El Decreto 566/2026, vigente desde el 1 de julio, estableció la eliminación de los derechos de exportación para cerca de 1.000 productos industriales y definió tres esquemas diferenciados de reducción para posiciones arancelarias que aún mantienen alícuotas.
La medida abarca bienes de la industria química, petroquímica, plásticos, resinas, fertilizantes, caucho, siderurgia, aluminio, cobre, metalurgia y autopartes, entre otros segmentos.
El primer esquema fija la exención inmediata para un conjunto amplio de bienes con valor agregado industrial. El segundo establece un cronograma de reducción gradual para posiciones que actualmente tributan entre 3% y 4,5%, con convergencia a alícuota cero en junio de 2027.
El tercer esquema aplica un calendario específico para aceites de petróleo y derivados, que parten de una alícuota inicial en julio y alcanzarán la eliminación total en un plazo de doce meses.
En el caso de la industria automotriz, el decreto incorpora un tratamiento particular. El texto oficial destaca el peso del sector en la producción industrial y su rol exportador, por lo que los vehículos de transporte y carrocerías quedan incluidos en el esquema de reducción gradual. Las autopartes figuran entre los bienes con eliminación inmediata.
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Según el decreto, la decisión busca fortalecer la competitividad de la producción nacional, promover el empleo y consolidar el agregado de valor industrial. El Gobierno sostiene que la medida se integra a un proceso más amplio de revisión de derechos de exportación y que su implementación no compromete los objetivos de equilibrio fiscal.
Para verificar el alcance de la norma, las empresas deben consultar la posición arancelaria correspondiente en la Nomenclatura Común del Mercosur y contrastarla con los anexos publicados en el Boletín Oficial.
El Decreto 566/2026 se suma a antecedentes recientes de política tributaria: la eliminación de retenciones para miles de productos industriales en 2025, la exención para actividades agroindustriales de economías regionales y la reducción escalonada para los principales complejos agrícolas establecida en junio de este año mediante el Decreto 423/2026.
En ese marco, el Ejecutivo reiteró que los derechos de exportación constituyen un impuesto distorsivo y que su eliminación gradual dependerá de la evolución del superávit fiscal.
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