el presente apartado, según corresponda, cuando al momento de su solicitud los respectivos bienes de capital no integren el patrimonio de los titulares del proyecto.
II. Amortización acelerada del Impuesto a las Ganancias: Los sujetos titulares de proyectos promovidos en el marco de la Ley N° 26.190, modificada por la Ley N° 27.191, por las inversiones correspondientes a dichos proyectos efectuadas con posterioridad a su aprobación y de conformidad con los plazos que allí se establezcan, podrán optar por practicar las respectivas amortizaciones a partir del período fiscal de habilitación del bien, de acuerdo con las normas previstas en los Artículos 83 y 84 de la Ley del Impuesto a las Ganancias (t.o. 1997) y sus modificaciones, o conforme al régimen establecido en el Artículo 9°, apartado 1.4. de la Ley N° 26.190, modificada por la Ley N° 27.191.
Cuando se trate de operaciones que den derecho a la opción prevista en el Artículo 67 de la Ley del Impuesto a las Ganancias (t.o. 1997) y sus modificaciones, la amortización especial establecida en el Artículo 9°, apartado 1.4. de la Ley N° 26.190, modificada por la Ley N° 27.191, deberá practicarse sobre el costo determinado de acuerdo con lo dispuesto en la norma legal citada en primer término. Si la adquisición y la venta se realizaran en ejercicios fiscales diferentes, la amortización eventualmente computada en exceso deberá reintegrarse en el balance impositivo correspondiente al período de dicha enajenación.
El tratamiento especial previsto en el presente apartado queda sujeto a la condición de que los bienes adquiridos permanezcan en el patrimonio del titular del proyecto de que se trate durante TRES (3) años contados a partir de la fecha de habilitación del bien, entendiéndose por tal aquella a partir de la cual se encuentra ejecutado el proyecto y en etapa de producción o funcionamiento, una vez finalizado el período de pruebas y puesta a punto. De no cumplirse esta condición corresponderá rectificar las declaraciones juradas presentadas e ingresar las diferencias de impuestos resultantes con más sus intereses, salvo en el supuesto previsto en el párrafo siguiente.
No se producirá la caducidad del tratamiento señalado precedentemente en el caso de reemplazo de bienes que hayan gozado de la franquicia, en tanto el monto invertido en la reposición sea igual o mayor al obtenido por su venta.
Cuando el importe de la nueva adquisición fuera menor del obtenido en la venta la proporción de las amortizaciones computadas que en virtud del importe reinvertido no se encuentre alcanzada por el “RÉGIMEN DE FOMENTO DE LAS ENERGÍAS RENOVABLES”, tendrá el tratamiento indicado en la parte final del tercer párrafo del presente apartado II.
El concepto “ampliación de la capacidad productiva de los proyectos existentes” previsto en el último párrafo del punto 1.4. del Artículo 9° de la Ley Nº 26.190, modificada por la Ley N° 27.191, incluye repotenciaciones, reemplazos, mejoras de eficiencia y otras similares.
2) Compensación de quebrantos con ganancias. Sólo podrán compensarse las pérdidas originadas en la realización de la actividad promovida por el “RÉGIMEN DE FOMENTO DE LAS ENERGÍAS RENOVABLES” contra las utilidades netas resultantes de dichas actividades.
Los beneficiarios de este régimen que desarrollen actividades distintas a las alcanzadas por éste, deberán llevar su contabilidad de manera tal que permita la determinación y evaluación en forma separada de la actividad promovida del resto de las desarrolladas.
La ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP) reglamentará la instrumentación de este beneficio.
3) Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta. A los fines de lo dispuesto en el inciso 3) del Artículo 9° de la Ley N° 26.190, modificada por la Ley N° 27.191, los bienes que no integrarán la base de imposición del Impuesto a la Ganancia Mínima, Presunta son los afectados al proyecto promovido e ingresados al patrimonio de la empresa titular del mismo con posterioridad a la fecha de su aprobación.
4) Deducción de la carga financiera del pasivo financiero. Los beneficiarios del presente régimen podrán exponer contablemente, como nota explicativa, los importes de los intereses y de las diferencias de cambio originados por la financiación del proyecto. En lo que hace a su tratamiento impositivo, se estará a lo dispuesto en las disposiciones de la ley de impuesto a las Ganancias, t.o. en 1997 y sus modificaciones y de acuerdo a las limitaciones allí contempladas.
5) Exención del impuesto sobre la distribución de dividendos o utilidades. El citado beneficio será aplicable en la medida que los dividendos o utilidades sean reinvertidos en un nuevo proyecto de infraestructura en el país, en el plazo y demás condiciones que establezca la Autoridad de Aplicación.
6) Certificado fiscal. No se incluirán en el cómputo del componente nacional los costos de transporte y montaje de equipamiento.
La Autoridad de Aplicación establecerá el procedimiento por el cual los beneficiarios podrán solicitar la emisión del Certificado Fiscal, a partir de la entrada en operación comercial del proyecto de inversión.
La Autoridad de Aplicación determinará los requisitos y condiciones a cumplir y las garantías que deberá constituir el beneficiario en caso de solicitarse el otorgamiento del Certificado Fiscal con carácter previo a la entrada en operación comercial del proyecto, y el alcance de dicho beneficio.
Dicha garantía será devuelta al beneficiario una vez acreditada la entrada en operación comercial del proyecto en el plazo previsto por la Autoridad de Aplicación. En caso de que el proyecto no comience su operación comercial en el plazo establecido al efecto en el acto de aprobación o en la prórroga que fundadamente se otorgue, o la Autoridad de Aplicación determinare el incumplimiento de la obligación de integración del componente nacional comprometido o de alguna otra obligación establecida como condición de vigencia del Certificado Fiscal, éste quedará cancelado sin necesidad de intimación previa alguna.
Una vez producida la entrada en operación comercial del proyecto y completada y acreditada fehacientemente la integración total del componente nacional comprometido, se otorgará un nuevo Certificado Fiscal por el porcentaje restante, hasta completar el CIEN POR CIENTO (100%) del beneficio.
La Autoridad de Aplicación y la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP), en forma conjunta, regularán las formas y condiciones de emisión, utilización y cesión del Certificado Fiscal y los efectos derivados de su cancelación cuando hubiere sido utilizado para el pago de impuestos, resguardando los derechos del cesionario si el beneficiario lo hubiere cedido.
No podrá utilizarse el Certificado Fiscal para cancelar obligaciones derivadas de la responsabilidad sustitutiva o solidaria de los contribuyentes por deudas de terceros o de su actuación como agentes de retención o percepción. Tampoco será aplicable el referido instrumento para cancelar gravámenes con destino exclusivo al financiamiento de fondos con afectación específica ni deudas correspondientes al Sistema de la Seguridad Social.
El beneficiario podrá ceder el Certificado Fiscal siempre que no registre deuda líquida exigible con la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP).
Facúltase a la Autoridad de Aplicación a celebrar convenios de colaboración con el MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, con otros organismos del Sector Público Nacional con competencia en la materia y con las cámaras empresariales del sector industrial que considere conveniente, para establecer mecanismos de verificación y control del componente nacional integrado en el proyecto.
Para determinar la inexistencia de producción nacional aludida en el Artículo 9°, inciso 6) de la Ley N° 26.190, modificada por la Ley N° 27.191, se tendrá en cuenta que dicha situación podrá configurarse cuando no exista producción nacional o bien cuando: (i) Ésta no se encuentre disponible en los tiempos y condiciones requeridas para cumplir los cronogramas de los proyectos; o (ii) No reúna requisitos de calidad, técnicos y de confiabilidad mínimos según pautas nacionales o internacionales aceptables, según lo que establezca la Autoridad de Aplicación con la participación de los organismos públicos y entidades privadas mencionadas en el párrafo anterior.
7) El BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA, organismo descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS, dispondrá líneas de crédito especiales, de corto plazo y con tasa de interés diferencial, tendientes a financiar la cancelación del Impuesto al Valor Agregado (IVA) que deban abonar los beneficiarios del “RÉGIMEN DE FOMENTO DE LAS ENERGÍAS RENOVABLES” durante la ejecución del proyecto y hasta su entrada en operación comercial. Los créditos otorgados en virtud de este inciso deberán cancelarse una vez efectivizadas las devoluciones anticipadas del Impuesto al Valor Agregado (IVA) o efectuada la acreditación o producida la absorción de los créditos fiscales correspondientes, de conformidad con lo previsto en el Artículo 9°, inciso 1) apartado I del presente Anexo. Únicamente podrán acceder a estas líneas de crédito quienes hayan obtenido el Certificado de Inclusión en el Régimen de Fomento de las Energías Renovables.
ARTÍCULO 10.- Sanciones. El incumplimiento de los plazos de ejecución, de la puesta en marcha del proyecto o del resto de los compromisos técnicos, productivos y comerciales asumidos en la presentación que dio origen a la aprobación del proyecto y al otorgamiento de los beneficios promocionales dará lugar a la pérdida de dichos beneficios y al reclamo de los tributos dejados de abonar más sus intereses y actualizaciones y a la ejecución de las garantías constituidas.
El incumplimiento será resuelto mediante acto fundado por parte de la Autoridad de Aplicación, previo cumplimiento del debido proceso adjetivo mediante la aplicación de la Ley N° 19.549 y el Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 T.O. 1991 y será comunicado a la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP) a los efectos de determinar la deuda e intimar su pago. No corresponderá respecto de los sujetos comprendidos el trámite establecido por los Artículos 16 y siguientes de la Ley N° 11.683 (t.o. 1998) y sus modificaciones, sino que la determinación de la deuda quedará ejecutoriada con la simple intimación de pago del impuesto y sus accesorios por la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP), sin necesidad de otra sustanciación.
Facúltase a la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP) a dictar la normativa que resulte necesaria a los efectos de la aplicación de lo dispuesto precedentemente.
El término de la prescripción para exigir la restitución de los créditos fiscales acreditados o, en su caso, del Impuesto a las Ganancias y del Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta, ingresado en defecto, con más los intereses y actualizaciones que pudieran corresponder, se regirá por lo previsto en los Artículos 56 y 57 de la Ley N° 11.683 (t.o 1998).
ARTÍCULO 11.- Sin reglamentar.
ARTÍCULO 12.- La Autoridad de Aplicación deberá definir los parámetros que ponderen la participación de elementos de producción local así como los supuestos que deberán acreditarse cuando no existiere oferta tecnológica competitiva de nivel local, de acuerdo con lo establecido en el presente decreto.
ARTÍCULO 13.- Todo interesado en participar en el “RÉGIMEN DE FOMENTO DE LAS ENERGÍAS RENOVABLES” establecido por la Ley N° 26.190, modificada por la Ley N° 27.191, deberá presentar una declaración jurada de renuncia o desistimiento a los beneficios establecidos en regímenes anteriores en el marco de la Leyes Nros. 25.019 y 26.360, conforme lo establezca la Autoridad de Aplicación. Los proyectos beneficiados por cualquiera de los regímenes mencionados precedentemente únicamente podrán presentarse para acceder al “RÉGIMEN DE FOMENTO DE LAS ENERGÍAS RENOVABLES”, si a la fecha de su presentación no hubieren comenzado la ejecución de las obras comprometidas en los contratos celebrados.
El desistimiento o renuncia tendrá eficacia a partir de la efectiva incorporación del interesado en el “RÉGIMEN DE FOMENTO DE LAS ENERGÍAS RENOVABLES” mediante el otorgamiento del Certificado de Inclusión en el Régimen de Fomento de las Energías Renovables.
ARTÍCULO 14.- Sin reglamentar.
ARTÍCULO 15.- Sin reglamentar.
Reglamentación del Capítulo II de la Ley N° 27.191:
Segunda etapa del Régimen de Fomento Nacional para el Uso de Fuentes Renovables de Energía Destinada a la Producción de Energía Eléctrica. Período 2018-2025.
ARTÍCULO 16.- Reglamentación del Artículo 5° de la Ley N° 27.191. La Autoridad de Aplicación calculará y publicará el grado de cumplimiento de la meta establecida en el Artículo 5° de la Ley N° 27.191, de conformidad con lo establecido en el Artículo 2° del presente Anexo.
El MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, en el ámbito de sus competencias, podrá adoptar las medidas conducentes a efectos de alcanzar el objetivo previsto por el Artículo 5° de la Ley N° 27.191.
ARTÍCULO 17.- Reglamentario del Artículo 6° de la Ley N° 27.191. A los efectos de la implementación de los beneficios correspondientes a la Segunda Etapa del “RÉGIMEN DE FOMENTO, DE LAS ENERGÍAS RENOVABLES”, es aplicable lo dispuesto en los Artículos 1° a 15 del presente Anexo, en lo que resulte pertinente, con las respectivas adaptaciones a los plazos, cuotas y porcentajes establecidos en el Artículo 6° de la Ley N° 27.191.
El MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS determinará el cupo anual máximo a prever en el Presupuesto Nacional disponible para otorgar beneficios promocionales, sobre la base de la estimación que anualmente realice la Autoridad de Aplicación, en función de los proyectos de inversión a desarrollar para alcanzar los objetivos fijados en el Artículo 8° de la Ley N° 27.191. Asimismo, previsionará el cupo anual de beneficios promocionales y gestionará su inclusión en la Ley de Presupuesto del año fiscal siguiente, de acuerdo con lo establecido precedentemente.

ANEXO II
REGLAMENTACIÓN CAPÍTULOS III, IV, V, VI, VII, VIII Y IX DE LA LEY N° 27.191
Capítulo III:
Fondo Fiduciario para el Desarrollo de Energías Renovables (FODER).
ARTÍCULO 7°.- El Fondo para el Desarrollo de Energías Renovables (en adelante, “FODER”) se rige por las disposiciones de la Ley N° 27.191, la presente reglamentación, la normativa de implementación que dicten la Autoridad de Aplicación y el Comité Ejecutivo, en la esfera de sus competencias, y por el contrato respectivo.
1. Objeto. La aplicación de los bienes fideicomitidos será realizada de conformidad con lo ordenado por la Ley N° 27.191, la presente reglamentación y la normativa de implementación que dicten la Autoridad de Aplicación y el Comité Ejecutivo, en la esfera de sus respectivas competencias, por el contrato respectivo y por las normas aplicables del Código Civil y Comercial de la Nación.
2. La Autoridad de Aplicación será también parte del Contrato de Fideicomiso, conforme las funciones que le otorga la Ley N° 27.191, la presente reglamentación, la normativa de implementación que dicte la Autoridad de Aplicación, el contrato respectivo y por las normas aplicables del Código Civil y Comercial de la Nación. Serán beneficiarias las personas físicas domiciliadas en la REPÚBLICA ARGENTINA y las personas jurídicas constituidas en la REPÚBLICA ARGENTINA comprendidas en el Artículo 8° de la Ley N° 26.190, modificada por la Ley N° 27.191.
3. Sin reglamentar.
4. Recursos del Fondo.
a) Los recursos provenientes del TESORO NACIONAL destinados al FODER que determine la Autoridad de Aplicación según se establece en este artículo, se depositarán en una cuenta fiduciaria específica del FODER (la “Cuenta de Financiamiento”) cuyo objetivo específico será el de facilitar la conformación de los instrumentos del FODER según se establecen en el Artículo 7°, inciso 5) apartados a), b) y c) de la Ley N° 27.191 y su reglamentación en este Anexo.
La Autoridad de Aplicación determinará las condiciones para el otorgamiento de financiamiento por parte del FODER, respetando el criterio de asignación prioritaria de fondos en cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 7°, inciso 5) último párrafo de la Ley N° 27.191. Los aportes del TESORO NACIONAL a ser destinados al FODER se regirán por las normas siguientes y las que determine la Autoridad de Aplicación:
(i) La Autoridad de Aplicación deberá comunicar al MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS, con anterioridad al 30 de junio de cada año, los recursos del TESORO NACIONAL requeridos para el año siguiente, a los efectos de su inclusión en la Ley de Presupuesto correspondiente a dicho año.
(ii) Los recursos a ser transferidos por el TESORO NACIONAL serán calculados por la Autoridad de Aplicación en función del requerimiento de fondos para dar cumplimiento a las metas anuales de participación de energía de fuentes renovables establecidas por el Artículo 8° de la Ley N° 27.191. En ningún caso, el monto anual de dichos recursos será inferior al CINCUENTA POR CIENTO (50%) del ahorro efectivo en combustibles fósiles debido a la incorporación de fuentes renovables obtenido el año previo, el que será calculado por la Autoridad de Aplicación.
(iii) A tal fin, se considerará la generación de fuente renovable existente y en servicio al finalizar el año anterior, salvo que sea inferior al porcentaje mínimo establecido en el Artículo 8° de la Ley N° 27.191 para cada etapa, en cuyo caso se realizará el cálculo sobre la base de dicho valor mínimo.
(iv) La Autoridad de Aplicación establecerá los parámetros y criterios para calcular y documentar el ahorro en combustibles fósiles obtenido por la generación de fuente renovable incorporada en cada año.
(v) En el año 2016 los recursos provenientes del TESORO NACIONAL a ser destinados al FODER serán de PESOS DOCE MIL MILLONES ($ 12.000.000.000). El monto establecido y todos los montos a ser destinados anualmente por el TESORO NACIONAL serán integrados al FODER como aporte en carácter de fiduciante y constituyéndose en consecuencia como fideicomisario del FODER.
b) Un cargo específico de garantía que se regirá por las normas contenidas en la presente reglamentación que se enumeran a continuación y las normas que oportunamente determine la Autoridad de Aplicación:
(i) El cargo será aplicado a los usuarios de energía eléctrica, con excepción de aquellos grandes usuarios comprendidos en el Artículo 9° de la Ley N° 27.191 que cumplan con la obligación allí prevista mediante la celebración de contratos directamente con el generador, a través de una distribuidora que la adquiera en su nombre a un generador o con un comercializador, o bien, con la realización de proyectos de autogeneración o cogeneración.
(ii) El cargo será destinado exclusivamente a los fines de constituir una cuenta de garantía en el marco del FODER, con el objeto exclusivo de garantizar las obligaciones contractuales de la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) o el ente que designe la Autoridad de Aplicación en los Contratos de Abastecimiento de Energía Eléctrica que celebre en los términos de la Ley N° 27.191, según lo previsto por el Artículo 7°, inciso 5) apartado d) de la Ley N° 27.191.
(iii) El cargo será facturado y percibido por los Agentes Distribuidores o Prestadores del Servicio Público de Distribución o por la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA), según corresponda, de acuerdo con lo que establezca la Autoridad de Aplicación, en todos los casos por cuenta y orden del FODER.
(iv) Las sumas recaudadas en concepto del cargo deberán ser depositadas y permanecer en una cuenta fiduciaria específica y separada de cualquier otro recurso perteneciente al FODER (la “Cuenta de Garantía”) y tendrán como único fin servir de garantía efectiva de pago a los contratos suscriptos por la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) o el ente que designe la Autoridad de Aplicación con agentes generadores o comercializadores en el marco de la Ley N° 27.191. Las rentas y frutos que generen los fondos de la Cuenta de Garantía serán también destinados a la Cuenta de Garantía.
(v) El contrato de fideicomiso y la Autoridad de Aplicación establecerán las condiciones en las cuales los fondos existentes en la Cuenta de Garantía constituida por el cargo serán desembolsados y aplicados.
(vi) El cargo será calculado y fijado por la Autoridad de Aplicación en una suma en PESOS POR MEGAVATIO HORA ($/MWh) con un valor mínimo que permita recaudar y tener en disponibilidad una suma suficiente para garantizar por un plazo mínimo de DOCE (12) meses las obligaciones de pago mensuales que surjan de los contratos celebrados por la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) o el ente que designe la Autoridad de Aplicación con agentes generadores bajo la Ley N° 27.191.
(vii) Con la mayor antelación posible luego de la entrada en vigencia del presente decreto, la Autoridad de Aplicación determinará el valor del cargo a ser aplicado en forma inmediata al universo de usuarios individualizados en el numeral (i) del presente apartado. Con posterioridad, a partir de la celebración de los contratos por parte de la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) o el ente que designe la Autoridad de Aplicación, dicha Autoridad revisará periódicamente el valor del cargo para lograr el monto total objetivo de la Cuenta de Garantía en base a las obligaciones de pago contraídas por obligaciones contractuales de la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) o el ente que designe la Autoridad de Aplicación bajo los Contratos de Abastecimiento de Energía Eléctrica celebrados en el marco de la Ley N° 27.191, con el alcance establecido en el numeral anterior.
c) Se considerarán bienes fideicomitidos el recupero del capital de las financiaciones otorgadas, los montos que el FODER cobre en concepto de intereses, multas, cargos, costos, gastos administrativos, mayores costos impositivos y cualquier otro que el FODER tenga derecho a cobrar en virtud de las financiaciones otorgadas, así como también todos los derechos, garantías y/o seguros que el FODER obtenga de los beneficiarios y/o terceros, relacionados directa o indirectamente con las financiaciones otorgadas.
d) Se integrarán también como bienes fideicomitidos todos los derechos, garantías y/o seguros que el FODER obtenga en relación directa o indirecta con la titularidad de acciones o participaciones y/o financiamiento en proyectos elegibles.
e) Sin reglamentar.
f) Sin reglamentar.
El Jefe de Gabinete de Ministros dispondrá, en el plazo de TREINTA (30) días desde la entrada en vigencia del presente decreto, las medidas necesarias para el cumplimiento del inciso 4) apartado a) del Artículo 7° de este Anexo.
Serán considerados además bienes fideicomitidos las contribuciones, subsidios, legados o donaciones que sean aceptados por el FODER, así como cualquier otro derecho o bien que se incorpore por cualquier causa al FODER.
Los recursos obtenidos por el cobro de la penalidad prevista en el Artículo 11 de la Ley N° 27.191 y por las penalidades contractuales que paguen los generadores o comercializadores que celebren Contratos de Abastecimiento con la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) o el ente que designe la Autoridad de Aplicación, en el marco de lo dispuesto en el presente decreto, se destinarán sin excepción al FODER y se depositarán en la Cuenta de Financiamiento.
5. Instrumentos. Todos los proyectos de generación de energía eléctrica a partir de fuentes renovables que obtengan el Certificado de Inclusión en el Régimen de Fomento de Energías Renovables, independientemente de que contraten en forma directa con los sujetos obligados en virtud del Artículo 9° de la Ley N° 27.191 o a través de comercializadores o con obligaciones contractuales de la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) o el ente que designe la Autoridad de Aplicación, estarán en condiciones de solicitar el otorgamiento de los instrumentos previstos en el Artículo 7°, inciso 5) de la citada ley, integrando el orden de mérito que elaborará el Comité Ejecutivo del FODER para definir la asignación de aquéllos.
a) Sin reglamentar.
b) En caso de que el FODER realice aportes de capital en sociedades que desarrollen proyectos comprendidos en el “RÉGIMEN DE FOMENTO DE LAS ENERGÍAS RENOVABLES” su participación en dichas sociedades y en sus utilidades del proyecto será proporcional al capital suscripto por el FODER.
c) La Autoridad de Aplicación determinará las condiciones de elegibilidad para que los beneficiarios accedan al instrumento previsto en el Artículo 7°, inciso 5) apartado c) de la Ley N° 27.191.
d) Las garantías y avales a ser otorgados por el FODER incluirán, mediante la instrumentación que establezca la Autoridad de Aplicación, la aplicación de los fondos existentes en la Cuenta de Garantía constituidos según los términos del Artículo 7° inciso 4) apartado b) del presente Anexo.
Instrúyese a la Autoridad de Aplicación de la Ley y del FODER a aprobar los términos y condiciones generales de los instrumentos comprendidos en el Artículo 7°, inciso 5) de la Ley N° 27.191
El Comité Ejecutivo privilegiará la inversión de los fondos disponibles en el FODER en función del perfil de riesgo de los proyectos y considerando el criterio de asignación prioritaria en relación con el parámetro del mayor porcentaje de integración del componente nacional incluido en la Ley N° 27.191, en la forma que establezca la Autoridad de Aplicación.
La Autoridad de Aplicación establecerá los términos y condiciones bajo los cuales asignará un porcentaje de los fondos de la Cuenta de Financiamiento del FODER a programas de financiamiento e instrumentos, según se definen en el Artículo 7°, inciso 5) de la Ley N° 27.191, a favor de proyectos de desarrollo de la cadena de valor de fabricación local de equipos de generación de energía de fuentes renovables, partes o elementos componentes. En este sentido, la Autoridad de Aplicación podrá apoyarse en convenios de colaboración con el MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, con otros organismos del Sector Público Nacional con competencia en la materia y con las cámaras empresariales del sector industrial de que se trate y que considere conveniente.
La Autoridad de Aplicación deberá publicar y dar difusión amplia respecto a la utilización de los instrumentos del FODER y los beneficiarios de dichos instrumentos.
La Autoridad de Aplicación reglamentará el otorgamiento de las garantías mediante la utilización de los recursos provenientes del Artículo 7°, inciso 4) apartado b) del presente Anexo.
Los beneficiarios que reciban un aporte del FODER bajo cualquiera de los instrumentos previstos deberán rendir cuentas ante la Autoridad de Aplicación y el Comité Ejecutivo. A tal fin, la Autoridad de Aplicación aprobará el procedimiento de rendición de cuentas a ser aplicado, contando con amplias facultades para requerir de los beneficiarios toda la información que sea razonable a los efectos previstos en la presente reglamentación.
Adicionalmente, los beneficiarios que reciban un aporte del FODER que tenga origen en recursos del TESORO NACIONAL deberán rendir cuentas de los mismos según lo previsto por la Ley N° 24.156.
6. Tratamiento impositivo. Sin reglamentar.
7. Autoridad de Aplicación. La Autoridad de Aplicación del FODER es el MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, que podrá delegar el ejercicio de sus competencias en una dependencia de rango no inferior a Subsecretaría.
8. Contrato de Fideicomiso. El contrato de fideicomiso deberá incluir e instrumentar adecuadamente lo dispuesto en el Artículo 7° de la Ley N° 27.191 y en el presente decreto.
9. Contrato de Fideicomiso. Sin reglamentar.
Capítulo IV:
Contribución de los Usuarios de Energía Eléctrica al Cumplimiento de los Objetivos del Régimen de Fomento.
ARTÍCULO 8°.- El cumplimiento de la obligación de alcanzar los objetivos mínimos establecidos en el Artículo 8° de la Ley N° 27.191 deberá efectivizarse mediante el consumo de energía eléctrica proveniente de fuentes renovables generada por instalaciones localizadas en el territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA o en su plataforma continental.
La Autoridad de Aplicación dictará las normas complementarias e interpretativas relativas a las condiciones a las que se sujetará la aplicación de los objetivos de la Ley N° 27.191 a los usuarios de energía eléctrica no conectados al Sistema Argentino de Interconexión.
ARTÍCULO 9°.- La obligación impuesta por el Artículo 9° de la Ley N° 27.191 a los sujetos allí individualizados podrá cumplirse por cualquiera de las siguientes formas:
a) Por contratación individual de energía eléctrica proveniente de fuentes renovables;
b) Por autogeneración o por cogeneración de fuentes renovables;
c) Por participación en el mecanismo de compras conjuntas desarrollado por la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) o el ente que designe la Autoridad de Aplicación.
A tales efectos, será aplicable lo previsto en la Ley N° 27.191, las disposiciones que se enumeran a continuación y las normas que dicte la Autoridad de Aplicación en tal carácter y en ejercicio de las facultades que le acuerdan los Artículos 35 y 36 de la Ley N° 24.065 y su reglamentación:
1) Disposiciones comunes a todas las formas de cumplimiento.
(i) Estarán alcanzados por la obligación del Artículo 9° de la Ley N° 27.191 aquellos usuarios que cuenten con uno o múltiples puntos de demanda de energía eléctrica con medidores independientes, todos registrados bajo la misma Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) en el MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) o ante los Agentes Distribuidores o Prestadores del Servicio Público de Distribución si en la sumatoria de todos los puntos de demanda alcancen o superen los TRESCIENTOS KILOVATIOS (300 kW) de potencia media contratada en el año calendario, aun en el caso de que, en todos o algunos de los puntos de demanda considerados individualmente, no alcancen el nivel indicado precedentemente. Dichos usuarios deberán cumplir los objetivos establecidos en el Artículo 8° de la Ley N° 27.191, tomando como base la suma total del consumo de energía eléctrica de todos los puntos de demanda registrados bajo su Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT).
(ii) La Autoridad de Aplicación establecerá el mecanismo por el cual los sujetos obligados cumplirán su objetivo en relación con la demanda base y la demanda excedente, en los casos en que estuvieren alcanzados por lo dispuesto por la Resolución N° 1.281 de fecha 4 de septiembre de 2006 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS y en tanto dicha norma mantenga su vigencia.
(iii) Los sujetos comprendidos en el Artículo 9° de la Ley N° 27.191 solamente abonarán por sobre el precio pactado en sus Contratos de Abastecimiento de Energía Renovable, los costos aplicables por servicios de seguridad, calidad y otros auxiliares del sistema, los costos de transporte que correspondan sin perjuicio de los cargos previstos en el inciso 5) apartado (vi) de este artículo aplicables a los sujetos obligados que ingresen en el mecanismo de compra conjunta. La energía eléctrica adquirida bajo el Artículo 9° de la Ley N° 27.191 no estará alcanzada por otros cargos o costos adicionales, incluidos —a modo enunciativo y sin perjuicio de la inclusión de otros cargos dispuesta por la Autoridad de Aplicación— los cargos en concepto de “Sobrecostos Transitorios de Despacho” (SCTD), “Adicional Sobrecosto Transitorio de Despacho” (ASCTD), “Sobrecostos Combustibles” (SCCOMB), “Cargo Medio Incremental de la Demanda Excedente” (CMIEE), ni aquellos que los reemplacen. Tales cargos tampoco serán aplicables para quienes cumplan con las obligaciones previstas en el Artículo 9° mediante autogeneración o cogeneración a partir de fuentes renovables.
2) Cumplimiento por contratación individual de energía eléctrica proveniente de fuentes renovables.
(i) Los Contratos de Abastecimiento de Energía Eléctrica proveniente de fuentes renovables celebrados en el marco de la Ley N° 27.191 por los sujetos comprendidos en el Artículo 9° directamente con un generador o a través de una distribuidora que la adquiera en su nombre a un generador o de un comercializador, serán libremente negociados entre las partes, teniendo en cuenta las características de los proyectos de inversión y el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la citada ley, en la presente reglamentación, de los deberes de información y requisitos de administración contemplados en el Capítulo IV de los PROCEDIMIENTOS PARA LA PROGRAMACION DE LA OPERACION, EL DESPACHO DE CARGAS Y EL CALCULO DE PRECIOS, conforme la Resolución N° 61 de fecha 29 de abril de 1992 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA y sus modificatorias, y de la normativa complementaria que dicte la Autoridad de Aplicación.
(ii) Los sujetos obligados que opten por esta forma de cumplimiento deberán manifestar su voluntad en este sentido ante la Autoridad de Aplicación en los plazos y la forma que ésta determine, con el fin de quedar excluidos del mecanismo de compras conjuntas que desarrollará la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) o el ente que designe la Autoridad de Aplicación por instrucción de dicha Autoridad.
3) Cumplimiento por autogeneración o cogeneración con energías renovables.
(i) Los sujetos comprendidos en el Artículo 9° de la Ley N° 27.191 podrán dar cumplimiento a la obligación de cubrir como mínimo el porcentaje del total de su consumo propio de energía eléctrica que corresponda en los plazos previstos en el Artículo 8° de la Ley N° 27.191, mediante autogeneración o cogeneración de energía eléctrica de fuentes renovables en el marco del Anexo 12 de los PROCEDIMIENTOS PARA LA PROGRAMACION DE LA OPERACION, EL DESPACHO DE CARGAS Y EL CALCULO DE PRECIOS, conforme la Resolución N° 61/1992 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA y sus modificatorias —no siendo en tal caso aplicables los requisitos de potencia firme allí previstos—, la Resolución N° 269 de fecha 7 de mayo de 2008 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS y/o mediante proyectos de autogeneración o cogeneración de energía eléctrica a partir de fuentes renovables con instalaciones no interconectadas al Sistema Argentino de Interconexión (SADI), en las condiciones a ser definidas por la Autoridad de Aplicación.
(ii) Los sujetos obligados que opten por esta forma de cumplimiento deberán manifestar su voluntad en este sentido ante la Autoridad de Aplicación en los plazos y la forma que ésta determine, con el fin de quedar excluidos del mecanismo de compras conjuntas que desarrollará la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) o la entidad que designe la Autoridad de Aplicación.
4) Fiscalización del cumplimiento por contratación individual, autogeneración o cogeneración de energía eléctrica proveniente de fuentes renovables.
(i) Con anterioridad al 31 de diciembre de los años 2017, 2019, 2021, 2023 y 2025, en la forma y plazos que establezca la Autoridad de Aplicación, los sujetos obligados deberán acreditar la suscripción del contrato por el que se aseguren el abastecimiento de la energía eléctrica proveniente de fuentes renovables necesaria para cumplir el objetivo correspondiente a cada período, o bien, presentar el proyecto de autogeneración o cogeneración a desarrollar con dicho fin, con la documentación respaldatoria que la Autoridad de Aplicación determine.
(ii) La Autoridad de Aplicación emitirá la reglamentación correspondiente a los parámetros técnicos de aplicación general que deberán cumplir los contratos y los proyectos de autogeneración y de cogeneración de energía eléctrica presentados a los fines de su idoneidad para asegurar el cumplimiento de las obligaciones correspondientes. En caso de que, sobre la base de dicha reglamentación, la Autoridad de Aplicación no considere técnicamente idóneos los contratos o proyectos presentados, será aplicable lo dispuesto en el Artículo 11 del presente Anexo.
(iii) Anualmente, a partir del 31 de diciembre de 2018 y en los plazos y la forma que establezca la Autoridad de Aplicación, ésta fiscalizará el cumplimiento efectivo de los objetivos de consumo de cada sujeto obligado en cada una de las etapas fijadas en el Artículo 8° de la Ley N° 27.191.
(iv) Se considerará cumplido el objetivo si en el total del consumo propio del año fiscalizado se ha cubierto con energía eléctrica de fuente renovable el porcentaje aplicable a cada etapa, independientemente de los consumos mensuales o de períodos inferiores.
5) Cumplimiento por participación en el mecanismo de compras conjuntas desarrollado por la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) o el ente que designe la Autoridad de Aplicación.
(i) Los sujetos alcanzados por lo dispuesto en el Artículo 9° de la Ley N° 27.191 podrán dar cumplimiento a la obligación de cubrir como mínimo el OCHO POR CIENTO (8%) del total de su consumo propio de energía eléctrica mediante la compra de energía eléctrica de fuente renovable directamente a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) o el ente que designe la Autoridad de Aplicación, a través del mecanismo de compra conjunta regulado en este inciso. A tales efectos, quienes opten por cumplir con la obligación mediante la contratación individual de energía eléctrica proveniente de fuentes renovables o mediante autogeneración o cogeneración, en los términos establecidos en los incisos 2 y 3 del presente artículo, deberán manifestar en forma expresa su decisión ante la Autoridad de Aplicación en la forma y en los plazos que ésta determine. Los sujetos alcanzados por la obligación que no manifiesten expresamente la decisión mencionada precedentemente quedarán automáticamente incluidos en el mecanismo de compra conjunta de energía eléctrica proveniente de fuente renovable que llevará adelante la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) o el ente que designe la Autoridad de Aplicación de conformidad con lo establecido en el presente inciso.
(ii) El mecanismo de compra conjunta previsto en este inciso consiste en la adquisición por la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) o el ente que designe la Autoridad de Aplicación de la energía eléctrica proveniente de fuentes renovables necesaria para cumplir con los objetivos fijados en el Artículo 8° de la Ley N° 27.191 por parte de los sujetos obligados individualizados en el Artículo 9° de la citada ley que queden incluidos en dicho mecanismo, mediante la celebración de contratos con generadores o comercializadores de energía eléctrica a partir de fuentes renovables.
(iii) La incorporación de los sujetos obligados en el mecanismo de compra conjunta y el pago del costo de la energía eléctrica de fuente renovable oportunamente consumida por dichos sujetos será suficiente para tener por cumplida la obligación establecida en el Artículo 9° de la Ley N° 27.191.
(iv) El mecanismo de compra conjunta se llevará a cabo con el fin de alcanzar el objetivo fijado en el Artículo 8° de la Ley N° 27.191 para el 31 de diciembre de 2017. Posteriormente, la Autoridad de Aplicación evaluará la conveniencia de reproducir dicho mecanismo y, en su caso, el alcance de éste, para el cumplimiento de los objetivos fijados para cada una de las restantes etapas contempladas en el cronograma de incremento gradual de incorporación de energía eléctrica de fuentes renovables establecido en el Artículo 8° de la Ley N° 27.191.
(v) La Autoridad de Aplicación aprobará los términos y condiciones del mecanismo de compra conjunta a ejecutar por la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) o el ente que designe la Autoridad de Aplicación. Dichos términos y condiciones se ajustarán a los mismos lineamientos establecidos en el Artículo 12 de la Ley N° 27.191 y de esta reglamentación para las compras de los sujetos comprendidos en dicho artículo, sin perjuicio de la aplicación del límite de precio, de conformidad con lo establecido en el apartado siguiente.
(vi) La adquisición realizada a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) o al ente que designe la Autoridad de Aplicación por los sujetos obligados mediante el mecanismo de compra conjunta quedará alcanzada por el límite de precio establecido en el Artículo 9°, segundo párrafo de la Ley N° 27.191. Dentro de dicho límite, se aplicará un cargo en concepto de costos de comercialización, que incluirá una valoración de riesgos de largo plazo asumidos por la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) o el ente que designe la Autoridad de Aplicación, que será aplicado sobre el precio promedio de adquisición y cuyo valor será definido por la Autoridad de Aplicación. Adicionalmente, sin estar sujeto al límite indicado precedentemente, se aplicará un cargo en concepto de gastos administrativos que será definido por la Autoridad de Aplicación.
(vii) El precio del megavatio hora que abonarán los sujetos obligados incluidos en el mecanismo de compra conjunta será definido por la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) o el ente que designe la Autoridad de Aplicación a prorrata del monto total al que ascienda la sumatoria de los contratos celebrados por la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) o el ente que designe la Autoridad de Aplicación con generadores en el marco de este procedimiento.
(viii) Vencido el plazo que la Autoridad de Aplicación establezca para que los sujetos alcanzados por lo dispuesto en el Artículo 9° de la Ley N° 27.191 manifiesten su decisión de quedar excluidos del mecanismo de compra conjunta regulado en este inciso, la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) o el ente que la Autoridad de Aplicación determine convocará a licitación pública con el objeto de celebrar los Contratos de Abastecimiento de Energía Eléctrica proveniente de fuentes renovables necesarios para abastecer a la demanda de grandes usuarios que quedaron incluidos en el mecanismo de compra conjunta. La COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) o el ente que designe la Autoridad de Aplicación podrá convocar a una licitación independiente y/o incluir las demandas de los grandes usuarios que quedaron comprendidos en el mecanismo de compra conjunta en las licitaciones que convoque en el marco de lo previsto en el Artículo 12 del presente Anexo.
(ix) La celebración de los contratos por parte de la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) o el ente que designe la Autoridad de Aplicación con los generadores o comercializadores, con el fin de adquirir el abastecimiento de energía eléctrica que sea demandada por los sujetos comprendidos en el Artículo 9° de la Ley N° 27.191 incluidos en el mecanismo de compra conjunta, será efectuada de conformidad con lo previsto en el Artículo 12 del presente Anexo.
ARTÍCULO 10.- De conformidad con lo establecido en el Artículo 10 de la Ley N° 27.191, los plazos máximos de vigencia del Contrato de Suministro establecido en el Artículo 1177 del Código Civil y Comercial de la Nación y del pacto de preferencia establecido en el párrafo primero del Artículo 1182 del citado Código, no son aplicables a los Contratos de Abastecimiento de Energía Eléctrica proveniente de fuentes renovables suscriptos por los grandes usuarios y por las grandes demandas comprendidos en el Artículo 9° de la citada ley, por los generadores que utilicen fuentes renovables de energía, por la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) o por el ente que designe la Autoridad de Aplicación y por los comercializadores.
ARTÍCULO 11.- Los incumplimientos de la obligación prevista en el Artículo 9° de la Ley N° 27.191 estarán sujetos a lo previsto en dicha ley y a las normas que se enumeran a continuación:
1. El incumplimiento por parte de los sujetos obligados incluidos en los incisos 2 y 3 del Artículo 9° de este Anexo de la acreditación de la suscripción del contrato o de la presentación del proyecto de autogeneración o cogeneración, o bien, la decisión de la Autoridad de Aplicación sobre la falta de idoneidad técnica del contrato o del proyecto de autogeneración o cogeneración presentados para asegurar el cumplimiento de las obligaciones correspondientes, previa realización de un procedimiento a ser determinado por la Autoridad de Aplicación que garantice el debido respeto del derecho de defensa del interesado, dará lugar a la aplicación de la penalidad prevista en el Artículo 11 de la Ley N° 27.191. Dicha penalidad se calculará teniendo en cuenta la cantidad de megavatios hora necesarios para alcanzar el objetivo establecido para la etapa correspondiente, tomando como base la demanda del sujeto obligado en el año calendario anterior a aquel en que debió cumplir con lo establecido en el Artículo 9°, inciso 4) apartado (i) del presente Anexo.
2. Si al realizar la fiscalización prevista en el Artículo 9°, inciso 4) apartado (iii) de este Anexo a los sujetos incursos en el supuesto previsto en el párrafo anterior, se verificara que no han cumplido en forma efectiva el objetivo de consumo mínimo que corresponda se recalculará el monto de la penalidad tomando como base la demanda del sujeto obligado durante el año fiscalizado, siempre que sea mayor a la del año anterior. En caso de ser menor, se mantendrá el monto original de la penalidad. La Autoridad de Aplicación establecerá el procedimiento aplicable en el supuesto contemplado en el presente apartado.
3. Los sujetos obligados que cumplan con lo dispuesto en el Artículo 9°, inciso 4) apartado (i) de este Anexo pero que, al efectuarse la fiscalización prevista en el apartado (iii) del citado inciso, no alcancen el cumplimiento efectivo de la obligación de consumo mínimo correspondiente, serán penalizados con la aplicación de la penalidad prevista en el Artículo 11 de la Ley N° 27.191 determinada por la cantidad de megavatios hora de energía de fuentes renovables faltantes para cumplir con la obligación.
4. La penalidad prevista en el Artículo 11 de la Ley N° 27.191 será calculada y determinada por la Autoridad de Aplicación con base en la reglamentación que expida oportunamente.
5. La Autoridad de Aplicación determinará al 31 de enero de cada año el valor correspondiente al promedio ponderado del año anterior, para ser aplicado para el cálculo de las penalidades del año en curso.
6. La Autoridad de Aplicación establecerá el procedimiento a seguir con carácter previo a la aplicación de la penalidad, resguardando debidamente el derecho de defensa del sujeto obligado.
7. El pago de la penalidad se efectivizará de acuerdo con el procedimiento y plazos que establezca la Autoridad de Aplicación.
8. El acto administrativo por el cual se aplica la penalidad goza de ejecutoriedad en los términos del Artículo 12 de la Ley N° 19.549.
9. Los sujetos obligados gozarán de una tolerancia del DIEZ POR CIENTO (10%) por año en el cumplimiento efectivo de la obligación correspondiente a cada etapa, que podrá ser compensado al año siguiente en que se produjere. Si en el año siguiente al del incumplimiento parcial no se lograre cumplir con el consumo mínimo establecido para ese año más la compensación del faltante del año anterior, se aplicará la penalidad correspondiente.
10. En todos los casos en que la Autoridad de Aplicación fiscalice un faltante superior al DIEZ POR CIENTO (10%) del consumo obligatorio de energía eléctrica de fuentes renovables en un año, sujetará al DIEZ POR CIENTO (10%) al mecanismo compensatorio establecido en el párrafo anterior y aplicará la penalidad correspondiente sobre el porcentaje que exceda el DIEZ POR CIENTO (10%) en el año inmediato siguiente al que se produjo el incumplimiento.
ARTÍCULO 12.- La Autoridad de Aplicación establecerá los plazos en que la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA), o el ente que designe la Autoridad de Aplicación, convocará a Licitación Pública con el objeto de celebrar los Contratos de Abastecimiento de Energía Eléctrica proveniente de fuentes renovables necesarios para abastecer a la demanda comprendida en el Artículo 12 de la Ley N° 27.191.
Los contratos celebrados por la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) o el ente que designe la Autoridad de Aplicación con los generadores en el marco de lo dispuesto en este artículo se sujetarán a los siguientes lineamientos:
1) El procedimiento de contratación será público, competitivo y expeditivo, con reglas de aplicación general aprobadas previamente por la Autoridad de Aplicación que prevean plazos de adjudicación ciertos y breves y garanticen la más amplia concurrencia.
2) Los procedimientos competitivos podrán prever una asignación mínima o cupo por tecnología, buscando diversificar las fuentes renovables de aprovisionamiento entre las distintas tecnologías aptas técnicamente para un abastecimiento de escala comercial, procurando también la diversificación geográfica de los proyectos.
3) Dentro de cada tecnología, las adjudicaciones de los contratos deberán favorecer las ofertas con el precio menos oneroso y el plazo de instalación más breve.
4) El plazo de los contratos será establecido por la Autoridad de Aplicación.
5) El precio podrá ser establecido en Moneda Dólares Estadounidenses (U$S) siguiendo los lineamientos que dicte la Autoridad de Aplicación.
6) El precio de los contratos destinados a abastecer la demanda no comprendida en el Artículo 9° de la Ley N° 27.191, será trasladado al precio de adquisición de la energía en el MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) que abona dicha demanda. El precio de los contratos destinados a abastecer la demanda que haya optado por el mecanismo de compra conjunta será trasladado a dicho universo de usuarios de acuerdo con lo establecido en el Artículo 9°, inciso 5) apartados (vi) y (vii), del presente Anexo.
7) Se podrá prever el arbitraje comercial como mecanismo de resolución de conflictos entre el vendedor y el comprador.
8) Podrán establecerse garantías al generador, otorgadas por el FODER.
Independientemente de la adquisición de energía eléctrica efectuada mediante los Contratos de Abastecimiento contemplados en este artículo, la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) o el ente que designe la Autoridad de Aplicación adquirirá hasta un máximo del DIEZ POR CIENTO (10%) de la energía eléctrica proveniente de fuentes renovables que los generadores beneficiarios del RÉGIMEN DE FOMENTO DE LAS ENERGÍAS RENOVABLES generen en exceso de los volúmenes de energía eléctrica comprometidos en los contratos que hubieren celebrado, cualquiera sea su contraparte. La COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) o el ente que designe la Autoridad de Aplicación, abonará por la energía eléctrica adquirida el menor precio vigente en el mercado para la tecnología correspondiente, considerando la totalidad de los contratos de abastecimiento en ejecución en ese momento. La compra prevista en este párrafo se realizará siempre que el generador no opte por venderla a otro generador, a otro usuario, a un comercializador o al mercado spot. La energía eléctrica adquirida por la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) o por el ente que designe la Autoridad de Aplicación en el marco de lo dispuesto en este párrafo será destinada al cumplimiento de los objetivos fijados en el Artículo 8° de la Ley N° 27.191 por parte de toda la demanda de potencia menor a TRESCIENTOS KILOVATIOS (300 kW), de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 12 de la ley citada, y su pago estará garantizado por el FODER en los mismos términos en que serán garantizados los contratos celebrados por la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) o por el ente que designe la Autoridad de Aplicación con los generadores en el marco de lo dispuesto en este artículo.
Sin perjuicio de lo establecido en el presente artículo, los usuarios no incluidos en el Artículo 9° de la Ley N° 27.191, estarán habilitados a cumplir en forma individual con los objetivos de consumo de energía eléctrica de fuente renovable mediante la modalidad de contratación en el mercado, por autogeneración y/o cogeneración en los términos y condiciones a ser establecidos por la Autoridad de Aplicación, los Entes Reguladores Nacionales y Provinciales del Servicio Eléctrico, los Prestadores del Servicio Público de Distribución y los Agentes Distribuidores, en la esfera de sus competencias.
A los efectos del cálculo de la energía eléctrica proveniente de fuentes renovables generada en el marco de los contratos de abastecimiento existentes a la fecha de entrada en vigencia de la Ley N° 27.191 deberá considerarse toda la generación derivada de las fuentes enumeradas en el Artículo 4° de la Ley N° 26.190, modificada por la Ley N° 27.191.
La Autoridad de Aplicación establecerá las condiciones en que la energía eléctrica de fuentes renovables proveniente de los contratos de abastecimiento existentes a la fecha de entrada en vigencia de la Ley N° 27.191, se asignará al cumplimiento del objetivo de incorporación de energías renovables por parte de la demanda de potencia menor a TRESCIENTOS KILOVATIOS (300 kW) en concordancia con lo establecido en los Artículos 8° y 12 de la citada ley.
Capítulo V:
Incrementos Fiscales.
ARTÍCULO 13.- Los beneficiarios del “RÉGIMEN DE FOMENTO DE LAS ENERGÍAS RENOVABLES” y los sujetos alcanzados por el Artículo 9° de la Ley N° 27.191 podrán negociar libremente el traslado, al precio pactado en los contratos de abastecimiento de energía renovable celebrados entre ellos, de los mayores costos derivados de incrementos de impuestos, tasas, contribuciones o cargos nacionales, provinciales, municipales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires producidos con posterioridad a la celebración de dichos contratos.
En el marco de los contratos celebrados por la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) o por el ente designado por la Autoridad de Aplicación, a los que se refiere el segundo párrafo del Artículo 13 de la Ley N° 27.191, se entenderá como incrementos fiscales cubiertos por esta última disposición a los que resulten de:
a) incremento de impuestos, tasas, contribuciones o cargos generales o no específicos o no exclusivos de la actividad existentes, por ampliación de base, modificación de exenciones y/o desgravaciones y/o incremento de alicuotas; y
b) creación de nuevos impuestos, tasas, contribuciones o cargos generales o no específicos o no exclusivos de la actividad.
Queda excluido de lo dispuesto en el Artículo 13, segundo párrafo de la Ley N° 27.191:
a) la eliminación de la exención de los tributos contemplados en el Artículo 14 de la citada ley, como consecuencia del vencimiento del plazo de vigencia del beneficio establecido en el Artículo 16 de la misma norma;
b) la creación de tributos específicos, cánones o regalías luego del vencimiento del plazo fijado en el Artículo 17, primer párrafo de la Ley N° 27.191, en las jurisdicciones que hubieren adherido a las Leyes Nros. 26.190 y 27.191; y
c) la creación de tributos específicos, cánones o regalías, en cualquier momento, en las jurisdicciones que no hubieren adherido a las Leyes Nros. 26.190 y 27.191. Para los casos contemplados en el segundo párrafo del Artículo 13 de la Ley N° 27.191, la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) o el ente designado por la Autoridad de Aplicación que sea parte en el contrato determinará el nuevo precio de la energía suministrada, teniendo en cuenta la información entregada por el beneficiario y los análisis realizados por los órganos competentes respecto del verdadero impacto que el incremento de impuestos, tasas, contribuciones o cargos nacionales, provinciales, municipales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires produzca sobre la estructura de costos del beneficiario.
La solicitud del reconocimiento del nuevo precio deberá realizarse antes del último día hábil del segundo mes siguiente al que entró en vigencia la norma que produce el incremento que motiva dicha solicitud. El vencimiento del plazo indicado sin que se hubiere efectuado el pedido y acompañado la información y documentación correspondientes hará caducar automáticamente el derecho a solicitar la determinación de un nuevo precio por ese incremento.
Capítulo VI:
Régimen de Importaciones.
ARTÍCULO 14.- La exención del pago de los derechos de importación fijada por el Artículo 14 de la Ley N° 27.191 se aplicará para cada beneficiario desde la obtención del Certificado de Inclusión en el Régimen de Fomento de Energías Renovables, en el cual se deberá individualizar los bienes de capital, equipos especiales, partes o elementos componentes de dichos bienes y los insumos determinados y certificados por la Autoridad de Aplicación que fueren necesarios para la ejecución del proyecto, con su identificación a través de la posición arancelaria de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (NCM), determinando la cantidad para cada caso. Este beneficio sólo es aplicable para los bienes importados en estado nuevo.
Previo a autorizar el libramiento a plaza de la mercadería, la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP) a través de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS exigirá la presentación del respectivo Certificado de Inclusión en el Régimen de Fomento de Energías Renovables emitido por la Autoridad de Aplicación, a fin de hacer efectiva la exención del pago de los derechos a la importación y de todo otro derecho, impuesto especial, gravamen correlativo o tasa de estadística, con exclusión de las demás tasas retributivas de servicios y del Impuesto al Valor Agregado (IVA) que grave las importaciones definitivas de los bienes.
La Autoridad de Aplicación y la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP), por resolución conjunta, reglamentarán la forma de declarar por medios electrónicos el Certificado de Inclusión en el Régimen de Fomento de Energías Renovables.
Los bienes importados con las exenciones previstas por el Artículo 14 de la Ley N° 27.191 estarán sujetos a la respectiva comprobación de destino por todo el plazo del proyecto, incluida la operación, no pudiendo el desarrollador del proyecto disponer de ellos ni dar un destino distinto del indicado durante ese período. El cumplimiento de lo dispuesto en este párrafo será verificado por la Autoridad de Aplicación.
En caso de que el proyecto no comience su operación comercial en el plazo establecido al efecto en el acto de aprobación o en la prórroga que fundadamente se otorgue, el beneficiario deberá abonar los derechos, impuestos y gravámenes de los que fuera eximido por aplicación del Artículo 14 de la Ley N° 27.191. La Autoridad de Aplicación pondrá en conocimiento de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP) el incumplimiento, a los efectos de que proceda a exigir el pago de los tributos oportunamente dispensados.
Previo a autorizar la importación de bienes con los beneficios otorgados por el Artículo 14 de la Ley N° 27.191, la Autoridad de Aplicación deberá constatar que no exista producción nacional de los bienes a importar, de acuerdo con el procedimiento que se fije al efecto. A tales fines, se tendrá en cuenta lo establecido en el Artículo 9°, inciso 6) del Anexo I del presente decreto.
La exención prevista en el último párrafo del Artículo 14 de la Ley N° 27.191 sólo será aplicable cuando el importador sea el destinatario del bien a importar, con el fin de incorporarlo a su proceso industrial, sea como bien de capital o como parte o pieza de los bienes que produce y comercializa. El sujeto interesado en obtener el beneficio deberá presentar ante la Autoridad de Aplicación el detalle de los bienes que prevea importar con el beneficio mencionado, junto con la descripción del proyecto industrial al que se incorporarán dichos bienes. La Autoridad de Aplicación evaluará el proyecto y resolverá fundadamente sobre el otorgamiento del beneficio, detallando en el acto administrativo los bienes sobre los que se otorga el beneficio con su identificación a través de la posición arancelaria de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (NCM), determinando su cantidad. Serán aplicables las disposiciones del presente artículo respecto de los requisitos para gozar del beneficio y su control, considerándose al acto administrativo que lo otorga como equivalente, a estos efectos, al Certificado de Inclusión en el Régimen de Fomento de Energías Renovables.
La Autoridad de Aplicación celebrará los convenios de colaboración con el MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, con otros organismos del Sector Público Nacional con competencia en la materia y con las cámaras empresariales del sector industrial de que se trate y que considere convenientes, para establecer los mecanismos de verificación y control necesarios para el cumplimiento de lo establecido en este artículo.
ARTÍCULO 15.- Sin reglamentar.
ARTÍCULO 16.- Sin reglamentar.
Capítulo VII:
Acceso y Utilización de Fuentes Renovables de Energía.
ARTÍCULO 17.- El acceso y la utilización de las fuentes renovables de energía incluidas en el Artículo 4° de la Ley N° 26.190, modificada por la Ley N° 27.191, por parte de los proyectos que obtengan el Certificado de Inclusión en el Régimen de Fomento de Energías Renovables, no estarán gravados o alcanzados por ningún tipo de tributo específico, canon o regalías, sean nacionales, provinciales, municipales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hasta el 31 de diciembre de 2025, en las jurisdicciones que adhieran a las mencionadas leyes.
Los tributos específicos, cánones o regalías existentes a la fecha de entrada en vigencia de la Ley N° 27.191 aplicables a proyectos no incluidos en el RÉGIMEN DE FOMENTO DE LAS ENERGÍAS RENOVABLES mantendrán su vigencia, sin perjuicio de la atribución de las autoridades competentes respectivas para disponer su modificación o eliminación.
Capítulo VIII:
Energía Eléctrica Proveniente de Recursos Renovables Intermitentes.
ARTÍCULO 18.- El despacho de la energía eléctrica proveniente de recursos renovables intermitentes se regirá por lo previsto por el Artículo 18 de la Ley N° 27.191, por los PROCEDIMIENTOS PARA LA PROGRAMACION DE LA OPERACION, EL DESPACHO DE CARGAS Y EL CALCULO DE PRECIOS, conforme la Resolución N° 61/1992 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA y sus modificatorias, y por las estipulaciones específicas que determinen la Autoridad de Aplicación y la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA).
ARTÍCULO 19.- La Autoridad de Aplicación y la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA), en las esferas de sus respectivas competencias, determinarán los niveles de reserva requeridos en función de las necesidades operativas y de despacho. La Autoridad de Aplicación podrá establecer la remuneración de las necesidades adicionales de reserva en los términos de los Anexos 23 y 36 de los PROCEDIMIENTOS PARA LA PROGRAMACION DE LA OPERACION, EL DESPACHO DE CARGAS Y EL CALCULO DE PRECIOS, conforme la Resolución N° 61/1992 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA y sus modificatorias, o mediante las normas complementarias y modificatorias que se determinen. Todos los costos derivados del aseguramiento de la reserva de potencia asociada a la totalidad de los emprendimientos de generación renovable desarrollados en el marco del RÉGIMEN DE FOMENTO DE LAS ENERGÍAS RENOVABLES —incluyendo la remuneración aludida precedentemente— serán absorbidos por el sistema.
Capítulo IX:
Cláusulas Complementarias.
ARTÍCULO 20.- La Autoridad de Aplicación establecerá la modalidad a ser implementada a los efectos de que las ofertas de generación de energía eléctrica de fuente renovable tengan la mayor difusión posible.
ARTÍCULO 21.-Sin reglamentar

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Perspectivas de las Licitaciones: los precios de la energia renovable en Argentina y sus diferencias con la region

16 de marzo de 2016 | Energía renovable

¿Por qué los proyectos de energía solar, eólica o de Biomasa cierran con valores más altos que en Chile, Perú, Brasil o Uruguay? Se destaca el peso del costo de financiación ¿Qué otros factores entran en juego? Perspectivas de las licitaciones que lanzará el Gobierno en junio.
través de la Resolución 108, las empresas encontraron un marco legal para cerrar contratos del tipo PPA con la Compañía Administradora del Mercado Eléctrico (CAMMESA). Los últimos que se rubricaron, en el año 2015, establecían el pago de 240 dólares por MW/h a las iniciativas de energía solar fotovoltaica, 120 para eólica y aproximadamente 180 para Biomasa.
En Perú, la última licitación resultó con 37 dólares en promedio para los proyectos adjudicados de energía eólica, 48 dólares para fotovoltaica, 43 hidroeléctrica y 77 dólares para Biomasa.
Entre las 31 empresas participantes que se presentaron a la subasta de solar fotovoltaica en Chile el precio medio de las ofertas ganadoras fue de 79.30 dólares el MW/h, 40 por ciento menos que en un concurso de características similares en 2013.
Entre los oferentes, tres parques solares ofrecieron vender energía entre 65 y 68 el MWh. A su vez, dos parques eólicos ofertaron 79 dólares y una planta termosolar con almacenamiento ofreció abastecimiento por 97 dólares.
¿A qué se debe esta diferencia de precios con Argentina? En el caso de la eólica, Héctor Fernando Mattio, reconocido experto en la materia, compara que “las tarifas de Brasil y Uruguay son variables según la inflación”, mientras que “en Argentina son fijas y a 15 años”. En los países vecinos, los contratos son a 20 años, lo que permite recuperar el capital en 5 años más los equipos.
Este punto está siendo revisado por la Subsecretaría de Energías Renovables que conduceSebastián Kind, quien días atrás anunció que se estudia en la Reglamentación de la Ley 27.191, estirar los plazos de los contratos para compra de energía renovable a 20 años.
El plato fuerte, acentúa Mattio tiene que ver con que “Brasil, Uruguay, Chile y Perú consiguen créditos a tasa de interés por debajo del 4 o 5 por ciento y en Argentina solo se consiguen créditos al 12 por ciento”.
En la misma línea, Erico Spinadel, presidente de la Asociación Argentina de Energía Eólica (AAEE) reafirma que “se debe a que nuestros costos de financiación y de impuestos son mucho más altos que los de otros países. Esto nos lleva a tener costos más que dobles”.
Las últimas iniciativas que se estaban negociando con CAMMESA mientras la Resolución 108 todavía funcionaba como marco legal – actualmente está suspendida – establecía contratos de eólica por 112 dólares el MWh.

Por estas y otras cuestiones, el Ing. Carlos Ferrari, Gerente Técnico y de Desarrollo de Electroingeniería ICS SA, plantea que “los precios de la subasta en Perú no los tomaría como referencia”. El ejecutivo sostiene que “tanto el equipamiento como los costos de construcción y financiamiento son los que definen el precio del MWh”.
Aún con la nueva Ley 27.191 en marcha, Ferrari entiende que las condiciones de inversión no serán iguales a Perú, Chile o Uruguay, cuando el Gobierno lance las licitaciones previstas para el mes de junio: “la diferencia se achica pero no se iguala, sigue teniendo peso en el flujo la financiación y costos internos”.
El especialista en Biomasa, Martín Fraguío, director ejecutivo de la Asociación Maíz y Sorgo Argentino (MAIZAR) señala que “los altos costos del capital en Argentina, sumado al riesgo de incumplimiento de las autoridades de aplicación en los últimos años generan un aumento en el riesgo empresario y de recupero del capital”.
Tal es así que las empresas que vienen a invertir a nuestro país esperan conseguir el dinero invertido en cuatro años, durante el período presidencial vigente, ante el temor del cambio de las reglas de juego en el futuro.
Sobre este tema, Hugo Brendstrup, Gerente de Tecnología Industrial y Energías Alternativas de Invap Ingeniería, expresó: “es sabido que la inversión inicial y el costo del financiamiento son los factores que más influyen en los costos de la generación eólica, mientras que -no habiendo costo de combustible- el costo de operación y mantenimiento (en el orden de 18 USD por MWh) es más bajo cuanto mayor sea el factor de capacidad del parque y en ese sentido nos ayuda el excelente recurso eólico con que contamos en nuestro país, el que permitirá un más rápido recupero de la inversión”.
Por su parte, es optimista de cara al futuro: “una vez logrado el despegue eólico y creada la confianza en el mercado, los costos de las energías renovables en la Argentina (sobre todo la eólica) seguramente terminarán nivelándose con los de Brasil, Chile y Uruguay, incluso probablemente a la larga nuestros costos resulten más bajos que los de los países vecinos”.
Brednstruo destaca que “cada MWh generado mediante turbinas eólicas evita el ingreso al sistema de un MWh generado en centrales térmicas de combustible fósil líquido, importado, que lleva a un costo de generación superior a los 200 dólares”.

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Exenciones impositivas estimulan proyectos de energias renovables en San Luis

4 de noviembre de 2015 | Energías Renovables

Exenciones impositivas estimulan proyectos de energías renovables en San Luis

La provincia puntana cuenta con proyectos solares, eólicos e hidroeléctricos en carpeta y apuesta a expansión de propuestas mediante la reglamentación de su Ley provincial de “Promoción y Desarrollo de Energías Renovables”. Autoridades de San Luís aseguran que la Ley Guinle cooperará a promover desarrollos.
La provincia de San Luís es fuertemente dependiente de energía eléctrica proveniente de otras regiones. A causa de ello, se propuso tomar medidas para comenzar a aprovechar sus recursos naturales.
Actualmente, tras esfuerzos, como la creación de un Mapa de Ordenamiento Territorial, donde queda documentada su potencialidad (medida realizada para atraer inversiones) está desarrollando 2 proyectos renovables. Por un lado, en la región del Saladillo, capitales privados gestionan ante autoridades instalar un parque eólico de 50 MW. Por otro, en Ciudad de La Punta, se pretende montar un complejo solar de 5 MW con proyección a ser duplicado.

“Son proyectos que ya están muy encaminados y bien comprometidos”, señala en diálogo con energiaestrategica.com Hernán Martens, jefe del Programa Vinculación Tecnológica de San Luís.
Cuenta el funcionario que, entre otros planes en carpeta, se encuentra la intención de montar una Central Hidroeléctrica de 2 MW en la zona de Dique de la Florida, plan que “no está cerrado del todo pero está avanzado” y tres proyectos eólicos por un total de 100 MW en el extenso territorio de Las Quijadas.
Para Martens muchos de estos desarrollos avanzarán con la reglamentación de Ley provincial de “Promoción y Desarrollo de Energías Renovables”, sancionada en 2014 y con perspectivas de reglamentarse entre el próximo mes y principios del 2016.
Según el documento: “podrán solicitar exención del Impuesto sobre los Ingresos Brutos y del Impuesto de Sellos generados por el ejercicio de dicha actividad de producción y venta de energía, por un lapso de QUINCE (15) años, de acuerdo a la siguiente escala:
1- El CIEN POR CIENTO (100 por ciento) durante los primeros CINCO (5) años, a partir de la certificación de puesta en marcha;
2- El CINCUENTA POR CIENTO (50 por ciento) durante los siguientes CINCO (5) años;
3- El VEINTICINCO POR CIENTO (25 por ciento) los últimos CINCO (5) años, a cuyo término se dará por concluido el beneficio fiscal”.
Vale aclarar que beneficios estarán aplicados para la potente zona de Las Quijadas, reconocida por su buen nivel de recurso solar y eólico. Según Martens, allí se podría montar un complejo fotovoltaico de 3 GW.
Otra Ley que promoverá el desarrollo de proyectos es la recientemente promulgada 27.191. Tal es así que, de promulgarse, ya hay una empresa interesada en cubrir el 8 por ciento de su consumo con energía renovable mediante un desarrollo en Las Quijadas.Excen. impositiva