
El gobernador de La Pampa, Sergio Ziliotto, cuestionó la decisión del presidente Javier Milei de otorgarle el 100% de las regalías de Los Nihuiles a Mendoza. «Es un decreto innecesario, inviable y descabellado», sostuvo a EconoJournal. La decisión del Poder Ejecutivo Nacional busca dejar sin efecto el marco normativo que regula el complejo hidroeléctrico sobre el río Atuel, pero en la últimas horas la justicia federal ordenó la suspensión del decreto presidencial al otorgarle una medida cautelar a la provincia.
El mandatario provincial se refirió en duros términos al DNU dictado por la administración central, el cual buscó derogar la normativa de 1973 que sentó las bases para la posterior transferencia de las obras del complejo hidroeléctrico a Mendoza en 1992.
Aquel esquema tripartito entre la Nación, Mendoza y La Pampa reconoció la interprovincialidad del río Atuel y garantizó la cesión del 50 % de las regalías por la generación de energía hidroeléctrica para la provincia pampeana, un derecho que hoy el Gobierno nacional pretende dejar sin efecto en la antesala de la privatización de los activos energéticos.
Durante un encuentro con la prensa en la Ciudad de Santa Rosa, Ziliotto expuso ante la consulta de EconoJournal la postura técnica y política de la provincia frente al avance de la administración nacional en la cuenca del Atuel. «Cualquier alumno de primer año de la Facultad de Derecho entiende que un acuerdo entre tres partes no se puede anular unilateralmente. Ese decreto deroga una norma que había sido avalada por un acuerdo tripartito», aseveró el mandatario.
«En aquella oportunidad La Pampa prestó el acuerdo para que la Nación le transfiera las obras del Nihuil a Mendoza, y esa provincia se comprometió a que La Pampa reciba las regalías», argumentó el gobernador pampeano.
El frente jurídico y la privatización hidroeléctrica
Al profundizar sobre el escenario normativo, el mandatario ratificó que la vigencia del pacto de 1992 es inalienable: «Es un decreto que desde lo jurídico es innecesario porque no tiene ningún tipo de validez, es el ABC del derecho: un acuerdo tripartito no puede ser derogado por una sola de las partes. Aparte, ese acuerdo fue homologado por la Corte Suprema de Justicia y fue avalado por la Legislatura de las dos provincias; un respaldo jurídico mayor no se le puede encontrar».
Ziliotto relacionó además la maniobra de la Casa Rosada con el proceso licitatorio para privatizar la generación hidroeléctrica: «Al sector que viene y va a ganar la licitación no le cambia pagar las regalías, lo único que dice el acuerdo es que son 50 y 50. Nosotros, hace alrededor de 30 días, cuando vimos que estaba en marcha el proceso, mandamos una nota a Mendoza como signataria para que tengan en cuenta el derecho que tiene La Pampa en base a ese convenio».
A fines de julio, la Secretaría de Energía de la Nación formalizó el llamado a licitación pública nacional e internacional para transferir al sector privado la concesión del Complejo Hidroeléctrico Los Nihuiles (Nihuiles I, II, III y IV). La licitación contempla además la venta del 100 % del paquete accionario de Hidroelectricidad Mendocina S.A. (HEMSA), en una licitación conjunta entre la nacional y la provincia para readecuar las instalaciones tras el vencimiento de los contratos y proyectar nuevas inversiones.

Asimismo, el mandatario volvió a cargar contra el histórico incumplimiento ambiental por el caudal ecológico fijado para el río Atuel: «En el último fallo, que ya lleva seis años sin cumplir, la Corte dijo que La Pampa tiene que tener un ingreso de 3,2 metros cúbicos por segundo para comenzar a restituir el ambiente, porque el mayor daño es el ambiental. Hace seis años que Mendoza incumple la sentencia y hace seis años que la Corte no hace cumplir su fallo».
En el plano de los recursos hídricos y el desarrollo regional, Ziliotto trazó un paralelismo demográfico para ilustrar el impacto de la corta del río iniciada en 1947: mientras la localidad mendocina de General Alvear pasó de 3.000 a más de 50.000 habitantes en las últimas décadas, la pampeana Santa Isabel se mantuvo estancada en 3.000 pobladores.
«Nos cortaron un río hace casi 80 años. Si se aplica un uso eficiente en la administración del agua, se garantizaría el flujo para restituir el ecosistema sin afectar la producción«, aseveró el gobernador en referencia a los estudios técnicos desarrollados junto a las universidades nacionales.
En esa misma línea, el mandatario extendió el debate a la soberanía de las cuencas e interconectó la causa con la disputa en torno a la Ley de Glaciares: «La Pampa es un ejemplo de cómo se puede perjudicar a una provincia cuando las decisiones se toman mirando alrededor de la Casa Rosada, sin conocer la evolución de las economías regionales ni la tipología geográfica, ocurren estas cosas».
«Que un río nazca en una provincia no significa que sea de su exclusiva potestad; la jurisprudencia de la Argentina demostró hace rato que los ríos son interprovinciales», agregó. Pero Ziliotto valoró que el mismo juez federal de Santa Rosa que ahora avaló a la provincia por las regalías de Los NIhuiles fue quien le rechazó la cautelar contra la reforma de glaciares, medida que La Pampa apeló ante la Cámara Federal de Bahía Blanca.
Freno judicial a los alcances del decreto presidencial
La disputa se reabrió rápidamente por el fallo de la Justicia Federal con asiento en Santa Rosa que declaró la inaplicabilidad y suspendió con efecto inmediato los alcances del decreto presidencial. La medida cautelar le exige a la Nación retener y efectivar la liquidación del 50 % de las regalías hidroeléctricas en favor del tesoro pampeano y de los municipios de la cuenca afectable.
La resolución judicial ordenó darle traslado formal al Poder Ejecutivo Nacional por un plazo de tres días para que efectúe su descargo antes de dictar la sentencia sobre la medida de cautela, mientras la provincia prepara su demanda de fondo en la jurisdicción contencioso-administrativa, en un plazo de diez días.
«Acudimos a las instancias jurisdiccionales por estrategia judicial. No pedimos una cautelar a la Corte por una cuestión de tiempos; la jurisprudencia ya aprobó esta metodología para frenar los perjuicios económicos mientras se dirime la cuestión de fondo», detalló al expliacar que la competencia para litigios entre provincias y la Nación corresponde a la Corte Suprema.
El dictamen judicial, además de frenar el perjuicio económico inmediato sobre la percepción de regalías hidroeléctricas, rechazó las pretensiones de Mendoza de arrogarse el cobro íntegro del recurso en una presentacion previa ante la Corte Suprema. Con la cautelar concedida por el fuero federal, La Pampa buscará asegurar la intangibilidad de sus recursos coparticipables por generación en Los Nihuiles en tanto el máximo tribunal defina las cuestiones de fondo.
, Ignacio Ortiz





0 comments
Write a comment